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                    <text>INSTRUCTIVO

Renspa: Inscripción
y actualización
de datos
100% online
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa)

�El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria es un organismo descentralizado,
responsable de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal, vegetal
y de la inocuidad de los alimentos de su competencia, así como de verificar el cumplimiento
de la normativa vigente en la materia.

Edición 2025

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

2

�Índice

Introducción	

4

Objetivo	

4

Aclaraciones	

4

Presentación y acceso al sistema Renspa	

5

Adhesión de servicios interactivos	

5

Delegación de representación de CUIT	

8

Solicitud de inscripción al Renspa (Generalidades)	

10

Datos de unidad productiva, titular y establecimiento	

12

Datos del titular	

12

Datos del establecimiento	

12

Datos agrícolas	

19

Datos ganaderos	

22

Finalización del trámite de solicitud de inscripción	

23

Recepción del trámite de solicitud en la oficina local	

25

Consulta de inscripciones online	

25

Otras operaciones	

25

Contacto	

28

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

3

�Introducción
El Renspa es el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios que
asocia al productor con la producción y el predio donde realiza la actividad.
Los productores ganaderos, agrícolas y forestales deben inscribirse en forma
obligatoria y gratuita (Resolución Senasa 423/2014).
El presente instructivo muestra paso a paso la adhesión de servicios interactivos en la página de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) con
clave fiscal. En el ejemplo se muestra la adhesión al Sistema Renspa, pero
todos los servicios se adhieren de la misma manera, solo debe seleccionar el
correspondiente del listado de servicios interactivos del organismo. Una vez
adherido al servicio se describe la inscripción en el Renspa.

Objetivo
Esta publicación está destinada a usuarios externos con el fin de orientarlos
en la inscripción y actualización de sus datos en el mencionado registro de
forma completamente digital.

Aclaraciones
• El Renspa es un registro de productores (responsable sanitario de la producción). Si usted es propietario y arrienda el campo, quien debe inscribirse es solo el arrendatario, es decir, el responsable de la producción.
• Se considera establecimiento a la unidad epidemiológica. En un establecimiento puede haber uno o más productores (Renspa).
• Unidad productiva: se considera unidad productiva a la unidad que relaciona al
productor con la producción dentro de un establecimiento.
• Si usted es productor de cereales, oleaginosas y legumbres debe solicitar
el Renspa a través del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA).
• Si usted es propietario y arrienda el campo para cereales, oleaginosas y
legumbres no debe solicitar el Renspa bajo ninguna circunstancia ya que
este es el registro de productores.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

4

�Presentación y acceso al sistema Renspa
Para acceder al Sistema Renspa del Senasa, el usuario debe ingresar utilizando el navegador Mozilla Firefox.
1. Acceder a la web de la ARCA: www.arca.gob.ar.

2.	

Ingresar con clave fiscal del titular, indicando CUIT y clave.

Adhesión de servicios interactivos
1. Cuando ingrese con su clave fiscal, elija al menú ‘Administrador de relaciones
de clave fiscal’ como se indica en la imagen inferior.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

5

�2. Una vez dentro del menú, presionar el botón ‘Adherir servicio’.

Seleccionar del listado de
organismos disponibles ‘Senasa’

Dentro del menú ‘Servicios Interactivos’
buscar y seleccionar ‘Renspa’

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

6

�3. Una vez seleccionado el servicio, presionar el botón ‘Confirmar’ para finalizar la adhesión.

4. Para confirmar la adhesión, el sistema muestra un formulario con los datos
correspondientes.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

7

�5. Después de que se genere este formulario, cerrar la sesión y volver a ingresar con la clave fiscal para actualizar el menú principal, en donde aparecerán
los servicios habilitados.

Delegación de representación de CUIT
La clave fiscal es una contraseña personal e intransferible. Esta clave habilita
al usuario para operar servicios desde la página web de la ARCA de manera
segura.
Es importante tener en cuenta que, para delegar servicios bajo clave fiscal, se
debe previamente tramitar la misma con el nivel de seguridad requerido por
el servicio.
Para delegar la representación de un servicio interactivo a otro CUIT se deben
realizar estos pasos dentro del ‘Administrador de relaciones de clave fiscal’,
actuando en representación de la CUIT que adhirió al servicio:

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

8

�1. Seleccionar, en esta pantalla, la opción ‘Nueva Relación’.

2. En la siguiente ventana, presionar el botón ‘Buscar’ para elegir el servicio
que se delegará.

Aquí el sistema permite elegir el servicio, en este caso ‘Renspa’, del mismo
modo que en la adhesión.
3. Luego de elegido el servicio, aparece la siguiente pantalla, ahí presionar el
botón ‘Buscar’ para elegir al representante.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

9

�4. A continuación, se visualizará esta pantalla que permite completar la CUIT
del representante buscado; presionar ‘Buscar’ nuevamente.

5. Por último, confirmar la delegación en esta pantalla presionando el botón
‘Confirmar’.

Solicitud de inscripción en el Renspa (generalidades)
El usuario con acceso al sistema podrá consultar los registros (Renspa) que se
encuentran bajo su titularidad y realizar las siguientes operaciones:
• Consulta de oficina local asignada al Renspa
• Origen del Renspa
• Operación de actualización (reinscripción)
• Impresión de documentos (planilla, tarjeta, rótulo)
• Operación de baja (por cese de actividad)
• Consulta de preinscripciones (trámites con finalización presencial en la
oficina local)
• Consulta de inscripciones online (trámites 100% online)
• Solicitud de nuevas inscripciones al Renspa

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

10

�1. La solicitud de inscripción al registro se realiza mediante el botón ‘Nueva
inscripción’ ubicado al pie de la pantalla (como muestra la figura anterior). El
sistema mostrará un mensaje explicando el acceso a la operación.

2. Una vez ingresada a la pantalla, deberán completarse los datos solicitados
para el trámite de solicitud. El formulario consta de tres solapas:
a. Datos de unidad productiva, titular y establecimiento
b. Datos agrícolas
c. Datos ganaderos
A su vez, cada una de las solapas contiene una serie de secciones en las que se
debe indicar la información solicitada:
Datos de unidad productiva, titular y establecimiento
• Datos del titular
• Datos del establecimiento
Datos agrícolas
• Información general
• Malezas resistentes
• Cultivos agrícolas
Datos ganaderos
• Explotaciones
A continuación, se brinda la información relevante con respecto a cada uno de
los datos que se deberán declarar (esta declaración dependerá de si el establecimiento ya se encuentra o no registrado).

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

11

�Datos de unidad productiva, titular y establecimiento
Datos del titular

En esta sección debe declararse la información del productor responsable de
la producción.
Como la inscripción se realiza mediante el portal de la ARCA, los campos para
los datos de CUIT/CUIL, razón social, provincia, localidad, dirección, DNI (en
el caso de persona física), tipo de persona (humana/jurídica), partido/departamento y código postal ya salen completos.

Se deberán completar:
• N.° de RENAPA: completar solo si se encuentra inscripto como productor
apícola en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
• N.° de RENAF: se completa automáticamente si el productor se encuentra
inscripto como agricultor familiar en la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
• Correo electrónico: mediante este medio se llevará a cabo la comunicación en la gestión del trámite por parte de la oficina local que lo atienda.
• Teléfono de contacto.

Datos del establecimiento

En esta sección se deben declarar todos los datos del establecimiento sobre el
cual se requiere la solicitud de inscripción.

Nuevo establecimiento

Si se solicita la inscripción de una unidad productiva sobre un establecimiento
que no se encuentra registrado, ante la confirmación del trámite el sistema registrará al mismo (con un número de inscripción) y, sobre él, la unidad productiva a nombre de la CUIT ingresada (con una terminación /00 sobre el número
de inscripción del establecimiento).
Para solicitar la inscripción de la unidad productiva y del establecimiento, se
deberán completar los siguientes datos:
• Nombre del establecimiento (obligatorio).
• Ubicación: provincia, partido y localidad (obligatorios).
• Dirección del establecimiento (obligatorio).
• Cuartel, lote, fracción y sección (opcional).
• Tipo de explotación realizada: agrícola, ganadera o mixta (obligatorio).
• Superficie total del establecimiento (obligatorio).
• Condición frente a la tierra del productor (obligatorio).

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

12

�• Oficina local para la atención del trámite (se listarán las oficinas que tienen).
• Jurisdicción para la atención del trámite (de acuerdo a la ubicación del
establecimiento).

Dibujo del polígono
Cuando se ingresan provincia y partido (como se muestra en la imagen anterior), el mapa realiza un acercamiento para que se pueda visualizar puntualmente la zona en la que se encuentra el establecimiento.
Una vez que se muestra el mapa en el partido al que pertenece el establecimiento, se deberá dibujar el polígono que determina su superficie. El área
territorial que abarca el establecimiento debe ser delimitada en el mapa, dibujando en él un polígono –de tantos puntos como se requiera marcar– para
lograr la mejor aproximación a la forma real del campo.
El trámite requiere de esta información para poder continuar.

Importante: el polígono es un dato que identifica al establecimiento y no a la unidad
productiva por la cual se está realizando el trámite de inscripción.

Para realizar el dibujo del polígono que se solicita, seguir los siguientes pasos:
1. Presionar el botón ‘Edición de polígono’ que habilita el mapa para que se
pueda dibujar sobre él, o bien reiniciar la operación de dibujo si se necesita
volver a empezar.
2. Luego posicionar el cursor sobre el primer punto que se quiera dibujar y
hacer clic con el mouse para dejarlo puesto en el mapa.
3. Repetir estos dos pasos para ir posicionando todos los puntos que conforman el dibujo.
4. Para cerrar el polígono, hacer clic sobre el primer punto que se dibujó.
Siguiendo los pasos anteriores, el polígono quedará dibujado en el mapa.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

13

�Los puntos que conforman el polígono (que son coordenadas latitud/longitud)
quedarán detallados en el componente ‘polígono’ que se encuentra debajo del
mismo.

Modificación del polígono

Si se necesita cambiar el polígono:
• se puede arrastrar un punto específico para moverlo de un lugar a otro;
• se puede eliminar un punto específico haciendo shift+clic sobre él;
• se puede eliminar el polígono para volver a dibujarlo presionando el botón
‘Edición de polígono’ (el sistema solicitará la confirmación del borrado del
polígono a través de una alerta).

Una vez que se tenga el polígono en el mapa, presionar el botón ‘centrar marcador’ para ubicarlo dentro de este.
El marcador es un punto rojo (una coordenada latitud/longitud) cuya posición
generalmente se utiliza para indicar la entrada por la cual se tiene acceso al
establecimiento.

El sistema controlará que el marcador se encuentre dentro del polígono
y no permitirá el registro del trámite de otro modo.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

14

�Al centrar el marcador en el mapa (dentro del polígono dibujado), el sistema
completará automáticamente la información de latitud/longitud tanto en formato numérico como G.M.S (grados, minutos y segundos).

Si usted posee la información latitud/longitud de su establecimiento o
los puntos que conforman el polígono, puede realizar el ingreso de esta
información de manera inversa: colocando la información en los componentes, el mapa se actualizará y se dibujará de acuerdo a ellos.
Una vez finalizado el dibujo, el trazado del polígono mostrará el área total seleccionada (la cual deberá ser aproximada al área que se declarará dentro de
los datos del establecimiento).
Además, el sistema mostrará los establecimientos vecinos (como se muestra
en la imagen siguiente en color azul), tomando como referencia la ubicación
del ‘marcador’. Deben evitarse superposiciones en la georreferenciación de las
superficies.

Una vez finalizada la carga de datos de la unidad productiva, se debe continuar
con la solapa agrícola o ganadera [ver: Datos agrícolas y Datos ganaderos].

Establecimiento existente

Si la unidad productiva que se inscribirá pertenece a un establecimiento que ya
se encuentra registrado en el Senasa deberá ubicar el establecimiento a través
de su número de inscripción o a través de una lista de establecimientos a nombre del titular mediante su CUIT.
Si se desconoce el establecimiento o la CUIT del titular del establecimiento
para ubicarlo, el componente ‘establecimiento existente’ no deberá ser tildado
y tendrá que realizar un trámite para un establecimiento nuevo [ver: Nuevo
establecimiento].
INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

15

�El procedimiento que se deberá seguir es el siguiente:
1. Tildar la opción ‘Establecimiento existente’ que se encuentra en la parte superior de la sección ‘Datos del establecimiento’; esto desplegará un par de
opciones para hallar el establecimiento deseado.

El sistema proporciona dos opciones para la ubicación del establecimiento, lo
cual permite realizar la búsqueda por número de establecimiento o por CUIT del propietario.

Búsqueda de establecimiento existente por número de establecimiento

Si el usuario conoce cuál es el establecimiento deberá realizar la búsqueda
por número asignado: primero, ubicar el número de inscripción en la casilla
de búsqueda y, a continuación, presionar el botón ‘Buscar’ (como muestra la
imagen siguiente).

1. Al ingresar el número de establecimiento y presionar el botón ‘Buscar’, el
sistema realizará la búsqueda del establecimiento, cargando todos los datos
del mismo en la sección ‘Datos del establecimiento’.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

16

�2. Como se puede ver en la imagen superior, se cargan automáticamente los
datos del propietario del establecimiento y los datos geográficos del establecimiento. Además, el mapa se actualizará mostrando la localización registrada
en el organismo.

3. Si necesita realizar una modificación del polígono mostrado, siga los pasos
detallados en: Dibujo del polígono.
4. Para terminar de completar la información solicitada en esta solapa, solo
restará completar los siguientes datos:
• La condición frente a la tierra del productor.
• El tipo de explotación (agrícola, ganadera o mixta).
• La oficina local que realizará la atención del trámite (se listan las oficinas
locales que poseen jurisdicción para la atención del trámite, de acuerdo a la
ubicación del establecimiento).
5. Luego, realizar la carga de las solapas ‘Datos Agrícolas y/o Datos ganaderos’
dependiendo del tipo de explotación que realiza [ver: Datos agrícolas y Datos
ganaderos].
Búsqueda de establecimiento existente por CUIT del propietario
Si el usuario no conoce cuál es el número de establecimiento pero sí posee la
CUIT del titular, deberá realizar la búsqueda mediante esta segunda opción.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

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�1. Utilizando esta opción de búsqueda, se ingresa la CUIT del propietario del
establecimiento y se presiona el botón ‘Buscar’.

2. El sistema responderá completando una lista de establecimientos a nombre
de la persona, a partir de la cual debe elegirse aquel necesario para la solicitud.
Al seleccionarlo, el sistema completará la información del mismo en la sección.

Como se puede ver en la imagen anterior, se cargan automáticamente los datos
del propietario del establecimiento y los datos geográficos del establecimiento. Además, el mapa se actualizará mostrando la localización registrada en el
organismo.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

18

�Si necesita realizar una modificación del polígono mostrado, siga los pasos detallados en: Dibujo del polígono.
3. Para terminar de completar la información solicitada en esta solapa, solo
restará completar la siguiente información:
• La condición frente a la tierra del productor.
• El tipo de explotación (agrícola, ganadera o mixta).
• La oficina local a la que se quiera (se listan las oficinas locales que poseen
jurisdicción para la atención del trámite, de acuerdo a la ubicación del establecimiento).
4. Luego, realizar la carga de las solapas ‘Datos Agrícolas y/o Datos ganaderos’
dependiendo del tipo de explotación que realiza [ver: Datos agrícolas y Datos
ganaderos].

Datos agrícolas

La solapa ‘Datos Agrícolas’ posee tres secciones que deberán ser completadas
si la explotación de la unidad productiva es agrícola o mixta:

Información general

A continuación, se presentan los datos de infraestructura y los procesos que se
deberán declarar.

• Alambrados: cerco perimetral construido con postes y tendido de alambre
galvanizado con el objetivo de marcar su límite y cercar el establecimiento o
limitar la presencia de animales.
• Cortina forestal: barrera vegetal constituida por arbustos o árboles cuyas
hojas pueden caerse en época otoñal (caducas) o quedar persistentes a lo largo
del año (perennes), su importancia radica en ser una protección contra el viento y limitar posibles contaminaciones y ocurrencias de plagas.
• Galpón de maquinarias: sitio que cumple la función de albergar las herra-

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

19

�mientas y maquinarias destinadas para la producción con el objetivo de garantizar su estado y mantenimiento.
• Depósito de agroquímicos y biológicos: sitio o lugar físico aislado, separado de
la vivienda, y en el cual se depositan de manera correcta todos aquellos productos químicos y biológicos bajo llave o a resguardo (por ejemplo: fertilizantes, insecticidas, herbicidas, etc., los cuales son utilizados en la producción agrícola).
• Detalle proceso de poscosecha: solo para productores de frutas u hortalizas,
se deberá declarar el acondicionamiento mínimo (por ejemplo: lavado).
• Semilla de uso propio: hace referencia a la utilización de la semilla de la campaña anterior en el nuevo ciclo productivo.

Malezas resistentes

Solo para productores de cereales y oleaginosas, se deberá indicar si en la unidad productiva (UP) existe alguna de las malezas de la lista resistente a herbicidas.

Cultivos agrícolas

Aquellos cultivos cuyo producto se comercializa en el mercado interno o externo y su destino es el consumo directo, industrial o propagación de especies
vegetales, entre otros.

1. Para declarar un cultivo, ingresar el nombre de la especie (puede escribir el
nombre común o científico) y presionar la tecla ‘Tab’ o hacer clic con el mouse
sobre el fondo de color celeste en la pantalla; esto ocasionará que el sistema
realice una búsqueda de productos relacionados, actualizando el combo que se
encuentra del lado derecho de la pantalla.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

20

�2. Una vez ubicado el producto que se desea declarar, seleccionarlo y completar
el resto de la información pertinente:
• Superficie cultivada:
Se debe indicar la superficie cultivada para cada especie, expresada en hectáreas (Ha); esta indicación se puede realizar bajo dos modalidades:
• Superficie cubierta, significa que se produce utilizando invernaderos o
algún otro tipo de cobertura como ser bajo dosel.
• Superficie descubierta, el cultivo se realiza a campo abierto sin ningún
tipo de cobertura.
• Cultivo orgánico:
Producto vegetal comercial obtenido bajo condiciones de producción sin el
empleo/uso de agroquímicos, entre otras características, para lo cual deberá acreditarse tal situación con la presentación del Certificado de Producción Orgánica,
emitido por certificadoras reconocidas ante el Senasa.
• Tipos de riego en secano:
Se trata de una producción agrícola sin riego (por ejemplo, algunos cultivos
extensivos).
• Por aspersión: aplicado mediante aspersores.
• Por goteo: aplicado mediante el uso de mangueras, caños y el empleo de
picos dosificadores dirigidos.
• Por manto: aplicado en la modalidad de inundación transitoria.
• Por surco: aplicado por manejo de camellones y surcos.
• Tipos de destino (no obligatorio): se podrá elegir más de una opción y se podrán seleccionar distintos destinos de la producción:
• Consumo animal: para consumo animal de animales.
• Exportación: para el mercado externo.
• Industria: para industrialización de la producción primaria.
• Mercado interno: para la comercialización dentro del país.
• Propagación: en caso que el productor realice material de propagación y
multiplicación, no semillas.
• Uso propio: cuando el productor haga uso, en su establecimiento, de la
producción.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

21

�3. Al finalizar, agregar el cultivo con el botón: ‘Agregar cultivo agrícola’.

4. Repetir este procedimiento por cada uno de los cultivos que desee declarar.

Leer las resoluciones que se muestren en pantalla
y dar conformidad (de corresponder).
Datos ganaderos
La solapa para la declaración de datos ganaderos consta de dos secciones, que
deberán ser completadas si la explotación de la unidad productiva es ganadera
o mixta.

Explotaciones

Para completar esta sección, se deben ingresar las explotaciones ganaderas
que se realizarán según especie animal. Allí seleccionar la explotación correspondiente y luego presionar la + verde para agregarla al recuadro ‘Explotaciones seleccionadas’ (como se muestra en la siguiente imagen).

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

22

�Finalización del trámite de solicitud de inscripción
1. Una vez ingresados todos los datos y tildadas todas las declaraciones juradas
de las solapas correspondientes, apretar el botón ‘Aceptar’ (ubicado al pie del
formulario).

De ser necesario, el sistema enviará un correo electrónico para validar la cuenta declarada en la sección ‘Datos de UP, titular y establecimiento’, ya que esta
será la vía por la cual se efectuará la comunicación entre el solicitante y la oficina local seleccionada, una vez que se complete el registro.
El sistema informará sobre esta inscripción mostrando en pantalla lo siguiente:

Se deberá tener al alcance el número de trámite, correo electrónico y CUIT
registrados ante cualquier eventualidad. Estos datos servirán
para la identificación unívoca del trámite realizado.

2. Para terminar con el proceso de registro del trámite, acceder a la cuenta
de correo electrónico declarado y seleccionar aquel mensaje con la siguiente
información:
• Remitente: “Sistema Renspa” &lt;sistema_renspa@senasa.gob.ar&gt;
• Asunto: “Inscripción online al Renspa”
En ese correo electrónico se encontrará información resumida de la solicitud
junto con un enlace al pie que deberá ser utilizado para finalizar el proceso de
inscripción.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

23

�Revisar la casilla de spam si no encuentra el correo electrónico enviado
en su bandeja de entrada.

Una vez completado el proceso de solicitud de inscripción, puede realizar el seguimiento de su trámite desde la pantalla accesible a través del enlace: ‘Consulta de inscripciones online’, disponible en la pantalla principal.

Desde esta pantalla, puede conocer el estado actual de la petición.

Recepción del trámite de solicitud en la oficina local
La oficina local del Senasa asignada al trámite evaluará los datos declarados
para confirmar o rechazar la solicitud.
Durante la atención del trámite, si el agente así lo requiere puede comunicarse
por correo electrónico para solicitar información requerida en la atención de
la solicitud.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

24

�La resolución del trámite (ya sea una confirmación o un rechazo) será remitida
al correo electrónico confirmado y se comunicará a la oficina local asignada
ante cualquier eventualidad.
La credencial de inscripción puede ser impresa desde la pantalla principal una
vez recibida la notificación de confirmación al registro [ver: Impresión de documentos].

Consulta de inscripciones online
El usuario podrá consultar el listado de inscripciones online realizadas y su
estado. Este tipo de modalidad es 100% online, sin necesidad de finalización
presencial en la oficina local.

Accediendo a esta pantalla, podrá realizar un seguimiento de sus inscripciones
online.

Otras operaciones
Oficina local del Renspa

1. Para conocer la oficina local asociada al Renspa, posicione el cursor del
mouse sobre el ícono:

2. Si necesita ponerse en contacto con la oficina local por su trámite, puede
ubicarla a través de la información publicada en el siguiente enlace.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

25

�Actualización de datos (reinscripción)

Todos los productores agrícolas deben realizar una actualización de datos al
menos una vez al año o cuando cambie de cultivo o actividad.
1. La actualización se realiza ingresando a través de la página de la ARCA, realizando el login con CUIT y clave fiscal y adhiriendo al servicio de Renspa.
2. Una vez en el sistema, ubicar el registro de interés de la lista de aquellos que
se visualizan y presionar el botón ‘Reinscribir’.

3. Mediante esta opción, el sistema redirigirá al formulario de actualización.

Se deberá realizar la actualización de datos anual si se trata de un productor
agrícola y forestal, mixto o productor ganadero en zonas de no vacunación antiaftosa. La credencial actualizada puede ser impresa desde la pantalla principal una vez realizada la reinscripción en el registro [ver: Impresión de documentos].

Es obligatorio que todos los productores mixtos y ganaderos
de las zonas de no vacunación antiaftosa actualicen sus datos anualmente.
Impresión de documentos

Desde la pantalla principal, pueden imprimirse los siguientes documentos:
• Planilla de inscripción
• Credencial
• Rótulo

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

26

�Baja (por cese de actividades)

La baja (únicamente por cese de actividades) podrá realizarse accediendo desde la pantalla principal, presionando el botón ‘Baja’ sobre el registro deseado.

De este modo, se accederá a una pantalla para realizar la baja de la unidad
productiva.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

27

�Reactivación de un registro dado de baja
Si el usuario posee un registro (Renspa) dado de baja por cese de actividades y
necesita que vuelva a estar activo, simplemente deberá llevar a cabo una operación de reinscripción sobre el Renspa [ver: Actualización de datos (reinscripción)].
Si el registro está dado de baja por un motivo diferente a ‘cese de actividades’, el
usuario deberá comunicarse con la oficina local asociada al mismo [ver: Oficina
local del Renspa].

Contacto
Ante dudas o consultas, no dude en utilizar el bot disponible al pie en la pantalla
principal del sistema (a la derecha) para comunicarse con la mesa de ayuda.

INSTRUCTIVO. RENSPA: INSCRIPCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS

28

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                <text>Renspa: Inscripción y actualización de datos. 100 % online. Instructivo</text>
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                <text>Resolución SENASA N° 423/2014</text>
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                <text>Esta publicación está destinada a usuarios externos con el fin de orientarlos  en la inscripción y actualización de sus datos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa), de forma completamente digital.  Se detalla el paso a paso para realizar la  adhesión de servicios interactivos en la página de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) con clave fiscal.</text>
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                <text>Introducción&#13;
Objetivo&#13;
Aclaraciones&#13;
Presentación y acceso al sistema Renspa&#13;
Adhesión de servicios interactivos&#13;
Delegación de representación de CUIT&#13;
Solicitud de inscripción al Renspa (Generalidades)&#13;
Datos de unidad productiva, titular y establecimiento&#13;
Datos del titular&#13;
Datos del establecimiento&#13;
Datos agrícolas&#13;
Datos ganaderos&#13;
Finalización del trámite de solicitud de inscripción&#13;
Recepción del trámite de solicitud en la oficina local&#13;
Consulta de inscripciones online&#13;
Otras operaciones&#13;
Contacto&#13;
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                    <text>DECRETO N° 4830/73
RESUMEN: Decreto reglamentario de la Ley 20.466
BUENOS AIRES, 23 de mayo de 1973.
VISTO el expediente N° 75.250/73 por el cual el MINISTERIO DE AGRICULTURA
Y GANADERIA propone las normas reglamentarias de la Ley N° 20.466 que
prescribe el contralor de la producción y comercialización de fertilizantes y
enmiendas y
CONSIDERANDO:
Que es necesario fijar las normas a que deberá ajustarse la elaboración,
distribución, fraccionamiento, importación, exportación, y venta de fertilizantes y
enmiendas.
Que corresponde establecer las características que deben reunir estos insumos y la
forma en que se ha de realizar el contralor de los mismos, por considerárselo
factores preponderantes para la economía agropecuaria.
Que es imprescindible dictar las normas de orden técnico y administrativo, en
salvaguardia de los intereses de los usuarios de fertilizantes y enmiendas.
Que deben establecerse los aranceles a que estarán sujetas las solicitudes de
inscripción, reinscripción, inspección y certificación de los productos antes
mencionados.
Por ello, de acuerdo a lo propuesto por el señor Ministro de Agricultura y Ganadería
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA será el órgano
de aplicación de la Ley N° 20.466.
ARTICULO 2°.- Los fertilizantes y enmiendas que se elaboren, fraccionen, vendan,
importen o exporten estarán sujetos al requisito de la certificación de aptitud para
su empleo como tales, registro y control de calidad, a cargo de los servicios
técnicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA, conforme lo
establezca la reglamentación que este organismo dicte.
Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, los fertilizantes y enmiendas
destinados a la exportación deberán ser inspeccionados y certificados previamente
al otorgamiento de la respectiva autorización de embarque. Igualmente serán
inspeccionadas y certificadas, previamente a su despacho a plaza, todas las
partidas de fertilizantes y enmiendas que se importen.
ARTICULO 3°.- Se considera FERTILIZANTE a toda sustancia o mezcla de
sustancias que incorporada al suelo o aplicada sobre la parte aérea de las plantas,
suministre el o los elementos que requieren los vegetales para su nutrición, con el
propósito de estimular su crecimiento, aumentar su productividad y mejorar la
calidad de las cosechas.

�Estas sustancias podrán ser de carácter mineral u orgánico y deberán contener
elementos nutrientes primarios: NITROGENO, FOSFORO, o POTASIO; o
elementos nutrientes secundarios; CALCIO, MAGNESIO o AZUFRE o elementos
menores o micronutrientes: BORO, CINC, COBRE, HIERRO, MOLIBDENO,
MANGANESO, etc. susceptibles de ser aplicadas en forma capaz de ser asimiladas
por los vegetales.
Con la denominación de "Fertilizante Simple" se considera a aquel constituido por
una sola sustancia aunque ésta posea uno o más elementos nutrientes en su
molécula.
Con la denominación de "Fertilizantes Compuestos" se considera a la mezcla de
DOS (2) o más fertilizantes simples.
Con la denominación de "Fertilizante Foliar" se consideran aquellas sustancias o
mezclas de sustancias solubles en agua que posean elementos nutrientes
susceptibles de ser asimilados y se apliquen directamente sobre la parte aérea de
los vegetales.
ARTICULO 4°.- Se considera "ENMIENDA" a toda sustancia o mezcla de
sustancias de carácter mineral u orgánico, que incorporada al suelo modifique
favorablemente sus caracteres físicos o físico químicos, sin tener en cuenta su
valor como fertilizante, como ser: yeso, cales, azufre, dolomita, turba y toda otra
sustancia o mezcla, que el MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
considere apropiado incluirla en esta denominación.
ARTICULO 5°.- EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA por
intermedio de su Servicio especializado llevará el Registro Nacional en el cual
deberán inscribirse las personas físicas o jurídicas que fabriquen, importen,
exporten, fraccionen o distribuyan fertilizantes o enmiendas; dicho servicio también
llevará el Registro Nacional de todos los productos que se fabriquen, importen,
exporten, fraccionen o vendan, para de esta forma dar cumplimiento al artículo 3°
de la Ley 20.466.
ARTICULO 6°.- Las personas físicas o jurídicas que elaboren, importen o
fraccionen fertilizantes inscriptos en el registro a que se refiere el artículo anterior,
deberán contar con un servicio técnico a cargo de un Ingeniero Agrónomo
matriculado, responsable del equilibrio de las fórmulas y valor agronómico de las
mismas.
ARTICULO 7°.- Para inscribir un producto es necesario presentar el certificado de
aptitud, el cual será otorgado por el Servicio especializado del MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y GANADERIA previo análisis del producto sobre la muestra
presentada a tal fin.
ARTICULO 8°.- Las inscripciones de los productos deberán efectuarse anualmente
y vencen el 31 de diciembre de cada año, pudiendo renovarse o reinscribirse
indefinidamente a partir del 1° de enero al 30 de abril de cada año.

�Al realizar la inscripción o reinscripción de cada producto se deberá presentar una
muestra del mismo con el objeto de comprobar si su contenido responde a lo
declarado.
ARTICULO 9°.- La inscripción de los productos se hará con carácter de declaración
jurada en la que se consignará:
a) Composición química y/o bioquímica, expresada en porcentaje en peso.
b) Estado de agregación, cuando corresponda.
c) Origen.
d) Instrucciones para su uso.
e) Precauciones y restricciones para su empleo.
f) Fecha de vencimiento si el producto fuera alterable.
En caso que el producto sea un fertilizante se indicará además:
1°.- Contenido de nutrientes expresado en porcentaje en peso de elementos.
2°.- Si es neutro, formador de ácido o álcali y su respectivo índice.
ARTICULO 10.- En los fertilizantes el contenido de elementos nutrientes primarios
se permitirá expresarlo en grados, entendiéndose por grado el porcentaje en peso
como elemento, en unidades y medias unidades de: NITROGENO total, FOSFORO
asimilable y POTASIO soluble en agua.
ARTICUTO 11°.- EL MINISTERIO DE COMERCIO no dará curso a las solicitudes
de aprobación de marbete o impresión de fertilizantes y enmiendas de acuerdo a la
Ley N° 20.466, su decreto reglamentario y disposiciones complementarias.
Otorgase un plazo de UN (1) año a partir de la publicación del presente decreto,
para dar cumplimiento a los requisitos de la Ley N° 20.466 y su reglamentación en
lo que a marbete o impresión se refiere.
ARTICULO 12°.- En fertilizantes "formadores de ácido", en el marbete o impresión
debe constar el "índice de acidez" y en los "formadores de base o alcalinos" el
"índice de basicidad".
ARTICULO 13°.- En la comercialización de fertilizantes a granel, los envíos deberán
ser comunicados al MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA con CINCO
(5) días hábiles de antelación, con el objeto de proceder a la extracción de
muestras y tomar las providencias necesarias para asegurar la calidad del producto
hasta su destino, de acuerdo a las condiciones que se fijen por Resolución del
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA.
ARTICULO 14°.- Para verificar el cumplimiento de los requisitos de la mencionada
Ley, su decreto reglamentario y demás disposiciones, el MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y GANADERIA por intermedio de sus agentes autorizados tendrá
acceso a cualquier predio público o privado durante las horas comerciales con el
objeto de proceder a la extracción de muestras de fertilizantes y enmiendas, en
todo el territorio de la República; el método de muestreo y demás modalidades se
establecerán por resolución del MINISTERIO DE AGRICULTURA Y. GANADERIA.

�ARTICULO 15°.- Los fertilizantes orgánicos como ser estiércol, compost, etc., y
enmiendas orgánicas no sometidas a manipulación industrial quedan exentos del
cumplimiento de los requisitos del presente decreto y su venta bajo análisis es
optativa. No se podrá hacer referencia a su composición química o bioquímica o
elementos nutrientes sin haberlos sometido a análisis previos.
ARTICULO 16°.- Las personas jurídicas o físicas inscriptas en el Registro
establecido en el Artículo 5° del presente decreto deberán informar bajo declaración
jurada durante el mes de junio de cada año, al servicio especializado del
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA de acuerdo a las normas que
para tal efecto se dicten, un resumen anual de la producción y comercio de
fertilizantes y enmiendas.
Los establecimientos frigoríficos, fábricas, depósitos, etc., que produzcan o vendan
subproductos de la ganadería o agricultura o recolección de residuos, destinados a
la preparación de fertilizantes o enmiendas o a su empleo como tales deberán
cumplir con los requisitos exigidos en el apartado anterior.
ARTICULO 17°.- De acuerdo al Artículo 8° de la Ley N° 20 466, por resolución del
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA se fijaran los márgenes de
tolerancia para los alimentos, componentes y estado de agregación de los
fertilizantes y enmiendas como así también para las sustancias nocivas que
contengan. Asimismo se determinará la intervención que corresponda en caso de
arbitraje.
ARTICULO 18°.- EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA podrá
realizar ensayos con fertilizantes o enmiendas y estudios agrotécnicos que crea
necesario para establecer su valor agronómico, en función del suelo, clima, cultivo y
asesorar a los agricultores sobre el uso racional de estos productos.
ARTICULO 19°.- EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA adoptará las
medidas necesarias para limitar y aun prohibir la aplicación de aquellos fertilizantes
y enmiendas que se consideren no apropiados para determinadas regiones o
cultivos.
ARTICULO 20°.- EL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA asesorará
sobre el carácter de fertilizante o enmienda a los efectos de la liberación de los
derechos de importación de los productos que se introduzcan al país, destinados
exclusivamente a ser utilizados como tales.
ARTICULO 21°.- Toda persona que importe, exporte, elabore, o distribuya
productos fertilizantes y/o enmiendas abonará los siguientes aranceles en concepto
de:
INSCRIPCION DE LA PERSONA FISICA O JURIDICA
Certificado de aptitud de un fertilizante
$200.Certificado de aptitud de una enmienda
$160.Inscripción de un fertilizante o enmienda
$100.-

$400.-

�Reinscripción de un fertilizante
$ 80.Reinscripción de una enmienda
$ 50.Inspecciones, exportación e importación......
$ 40.Análisis por servicios particulares por
determinación
$ 20.Todos los análisis serán realizados por el MINISTERIO DE AGRICULTURA Y
GANADERIA.
ARTICULO 22°.- Los gastos que demanden los análisis de verificación o
fiscalización de los productos inscriptos están incluidos en el arancel de inscripción
del producto. Todo otro análisis realizado a pedido de personas, productores, o
expendedores con el objeto de conocer la composición de determinada muestra o
producto estará sujeto al arancel fijado en el artículo anterior.
ARTICULO 23°.- Todas las infracciones al presente decreto o a las disposiciones
establecidas en los mismos serán reprimidas de acuerdo al Artículo 13 de la Ley N°
20.466.
ARTICULO 24°.- El presente decreto comenzará a regir, a partir de la fecha de la
publicación.
ARTICULO 25°.- Derógase el Decreto N° 14.407 de fecha 9 de setiembre de 1955,
y los demás en cuanto se opongan al presente decreto.
ARTICULO 26°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y vuelva al MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA,
DECRETO N° 4830

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                <text>Fiscalización de fertilizantes y enmiendas. Reglamentación de la Ley N° 20466</text>
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                <text>&lt;a href="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=200202"&gt;Decreto N° 4830/1973&lt;/a&gt;</text>
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                <text>Los fertilizantes y enmiendas que se elaboren, fraccionen, vendan, importen o exporten, estarán sujetos al requisito de la certificación de aptitud para su empleo como tales, registro y control de calidad, a cargo de los servicios técnicos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, conforme lo establezca la reglamentación que este organismo dicte.</text>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el Art. 11 del &lt;a href="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=409638"&gt;Decreto N° 101/2025 del Poder Ejecutivo Nacional&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;</text>
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                    <text>MANUAL DE PROCEDIMIENTO

Diagnóstico serológico
de brucelosis
(B. abortus, B. melitensis, B. suis)

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa)

Edición 2025

�El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria es un organismo descentralizado,
responsable de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal, vegetal
y de la inocuidad de los alimentos de su competencia, así como de verificar el cumplimiento
de la normativa vigente en la materia.
Equipos de trabajo
Coordinación de Bacteriología
Dirección de Laboratorio Animal
Dirección General de Laboratorios y Control Técnico
Coordinación General de Comunicación Institucional
Edición 2025

�Índice

Introducción	

6

Objetivos	

6

Abreviaturas y definiciones	

6

Medidas generales de bioseguridad y seguridad en el laboratorio	

7

Principios de bioseguridad	

7

Prácticas operativas seguras y hábitos personales	

8

Limpieza y desinfección del laboratorio	

10

Eliminación de residuos peligrosos (patológicos/químicos)

10

Aseguramiento de la calidad en el laboratorio	

10

Control de calidad de insumos

11

Equipos	

13

Sobre la enfermedad

13

Descripción de la enfermedad

14

Infección por Brucella en ganado bovino

14

Infección por Brucella en ovejas y cabras

15

Infección por Brucella en cerdos	

15

Infección por Brucella en otras especies: domésticas, salvajes

16

en cautiverio o en libertad
Riesgo zoonótico y requisitos de bioseguridad
Técnicas de diagnóstico	
Pruebas serológicas	
Procedimientos de trabajo para el diagnóstico de brucelosis
en el laboratorio de red

17
18
18
20

�Registro de entrada de muestras	

20

Características y condiciones de las muestras	

21

Condiciones de recepción de las muestras

21

Condiciones de rechazo o demora del procesamiento de las

21

muestras
Informes de resultados
Pruebas screening con antígeno tamponado en placa (BPAT y RBT)

22
23

para la detección de anticuerpos contra Brucella spp	
Desarrollo	

23

Ejecución del ensayo de BPAT

23

Ejecución del ensayo de Rosa de Bengala

24

Lectura e interpretación de resultados de las pruebas de scree-

25

ning con antígeno tamponado en placa	
Informes de resultados	
Pruebas de seroaglutinación lenta en tubo (SAT/2-ME)	

25
26

Desarrollo	

26

Ejecución del ensayo

27

Incubación	

28

Lectura e interpretación de resultados	

28

Informes de resultados

30

Preparación de soluciones para las pruebas de SAT/2-ME	

31

Prueba del anillo en leche (PAL o MRT) solo para bovinos	

31

Desarrollo	

32

Toma de la muestra	

33

Ejecución del ensayo

33

Lectura

33

Modificación de la prueba para tanques muy grandes

34

Enzimoinmunoensayo indirecto (I ELISA) (para suero o leche)	

34

Etapas

35

Desarrollo	

36

�ELISA por competición / bloqueo	
Desarrollo	
Ensayo de polarización fluorescente para la detección de anticuerpos

38
38
41

contra brucella en suero	
Desarrollo

42

Ejecución del ensayo

42

Lectura e interpretación	

43

Fijación de complemento	

44

Desarrollo

44

Manejo y conservación de las muestras

45

Condiciones del ensayo	

46

Ejecución	

46

Lectura de resultados	

48

Anexos

52

Bibliografía

68

�Introducción
El presente manual está dirigido a profesionales que se desempeñan en la
Red de Nacional de Laboratorios del Senasa (Redlab) respecto a las técnicas
relacionadas con el diagnóstico serológico de brucelosis. Estas técnicas son
internacionalmente reconocidas y recomendadas por la Organización Mundial
de Sanidad Animal (OMSA) y el Senasa.

Objetivos
• Colaborar con el mejor desempeño y competencia de los laboratorios que
realizan el diagnóstico serológico de la brucelosis en diferentes especies animales inscriptos en la Redlab.
• Proporcionar a la Redlab un instrumento que facilite el desarrollo adecuado,
sistematizado y estandarizado de los procedimientos técnicos que se realizan
en los laboratorios.
• Contribuir a la aplicación de las medidas de bioseguridad y controles de
calidad que deben cumplirse cuando se desarrolle un procedimiento técnico.
• Contar con un instrumento que sirva de guía para la evaluación y monitoreo
de las actividades del laboratorio.

Abreviaturas y definiciones
• Ag: Antígeno
• Biovariedad: bv
• BPAT (Buffered plate antigen test): Aglutinación con antígeno bufferado en
placa
• CELISA: Enzimoinmunoensayo competitivo
• C’: Complemento de cobayo
• DGLYCT: Dirección General de Laboratorios y Control Técnico
• DLA: Dirección de Laboratorio Animal
• DNSA: Dirección Nacional de Sanidad Animal
• DT: Dilución de Trabajo
• ELISA: Enzimoinmunoensayo
• FCT: Fijación de Complemento Test
• FPA: Ensayo de Polarización Fluorescente
• GR: Glóbulos Rojos
• IELISA: Enzimoinmunoensayo Indirecto
• IgG: Inmunoglobulina G
• IgM: Inmunoglobulina M
• LPS: Lipopolisacárido
• 2-ME: 2- Mercaptoethanol
• M: Molar
• mP: milipolarización

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

6

�• MRT (PAL): Prueba de anillo en leche
• OMSA: Organización Mundial de Sanidad Animal
• PAC: Poder anticomplementario
• RBT: Rosa de Bengala Test
• Renspa: Registro Nacional de Productores Agropecuarios
• SAT: Seroaglutinación lenta en tubo
• SB: Solución Buffer
• Senasa: Servicio de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
• SH: Sistema Hemolítico
• UI/ml: Unidades Internacionales por mililitro
• UIFCT/ml: Unidad Internacional fijadora del complemento Test por mililitro
• UA: Unidad de Antígeno
• UC: Unidad de Complemento
• UH: Unidad de Hemolisina

Medidas generales de bioseguridad y seguridad en
el laboratorio
Se entiende por bioseguridad: La disciplina que trata el manejo seguro y la
contención de microorganismos infecciosos y materiales biológicos peligrosos. La práctica del manejo seguro de microorganismos patógenos y sus toxinas en el laboratorio biológico se realiza a través de la aplicación de los
principios de contención y la evaluación de riesgos.

Principios de bioseguridad
El término “contención” se utiliza para describir métodos seguros para manejar materiales infecciosos en el medio ambiente del laboratorio, donde son
manipulados o conservados. El objetivo de la contención es reducir o eliminar
la exposición de quienes trabajan en laboratorios u otras personas, y del medio ambiente externo a agentes potencialmente peligrosos.
Contención primaria: la protección del personal y del medio ambiente inmediato del laboratorio de la exposición a agentes infecciosos es provista tanto
mediante buenas técnicas microbiológicas como a través del uso de Equipos
de Protección Personal (EPP) de seguridad adecuados. La aplicación de vacunas al personal cuando corresponda puede brindar un mayor nivel de protección del personal.
Contención secundaria: la protección del medioambiente externo al laboratorio de la exposición a materiales infecciosos se logra a través de una combinación del diseño de la instalación y prácticas operativas.
Por lo tanto, los elementos de contención incluyen prácticas y técnicas de laboratorio, equipos de seguridad y el diseño de la instalación. La evaluación del
riesgo del trabajo a realizar con un agente específico determinará la combinación apropiada de estos elementos.
Prácticas y técnicas de laboratorio: el elemento más importante de la contención es el cumplimiento estricto de las prácticas y técnicas microbiológicas
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

7

�estándares. Las personas que trabajan con agentes infecciosos o materiales
potencialmente infectados deben conocer los riesgos potenciales, y también
deben estar capacitados y ser expertos en las prácticas y técnicas requeridas
para manipular dichos materiales en forma segura.
Cada laboratorio está obligado a desarrollar o adoptar un manual de operaciones o de bioseguridad que identifique los riesgos que se encontrarán o
puedan producirse, y que especifique las prácticas y procedimientos destinados a minimizar o eliminar las exposiciones a estos riesgos. Se debe alertar
al personal acerca de los riesgos especiales y se le debe exigir que lea y cumpla las prácticas y procedimientos requeridos. El personal capacitado y bien
informado acerca de las técnicas de laboratorio adecuadas, procedimientos
de seguridad y riesgos asociados a la manipulación de agentes infecciosos
debe ser el responsable de la conducción de los trabajos con cualquier agente o material infeccioso. Esta persona tiene la obligación de consultar a profesionales especializados en bioseguridad u otros profesionales de la salud y
seguridad respecto de la evaluación del riesgo.
Cuando las prácticas de laboratorio estándares no son suficientes para controlar los riesgos asociados a un agente o a un procedimiento de laboratorio
particular, quizás sea necesario aplicar medidas adicionales. El director del
laboratorio es responsable de seleccionar prácticas de seguridad adicionales, que deben guardar relación con los riesgos relacionados con el agente o
procedimiento.

El director o la persona a cargo del laboratorio es responsable de brindar u organizar
la capacitación adecuada del personal.

Prácticas operativas seguras y hábitos personales
• Limitar o restringir el acceso al laboratorio.
• Diseñar el laboratorio para que su limpieza sea sencilla. Las superficies de las mesas de trabajo deben ser impermeables al agua y ser
resistentes al calor moderado y a solventes orgánicos, ácidos, álcalis y
productos químicos utilizados para descontaminar la superficie de trabajo y los equipos.
• Seleccionar muebles de laboratorio con capacidad de soportar cargas
y usos previstos. Los espacios entre las mesas de trabajo, gabinetes y
equipos deben ser accesibles para su limpieza.
• Cada laboratorio debe contener una pileta para el lavado de manos.
• Adecuar la iluminación para todas las actividades, evitando los reflejos y el brillo que pueda molestar la visión.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

8

�• Proveer mosquiteros para las ventanas del laboratorio que se abren
hacia el exterior (en lo posible deberían ser fijas).
• Usar ambos, delantales, batas o uniformes de laboratorio de protección adecuados durante la permanencia en el mismo. Retirar y dejar
esta ropa de protección en el laboratorio antes de dirigirse a otras áreas
(por ejemplo, cafetería, biblioteca, oficinas administrativas); además,
usar calzado cerrado y cabello recogido.
• Es obligatorio el uso de guantes cuando es probable que las manos
entren en contacto con materiales infecciosos, superficies o equipos
contaminados (puede ser apropiado el uso de dos pares de guantes).
Descartar los guantes cuando están contaminados y retirarlos cuando se completa el trabajo con los materiales infecciosos o cuando está
comprometida la integridad del guante. Los guantes descartables no
se lavan, no se vuelven a usar, ni se utilizan para tocar superficies “limpias” (teclados, teléfonos, picaportes, entre otros), y no se deben usar
fuera del laboratorio.
• No está permitido comer, beber, fumar, manipular lentes de contacto, maquillarse o almacenar alimentos para uso humano en áreas de
trabajo.
• Utilizar protección ocular para los procedimientos en los que se puedan producir salpicaduras de microorganismos u otros materiales peligrosos. Las personas que usan lentes de contacto en laboratorios deben también utilizar antiparras o un protector facial.
• Lavarse las manos luego de manipular materiales viables, luego de
quitarse los guantes y antes de retirarse del laboratorio. (Ver Anexo I).
• Almacenar los alimentos fuera del área de trabajo en gabinetes o refrigeradores designados y utilizados con este único fin.
• Está prohibido pipetear con la boca: utilizar dispositivos de pipeteo
mecánicos. Aplicar políticas para el manejo seguro de objetos cortantes o punzantes.
• Llevar a cabo todos los procedimientos con precaución a fin de minimizar la creación de salpicaduras o aerosoles.
• Descontaminar las superficies de trabajo como mínimo una vez por
día, luego de finalizar las tareas y ante todo derrame de material viable.
• Descontaminar todos los cultivos, stocks y otros desechos reglamentados antes de ser desechados mediante un método aprobado, como
por ejemplo, mediante autoclave. Los materiales que se deben descontaminar fuera del laboratorio inmediato son colocados en un recipiente
duradero, estanco y cerrado para su transporte desde el laboratorio.
Los materiales que se deben descontaminar fuera del laboratorio inmediato se embalan de conformidad con las normas locales, estatales

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

9

�y federales aplicables antes de retirarlos del establecimiento de acuerdo a las indicaciones de la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos.
• El laboratorio debe tener las hojas de seguridad1 de cada sustancia
química que utiliza en formato impreso y capacitar al personal sobre
las mismas.

Limpieza y desinfección del laboratorio
Todo laboratorio debe tener un programa con métodos de limpieza y desinfección bien definidos para disminuir los riesgos de contaminación con materiales peligrosos acorde a las características del lugar y volumen de trabajo.
La limpieza de los laboratorios incluye a los equipos, mesas de trabajo, heladeras, freezer, aberturas, etc. Dentro de la limpieza se debe incluir el control
de insectos y roedores.

Eliminación de residuos peligrosos (patológicos/químicos)
El laboratorio debe elaborar un procedimiento de la manipulación, clasificación y descarte de los residuos peligrosos ya que pueden causar daño, directa o indirectamente a seres vivos o contaminar el suelo, el agua, la atmósfera
o el ambiente en general.
Se consideran residuos patológicos/químicos al material biológico de diversos orígenes que puede no tener características infecciosas pero sí de toxicidad. Un residuo se considera tóxico cuando es capaz de, a determinadas
dosis, provocar una acción química o químico-física que cause daño en la
salud, luego de estar en contacto con la piel o las mucosas o de haber penetrado en el organismo por cualquier vía.
Los residuos serán acumulados en recipientes colocados convenientemente
y en cantidad suficiente en el lugar de generación de los mismos.
Los mismos se podrán tratar mediante los siguientes métodos: incineración,
enterramiento por relleno de seguridad, esterilización por autoclave, ya sea
por el mismo laboratorio o por empresas dedicadas a ese fin. Se ajustará a la
normativa establecida por la jurisdicción donde se encuentra el laboratorio.

Aseguramiento de la calidad en el laboratorio
Se debe cumplimentar la reglamentación vigente de acuerdo a las BPL (buenas prácticas de laboratorio), requisitos particulares del Senasa y la Norma
ISO/IEC 17025 (última versión vigente) según la categoría del laboratorio.
Es un documento que indica las particularidades y propiedades de una determinada sustancia para su uso más adecuado (en inglés, Material Safety Data
Sheet o MSDS). El principal objetivo de esta hoja es proteger la integridad física del operador durante la manipulación de la sustancia. Esta hoja o ficha
contiene las instrucciones detalladas para su manejo y persigue reducir los riesgos laborales y medioambientales.
1

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

10

�Para que los resultados del diagnóstico sean uniformes, confiables y trazables, deben efectuarse siguiendo técnicas estandarizadas, con operadores
capacitados en la realización e interpretación de los resultados, utilizando
equipos y reactivos controlados.
Los procedimientos de laboratorio están sujetos a múltiples causas de error
que deben ser detectados para poder aplicar correcciones o acciones correctivas.
Los procedimientos se pueden monitorear mediante controles internos con la
utilización diaria de sueros controles internos con títulos conocidos; mientras
que el control externo –que se refiere al realizado por un laboratorio de referencia– se puede hacer mediante auditorías que revisen los métodos analíticos, la organización del trabajo del laboratorio y los procedimientos de control
de calidad internos implementados.
Respecto a la participación en ensayos interlaboratorios, los mismos deben
ser provenientes de organismos reconocidos y programas de ensayos de aptitud. Se deben mantener documentados los resultados y, en caso de obtener
resultados no satisfactorios, implementar las acciones correctivas pertinentes para su seguimiento y cierre.
Del mismo modo podrán utilizarse otras herramientas a los fines de garantizar el desempeño adecuado y asegurar la calidad de los resultados de ensayo,
como la confección de gráficos de control2.
El control permanente de la calidad de los resultados junto con las buenas
prácticas de laboratorio que incluye la utilización de técnicas evaluadas, personal capacitado y operaciones estandarizadas, garantiza el resultado confiable del diagnóstico.

Control de calidad de insumos
Todos los insumos y reactivos que se utilizan en el laboratorio deben ser establecidos con fórmulas y procedimientos detallados en manuales disponibles
en el área de trabajo.
La composición, el tipo de envase, la identificación y el lugar de almacenamiento deben ser los indicados en los manuales. No introducir cambios que
no estén registrados y autorizados por el responsable del laboratorio.

Todos los insumos y materiales de referencia deben cumplir
con las especificaciones registradas.

2

Diagrama que sirve para examinar si un proceso se encuentra en una condición estable, o para asegurar que se mantenga en esa condición.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

11

�Los reactivos biológicos que se emplean en las técnicas de ensayo deben
utilizarse de acuerdo a las especificaciones del manual de procedimientos
operativos correspondiente, respetando las indicaciones para la conservación, almacenamiento y titulación.
Los reactivos para el diagnóstico de brucelosis que se comercializan en la
República Argentina, deben cumplir la normativa vigente del Senasa y aprobar el control de calidad de cada lote o serie indicado en la estampilla correspondiente. Se debe llevar un registro de cada lote de antígeno/kit que
se utiliza con la fecha de uso.
En los laboratorios se requiere usar agua con mínimo de impurezas. Los requisitos de calidad o pureza se encuentran establecidos sobre la base de diferentes normas o criterios, dependiendo de las instituciones u organismos
internacionales que establecen las referencias. Entre éstas se encuentran la
American Society for Testing and Materials (ASTM), British Standards Institution (BSI) y la International Organization for Standardization (ISO). Actualmente están definidos los diferentes niveles
de pureza del agua en función de los parámetros físico-químicos, tales como
conductividad eléctrica, resistividad, contenido de carbono, oxígeno o sílice.

Clasificación del agua de acuerdo a su característica fisicoquímica.
Especificaciones según ISO 3696
Parámetros Fisicoquímicos

Grado 1

Grado 2

Grado 3

Conductividad eléctrica valor máximo a 25 ºC, µS/cm

0,1

1

5

Resistividad, MΩ

10

1

0,25

Absorbancia (UA a 254 nm)

0,001

0,01

--

Sílice Total valos máximo mg/l

0,01

0,02

1

pH

--

--

5,0 a 7,5

Clasificación de los tipos de agua según NC-ISO 3696: 2004
Grado 1- Exenta básicamente de contaminantes constituidos por iones disueltos o coloidales y materias orgánicas. Es apropiada para los requisitos
de análisis más exigentes, incluyendo la cromatografía líquida de alta definición. Se puede preparar por un tratamiento adicional del agua de grado 2
(por ejemplo osmosis inversa o desionización seguida de filtrado a través de
una membrana con tamaño de poro de 0,2 µm para separar las partículas, o
por redestilación en un aparato de sílice fundido).
Grado 2- Con muy pocos contaminantes inorgánicos, orgánicos o coloidales. Es apropiada para análisis delicados, incluyendo la espectrometría de
absorción atómica (EAA) y la determinación de componentes en cantidades
mínimas. Se puede preparar por destilación múltiple o por desionización u
osmosis inversa seguida de destilación.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

12

�Grado 3- Apropiada para la mayoría de los trabajos de química en laboratorios por vía húmeda y la preparación de soluciones de reactivos. Se puede
preparar mediante una sola destilación, por desionización o por osmosis inversa. Salvo indicación en contrario, se puede utilizar para el trabajo normal
de análisis.

Equipos
El laboratorio debe tener inventario del equipamiento y un programa de control y mantenimiento de los equipos que emplea en el laboratorio.
El equipamiento que afecte la calidad de los resultados de ensayo, debe
mantenerse controlado, estipulando dentro de un programa los intervalos
de control, calibración /verificación y mantenimiento de los mismos.

Sobre la enfermedad3
Brucelosis es el nombre genérico que se aplica a las infecciones–humanas
o animales– causadas por distintas especies del género Brucella, principalmente Brucella abortus, B. melitensis y B. suis.
La infección del ganado ovino por B. ovis se describe por separado en el Capítulo 3.7.7 Epididimitis ovina (Brucella ovis) del manual de la OMSA.

Agente: Brucella (B. abortus, B. melitensis, B. suis)
El género Brucella forma parte de la familia Brucellaceae, que a su vez forma parte
del orden Rhizobiales, en la clase alphaproteobacteria. Presenta una estrecha relación genética con ciertos agentes patógenos de las plantas y simbiontes de los géneros Agrobacterium y Rhizobium, así como con agentes patógenos
de animales (Bartonella) y bacterias oportunistas o del suelo (Ochrobactrum).
La evidencia genética e inmunológica indica que todos los miembros del
género Brucella están estrechamente relacionados. Sin embargo, teniendo en
cuenta que existen diferencias relevantes entre las principales variantes en
cuanto al tipo de hospedador y a la epidemiología, así como evidencias moleculares de variaciones genómicas, el Comité Internacional de Sistemática de Procariotas, Subcomité de Taxonomía de Brucella, adoptó en 2005
una decisión firme sobre el retorno a las posiciones anteriores a 1986 en
lo relativo a la taxonomía de Brucella; la consecuencia de ese posicionamiento es la reaprobación de las seis especies de Brucella con sus biovariedades
reconocidas. Los nombres clásicos relacionados con las seis especies de
Brucella están publicados en las Listas Autorizadas de Nombres de Bacterias
de 1980, y las cepas típicas designadas aparecen asociadas a esos nombres
publicados y validados: Brucella abortus, B. melitensis, B. suis, B. neotomae, B. ovis y B. canis. Las

Fuente: Capítulo 3.1.4.- Manual Organización Mundial de Sanidad Animal -OMSA)- versión 2022.

3

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

13

�tres primeras se subdividen en biovariedades por sus características de
cultivo y serológicas. En la última década se han aislado cepas de Brucella de
mamíferos marinos que no pueden adscribirse a ninguna de las especies
ya reconocidas. Hay estudios en curso destinados a establecer su posición
en la taxonomía de este género y se ha propuesto que podrían clasificarse
en dos nuevas especies, B. ceti y B. pinnipedialis. Recientemente se ha aislado una
nueva cepa, denominada Brucella microti, en el topillo campesino (Microtus arvalis) y
en zorros y suelo de Europa Central (Scholz et al., 2008). También se han
descrito por primera vez ciertas cepas aisladas de infecciones humanas de
implantes mamarios y de pulmón, aunque todavía no está claro cuál es el
reservorio natural de las mismas. Si bien solo se han descrito dos cepas
de cada nuevo tipo, formalmente se han publicado como décima y onceava
especies de Brucella, B. inopinata y B. papionis, respectivamente (Scholz et al., 2010;
Whatmore et al., 2014). Por último, las cepas aisladas de roedores, zorros
y ranas se han caracterizado como cepas atípicas de Brucella claramente
diferenciables de las especies descritas actualmente, pero todavía no se
han aprobado como nuevas especies de Brucella.

Descripción de la enfermedad
Infección por Brucella en ganado bovino
La infección por Brucella en el ganado bovino suele estar causada por biovariedades (bv.) de Brucella abortus. En algunos países, sobre todo del sur de Europa, África y Asia occidental, en los que el ganado bovino se cría en estrecha
relación con ganado ovino o caprino, la infección también puede deberse
a B. melitensis (Verger, 1985). En ocasiones, B. suis puede causar una infección
crónica de la glándula mamaria del ganado bovino, pero no se ha observado que cause aborto ni que se transmita a otros animales. La infección por
Brucella en ganado bovino se transmite a nivel mundial, pero varios países del
norte y centro de Europa, así como Canadá, Japón, Australia y Nueva Zelanda se consideran libres tanto de B. abortus como de B. melitensis. Esta enfermedad
suele ser asintomática en animales de corta edad y en hembras no gestantes. Tras la infección por B. abortus o B. melitensis, las hembras adultas gestantes
presentan placentitis, que suele dar lugar a aborto entre el quinto y el noveno mes de gestación. Incluso en ausencia de aborto, en la placenta, los
líquidos fetales y las secreciones vaginales producen una profusa excreción
del microorganismo. La glándula mamaria y los ganglios linfáticos relacionados también pueden resultar infectados, y es posible que se excreten
microorganismos con la leche. Las siguientes gestaciones suelen llegar a
término, pero la infección uterina y mamaria reaparece, con cantidades bajas de microorganismos tanto en los productos del parto como en la leche.
En las infecciones agudas, el microorganismo se encuentra presente en la
mayoría de ganglios linfáticos principales del organismo. Los bovinos machos adultos pueden presentar orquitis/epididimitis y la brucelosis puede
ser una causa de infertilidad en ambos sexos. Los higromas, que suelen
afectar a las articulaciones de las extremidades, son un signo frecuente
en caso de brucelosis en algunos países tropicales y pueden ser el único
indicador manifiesto de infección; el líquido de los higromas suele estar
infectado por Brucella.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

14

�Infección por Brucella en ovejas y cabras
La infección por Brucella en ovejas y cabras (excepto la infección por B. ovis) está
causada principalmente por las biovariedades de B. melitensis. En ovejas y cabras se han observado infecciones esporádicas causadas por B. abortus o B. suis,
pero estos casos son extremadamente infrecuentes. La infección por Brucella
en ovejas y cabras es endémica en la región del Mediterráneo, pero se dan
casos en todo el mundo. América del Norte (excepto México) se considera
libre del agente, del mismo modo que el norte y el centro de Europa, el sudeste asiático, Australia y Nueva Zelanda.
Patológica y epidemiológicamente, la infección por B. melitensis en ovejas y cabras es muy similar a la infección por B. abortus en ganado bovino. En la mayoría
de los casos, las vías principales de transmisión de Brucella son la placenta, los
líquidos fetales y las secreciones vaginales expulsadas por las ovejas y cabras infectadas, ya sea al abortar o al parir a término. La expulsión de Brucella
también es frecuente en las secreciones de la ubre y en el semen, y puede
aislarse Brucella de distintos tejidos, como los ganglios linfáticos de la cabeza,
el bazo y los órganos asociados a la reproducción (útero, epidídimo y testículos), así como de lesiones artríticas (Alton et al., 1988).
Infección por Brucella en cerdos
La infección por Brucella en cerdos está causada principalmente por las biovariedades 1, 2 o 3 de B. suis. En cerdos también se han observado infecciones
esporádicas por B. abortus o B. melitensis, pero estos casos son muy infrecuentes.
La enfermedad tiene lugar en muchos países en los que se crían cerdos.
En general, la prevalencia es baja, pero en algunas regiones, como América
del Sur o el sudeste asiático, la prevalencia puede ser mucho más alta. En
algunos países, la brucelosis porcina puede ser un problema grave, aunque
actualmente no reconocido. Se ha observado infección por la bv 1 de Brucella
suis en jabalíes de algunos estados del sur de EE.UU., así como de Queensland (Australia) y de otros países de Oceanía. En estos países, se han documentado varias infecciones humanas en personas que practicaban la caza
y manipulaban material obtenido de jabalíes. En general, la enfermedad se
transmite por la ingesta de alimento contaminado por productos del parto o
de un aborto, o bien por secreciones uterinas. Los cerdos se comen de inmediato los fetos abortados y las membranas fetales. La transmisión durante la
cópula también es frecuente, y la excreción de B suis en el semen tiene implicaciones para el personal que lleva a cabo la inseminación artificial. En los
cerdos, como en los rumiantes, tras la bacteriemia inicial, B. suis coloniza las
células del tracto reproductor de ambos sexos. En las hembras, resultan invadidas la placenta y los fetos, mientras que en los machos la invasión tiene
lugar en uno o más de los siguientes tejidos: testículos, próstata, epidídimo,
vesículas seminales o glándulas bulbouretrales. En los machos, las lesiones, que suelen ser unilaterales, empiezan con una hiperplasia que puede
avanzar a absceso; la fase final se caracteriza por esclerosis y atrofia. Pueden aparecer artritis en varias articulaciones, y a veces tiene lugar una espondilitis. En las cerdas, el signo más frecuente de brucelosis es el aborto en
cualquier momento de la gestación, aunque es más habitual entre los días
50 y 110. La secreción vaginal no suele ser evidente y, en los rebaños infecMANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

15

�tados de forma crónica, el signo clínico más relevante es la infertilidad, no el
aborto. En los machos, la brucelosis tiene más probabilidades de ser persistente, y ocasiona lesiones en el tracto genital que a menudo dan lugar a una
interferencia con la actividad sexual, que puede ser temporal o irreversible. El
verraco puede excretar Brucella con el semen sin ninguna anomalía aparente en
los órganos sexuales ni interferencia con la actividad sexual. En ambos sexos
puede aparecer una tumefacción articular y de las vainas de los tendones,
cojera y, en ocasiones, parálisis posterior. Un porcentaje considerable tanto
de cerdos como de cerdas se recupera de la infección, a menudo en un plazo
máximo de 6 meses, pero muchos quedan infectados de por vida (Olsen et al.,
2012). La infección causada por la bv 2 de B. suis difiere de la causada por la bv
1 y la bv 3 en cuanto a la gama de hospedadores, la distribución y la patogenicidad. Históricamente, la distribución geográfica de la bv 2 de B. suis ha sido un
amplio territorio situado entre Escandinavia y los Balcanes. La prevalencia en
jabalíes parece ser alta en toda Europa continental (EFSA, 2009). En los brotes
de Europa, los jabalíes intervienen como fuente de transmisión de la bv 2 a
cerdos criados en el exterior, y se consideran el principal reservorio salvaje de
esta infección (EFSA, 2009). La bv 2 de Brucella suis causa lesiones miliares, sobre
todo en tejidos reproductivos, que a menudo se vuelven purulentas. Hasta la
fecha, la bv 2 se ha documentado en muy pocos casos como causa de brucelosis humana. No obstante, sí se han observado infecciones por la bv2 en
cazadores con inmunocompromiso que hayan estado excesivamente expuestos debido a prácticas como el destripado y despellejado de jabalíes o liebres.
Asimismo, en ganado bovino y ovino de Europa expuesto a jabalíes infectados,
se han observado casos, aunque muy infrecuentes, de infección por la bv 2 de
B. suis sin signos clínicos.
Infección por Brucella en otras especies: domésticas, salvajes en cautiverio o en libertad
Se ha observado infección por B. abortus y B. melitensis en el dromedario (Camelus dromedarius) y en el camello (C. bactrianus), así como en camélidos de América del Sur: la
llama (Lama glama), la alpaca (Lama pacos), el guanaco (Lama guanicoe) y la vicuña (Vicugne
vicugne), y se ha relacionado con el contacto con rumiantes grandes y pequeños
infectados por B. abortus y B. melitensis. Asimismo, se ha observado brucelosis en el
búfalo doméstico (Bubalus bubalis), el bisonte americano y el europeo (Bison bison y B.
bonasus, respectivamente), el yak (Bos grunniens), el elk/wapiti (Cervus elaphus), el búfalo
africano (Syncerus caffer) y varias especies de antílopes de África. Los signos clínicos de brucelosis en estos animales son similares a los que se observan en el
ganado bovino, ovino y caprino.
La infección por Brucella melitensis en rumiantes salvajes puede tener lugar cuando
estas especies se encuentran en estrecho contacto con ovejas y cabras de zonas enzoóticas. Los signos de la brucelosis en estos animales son similares a
los que se observan en bovinos, ovinos y caprinos, pero en varias especies de
rumiantes salvajes (como el rebeco [Rupicapra rupicapra], el íbex alpino [Capra ibex] y la
cabra ibérica [Capra pyrenaica] salvaje) se ha observado artritis purulenta o calcificada y orquitis, así como uveítis y problemas neurológicos. Estas especies se
consideran portadores terminales, que no pueden transmitir la enfermedad,
la cual suele desaparecer de forma natural en cuanto la infección por Brucella
se ha erradicado del ganado doméstico, a no ser que tengan lugar efectos
antropogénicos.
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

16

�Existen dos tipos distintos de situación epidemiológica respecto a la infección
por B. suis en otras especies no porcinas. En el primer caso, la infección por
B. suis tiene lugar en animales que no son el hospedador natural de la infección
concreta mediante la ingesta de materiales contaminados o por cohabitación
con hospedadores naturales infectados. Por ejemplo, zorros y lobos del ártico
pueden contraer la bv 4 de B. suis del reno; los perros y los roedores, como ratas
o ratones, pueden contraer otras biovariedades de B. suis por cohabitación con
hospedadores infectados; y el ganado bovino y los caballos pueden resultar
infectados por cohabitación o interacción con porcinos infectados. Las bacterias infectantes pertenecen siempre a las biovariedades definidas de especies
hospedadoras naturales. En el segundo caso, los hospedadores naturales de
B. suis o microorganismos similares a B. suis son especies salvajes. Un ejemplo es
la denominada brucelosis murina de la Comunidad de Estados Independientes (CIS) y los países bálticos, donde pequeños roedores resultan infectados
por la bv 5 de B. suis. Una situación similar se ha observado en Australia, donde,
a partir de roedores, se han aislado cepas parecidas a B. suis pero con características distintas; finalmente se ha considerado que son distintas de B. suis en
función del perfil genético.
Además del jabalí, la liebre común europea (Lepus europaeus) también se considera
reservorio de la bv 2 de B. suis y se ha observado que interviene como posible
fuente de transmisión al ganado doméstico. En la liebre común europea, la
enfermedad se caracteriza por la formación de nódulos de tamaños variables
comprendidos entre el de una semilla de mijo y el de una cereza o incluso
mayor; a menudo se vuelven purulentos. Estos nódulos pueden desarrollarse
en casi cualquier lugar, a veces en el tejido subcutáneo o intramuscular, en
el bazo, el hígado o los pulmones y en los órganos reproductivos de ambos
sexos. La condición corporal de la liebre puede quedar sorprendentemente
intacta. Otras especies también pueden resultar infectadas por cohabitación
con cerdos, jabalíes o liebres infectados por la bv 2 de B. suis. El destripado o
despellejado de jabalíes en explotaciones bovinas podría ser una vía de transmisión al ganado bovino. La bv 4 de Brucella suis causa una zoonosis grave en renos salvajes o domesticados (Rangifer tarandus y sus distintas subespecies) en toda
la región del Ártico, incluidos Siberia, Canadá y Alaska. Rangifer tarandus es muy
susceptible a la infección por B. suis, que causa fiebre, abatimiento y distintos
signos locales, como aborto, retención de placenta, metritis, a veces con secreciones sanguinolentas, mastitis, bursitis y orquitis. La transmisión al ser
humano puede tener lugar por contacto directo o por el consumo de leche
cruda u otros productos cocidos de manera insuficiente procedentes del reno,
especialmente la médula ósea.
Riesgo zoonótico y requisitos de bioseguridad
Ciertas especies de Brucella, sobre todo B. melitensis, B. abortus, B. suis –y probablemente
en menor medida B. canis– son fácilmente transmisibles al ser humano, en el
que causan un proceso febril (fiebre ondulante) que puede avanzar a una forma más crónica y también producir complicaciones graves que afecten a los
sistemas músculo esquelético, cardiovascular y al sistema nervioso central.
Deben aplicarse medidas de precaución para prevenir la infección humana. La
infección se contrae básicamente por vía oral, respiratoria o conjuntival, pero
la ingesta de productos lácteos crudos constituye el principal riesgo para el
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

17

�público general en los lugares en los que la enfermedad es endémica. Existe
un riesgo ocupacional en veterinarios, trabajadores de mataderos y ganaderos
que manipulen animales/canales infectados y fetos abortados o placentas. La
brucelosis también es una de las infecciones de laboratorio más fáciles de
contraer, y todas las manipulaciones de laboratorio relacionadas con cultivos
vivos o material que pueda estar infectado o contaminado deben realizarse a
un nivel de bioseguridad y contención adecuado, que se determinará a partir
de un análisis del riesgo biológico. Se han realizado recomendaciones específicas relativas a las precauciones en materia de bioseguridad que deben aplicarse con los materiales infectados por Brucella (se ofrece más información en
Alton et al., 1988; Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Brucelosis, 1986; OMS,
1953; OMS, 2004).
Todos los abortos en el ganado deben considerarse como casos sospechosos
de brucelosis y deberían investigarse. El cuadro clínico no es patognomónico,
aunque la historia del rebaño puede servir de ayuda. El diagnóstico inequívoco
de infecciones por Brucella solo puede hacerse por aislamiento e identificación
de Brucella, pero en situaciones en las que no es posible el análisis bacteriológico, el diagnóstico puede basarse en métodos serológicos.

Técnicas de diagnóstico
Pruebas serológicas
No existe una prueba única que permita la identificación de Brucella. Normalmente
se necesita una combinación de los métodos serológicos y bacteriológicos.
Ninguna prueba serológica aislada es adecuada en todas y cada una de las
situaciones epidemiológicas, presentando limitaciones en el análisis de animales individuales. Se deben considerar todos los factores que influyen en la
relevancia del método de prueba y de sus resultados para una aplicación o
interpretación diagnóstica específica. Los métodos serológicos que se describen en este manual son métodos estandarizados y validados, con características de realización adecuadas para ser consideradas pruebas obligadas o
alternativas en el comercio internacional. Esto no impide el uso de pruebas
modificadas o similares o la utilización de reactivos diferentes. Sin embargo,
los métodos y reactivos descritos en esté manual suponen un estándar de
comparación respecto a la realización esperada del diagnóstico.
Debe resaltarse que la prueba de seroaglutinación lenta en tubo (SAT) se considera inadecuada a efectos del comercio internacional. La prueba de fijación
de complemento (FCT) es más específica que la SAT para el diagnóstico y además posee un sistema estandarizado de unidades.
Para el control de la brucelosis a nivel nacional o local, son adecuadas para el
análisis las pruebas con antígeno tamponado de Brucella, es decir, la prueba
con rosa de bengala (RBT) y la prueba de aglutinación tamponada en placa
(BPAT), así como el enzimoinmunoensayo (ELISA) y el ensayo de polarización
fluorescente (FPA). Las reacciones positivas deben volverse a analizar utilizando una estrategia confirmatoria adecuada.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

18

�En otras especies, como por ejemplo en búfalos (Bubalus bubalus), bisonte americano y europeo (Bison bison, Bison bonasus), yak (Bos grunniens), elk/wapiti (Cervus elaphus), camellos (Camelus dromedarius, C.bactrianus) y camélidos sudamericanos, la infección por
Brucella sigue un curso similar al del ganado bovino. Para estos animales pueden utilizarse los mismos procedimientos serológicos, pero cada uno debe
ser validado en el animal estudiado.

Tabla 1
Métodos analíticos disponibles para el diagnóstico de infección por Brucella abortus,
melitensis o suis (Manual OMSA, 2022).
Propósito
Método

Demostrar
ausencia de
infección en
la población

Demostrar
ausencia
de infección
en animales
individualesa

Contribuir a
las políticas
de erradicaciónb

Confirmar
casos
clínicos sospechososc

Determinar
la prevalencia de la
infección –
vigilancia en
el rebaño /
manada

Determinar
el estado
inmunitario
en animales
individuales
o en poblaciones tras
la vacunación

-

-

Identificación del agente
Métodos de tinción

-

Cultivo
PCRd

-

-

+
+++
+/++

Detección de la respuesta inmune
BBAT (RBT o BPAT)

+++
++
++
+++
++
++
++

++
++
++
++
+
+

+++
+
+++
+++
+
+
+

+
++
++
++
+
+++
-

+++
++
+++
+++
++
++
+

-

Pruebas basadas
en el NH y proteínas
del citosole

-

-

+

++

-

-

Prueba en leche de
tanquef I- ELISA en
leche o prueba de
anillo en leche

+++

-

+++

+

+++

-

FPA
CFT
I-ELISA
C-ELISA
BST
SAT

Clave: +++ = método recomendado; ++ = método adecuado; + = puede utilizarse en ciertas situaciones, pero el costo, la fiabilidad u otros factores limitan su
aplicación; - = no adecuado para esta finalidad.
PCR = reacción en cadena de la polimerasa; BBAT = pruebas con antígeno
tamponado de Brucella (es decir, RBT [rosa de bengala] y BPAT [prueba de
aglutinación en placa tamponada]); CFT = fijación de complemento; I- o C-ELISA = enzimoinmunoanálisis indirecto de competición; FPA = prueba de polarización de la fluorescencia; BST = prueba de la brucelina; SAT = prueba de
aglutinación en suero; NH = hapteno nativo.
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

19

�a Solo aplicable a rebaños / manadas, países o zonas libres de la infección por
Brucella.
b Para aumentar la eficiencia de las políticas de erradicación en rebaños/
manadas, se recomienda combinar pruebas para aumentar la sensibilidad en
cuanto al diagnóstico, es decir, al menos dos pruebas serológicas, como BBAT
o FPA y CFT o I- ELISA. La sensibilidad aumenta aún más si se aplica simultáneamente serológica y BST.
c En zonas de prevalencia baja o casi libres, el valor predictivo de los resultados positivos en las pruebas serológicas puede ser muy bajo. En tales situaciones, para confirmar casos clínicos suele ser necesario identificar el agente
causal.
En rebaños/manadas infectados, un resultado positivo en cualquier prueba
serológica puede considerarse una confirmación de un caso clínico. Todo animal que dé positivo en cualquier prueba debe considerarse infectado, incluso
en ausencia de signos clínicos.
En zonas de prevalencia baja o casi libres, los resultados positivos aislados
pueden confirmarse mediante cultivo (o PCR) o BST.
En países o zonas libres, los animales sospechosos son los que dan positivo
tanto en una prueba serológica de cribado como en una confirmativa (pruebas
en serie) y pueden confirmarse mediante cultivo (o PCR) y/o BST.
d Es posible que se obtenga falsos positivos.
e En las zonas en las que se practica la vacunación subcutánea con S19 o Rev.
1, esta prueba puede ayudar a diferenciar entre los anticuerpos generados a
partir de la vacunación y los generadores a partir de la infección.
f Solo ganado lechero.

Procedimientos de trabajo para el diagnóstico de
brucelosis en el laboratorio de red
Registro de entrada de muestras
Todo laboratorio debe contar con un instructivo o procedimiento de recepción,
manejo y rechazo de muestras.
Es responsabilidad del veterinario acreditado que envía las muestras asegurarse la correcta identificación, embalaje y documentación que acompaña a
las mismas.
Los laboratorios deben contar con un registro de entrada de muestras (en papel o software con back- up), en el que figure como mínimo la siguiente información:
• Fecha de recepción de muestras.
• Cantidad de muestras.
• Especie.
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

20

�• Fecha de extracción de muestras.
• Procedencia: establecimiento, número de Renspa.
• Localidad: departamento, partido, provincia.
• Remitente: veterinario acreditado, nombre y número de registro, otorgado por
la Dirección Nacional de Sanidad Animal (DNSA), Senasa.
• Motivo del envío:
• DOES (Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario).
• MuVe (Muestreo de Vigilancia Epidemiológica para mantenimiento del estatus).
• SAN (Saneamiento de rodeo bajo plan), CSM (Certificado de seronegatividad para el Movimiento).
• Control interno (según requerimiento de veterinario acreditado).
• Remuestreo, otros.

Características y condiciones de las muestras
Condiciones de recepción de las muestras:
• Sangre entera o suero refrigerados
• Suero congelado
• Leche para PAL refrigerada (no congelada)
• Leche para IELISA refrigerada/congelada
• Tubos con identificación clara, de preferencia sobre cinta de papel o similar
adherida al tubo; otra opción es la marcación firme e indeleble en el cuerpo del
tubo
• Planillas/protocolo completas de toma de muestras (Anexo II, Resolución Senasa 67/2019)
Condiciones de rechazo o demora del procesamiento de las muestras:
• Falta de planillas/protocolo o planillas incompletas de toma de muestras
(Anexo II, Resolución Senasa 67/2019)
• Falta de la firma del veterinario acreditado en la planilla de extracción, responsable de la toma de muestra
• Sangre entera congelada
• Leche para PAL congelada, contaminada
• Sangre entera o suero, contaminados
• Sueros hemolizados
• Tubos no identificados
• Volumen insuficiente
Los laboratorios reconocidos y autorizados deben ser exigentes con la calidad
de las muestras a procesar, como así también con la planilla de toma de muestra firmada por el veterinario acreditado actuante que debe acompañar a las
muestras.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

21

�Informes de resultados
Los informes que elabore el laboratorio deben ser precisos para poder desarrollar
adecuadamente las acciones de saneamiento (Ver modelo Anexo I del presente
manual).
En el informe de resultados debe constar:
• Logo del laboratorio/Dirección/Tel./e-mail/ Número de identificación del laboratorio
• N.° de protocolo interno
• Fecha de extracción de muestras
• Fecha de recepción de muestras
• Fecha de informe o emisión de resultados
• Cantidad de muestras
• Especie
• Procedencia: establecimiento, número de Renspa
• Localidad: Departamento, partido, provincia
• Remitente: Veterinario acreditado, nombre y número de registro, otorgado
por la Dirección Nacional de Sanidad Animal (DNSA), Senasa
• Motivo del envío: DOES (Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario),
MuVe (Muestreo de Vigilancia Epidemiológica para mantenimiento del estatus), SAN (Saneamiento de rodeo bajo plan), CSM (Certificado de seronegatividad para el movimiento), control interno (según requerimiento de veterinario
acreditado), remuestreo
• Columnas con la información del tubo / caravanas / edad / fecha de vacunación / pruebas utilizadas / resultados con los valores obtenidos (SAT-2ME,
ELISA, FCT, FPA), valor de corte e interpretación cuando corresponda
• Información de los antígenos / kits utilizados
• Firma del director técnico del laboratorio
• Observaciones
• Paginación x de y
• Que conste en todas las páginas N.° del protocolo y N.° de Renspa
Animales para examinar: Hembras vacunadas mayores de 18 meses y animales no vacunados mayores de 6 meses.

Figura 1: Diagrama de diagnóstico serológico de brucelosis
en la República Argentina.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

22

�Pruebas screening con antígeno tamponado en placa (BPAT y RBT)
para la detección de anticuerpos contra Brucella spp
Son pruebas tamiz de aglutinación en placa. Se fundamentan en la inhibición
de las aglutininas inespecíficas a bajo pH. Detectan anticuerpos IgG y algunos
IgM específicos.

Desarrollo

Materiales:
• Micropipetas de10-100 µl.
• Gradillas.
• Caja de lectura o aglutinoscopio (aproximadamente de 45 cm de largo x 35
cm de ancho x 15 cm de profundidad) con tapa, provista de una placa de vidrio
marcada con cuadrados de aproximadamente 4 cm de lado, que se apoya cerca
de la parte superior de la caja de manera que pueda quitarse y ponerse fácilmente.
• La caja debe estar iluminada de modo que la luz incida oblicuamente y por
debajo (cubiertas parcialmente), de la mezcla de suero y antígeno. El interior
de la caja debe pintarse de negro opaco.
• Debe colocarse dentro del aglutinoscopio una pequeña cámara húmeda para
evitar la evaporación de las muestras.
• Mezcladores de acero o plástico.
Equipos:
• Heladera con temperatura controlada (5 ± 3 º C).
• Freezer con temperatura controlada (-20 ± 5 ° C).
• Vórtex.
• Centrífuga.
• Timer.
Reactivos:
• Antígeno BPAT con volumen celular aprox. de 11%.
• Antígeno Rosa de Bengala, volumen celular aprox. de 8%.
• Conservar el Antígeno en la heladera a 5 ± 3 ° C. No se debe congelar, lo cual
lo inutiliza, ya que se modifica la sensibilidad.
• Suero control interno positivo.
• Suero control interno negativo.
• Cada laboratorio debe preparar sus sueros controles internos de trabajo positivo y negativo, codificarlos, utilizarlos cada día de trabajo y registrarlos.

Ejecución del ensayo de BPAT

• Descongelar y mezclar bien los sueros utilizando vórtex.
• Llevar las muestras de suero y antígeno a temperatura ambiente (22 ± 4 º C)
como mínimo unos 45-60 minutos previos a la realización del ensayo.
• Garantizar la homogeneización del antígeno, agitando suavemente por inversión durante no menos 10 minutos (No usar vórtex).
• Colocar sobre el aglutinoscopio (con cámara húmeda), la placa de vidrio (limpia y seca), se recomienda pasar papel absorbente embebido en alcohol 70º de
ambos lados de la misma.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

23

�• Con micropipeta automática apoyada sobre la placa de vidrio, se depositan 80
µl de suero, previo mezclado con vórtex. Utilizar un tip o punta de pipeta para
cada suero.
• Con micropipeta descargar 30 µl de antígeno próximo a la gota del suero, con
la precaución de no tocar el suero para no contaminar con el tip el frasco de
antígeno.
• Mezclar bien, con mezclador de acero o plástico, el suero con el antígeno
abarcando una superficie circular aproximada de 3 cm de diámetro.
• Se retira la placa de vidrio y se imprimen 3 movimientos en forma rotativa
hasta homogeneizar la mezcla.
• Se coloca la placa sobre el aglutinoscopio con cámara húmeda y se tapa,
permaneciendo la luz apagada.
• Se efectúa una nueva rotación, pasados 4 minutos.
A los 8 minutos, rotando de nuevo la placa y con la luz encendida, se procede
a la lectura.

Figura 2: Aglutinoscopio.

Ejecución del ensayo de Rosa de Bengala

• Colocar la placa de vidrio sobre el aglutinoscopio, como se indicó en la prueba de BPAT.
• Con micropipeta automática apoyada sobre la placa de vidrio, se depositan 30
µl de suero. Utilizar un tip para cada suero.
• Con micropipeta descargar 30 µl de antígeno próximo a la gota de suero.
• Se mezcla bien, con mezclador de acero o plástico, el suero con el antígeno,
abarcando una superficie circular de aproximadamente 2 cm de diámetro.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

24

�• Se retira la placa de vidrio y se imprimen movimientos en forma rotativa
durante 4 minutos a razón de 10 a 12 movimientos por minuto. Esto se puede
hacer en forma manual o con rotadores diseñados especialmente.
• Finalizados los 4 minutos y rotando la placa sobre la caja de lectura o aglutinoscopio con la luz encendida, se procede a la lectura sobre fondo blanco.
En el caso de muestras de sueros caprinos y ovinos, la OMSA recomienda
utilizar la prueba de Rosa de Bengala modificado (RBTm), el cual consiste en
mezclar 75 µl de suero y 25 µl de antígeno. Lectura a los 4 minutos, como se
detalla en la explicación anterior.

Lectura e interpretación de resultados de las pruebas de
screening con antígeno tamponado en placa
Las reacciones se clasifican en:
POSITIVAS: Cuando se forman grumos, aun siendo finos (no confundir con
aglutinaciones inespecíficas producidos por impurezas, hemólisis, etc.). Estas
muestras deben someterse a las pruebas confirmatorias de SAT / 2-ME, FPA,
ELISA o FCT.
NEGATIVAS: Cuando la mezcla suero-antígeno es de turbidez homogénea y
sin grumos. Estas muestras se informan como negativas y no se realizan las
pruebas complementarias.

+

-

+

Figura 3: Lectura BPAT/RBT

-

Informes de resultados

Se aceptan las siguientes expresiones de resultados en las planillas:
Positivo

Negativo

+

-

POS

NEG

P

N

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

25

�Criterios de aceptación del resultado

En paralelo a las muestras problema se dispensan los sueros controles internos negativos y positivos. Para aceptar los resultados, ambos controles
deben arrojar la lectura correspondiente. Si los controles no arrojan la lectura
esperada, se deben revisar las posibles causas, calidad de los sueros controles, antígeno, calibración de pipetas, etc.

Pruebas de seroaglutinación lenta en tubo (SAT/2-ME)
Las pruebas de seroaglutinación detectan la presencia de los anticuerpos IgM
e IgG. Los anticuerpos IgM aglutinan más intensamente que los IgG ya que, al
ser las moléculas pentavalentes, poseen un mayor número de sitios de unión.
El título de un suero se determina por la inversa de la dilución más alta que
causa un determinado grado de aglutinación y se expresa en unidades que
corresponden al recíproco de esa dilución.
La prueba de 2-mercaptoethanol (2-ME) es una prueba selectiva que detecta
solamente la presencia de IgG, se basa en que los anticuerpos IgM, con configuración de pentámero, se degradan en cinco subunidades semejantes por la
reducción de enlaces disulfuro, debido a la acción de ciertos compuestos que
contienen el radical tiol, tales como el 2-mercaptoethanol. Estas subunidades conservan sus características de antigenicidad, pero pierden la actividad
de anticuerpo plurivalente y se comportan como univalentes. Aun cuando las
subunidades están integradas por dos cadenas pesadas y dos livianas, al combinarse con el antígeno no originan complejos suficientemente grandes como
para aglutinar, probablemente como consecuencia de algún impedimento estérico. Las moléculas de IgG, en cambio, no sufren un efecto obvio que altere
su actividad para dar reacciones objetivas como la aglutinación.
La prueba se usa, por lo tanto, como evidencia presuntiva de la presencia de
anticuerpos de la clase IgG.

Desarrollo

Materiales:
• Micropipetas de10-100 µl.
• Gradillas.
• Caja de lectura o aglutinoscopio (aproximadamente de 45 cm de largo x 35
cm de ancho x 15 cm de profundidad) con tapa. La caja debe estar iluminada
de modo que la luz incida oblicuamente y por debajo (cubiertas parcialmente).
El interior de la caja debe pintarse de negro opaco.
• Tubos de serología: tipo Wasserman de 13 por 100 mm o tubos de Khan de
vidrio.
• Probetas (100 ml y 1000 ml).
• Pipetas 1, 2, 5 y 10ml.
• Recipientes de vidrio de volúmenes variados.
• Propipetas.
• Dispensador automático o pipetas graduadas de 1-10 ml.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

26

�Equipos:
• Heladera con temperatura controlada (5 ± 3 ºC).
• Freezer con temperatura controlada (-20 ± 5 °C).
• Estufa con temperatura controlada (37 ± 2 ºC).
• Balanza.
• Vórtex.
• Centrífuga.
• Timer.
• Termómetro calibrado.
Reactivos:
1. Antígeno SAT, volumen celular aprox.4.5%.4
2. Suero control interno positivo.
3. Suero control interno negativo.
Cada laboratorio debe preparar sus sueros controles internos de trabajo positivo (determinar el título) y negativo, codificarlos, utilizarlos cada día de trabajo y registrarlos.

Drogas y soluciones5:

• Cloruro de sodio p.a.
• Fenol p.a.
• 2-mercaptoethanol p.a.
• Solución salina al 0,85 %.
• Solución salina fenolada al 0,5 %.

Ejecución del ensayo

Ambas pruebas (SAT y 2-ME) se realizan simultáneamente procediendo de la
siguiente manera:
• Descongelar y mezclar bien los sueros utilizando vórtex.
• Llevar las muestras de suero y de antígeno a temperatura ambiente 22 ± 4
ºC al menos una hora antes de la ejecución del ensayo.
• Garantizar la homogeneización del antígeno, agitando suavemente por inversión durante no menos de 10 minutos (no usar vórtex).
• Por cada muestra de suero problema positivo a BPAT, colocar en una gradilla 1 hilera de 8 tubos de 13 x 100 mm o tubos de Khan. Identificar la gradilla
con el número de protocolo.
• Identificar el primer tubo de cada hilera con el número correspondiente al
suero problema. En los primeros 4 tubos se realiza la prueba de SAT; se deja
un espacio libre y en los 4 tubos siguientes de la misma hilera, se realiza la
prueba de 2-ME.
• Por cada muestra de suero debidamente identificada, se utilizan tubos en
los cuales se dispensa con micropipeta 80 µl de suero en el fondo del primer
tubo, 40 µl se distribuyen en el segundo tubo, 20 µl en el tercero y 10 µl en el
cuarto.
• Repetir el procedimiento descripto para depositar las mismas cantidades de
suero en los tubos de 2-ME.

4

Conservar el antígeno en la heladera a 5 ± 3 ° C. No se debe congelar porque esto lo inutiliza al modificar la sensibilidad.

5

Tener copia impresa de la hoja de seguridad de cada droga.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

27

�• Incluir un suero control interno positivo (título conocido) y negativo, además
de un control de soluciones y antígeno sin suero.
• Con un dispensador automático o con micropipeta de 1 ml, agregar 1 ml de
solución de 2-ME (0,1 M) en cada tubo de este grupo y mezclar muy bien agitando la gradilla.
• Con un dispensador automático o con micropipeta de 1 ml, agregar 1 ml de
solución salina fenolada al 0,5 % a cada uno de los tubos del grupo de SAT.
• Dejar las gradillas con las mezclas durante 45 a 60 minutos a temperatura
ambiente 22 ± 4 ºC y, posteriormente, dispensar a cada tubo 1 ml de antígeno
de SAT diluido al 2 % (0,09 % de brucelas) en solución salina 0,85 %.
• Mezclar bien agitando la gradilla y llevar a estufa.

Consideraciones generales:
• Las muestras que resulten positivas a BPAT o RBT deben confirmarse
por las técnicas de SAT y 2-mercaptoethanol, ELISA, FPA o FCT.
• La existencia de hemólisis excluye el empleo del método de tubo y placa. La presencia de hemólisis en las muestras de suero interfiere en la
prueba de aglutinación en tubo, no solo porque la coloración puede enmascarar la reacción de aglutinación, sino porque se forma un precipitado como resultado de la acción del fenol que contiene la solución de
antígeno sobre la hemoglobina libre. Es muy difícil distinguir esta falsa
reacción de la aglutinación específica de la unión antígeno-anticuerpo.

Incubación

La incubación se realiza a 37 ± 2 ºC durante 40-48 horas y tiene por objeto obtener en el tiempo más corto posible el máximo de aglutinación.
Se recomienda tomar y registrar las temperaturas máximas y mínimas de la
estufa durante el transcurso de las 40-48 horas de la incubación, para verificar
la estabilidad de la estufa.

Lectura e interpretación de resultados

Una vez finalizada la incubación de las muestras, se realiza la lectura de las
pruebas contra el fondo negro opaco de la caja de lectura o aglutinoscopio,
iluminada desde atrás con una fuerte luz que atraviese los tubos.
La aglutinación del complejo antígeno-anticuerpo bajo la forma de grumos y
su depósito en el fondo del tubo por gravedad determina la clarificación de la
columna de líquido en el tubo; después de una leve agitación del tubo, se mantienen los grumos firmes.
La aglutinación es el resultado directo de la unión específica de los anticuerpos presentes en el suero, con las Brucellas inactivadas contenidas en el antígeno. Las determinaciones se deben basar tanto en la claridad/turbidez de las
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

28

�mezclas como en el grado de aglutinación y la firmeza de los grumos al agitar
suavemente el tubo.
El título se determina por la inversa de la dilución más alta donde se observa
aglutinación en el tubo, en el que se presenta una disminución evidente de la
turbidez y los grumos firmes se mantienen a pesar de una agitación leve. Si
esto ocurre, por ejemplo, en los 3 primeros tubos solamente, el título del suero (recíproco de la dilución) es de 100 UI / ml de aglutinación en SAT o en 2-ME.
El grado de aglutinación en cada una de las distintas diluciones puede clasificarse como completo (+), incompleto (I) o negativo (-).
• Aglutinación completa es aquella en que el líquido de la mezcla suero-antígeno aparece límpido, translúcido y la agitación suave no rompe los
grumos.
• Aglutinación incompleta es la que muestra la mezcla suero-antígeno
parcialmente turbia y una suave agitación no rompe los grumos.
• Negativa es aquella en que la mezcla suero-antígeno no evidencia aglutinación, la columna líquida aparece turbia y una suave agitación no revela
grumos.

Fenómeno de zona

En ciertas ocasiones, puede ocurrir que se encuentre aglutinación en las
diluciones más altas, pero no en las diluciones más bajas. Esta inhibición de la aglutinación en las diluciones bajas es llamada “fenómeno de
zona” y está asociado a un exceso en la concentración de anticuerpos en
el suero en las diluciones más bajas, lo que provoca una aglutinación no
visible por estar fuera de la zona de equivalencia de la unión antígeno-anticuerpo.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

29

�Figura 4: Esquema Prueba simultánea de SAT y 2-ME.

Informes de resultados
Ejemplo:
Negativo
Neg
I 25
25
1/25
I: Incompleto

Tabla 2

Interpretación de los resultados para hembras bovinas mayores de 18 meses
de edad vacunadas con Brucella abortus cepa 19 entre los 3 a 8 meses de edad
BPAT

SAT

2-ME

INTERPRETACIÓN

-

NH *

NH

NEGATIVO

+

≤ 50

-

NEGATIVO

+

I 100

-

SOSPECHOSO

+

100

-

SOSPECHOSO

+

I 200

-

SOSPECHOSO

+

200

-

POSITIVO

+

25 a 50

I 25

NEGATIVO

+

≤ 25

≤ 25

NEGATIVO

+

≥ I 50

≥ I 50

POSITIVO

* NH: No se hace

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

30

�Tabla 3

Interpretación de los resultados para animales no vacunados (bovinos y otras
especies) mayores de 6 meses de edad
BPAT

SAT

2-ME

INTERPRETACIÓN

-

NH

NH

NEGATIVO

+

25

-

NEGATIVO

+

I 50

-

SOSPECHOSO

+

50

-

SOSPECHOSO

+

I 100

-

SOSPECHOSO

+

100

-

POSITIVO

+

200

-

POSITIVO

+

≥ 25

≥ 25

POSITIVO

Preparación de soluciones para las pruebas de SAT/2-ME
Solución salina 0,14 m
• Cloruro de sodio 8,5 g
• Agua destilada 1000 ml
Solución salina fenolada
Solución salina 0,14 M con la adición de 0,5 % de fenol. Conservar a temperatura ambiente por un plazo de 30 días. Se recomienda preparar el volumen
necesario de trabajo diario o semanal.
Solución 2-ME 0,1 m
• 2-Mercaptoethanol 7,8 ml
• Solución salina 0,14 M. 992,2 ml
Importante: no utilizar solución salina fenolada
El 2-mercaptoethanol es sensible a la luz y al calor y se deteriora rápidamente
por exposición al aire. Se debe conservar en frasco color ámbar herméticamente cerrado a temperatura ambiente (22 ± 4 ºC).
Leer detenidamente la hoja de seguridad. Evitar la inhalación, manipularlo en
lo posible con máscara de gases o en cabina de extracción. Nunca pipetear
con la boca.
La solución de 2-mercaptoethanol ya preparada se puede conservar por una
semana a temperatura ambiente (22 ± 4 ºC). Se recomienda preparar el volumen necesario de trabajo diario o semanal.
• Solución de antígeno SAT (wright) al 2 %
• Solución salina 0,14 M (no utilizar solución salina fenolada)	 98 ml
• Antígeno SAT (wright) (4,5 %) 2 ml
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

31

�La solución de antígeno al 2 % se puede conservar por una semana en heladera (5 ± 3 ºC). Descartar toda aquella solución que presente turbidez o signos
de contaminación.

Prueba del anillo en leche (PAL o MRT) solo para bovinos
La prueba se diseñó para detectar la presencia de anticuerpos en leche de
bovinos. Estos anticuerpos reaccionan con el antígeno coloreado con hematoxilina formando un complejo antígeno anticuerpo que queda adherido a la
superficie de los glóbulos grasos y asciende con ellos a la superficie, de esta
manera forma una capa o anillo de crema de color púrpura azulada, de intensidad variable según el grado de la reacción. Paralelamente, desaparece
parcial o totalmente la tinción de la columna de leche. Si la muestra no contiene anticuerpos específicos, el antígeno no se fijará a los glóbulos grasos
y permanecerá uniformemente distribuido, coloreando la columna de leche,
mientras que la capa de crema forma un anillo de color blanco natural.
Esta prueba se usa especialmente como diagnóstico presuntivo para detectar rebaños infectados. También se emplea en la vigilancia epidemiológica en
áreas de control de la brucelosis.
El porcentaje de grasa de la muestra influye en la prueba, ya que la formación
del anillo de crema en la superficie dependerá del tenor graso.
Los animales de rebaños positivos a la prueba de anillo en leche deben ser
examinados por las pruebas serológicas para identificar aquellos infectados.

Desarrollo

Materiales:
• Tubos de serología: tipo Wassermann de 13 mm por 100 mm, o tubos de
Khan de vidrio claro y completamente limpio.
• Pipetas 1 ml, 2 ml, 5 ml, 10 ml.
• Micropipetas de 10 a 100 µl y 1 ml.
• Gradillas.
• Timer.
Equipos:
• Heladera con temperatura controlada (5 ± 3 ºC).
• Estufa con temperatura controlada (37 ± 2 ºC).
• Termómetro calibrado.
Reactivos:
• Antígeno PAL con volumen celular aprox.4 %.
• Conservar el antígeno en la heladera a 5 ± 3 °C. No se debe congelar, lo
cual lo inutiliza, ya que se modifica la sensibilidad.
• Muestras de leche refrigerada (no congelada).
• Solución de formalina 1 %.
• Muestras de leche controles positivo y negativo.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

32

�Ejecución del ensayo
Las muestras de leche se deben mantener en refrigeración a una temperatura
de 5 ± 3 ºC hasta que hayan transcurrido no menos de 24 horas desde su recolección (preferiblemente, 48 a 72 horas). No deben haber sido congeladas,
calentadas, sometidas a agitación violenta ni conservadas durante más de 72
horas.
• Llevar las muestras de leche y antígeno a temperatura ambiente (22 ± 4
º C) como mínimo unos 45-60 minutos previos a la realización del ensayo.
Mezclar cada muestra invirtiendo varias veces el recipiente (tubo o frasco).
• Garantizar la homogeneización del antígeno, agitando suavemente por
inversión durante no menos 10 minutos (no usar vórtex).
• Colocar 1 ml de la muestra en un tubo de vidrio 13 x 100 mm o tubo de
Khan. La altura de la columna de leche en el tubo debe ser como mínimo
de 25 mm.
• Agregar 30 µl de antígeno a cada tubo. Mezclar bien invirtiendo el tubo
varias veces, sin que se llegue a formar espuma. No debe quedar antígeno
sobre las paredes.
• Incubar en estufa a 37 ± 2 º C, durante una hora.
Lectura
- Anillo de crema, blanco; columna de leche, azul.
+ Anillo de crema y columna de crema, del mismo color, o casi igual.
++ Anillo de crema de color más pronunciado que la columna de leche.
+++ Anillo de crema, azul oscuro; la columna de leche tiene aún un poco de
color.
++++ Anillo de crema, azul oscuro; la columna de leche es blanca.
Cualquier grado de + debe interpretarse como positivo.

Observaciones
• El exceso o la escasez de crema dificultan la interpretación de la prueba. También, la agitación vigorosa dificulta su realización.
• El calentamiento de la leche interfiere con los resultados; por lo tanto,
la prueba no se puede efectuar con leches pasteurizadas.
• Cuando la prueba se efectúa el mismo día en que se ha recolectando la
leche, se pueden obtener algunos resultados falsos positivos o dudosos.
• La leche de calostro puede dar resultados falsos positivos.
• La leche de vacas con mastitis también puede dar falsos positivos o
impedir la interpretación de la prueba debido al descoloramiento del antígeno.
• La leche de vacas próximas a secarse puede dar resultados dudosos o
falsos positivos.
• Hay vacas infectadas con Brucella que no eliminan anticuerpos por la leche. Estas vacas son positivas en las pruebas de sangre y negativas en la
prueba del anillo.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

33

�Modificación de la prueba para tanques muy grandes
Para hacer más sensible la prueba, aumentar la cantidad de leche manteniendo constante la cantidad del antígeno (30 µl).
Cuando se ajusta la PAL para aplicarla a rebaños de gran tamaño (2 o 3 ml de
leche), se añaden 0,1 ml de una mezcla de crema negativa no pasteurizada
al tubo de ensayo y, a continuación, 30 µl del antígeno de la prueba del anillo. Después de mezclar, la prueba se incuba y se lee de la misma forma que
para la PAL no ajustada. La mezcla de crema negativa se recoge mediante la
separación de la leche compuesta por varias muestras y sin pasteurizar correspondiente a un rebaño de 25 o más vacas que sean negativas a brucelosis.
&lt; 150 vacas

1 ml de leche

150 – 450 vacas

2 ml de leche

451- 700 vacas

3 ml de leche

Figura 5: Prueba de vigilancia
epidemiológica para muestras
de pool de leche.

Enzimoinmunoensayo indirecto (I ELISA) (para suero o leche)
Se realiza siguiendo el protocolo de los kits comerciales validados y aprobados para el diagnóstico oficial de la brucelosis en la República Argentina con
el valor de corte establecido por el Senasa.
El enzimoinmunoensayo (ELISA) es un método empleado habitualmente para
la detección o cuantificación de sustancias, generalmente proteínas, que se
encuentran en concentraciones muy bajas. El método combina la especificidad de unión de los anticuerpos con la amplificación de “señal” que brindan
las reacciones catalizadas por enzimas. En la práctica clínica es la técnica
inmunológica más empleada. Se utiliza para cuantificar, entre otras cosas,
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

34

�hormonas, marcadores tumorales, para determinar la presencia de antígenos
microbianos y para la determinación cualitativa o cuantitativa de anticuerpos
totales o frente a algún antígeno en particular.

Etapas
Previo al inicio de la ejecución del ensayo, equilibrar todos los componentes
del kit a temperatura del laboratorio.
1. Adición en cada pocillo de los controles y sueros/leche problemas en la dilución indicada en el protocolo, de tal forma que si hay presencia de anticuerpos,
estos reaccionarán específicamente con los antígenos fijados al soporte.
2. Incubación.
3. Lavado para eliminar los anticuerpos que no se hayan pegado al antígeno o
uniones inespecíficas. Es importante que la placa no se seque, lo que podría
incrementar la actividad inespecífica del ensayo.
4. Adición de anti-anticuerpos conjugados con una enzima (generalmente anti
IgG de especie), los cuales reaccionan con los anticuerpos específicos añadidos en el paso anterior y que se encuentran fijados a los antígenos.
5. Incubación.
6. Lavado para eliminar los anti-anticuerpos marcados (conjugado) que no hayan reaccionado.
7. Adición de un substrato sobre el que sea capaz de actuar la enzima marcadora.
8. Adición de la solución de frenado.
9. Lectura colorimétrica de la placa.

Figura 6: Esquema ELISA indirecto.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

35

�Desarrollo
Materiales y equipamiento:
• Lector de placas automático con filtros (405 nm, 414 nm, 450 nm).
• Computadora.
• Agitador orbital de placas.
• Lavador manual o automático de placas.
• Heladera (5 ± 3 º C) y freezer (-20 ± 5 ºC).
• Estufa de incubación (37 ± 2 ºC).
• Vórtex.
• Sistema purificador de agua (mínima calidad de agua requerida: destilada
o desionizada).
• Micropipetas monocanal de volumen variable (0,5 –10 µl, 5 - 50 µl, 50 -200
µl, 200 - 1000 µl).
• Micropipetas multicanal de volumen variable (5 - 50 µl, 30 -300 µl).
• Propipetas.
• Dispensadores automáticos.
• Timer.
• Selladores de placas de acetato o parafilm.
• Cubetas plásticas para pipetas multicanales.
• Microtubos (para realizar las diluciones previas de los sueros), tubos o
placas fondo en U.
• Criotubos de polipropileno para el almacenamiento de los sueros.
• Gradillas.
• Material de vidrio (probetas, pipetas, erlenmeyers, etc., de distintos volúmenes).
• Toallas o papel absorbente.
Reactivos:
Están incluidos en los kits comerciales autorizados por el Senasa y contienen:
• Buffer de lavado
• Buffer de dilución
• Conjugado
• Sustrato cromógeno
• Solución de frenado
• Sueros controles
• Placas o tiras de 8 pocillos con el Ag pegado

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

36

�Precauciones para tener en cuenta al ejecutar la técnica de Elisa:
• Seguir expresamente las instrucciones del kit para la preparación de
todos los reactivos.
• Ambientar los reactivos del kit a temperatura ambiente por lo menos
una hora antes de su utilización.
• No mezclar reactivos ni instrucciones de diferentes lotes o kits.
• Evitar cualquier contaminación de los reactivos.
• No utilizar los kits una vez superada la fecha de caducidad.
• Utilizar una punta de pipeta nueva por cada muestra y reactivo.
• Utilizar agua desionizada o destilada para la preparación / dilución de
los reactivos que se empleen en el ensayo.
• Corroborar que el lector de placas posee el filtro con el cual se debe
leer la placa y seguir las instrucciones de uso del equipo.
• Se recomienda trabajar las muestras por duplicado, para verificar la
repetibilidad del operador.
• Incluir sistemáticamente un control positivo y un control negativo siempre que se utilice el kit.
• El sustrato es extremadamente sensible a la luz y a las contaminaciones, por lo que, se recomienda retirar del frasco únicamente el volumen
que se vaya a utilizar y nunca devolver el sustrato sobrante al frasco original.
• La solución de frenado es un ácido fuerte. En caso de contacto con la
piel lavar inmediatamente con abundante agua.

Figura 7: Placa de Elisa.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

37

�ELISA por competición / bloqueo
La técnica consiste en la adsorción del antígeno lipopolisacárido liso (LPS-l)
de Brucella sobre una matriz sólida (microplaca de 96 pocillos). A continuación,
se añade la dilución de los sueros y el anticuerpo monoclonal, específico para
un epitope de la cadena O del LPS-l. Se mezclan los dos junto con el antígeno
adherido y se dejan incubar. Después de la incubación, se lava la microplaca
y a continuación se añade el conjugado de anticuerpo antimonocolonal conjugado con enzima. Es importante mencionar que el anticuerpo del conjugado
ha sido previamente adsorbido con suero normal (no infectado) de bovino,
equino y humano para reducir las reacciones inespecíficas entre especies.
La etapa final de la prueba es la adición de la solución substrato/cromógeno.
Después de un periodo de tiempo fijo, se frena la reacción y se mide fotométricamente. Entre cada uno de los pasos del ensayo la placa debe ser lavada
debidamente.
En la ausencia de anticuerpos anti Brucella en los sueros problemas (sueros
negativos), el anticuerpo monoclonal se liga con el epitope de la cadena O del
LPS-l, lo cual es indicado en la prueba por el desarrollo de color. En el caso
que el suero problema contenga anticuerpos anti Brucella (suero positivo), estos
compiten con el anticuerpo monoclonal por sitios del epitope e inhiben el enlace del anticuerpo monoclonal con la porción de cadena O del LPS-l, manifestándose por la ausencia de color en el ensayo. Los sueros con anticuerpos
posvacunales por B. abortus cepa 19 compiten en menor grado con el anticuerpo
monoclonal porque su afinidad, especificidad y concentración es baja, lo que
usualmente resulta en una reacción negativa (excepto los animales vacunados en los tres meses anteriores al sangrado).
Diversos CELISA/bloqueo comerciales se encuentran disponibles en el mercado. En el caso del Elisa de bloqueo, sobre las placas con el LPS de Brucella abortus pegado, se depositan las muestras de suero, las cuales en el caso de contener anticuerpos específicos se unirán al antígeno. Tras eliminar el material
no unido mediante lavados, se añade el anticuerpo monoclonal específico del
LPS (epítope C) conjugado con una enzima. En el caso de que las muestras
contengan anticuerpos frente a LPS, estos no permitirán la unión del conjugado, mientras que, si las muestras no contienen este tipo de anticuerpos, el
conjugado se unirá libremente al antígeno de la placa.
Tras sucesivos lavados para eliminar el material no unido, podremos revelar las reacciones acontecidas en la placa mediante la adición del sustrato
adecuado, el cual desarrollará una reacción colorimétrica en presencia de
la enzima (es decir en presencia del monoclonal conjugado con enzima). De
este modo la aparición de una reacción coloreada, indicará que la muestra
evaluada no contiene anticuerpos específicos del LPS de Brucella spp. y la ausencia de color indicará que la muestra es positiva y contiene dichos anticuerpos.
Desarrollo
Materiales y equipamiento, reactivos, cuidados y precauciones, manejo y conservación de las muestras: Idem Elisa indirecto.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

38

�Figura 8: CELISA.

Tabla 4

Guía de problemas y soluciones en la técnica de ELISA
Señal

Posible causa

Solución

1. Error de pipeteo
2. Falta de mezcla de reactivos
3. Falta de lavados

Práctica
Mejorar técnica
Precaución

1. Se omitió el substrato
2. Concentración substrato errónea

Revisar
Revisar

3. Conjugado muy diluido
4. Se omitió el conjugado

Revisar
Revisar

Color parejo en toda la placa

1. Conjugado muy concentrado
2. Falla en el lavado
3. Substrato contaminado

Controlar
Mejorar técnica
Revisar

Elevado color de fondo
“background”

1. Reacción inespecífica
2. Material de vidrio sucio
3. Agua de mala calidad

Cambiar solución de lavado
Mejorar lavado
Controlar calidad

Desarrollo de color muy rápido

1. Substrato muy concentrado
2. Conjugado muy concentrado

Revisar
Controlar dilución

Desarrollo de color muy lento

1. Substrato muy diluido
2. Conjugado muy diluido
3. Concentración cromógeno errónea

Revisar
Revisar dilución
Revisar

Efecto borde

1. Incubación despareja
2. Resecación por aire
3. Tampón de lavado residual

Utilizar estufa
Mantener la placa cubierta
Eliminarlo

Color irregular

No hay color

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

39

�Figura 9: Modelo de protocolo de Trabajo ELISA.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

40

�Ensayo de polarización fluorescente para la detección de anticuerpos contra brucella en suero
El ensayo de polarización fluorescente (FPA) para la detección de anticuerpos
contra Brucella tiene la capacidad de ser una prueba multiespecies, lo que permite el diagnóstico presuntivo en bovinos, porcinos, caprinos, ovinos, ciervos y
bisontes.
Este ensayo, validado para bovinos, tiene la capacidad de distinguir animales
infectados con Brucella de los animales vacunados con B. abortus cepa 19 a partir de
los 3 meses posvacunación aproximadamente, y de los animales con reacción
cruzada con bacterias gramnegativas en más del 90% de los casos.
A diferencia de los enzimoinimunoensayos, el FPA es un ensayo homogéneo
que no requiere la necesidad de varias etapas de lavado. Los reactivos son
agregados secuencialmente en solución y el tiempo total de la prueba no excede los 5 minutos para cada muestra. En resumen, la prueba involucra la adición
de una determinada cantidad de suero a una solución tampón de dilución en un
tubo de vidrio. A continuación, la muestra es equilibrada por aproximadamente
cinco minutos, posteriormente se realiza una primera lectura en el analizador
fluorescente para obtener una lectura blanco de referencia (autofluorescente).
A continuación, el antígeno conjugado con isotiocianato de fluoresceína (FITC)
es agregado a la solución y luego la muestra es equilibrada nuevamente por
un mínimo de dos minutos para permitir que el antígeno y el anticuerpo interactúen. La muestra es leída nuevamente en el polarizador. Si anticuerpos
específicos contra Brucella están presente (suero positivo), el resultado será un
valor alto de unidades de mili polarización (mP). En ausencia de anticuerpos
anti Brucella (suero negativo), el resultado es un valor bajo en mP.
El valor de corte para distintas especies animales para la República Argentina
se ha determinado en:
Bovinos:
• Animales negativos: &lt; 94 mP.
• Animales sospechosos: Los valores entre 94 mP y 104 mP.
• Animales positivos: valores igual o mayor a 105 mP.
Caprinos y porcinos:
• Animales negativos: &lt; 85 mP.
• Animales positivos: valores igual o mayor a 85 mP.
Ovinos (para el diagnóstico de B. melitensis, no para B. ovis):
• Animales negativos: &lt; 80 mP.
• Animales sospechosos: Los valores entre 80 mP y 90 mP.
• Animales positivos: valores igual o mayor a 91 mP.
Se modifica el valor de corte en la especie ovina (para el diagnóstico de B. melitensis, no para B. ovis)
con una sensibilidad del 97 % y una especificidad del 95 %. Programa GraphPad Prism.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

41

�Desarrollo

Materiales y equipamiento:
• Lector de polarización fluorescente.
• Vórtex.
• Micropipetas monocanal de volumen variable (0,1– 10 µl, 20 –200 µl, 200–
1000 µl).
• Heladera (5 ± 3 º C) y freezer (-20 ± 5 º C).
• Tubos de vidrio: Tubos de borisilicato de 10 x 75 mm.
• Material de vidrio.
• Termómetro de temperatura ambiental.
• Computadora e impresora.

Reactivos:

Están incluidos en los kits comerciales autorizados por el Senasa e incluyen:
• Buffer de dilución.
• Sueros controles positivo y negativo.
• Antígeno marcado con isotiocionato de fluoresceína.
Ejecución del ensayo

Preparación de los reactivos

Se deben seguir las instrucciones del prospecto que acompaña al kit comercial.

Preparación del equipamiento/instrumentos

El usuario debe leer el manual de instrucciones y familiarizarse con los controles de los instrumentos, calibración y la solución de los problemas de todos
los equipos previos a la ejecución del ensayo.

Preparación de la prueba

En el día de la prueba preparar y analizar los sueros controles, siguiendo con
lo especificado en los puntos indicados a continuación. Si el valor de mP de los
sueros controles no se ajusta dentro de los límites especificados, el ensayo
debe ser rechazado.
Dejar a temperatura ambiente los reactivos, sueros controles y problemas por
lo menos dos (2) horas antes de su uso. Se debe controlar y registrar en la planilla de trabajo la temperatura ambiente al momento del ensayo.
Encender el equipo y seguir las instrucciones de uso:
• Para bovinos dispensar 990 µl de la solución tampón de dilución de sueros
en los tubos de vidrio de borosilicato (10x 75mm).
• Dispensar 10 µl de suero bovino (dilución 1/100) a analizar dentro de los
tubos y mezclar bien con vórtex evitando la formación de espuma.
• Para porcinos y caprinos dispensar 960 µl de la solución tampón de dilución de sueros en los tubos de vidrio de borosilicato (10x 75mm).
• Dispensar 40 µl de suero porcino o caprino (dilución 1/25) a analizar dentro de los tubos y mezclar bien con vórtex.
• Para ovinos (B. melitensis) dispensar 975 µl de la solución tampón de dilución de sueros.
• Dispensar 25 µl de suero ovino (dilución 1/40).
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

42

�• Esperar como mínimo cinco minutos a que la solución suero-Buffer se
estabilice.
• Continuado el período de equilibración, realizar la lectura blanco de las
muestras.
• Dispensar 10 µl de antígeno conjugado con FITC determinado en cada
tubo y mezclar bien con vórtex.
Es importante evitar la formación de espuma en la muestra.
En caso de que el suero se vea contaminado con partículas en suspensión, dejar el suero equilibrarse por lo menos 10 minutos para asegurarse que estas
partículas hayan sedimentado o centrifugar el mismo. Las partículas inespecíficas pueden interferir con la lectura de la muestra dado que la misma se basa
en el peso molecular de las partículas en suspensión.
• Dejar que la muestra y el antígeno se equilibren por lo menos por dos
minutos.
• Leer las muestras exactamente en el mismo orden que fueron blanqueadas.

Figura 10: Esquema ensayo
de polarización fluorescente.

Lectura e interpretación

Los sueros controles del ensayo deben estar dentro de los límites especificados por el fabricante del kit utilizado según el control de calidad desarrollados
durante la estandarización, optimización e implementación del ensayo.
Los resultados de los sueros controles y problemas son expresados en unidades de mili polarización (mP) de la actividad del suero contra el antígeno.
Se debe controlar y registrar en la planilla de trabajo la temperatura ambiente
al momento del ensayo.

Aceptación de los controles

Si los valores de mP de los sueros controles están fuera de los límites especificados, la prueba será rechazada y los controles y las muestras deben ser
repetidas.
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

43

�Fijación de complemento
La fijación del complemento (FCT) es la prueba de referencia internacional
para el diagnóstico serológico de la brucelosis bovina, ovina y caprina.
La prueba permite la detección y cuantificación relativa de los anticuerpos específicos antibrucélicos “capaces de fijar” el complemento (IgG1 y algunas IgM específica), cuya presencia en determinados niveles posee una gran correlación
con el estado de “Animal infectado”.
La FCT es una prueba confirmatoria ampliamente usada y aceptada pese a la
complejidad de su realización y a la necesidad de buenas instalaciones y personal entrenado para titular y mantener los reactivos adecuadamente.
La técnica se desarrolla en dos etapas: en la primera, el antígeno y el suero
problema (cuyo complemento se destruyó previamente por calentamiento a
baño maría) se incuba en presencia de complemento de cobayo. Después de
dejar reaccionar la mezcla de reactivos, se mide en la segunda etapa la cantidad de complemento libre (que indica la ausencia o presencia de anticuerpos
antibrucelares en suero y su cantidad) mediante la incorporación de un “sistema indicador” o “sistema hemolítico” formado por eritrocitos de carneros recubiertos de anticuerpos de conejo (hemolisina) como complejo antígeno-anticuerpo alternativo.
La presencia de anticuerpos en el suero problema induce la formación de inmunocomplejos en la primera etapa de la reacción que determina la activación del sistema complemento y el agotamiento de sus factores. En la segunda
etapa de la reacción no existe complemento libre que pueda activarse ante la
presencia del “sistema hemolítico”. El resultado es la ausencia de hemólisis
(resultado positivo). Alternativamente, la lisis de los eritrocitos (hemólisis) es
indicadora de la existencia de complemento libre en la segunda etapa de la
reacción, que no se agotó en la primera por no haberse formado inmunocomplejos ante la ausencia de anticuerpos antibrucelares (resultado negativo).
Se han propuesto varios métodos para FCT que utilizan diferentes concentraciones de eritrocitos de oveja (GR) frescos o conservados (normalmente se recomienda una suspensión al 2 %, 2,5 % o al 3 %). Los GR están sensibilizados
con un volumen igual de suero anti-GR de conejo diluido (hemolisina) hasta
contener varias veces (en general de dos a cinco veces) la concentración mínima necesaria para producir un 100 % de lisis de los GR en presencia de soluciones titulada de complemento de cobayo.

Desarrollo
Materiales:
• Tubos de ensayo.
• Material de vidrio de volúmenes varios.
• Gradillas.
• Film para cubrir placas.
• Puntas de pipetas (tips).
• Placas de polipropileno de 96 pocillos con fondo en U.
• Cubetas o reservorios de plástico para reactivos.
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

44

�Equipos:
• Pipetas monocanales con rangos de 2 µl a 20 µl, 20 µl a 200 µl y 500 µl a
5000 µl.
• Pipetas multicanales de rango 20 µl a 200 µl.
• Centrífuga.
• Centrífuga de placas.
• Estufa con temperatura controlada (37 ± 2 ºC).
• Heladera con temperatura controlada (5 ± 3 °C).
• Freezer con temperatura controlada (-20 ± 5 °C).
• Agitador de microplacas.
• Vórtex.
• Baño térmico.
• Espectrofotómetro.
Reactivos:
• Solución buffer: Ver Anexo FCT I Solución GR 2%: ver Anexo FCT II Titulación Hemolisina: Ver Anexo FCT III Sistema hemolítico Anexo FCT IV
• Titulación Complemento: Ver Anexo FCT V Titulación Antígeno: Ver Anexo
FCT VI
Sueros controles:
• Suero control positivo bovino.
• Suero control negativo bovino.

Manejo y conservación de las muestras

• Conservar los sueros en heladera (5 ± 3 º C) no más de dos días, para
períodos mayores, conservarlos a –20 ± 5 º C.
• Evitar repetidos ciclos de congelamiento/ descongelamiento.
• No usar sueros contaminados, que presenten precipitados o intensa
hemólisis.
• Homogeneizar con el uso de vórtex los sueros antes de usarlos.

Inactivación de los sueros
Los sueros controles y las muestras de suero se inactivan 30 minutos en baño
termostático a 58 ± 2 ºC para eliminar el complemento natural contenido en
las mismas. La temperatura del baño termostático se controla mediante la introducción de un termómetro certificado en el agua durante todo el tiempo de
exposición de las muestras.
- Los sueros ovinos se inactivan por 30 minutos en baño termostático entre
60 - 63 °C (en caso de que los sueros sean anticomplementarios, se recomienda realizar otro ciclo de inactivación de 30 minutos).
- Las muestras podrán ser sumergidas en el baño termostático en tubos
de ensayo tapados herméticamente, contenidos en gradillas, debidamente
identificados. Volumen de suero sugerido para inactivar: 200 µl.
- La inactivación de las muestras podrá realizarse un día antes del análisis. En este caso, una vez retiradas del baño termostático se dejan a tem-

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

45

�peratura ambiente durante al menos 30 minutos para luego conservar en
heladera. Si el análisis se realiza después de las 24 horas, las muestras ya
inactivadas se conservan a -20 ± 5 ºC.

Condiciones del ensayo

El procedimiento se desarrolla en caliente (incubación en estufa a 37 ± 2 º C) y
se utilizan los siguientes reactivos en volúmenes de 25 µl:
a. Diluciones en base 2, a partir de 1/2 de los sueros problemas en SB.
b. Solución de complemento de cobayo en SB que contenga 2 UC (100 %).
c. Solución de antígeno en SB a la dilución de trabajo.
d. Sistema hemolítico obtenido por la mezcla de volúmenes iguales, de una
solución de suero hemolítico en SB que contenga 2UH (100 %) y de una suspensión de glóbulo rojos de carnero en SB al 2 %.

Ejecución

Dependiendo del número de muestras que se realizarán, se podrán incluir los controles en la misma placa o utilizar una placa para los sueros y otra para los controles.

Dilución de las muestras de suero

El procedimiento de dilución se realiza de forma general en placa fondo en U,
mediante la utilización de volúmenes de 25 μl.
La secuencia de operaciones se detalla en la tabla 1. La homogeneización de
los dos componentes de cada dilución se realiza mediante 5 aspirado/dispensado con la micropipeta.
Tabla 1
1/2	

1/4	

1/8

1/16	

1/32	

1/64	

1/128

1/256

Suero

25 µl

25 µl
de la
dilución
1/2

25 µl
de la
dilución
1/4

25 µl
de la
dilución
1/8

25 µl
de la
dilución
1/16

25 µl
de la
dilución
1/32

25 µl
de la
dilución
1/64

25 µl
de la
dilución
1/128

SB

25 µl	

25 µl	

25 µl

25 µl	

25 µl	

25 µl	

25 µl

25µl

Sueros controles

Control positivo: El procedimiento de dilución se realiza mediante la utilización
de volúmenes de 25 μl, siguiendo la secuencia de operaciones que se detalla
en la tabla 2. La homogeneización de los dos componentes de cada dilución se
realiza mediante 5 aspirado/dispensado con la micropipeta.
Tabla 2
1/12,5 1/25	
Suero
positivo
01/05

25 µl

SB

-	

25 µl

25 µl	

1/50

1/100

1/200	 1/400	

1/800 1/1600

25 µl
de la
dilución
1/25

25 µl
de la
dilución
1/50

25 µl
de la
dilución
1/100

25 µl
de la
dilución
1/200

25 µl
de la
dilución
1/400

25 µl
de la
dilución
1/800

25 µl

25 µl	

25 µl	

25 µl	

25 µl

25µl

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

46

�Control negativo: El suero control negativo se diluye siguiendo el mismo protocolo de los sueros problema (1/2, 1/4, 1/8 etc.).

Controles del ensayo

a. Control de la ausencia de poder anticomplementario del antígeno: Se dispensa por duplicado en la placa 25 μl/pocillo de SB, 25 μl/pocillo de C y 25
μl/pocillo de antígeno.
b. Control sistema hemolítico con complemento: Se dispensa por duplicado
en la placa 50 μl/pocillo de SB y 25 μl/pocillo de C.
c. Control sistema hemolítico sin complemento: Se dispensa por duplicado
en la placa 75 μl/pocillo de SB.

Disposición de los sueros en la placa

Los controles y muestras diluidas deben quedar dispuestas en la placa fondo
en U (25 µl/pocillo) según indica la tabla 3.
Tabla 3
1
Control
positivo

2
Control
negativo

3
muestra

4

5

6

7

8

9

10

11

12

A

1/12,5 1/2

1/2

1/2

1/2

1/2

1/2

1/2

1/2

1/2

1/2

1/2

B

1/25

1/4

1/4

1/4

1/4

1/4

1/4

1/4

1/4

1/4

1/4

1/4

C

1/50

1/8

1/8

1/8

1/8

1/8

1/8

1/8

1/8

1/8

1/8

1/8

D

1/100

1/16

1/16

1/16

1/16

1/16

1/16

1/16

1/16

1/16

1/16

1/16

E

1/200

1/32

1/32

1/32

1/32

1/32

1/32

1/32

1/32

1/32

1/32

1/32

F

1/400

1/64

1/64

1/64

1/64

1/64

1/64

1/64

1/64

1/64

1/64

1/64

G

1/800

1/128

1/128

1/128

1/128

1/128

1/128

1/128

1/128

1/128

1/128

1/128

H

1/1600 1/256

1/256

1/256

1/256

1/256

1/256

1/256

1/256

1/256

1/256

1/256

Preparación y dispensado de las soluciones de antígeno y complemento

• Preparar la solución de C según la dilución de trabajo establecida como
óptima y dispensar 25 µl/pocillo de dicha solución en todas las muestras.
• Preparar la solución de antígeno según la dilución de trabajo establecida
como óptima y dispensar 25 µl/pocillo de dicha solución en todos los pocillos salvo en la dilución 1/2 (muestras y control negativo) y 1/12,5 (control
positivo) Fila A, las cuales actuarán como controles de poder anticomplementario (PAC) de cada suero.

Primera incubación en caliente

• Tapar y agitar la placa en agitador de placas durante 2-4 minutos.
• Incubar a 37 ± 2 ºC durante 30 minutos.

Dispensado del sistema hemolítico

• Quince (15) minutos antes de finalizar la primera incubación, preparar e
incubar a 37 ± 2 ºC durante 15 minutos el sistema hemolítico según el Anexo
FCT IV.
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

47

�• Finalizada la primera incubación, dispensar 25 μl/ pocillo del sistema hemolítico en todos los pocillos de las placas incluida la placa de los controles.

Segunda incubación en caliente

• Tapar y agitar las placas en agitador de placas durante 2-4 minutos.
• Incubar a 37 ± 2 ºC durante 30 minutos.

Centrifugación de la placa

Finalizada la incubación, centrifugar la placa a una fuerza de 1000 RPM
durante 3 minutos o bien dejarla en reposo en heladera durante una hora
antes de su lectura.

Lectura de resultados
El grado de fijación del complemento se manifiesta por la presencia (negativos) o ausencia (positivos) de hemólisis del sistema hemolítico. La reacción
positiva se cuantificará mediante la determinación del título y su grado de
hemólisis.

Reacción positiva

• Sedimento en grado variable de los glóbulos rojos en el fondo del pocillo.
• El sobrenadante estará afectado por un cierto tinte rojizo en función de la
hemólisis que se haya producido. Este grado de hemólisis debe cuantificarse y consignarse mediante un sistema de cruces.

Figura 11: Placa fijación
de complemento.

++++

Sobrenadante translúcido, en el fondo botó de
depósito de GR

0 % de hemólisis

+++

Sobrenadante rojizo en un 25 % de intensidad,
en el fondo un deposito claro de GR

25 % de hemólisis

++

Sobrenadante rojizo en un 50 % de intensidad,
en el fondo un deposito tenue de GR

50 % de hemólisis

+

Sobrenadante rojizo en un 75 % de intensidad,
en el fondo un deposito muy tenue de GR

75 % de hemólisis

Sobrenadante rojo cristalino, ausencia de
depósito de GR

100 % de hemólisis

Negativo

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

48

�Determinación del título del suero

Será la inversa de la dilución más alta que siga dando algún grado de sedimentación de los GR. Este grado de fijación será informado mediante el sistema de
cruces descripto y convertido a UIFCT.
- En el caso de los bovinos vacunados con Brucella abortus S19, para el diagnóstico de las Brucellas lisas (B. abortus), se considera un resultado positivo cualquier
valor ≥ 40 UIFCT (1/8 ++).
- Para animales no vacunados (bovinos, caprinos, ovinos y porcinos) se considera positivo cualquier valor ≥ 20 UIFCT (1/4 ++).

Expresión de los resultados en unidades internacionales de fijación del complemento

El sistema de expresión de los resultados en UIFCT, ajustados al suero patrón
internacional OIEISS (en el caso de las Brucellas lisas), usado a continuación, se
basa en el “Procedimiento IZS TE B2. 1.6 SOP 004 del Centro Internacional de
Referencia OIE para Brucelosis” (Istituto Zooprofilattico Sperimentale dell”Abruzzo e del Molise G. Caporale. Teramo. Italia) y el “Manual de Procedimiento del Laboratorio Agroalimentario” (Gobierno de Aragón. España. Tabla 4).
Tabla 4
Interpretación en UIFCT
Dilución

% de Fijación del
Complemento

1000 UIFCT (1/200)

+
++
+++
++++

16,6
20
23,2
26,6

1:8

+
++
+++
++++

33,2
40
46,4
53,2

1:16

+
++
+++
++++

66,4
80
92,8
106,4

+
++
+++
++++

132, 8
160
185,6
212,8

1:64

+
++
+++
++++

265,6
320
371,2
425,6

1:128

+
++
+++
++++

531,2
640
742,4
851,2

+
++
+++
++++

1062,4
1280
1484,8
1702,4

1:4

1:32

1:256

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

49

�Controles del ensayo

La aprobación del ensayo debe realizarse si los controles han dado los resultados esperados:
Controles

Resultado esperado

Suero control positivo

50 % de fijación (++)
en la dilución 1:200 que corresponde
a 1000 UIFCT (Brucellas lisas)

Suero control negativo

100 % de hemólisis
en todos las diluciones, ausencia de
fijación de complemento

Control de poder anticomplementario
de los sueros

100 % de hemólisis
ausencia de fijación del complemento
en la dilución 1:2 (sin antígeno)

Control de ausencia de poder
anticomplementario del antígeno

100 % hemólisis

Control del sistema hemolítico sin C

0 % de hemólisis

Control del sistema hemolítico con C

100 % de hemólisis

Criterio de aceptación del análisis:

El ensayo se debe considerar APROBADO/NO APROBADO
a) APROBADO:
• Los controles de antígeno, sistema hemolítico con y sin complemento
dan los resultados pre-establecidos.
• El control de suero positivo da el resultado pre-establecidos (1:200) con
una variación máxima de (± 2 ++).
• El control negativo da un resultado Negativo.
b) NO APROBADO: si uno de los controles no da el resultado esperado, se
repite el ensayo.
La presencia de, al menos, un 25 % de sedimento de eritrocitos (+) de la fila A
(dilución ½) indica poder anticomplementario en la muestra. En este caso, se
informa el resultado de PAC, lo que implica la solicitud de una nueva extracción
de la toma de muestra.
Para facilitar la lectura e interpretación de los resultados se puede preparar
una escala visual del siguiente modo:
• En un tubo se coloca 100 µl de la suspensión de glóbulos rojos al 2 % + 900
µl de SB 1X.
• En otro tubo colocar 100 µl de la suspensión de glóbulos rojos al 2 % + 700
µl de agua destilada, agitar para provocar la completa hemólisis de los GR
(solución de hemoglobina), y agregarle 200 µl de SB 5X para mantener la
presión osmótica.
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

50

�Estos dos tubos mantienen la misma relación de GR. intactos en el primer caso
y de glóbulos lisados en el segundo, que el que el 0 % de hemólisis y el 100 %
de hemólisis en la prueba.
De esta manera mezclándolas en distintas proporciones podremos obtener la
imagen que corresponde a los distintos grados de hemólisis, luego de centrifugar durante 5 minutos a 1000 rpm.

PORCENTAJE DE HEMÓLISIS
Reactivos en µl

0%

Solución
hemolisada
Suspensión de
glóbulos rojos

0
100	

10 %
10
90

20 %
20	
80

30 %

40 %	

50 %	

60 %	

70 %

80 %

90 %

30	

40	

50	

60	

70

80

90	

100

60	

50	

40	

30

20

10

0

70	

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

100 %

51

�Anexos

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

52

�Anexo FCT
I: Solución Buffer (SB)
Realizar una solución de stock de calcio/magnesio como indica la tabla 1,
luego conservar en refrigeración durante 6 meses o eliminar si hay turbidez
producto de contaminación.

Solución de stock calcio 0,3 M y magnesio 1 M
Ca Cl2. Mg

3,7g

Cl2.

9,5 g

Agua destilada

100 ml

• Añadir 1ml de solución stock a 1 litro de solución salina 0,85 % (NaCl2
8,5 g/agua destilada 1 litro).
• La solución de trabajo debe tener un pH de 7,3 - 7,4.
• Luego de su uso, conservar en refrigeración por 7 días.

II: Preparación de la suspensión de GR 2 %
a) Lavado de los GR
1. Homogeneizar cuidadosamente el frasco que contiene los eritrocitos.
2. En un tubo cónico resuspender los eritrocitos en una proporción de 1 volumen de GR + 5 volúmenes de SB, luego homogeneizar cuidadosamente.
3. Centrifugar aproximadamente a 1500 rpm durante 5 minutos y luego
eliminar el sobrenadante con una pipeta.
4. Repetir la resuspensión de los GR en SB, centrifugar de la misma manera anteriormente descripta y luego eliminar el sobrenadante con una
pipeta.
5. Realizar la última resuspensión de los GR en SB y centrifugar aproximadamente a 1500 rpm durante 10 minutos.
6. Luego de la última centrifugación descartar el sobrenadante, el cual
debe estar libre de hemólisis.
7. El método para la estandarización de la suspensión de glóbulos rojos 2
% se podrá realizar por medio de dos técnicas.
• Método espectrofotométrico.
• Método en cámara de Neubauer.

Método espectrofotométrico:
1. Tomar del tubo cónico 0,2 ml de GR ya lavados y diluirlo en 9,8 ml de SB
(2 %).
2. Realizar un blanco de lectura en el espectrofotómetro dispensando 2,5
ml agua destilada en la celda o tubo del espectrofotómetro.
3. Determinar la lisis 100 % de los GR realizando una dilución 1/15 con
agua destilada, agregando en un tubo que contiene 2,8 ml de agua destilada 0,2 ml de glóbulos rojos al 2 %.
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

53

�4. Una vez lisados los eritrocitos, leer la densidad óptica (DO) a 545 nm.
5. La DO esperada debe ser de 0.330 ± 0.05. El laboratorio debe determinar
según el modelo de espectrofotómetro cual es la DO optima que indique la
concentración de GR al 2 %.

Método en cámara de Neubauer:
1. Tomar del tubo cónico 0,2 ml de GR ya lavados y diluirlos en 9,8 ml de SB
(2 %).
2. Realizar una dilución 1/200 y hacer el recuento de glóbulos rojos en la
cámara.
3. La suspensión deberá tener 5,4 (± 0,2) X 108 GR / ml.

III: Titulación Hemolisina
Preparación de las soluciones “madres” de hemolisina
Se prepararán 15 diluciones de hemolisina (tabla 1). En cada tubo se dispensan los siguientes volúmenes de SB y de hemolisina. La solución se homogeniza mediante agitación en vórtex.
Tabla 1: Preparación de las soluciones “madres” de hemolisina

N.° de tubo

Dilución

SB (ml)

Hemolisina

1

1/50

4,9

100 µl

2

1/100

2

2 ml T1

3

1/150

7,45

50 µl

4

1/200

1

1 ml T2

5

1/250

12,5

50 µl

6

1/500

1

1 ml T5

7

1/1000

6

2 ml T5

8

1/2000

1

1 ml T7

9

1/3000

2

1 ml T7

10

1/4000

3

1 ml T7

11

1/5000

4

1 ml T7

12

1/6000

5

1 ml T7

13

1/7000

3

0,5 ml T7

14

1/8000

3,5

0,5 ml T7

15

1/9000

4

0.5 ml T7

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

54

�Preparación de las soluciones “hijas” de hemolisina
• En la filas B, C, D, G y H de una placa fondo en U dispensar 25 µl/pocillo
de SB excepto de las columnas 10, 11 y 12 de las filas A, B, C y D (tabla 2).
• En la filas A (excepto las columnas 10, 11 y 12) y F de la placa dispensar
50 µl/pocillo de las diluciones “madres’’ de hemolisina preparadas en la
batería de tubos de ensayo, según protocolo de la tabla 1.
• Con una pipeta multicanal recoger 25 µl por pocillo de la fila A y pasar a
la fila B. La homogenización de los dos componentes de cada dilución se
realiza mezclando mediante 5 golpes de aspirado y dispensado de la pipeta. Recoger 25 µl / pocillo de la fila B y pasar a la fila.
• Volver a homogenizar. Recoger 25 µl / pocillo de la fila C y pasar a la D.
Homogeneizar y recoger 25 µl / pocillo y descartar.
• De la misma forma, haga diluciones de la fila F sobre las filas G y H.
• Las diluciones finales obtenidas se detallan en la tabla 3.
Tabla 2. Planilla de localización de las diluciones ‘’madres’’ de hemolisina y SB

1
A
B
C
D

2

3

4

5

6

7

8

9

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

550 µl

50 µl

50 µl

de T1

de T1

de T1

de T2

de T2

de T3

de T3

de T4

de T4

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

10

11

12

E
F
G
H

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

de T5

de T5

de T6

de T7

de T8

de T9

de T10

de T11

de T12

de T13

de T14

de T15

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

25 µl de 25 µl de 25 µl de 25 µl de 25 µl de 25 µl de 25 µl de 25 µl de 25 µl de 25 µl de 25 µl de 25 µl de
SB

SB

SB

SB

SB

SB

SB

SB

SB

SB

SB

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

SB

55

�Tabla 3. Diluciones finales de hemolisina

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

A

1/50

1/50

1/50

1/100

1/100

1/150

1/150

1/200

1/200

B

1/100

1/100

1/100

1/200

1/200

1/300

1/300

1/400

1/400

C

1/200

1/200

1/200

1/400

1/400

1/600

1/600

1/800

1/800

D

1/400

1/400

1/400

1/800

1/800

1/1200

1/1200

1/1600

1/1600

F

1/250

1/250

1/500

1/1000

1/2000

1/3000

1/4000

1/5000

1/6000

1/7000

1/8000

1/9000

G

1/500

1/500

1/1000

1/2000

1/4000

1/6000

1/8000 1/10000 1/12000 1/14000 1/16000 1/18000

H

1/1000

1/1000

1/2000

1/4000

1/8000 1/12000 1/16000 1/20000 1/24000 1/28000 1/32000 1/36000

E

Preparación y dispensado de la suspensión de glóbulos rojos
Se prepara una suspensión de GR al 2 % según lo indicado anteriormente. En
este ensayo se prepara una suspensión de 5 ml.
1. Dispensar la suspensión (25 µl/pocillo) en los pocillos de la microplaca.
2. Cubrir y agitar la microplaca en un agitador de placas durante 30 minutos
a bajas revoluciones. Esto proporciona la sensibilización de los GR (unión
con los anticuerpos presentes en las diluciones de hemolisina).
3. Dispense 25 µl/pocillo de SB en las filas A, B, C, D, F, G y H. En los pocillos de la columna 1 se dispensan adicionalmente otros 25 µl (esta columna
actúa como control del poder hemolítico de la hemolisina).

Preparación y dispensado de una solución de complemento
El objeto es preparar una solución de complemento a una concentración tal que
siempre haya reactivo disponible para detectar una posible unión de Ag (GR) Ac (hemolisina diluida).
Para complementos (comerciales) que den un título (unidad de complemento)
superior a 1/90, debe prepararse una solución de 1/30. Para complementos que
den títulos inferiores, la solución que se deberá preparar será de 1/10 - 1/20
(tabla 4).

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

56

�Tabla 4: Dilución del complemento
TV

Complemento

Solución de complemento 1/20

5,7 ml

0,3 ml

Solución de complemento 1/30

5,8 ml

0,2 ml

1. Dispensar 25 µl/pocillo de la solución de complemento en las filas A, B, C,
D, F, G y H, excepto en los pocillos de la columna 1.
2. Cubrir y agitar la placa durante 2-4 minutos en agitador de placas.

Incubación
Incubar a 37 ± 2 ° C, durante 30 minutos.

Cálculos y expresión de resultados
El resultado de la relación de cada pocillo se evalúa por el grado de hemólisis
presente en el mismo y se consigna mediante un sistema de cruces (tabla 5).
Tabla 5: Expresión de resultados

++++

Sobrenadante translúcido, en el fondo botón de
depósito de GR

0 % de hemólisis

+++

Sobrenadante rojizo en un 25 % de intensidad,
en el fondo un deposito claro de GR

25 % de hemólisis

++

Sobrenadante rojizo en un 50 % de intensidad,
en el fondo un deposito tenue de GR

50 % de hemólisis

+

Sobrenadante rojizo en un 75 % de intensidad,
en el fondo un deposito muy tenue de GR

75 % de hemólisis

Sobrenadante rojo cristalino, ausencia de depósito de GR

100 % de hemólisis

Negativo

Los resultados de la lectura se emiten en la hoja de laboratorio correspondiente.

Cálculos de los resultados
• Se define la unidad de hemólisis (UH) como la dilución más alta que permita la lisis del 100 % de los eritrocitos en el pocillo.
• Sobre la hoja del laboratorio se comprueba la repetibilidad del análisis,
constatando que los pocillos que contengan la misma dilución de hemólisis
presentan un grado de hemólisis similar.
• Se elige la UH de la dilución en la que se obtenga 100 % de hemólisis. Si
existen dudas entre dos diluciones se elegirá la dilución más baja (mayor
concentración de hemolisina).
• La dilución de trabajo (DT) se establece multiplicando por 2 la UH, es decir
2 UH 100 %.
MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

57

�Ejemplo: Si la UH se ha establecido en 1/1000 DT= 2 x 1/1000= 1/500

• Los cálculos y las proporciones finales de reactivos se registran en hojas
de trabajo.
• Se podrá realizar una dilución 1/50 o 1/100 de la hemolisina en SB conservando a -20 ± 5 º C para luego diluirla al título de trabajo. Se registra el lote,
fecha y cantidad de hemolisina diluida.

IV: Sistema hemolítico
• Para la preparación del sistema hemolítico, el volumen total del sistema
depende del número de placas que se deberán utilizar (1 placa= 96 pocillos
fondo en U).
Ejemplo para dos placas:
2 placas x 2,4 ml = 4.8 ml = 5 ml (se prepara un volumen adicional
en previsión de perdidas)
• Dispensar en un frasco 2,5 ml de GR 2 % y luego 2,5 ml de hemolisina al
título de uso agitando suavemente para homogenizar las dos suspensiones
e incubar a 37 ± 2° C, durante 15 minutos.

V: Titulación complemento
Se llama complemento al suero de cobayo completo, que contiene el sistema
enzimático denominado ‘’sistema complemento’’, cuya función en la técnica de
fijación del complemento es la de detectar uniones especificas antígeno-anticuerpo. En el caso que en dichas uniones una de las partes sean glóbulos rojos,
es capaz de lisarla, como en el caso del sistema hemolítico que se utiliza en la
reacción de fijación del complemento, donde los hematíes de carnero hacen el
papel de antígeno y el suero de conejo (hemolisina) de anticuerpos.
El complemento que sea objeto de titulación debe descongelarse dejándolo
llevar a temperatura de laboratorio. Una vez reconstituido o descongelado se
mantendrá en refrigeración y solo se sacará de la heladera en el momento de
su utilización. Si se prevé que se va a utilizar más de un vial, se juntarán todos
en uno y se titulará el conjunto.

Preparación de las soluciones “madres” del complemento
1. Realizar 6 diluciones “madres’’ del complemento, empleando para ello
tubos de ensayo. Tabla 1 de este anexo.
2. En cada tubo se dispensan los siguientes volúmenes de SB y de complemento. La solución se homogeneiza perfectamente mediante un agitador.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

58

�Tabla 1. Diluciones “madre” del complemento
Tubo 1

Tubo 2

Tubo 3

Tubo 4

Tubo 5

Tubo 6

SB µl

725

850

975

1100

1225

1350

C µl

25

25

25

25

25

25

Preparación de las soluciones “hijas” en placas de ensayo y dispensado del SB
1. En la filas B, C y D de una placa fondo en U, dispense 25 µl/pocillo de SB
(tabla 2).
2. En la filas A de la placa, dispense 50 µl/pocillo de las diluciones “madres’’
de complemento por duplicado según protocolo descripto en tabla 1.
3. Con una pipeta multicanal, recoja 25 µl/pocillo de la fila A y trasváselos a
la fila B. La homogeneización de los dos componentes de cada dilución se
propiciará mezclando mediante 5 golpes de aspirado y dispensación de la
pipeta. Recoja 25 µl/pocillo de la fila B y páselo a la fila.
4. Vuelva a homogenizar. Recoja 25 µl/pocillo de la fila C y páselo al D. Homogenice y recoja 25 µl/pocillo y descártelos (las diluciones que han quedado preparadas en la placa se detallan en la tabla 3).
5. Dispense a continuación 50 µl/pocillo de SB en todas las filas de la placa.
6. Agite la placa durante 2-4 minutos en agitador de placas.
Tabla 2. Planilla de localización de las diluciones “madres’’ de complemento y SB

1
A
B
C
D

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

50 µl

de T1

de T2

de T4

de T2

de T5

de T6

de T1

de T2

de T4

de T2

de T5

de T6

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

25 µl

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

de SB

E
F
G
H

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

59

�Tabla 3. Diluciones finales del complemento

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

A

1/30

1/35

1/40

1/45

1/50

1/55

1/30

1/35

1/40

1/45

1/50

1/55

B

1/60

1/70

1/80

1/90

1/100

1/110

1/60

1/70

1/80

1/90

1/100

1/110

C

1/120

1/140

1/160

1/180

1/200

1/220

1/120

1/140

1/160

1/180

1/200

1/220

D

1/240

1/280

1/320

1/360

1/400

1/440

1/240

1/280

1/320

1/360

1/400

1/440

E
F
G
H
Cubra la placa para evitar evaporación excesiva e incube en estufa a 37 ± 2 °C durante 15 minutos.

Dispensado del sistema hemolítico
El sistema hemolítico habrá sido preparado según procedimiento descripto
anteriormente.
1. Finalizada la incubación de la placa, dispense 25 µl / pocillo del SH en
todos los pocillos de la placa.
2. Cubra y agite la placa durante 2-4 minutos en agitador de placas.
3. Incube en estufa a 37 ± 2 °C durante 30 minutos.

Centrifugación de la placa
Finalizada la incubación, centrifugue la placa a una fuerza de 1000 RPM durante 3 minutos.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

60

�Expresión de resultados
El resultado de la reacción de cada pocillo se evaluará por el grado de hemolisis presente en el mismo y se consignará mediante un sistema de cruces:
Tabla 4

++++

Sobrenadante translúcido, en el fondo botón
de depósito de GR

0 % de hemólisis

+++

Sobrenadante rojizo en un 25 % de intensidad,
en el fondo un deposito claro de GR

25 % de hemólisis

++

Sobrenadante rojizo en un 50 % de intensidad,
en el fondo un deposito tenue de GR

50 % de hemólisis

+

Sobrenadante rojizo en un 75 % de intensidad,
en el fondo un deposito muy tenue de GR

75 % de hemólisis

Sobrenadante rojo cristalino, ausencia de
depósito de GR

100 % de hemólisis

Negativo

Cálculos de los resultados
1. Se define la unidad de complemento (UC) o unidad hemolítica como la dilución más alta que permita la lisis del 100 % de los eritrocitos en el pocillo.
2. Sobre la hoja del laboratorio se comprobará la respetabilidad del análisis,
constatando que los pocillos que contengan la misma dilución de complemento presentan un grado de hemólisis similar.
3. Se elige la UC con la dilución más alta que de 100 % de hemólisis.
4. La dilución de trabajo (DT) se establece multiplicando por 2 la UC.
Ejemplo: supongamos que se necesite preparar una solución de complemento para utilizar en el análisis de 2 placas según el procedimiento
descripto. Ello supone un volumen total de solución de complemento de
2 placas x 2,4ml / placa = 4,8 ml = 5 ml (se prepara un volumen adicional
en previsión de pérdidas).
a. Supongamos que UC = 1/100
DT= 2 x UC= 2 x 1/100 = 1/50
Si en 50 ml de SB se dispensa 1 ml de C puro:
En 5 ml de SB se dispensan x. x= 5/50= 0,1 ml
b. Por tanto las proporciones serán: 0,1 ml de complemento y 4,9 ml
de SB.

Tubo 1
(2 unidades)

Tubo 2
(1,5 unidades)

Tubo 3
(1 unidades)

Tubo 4 (0,75
unidades)

Tubo 5 (0,5
unidades)

C: 2 unidades (µl)

400

300

200

150

100

SB (µl)

0

100

200

250

300

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

61

�Control de dos unidades de complemento (2 UC)
Una vez obtenida la dilución de trabajo, se realizarán diluciones del complemento que contengan 2 unidades; 1,5 unidades; 1 unidad; 0,75 unidades y 0,5
unidades. Para ello trabajaremos según la siguiente secuencia (tabla 5).
Tabla 5. Diluciones del complemento
Tubo 1
(2 unidades)

Tubo 2
(1,5 unidades)

Tubo 3
(1 unidades)

Tubo 4 (0,75
unidades)

Tubo 5 (0,5
unidades)

C: 2 unidades (µl)

400

300

200

150

100

SB (µl)

0

100

200

250

300

Se dispensarán por duplicado 25 µl/pocillo de cada una de las diluciones en
los correspondientes pocillos de una placa y luego se completan con 50 µl de
SB (tabla 6).
Tabla 6. Unidades del complemento en la placa

1

2

3

4

5

A

2U

1, 5U

1U

0,75 U

0,5 U

B

2U

1, 5U

1U

0,75 U

0,5 U

6

7

8

9

10

11

12

C
D
E
F
G
H

1. Cubra la placa para evitar evaporación excesiva, agite 2-4 minutos e
incube en estufa a 37 ± 2 ° C durante 15 minutos.
2. Luego repita lo descripto agregando el SH
Lectura del análisis:
• Pocillo con 2 unidades: 100 % de hemólisis
• Pocillo con 1,5 unidades: 100 % de hemólisis

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

62

�• Pocillo con 1 unidades: 100 % de hemólisis o traza de GR en suspensión
• Pocillo con 0,75 unidades: 0 % a 75 % de hemólisis
• Pocillo con 0,5 unidades: 0 % a 50 % de hemólisis

Control de calidad
El ensayo debe ser repetible: pocillos con diluciones iguales deben tener un
grado de reacción similar. En caso contrario se repetirá el análisis.
Debe observarse cada gama de reacciones posibles desde diluciones con el
100 % (N) de hemólisis (las más bajas), hasta diluciones con el 0 % (++++) de
hemólisis (las más alta). En caso contrario se repetirá el análisis.
En el control de 2 unidades de complemento deben dar los resultados preestablecidos.
El análisis debe informarse como APROBADO / NO APROBADO en el apartado
de observaciones de la planilla de titulación del complemento. En caso de no
aprobado, se repite el proceso.

VI: Titulación antígeno
Se utiliza el antígeno de seroaglutinación en tubo (SAT) volumen celular aproximado de 4,5 %.
Se trata de determinar lo que se denomina UA (unidad antigénica) que corresponde para cada lote de antígeno y será la dilución óptima de uso para garantizar la unión con los anticuerpos presentes en los sueros problema, en la
cantidad suficiente para fijar el complemento.
El antígeno formará el complejo antígeno-anticuerpo con los anticuerpos presentes de los sueros problema y que serán capaces de fijar el complemento.
Esta reacción requiere un título mínimo para que se lleve a cabo, es decir, se
debe garantizar una concentración mínima de antígeno que reaccione con los
anticuerpos y sea capaz de fijar el complemento.

Preparación de diluciones “madre” de antígeno
Se preparan tres diluciones previas en tubos, luego se dispensarán:
• en un tubo 500 µl de SB y 10 µl de antígeno;
• en un segundo tubo 750 µl de SB y 10 µl de antígeno;
• en un tercer tubo 1250 µl de SB y 10 µl de antígeno.
Esto da una dilución de 1/50, 1/75 y 1/125, respectivamente.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

63

�Preparación de las diluciones “hijas” de antígeno
En una placa de fondo en U se dispensan 25 µl de SB en todos los pocillos salvo
en la columna 1 y los pocillos A10, A11, A12. La fila C y F no se utilizarán hasta la
columna 9 (tabla 1). En la columna 1 se pondrán 50 µl de las soluciones madres
del antígeno por duplicado y en los pocillos A10, A11, A12 de forma simple (tabla
1). Se diluye pasando 25 µl sucesivamente de estos pocillos a los siguientes
consiguiendo diluciones al duplo del antígeno. Las diluciones se realizan de la
columna 1 a la columna 9 y de los pocillos A10, A11, A12 hasta los pocillos H10,
H11 y H12. Es decir, se pasan 25 µl de la columna 1 a la 2, se homogeniza y se
pasan otros 25 µl a la columna 3 y así sucesivamente, y se eliminan los 25 µl que
sobran en la columna 9 y lo mismo en vertical en las columna 10, 11 y 12.
Tabla 1. Diluciones ‘’hijas’’ del antígeno

1

2

3

4

5

6

7

A

1/50

1/100

1/200

1/400

1/800

1/1600

1/3200

B

1/50

1/100

1/200

1/400

1/800

1/1600

1/3200

8

9

10

11

12

1/6400 1/12800

1/50

1/75

1/125

1/6400 1/12800

1/100

1/150

1/250

1/200

1/300

1/500

C
D

1/75

1/150

1/300

1/600

1/1200

1/2400

1/4800

1/9600 1/19200

1/400

1/600

1/1000

E

1/75

1/150

1/300

1/600

1/1200

1/2400

1/4800

1/9600 1/19200

1/800

1/1200

1/2000

1/1600

1/2400

1/4000

1/8000

F
G
H

1/125

1/250

1/500

1/1000

1/2000

1/4000

1/8000

1/16000 1/32000 1/3200

1/4800

1/125

1/250

1/500

1/1000

1/2000

1/4000

1/8000

1/16000 1/32000 1/6400

1/9600 1/16000

Dispensado de sueros controles positivo y negativo
Seguidamente se dispensan 25 µl de suero control positivo en los pocillos de la
fila A, B, D, E, G y H salvo en las columnas 10, 11, 12 donde se dispensan 25 µl
de suero control negativo y servirá como control de hemolisis.
El suero control positivo debe ir a una dilución igual al título conocido (1/200) en
la reacción de fijación del complemento.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

64

�Dispensado de una solución de complemento
Posteriormente se dispensan 25 µl de complemento a todos los pocillos según
el título obtenido previamente. Se agita la placa 2-4 minutos y se incuba durante 30 minutos a 37 ± 2°C.

Dispensado del sistema hemolítico
Tras la incubación de la placa se procede a dispensar 25 µl de sistema hemolítico a todos los pocillos. Luego se agita la placa 2-4 minutos e incubará durante
otros 30 minutos a 37 ± 2°C.

Centrifugación de la placa
Finalizada la incubación, centrifugue la placa a una fuerza de 1000 RPM durante 3 minutos.

Expresión de resultados
El resultado de la reacción de cada pocillo se evaluará por el grado de hemólisis presente en el mismo y se consignará mediante un sistema de cruces.
Tabla 2

++++

Sobrenadante translúcido, en el fondo botón de
depósito de GR

0 % de hemólisis

+++

Sobrenadante rojizo en un 25 % de intensidad,
en el fondo un depósito claro de GR

25 % de hemólisis

++

Sobrenadante rojizo en un 50 % de intensidad,
en el fondo un depósito tenue de GR

50 % de hemólisis

+

Sobrenadante rojizo en un 75 % de intensidad,
en el fondo un depósito muy tenue de GR

75 % de hemólisis

Sobrenadante rojo cristalino, ausencia de depósito de GR

100 % de hemólisis

Negativo

Los resultados de la lectura se registran en la hoja de laboratorio correspondiente

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

65

�Cálculos de los resultados
1. Se define la unidad de antígeno (UA) como la dilución más alta que permita una fijación completa (0 % de hemolisis).
2. Sobre la hoja del laboratorio se comprueba la repetibilidad del análisis,
constatando que los pocillos que contengan la misma dilución de antígeno
presentan un grado de hemólisis similar.
3. Se elige la UA a dilución en la que se obtenga el 0 % de hemólisis. Si
existen dudas entre dos diluciones se elegirá la dilución más baja (de mayor
concentración de antígeno).
4. La dilución de trabajo (DT) se establece multiplicando por 2 la UA.
Ejemplo: supongamos que la UA se ha establecido 1/800:
DT= 2 x UA= 2 x 1/800 = 1/400

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

66

�Anexo I
Modelo de planilla de emisión de resultados

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

67

�Bibliografía

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

68

�Normativa vigente
Ley 24.696 de año. Por la cual se declara de interés nacional el control y erradicación de la enfermedad reconocida como Brucelosis (Brucella abortus) en
las especies bovina, suina, caprina y otras en todo el Territorio Nacional. 26 de
septiembre de 1996. B.O. N.º 28.492.
Norma Organización Internacional de Normalización [ISO/IEC 17025]. 2017
(España).
Resolución 957 de 2024 [Senasa]. Por la cual se aprueba el uso de los inmunógenos RB51 y Delta PGM. 15 de agosto de 2024.
Resolución 276 de 2023 [Senasa]. Por la cual se adopta el sistema de diagnóstico serológico para el Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis
Bovina en la República Argentina. 14 de abril de 2023.
Resolución 77 de 2021 [Senasa]. Por la cual se sustituye el articulo 9° y 10 de
la Resolución N.° 67/19 y otras modificaciones. 19 de febrero de 2021.
Resolución 67 de 2019 [Senasa]. Por la cual se aprueba el Plan Nacional De
Control y Erradicación De Brucelosis Bovina en la República Argentina, de
aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, excepto en la provincia de
Tierra Del Fuego, Antártida e islas del Atlántico Sur. 1.° de febrero de 2019.
Resolución 857-E de 2017 [Senasa]. Por la cual se declara como zona libre de
brucelosis ovina y caprina a Brucella melitensis, a la región patagónica y se
establece el Programa De Vigilancia y Prevención. 27 de diciembre de 2017.
Resolución 372-E de 2017 [Senasa]. Por la cual se aprueba el Plan Nacional de
Control de Brucelosis Caprina en la República Argentina y se establecen las
estrategias sanitarias básicas que deben ser aplicadas en cada zona o provincia. 14 de junio de 2017.
Resolución 98 de 2016 [Senasa]. Por la cual se resuelve la comercialización de
antígenos/kits para diagnóstico de brucelosis.18 de marzo de 2016.
Resolución 63 de 2013 [Senasa]. Por la cual se crea el Registro Nacional de
Establecimientos Oficialmente Libres de Brucelosis Porcina. 28 de febrero de
2013.
Resolución 246 de 2007 [Senasa]. Por la cual se aprueban los requisitos de bioseguridad para los laboratorios que se dediquen a la elaboración de productos
destinados al diagnóstico y a la prevención de la Brucelosis Animal y la Tuberculosis Animal. 04 de mayo de 2007.
Resolución 438 de 2006 [Senasa]. Por la cual de adopta el Sistema de Diagnóstico Serológico para el Programa de Control y Erradicación de la Brucelosis. 4
de agosto de 2006.

MANUAL DE PROCEDIMIENTO. DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO DE BRUCELOSIS

69

�Resolución 736 de 2006 [Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos]. Por la cual se crea la Red Nacional de Laboratorios de Ensayo y Diagnóstico. 17 de noviembre de 2006.
Resolución 79 de 2003 [Senasa]. Por la cual se aprueba el procedimiento para
la supervisión de la aplicación de los tratamientos de fumigación oficial. 26 de
enero de 2003.
Resolución 1484 de 1993 [Senasa]. Por la cual se establecen las normas para
la elaboración, fraccionamiento, distribución, expendedor para los reactivos
destinados en el diagnóstico y prevención de la Brucelosis Animal. 28 de diciembre de 1993.

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                <text>Manual de procedimiento. Diagnóstico serológico de brucelosis (B. abortus, B. melitensis, B. suis)</text>
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                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
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                <text>Coordinación de Bacteriología&#13;
Dirección de Laboratorio Animal&#13;
Dirección General de Laboratorios y Control Técnico&#13;
Coordinación General de Comunicación Institucional</text>
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            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
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                <text>El presente manual está dirigido a profesionales que se desempeñan en la Red de Nacional de Laboratorios del Senasa (Redlab) respecto a las técnicas relacionadas con el diagnóstico serológico de brucelosis. Técnicas reconocidas y recomendadas por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) y el Senasa. Incluye nociones sobre medidas de bioseguridad y controles de calidad a aplicarse en los procedimientos técnicos de laboratorio.</text>
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            <name>Table Of Contents</name>
            <description>A list of subunits of the resource.</description>
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              <elementText elementTextId="35187">
                <text>Introducción&#13;
Objetivos&#13;
Abreviaturas y definiciones&#13;
Medidas generales de bioseguridad y seguridad en el laboratorio&#13;
Principios de bioseguridad&#13;
Prácticas operativas seguras y hábitos personales&#13;
Limpieza y desinfección del laboratorio&#13;
Eliminación de residuos peligrosos (patológicos/químicos)&#13;
Aseguramiento de la calidad en el laboratorio&#13;
Control de calidad de insumos&#13;
Equipos&#13;
Sobre la enfermedad&#13;
Descripción de la enfermedad&#13;
Infección por Brucella en ganado bovino&#13;
Infección por Brucella en ovejas y cabras&#13;
Infección por Brucella en cerdos&#13;
Infección por Brucella en otras especies: domésticas, salvajes en cautiverio o en libertad&#13;
Riesgo zoonótico y requisitos de bioseguridad&#13;
Técnicas de diagnóstico&#13;
Pruebas serológicas&#13;
Procedimientos de trabajo para el diagnóstico de brucelosis en el laboratorio de red&#13;
Registro de entrada de muestras&#13;
Características y condiciones de las muestras&#13;
Condiciones de recepción de las muestras&#13;
Condiciones de rechazo o demora del procesamiento de las muestras&#13;
Informes de resultados&#13;
Pruebas screening con antígeno tamponado en placa (BPAT y RBT) para la detección de anticuerpos contra Brucella spp&#13;
Desarrollo&#13;
Ejecución del ensayo de BPAT&#13;
Ejecución del ensayo de Rosa de Bengala&#13;
Lectura e interpretación de resultados de las pruebas de screening con antígeno tamponado en placa&#13;
Informes de resultados&#13;
Pruebas de seroaglutinación lenta en tubo (SAT/2-ME)&#13;
Desarrollo&#13;
Ejecución del ensayo&#13;
Incubación&#13;
Lectura e interpretación de resultados&#13;
Informes de resultados&#13;
Preparación de soluciones para las pruebas de SAT/2-ME&#13;
Prueba del anillo en leche (PAL o MRT) solo para bovinos&#13;
Desarrollo&#13;
Toma de la muestra&#13;
Ejecución del ensayo&#13;
Lectura&#13;
Modificación de la prueba para tanques muy grandes&#13;
Enzimoinmunoensayo indirecto (I ELISA) (para suero o leche)&#13;
Etapas&#13;
Desarrollo&#13;
ELISA por competición / bloqueo&#13;
Desarrollo&#13;
Ensayo de polarización fluorescente para la detección de anticuerpos&#13;
contra brucella en suero&#13;
Desarrollo&#13;
Ejecución del ensayo&#13;
Lectura e interpretación&#13;
Fijación de complemento&#13;
Desarrollo&#13;
Manejo y conservación de las muestras&#13;
Condiciones del ensayo&#13;
Ejecución&#13;
Lectura de resultados&#13;
Anexos&#13;
Bibliografía</text>
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        <name>Brucelosis</name>
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        <name>Laboratorios</name>
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                    <text>Guía rápida

10 plagas para
identificar
Características, daños y cultivos afectados
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa)

�El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es un organismo descentralizado, responsable de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal, vegetal y de la inocuidad de los alimentos de su
competencia, así como de verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la
materia.
Equipos de trabajo
Dirección Nacional de Protección Vegetal
Coordinación General de Comunicación Institucional
Edición 2025

�ÍNDICE
Introducción	4
Objetivo	4
Plagas priorizadas	
5
Picudo rojo	5
Ficha técnica	
5
Descripción biológica	
5
Jopo	7
Ficha técnica	
7
Descripción biológica	
7
Polilla esponjosa	9
Ficha técnica	
9
Descripción biológica	
9
Gorgojo khapra	11
Ficha técnica	
11
Descripción biológica	
11
Chinche apestosa	13
Ficha técnica	
13
Descripción biológica	
13
Nematodo blanco de la papa y nematodo dorado de la papa	15
Ficha técnica	
15
Descripción biológica	
15
Caracol gigante africano	17
Ficha técnica	
17
Descripción biológica	
17
Marchitez del banano	19
Ficha técnica	
19
Descripción biológica	
19
Barrenador polífago	21
Ficha técnica	
21
Descripción biológica	
21
Ácaro rojo de las palmas	23
Ficha técnica	
23
Descripción biológica	
23
Comunicación de detecciones de plagas	
25
¿Qué es el SINAVIMO?	
25
Consideraciones importantes	
25
Cómo notificar	
25
Contacto	26

3

�INTRODUCCIÓN
El comercio internacional de productos vegetales representa para muchos
países una parte clave de su economía, que favorece la producción nacional
de dichos productos. En este contexto, los sistemas de vigilancia fitosanitaria
y alerta temprana constituyen una herramienta fundamental para proteger
los cultivos y ambientes naturales. Estos sistemas generan información sobre nuevas plagas, entendidas como cualquier especie, raza o biotipo –ya
sea de hongo, bacteria, virus, viroide, animal (nematodo, insecto, arácnido,
etc.) o vegetal (malezas de cualquier orden)– nociva para los vegetales y cuya
presencia se detecta por primera vez en el país, en un área determinada de
Argentina o en un nuevo cultivo.
Esta información permite determinar el estatus fitosanitario de Argentina
y sustenta la toma de decisiones en el ámbito de la protección fitosanitaria
nacional y regional, contribuye a la apertura y mantenimiento de mercados
de exportación, respalda el análisis de riesgo de plagas y avala las certificaciones fitosanitarias –que garantizan que los productos locales cumplen con
los requisitos establecidos por otros países para ingresar en su territorio–.
En Argentina, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) recopila, analiza y sistematiza toda la información disponible sobre las
plagas que afectan a los cultivos del país a través del Sistema Nacional de
Vigilancia y Monitoreo (Sinavimo).

Objetivo
La presente guía está destinada a investigadores, productores, asesores (y
todas aquellas personas que estén en contacto directo con los cultivos) con
el fin de que comuniquen la presencia de enfermedades o plagas que difieran
de las problemáticas fitosanitarias habituales y puedan ser nuevas para el
país, para la zona o para el cultivo afectado. La notificación puede hacerse en
las oficinas del Senasa o en el sitio web del Sinavimo.

4

�Plagas priorizadas
1. Picudo rojo
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Rhynchophorus ferrugineus.

	 •	

Tipo: insecto.

	 •	

Afecta a: palmeras.

	 •	

Daño que ocasiona: caída de hojas, debilitamiento y muerte de las
palmeras.

	 •	

Dispersión: a través de palmeras infestadas que ingresen al país
y vengan con el insecto en su interior.

Descripción biológica
Este insecto vive y se alimenta en el interior de las palmeras, condición que
hace difícil detectar su presencia con una simple inspección visual. Tiene
metamorfosis completa y además se pueden encontrar los cuatros estadios
diferentes conviviendo al mismo tiempo: huevo, larva, pupa y adulto. Posee
una gran capacidad reproductiva ya que precisa solo entre 3 y 4 meses para
desarrollar todas las fases de su ciclo biológico (como mínimo, puede tener
tres generaciones al año).
Solo los adultos abandonan la palmera y lo hacen cuando esta no puede acoger a la próxima generación o no queda material vegetal interno para alimentarse. Las hembras salen con los huevos fertilizados lo que las convierte
potencialmente en colonizadoras de nuevas palmeras. El adulto se dispersa
dentro de un área determinada volando o caminando pero, una vez establecido en una palmera, prefiere lo segundo.
El huevo es de color amarillo claro a blanquecino, cilíndrico, brillante, tiene
forma ovalada y mide de 1 a 2,5 mm. Se localizan en el interior de grietas, heridas o pequeñas cámaras en forma de agujero realizadas por las hembras.
Los mismos son colocados de manera solitaria o conjunta pero sin entrar
en contacto unos con otros. Los huevos quedan protegidos y fijados con una
secreción. Las puestas van de 300 a 400 huevos.
Las larvas al principio tienen un color blanquecino que va tomando una tonalidad amarillenta oscura a medida que avanza el ciclo. Es ápoda, alargada,
segmentada y con una cabeza endurecida de color rojo-marrón oscuro provista de unas fuertes mandíbulas cónicas. Al final de la fase, la larva puede
llegar a tener 5 cm de longitud. El periodo larvario necesita de 1 a 3 meses
para completarse.
Al final del período larvario, la larva construye una envoltura en forma oval
con fibras del interior de la palmera. Estos capullos tienen una longitud de 4
a 6 cm, se localizan en las bases de las hojas y en su interior se encuentra la
larva-pupa. Esta fase dura de 15 a 30 días. Una vez finalizada la metamorfosis el adulto permanece en el interior unos 10 días más.

5

�El adulto puede vivir de 45 a 90 días, tiene el cuerpo oval alargado de 19 a 45
mm de longitud, de coloración variable; pardo anaranjado claro o rojo ferruginoso, con o sin manchas negras en el pronoto de forma y números variables. Rostro alargado y curvo en hembras, y en el macho recto y recubierto
de un cepillo de setas mientras que en las hembras es liso.

Material audiovisual

6

�2. Jopo
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Orobanche cumana.

	 •	

Tipo: maleza.

	 •	

Afecta a: girasol.

	 •	

Daño que ocasiona: quita de nutrientes al cultivo, peligro para la
producción de semillas y granos de girasol, pérdida total de la
cosecha. 

	 •	

Dispersión: a través de sus semillas que pueden adherirse a múltiples superficies y contaminar semillas de girasol; también puede dispersarse por el viento.

Descripción biológica
Orobanche cumana o jopo es una planta angiosperma holoparásita, al entrar
en contacto con la raíz del huésped, se forma un haustorio y las células intrusivas penetran a través de la corteza hasta el haz vascular para establecer
conexión con el xilema del huésped, del que extrae agua y nutrientes minerales y orgánicos, pues carece de clorofila con la que realizar la fotosíntesis.
O. cumana se convierte en un tubérculo en la superficie de la raíz y alcanza
un diámetro de 5 a 20 mm. Las raíces secundarias pueden desarrollarse
en el tubérculo y establecer contactos separados con el sistema de raíces
del huésped. Después de varias semanas, el tubérculo desarrolla uno o más
brotes florales que emergen del suelo.
Se trata de una planta erecta de 40-65 cm formada por un tallo pubescente-glanduloso, generalmente amarillento o blanquecino, con esbozos de hojas escamiformes sin clorofila; las raíces están transformadas en haustorios
para fijarse a las raíces de las plantas hospederas; una vez desarrollada, los
tallos se tornan pardos o violáceos con hojas linear-lanceoladas. Las flores
se agrupan en inflorescencias de 22-30 cm, laxa a veces solo densa en el
ápice en espiga, con corola de 19-22 mm, de limbo blanco o azul pálido e hinchada en la base, con estigmas también blancos. Tiene segmentos del cáliz
enteros, a veces bífidos. 
Los ataques de jopo pueden poner en peligro la producción de semilla de girasol. Las pérdidas pueden suponer el total de la cosecha si no se siembran
híbridos genéticamente resistentes a esta maleza. El ciclo de vida de O. cumana se desarrolla la mayor parte del tiempo bajo tierra. La germinación de
las semillas de la planta parásita tiene lugar en presencia del girasol, pues
ocurre por efecto de sustancias estimulantes segregadas por las raíces de
éste. La plántula de la parásita muere si en los primeros días no encuentra
y parasita a la raíz del girasol. Entre las sustancias inductoras de la germinación de la maleza se encuentran las hormonas llamadas estrigolactonas,
cuya producción parece aumentar en las plantas de girasol cuando hay déficit de fósforo en el suelo. Por esto, en algunas ocasiones se asocia un déficit
de fósforo en el suelo con la estimulación de la germinación de las semillas
de jopo. Al emerger a la superficie O. cumana lo hace en forma de unos tallos

7

�sin hojas que darán lugar a las flores y éstas a unas minúsculas semillas.
Cada individuo puede producir hasta 500.000 semillas. Las semillas son muy
pequeñas de 0,2 mm de largo, y permanecen viables en el suelo hasta 20
años después de su formación, por lo que un campo infestado con jopo seguirá siendo susceptible a esta planta parásita durante un gran periodo de
tiempo. De forma natural el jopo está asociado a la hierba adventicia artemisia (Artemisia spp.), en cuyas raíces también puede establecerse.
Se cree que la ausencia de O. cumana en las regiones productoras de girasol
de América del Sur está asociada con temperaturas invernales más cálidas
que no son adecuadas para que esta especie se establezca.
Las semillas se dispersan fácilmente de forma natural por el viento y el agua
y pueden introducirse accidentalmente en una nueva área como contaminante de las semillas de girasol. La detección de las semillas mediante inspección visual es casi imposible.
La dispersión natural de las semillas de esta maleza es a través del viento
o el agua. Otra forma de dispersión es mediante vectores como el ganado,
ya que las semillas sobreviven al paso del tracto digestivo del animal, después de la ingestión y a su vez pueden adherirse a las patas y al pelaje. La
introducción accidental de O. cumana puede ocurrir, localmente, a través del
movimiento del suelo en vehículos o a largas distancias como contaminante
de otros cultivos.

Material audiovisual
8

�3. Polilla esponjosa
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Lymantria dispar.

	 •	

Tipo: insecto.

	 •	

Afecta a: alrededor de 300 especies de plantas, la mayoría árboles
de hoja caduca, especialmente robles, álamos, hayas y castaños.

	 •	

Daño que ocasiona: defoliación severa.

	 •	

Dispersión: a través de embalajes, medio de transportes marítimos o contenedores ya que las polillas son atraídas por las luminarias de los puertos de los países en donde se encuentra presente y colocan sus huevos.

Descripción biológica
Lymantria dispar tiene una generación por año. Pasa el invierno en forma de
huevo, protegido dentro de los típicos plastones amarillentos, en la corteza de los troncos u otros órganos leñosos de las plantas hospedantes. Los
huevos eclosionan durante la época del rebrote de sus huéspedes en la primavera. Durante el primer estadio, las larvas (en fase espejo) permanecen
encima de la puesta sin comer. Pasados diez días, las orugas –que poseen
un marcado fototropismo– comienzan la fase de dispersión y se dirigen a la
parte alta de la copa en donde comienza su alimentación. En los primeros
tres estadios se alimenta durante la noche.
Inicialmente los daños se producen sobre las hojas nuevas y consiste en pequeñas roeduras por el centro de la hoja. En esta fase, si el árbol no tiene
hojas nuevas, las larvas se dejarán colgar de hilos de seda para ser dispersadas por el viento a nuevos pies con hojas rebrotadas: este es el sistema empleado para su dispersión en la polilla gitana raza europea, ya que la hembra
no puede volar. Así pueden desplazarse varios kilómetros. Por ello se deduce
que el viento es el principal factor de dispersión.
Cuando el ataque de la plaga es muy intenso, la oruga destruye completamente las hojas y los brotes nuevos, incluso las hojas de años anteriores,
causando una defoliación total.
Durante toda su vida, las larvas consumen alrededor de 1m² de follaje.
El tiempo de paso de un estadio a otro es de unos 10 días, aunque si las
condiciones climáticas son favorables, puede reducirse a 5. Por ello la fase
larvaria dura unos 2 meses, aunque podría reducirse a la mitad.
Una vez completa la fase larvaria, la oruga empupa. Las orugas se reúnen en
grupos pequeños en la parte inferior de las ramas bajas. Esta fase suele comenzar a principios del verano y dura entre 10 y 15 días. Pasado este tiempo
emergen los adultos, que viven 5 días durante los cuales se realiza la puesta,
que permanecerá en el árbol hasta las eclosiones de la siguiente primavera.
Los machos eclosionan 1 o 2 días antes que las hembras y ambos sexos,
cuando emergen, son sexualmente maduros.

9

�En plantas frutales se alimentan en un inicio de partes florales y continúan
hasta alcanzar la plenitud de floración. En una última instancia, se alimentan
de frutos y hojas en expansión a lo largo del nervio central y los laterales.

Material audiovisual

10

�4. Gorgojo khapra
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Trogoderma granarium.

	 •	

Tipo: insecto.

	 •	

Afecta a: productos almacenados secos, principalmente de origen vegetal.

	 •	

Daño que ocasiona: contaminación de los productos.

	 •	

Dispersión: a través de las larvas, pupas y huevos que contaminan
los productos; otras fuentes de dispersión pueden ser contenedores o material de embalaje que haya sido utilizado para transportar productos infestados, así como también equipos utilizados en
el procesamiento. 

Descripción biológica
El gorgojo prefiere condiciones cálidas y secas y se lo encuentra en sitios
donde se almacenan o procesan granos. Las infestaciones son muy difíciles
de controlar ya que este insecto posee la habilidad de sobrevivir sin alimento
por períodos prolongados; prefiere ámbitos secos y alimento con bajo contenido de humedad y es resistente a numerosos insecticidas.
Sus huevos son depositados de forma aislada sobre las superficies de los
productos afectados. Inicialmente son de color blanco pero a medida que
cumplen su desarrollo pasan a amarillo pálido. Son cilíndricos de 0,7 mm de
largo y 0,25 mm de ancho. Este estadio es muy difícil de ver durante la inspección debido a su tamaño.
Como larva, en el primer estadio mide 1,6 a 6 mm. Parte de la longitud corresponde a una cola larga de pelos, formada en el último segmento abdominal. El color es amarillo claro uniforme, excepto en la cabeza y las setas del
cuerpo que son cafés, y a medida que la larva aumenta de tamaño, el color
del cuerpo cambia a café rojizo dorado. Existen dos variaciones genéticas
en las larvas: las que pueden tener una “diapausa facultativa” y las que no
tienen esa capacidad. Las larvas del primer tipo son estimuladas para entrar
en diapausa por las condiciones adversas, como temperaturas bajas o altas,
o la falta de alimento. Durante la diapausa, su respiración disminuye hasta
un nivel extraordinariamente bajo, y ello le proporciona una tolerancia a la
fumigación con insecticidas o biocidas (parecen muertas). Las larvas que se
encuentran en diapausa son resistentes al frío y pueden sobrevivir a temperaturas inferiores a -10 °C. Si las condiciones vuelven a ser favorables, las
larvas diapáusicas despiertan de su letargo, se alimentan, hidratan, pupan y
los adultos son capaces de reproducirse rápidamente, ocasionando graves
daños al producto alimenticio donde se encuentren.
La pupa es de tipo exarata (los apéndices se encuentran libres y son visibles
todas las partes del cuerpo) y queda retenida en la última muda larvaria. El
largo es entre 3,5 a 5 mm.

11

�El adulto es un pequeño escarabajo coleóptero negro parduzco, de forma
oval oblongo, con la superficie del pronoto y élitros cubierta de pelos finos
que le dan apariencia aterciopelada. Sus colores son café claro oscuro, negro
y aun amarillo y blanco, entremezclados entre sí. La hembra es de color más
claro que el macho. Un fleco de pelos café cubre la punta del abdomen.

Material audiovisual

12

�5. Chinche apestosa
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Halyomorpha halys.

	 •	

Tipo: insecto.

	 •	

Afecta a: especies vegetales, con una clara preferencia por frutales, hortalizas y legumbres.

	 •	

Daño que ocasiona: perfora los tejidos vegetales y succiona los
jugos de hojas, tallos y frutos de las plantas hospedantes, lo que
puede provocar la aparición de pequeñas manchas, surcos y decoloraciones.

	 •	

Dispersión: este insecto es un excelente volador, lo que le permite desplazarse con facilidad entre sus plantas hospedantes; además, su dispersión se ve facilitada accidentalmente a través del
transporte de productos agrícolas, así como en vehículos, equipaje y contenedores de carga, por lo que se la considera una plaga
contaminante.

Descripción biológica
Es un insecto muy resistente al frío, su mortalidad se incrementa en temperaturas menores a los -12 °C. Según el clima presenta 1 a 5 generaciones
dependiendo del fotoperíodo.
Hiberna como adulto sin actividad (dentro de construcciones, troncos, hojarasca) y se transforma en una plaga urbana. En primavera, con el aumento
de las temperaturas, empieza a migrar a plantas para iniciar su alimentación. Dos semanas después comienza a aparearse y poner huevos en varias
especies de plantas.
Esta chinche requiere diferentes nutrientes a lo largo de su vida por lo que se
mueve de hospedante en hospedante. Se alimenta de yemas, hojas, flores,
frutos y troncos.
Se la considera una plaga “de bordes” al moverse constantemente de especie en especie. Los durazneros son considerados como hospedantes preferido por lo que puede completar todo el ciclo en estos sin necesidad de
moverse a otra especie.
En general, vuelan hasta 5 km pero pueden llegar a alcanzar distancias de
más de 100 km en un día y es un buen caminador.
Los huevos son de forma elíptica, miden 1,6 mm x 1,3 mm, de color amarillo
claro a amarillo rojizo con unas espinas diminutas que forman líneas finas.
Se los encuentra fijados a la parte inferior de las hojas, en conjuntos de 20 a
30 huevos, uno al lado de otro.
Las ninfas pasan por 5 estadíos variando en tamaño desde la primera etapa
en la que mide 2,4 mm hasta la quinta etapa donde miden 12 mm de longitud.
Los ojos son de color rojo oscuro. El abdomen es de color amarillo rojizo en

13

�la primera etapa y progresa a color blanco opaco con manchas rojizas en la
quinta etapa. Las patas, cabezas y el tórax son de color negro. Tienen, además, unas púas o espinas localizadas en el fémur, ante cada ojo y varias en
los márgenes laterales del tórax.
Los adultos miden aproximadamente 17 mm de largo y tienen tonos de color
marrón sobre las superficies superior e inferior de sus cuerpos. Al igual que
otras chinches, tienen forma de escudo y casi el mismo ancho que el largo.
H. halys posee unas bandas claras en las antenas y otras más oscuras en las
membranas que están montadas sobre la parte trasera del par de alas frontales. Tienen depresiones pequeñas y redondas de color cobre o azul metálico sobre la cabeza y el pronotum.

Material audiovisual

14

�6. Nematodo blanco de la papa y nematodo
dorado de la papa
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Globodera pallida y Globodera rostochiensis.

	 •	

Tipo: nematodo.

	 •	

Afecta a: papa.

	 •	

Daño que ocasiona: estos nematodos penetran las raíces y disminuyen la disponibilidad de nutrientes para un adecuado desarrollo de la planta. Pueden reducir el rendimiento de los cultivos
entre un 20% y un 70%.

	 •	

Dispersión: por movimiento de papa semilla, plantas, suelo, herramientas, equipos y maquinaria agrícola contaminados con los
quistes que pueden contener entre 300 y 500 huevos cada uno.

Descripción biológica
El nematodo quiste blanco de la papa es endoparásito sedentario y presenta
un notable dimorfismo sexual. Al crecer, la hembra comienza a tomar forma
esférica y los machos se mantienen vermiformes. Los machos son relativamente más abundantes cuando las condiciones ambientales son pobres ya
que demandan menos alimento que las hembras porque no se alimentan
durante el estadio de vida libre. El macho vermiforme tiene una vida corta de
10 días y durante este periodo, se aparea con tantas hembras como le sea
posible. Es una especie anfimíctica (tipo de reproducción que se desarrolla
cuando las poblaciones de machos son mayores a las hembras). Presenta
cuatro mudas y cuatro estadios juveniles. El juvenil del segundo estadio es
la forma resistente e infectiva; se encuentra dentro del quiste o en el suelo,
y es el que invade la raíz. En ausencia de un hospedero, el juvenil puede permanecer en el quiste por 8 o más años. Cada quiste contiene alrededor de
500 huevos y permanece en el suelo después de la muerte del hospedador,
generalmente en los 30 cm de profundidad. Los juveniles, estimulados por
las exudaciones de las raíces del hospedero, salen del quiste y entran a la
raíz en la zona anterior al ápice de la raíz o en la zona de las raíces laterales
en formación; también penetran en los tubérculos. Los juveniles se mueven
hacia la parte anterior de la raíz y comienzan a alimentarse de un grupo de
células del periciclo, la corteza o endodermis, las cuales se modifican en
células transfer, denominada sincitio, desde donde se desarrollan hasta la
madurez sexual.
El sexo está determinado por la nutrición: con suficiente alimento se forman
hembras y con poco alimento, machos. La hembra adulta se engrosa, rompe
los tejidos de la corteza y deja la parte posterior del cuerpo fuera de la raíz.
Los machos que están dentro de la exuvia salen y encuentran a la hembra
atraídos por las secreciones de esta. Después de la puesta, la hembra deja
de alimentarse y muere, y su cuerpo se endurece, formando el quiste. El
ciclo biológico dura alrededor de 5 a 7 semanas, dependiendo de la temperatura, humedad y otros factores, y solo se produce una generación por año.

15

�La actividad de los juveniles comienza con temperaturas de 10 °C y a 16 °C
comienzan a invadir la raíz; la actividad cesa a 40 °C.
Mediante estímulos de las plantas hospederas, hay una eclosión del 80 %
de los huevos; en condiciones no favorables, se ha observado una eclosión
espontánea anual del 20 %, dependiendo del tipo de suelo y la temperatura.
La longitud del día influye en la eclosión del huevo, la cual es más rápida en
donde los hospederos tienen más luz continua que horas prolongadas de
oscuridad.

Material audiovisual

16

�7. Caracol gigante africano
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Lissachatina fulica.

	 •	

Tipo: molusco.

	 •	

Afecta a: gran variedad de cultivos.

	 •	

Daño que ocasiona: además del impacto sobre la agricultura,
también puede transmitir parásitos perjudiciales para las personas, a través de su baba; asimismo, compite con especies nativas
de caracoles, que deben ser preservadas.

	 •	

Dispersión: mediante el movimiento de plantas, tierra y otros elementos en los que se refugia o deposita sus huevos.

Descripción biológica
Se considera como una de las peores plagas de caracoles a nivel mundial,
tanto por su efecto devastador sobre cultivos de gran variedad de especies,
como por ser transmisor de parásitos peligrosos para la salud humana. Por
otra parte, desde el punto de vista ecológico, su alta voracidad produce un
desequilibrio ecológico de los ecosistemas, allí donde es introducido.
La conchilla es de tamaño grande (hasta 20 cm de largo), oval, oblonga, de
color crema con bandas radiales castañas que se desorganizan a modo de
flámulas y, a veces, bandas blanco-amarillentas espirales en la parte inferior
de la última vuelta; de paredes no muy gruesas, algo quebradiza, con líneas
de crecimiento suaves y frecuentes cicatrices; posee 7 a 8 vueltas convexas;
sin ombligo; conchilla embrionaria (protoconcha) lisa, de color blanco; interior de las vueltas de tonalidad violácea; abertura cercana a la mitad de la
altura; la espira (conjunto de las vueltas a excepción de la última) en alargada, color café con marcas o bandas longitudinales oscuras e irregulares. Los
juveniles son más claros con bandas amarillentas.
Es una especie tropical y subtropical que vive en zonas cálidas, húmedas
algo áridas. Posee una elevada capacidad de adaptación a diferentes hábitat y condiciones ambientales, por ello se lo puede encontrar en una amplia
diversidad de ambientes tales como zonas boscosas naturales o antrópicas,
zonas agrícolas, zonas ribereñas, matorrales, zonas urbanas y periurbanas.
Es una especie de hábito nocturno y prefiere sitios húmedos y sombríos.
Pasa las horas del día enterrando en la tierra.
Pueden vivir de 5 a 9 años. Son hermafroditas con fecundación cruzada obligatoria. La autofecundación puede existir, pero no es lo común. Es una especie ovípara. La madurez sexual se alcanza entre los 5-15 meses de vida
dependiendo de la temperatura ambiental.
Durante el período de reproducción pueden realizar hasta 6 copulaciones en
dos meses. Con la ayuda de la parte anterior del pie el caracol excava y construye un nido, no muy profundo, donde deposita los huevos en aglomeraciones. Oviponen en promedio 200 a 300 huevos por puesta y pueden oviponer
5 a 6 veces por año. Se estima que ponen en promedio 1200 huevos por año.

17

�Los huevos son redondos y miden de 4.5 a 5.5 mm de diámetro. Eclosionan
cuando la temperatura ambiental en mayor a 15 ºC. La tasa de fertilidad disminuye progresivamente en el segundo año de vida.

Material audiovisual

18

�8. Marchitez del banano
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Fusarium oxisporum f. sp. cubense Raza 4 Tropical.

	 •	

Tipo: hongo.

	 •	

Afecta a: bananos y plátanos.

	 •	

Daño que ocasiona: a medida que la enfermedad progresa, las
hojas cuelgan y forman una falda alrededor de la parte inferior de
la planta; en estados avanzados, la enfermedad puede provocar la
muerte de la planta.

	 •	

Dispersión: por agua de riego o lluvia, por utilización en distintas
plantaciones de herramientas y maquinaria sin desinfestación y
por circulación de personal entre lotes contaminados y sanos.

Descripción biológica
Es un hongo habitante de suelo perteneciente a la clase ascomycetes, que
forma tres tipos de esporas: macroconidios, microconidios y clamidosporas.
Fusarium oxysporum f.sp. cubense presenta cuatro razas. La raza 4 es la que
evolucionó más recientemente y la más virulenta, e infecta a bananos tanto
del grupo Cavendish (AAA) como a los cultivares susceptibles de Gros Michel
(AAA) y Manzano (AAB) y Bluggoe (ABB).
La raza 4 Tropical (RT4) de Fusarium oxysporum f.sp. cubense (Foc) es actualmente una de las mayores preocupaciones del cultivo de bananos y plátanos
en el mundo. Tal preocupación viene dada porque la mayor parte de las variedades, incluyendo las del grupo Cavendish, son susceptibles. Esta raza ha
provocado pérdidas considerables en Taiwán, Indonesia, Malasia y el norte
de Australia.
Fusarium oxysporum f. sp cubense es un patógeno del suelo, que ataca los
haces vasculares, e impide la normal traslocación de agua y nutrientes. Todas las razas producen síntomas similares, de amarillamiento de hojas y
marchitez.
El primer síntoma externo de marchitez por Fusarium es el amarilleo de las
hojas más viejas. A medida que la enfermedad progresa, las hojas se caen y
forman una falda de hojas muertas alrededor de la parte inferior de la planta.
Una vez establecido en una plantación, se propaga fácilmente y permanece
viable en el suelo durante décadas.
Internamente, haciendo un corte transversal del pseudotallo, se observa necrosis y taponamiento de los haces vasculares.

19

�Material audiovisual

20

�9. Barrenador polífago
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Euwallacea fornicatus.

	 •	

Tipo: insecto.

	 •	

Afecta a: árboles de la familia Fagaceae (como roble y haya), plantas de la familia Lauraceae (como la palta) y otras maderas duras.

	 •	

Daño que ocasiona: la hembra perfora la corteza de los árboles
–especialmente en el tronco y las ramas gruesas– para depositar
sus huevos, lo que debilita las ramas y las hace más vulnerables
a la rotura y a la entrada de enfermedades y plagas; una vez eclosionados los huevos, los diferentes estadios de larva se alimentan
dentro del mismo a través de galerías que se expanden a medida
que dichas larvas crecen.

	 •	

Dispersión: a través de material vegetal infestado, aunque también puede desplazarse a distancias cortas volando y alcanzar
unos pocos cientos de metros al año.

Descripción biológica
Es un escarabajo polífago originario del sudeste de Asia, las hembras son de
color marrón oscuro o negro, miden entre 2,2 a 2,5 mm de largo. Los machos
son de color marrón y aproximadamente de 1,5 mm de largo. El ciclo completo se desarrolla en 4 fases: huevo, larva, pupa y adulto. Su longevidad es
de aproximadamente 42 días. Los huevos permanecen en grupos dentro de
las galerías de las ramas, son blancos y de forma ovalada, mide 0,23 mm de
largo y tardan de 7 a 8 días en eclosionar.
Las larvas del primer estadio son blancas y se alimentan dentro de las galerías; miden 0,92 mm de largo por 0,37 de ancho y permanecen en este estado larvario 5,5 días. Las de segundo estadio también son de color blanco,
se alimenta dentro de la galería y miden de 1,30 por 0,44 mm y el periodo de
desarrollo es de 6,8 días. Las del tercer estadio son más transparentes, ligeramente amarillentas y la cabeza alcanza mayores dimensiones, mide 1,80
mm de longitud por 0,60 mm y el periodo de desarrollo es de 6 días. Las larvas pupan dentro de las galerías de pequeñas ramas. Las pupas son de color
marrón amarillento y miden 1,97 por 0,97 mm. El periodo de permanencia en
estado de pupa es de 10 días.
Los agujeros del escarabajo penetran de 1 a 4 cm en la madera, de forma
recta. Con frecuencia hay muchos agujeros de salida en un árbol infestado.
El daño producido conduce al debilitamiento de dichas ramas y su rotura,
favoreciendo puntos de entrada de enfermedades u otras plagas.
Esta plaga puede viajar en cortas distancias volando. Su principal medio de
dispersión es el material vegetal infestado.

21

�Material audiovisual

22

�10. Ácaro rojo de las palmas
Ficha técnica
	 •	

Nombre científico: Raoiella indica.

	 •	

Tipo: ácaro.

	 •	

Afecta a: palmeras, plátanos y bananos.

	 •	

Daño que ocasiona: manchas amarillas y muerte del tejido vegetal afectado.

	 •	

Dispersión: se dispersa a través del viento, por el traslado de
plantas infestadas y por personas que estuvieron en contacto con
material infestado.

Descripción biológica
Es un ácaro de coloración rojiza de forma oval y aplanada. Se caracteriza por
la presencia de setas alargadas en forma de espátulas en el dorso.
Los machos se distinguen de las hembras por la parte terminal del abdomen
en forma triangular a diferencia de la hembra que es redondo. Las hembras
adultas miden, aproximadamente, 0,29 a 0,30 mm, incluyendo los palpos,
en cambio los machos miden 0,21mm. Todos los estadios son rojizos, sin
embargo las hembras adultas presentan áreas oscuras en el abdomen. Los
niveles poblacionales de están influenciados fundamentalmente por la humedad relativa, las temperaturas y el fotoperiodo. Normalmente, el ciclo de
vida de huevo a adulto requiere 23 a 28 días para las hembras y 20 a 22 días
para los machos.
Los ácaros pueden estar presentes por varias semanas antes de que los síntomas sean visibles. Se encuentran alimentándose en grupos sobre la superficie del tercio inferior de las hojas, apareciendo puntuaciones amarillas
que confluyen formando una mancha de mayor tamaño.
Son fácilmente observables sobre las hojas verdes pero también se los puede ver en las frutas y otras partes de la planta.
Las plantas jóvenes son las más atacadas y los daños más evidentes son en
las hojas viejas que se tornan de color amarillo y pueden llegar a secarse
completamente.
Al color amarillo de las hojas, le sigue el aborto de las flores y la disminución
del tamaño de las copas.
El daño causado por el proceso de alimentación en los dos lados de la nervadura del foliolo hace que este se doble, mientras los ácaros permanecen
protegidos en el interior del foliolo doblado.
Los niveles poblacionales de Raoiella indica están influenciados fundamentalmente por la humedad relativa, las temperaturas y el fotoperiodo. Las
condiciones óptimas de temperatura para el desarrollo son de 24.2 ºC en
verano y 17.9 ºC en invierno, como así también baja humedad relativa y fotoperiodos largos.

23

�Material audiovisual

24

�Comunicación de detecciones de plagas
¿Qué es el SINAVIMO?
El Sistema Nacional de Vigilancia y Monitoreo de plagas (SINAVIMO) es una
de las principales herramientas de la Dirección de Información Estratégica
Fitosanitaria (DIEF), perteneciente al Senasa. Es el portal oficial de información fitosanitaria de la República Argentina y contribuye a los principios
de transparencia y cooperación internacional establecidos por la Convención
Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF).
El SINAVIMO permite recolectar, sistematizar y proveer información respecto
a la condición (presencia o ausencia) de las plagas y su relación con los principales cultivos y productos vegetales en el territorio nacional. Sus contenidos son respaldados por una red de expertos vinculados a la protección fitosanitaria y son actualizados permanentemente por los agentes de la DIEF,
lo cual resulta en el SINAVIMO como una herramienta dinámica y eficaz que
permite sustentar las declaraciones de Argentina en el marco de las negociaciones internacionales y brindar apoyo para la toma de decisiones.
La información disponible es de acceso libre y gratuito y puede visualizarse
desde cualquier parte del mundo a través del sitio web www.sinavimo.gob.ar.

Consideraciones importantes
La Resolución Senasa 778/2004 establece que todo organismo de investigación, privado u oficial, vinculado al área fitosanitaria en el territorio argentino, debe comunicar al Sinavimo la detección o caracterización de nuevas
plagas de vegetales (tanto cuarentenarias como no cuarentenarias) a través
del formulario de comunicación de primeras detecciones y antes de divulgar el hallazgo por cualquier medio.
Es importante destacar que la comunicación de una detección no impide la
publicación de la investigación o el reconocimiento de la autoría del descubrimiento. La información recibida es de carácter confidencial hasta tanto
sea publicada por su autor. Una vez analizada, el Senasa puede requerir más
detalles si es necesario.

Cómo notificar
Para consultas sobre plagas, escribir al correo electrónico de la Dirección
de Información Estratégica Fitosanitaria, dief@senasa.gob.ar. 
Para notificaciones, completar el formulario del sitio web del Sistema Nacional de Vigilancia y Monitoreo de plagas (SINAVIMO).
Según la evaluación del caso, puede ser necesario que personal del Senasa
tome una muestra para su identificación en laboratorio.

25

�Contacto
Dirección de Información Estratégica Fitosanitaria
Correo electrónico: dief@senasa.gob.ar
Teléfono: (011) 4121-6672

26

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                <text>Contiene fichas técnicas y descripción biológica de 10 plagas que afectan diversos cultivos,  para facilitar su identificación. Destinada a investigadores, productores, asesores (y todas aquellas personas que estén en contacto directo con los cultivos) con el fin de que comuniquen la presencia de enfermedades o plagas que difieran de las problemáticas fitosanitarias habituales y puedan ser nuevas para el  país, para la zona o para el cultivo afectado.&#13;
</text>
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                <text>Introducción &#13;
Objetivo &#13;
Plagas priorizadas &#13;
Picudo rojo &#13;
Jopo &#13;
Polilla esponjosa &#13;
Gorgojo khapra &#13;
Chinche apestosa &#13;
Nematodo blanco de la papa y nematodo dorado de la papa &#13;
Caracol gigante africano &#13;
Marchitez del banano &#13;
Barrenador polífago &#13;
Ácaro rojo de las palmas &#13;
Comunicación de detecciones de plagas &#13;
¿Qué es el SINAVIMO? &#13;
Consideraciones importantes &#13;
Cómo notificar &#13;
Contacto&#13;
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        <name>Control de Plagas</name>
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                    <text>INSTRUCTIVO

Carga del acta
de toma de muestras
en SIGATM

�El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es un organismo descentralizado,
responsable de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal, vegetal y de la
inocuidad de los alimentos de su competencia, así como de verificar el cumplimiento de la normativa
vigente en la materia.
Equipos de trabajo
Dirección Nacional de Sanidad Animal
Coordinación General de Comunicación Institucional

Edición 2025

�Índice

Introducción	

4

Objetivo

4

Carga en el sistema

4

Consideraciones previas

4

Ingreso

5

Carga de múltiples muestras

11

Ensayos

15

Laboratorio de destino

16

Visualización de actas
Creación de remitos

17
19

Preparación de remitos

19

Despacho de remitos

21

Contacto

22

�Introducción
El Sistema Integral de Gestión de Acta de Toma de Muestra (SIGATM) permite
vincular de manera automática las actas con el sistema de Gestión de Resultados y Certificados de laboratorios de red (GRECERT), de forma tal que agiliza
el procesamiento de las muestras y el flujo de información. Como resultado, el
SIGATM optimiza los procesos de certificación, mejorando la eficiencia en los
diagnósticos y la comunicación de resultados en tiempo real.

Objetivo
El presente instructivo tiene como objetivo proporcionar información a los veterinarios y técnicos acreditados en los respectivos programas sanitarios de la
Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa sobre el procedimiento para
cargar digitalmente el acta de toma de muestras en el SIGATM. Se trata de un
instructivo genérico destinado al uso correcto del SIGATM, para la confección
y carga del acta digital.

Carga en el sistema
Consideraciones previas
Para ingresar al SIGATM, el usuario debe dirigirse al sitio web de la Agencia de
Recaudación y Control Aduanero (ARCA)1 y acceder con clave fiscal.

ex-AFIP

1

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

4

�Allí deberá contar con el servicio del Senasa “SIGATM” vinculado. De lo contrario, se deberá buscar en la página principal el servicio y luego hacer clic en
“Agregar”.

Una vez vinculado el servicio, el acreditado podrá acceder al Sistema a través
del botón visualizado en la siguiente pantalla.

Se recuerda que, al momento de ingresar al SIGATM, el veterinario y/o técnico debe contar con alguna acreditación vigente. De lo contario, el sistema no permitirá el ingreso.

Ingreso
Un vez que haya ingresado, el usuario deberá dirigirse al apartado “Actas
DNSA” y generar “Nueva Acta”.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

5

�Posteriormente, se deberá seleccionar en la sección “Área” –a través del botón desplegable– el programa para el cual quiera cargar el acta. Allí se podrán
visualizar los programas con los que el usuario cuenta con la acreditación
vigente (ver imagen 3).

En la siguiente pantalla, el sistema mostrará una serie de campos que el
acreditado deberá completar, de acuerdo a lo requerido.

Consideraciones de los campos para completar
a. En “Motivo de Muestreo” y “Submotivo de Muestreo”, seleccionar el
que corresponda.
b. El “Número de Acta” será asignado automáticamente, luego de generar el acta.
c. La “Fecha de Alta” se genera automáticamente (es el día en que se dio
de alta el Acta).
d. El “Responsable de Toma de Muestras” se genera de forma automática
(es el usuario que ingresó con su C.U.I.T. y clave fiscal).
e. La “Fecha de Toma de Muestra” corresponde al día en que se tomó la
muestra.
f. En Usuario GDE/Documento GDE, no se debe completar es de uso para
agentes oficiales.
g. “Observaciones”: Campo libre de escritura. Si las muestras son remitidas a laboratorios del Senasa, el usuario deberá indicar su nombre,
apellido, teléfono y correo electrónico para poder recibir el informe de
resultados.
Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

6

�Posteriormente, se deberán seleccionar los siguientes ítems:
• En el menú desplegable “Lugar de Toma de Muestras” se deberá elegir
una opción, según corresponda (ver imagen 5).
En la mayoría de los casos deberá elegir la opción “Unidad productiva”, ya que
es el Renspa (Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios) que
posee la barra (/) identificatoria del titular.

Si posee número de Renspa, se deberá agregarlo en el espacio indicado y hacer
clic en la lupa . Luego, se desplegarán automáticamente los datos asociados
al registro.

Si se desconoce el número de Renspa o existen dudas sobre el mismo, hacer
clic en el ícono del cuadro
. El sistema abrirá un buscador que permite indicar el nombre del campo, del titular, o parte del número de Renspa.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

7

�Al finalizar, se desplegarán los datos del Renspa.

Es posible detallar el responsable privado y cargo, aunque no es un dato obligatorio.

Si el origen de los animales es distinto al lugar de la toma de muestra, se deberá
hacer clic en “Otro lugar”. Esta situación suele presentarse en cuestiones de
comercio exterior.
Luego, se deberán completar los datos del: “Origen del Lote/Tipo De Establecimiento/Expediente (Comercio Exterior).”

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

8

�A continuación, completar la Naturaleza del lote o muestra, indicando la especie y la
matriz, correspondiente al tipo de muestra.

a. Hacer clic en “Seleccionar Especie” e indicar con la
ponda.

la opción que corres-

b. En las opciones desplegables de “Matriz”, seleccionar el tipo de material que
será utilizado para el diagnóstico. El menú solo permite la carga de muestras
a partir de un único tipo de matriz. Si se trata de más de una, se deben realizar
actas por separado.
Ejemplo: suero para brucelosis y leche para PAL deben ir en actas separadas. La selección
de la matriz condicionará el tipo de técnicas diagnósticas que se desplegarán
luego.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

9

�Luego, se deberán cargar los datos de las muestras. Seleccionar “Muestras
y submuestras” y hacer clic en el botón azul “Agregar Muestra”. Esta opción
permite la carga de muestras de manera individual (una a la vez).

Para detallar los datos solicitados de cada muestra, se abrirá un cuadro denominado “Ítem de muestra”. El usuario deberá completar todos los campos y, al
finalizar, hacer clic en “Grabar”.

* Los campos marcados con asteriscos son obligatorios.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

10

�Si alguno de los ítems no corresponde con la naturaleza de la muestra, se deberá
seleccionar “No aplica” o “N/A”.

Carga de múltiples muestras
Esta opción permite la carga de las muestras a través de una plantilla de Excel,
lo cual resulta útil para simplificar el trabajo cuando se trata de muchos animales. Para iniciar el proceso, se deberán descargar las siguientes dos plantillas
que se visualizan en pantalla:
• “Descargar plantilla para incorporar muestras (xls)”.
• “Códigos para completar la plantilla de muestras (xls)” (esta última es necesaria para elaborar la planilla anterior).

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

11

�Una vez descargado el archivo, el usuario deberá guardarlo, habilitar su edición y
completar los datos solicitados, sin alterar ni modificar los encabezados.

Consideraciones:

Las columnas “Número de tubo/muestra”, “Animal muestreado”, “Tipo identificación”, “Identificador”,
“Categoría” y “Edad” son campos obligatorios. Si por la naturaleza de la muestra no corresponde,
se deberá completar con el código correspondiente a “No Aplica” o “N/A”.
Las columnas no obligatorias como “Fecha de Vacunación” y “Observaciones” podrán dejarse en blanco
si no corresponde a la naturaleza de la muestra.

La plantilla de Excel solicita los datos que se visualizan en la siguiente imagen:

Completar la plantilla con los siguientes datos:
a. Número de tubo/muestra. Indicar el número del tubo/muestra. Se recuerda que el acreditado que tome la muestra deberá rotular con un número el
tubo o la muestra que remitirá. Ejemplo: tubo 1, tubo 2, tubo 3, etc.
b. Animal muestreado. Allí debe completarse el estado del animal (animal
sano/enfermo/hallado muerto/no aplica), según la tabla códigos.
c. Tipo identificación. Indicar el código numérico, según la tabla códigos.
d. Identificador. Agregar número del lote, caravana, nombre, etc., que forma
parte de la identificación del animal.
e. Categoría. Completar con el código numérico, según la tabla códigos.
f. Edad. Agregar el código numérico, según la tabla de códigos.
g. Fecha vacunación. Completar este campo si corresponde. De lo contrario,
dejar en blanco sin borrar la columna.
h. Observaciones. Si corresponde, agregar observaciones o comentarios que
tengan que ver con la muestra. De lo contrario, dejar en blanco sin borrar la
columna.
La tabla de códigos contiene cuatro solapas.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

12

�Para visualizar los códigos, en la solapa “Tipos de Identificación Animal” se encuentra el cuadro con los números correspondientes a este tipo de identificación.
Por ejemplo, el N.° 1 deberá utilizarse para indicar que la identificación del animal es una caravana.

En la solapa “Categorías por especie” deberán aplicarse los filtros preestablecidos, indicando especie o área para identificar el código correspondiente a la
categoría. Por ejemplo: el N.° 7 es el código para la categoría vaca de la especie
bovina.

En la solapa “Edades” deberán aplicarse los filtros de especie o área, necesarios para identificar el código correspondiente a la edad. Por ejemplo, el N.° 10
es el código de No Aplica (N/A) para la especie bovina, en situaciones donde no
se cuenta con el dato.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

13

�En la solapa “Animal Muestreado” se encuentran las opciones para indicar el
código, según el estado del animal. Por ejemplo, el código N.° 2 corresponde a
Animal sano.

Una vez completada la plantilla del Excel, se deberá guardar el archivo y subirlo
al sistema, haciendo clic en “Subir archivo de muestras”. De esta manera, se
cargarán todas las filas de los ítems de muestras.

Una vez cargadas las muestras de forma individual o por medio de la plantilla de
Excel, la pantalla deberá visualizarse de la siguiente manera:

Si el usuario requiere modificar o eliminar algún dato de la/s muestra/s, podrá
hacerlo antes de finalizar el acta, utilizando los ítems de edición o borrar .

El sistema indicará error si no se cargan correctamente los códigos, se incorporan
letras en lugar de números o se eliminan columnas.
Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

14

�Ensayos
Dentro del apartado “Ensayos”, en el menú desplegable “Grupo de análisis”, el acreditado deberá seleccionar las pruebas diagnósticas requeridas
para la matriz elegida.

Para el caso de brucelosis, seleccionar siempre la opción “Diagnostico de brucelosis
en suero y leche”, ya que corresponde únicamente a laboratorios privados. La opción
“Diagnóstico de Brucelosis” es exclusiva para laboratorios del Senasa.
Una vez seleccionado el grupo de análisis, se desplegarán las técnicas diagnósticas asociadas a la matriz, donde podrá indicarse más de una. Luego,
hacer clic en el botón “Asignar” para confirmar el ensayo.

Una vez asignadas, aparecerán listados los ensayos seleccionados. De ser
necesario, el usuario podrá modificar el listado, seleccionando y eliminándolo individualmente con el ícono .

Al indicar los ensayos, se deberá considerar que luego, en la selección del Laboratorio de
Red de destino, solo se visualizará en el listado aquellos laboratorios que tengan habilitada
y disponible dicha técnica. Si no se encuentra el laboratorio deseado, se deberán borrar las
técnicas diagnósticas seleccionadas y asignar solo una. Por ejemplo, BPAT.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

15

�Laboratorio de destino
En el apartado “Laboratorio”, el usuario deberá seleccionar el laboratorio al
cual se enviarán las muestras. Si el laboratorio seleccionado es del Senasa,
el veterinario deberá generar un remito para que el laboratorio oficial pueda
recibir el acta a través del sistema (ver apartado de Creación de remitos).

Consideraciones para la finalización de la carga
a. Si hace clic en el botón “Cancelar” borrará todo lo efectuado.
b. El botón “Grabar borrador” permite guardar el acta como borrador
y continuar luego con la confección del acta, pudiendo modificar los datos previamente guardados. Esta opción de guardado puede realizarse en
cualquier momento durante la confección del acta.
c. La opción “Finalizar” completa el Acta de Toma de Muestra, permitiendo que el
número de acta asignado suba al sistema. Solo al poner finalizar el laboratorio de destino podrá recuperar el acta en su propio sistema.

Al volver atrás con el navegador o por desconexión de internet se perderán los
datos cargados. Solo si se grabó como borrador se podrá recuperar la información desde el menú principal. Se recomienda grabar frecuentemente a medida
que se avanza en el proceso de confección.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

16

�Visualización de actas
En el menú principal se podrán consultar las actas finalizadas o aquellas
grabadas que se encuentran en estado de preparación (borrador).

Las actas que figuren en preparación podrán editarse haciendo clic en el
ícono , copiarse o imprimirse en formato PDF.
Las actas que figuren como finalizadas no podrán editarse. Únicamente podrán visualizarse, copiarse o imprimirse en formato PDF; o bien imprimir el
talón. Este último se utiliza para agregarlo a las muestras que corresponden
al acta.

Aunque la posibilidad esté disponible, no es necesario imprimir el
acta completa para acompañar las muestras.
Cuando sean despachadas o entregadas al Laboratorio de Red, las muestras
físicas deberán ir acompañadas del número de acta entregado al finalizar el
proceso de carga en el sistema.

Contar con este número es fundamental, ya que será el que utilice el laboratorio para incorporar la información del acta digital en sus sistemas (ver
diagrama).
Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

17

�MÓDULO ACTAS DNSA

Imprimir Acta borrador
para llevar al establecimiento
en caso de ser necesario

INICIO

Grabar borrador
Completar los datos
del acta

Generar el acta

LLEGADA AL LABORATORIO

REMISIÓN DE MUESTRAS

Finalizar

Enviar las muestras
al laboratorio de red

Laboratorio

Imprimir el Talón y adjuntar
a la caja donde se envían
las muestras, correspondientes
a ese Nº de Acta.

Recepción de muestras y talón
con su Nº de Acta de SIGATM

FIN

Se recomienda consultar los manuales de los programas sanitarios, a fin de verificar
los motivos, submotivos y otros datos particulares de cada programa.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

18

�Creación de remitos
Envíos al laboratorio oficial de Martínez
Una vez que el acta figure con el estado “Pendiente de despacho” (color
naranja), el usuario deberá gestionar el remito. Para ello, deberá ingresar en
la opción “Laboratorio” .

Posteriormente, deberá seleccionar el botón “Remitos”, donde se desplegarán las opciones “Preparación de remitos” y “Despacho de remitos”.

Preparación de remitos
Al ingresar en esta opción, el usuario deberá hacer clic en el botón “+Agregar Remito” en el margen superior de la pantalla.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

19

�En la pantalla emergente se deberá indicar el laboratorio de destino “Senasa
– Dirección General de Laboratorios y Control Técnico” (Laboratorio oficial de
Senasa de Martínez) y seleccionar el botón “Guardar”.

Posteriormente, aparecerá un cartel en rojo con la leyenda “No existen actas vinculadas”. Para asociar un acta al remito, el usuario deberá tildarla en
el cuadro de selección
e ingresa la opción “Agregar actas al Remito” (se
pueden incluir más de una al remito).

El o las acta/s seleccionada/s pasarán a estar ubicada en el apartado de “Actas incluidas en el remito”.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

20

�Finalizada esta acción se podrá seleccionar “Preparar despacho” para continuar directamente con el Despacho de Remitos. Con la opción “Guardar” se
podrán mantener los registros sin enviar.

Despacho de remitos
En esta última instancia, se deberá completar el remito e indicar los datos del
transporte, una vez que la empresa haya despachado las muestras. Para ello,
el agente deberá ingresar a “Remitos” y luego en “Despacho de remitos”.
Allí podrá visualizar que el estado del remito se encuentra en “Preparado”.

El usuario deberá seleccionar el botón del lápiz
rrespondientes a la “Información de Despacho”.

y completar los datos co-

Es importante indicar si la entrega de la muestra se realiza en el laboratorio
o en la empresa transportista

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

21

�Posteriormente, el usuario deberá ingresar la opción “Despachar”.

Luego, en el apartado de “Actas”, se visualizará el listado de las despachadas. En este caso, el acta deberá identificarse con el estado de “Remitida”
para confirmar que fue enviada correctamente.

Finalmente, se deberá imprimir el remito con el código QR haciendo clic en el
ícono de PDF para acompañar las muestras al Laboratorio.

Contacto
Para consultas, comunicarse con Mesa de Ayuda a través del correo electrónico sigatmayuda@senasa.gob.ar
Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

22

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                <text>El presente instructivo tiene como objetivo proporcionar información a los ve-&#13;
terinarios y técnicos acreditados en los respectivos programas sanitarios de la&#13;
Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa sobre el procedimiento para cargar digitalmente el acta de toma de muestras en el Sistema Integral de Gestión de Acta de Toma de Muestra (SIGATM). Dicho sistema permite vincular de manera automática las actas con el sistema de Gestión de Resultados y Certificados de laboratorios de red (GRECERT)</text>
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                <text>Introducción&#13;
Objetivo&#13;
Carga en el sistema&#13;
Consideraciones previas&#13;
Ingreso&#13;
Carga de múltiples muestras&#13;
Ensayos&#13;
Laboratorio de destino&#13;
Visualización de actas&#13;
Creación de remitos&#13;
Preparación de remitos&#13;
Despacho de remitos&#13;
Contacto</text>
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                    <text>INSTRUCTIVO

Receta electrónica
veterinaria
Procedimiento para prescribir productos veterinarios

�El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es un organismo descentralizado, responsable de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal, vegetal y
de la inocuidad de los alimentos de su competencia, así como de verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la materia.
Equipos de trabajo

Dirección Nacional de Sanidad Animal
Dirección de Productos Veterinarios
Coordinación General de Comunicación Institucional
Edición 2025

�Índice

Contenido
Introducción

3

Objetivo

3

1. Requisitos previos

3

2. Registro

5

3. Receta electrónica	

12

4. Descarga de la receta

15

Contacto

16

Anexos

16

�Introducción
El presente instructivo está dirigido a veterinarios matriculados y tiene como
finalidad brindar una guía clara y detallada para la elaboración de una receta electrónica veterinaria, requerida específicamente para la prescripción de
productos que están bajo las categorías I, II y III de Res. Senasa N.° 11/2025.
Esta herramienta informática fue desarrollada con el objetivo de garantizar la
trazabilidad de los medicamentos veterinarios que, de acuerdo a la categoría
de venta la dispensación, debe ser bajo esta herramienta, promoviendo además el uso responsable y consciente de los medicamentos.
Mediante las Resoluciones Senasa N.° 80/2025 y 461/2025, se incorporó la
obligatoriedad de registrar las prescripciones de ciertos medicamentos mediante la receta electrónica veterinaria, medida que busca asegurar la trazabilidad en toda la cadena de comercialización, desde la fabricación hasta
la adquisición final del producto. En este contexto, todos los veterinarios que
prescriban estos productos deberán utilizar obligatoriamente la receta electrónica como único formato válido para su indicación.

Objetivo
El presente instructivo está dirigido a veterinarios matriculados y tiene como
finalidad brindar una guía clara y detallada para la elaboración de una receta electrónica veterinaria, requerida específicamente para la prescripción de
productos que contengan Fosfomicina o Polimixina B.

1. Requisitos previos
Antes de comenzar, es necesario que el profesional se asegure contar con la
matrícula vigente y habilitado como veterinario por el colegio o consejo profesional de su jurisdicción, de acuerdo a la Ley N° 14.072.
Para poder realizar una receta electrónica, el usuario deberá dirigirse al sitio web de
la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)1 e ingresar con clave fiscal.

Imagen 1
1

Ex-AFIP
INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

4

�Luego, deberá acceder al servicio “SIGTRÁMITE” del Senasa. Si el profesional
no cuenta con el servicio vinculado, deberá buscar en la página principal el
servicio y luego hacer clic en “Agregar”.

Imagen 2

Una vez vinculado el servicio, el veterinario podrá acceder al sistema a través
del botón visualizado en la siguiente pantalla.

Imagen 3

2. Registro
Al ingresar al Sistema, el veterinario deberá dirigirse al Portal de Trámites.

Imagen 4

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

5

�En esta pantalla se visualizará un buscador, donde el usuario deberá buscar
el trámite de “Receta electrónica” y dirigirse al “186 - Registro veterinarios
para emisión de receta electrónica” y hacer clic en “Iniciar Trámite”.

Imagen 5

Imagen 6

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

6

�Al comenzar la gestión, se le solicitará al usuario agregar un correo electrónico y verificarlo para operar en el sistema.

Imagen 7

Al hacer clic en “Agregar Correos” y completar esta información, el sistema
enviará un mensaje a la dirección de correo electrónico ingresada. El profesional deberá dirigirse a su casilla, ingresar al correo recibido y acceder al
enlace para validar su perfil.

Imagen 8

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

7

�Al ser redirigido al sistema, el usuario deberá ingresar a “Ir a Perfil” y guardar sus datos.

Imagen 9

Imagen 10

Para continuar con el trámite pendiente, el profesional deberá dirigirse al “Inicio” y acceder a la “Bandeja de tareas”.

Imagen 11
INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

8

�Ingresar nuevamente al trámite “186 - Registro veterinarios para emisión
de receta electrónica”, iniciar la gestión y hacer clic en “Completar”.

Imagen 12

Imagen 13

Imagen 14

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

9

�Allí será necesario, por única vez, completar los datos personales y profesionales del veterinario: nombre y apellido, correo electrónico (personal,
preferentemente), teléfono celular, número de matrícula y colegio donde se
encuentra matriculado.

Imagen 15

Si el veterinario cuenta con más de una matrícula,
puede declarar cada una de ellas sin inconvenientes

Para finalizar el formulario, seleccionar la opción “Guardar y Enviar”.

Imagen 16

Luego, ingresando en “Visualizar”, el usuario podrá observar el formulario en
línea y descargarlo en formato PDF.

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

10

�Imagen 17

Imagen 18

Al corroborar que los datos son los correctos, el profesional deberá finalizar el
trámite seleccionando “Enviar el formulario”.

Imagen 19

Si el veterinario quisiera modificar algún dato deberá
comunicarse con su sede regional del Senasa.
INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

11

�3. Receta electrónica
Finalizado el registro, el profesional ya estará en condiciones de emitir su primera receta. La misma puede ser:
Receta de compra: solo es utilizada por los veterinarios que asesoran un RENSPA
determinado. Bajo esta modalidad, los productores agropecuarios podrán adquirir medicamentos, tenerlos en su establecimiento y, ante una situación sanitaria,
el veterinario actuante podrá medicar a ese lote de animales o bien a ese animal.
Receta de aplicación: se debe utilizar para prescribir productos veterinarios
farmacológicos que, de acuerdo al caso clínico, el veterinario receta para que
el usuario pueda adquirir dicho medicamento. El usuario lo puede hacer ingresando al Trámite 187 – Receta electrónica veterinaria (ver imagen 5), hacer clic en “Iniciar Trámite” y comenzar la gestión con la opción “Completar”.

Imagen 20

Imagen 21

Allí se deberán cargar los datos personales del profesional, las patologías
involucradas en la prescripción, el principio activo a recetar (junto a datos de
producto veterinario específico, dosis, periodicidad, duración del tratamiento,
recomendaciones, etc.) e indicar si la receta es para uso en animales de compañía o de producción de alimentos.

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

12

�Imagen 22

Una vez que se completaron todos los datos, el veterinario deberá ingresar
“Guardar y Enviar”.

Imagen 23

Para finalizar la receta y poder descargarla, el usuario deberá concluir el trámite ingresando “Enviar formulario”.

Imagen 24

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

13

�La receta electrónica veterinaria de compra tiene una validez de 60 días, mientras
que la de aplicación tiene 30 días desde su emisión.

En el Apartado “Anexos” el usuario podrán observar ejemplos de recetas
electrónicas finalizadas.

Antes de finalizar la prescripción, el usuario podrá incorporar en la receta los correos electrónicos que considere necesarios (puede ser correo personal, del propietario del animal o de la distribuidora).

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

14

�4. Descarga de la receta
Para descargar la receta veterinaria electrónica en formato PDF, seleccionar
“Descargar documentos” (en caso de que el sistema no le permita la acción,
hacer clic en “refrescar trámite”) y tildar el documento de interés.

Imagen 25

Imagen 26

No importa si la receta se usa o no, el sistema guardará todas las recetas emitidas
y enviará automáticamente la información del formulario al Senasa.

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

15

�5. Contacto
Consultas sobre aspectos operativos y navegación del SIGTrámites:
ayudasigtramites@senasa.gob.ar
Consultas o solicitud de información sobre productos farmacológicos veterinarios:
dpv@senasa.gob.ar

6. Anexos
• Anexo I – Ejemplo receta animales de producción

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

16

�• Anexo II – Ejemplo receta animales de compañía

INSTRUCTIVO. RECETA ELECTRÓNICA VETERINARIA

17

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          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Instructivo. Receta electrónica veterinaria. Procedimiento para prescribir productos veterinarios.</text>
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finalidad brindar una guía clara y detallada para la elaboración de una rece�ta electrónica veterinaria, requerida específicamente para la prescripción de  productos que contengan Fosfomicina o Polimixina B. A fin de garantizar la trazabilidad de estos medicamentos y promover el  uso responsable y consciente de los antimicrobianos.</text>
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Contacto&#13;
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                    <text>DECRETO DE 71178 35
RESUMEN: Establece las disposiciones a las que se deberán ajustar las
HORTALIZAS FRESCAS de exportación. Ver Decreto n° 18.727/38
Buenos Aires, noviembre 20 de 1935
VISTO este expediente N2 96.553/35 y los producidos en el mismo, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario reglamentar la exportación de hortalizas frescas
teniendo en cuenta la experiencia recogida en escala comercial con los
envíos efectuados a diversos países de ultramar;
Que debe facilitarse el desenvolvimiento de este comercio de
exportación y asegurar al mismo tiempo las mejores condiciones de arribo
de estos productos a los consumidores, y
Atento a lo dispuesto en el artículo 12 del Decreto de fecha 16 de
diciembre de 1922, que reglamentó el artículo 22 de la Ley N° 4.863,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1°- Todas las hortalizas frescas para el comercio de
exportación, deberán ajustarse a las disposiciones establecidas en este
decreto.
Artículo 2°.- Los envases que se empleen para las distintas hortalizas
serán nuevos de madera sazonada, seca y limpia o de arpillera nueva, que
no transmitan sabor ni olor al contenido de las medidas que se
determinan para cada especie.
Artículo 3°.- CEBOLLAS
a) Cajón grande para cebollas: Medidas de luz interna: largo 772 mm.
ancho 400 mm. y alto 287 mm. El espesor de los cabezales será de 15
mm. En el interior y en la parte media llevará una división del mismo
espesor de los cabezales. Irá reforzado en los ángulos de los
cabezales y de la división media con listones de 47 mm. de ancho y 12
mm. de espesor. El fondo, tapa y costado dejarán aberturas entre sus
tablas de un máximo de 2 cm. para la adecuada ventilación.
b) Cajón chico para cebollas: Medidas de luz interna: largo 630 mm.,
ancho 400 mm. y alto 180 mm. El espesor de los cabezales será de 15
mm. En el interior y en la parte media llevará una división del mismo
espesor de los cabezales. Irá reforzado en los ángulos de los
cabezales y de la división media con listones de 47 mm. de ancho y 12
mm. de espesor. El fondo, tapa y costado, dejarán aberturas entre sus
tablas de un máximo de 2 cm. para la adecuada ventilación.
c) Bolsa grande de cebollas: Deberá tener una capacidad de 46 a 50 kg. y
ser confeccionada con arpillera de 199 grs. (7 onzas).

�d) Bolsa chica para cebollas: Deberá tener una capacidad de 23 a 25 kg.
y ser confeccionada con arpillera de 199 gr. (7 onzas).
e) Los cajones para cebolla serán asegurados con alambre o bandas de
metal, uno en cada extremo, además de los clavos necesarios para fijar
la tapa. Se establece una tolerancia de 5% para las medidas
correspondientes a los espesores de las maderas y de 1% para las
medidas de los envases.
f) En la parte superior de uno de los cabezales deberá marcarse con
tinta indeleble sobre la madera y con letras no inferiores a 10 mm. el
nombre de la variedad, el diámetro de las unidades que contiene
expresado en centímetros, el peso neto y el grado de selección. Estas
inscripciones deberán ser hechas en inglés o en el idioma y las
medidas del país de destino. Debajo de esa inscripción se fijara el
rótulo, o se marcará a fuego o bien con tinta indeleble, especificando
el nombre del productor o exportador, la especie, el lugar de origen,
la marca y la expresión "Industria Argentina" con letras no inferiores
a 4 mm. o en su defecto el 3% de la altura del rótulo debiendo
contramarcarse en el cabezal opuesto en forma indeleble con la
expresión en idioma extranjero equivalente a la de "Industria
Argentina"
Las bolsas para cebollas deberán llevar la misma inscripción de los
cajones, la que se hará en tinta indeleble y convenientemente
distribuida, de modo que resalte con un tipo mayor de letras la
expresión "Industria Argentina".
g) Dos grados de selección regirán para la cebolla: "Extra Seleccionada"
y "Seleccionada" Se entiende por "Extra Seleccionada" las cebollas que
están bien desarrolladas dentro de las características de la variedad,
bien formadas, de buen color, sanas y limpias y que no estén brotadas.
Se entiende por "Seleccionadas" la cebolla similar a la anterior pero
algo inferior a esa categoría, respecto al color y uniformidad.
h) Cualquiera de los grados de selección, las piezas serán de un tamaño
uniforme dentro de un mismo envase y deberán tener sus tallos
recortados en un largo no mayor de tres (3) centímetros.
Artículo 4°.- AJOS
a) Cajón grande para ajos en ristra: Medidas de luz interna: largo 115
cm., ancho 55 cm., pudiendo variar la altura de 29 a 31 cm. Los
cabezales serán de 20 mm. de espesor. Llevará en la parte interna y en
una distancia de 30 cm. de cada cabezal travesaños de 50 mm. de ancho
y 12 mm. de espesor, colocados sobre los costados, tapa y fondo. Irá
reforzado internamente en los ángulos de los cabezales, con listones
de las mismas medidas indicadas para los travesaños. El fondo, tapa y
costados dejarán aberturas entre sus tablas de un máximo de 2 cm. para
la adecuada ventilación.
b) Cajón chico para ajos en ristra: medidas de luz interna: largo 105
cm., ancho 50 cm. pudiendo variar la altura de 28 a 30 cm. Los
cabezales serán de 20 mm. de espesor.

�Llevará en la parte interna y a una distancia de 30cm. de cada cabezal
travesaños de 50 mm. de ancho y 12 mm. de espesor, colocados sobre los
costados, tapa y fondo. Irá reforzado internamente en los ángulos de los
cabezales con listones de las mismas medidas indicadas para los
travesaños. El fondo, tapa y costados dejarán aberturas entre sus tablas
de un máximo de 2 cm. para la adecuada ventilación.
e) Cajón para ajos en cabezas a granel. Deberá contener un peso neto de
50 kg.
d) Los cajones para ajo, serán asegurados con alambre o bandas de metal,
uno en cada extremo, además de los clavos necesarios para fijar la
tapa. Se establece de una tolerancia de 5% para las medidas
correspondientes a los espesores de las maderas, y de 1% para las
medidas de los envases.
e) En la parte superior de uno de los cabezales deberá marcarse con
tinta indeleble sobre la madera y con letras no inferiores a 10 mm.,
el nombre de la variedad, el número de ristras que contiene o el
diámetro de las cabezas, expresando en centímetros si fueran envasados
a granel, el peso neto y el grado de selección. Estas inscripciones
deberán ser hechas en inglés o en el idioma y las medidas del país de
destino. Debajo de esta inscripción se fijará el rótulo; o se marcará
a fuego, o bien con tinta indeleble, especificando el nombre del
productor o exportador, la especie, el lugar de origen, la marca y la
expresión "Industria Argentina", con letras no inferiores a 4 mm. o en
su defecto el 3% de la altura del rótulo, debiendo contramarcarse en
el cabezal opuesto en forma indeleble con la expresión en idioma
extranjero equivalente a la de "Industria Argentina"
f)Dos grados de selección regirán para los ajos "Extra Seleccionados" y
"Seleccionados". Se entiende por "Extra Seleccionados" los ajos que
estén bien desarrolla dos dentro de las características de la
variedad, bien formados, de buen color compactos, sanos y limpios, y
que no estén brotados. "Seleccionados" será el ajo similar al
anterior, pero algo inferior a esa categoría respecto al color y
uniformidad.
g)Los ajos se acondicionarán en ristras de 100 cabezas, las que serán de
un mismo tamaño en cada ristra. Cuando los ajos vayan a granel, las
cabezas serán de un tamaño uniforme, llevando las raíces cortadas y un
pedazo de tallo de un largo no mayor de 2 cm.
Art. 5º.- ESPARRAGOS
a) Cajón para espárragos. Medidas de luz interna: largo 465 mm., de
ancho en el fondo 280 mm., ancho en la parte superior 245 mm. y alto
237 mm. En el interior y en la parte media llevará una división que,
como los cabezales, será de un espesor de 15 mm. El fondo, tapa y
costados dejarán aberturas entre sus tablas para adecuada ventilación.
b) En la parte superior de uno de los cabezales se inscribirá con
claridad, en tinta indeleble, sobre la madera en letras no inferiores
a 8 mm. el nombre de la variedad, el número de atados, el peso neto de
los mismos y el grado de selección. Estas inscripciones deberán ser
hechas en inglés o en el idioma y las medidas del país de destino.
Debajo de esa inscripción se fijará el rótulo en el que se

�especificará el nombre del productor o exportador, la especie, el
lugar de origen, la marca y la expresión "Industria Argentina", con
letras no inferiores a 4 mm. o en su defecto el 3% de la altura del
rótulo. Debiendo contramarcarse en el cabezal opuesto en forma
indeleble, con la expresión en idioma extranjero equivalente a la de
"Industria Argentina"
c)Dos
grados
de
selección
regirán
para
los
espárragos
"Extra
Seleccionados" y "Seleccionados". Se entiende por "Extra Seleccionado"
los
espárragos
que
están
bien
desarrollados,
dentro
de
las
características de la variedad, bien formados, de buen color, sanos
limpios y que no estén abiertos. "Seleccionados" será el espárrago
similar al anterior pero algo inferior a esa categoría respecto al
color y uniformidad.
d)Los espárragos deberán acondicionarse en atados de 453 gr. (1 libra),
906 gr. (2 libras), debiendo contener cada cajón 24 atados de los
primeros ó 12 de los segundos. Todos los espárragos de cada cajón
serán del mismo grosor. Cada atado deberá ir envuelto en papel manteca
y otro similar dejando libres las puntas y la base, y llevará impresa
la expresión "Industria Argentina" en letras no inferiores a 4 mm. En
el fondo del envase se colocará una capa de musgo o turba
completamente inodora y de no menos de 3 mm. de espesor.
Art.6°.- Las hortalizas se acondicionarán en forma tal que llenen toda
la capacidad de los cajones o bolsas, buscando las compresiones
necesarias para evitar el movimiento. Toda hortaliza de un mismo
envase deberá ser de una sola variedad.
Art. 7°.- El Ministerio de Agricultura cuando lo crea conveniente, podrá
autorizar otros tipos de envases.
Art. 8º.- Las hortalizas no especificadas en este Decreto, se regirán en
cuanto a su acondicionamiento, calidad y sanidad se refiere, de
acuerdo con las normas que en cada caso establezca el Ministerio de
Agricultura.
Art. 9°.- Toda hortaliza destinada a la exportación, será cuidadosamente
cosechada, respetando las especificaciones de este Decreto.
Art. 10°.- Solo se acondicionarán hortalizas sanas, limpias, de madurez
apropiada y no húmedas. Entendiéndose por sana la hortaliza que está
virtualmente libre de insectos, enfermedades criptogámicas o de
cualquier otra lesión de orígen físico o mecánico que afecte su
apariencia; y por limpias las hortalizas sanas y con la piel sin
cuerpos extraños adheridos a la superficie que aunque no las dañen las
desfiguren total o parcialmente.
Art. 11°.- Para la apreciación de los grados en la clasificación de las
hortalizas, se establecen las siguientes tolerancias: una variación en
conjunto no mayor de 5% para las hortalizas "Extra Seleccionadas" y
del 10% para las "Seleccionadas".
Art. 12°.- Los que deseen exportar hortalizas, deberán inscribirse con
la anticipación debida en el registro que se abrirá con ese objeto en
la oficina respectiva de la Dirección de Sanidad Vegetal.

�Art. 13º.- Toda partida de hortalizas que para llegar al puerto de
destino deba viajar en cámaras frigoríficas, será sometida a un
preenfriamiento mínimo de 24 horas, antes de su embarque, bajo pena de
no permitirse su exportación sino se ha llenado dicho requisito.
Art. 14°.- CERTIFICADO DE INSPECCION DE EXPORTACION:
La inspección correspondiente a toda exportación de hortalizas será
efectuada por la Oficina Sanitaria de Importación y Exportación de
Plantas y Semillas de la Dirección de Sanidad Vegetal, a costado de
vapor o en las cámaras frigoríficas si se tratara de hortalizas que
deben ser pre-enfriadas, debiendo el interesado presentar previamente
a la citada oficina, una solicitud de exportación en la que se haga
constar el nombre y el apellido del exportador y su domicilio,
localidad de donde procede la hortaliza, cantidad de bultos a
exportar, especies y variedad, peso de los envases, puerto de embarque
y de destino, y nombre del consignatario, como asimismo comprometerse
a estampar en los cajones, antes de la inspección, el sello que le
suministrará la Oficina Sanitaria de Importación y Exportación de
plantas y semillas de la Dirección de Sanidad Vegetal en cada caso.
Art. 15°.- El certificado de inspección de exportación será expedido en
Buenos Aires, Rosario y demás puertos habilitados o que se habiliten a
ese efecto.
Art. 16°.- Toda partida de hortalizas rechazas por la inspección por
deficiencia de su estado sanitario u otra causa será retirada de la
zona portuaria dentro de las 24 horas de notificada la resolución y
deberá marcarse cada cajón con un sello que diga "PLAZA"; en caso
contrario será destruida por cuenta del interesado.
Art. 17º.- Las inscripciones puestas en los envases que sean falsas o
engañosas, respecto del grado o clase, y demás designaciones fijadas
por este Decreto, serán reprimidas, sin perjuicio de lo especificado
en el Artículo 16°, con multas de $ 100 a $ 2.000 m/n duplicándose la
pena en caso de reincidencia.
Art. 18°.- El Ministerio de Agricultura declarará zona no apta para la
exportación de hortalizas, una provincia, territorio, partido,
distrito, etc., cuando el estado sanitario no sea allí satisfactorio.
Art. 19°.- El Ministerio de Agricultura dictará las disposiciones
reglamentarias para el mejor cumplimiento del presente Decreto.
Art. 20°.- Este Decreto entrará en vigor el 12 de diciembre de 1935.
Art. 21º.- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Nacional.
DECRETO Nº 71.178
Fdo. JUSTO
DUHAU

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                <text>Se establecen las disposiciones para la exportación de hortalizas frescas. Requerimientos del envasado del envasado y del certificado y del certificado de inspección de exportación.</text>
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PODER EJECUTIVO
Decreto 318/2025
DECTO-2025-318-APN-PTE - Derógase Decreto N° 71.178/1935.
Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-32595238-APN-DGDYD#JGM, las Leyes Nros. 4863 y 27.444, el Decreto-Ley
N° 6704 del 12 de agosto de 1963 y los Decretos s/n del 16 de diciembre de 1922, Nros. 71.178 del 20 de
noviembre de 1935 y sus modificatorios y 1585 del 19 de diciembre de 1996 y sus normas modificatorias y
complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 4863 se dispuso que la defensa agrícola en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA
contra la invasión de animales y vegetales parásitos o perjudiciales se hará efectiva por el PODER EJECUTIVO
NACIONAL por los medios que la ley indicaba y siempre que aquellos constituyan o puedan llegar a constituir una
plaga por su carácter extensivo, invasor o calamitoso, o que, aparecidas en una provincia o territorio, puedan
afectar a otros.
Que por el Decreto s/n del 16 de diciembre de 1922 se reglamentó la citada ley y, por su artículo 12, se dispuso que
las frutas y hortalizas frescas, en general, dada su naturaleza y destino, serán inspeccionadas del punto de vista de
su estado sanitario, conservación, embalaje y emplazamiento a bordo.
Que sobre la base de tal norma, por el Decreto N° 71.178/35 se aprobó la reglamentación referida a la tipificación,
empacado y fiscalización de hortalizas frescas destinadas a la exportación.
Que por el Decreto-Ley N° 6704/63 se aprobó un nuevo régimen destinado a la defensa sanitaria de la producción
agrícola en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA contra animales, vegetales o agentes de cualquier
origen biológico que sean perjudiciales, materia que ya se encontraba regulada por la Ley N° 4863.
Que, posteriormente, por el artículo 111 de la Ley N° 27.444 se derogó la mencionada Ley N° 4863.
Que pese a tratarse de una norma reglamentaria del régimen legal derogado, aún luego de la pérdida de vigencia
de la Ley N° 4863, en ningún momento se derogó expresamente el Decreto N° 71.178/35.
Que el Decreto N° 71.178/35 genera restricciones que hoy resultan anacrónicas respecto de las formas en que
actualmente se comercializan y exportan las hortalizas en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que el mantenimiento de normas desactualizadas genera confusión en los sectores alcanzados por la regulación, lo
cual se traduce en un obstáculo para la eficiencia en los intercambios y en la gestión estatal.

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�https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/325122/20250512

Que entre los principales objetivos del Gobierno Nacional se encuentra alcanzar una administración pública al
servicio de los ciudadanos, que mejore sus estándares de eficiencia, eficacia y calidad con el fin de lograr
responder con mayor celeridad y efectividad a las demandas de la sociedad.
Que en virtud de las razones expuestas, resulta necesario actualizar la normativa que rige la exportación de
hortalizas para permitir una operatoria más eficiente y acorde a las prácticas actuales de ese sector productivo,
eliminando toda exigencia o requisito innecesario.
Que la derogación instrumentada en el presente decreto se orienta a asegurar, en materia de hortalizas, que todos
los procesos y productos se ajusten a los requisitos previstos por las normas internacionales aplicables,
garantizando así una exportación libre de barreras regulatorias y acorde a los estándares de seguridad y salubridad
exigidos por la normativa vigente.
Que mediante la derogación de la norma reglamentaria que se dispone se suprimen requisitos innecesarios en
materia de habilitación en planta de origen y relativos a los envases de hortalizas, que resultan una traba
burocrática que complica y ralentiza el proceso de comercialización de las mismas, afectando la competitividad del
sector.
Que la eliminación de las mencionadas restricciones no afectará el estado de salubridad en la que se exportan las
hortalizas, que se encuentra garantizado por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 1585/96 y sus
normas modificatorias y complementarias.
Que en virtud de lo expuesto precedentemente, corresponde derogar el Decreto N° 71.178/35.
Que los servicios jurídicos pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Derógase el Decreto N° 71.178 del 20 de noviembre de 1935.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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�https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/325122/20250512

MILEI - Guillermo Francos - Luis Andres Caputo
e. 12/05/2025 N° 30746/25 v. 12/05/2025

Fecha de publicación 12/05/2025

3 de 3

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                <text>Derógase el Decreto N° 71178/1935 que aprobó la reglamentación referida a la tipificación, empacado y fiscalización de hortalizas frescas destinadas a la exportación.</text>
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                <text>Exportación de hortalizas frescas.</text>
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PODER EJECUTIVO
Decreto 408/2025
DECTO-2025-408-APN-PTE - Disoluciones.
Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-10119185-APN-DGDYD#JGM, las Leyes Nros. 25.422 y sus modificatorias,
25.747, 26.141, 27.066, 27.076 y 27.742 y los Decretos Nros. 526 del 15 de mayo de 2007, 551 del 22 de junio de
2020 y 70 del 20 de diciembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 25.422 y sus modificatorias se instituyó un Régimen para la Promoción, Desarrollo y
Consolidación de la Ganadería Ovina y de Llamas, destinado al desarrollo sostenido de la producción, la
transformación y la comercialización de la ganadería y sus productos derivados, a través de la actualización
permanente, modernización e innovación de los sistemas productivos, fomentando el desarrollo sostenible de sus
potencialidades, el incremento del agregado de valor y la integración horizontal y vertical de todos los eslabones de
la cadena, el desarrollo regional y el carácter federal del mentado régimen, la radicación de la población en el medio
rural y la ocupación del territorio.
Que el citado régimen estableció el apoyo económico a través de aportes reintegrables y/o no reintegrables para la
ejecución del plan o proyecto, variable por zona, tamaño de la explotación, tipo de plan o proyecto de inversión y
actividad propuesta por los beneficiarios que se enmarquen dentro del mismo.
Que el artículo 7º de la Ley N° 25.422 y sus modificatorias estableció que la autoridad de aplicación de aquella ley
sería el entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que, asimismo, por el artículo 9º de dicha ley se creó la Comisión Asesora Técnica del Régimen de Promoción,
Desarrollo y Consolidación de la Ganadería Ovina y de Llamas (CAT) en el ámbito del ex-MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, asignándole entre sus funciones las consultivas para la Autoridad de
Aplicación y la realización del seguimiento de la ejecución del citado régimen.
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 25.747 se creó el Programa de Promoción y Producción del Gusano de
Seda con objetivos tales como promover la actividad sericícola en el país, llevar un registro de cultivadores de
moreras, criadores del gusano de seda o industriales de la seda existentes o que se instalen en el país; propagar el
cultivo de la morera y su aplicación en la cría del gusano de seda, cuya finalidad sea su mejoramiento en el
rendimiento y la producción; y en colaboración con el entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN crear escuelas,
talleres y cursos de sericicultura para ambos sexos; otorgar becas y fomentar pasantías, todo con el fin de fomentar
técnicos en sericicultura y devanadores prácticos (extractor del hilo), entre otros.

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Que el artículo 4° de la mentada ley estableció que el organismo competente confeccione y lleve el Registro
Nacional de Sericicultura, con el objetivo de registrar a todos los criadores del gusano de seda, cultivadores de
moreras y productores e industrializadores de seda natural en el país.
Que el artículo 6° de la Ley N° 25.747 dispuso que el organismo competente, a través de instituciones oficiales y
entidades bancarias públicas o privadas, otorgará recursos financieros y líneas de créditos a las personas
interesadas en la producción e industrialización que puedan acreditar sus pretensiones con capacidad, idoneidad,
experiencia, seriedad y solvencia patrimonial.
Que por el Decreto N° 526/07 se determinó que la autoridad de aplicación del mencionado Programa de Promoción
y Producción del Gusano de Seda sería la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.
Que mediante la Ley N° 26.141 se instituyó un Régimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la
Actividad Caprina, con el objetivo de lograr la adecuación y modernización de los sistemas productivos basados en
el aprovechamiento del ganado caprino, en un marco sostenible en el tiempo y que permita mantener, desarrollar e
incrementar las fuentes de trabajo y la radicación de la población rural tendiendo a una mejor calidad de vida.
Que el referido régimen estableció el apoyo económico a través de aportes reintegrables y/o no reintegrables para
la ejecución de planes o proyectos, variable por zona, tamaño de la explotación, tipo de plan o proyecto de
inversión y actividad propuesta por los beneficiarios que se enmarquen dentro del mismo y distintos tipos de
subsidios, a la tasa de interés de préstamos bancarios; o para cubrir los gastos necesarios para la capacitación de
productores, técnicos, supervisores, evaluadores de proyectos, empleados de establecimiento productivo y otros,
para ejecutar las propuestas.
Que el artículo 7° de la Ley N° 26.141 estableció que la autoridad de aplicación de dicha ley sería la
ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA
Y PRODUCCIÓN, pudiendo descentralizar funciones en las provincias conforme a lo establecido en el inciso a) del
artículo 20 de la misma norma.
Que, asimismo, por el artículo 9° de dicha ley se creó la Comisión Asesora Técnica (CAT) del Régimen para la
Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina en el ámbito de la ex-SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS, asignándole funciones consultivas para la Autoridad de
Aplicación y la realización del seguimiento de la ejecución del precitado régimen.
Que el artículo 16 de la Ley N° 26.141 dispuso que la autoridad de aplicación, previa consulta con la Comisión
Asesora Técnica (CAT), y sobre la base del plan de recuperación, fomento y desarrollo de la actividad caprina
aprobado, procediera a distribuir los fondos dando prioridad a las zonas agroecológicas del país en las cuales la
actividad caprina tenga una significativa importancia para el arraigo de la población y a los planes de trabajo o
proyectos de inversión en los cuales se incremente la ocupación de mano de obra, y/o en los que las personas
físicas titulares de los beneficios se comprometan a radicarse dentro del establecimiento rural promovido.

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Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 27.066 se creó el Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en
Zonas Áridas y Semiáridas en el marco del Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes del
ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, con el objeto de incrementar en las zonas áridas y
semiáridas de todo el territorio nacional la oferta de productos y subproductos de la ganadería bovina de carne para
abastecer adecuadamente al mercado interno y externo, tanto en calidad como en cantidad, mejorando la eficiencia
productiva, los sistemas comerciales, de información y la competitividad del negocio de productos y subproductos
de las especies bovinas, preservando los equilibrios ambientales de estas regiones.
Que el referido Plan Federal del Bicentenario de Ganados y Carnes fue creado por el artículo 1° de la Resolución
del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA N° 24/10 y su modificatoria, con alcance a
la totalidad del territorio nacional, cuya instrumentación se ajustaría a las características agroecológicas,
productivas, sociales y económicas de las distintas regiones del país, reafirmando las características federales y
participativas de su concepción, y con el objeto de incrementar la oferta de productos y subproductos de la
ganadería, correspondiente a las especies bovina, porcina, aviar, ovina, caprina, camélida y otras especies, para
abastecer adecuadamente al mercado interno y externo, tanto en calidad como en cantidad, mejorando la eficiencia
productiva, los sistemas comerciales, de información y la competitividad del negocio.
Que el mencionado Plan concede apoyo económico, a través de aportes no reintegrables, a proyectos específicos
que presenten los gobiernos provinciales y/o municipales, instituciones académicas, escuelas agrotécnicas y/o
agroalimentarias, asociaciones, cooperativas, organizaciones, fundaciones, cámaras sectoriales y todo otro ente
que participe del sector, previa aprobación del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que, por su parte, mediante el artículo 1° del Decreto N° 551/20 se estableció que la autoridad de aplicación de la
Ley N° 27.066 sería el ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por el artículo 1° de la Ley N° 27.076 se creó el Programa para el Fomento y Desarrollo de la Producción de
Bubalus Bubalis o Búfalos de Agua, de aplicación en todas las zonas agroecológicamente aptas del territorio
argentino, con el objetivo de generar y promover políticas ganaderas específicas para la producción y óptimo
aprovechamiento del ganado bubalino, en un marco sostenible en el tiempo y que permita mantener, desarrollar e
incrementar las fuentes de trabajo y la radicación de la población rural tendiendo a una mejor calidad de vida.
Que el artículo 5° de la Ley N° 27.076 estableció que la autoridad de aplicación de dicha ley sería el
ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que mediante el artículo 6° de la mentada ley se creó el Consejo Federal Bubalino en el ámbito del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que por el artículo 9° de la citada Ley N° 27.076 se dispuso que la autoridad de aplicación establecerá el criterio de
distribución de los fondos, dando prioridad a las zonas agroecológicas del país en las cuales la actividad bubalina
tenga una significativa importancia para el arraigo de la población y a los planes de trabajo o proyectos de inversión
en los cuales se incremente la ocupación de mano de obra y/o en los que las personas físicas titulares de los
beneficios se comprometan a radicarse dentro del establecimiento rural promovido.

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Que por medio del Decreto Nº 70/23 se estableció que el ESTADO NACIONAL promoverá y asegurará la vigencia
efectiva, en todo el territorio nacional, de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un
ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre
circulación de bienes, servicios y trabajo.
Que, asimismo, dicho decreto establece que para cumplir con ese fin se dispondrá la más amplia desregulación del
comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional, y quedarán sin efecto todas las restricciones a la
oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la
libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda.
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos se
declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de UN (1)
año y se delegaron en el PODER EJECUTIVO NACIONAL las facultades dispuestas por esa ley, vinculadas a
materias determinadas de administración y emergencia, en los términos del artículo 76 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, con arreglo a las bases allí establecidas.
Que tal declaración de emergencia administrativa efectuada por el H. CONGRESO DE LA NACIÓN evidencia la
gravedad institucional de la situación imperante y exige la adopción de medidas urgentes para mitigar dicha
problemática.
Que por el artículo 2° de la mencionada Ley N° 27.742 se establecieron como bases de la referida delegación
legislativa: a) mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente,
eficaz y de calidad en la atención del bien común; b) reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin
de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas y c) asegurar el efectivo control
interno de la Administración Pública Nacional con el objeto de garantizar la transparencia en la administración de
las finanzas públicas.
Que por el artículo 3° de la citada ley se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a disponer, en relación con los
órganos u organismos de la administración central o descentralizada contemplados en el artículo 8°, inciso a) de la
Ley N° 24.156 y sus modificatorias que hayan sido creados por ley o norma con rango equivalente: a) la
modificación o eliminación de las competencias, funciones o responsabilidades dispuestas legalmente cuyo
mantenimiento resulte innecesario y b) la reorganización, modificación o transformación de su estructura jurídica,
centralización, fusión, escisión, disolución total o parcial, o transferencia a las Provincias o a la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, previo acuerdo que garantice la debida asignación de recursos.
Que, en ese marco, puede señalarse que el Régimen para la Promoción, Desarrollo y Consolidación de la
Ganadería Ovina y de Llamas; el Programa de Promoción y Producción del Gusano de Seda; el Régimen para la
Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina; el Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en
Zonas Áridas y Semiáridas; el Programa para el Fomento y Desarrollo de la Producción de Bubalus Bubalis o
Búfalos de Agua; así como el Registro Nacional de Sericicultura, se encuentran comprendidos dentro del concepto
de “competencias, funciones y responsabilidades” que corresponden a la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a las que hace referencia el inciso a) del artículo 3° de la
Ley N° 27.742, en tanto forman parte de su rol de fomento, regulación y desarrollo del sector agropecuario.

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Que a su vez, y en relación con lo expuesto, deviene necesario avanzar con las disoluciones de la Comisión
Asesora Técnica del Régimen para la Promoción, Desarrollo y Consolidación de la Ganadería Ovina y de Llamas
(CAT), la Comisión Asesora Técnica (CAT) del Régimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la
Actividad Caprina y el Consejo Federal Bubalino, que funcionan en el ámbito de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que, en este sentido, los regímenes de promoción mencionados ut supra resultan un ejemplo característico de la
actividad administrativa tradicionalmente denominada como de “fomento” o de “ayudas públicas” propia de la
Administración Pública.
Que dentro de las notas características de dicha actividad se destaca que la misma es llevada a cabo por la
Administración Pública con el propósito de satisfacer las necesidades de interés público por las que ha sido creado,
siendo a su vez responsable por el control de la actividad que se fomenta.
Que, ello así, las referidas disoluciones se enmarcan dentro de las facultades delegadas mediante el artículo 3°,
inciso b) de la Ley N° 27.742, toda vez que las mentadas Comisiones y el Consejo han sido creados en el ámbito
de un organismo incluido en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156.
Que cabe considerar que los mencionados Regímenes fueron diseñados en un escenario productivo, institucional e
histórico muy diferente al actual.
Que este contexto, en el que las políticas del Gobierno Nacional se orientan a reducir la intervención estatal y a
maximizar la eficiencia y eficacia en la gestión pública, se vuelve imperioso revisar aquellas funciones que pudieran
resultar redundantes o superpuestas, con el fin de asegurar una asignación más racional, eficiente y focalizada de
los recursos públicos.
Que, por lo expuesto, deviene menester proceder a la derogación de las Leyes Nros. 25.422 y sus modificatorias,
25.747, 26.141, 27.066 y 27.076 a los fines de dar fiel cumplimiento a lo ordenado por el artículo 2° del Decreto
N° 70/23.
Que la Ley Nº 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del H. CONGRESO DE LA NACIÓN
respecto de los decretos delegados dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 76 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN
debe expedirse acerca de la validez o invalidez de los decretos delegados y elevar el dictamen al plenario de cada
Cámara para su expreso tratamiento.
Que los servicios de asesoramiento jurídico pertinentes han tomado la intervención de su competencia.
Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL y 3°, incisos a) y b) de la Ley N° 27.742.
Por ello,

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EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Disuélvese el Régimen para la Promoción, Desarrollo y Consolidación de la Ganadería Ovina y de
Llamas, instituido por el artículo 1° de la Ley N° 25.422 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Disuélvese la Comisión Asesora Técnica del Régimen para la Promoción, Desarrollo y
Consolidación de la Ganadería Ovina y de Llamas (CAT), creada por el artículo 9° de la Ley N° 25.422 y sus
modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- Disuélvese el Programa de Promoción y Producción del Gusano de Seda, creado por el artículo 1°
de la Ley N° 25.747.
ARTÍCULO 4°.- Disuélvese el Registro Nacional de Sericicultura, creado por el artículo 4° de la Ley N° 25.747.
ARTÍCULO 5°.- Disuélvese el Régimen para la Recuperación, Fomento y Desarrollo de la Actividad Caprina,
instituido por el artículo 1° de la Ley N° 26.141.
ARTÍCULO 6°.- Disuélvese la Comisión Asesora Técnica (CAT) del Régimen para la Recuperación, Fomento y
Desarrollo de la Actividad Caprina, creada por el artículo 9° de la Ley N° 26.141.
ARTÍCULO 7°.- Disuélvese el Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas,
creado por el artículo 1° de la Ley N° 27.066.
ARTÍCULO 8°.- Disuélvese el Programa para el Fomento y Desarrollo de la Producción de Bubalus Bubalis o
Búfalos de Agua, creado por el artículo 1° de la Ley N° 27.076.
ARTÍCULO 9°.- Disuélvese el Consejo Federal Bubalino, creado por el artículo 6° de la Ley N° 27.076.
ARTÍCULO 10.- Deróganse las Leyes Nros. 25.422 y sus modificatorias, 25.747, 26.141, 27.066 y 27.076.
ARTÍCULO 11.- Las derogaciones dispuestas en el presente decreto no eximen al ESTADO NACIONAL ni a ningún
otro sujeto obligado del cumplimiento de las obligaciones válidamente asumidas durante la vigencia de los
regímenes o programas que por este acto se deroga.
ARTÍCULO 12.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 13.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 14.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.
MILEI - Guillermo Francos - E/E Mariano Cúneo Libarona

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�https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/327092/20250618

e. 18/06/2025 N° 42298/25 v. 18/06/2025

Fecha de publicación 18/06/2025

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                <text>Disuelve los regimenes de promocion de la Ganaderia Ovina, La Sericicultura, la actividad Caprina, la Ganaderia Bovina en zonas aridas y semiaridas y de Bubalus Bubalis.</text>
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PODER EJECUTIVO
Decreto 410/2025
DECTO-2025-410-APN-PTE - Derógase la Ley N° 17.606.
Ciudad de Buenos Aires, 17/06/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-23260467-APN-DGDYD#JGM, las Leyes Nros. 17.606 y 27.742, el Decreto-Ley
N° 6704 del 12 de agosto de 1963 y el Decreto N° 70 del 20 de diciembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que la citada Ley N° 17.606 determina que todo establecimiento, ya sea oficial o particular, y personas dedicadas a
la producción o venta de plantas o sus partes están obligados a inscribirse en un Registro Oficial especialmente
habilitado a tal efecto por la entonces DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL de la ex-SECRETARÍA DE
ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.
Que, a su vez, obliga a los establecimientos y personas precitados a despachar las plantas o sus partes
acompañadas de una “Guía de sanidad para el tránsito de plantas o sus partes”, cuyos formularios eran
confeccionados a tal efecto por la entonces DIRECCIÓN GENERAL DE SANIDAD VEGETAL de la citada
ex-SECRETARÍA DE ESTADO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA.
Que, asimismo, faculta a la mentada ex-Dirección General a exigir a todo particular que transportare plantas o sus
partes sin fines de lucro, no provenientes de los establecimientos antes mencionados, que vayan acompañados de
la citada “Guía de sanidad para el tránsito de plantas o sus partes”, la que será otorgada por la misma, previa
verificación del buen estado sanitario del material examinado.
Que, por otra parte, determina que los infractores a lo establecido en los artículos 1° y 2° de la mentada ley serán
pasibles de las sanciones previstas en el artículo 11 del Decreto-Ley N° 6704/63.
Que las competencias de la ex-Dirección General de Sanidad Vegetal actualmente se encuentran abarcadas por el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Que las funciones reconocidas mediante la referida Ley N° 17.606 implican una carga innecesaria para el Estado,
traduciéndose en burocracia y costos administrativos innecesarios para la ciudadanía.
Que, asimismo, la mencionada ley impone restricciones que afectan tanto a productores como a comerciantes y
particulares que transportan plantas, generando una intervención estatal desproporcionada en un sector que puede
regularse con criterios modernos de control sanitario.

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�https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/327094/20250618

Que, sumado a lo expuesto, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23 el ESTADO NACIONAL se ha
comprometido, entre otros aspectos, a promover y asegurar los principios constitucionales de libre circulación de
bienes, servicios y trabajo, y para cumplir ese fin se dispuso la más amplia desregulación del comercio, los servicios
y la industria en todo el territorio nacional.
Que por la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742 se declaró la emergencia
pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de UN (1) año y se delegaron en
el PODER EJECUTIVO NACIONAL facultades vinculadas a materias determinadas de administración y de
emergencia, en los términos del artículo 76 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, con arreglo a las bases allí
establecidas y por el plazo indicado.
Que por el artículo 2° de la norma mencionada se establecieron como bases de las delegaciones legislativas, entre
otras, mejorar el funcionamiento del Estado para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de
calidad en la atención del bien común y reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir
el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas.
Que mediante el artículo 3° de la citada Ley N° 27.742 se facultó al PODER EJECUTIVO NACIONAL a disponer en
relación con los órganos u organismos de la administración central o descentralizada contemplados en el artículo
8°, inciso a) de la Ley N° 24.156 y sus modificaciones, que hayan sido creados por ley o norma con rango
equivalente, la modificación o eliminación de las competencias, funciones o responsabilidades dispuestas
legalmente cuyo mantenimiento resulte innecesario.
Que las obligaciones mencionadas impuestas por la Ley N° 17.606 encuadran en el supuesto del artículo 3°, inciso
a) de la precitada Ley N° 27.742.
Que, por todo lo expuesto, es menester derogar la referida Ley N° 17.606 con el fin de eliminar restricciones
injustificadas.
Que la Ley N° 26.122 regula el trámite y los alcances de la intervención del H. CONGRESO DE LA NACIÓN
respecto de los decretos delegados dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de lo dispuesto por
el artículo 76 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN
tiene competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los decretos de delegación legislativa.
Que han tomado la intervención que les compete los servicios de asesoramiento jurídico pertinentes.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 3°, inciso a) de la Ley N° 27.742.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

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DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Derógase la Ley N° 17.606.
ARTÍCULO 2°.- El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL.
ARTÍCULO 3°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Luis Andres Caputo
e. 18/06/2025 N° 42303/25 v. 18/06/2025

Fecha de publicación 18/06/2025

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                <text>Se deroga la Ley N° 17.606, sobre establecimientos Sanidad Vegetal </text>
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