Resolución ex- SENASA Nº 0809/1982

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Título

Resolución ex- SENASA Nº 0809/1982

Descripción

Norma el sistema de control de la higienización de los transportes de hacienda. Incluye modelo de Certificado

Autor

Servicio Nacional de Sanidad Animal

Fecha

11 de Octubre de 1982

Idioma

Es

Tipo

Resolución

Resumen

La constancia de lavado y desinfección deberá confeccionarse en formularios especiales, por triplicado, haciendo constar en cada foja su carácter de original, duplicado y triplicado, según correspondiere
Finalizada la operación de lavado y desinfección del vehículo, el propietario del establecimiento habilitado confeccionará por triplicado el certificado que acredita la correcta higienización, otorgando al conductor del transporte, original y duplicado, procediendo al archivo de la última copia.
Todo vehículo que se utilice en forma permanente o transitoria para el transporte de ganado en pie, deberá ser lavado y desinfectado en establecimientos habilitados por el Servicio de Luchas Sanitarias (SELSA), dependiente del Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA).

Política de acumulación

Abrogada por Art. 16 de la Resolución 134/2021 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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