Declaración de días inhábiles para las actuaciones judiciales ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación

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Título

Declaración de días inhábiles para las actuaciones judiciales ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación

Descripción

Se declaran inhabiles los dias 16 a 31 de marzo del presente para las actuaciones judiciales ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan.
Dispone que los tribunales aseguren una prestación minima del servicio de justicia durante el plazo establecido, debiendo cubrirse prioritariamente con los magistrados y/o funcionarios de las dependencias respectivas que no se encuentren dentro de los grupos de riesgo descriptos en el punto 5°) ni en los
supuestos del punto 7 0) de la presente, licenciandose al
resto del personal, con goce de haberes.
Suspende la atención al publico salvo para las actuaciones procesales en las que resulte indispensable la presencia de los letrados y/o las partes.
Establece que en los asuntos que no admitan demoras, las partes podran solicitar habilitación de dias y horas inhabiles en los terminos del articulo 153 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
Dispone que a partir del 18 de marzo del 2020 -con excepción de las presentaciones iniciales que no puedan ser objeto de ingreso digital-, todas las presentaciones que se realicen en el ambito de la Justicia Nacional y Federal seran completamente en formato digital a traves del IEJ (Identificaci6n Electrónica Judicial), registrada en cada una de las causas.

Fecha

Lunes 16 de Marzo de 2020

Idioma

Es

Cobertura

16 al 31 de Marzo de 2020

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