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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Resolución
Número: RESOL-2021-226-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 3 de Mayo de 2021

Referencia: EE 34635927/2021 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES AL
MÉDICO VETERINARIO PABLO JAVIER VIANA COMO COORDINADOR REGIONAL DE SANIDAD
ANIMAL DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL BUENOS AIRES SUR

VISTO el Expediente N° EX-2021-34635927- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-167-APN-PTE del 11 de marzo de
2021; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APNPTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de
enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y
DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero
de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18
de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución
Nº RESOL-2020-198-APN-MAGYP del 23 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-198-APN-MAGYP del 23 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente a partir del 2 de enero de 2020
y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes al
cargo de Coordinador Regional de Sanidad Animal de la entonces Dirección de Centro Regional Pampeano
dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Javier Pablo VIANA (M.I. N° 14.588.093).
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente

�de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 se
prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021, en los mismos términos que la otorgada por el
citado Decreto N° 260/20.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se incorporan,
homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Organismo, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero
de 2007.
Que la Dirección de Centro Regional Pampeano fue homologada como Dirección de Centro Regional Buenos
Aires Sur por la mentada Decisión Administrativa Nº 47/21.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

�Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 24 de marzo de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones al Médico Veterinario D. Pablo
Javier VIANA (M.I. Nº 14.588.093), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-198-APN-MAGYP del 23 de
septiembre de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, como Coordinador
Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Buenos Aires Sur de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, cargo
homologado por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, quien
revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 4, Tramo Principal del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2021.05.03 12:45:07 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2021.05.03 12:45:11 -03:00

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                <text>Prorrógase la asignación transitoria de funciones al médico veterinario Pablo Javier Viana como Coordinador Regional de Sanidad Animal (Buenos Aires Sur)</text>
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                <text>Prorrógase, a partir del 24 de marzo de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones al Médico Veterinario D. Pablo Javier VIANA (M.I. N 14.588.093), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/198/APN/MAGYP del 23 de septiembre de 2020 del MAGyP, como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Buenos Aires Sur de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA, cargo homologado por la Decisión Administrativa N° DECAD/2021/47/APN/JGM del 1 de febrero de 2021, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 4, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Resolución
Número: RESOL-2021-228-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de Mayo de 2021

Referencia: EE 15176413/2021 - SUSTITUYE LOS ANEXOS XVIa, XVIb Y XVIc DE LA RESOLUCIÓN N°
1.075/94 DE LA EX-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

VISTO el Expediente Nº EX-2021-15176413- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.233; los Decretos Nros.
1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, y DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de
2019; las Resoluciones Nros. 1.075 del 12 de diciembre de 1994 de la entonces SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y sus modificatorias, y RESOL-2021-17-APN-MAGYP del 28 de
enero de 2021 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 27.233 se declara de interés nacional la sanidad de los animales y los vegetales, así como
la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la producción
silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad de las materias primas producto de las actividades silvoagrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y calidad de los agroalimentos, los
insumos agropecuarios específicos y el control de los residuos químicos y contaminantes químicos y
microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y subproductos. Esta
declaración abarca todas las etapas de la producción primaria, elaboración, transformación, transporte,
comercialización y consumo de agroalimentos y el control de los insumos y productos de origen agropecuario que
ingresen al país, como también las producciones de agricultura familiar o artesanales con destino a la
comercialización, sujetas a la jurisdicción de la autoridad sanitaria nacional.
Que por el Artículo 5º de la citada ley, se establece que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA), en su carácter de organismo descentralizado con autarquía económicafinanciera y técnico-administrativa y dotado de personería jurídica propia, en el ámbito del derecho público y
privado, en jurisdicción del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, es la autoridad de
aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida
ley.

�Que, además, a través del Artículo 6° de la mentada ley, se dispone que el SENASA se encuentra facultado para
establecer los procedimientos y sistemas para el control público y privado de la sanidad y la calidad de los
animales y vegetales y del tráfico federal, importaciones y exportaciones de productos, subproductos y derivados
de origen animal y vegetal, estos últimos en las etapas de producción, transformación y acopio que correspondan
a su jurisdicción, productos agroalimentarios, fármaco-veterinarios y fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas,
adecuando los sistemas de fiscalización y certificación higiénico-sanitaria actualmente utilizados.
Que mediante el Decreto N° DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019 se aprueba la
Reglamentación de la referida ley.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, se establecen las competencias,
los objetivos, las autoridades de conducción superior y la estructura organizativa del referido Servicio Nacional.
Que por el Artículo 8º del mencionado Decreto N° 1.585/96 se enumeran las atribuciones y funciones del señor
Presidente del Organismo, dentro de las cuales se encuentra la de dictar las normas administrativas reglamentarias
propias de la competencia del SENASA y de las leyes y decretos de las cuales el Organismo es autoridad de
aplicación.
Que, asimismo, en el Anexo II del referido Decreto N° 1.585/96 se indica que dentro de los objetivos del
Organismo se encuentra el de entender en la fiscalización y certificación de la sanidad y calidad de vegetales y
productos, subproductos y derivados de origen vegetal, así como también elaborar y proponer las normas técnicas
de sanidad y calidad de los animales y vegetales, productos, subproductos y derivados, y de aquellas referidas a
los principios activos, productos agroquímicos y/o biológicos.
Que mediante la Resolución N° 1.075 del 12 de diciembre de 1994 de la entonces SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y sus modificatorias, se aprueban los textos ordenados de las normas
de calidad para la comercialización de granos y subproductos.
Que la referida Resolución N° 1.075/94 regula, en sus Anexos XVIa, XVIb y XVIc, la norma de calidad de
porotos, los cuales corresponden a sus distintos tipos y presentaciones, todos pertenecientes a la especie
Phaseolus vulgaris L.
Que el Anexo XVIa corresponde a la Norma de Poroto Blanco Seleccionado Oval y Alubia, el Anexo XVIb a la
Norma de Poroto Blanco Natural Oval y/o Alubia y el Anexo XVIc a la Norma de Clasificación para Phaseolus
vulgaris L., distintos del Poroto Blanco Oval y/o Alubia.
Que se ha analizado, desde el punto de vista técnico-sanitario, la evolución de los cultivares de porotos en los
últimos años y se ha encontrado necesario y oportuno actualizar los anexos mencionados, para adecuar las normas
técnicas de calidad de porotos a la evolución que ha experimentado la producción de dicho cultivares.
Que la Resolución Nº RESOL-2021-17-APN-MAGYP del 28 de enero de 2021 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA faculta, en su Artículo 1°, al titular del SENASA a efectuar la
actualización de las normas que surgen de la aludida Resolución N° 1.075/94, y en su Artículo 2º establece que
dicha atribución tendrá vigencia a partir de la firma de mencionada Resolución N° 17/21 y dentro del año de su
dictado.
Que, por lo expuesto, resulta imprescindible actualizar las normas de calidad de porotos de la referida Resolución
Nº 1.075/94.

�Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto en virtud de las facultades conferidas por los Artículos
8º, incisos e) y f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, y 1° de la Resolución
Nº RESOL-2021-17-APN-MAGYP del 28 de enero de 2021 del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitución. Anexo XVIa de la Resolución Nº 1.075 del 12 de diciembre de 1994 de la exSECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y sus modificatorias. Se sustituye el Anexo
XVIa de la referida Resolución N° 1.075/94, por el Anexo I (IF-2021-37592348-APN-DNIYCA#SENASA) que
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Sustitución. Anexo XVIb de la mentada Resolución N° 1.075/94. Se sustituye el Anexo XVIb
de la aludida Resolución N° 1.075/94, por el Anexo II (IF-2021-37592210-APN-DNIYCA#SENASA) que forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Sustitución. Anexo XVIc de la mencionada Resolución N° 1.075/94. Se sustituye el Anexo
XVIc de la citada Resolución N° 1.075/94, por el Anexo III (IF-2021-37591987-APN-DNIYCA#SENASA) que
forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2021.05.05 12:45:11 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2021.05.05 12:45:26 -03:00

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                <text>Sustitución. Anexos XVIa, XVIb y XVIc de la Resolución N° 1075/94 del 12 de diciembre de 1994 de la ex/SAGyP y sus modificatorias. &lt;span&gt;Se sustituyen los Anexos XVIa, XVIb Y XVIc de la referida Resolución, por los Anexo I (IF-2021-37592348-APN-DNIYCA#SENASA), &lt;/span&gt;&lt;span&gt;Anexo II (IF-2021-37592210-APN-DNIYCA#SENASA) y &lt;/span&gt;&lt;span&gt;Anexo III (IF-2021-37591987-APN-DNIYCA#SENASA), respectivamente, que forman parte integrante de la presente resolución&lt;/span&gt;</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Resolución
Número: RESOL-2021-229-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 6 de Mayo de 2021

Referencia: EE 33123806/2021 - PRORROGA LA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DEL ABOGADO
CARLOS FUENTES COMO COORDINADOR DE INFRACCIONES

VISTO el Expediente N° EX-2021-33123806- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nº DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de
2021; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APNPTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la
ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones
Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2020-1078-APN-JGM
del 18 de junio de 2020; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio
Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido
Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría respectivamente; la Resolución N° RESOL-2019-520-APNPRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2017-1078-APN-JGM del 18 de junio de 2020 se designa con
carácter transitorio, a partir del 1 de abril de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a
partir del dictado de la medida, en el cargo de Coordinador de Infracciones de la Coordinación General de
Asuntos Sanitarios dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Abogado D. Carlos Aurelio FUENTES (D.N.I. N° 22.493.408).
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas

�prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN- PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 se
prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021, en los mismos términos que la otorgada por el
citado Decreto N° 260/20.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

�RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 13 de marzo de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Abogado D. Carlos Aurelio
FUENTES (D.N.I. N° 22.493.408), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1078-APN-JGM
del 18 de junio de 2020, como Coordinador de Infracciones de la Coordinación General de Asuntos Sanitarios
dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13,
Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función
de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2021.05.06 11:44:08 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2021.05.06 11:44:22 -03:00

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                <text>Prorrógase, a partir del 13 de marzo de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Abogado D. Carlos Aurelio FUENTES (D.N.I. N° 22.493.408), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD/2020/1078/APN/JGM del 18 de junio de 2020, como Coordinador de Infracciones de la Coordinación General de Asuntos Sanitarios dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SENASA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I</text>
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Resolución
Número: RESOL-2021-230-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 6 de Mayo de 2021

Referencia: EE 35188566/2021 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES A LA
LICENCIADA MARISA BUMAGUIN COMO COORDINADORA DE AGROQUÍMICOS, FERTILIZANTES
Y CONTAMINANTES

VISTO el Expediente N° EX-2021-35188566- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-167-APN-PTE del 11 de marzo de
2021; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APNPTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de
enero de 2007; la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; la
Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces
SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y
de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; las Resoluciones Nros. RESOL-2020-209-APN-MAGYP del
30 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y RESOL-2019520-APN-PRES#SENASA del 14 de mayo de 2019 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-209-APN-MAGYP del 30 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 2 de enero de
2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinadora de Agroquímicos, Fertilizantes y Contaminantes de la Dirección de
Laboratorio Vegetal dependiente de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Licenciada en Química Da. Marisa
Liliana BUMAGUIN (M.I. N° 13.515.798).
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos

�descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y su modificatorios,
a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las
designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 se
prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021, en los mismos términos que la otorgada por el
citado Decreto N° 260/20.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE

�SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 31 de marzo de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones a la Licenciada en Química Da.
Marisa Liliana BUMAGUIN (M.I. N° 13.515.798), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-209-APNMAGYP del 30 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, como
Coordinadora de Agroquímicos, Fertilizantes y Contaminantes de la Dirección de Laboratorio Vegetal
dependiente de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría
Profesional, Grado 3, Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente
pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2021.05.06 11:44:37 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2021.05.06 11:44:39 -03:00

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                <text>Prorrógase la asignación transitoria de funciones a la licenciada Marisa Bumaguin comoCoordinadora de Agroquímicos, Fertilizantes y Contaminantes</text>
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                <text>Prorrógase, a partir del 31 de marzo de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones a la Licenciada en Química Da. Marisa Liliana BUMAGUIN (M.I. N° 13.515.798), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/209/APN/ MAGYP del 30 de septiembre de 2020 del MAGyP, como Coordinadora de Agroquímicos, Fertilizantes y Contaminantes de la Dirección de Laboratorio Vegetal dependiente de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SENASA, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Resolución
Número: RESOL-2021-231-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 6 de Mayo de 2021

Referencia: EE 37413008/2021 - PRORROGA LA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DEL ABOGADO
MATÍAS KODAMA COMO COORDINADOR DE LEGISLACIÓN Y CONVENIOS SANITARIOS

VISTO el Expediente N° EX-2021-37413008- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de
2021; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APNPTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de
enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y
DECAD-2020-1244-APN-JGM del 7 de julio de 2020; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero
de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18
de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución
N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2020-1244-APN-JGM del 7 de julio de 2020 se designa con carácter
transitorio, a partir de la fecha de la medida y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo
de Coordinador de Legislación y Convenios Sanitarios de la Coordinación General de Asuntos Sanitarios
dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Abogado D. Matías KODAMA (D.N.I. Nº 28.325.229).
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.

�Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 se
prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021, en los mismos términos que la otorgada por el
citado Decreto N° 260/20.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 6 de abril de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días

�contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Abogado D. Matías KODAMA
(D.N.I. Nº 28.325.229), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-1244-APN-JGM del 7 de
julio de 2020, en el cargo de Coordinador de Legislación y Convenios Sanitarios de la Coordinación General de
Asuntos Sanitarios dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional,
Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio
Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la
Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2021.05.06 15:04:35 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2021.05.06 15:05:03 -03:00

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                <text>Prorrógase la designación transitoria del abogado Matías Kodama como Coordinador de Legislación y Convenios Sanitarios</text>
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                <text>Prorrógase, a partir del 6 de abril de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) díascontados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Abogado D. Matías KODAMA (D.N.I. N 28.325.229), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD/2020/1244/APN/JGM del 7 de julio de 2020, en el cargo de Coordinador de Legislación y Convenios Sanitarios de la Coordinación General de Asuntos Sanitarios dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SENASA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Resolución
Número: RESOL-2021-232-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 6 de Mayo de 2021

Referencia: EE 37034935/2021 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES AL
LICENCIADO DEMIAN ERNESTO LAINO COMO COORDINADOR GENERAL DE RECURSOS
HUMANOS Y ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL

VISTO el Expediente Nº EX-2021-37034935- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de
2021; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APNPTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la
ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; la Decisión
Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; la Resolución Conjunta N° 89 y N°
16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N°
21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría,
respectivamente; las Resoluciones Nros. RESOL-2020-39-APN-MAGYP del 26 de marzo de 2020 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y RESOL-2020-731-APN-PRES#SENASA del 5
de octubre de 2020 del mentado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-731-APN-PRES#SENASA del 5 de octubre de 2020 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se prorroga, a partir del 27 de septiembre de
2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la medida, la asignación transitoria de
funciones como Coordinador General de Recursos Humanos y Administración de Personal de la Dirección de
Recursos Humanos, dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-39-APN-MAGYP del 26 de marzo de 2020 del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, al Licenciado en Ciencias de la Comunicación
D. Demian Ernesto LAINO (M.I. Nº 23.678.623).

�Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 se
prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021, en los mismos términos que la otorgada por el
citado Decreto N° 260/20.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:

�ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 6 de abril de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir
del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones al Licenciado en Ciencias de la
Comunicación D. Demian Ernesto LAINO (M.I. Nº 23.678.623), dispuesta por la Resolución N° RESOL-202039-APN-MAGYP del 26 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
como Coordinador General de Recursos Humanos y Administración de Personal de la Dirección de Recursos
Humanos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, quien revista en el
Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1, Tramo Superior del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2021.05.06 15:05:18 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2021.05.06 15:05:19 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Resolución
Número: RESOL-2021-233-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 6 de Mayo de 2021

Referencia: EE 37419541/2021 - PRORROGA LA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DEL MÉDICO
VETERINARIO RODRIGO EMMANUEL BALZANO PARODI COMO DIRECTOR DE LABORATORIO
ANIMAL

VISTO el Expediente Nº EX-2021-37419541- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de
2021; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APNPTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de
enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y
DECAD-2020-1245-APN-JGM del 7 de julio de 2020; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero
de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18
de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2020-1245-APN-JGM del 7 de julio de 2020 se designa con carácter
transitorio, a partir del 2 de marzo de 2020 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a
partir de la fecha de la medida, en el cargo de Director de Laboratorio Animal de la Dirección General de
Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Rodrigo Emmanuel BALZANO PARODI (D.N.I. N°
23.678.855).
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.

�Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 se
prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021, en los mismos términos que la otorgada por el
citado Decreto N° 260/20.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 6 de abril de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D. Rodrigo
Emmanuel BALZANO PARODI (D.N.I. N° 23.678.855), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD2020-1245-APN-JGM del 7 de julio de 2020, en el cargo de Director de Laboratorio Animal de la Dirección
General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD

�AGROALIMENTARIA, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo
General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado
por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2021.05.06 15:05:45 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2021.05.06 15:05:47 -03:00

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                <text>Prorrógase, a partir del 6 de abril de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D. Rodrigo Emmanuel BALZANO PARODI (D.N.I. N° 23.678.855), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD/ 2020/1245/APN/JGM del 7 de julio de 2020, en el cargo de Director de Laboratorio Animal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SENASA quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Resolución
Número: RESOL-2021-234-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 6 de Mayo de 2021

Referencia: EE 37035528/2021 - PRORROGA LA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DEL LICENCIADO
GUILLERMO RICARDO CAPELLI COMO COORDINADOR DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y
COMUNICACIONES

VISTO el Expediente N° EX-2021-37035528- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos de Necesidad y Urgencia
Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de
2021; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APNPTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de
enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y
DECAD-2020-1295-APN-JGM del 20 de julio de 2020; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero
de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18
de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución
N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2020-1295-APN-JGM del 20 de julio de 2020 se designa con carácter
transitorio, a partir del 1 de abril de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir
del dictado de la medida, en el cargo de Coordinador de Servicios Tecnológicos y Comunicaciones de la
Dirección de Tecnología de la Información dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Licenciado en Informática D.
Guillermo Ricardo CAPELLI (D.N.I. N° 20.540.670).
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas

�prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021 se
prorroga la emergencia sanitaria hasta el 31 de diciembre de 2021, en los mismos términos que la otorgada por el
citado Decreto N° 260/20.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:

�ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 15 de abril de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Licenciado en Informática D.
Guillermo Ricardo CAPELLI (D.N.I. N° 20.540.670), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD2020-1295-APN-JGM del 20 de julio de 2020, en el cargo de Coordinador de Servicios Tecnológicos y
Comunicaciones de la Dirección de Tecnología de la Información dependiente de la Dirección General Técnica y
Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, quien revista
en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero
de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2021.05.06 15:06:09 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2021.05.06 15:06:11 -03:00

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                <text>Prorrógase, a partir del 15 de abril de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Licenciado en Informática D. Guillermo Ricardo CAPELLI (D.N.I. N° 20.540.670), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD/ 2020/1295/APN/JGM del 20 de julio de 2020, en el cargo de Coordinador de Servicios Tecnológicos y Comunicaciones de la Dirección de Tecnología de la Información dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SENASA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Resolución
Número: RESOL-2021-247-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 12 de Mayo de 2021

Referencia: EE 91340448/2020 - APRUEBA EL PLAN ESTRATÉGICO DE CAPACITACIÓN (PEC) 20212023

VISTO el Expediente N° EX-2020-91340448- -APN-DGTYA#SENASA, y

CONSIDERANDO:
Que por el mencionado expediente se eleva al INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA (INAP), el Plan Estratégico de Capacitación (PEC) 2021-2023.
Que el citado plan institucional fija los objetivos estratégicos en materia de capacitación para el trienio 20212023.
Que la capacitación que se propicia en dicho plan tiene como finalidad optimizar y reforzar las áreas de interés y
prioridad organizacional, manteniendo y aumentando en el tiempo las competencias y el entrenamiento de sus
profesionales, paratécnicos y administrativos.
Que la contribución esperada del plan en cuestión apunta a fortalecer la misión del Organismo y a desarrollar
criterios de excelencia, a través de la continua capacitación de sus agentes.
Que el INAP tomó la debida intervención, emitiendo dictamen técnico favorable.
Que en virtud del dictamen referido corresponde el dictado del acto administrativo pertinente, para la posterior
acreditación de las actividades de capacitación comprendidas en el PEC.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida de conformidad con las atribuciones conferidas por
el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del
10 de junio de 2010.

�Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Plan Estratégico de Capacitación (PEC) correspondiente al período 2021-2023,
que cuenta con Dictamen Firma Conjunta N° IF-2021-28268801-APN-INAP#JGM del INSTITUTO
NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (INAP) favorable, por el que se fijan los objetivos
estratégicos en materia de capacitación para el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

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Date: 2021.05.12 09:43:55 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2021.05.12 09:43:57 -03:00

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                <text>Apruébase el Plan Estratégico de Capacitación (PEC) correspondiente al período 2021/2023, que cuenta con Dictamen Firma Conjunta N° IF-2021-28268801-APN-INAP#JGM del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (INAP) favorable, por el que se fijan los objetivos estratégicos en materia de capacitación para el SENASA</text>
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2021 - Año de Homenaje al Premio Nobel de Medicina Dr. César Milstein
Resolución
Número: RESOL-2021-255-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 14 de Mayo de 2021

Referencia: EE 37885538/2021 - ESTABLECE ACTUALIZACIÓN AUTOMÁTICA DEL RENSPA PARA LA
ACTIVIDAD AGRÍCOLA DE AGRICULTURA FAMILIAR EN EL MARCO DE LA PANDEMIA DEL
COVID-19

VISTO el Expediente N° EX-2021-37885538- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.118, 27.233 y de
Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública N° 27.541; los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus modificatorios,
DECNU-2020-287-APN-PTE del 17 de marzo de 2020, DECNU-2020-297-APN-PTE del 19 de marzo de 2020,
DECNU-2020-325-APN-PTE del 31 de marzo de 2020, DECNU-2020-355-APN-PTE del 11 de abril de 2020,
DECNU-2020-408-APN-PTE del 26 de abril de 2020, DECNU-2020-459-APN-PTE del 10 de mayo de 2020,
DECNU-2020-493-APN-PTE del 24 de mayo de 2020, DECNU-2020-520-APN-PTE del 7 de junio de 2020,
DECNU-2020-576-APN-PTE del 29 de junio de 2020, DECNU-2020-605-APN-PTE del 18 de julio de 2020,
DECNU-2020-641-APN-PTE del 2 de agosto de 2020, DECNU-2020-677-APN-PTE del 16 de agosto de 2020,
DECNU-2020-714-APN-PTE del 30 de agosto de 2020, DECNU-2020-754-APN-PTE del 20 de septiembre de
2020, DECNU-2020-792-APN-PTE del 11 de octubre de 2020, DECNU-2020-814-APN-PTE del 25 de octubre
de 2020, DECNU-2020-875-APN-PTE del 7 de noviembre de 2020, DECNU-2020-956-APN-PTE del 29 de
noviembre de 2020, DECNU-2020-985-APN-PTE del 10 de diciembre de 2020, DECNU-2020-1033-APN-PTE
del 20 de diciembre de 2020, DECNU-2021-4-APN-PTE del 8 de enero de 2021, DECNU-2021-67-APN-PTE
del 29 de enero de 2021, DECNU-2021-125-APN-PTE del 27 de febrero de 2021, DECNU-2021-167-APN-PTE
del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-168-APN-PTE del 12 de marzo de 2021, DECNU-2021-235-APN-PTE
del 8 de abril de 2021, DECNU-2021-241-APN-PTE del 15 de abril de 2021 y DECNU-2021-287-APN-PTE del
30 de abril de 2021; las Resoluciones Nros. 255 del 23 de octubre de 2007 de la ex-SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS, 423 del 22 de septiembre de 2014 y RESOL-2020350-APN-PRES#SENASA del 4 de mayo de 2020, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 27.118 se declara de interés público la agricultura familiar, campesina e indígena por su

�contribución a la seguridad y soberanía alimentaria del pueblo, por practicar y promover sistemas de vida y de
producción que preservan la biodiversidad y procesos sostenibles de transformación productiva.
Que, asimismo, por dicha ley se establece que, para ser reconocido como agricultor o agricultora familiar por
parte del ESTADO NACIONAL y ser incluidos en los beneficios que la propia ley dictamina, se debe estar
registrado en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF), creado por la Resolución Nº 255 del 23
de octubre de 2007 de la entonces SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS.
Que por la Ley N° 27.233 se erige al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA) como la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y
controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley, incluido el sector productivo de la agricultura
familiar.
Que mediante la Resolución N° 423 del 22 de septiembre de 2014 del aludido Servicio Nacional se reglamenta el
Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA).
Que en el Artículo 14 de la referida Resolución N° 423/14 se determina la obligatoriedad de realizar una
“Actualización anual obligatoria” de las actividades declaradas a partir de la fecha de inscripción o toda vez que
se realice un cambio de actividad o de cultivo.
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declara el brote
del nuevo Coronavirus (COVID-19) como una pandemia.
Que, ante esta situación, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dicta los Decretos de Necesidad y Urgencia
(DNU) Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y DECNU-2020-297-APN-PTE del 19 de
marzo de 2020, por los cuales, respectivamente, se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida
por la Ley N° 27.541 y se dispone el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) durante el plazo
comprendido entre el 20 y el 31 de marzo de 2020, el que es sucesivamente prorrogado.
Que, posteriormente, por los DNU Nros. DECNU-2020-520-APN-PTE del 7 de junio de 2020, DECNU-2020576-APN-PTE del 29 de junio de 2020, DECNU-2020-605-APN-PTE del 18 de julio de 2020, DECNU-2020641-APN-PTE del 2 de agosto de 2020, DECNU-2020-677-APN-PTE del 16 de agosto de 2020, DECNU-2020714-APN-PTE del 30 de agosto de 2020, DECNU-2020-754-APN-PTE del 20 de septiembre de 2020, DECNU2020-792-APN-PTE del 11 de octubre de 2020, DECNU-2020-814-APN-PTE del 25 de octubre de 2020,
DECNU-2020-875-APN-PTE del 7 de noviembre de 2020, DECNU-2020-956-APN-PTE del 29 de noviembre de
2020, DECNU-2020-985-APN-PTE del 10 de diciembre de 2020, DECNU-2020-1033-APN-PTE del 20 de
diciembre de 2020, DECNU-2021-4-APN-PTE del 8 de enero de 2021, DECNU-2021-67-APN-PTE del 29 de
enero de 2021, DECNU-2021-125-APN-PTE del 27 de febrero de 2021, DECNU-2021-167-APN-PTE del 11 de
marzo de 2021, DECNU-2021-168-APN-PTE del 12 de marzo de 2021, DECNU-2021-235-APN-PTE del 8 de
abril de 2021, DECNU-2021-241-APN-PTE del 15 de abril de 2021 y DECNU-2021-287-APN-PTE del 30 de
abril de 2021, se disponen, según el territorio, distintas medidas que dan origen al Distanciamiento Social,
Preventivo y Obligatorio (DISPO) hasta el 9 de abril del corriente año, inclusive.
Que mediante el DNU N° 167/21 se prorroga la emergencia sanitaria dispuesta por la Ley N° 27.541 y ampliada
por el aludido DNU N° 260/20, hasta el 31 de diciembre de 2021.
Que, finalmente, a través del DNU N° 287/21 se establecen medidas generales de prevención y disposiciones

�locales y focalizadas de contención, basadas en evidencia científica y en la dinámica epidemiológica, que deberán
cumplir todas las personas a fin de mitigar la propagación del virus SARS-COV-2 y su impacto sanitario, hasta el
21 de mayo de 2021, inclusive, tales como el fomento del teletrabajo, dispensa del deber de asistencia al lugar de
trabajo, restricciones de actividades en ámbitos cerrados y de circulación de trabajadores no esenciales, y
suspensión del dictado de clases presenciales en el área denominada ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS
AIRES (AMBA), entre otras medidas.
Que mediante la Resolución N° RESOL-2020-350-APN-PRES#SENASA del 4 de mayo de 2020 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se dispone que en virtud de la pandemia
mundial y de las medidas sanitarias adoptadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, resulta pertinente
realizar la actualización automática para aquellos inscriptos en el RENSPA que cumplan la condición de
encontrarse registrados en el RENAF y que declararan realizar actividad agrícola.
Que la Coordinación de Agricultura Familiar dependiente de la Unidad Presidencia, considera de suma relevancia
que el SENASA extienda el alcance de las medidas diferenciadas tomadas durante el 2020, las cuales han logrado
el objetivo de facilitación del abastecimiento y distribución de los alimentos que produce el sector, y arbitre los
medios necesarios, una vez más, para favorecer la gestión de trámites a los agricultores familiares en la presente
situación de emergencia.
Que las Direcciones Nacionales de Protección Vegetal y de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, y sus
Direcciones dependientes toman la debida intervención, considerando indispensable se prolonguen las medidas
adoptadas mediante la citada Resolución N° 350/20.
Que conforme lo expuesto y en consonancia con las medidas adoptadas recientemente por el Gobierno Nacional
ante la pandemia del COVID-19, procede dictar el presente acto administrativo.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de las facultades conferidas por el
Artículo 8°, incisos e) y f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Actualización anual obligatoria. La actualización para el año 2021 se realizará
excepcionalmente en forma automática para aquellos inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores
Agropecuarios (RENSPA) que cumplan las siguientes condiciones:
Inciso a) Que declaren realizar “tipo de actividad agrícola”.
Inciso b) Que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF).

�Inciso c) Que su inscripción o última actualización se haya realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de
2020.
ARTÍCULO 2°.- Período de validez de la actualización. El período de validez de la actualización automática será
de UN (1) año, a partir del 5 de mayo de 2021.
ARTÍCULO 3°.- Condiciones fitosanitarias y de inocuidad. La actualización establecida en el Artículo 1° de la
presente norma, no afecta las condiciones fitosanitarias y los principios de inocuidad que deben cumplirse en los
establecimientos, así como los trámites vinculados a estos efectos.
ARTÍCULO 4°.- Comunicación. Dese conocimiento de la presente medida, a través de las Direcciones
Nacionales de Protección Vegetal y de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de este Servicio Nacional, a las
demás dependencias y organismos del ESTADO NACIONAL y/o provinciales, cuando corresponda.
ARTÍCULO 5°.- Abrogación. Se abroga la Resolución N° RESOL-2020-350-APN-PRES#SENASA del 4 de
mayo de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 6°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2021.05.14 19:35:24 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2021.05.14 19:35:26 -03:00

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                  <text>Resoluciones SENASA</text>
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        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
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                <text>Resolución SENASA Nº 0255/2021</text>
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            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
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                <text>Establece actualización automática del renspa para la actividad agrícola de agricultura familiar en el marco de la pandemia del</text>
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            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
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                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
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            <name>Source</name>
            <description>A related resource from which the described resource is derived</description>
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              <elementText elementTextId="42554">
                <text>&lt;a href="https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=349982"&gt;Resolución SENASA Nº 0255/2021&lt;/a&gt;</text>
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            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
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                <text>Viernes 14 de Mayo de 2021</text>
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            <description>A language of the resource</description>
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            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
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                <text>Resolución</text>
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            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
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                <text>Actualización anual obligatoria. La actualización para el año 2021 se realizará excepcionalmente en forma automática para aquellos inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) que cumplan las siguientes condiciones: Inciso a) Que declaren realizar “tipo de actividad agrícola”. Inciso b) Que se encuentren inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF).Inciso c) Que su inscripción o última actualización se haya realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.</text>
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            <name>Is Replaced By</name>
            <description>A related resource that supplants, displaces, or supersedes the described resource.</description>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el Art. 1° de la &lt;/strong&gt;&lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/4282"&gt;&lt;strong&gt;Resolucion N° 450/2024 del SENASA&amp;nbsp;&lt;/strong&gt;&lt;/a&gt;</text>
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