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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-852-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 11 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 74469809/2020 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES A LA
ABOGADA MÓNICA PORTILLO COMO COORDINADORA DE CAPACITACIÓN, DESARROLLO Y
CARRERA DEL PERSONAL

VISTO el Expediente Nº EX-2020-74469809- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8
de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio
Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido
Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución N° RESOL-2020-78-APNMAGYP del 6 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-78-APN-MAGYP del 6 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 27 de diciembre
de 2019 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de dicha medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinadora de Capacitación, Desarrollo y Carrera del Personal de la Dirección de
Recursos Humanos dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Abogada Da. Mónica Cristina PORTILLO (M.I. Nº
20.618.668).
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente

�de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 7 de noviembre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora de
Capacitación, Desarrollo y Carrera del Personal de la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la
Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, a la Abogada Da. Mónica Cristina PORTILLO (M.I. Nº 20.618.668), dispuesta por la
Resolución N° RESOL-2020-78-APN-MAGYP del 6 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1,
Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función
de Jefatura I.

�ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.11.11 15:17:20 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2020.11.11 15:17:22 -03:00

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                <text>Prorrógase, a partir del 7 de noviembre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora de Capacitación, Desarrollo y Carrera del Personal de la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Abogada Da. Mónica Cristina PORTILLO (M.I. N 20.618.668), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/78/APN/MAGYP del 6 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1, Tramo Superior del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-855-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 13 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 74469691/2020 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES AL
INGENIERO AGRÓNOMO EMILIANO CACACE COMO DIRECTOR DE CENTRO REGIONAL
PAMPEANO

VISTO el Expediente Nº EX-2020-74469691- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8
de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio
Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido
Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución N° RESOL-2020-91-APNMAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-91-APN-MAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, por el término de SEIS (6)
meses contados a partir del dictado de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Director de Centro
Regional Pampeano de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Emiliano CACACE (M.I. Nº 22.923.183).
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.

�Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 11 de noviembre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director de Centro Regional
Pampeano de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Emiliano CACACE (M.I. Nº 22.923.183), dispuesta por la
Resolución N° RESOL-2020-91-APN-MAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional,
Grado 7, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio
Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA

�DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2020.11.13 17:30:00 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2020.11.13 17:30:02 -03:00

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                <text>Prorroga la asignación transitoria de funciones al ingeniero agrónomo emiliano cacace como director de centro regional</text>
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                <text>Prorrógase, a partir del 11 de noviembre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director de Centro Regional Pampeano de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Emiliano CACACE (M.I. N 22.923.183), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/91/APN/MAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 7, Tramo Principal del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-856-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 13 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 74469584/2020 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES A LA
LICENCIADA EN DIRECCIÓN DE EMPRESAS LUCILA PISCICELLI COMO COORDINADORA
GENERAL ADMINISTRATIVA

VISTO el Expediente Nº EX-2020-74469584- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8
de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio
Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido
Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución N° RESOL-2020-94-APNMAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-94-APN-MAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, por el término de SEIS (6)
meses contados a partir del dictado de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora
General Administrativa de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección General
Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a
la Licenciada en Dirección de Empresas Da. Lucila Andrea Soledad PISCICELLI (M.I. Nº 32.265.736).
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas

�prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 11 de noviembre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora General
Administrativa de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros dependiente de la Dirección General
Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a
la Licenciada en Dirección de Empresas Da. Lucila Andrea Soledad PISCICELLI (M.I. Nº 32.265.736), dispuesta
por la Resolución N° RESOL-2020-94-APN-MAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría
Profesional, Grado 9, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la

�Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.11.13 17:31:08 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.11.13 17:31:10 -03:00

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                <text>Prorrógase, a partir del 11 de noviembre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora General Administrativa de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Licenciada en Dirección de Empresas Da. Lucila Andrea Soledad PISCICELLI (M.I. N 32.265.736), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/94/APN/MAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.</text>
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2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-857-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 13 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 74480531/2020 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES A LA
MÉDICA VETERINARIA LAURA ANDREA GIMÉNEZ COMO DIRECTORA DE COMERCIO EXTERIOR
ANIMAL

VISTO el Expediente Nº EX-2020-74480531- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8
de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio
Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido
Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución N° RESOL-2020-95-APNMAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-95-APN-MAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de enero de
2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de dicha medida, las funciones
correspondientes al cargo de Directora de Comercio Exterior Animal de la Dirección Nacional de Sanidad
Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica
Veterinaria Da. Laura Andrea GIMÉNEZ (M.I. Nº 27.535.286).
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas

�prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 11 de noviembre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Directora de Comercio
Exterior Animal de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica Veterinaria Da. Laura Andrea GIMENEZ (M.I. Nº 27.535.286),
dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-95-APN-MAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional,
Grado 11, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio
Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y

�CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.11.13 17:31:38 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.11.13 17:31:39 -03:00

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                <text>Prorrógase, a partir del 11 de noviembre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Directora de Comercio Exterior Animal de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica Veterinaria Da. Laura Andrea GIMENEZ (M.I. N 27.535.286), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/95/APN/MAGYP del 10 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 11, Tramo General del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-862-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 20 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 68825212/2020 - CREA EN EL ÁMBITO DE LA UNIDAD PRESIDENCIA EL ÁREA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES Y PROTOCOLO, Y DESIGNA COMO RESPONSABLE AL AGENTE
JUAN PABLO ARRUTI

VISTO el Expediente N° EX-2020-68825212- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; el Decreto Nº 1.585
del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007; la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 y RESOL-2020266-APN-PRES#SENASA del 13 de marzo de 2020, ambas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 27.233 se definen las bases de un nuevo Sistema de Sanidad, Calidad y Control
Alimentario.
Que el Artículo 1° de la citada ley declara de interés nacional la sanidad de los animales y los vegetales, así como
la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la producción
silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad de las materias primas producto de las actividades silvoagrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y calidad de los agroalimentos, los
insumos agropecuarios específicos y el control de los residuos químicos y contaminantes químicos y
microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y subproductos.
Que, a su vez, el Artículo 5° del mencionado cuerpo normativo establece que el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en su carácter de organismo descentralizado con autarquía
económica-financiera y técnico-administrativa y dotado de personería jurídica propia en la órbita de la entonces
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del ex-MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO, es la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las
acciones previstas en la mencionada ley.

�Que a través del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, se aprueba la organización
institucional del citado Servicio Nacional, determinándose las características del mismo, el marco de
competencias, la estructura organizativa, su conducción superior, atribuciones y funciones, y sus recursos.
Que mediante el Artículo 5º del citado decreto se dispone que la estructura de conducción superior jerárquica del
Organismo estará constituida por un Presidente y un Vicepresidente.
Que el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
personal del citado Servicio Nacional.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018
se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional,
adecuando la estructura dictada por el mentado Decreto Nº 1.585/96.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura
organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo de este Organismo.
Que las misiones y funciones asignadas al Organismo conllevan una necesaria interacción y relación institucional
formal con diferentes sectores e instituciones de orden público y privado, nacionales e internacionales.
Que los funcionarios que representan a este Servicio Nacional en actos, celebraciones, recepciones, ceremonias,
viajes y todo evento oficial de índole nacional o internacional, necesitan de un adecuado asesoramiento sobre el
comportamiento de estilo que es menester adoptar en cada caso.
Que resulta pertinente fortalecer las instancias de gestión en la Unidad Presidencia, adoptar medidas tendientes a
perfeccionar el accionar del Organismo y optimizar la asignación y adecuación de los recursos humanos afectados
para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
Que, en virtud de ello y de la especificidad de la materia, deviene necesaria la creación de una Área de Relaciones
Institucionales y Ceremonial en el ámbito de la Unidad Presidencia, con el objetivo de llevar a cabo el
asesoramiento y la coordinación de eventos protocolares e institucionales y visitas internacionales, lo cual incluye
la organización de estadías, traslados, recepción y asistencia de funcionarios y personalidades extranjeras.
Que dicha función de asesoramiento implica también la organización y coordinación de eventos en los que es
partícipe el Organismo.
Que dicha Área actuará con dependencia directa de las instrucciones impartidas por las autoridades superiores de
este Servicio Nacional.
Que por la Resolución N° RESOL-2020-266-APN-PRES#SENASA del 13 de marzo de 2020 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se le encomienda al agente D. Juan Pablo
ARRUTI, M.I. Nº 24.603.590, realizar instrucciones de servicio identificadas con acciones de ceremonial y
protocolo del Organismo, bajo la coordinación de la Unidad Presidencia.
Que el mencionado agente acreditó reunir las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia para cumplir
dicho cometido.
Que, por lo expuesto, el citado agente reúne las condiciones necesarias para asumir como Responsable del Área

�de Relaciones Institucionales y Ceremonial.
Que la presente medida no implicará erogación presupuestaria ni importa la creación de cargos o modificación de
situación de revista.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 8º, inciso h) del
Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito de la Unidad Presidencia del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Área de Relaciones Institucionales y Ceremonial, por los motivos
expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El área creada por la presente resolución actuará con dependencia directa de la Unidad
Presidencia.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyanse como acciones del Área de Relaciones Institucionales y Ceremonial las descriptas
en el Anexo (IF-2020-72851614-APN-DRRHH#SENASA), que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como Responsable del Área de Relaciones Institucionales y Ceremonial al agente D.
Juan Pablo ARRUTI, M.I. Nº 24.603.590, el que actuará bajo la coordinación de la Unidad Presidencia del
referido Servicio Nacional.
ARTÍCULO 5°.- El agente involucrado percibirá sus remuneraciones de conformidad con su situación de revista
y en los términos del Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, sin que la responsabilidad encomendada implique el
cobro de suplementos por cargo de mayor jerarquía.
ARTÍCULO 6°.- La presente medida no implicará gasto presupuestario alguno para este Organismo.
ARTÍCULO 7°.- Abrógase la Resolución N° RESOL-2020-266-APN-PRES#SENASA del 13 de marzo de 2020
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 8°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

�Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.11.20 11:39:57 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.11.20 11:40:11 -03:00

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2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-866-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 20 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 63209816/2018 - EXCLUYE DEL REGISTRO DE PROFESIONALES RESPONSABLES
TÉCNICOS DE CATEM AL SEÑOR D. RAÚL ARTURO ESCALADA

VISTO el Expediente Nº EX-2018-63209816- -APN-DNTYA#SENASA; la Ley Nº 27.233; el Decreto
Reglamentario Nº DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019; las Resoluciones Nros. 38 del 3 de
febrero de 2012 del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y 199 del 8 de mayo de
2013 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se instruye sumario al señor D. Raúl Arturo ESCALADA, C.U.I.T. Nº 2010710691-0, con domicilio fiscal en San Lorenzo Nº 545, Apóstoles, Código Postal Nº 3350, Provincia de
MISIONES, por transgresión a la Resolución Nº 199 del 8 de mayo de 2013 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA).
Que se sanciona al sumariado, profesional en ciencias agrarias, Matrícula Profesional N° 7460, en su carácter de
Responsable Técnico del Centro de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera (CATEM) “DON
BLADIMIRO S.R.L.”, Habilitación N° 12.005, con fecha 14 de junio de 2018, en virtud de haberse constatado
mediante Acta de Constatación N° 02/2018, que los Certificados de Tratamiento de Madera (CTM) Nros.
00004499 y 00005000 no estaban firmados ni sellados por el Responsable Técnico. Asimismo, se advierte que en
los reportes de los Tratamientos Térmicos (TT) Nros. 440 y 441 se señalaba “lectura dudosa de temperatura
ambiente del centro de la madera”, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 27, inciso a) de la mentada
Resolución N° 199/13.
Que el interesado formula descargo en el que reconoce haber omitido la firma en los duplicados y triplicados de
los certificados en cuestión pero que el original del mismo se emitió con la firma correspondiente. En dicho
descargo no hace mención alguna a los TT Nros. 440, 441 y 442 con comportamiento dudoso que se mencionan
en el Acta de Constatación N° 02/2018.
Que el Ingeniero Agrónomo D. Leonardo Emilio SIMÓN emite el Informe Técnico N° IF-2019-04508153-APN-

�DCRNEA#SENASA, en el que concluye que: “La falta de firma por parte del responsable técnico de los
Certificados de Tratamiento a Embalajes de Madera N° 4999 y 5000, a pesar del antecedente del año 2017,
producto de un descuido según lo declarado, quedaría como una falta de menor importancia en relación a lo
acontecido con los Tratamientos Térmicos N° 440 y 441, los que deberían de haber sido anulados por no cumplir
con los requisitos de la norma, puesto que la temperatura de los sensores en la madera supero a la temperatura
ambiente,(…). Pero aún es que el responsable técnico no reconocería que las rajaduras a las que el mismo hace
mención, una vez detectadas, deberían de haber sido motivo suficiente para que el tratamiento térmico sea
anulado, y además, le otorgase una importancia fuera de proporción al informe de tratamiento aprobado que
otorga el software de la cámara de tratamiento pasando por alto el análisis de las curvas que le compete realizar
antes de aprobar el tratamiento. Respecto al TT N° 442 no cuento con los elementos suficientes como para
refutar o convalidar lo declarado por el responsable técnico.”.
Que, en virtud de lo expuesto, teniendo presente lo expresado en los informes técnicos y que el sumariado no
registra antecedentes como infractor en la Coordinación General de Asuntos Sanitarios de la Dirección de
Asuntos Jurídicos, correspondería imponerle una sanción de exclusión definitiva del Registro de Profesionales
Responsables Técnicos de CATEM.
Que en mérito a las informaciones producidas por diversas áreas técnicas del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se ha emitido el dictamen legal en el expediente, con el
asesoramiento técnico-jurídico correspondiente.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 16
de la Ley Nº 27.233.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Excluir de manera definitiva del Registro de Profesionales Responsables Técnicos de Centros de
Tratamientos a Embalajes de Madera (CATEM), al señor D. Raúl Arturo ESCALADA, C.U.I.T. Nº 2010710691-0, Matrícula Profesional N° 7.460, con domicilio fiscal en San Lorenzo Nº 545, Apóstoles, Código
Postal Nº 3350, Provincia de MISIONES.
ARTÍCULO 2°.- Se establece en cuanto a la sanción aplicada en el artículo precedente, que la misma debe
hacerse efectiva a partir de la notificación de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese la presente resolución a la Dirección Nacional de Protección Vegetal para que
proceda a quitar de manera definitiva del referido Registro al señor D. ESCALADA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese la presente resolución a la Coordinación Jurídica de Delegación Regional III de la
Dirección de Asuntos Jurídicos y a la Dirección de Centro Regional NEA.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese la presente resolución con el informe jurídico

�circunstanciado aludido en los considerandos de la misma y archívese.

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Date: 2020.11.20 11:43:06 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2020.11.20 11:43:07 -03:00

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                <text>Excluye del registro de profesionales responsables técnicos de catem al señor d. raúl arturo escalada</text>
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                <text>Excluir de manera definitiva del Registro de Profesionales Responsables Técnicos de Centros de Tratamientos a Embalajes de Madera (CATEM), al señor D. Raúl Arturo ESCALADA, C.U.I.T. N 20/ 10710691/0, Matrícula Profesional N° 7.460, con domicilio fiscal en San Lorenzo N 545, Apóstoles, Código Postal N 3350, Provincia de MISIONES.</text>
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2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-3-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 7 de Enero de 2020

Referencia: EE 18585954/2017 - PRORROGA LA COMISIÓN DE SERVICIOS DE LA AGENTE GABRIELA
PONTORIERO

VISTO el Expediente N° EX-2017-18585954- -APN-DNTYA#SENASA; la Decisión Administrativa Nº DA-20181881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; las Resoluciones Nros. RESOL-2017-785-APN-PRES#SENASA del
13 de noviembre de 2017, RESOL-2018-778-APN-PRES#SENASA del 29 de octubre de 2018, RESOL-20181022-APN-PRES#SENASA del 18 de diciembre de 2018 y RESOL-2019-794-APN-PRES#SENASA del 5 de julio
de 2019, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2017-785-APN-PRES#SENASA del 13 de noviembre de 2017 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se destacó en comisión de
servicios a partir de esa fecha y por el término de SEIS (6) meses, a la agente de la Planta Permanente del citado
Servicio Nacional, señora Da. Gabriela Adriana PONTORIERO, DNI Nº 14.895.269, desde la Dirección Nacional
de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, a la Dirección de Asuntos Jurídicos, según lo establecido por el Artículo
15, inciso b), punto I del Decreto Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación
de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Que por las Resoluciones Nros. RESOL-2018-778-APN-PRES#SENASA del 29 de octubre de 2018, RESOL-20181022-APN-PRES#SENASA del 18 de diciembre de 2018 y RESOL-2019-794-APN-PRES#SENASA del 5 de julio
de 2019, todas del citado Servicio Nacional, se prorrogó la referida comisión de servicios por SEIS (6) meses,
debido a que persistieron los motivos por los cuales se dictó la mentada Resolución Nº RESOL-2017-785-APNPRES#SENASA.
Que resulta necesario prorrogar por SEIS (6) meses más la comisión de servicios en cuestión, en virtud de persistir
los motivos que la originaron.
Que la presente prórroga no importará erogación adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.

�Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de las atribuciones conferidas por el
Artículo 8º, inciso t) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido su similar Nº 825 del 10 de junio
de 2010.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por prorrogada a partir del 17 de noviembre de 2019 y por el término de SEIS (6) meses, la
comisión de servicios otorgada por la Resolución Nº RESOL-2017-785-APN-PRES#SENASA del 13 de noviembre
de 2017 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la agente de la
Planta Permanente de este Servicio Nacional, señora Da. Gabriela Adriana PONTORIERO, DNI Nº 14.895.269,
quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Técnico, Grado 7, Tramo Principal, en la Dirección de
Asuntos Jurídicos.
ARTÍCULO 2º.- Establécese que la prórroga dispuesta en el artículo precedente, no representará erogación
adicional para el ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese y archívese.

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Date: 2020.01.07 11:16:38 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2020.01.07 11:16:40 -03:00

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                <text>Dase por prorrogada a partir del 17 de noviembre de 2019 y por el término de SEIS (6) meses, la comisión de servicios otorgada por la Resolución N RESOL/2017/785/APN/PRES#SENASA del 13 de noviembre de 2017 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la agente de la Planta Permanente de este Servicio Nacional, señora Da. Gabriela Adriana PONTORIERO, DNI N 14.895.269, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Técnico, Grado 7, Tramo Principal, en la Dirección de Asuntos Jurídicos.</text>
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2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-294-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 27 de Marzo de 2020

Referencia: EE 9443416/2020 - PRORROGA DE DESIGNACIÓN TRANSITORIA DEL ABOGADO AGUSTÍN
MEDRANO COMO DIRECTOR DE ASUNTOS JURÍDICOS

VISTO el Expediente N° EX-2020-09443416- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DECRE-2019-36-APN-PTE del 14 de diciembre de 2019; el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2017-1073-APN-JGM del 11 de diciembre de 2017 y DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la
entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y
de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; las Resoluciones Nros. RESOL-2018-873-APN-PRES#SENASA
del 21 de noviembre de 2018, RESOL-2019-520 APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 y RESOL-2019589-APN-PRES#SENASA del 29 de mayo de 2019, todas del mentado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2017-1073-APN-JGM del 11 de diciembre de 2017 se designa con
carácter transitorio, en el cargo de Director de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Abogado D. Agustín MEDRANO, M.I. N° 27.386.882; designación que
fuera prorrogada por las Resoluciones Nros. RESOL-2018-873-APN-PRES#SENASA del 21 de noviembre de 2018
y RESOL-2019-589-APN-PRES#SENASA del 29 de mayo de 2019, ambas del mentado Servicio Nacional.
Que mediante el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, se faculta a los Ministros,
Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.

�Que el Artículo 4° del citado Decreto N° 1.035/18 fue sustituido por el Artículo 3° del Decreto N° DECRE-201936-APN-PTE del 14 de diciembre de 2019, que establece que en ningún caso la prórrogas de las designaciones
podrán exceder el 31 de marzo de 2020.
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado
en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520 APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprobó la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en
cuestión, por lo que se solicita la prórroga de la designación transitoria en el cargo de Director de Asuntos Jurídicos
del Abogado D. Agustín MEDRANO, M.I. N° 27.386.882.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso h)
del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y 3°
del Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada, a partir del 18 de febrero y hasta el 31 de marzo de 2020, la designación
transitoria del Abogado D. Agustín MEDRANO, M.I. N° 27.386.882, en el cargo de Director de Asuntos Jurídicos
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión
Administrativa N° DA-2017-1073-APN-JGM del 11 de diciembre de 2017 y prorrogada por las Resoluciones Nros.
RESOL-2018-873-APN-PRES#SENASA del 21 de noviembre de 2018 y RESOL-2019-589-APN-PRES#SENASA
del 29 de mayo de 2019, ambas del referido Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo,
Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del
mentado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Directiva Nivel II.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y

�CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010
del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas
específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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                <text>Prorroga de designación transitoria del abogado Agustín Medrano como director de asuntos jurídicos</text>
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                <text>Dase por prorrogada, a partir del 18 de febrero y hasta el 31 de marzo de 2020, la designación transitoria del Abogado D. Agustín MEDRANO, M.I. N° 27.386.882, en el cargo de Director de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DA/2017/1073/APN/JGM del 11 de diciembre de 2017 y prorrogada por las Resoluciones Nros. RESOL/2018/873/APN/PRES#SENASA del 21 de noviembre de 2018 y RESOL/2019/589/APN/PRES#SENASA del 29 de mayo de 2019, ambas del referido Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del para el Personal del mentado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva Nivel II.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-295-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 27 de Marzo de 2020

Referencia: EE 19015238/2020 - PRORROGA HABILITACIONES E INSCRIPCIONES EN VIRTUD DE LA
PANDEMIA DEL CORONAVIRUS (COVID-19)

VISTO el Expediente N° EX-2020-19015238- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.233 y 27.541; los
Decretos Nros. 4.238 del 19 de julio de 1968, 1.585 del 19 de diciembre de 1996, DECNU-2020-260-APN-PTE del
12 de marzo de 2020, DECNU-2020-297-APN-PTE del 19 de marzo de 2020 y DCTO-2020-298-APN-PTE del 19
de marzo de 2020; la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-371-APN-JGM del 12 de marzo de 2020; las
Resoluciones Nros. RESOL-2020-3-APN-SGYEP#JGM del 13 de marzo de 2020 de la SECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, 48 del 30 de septiembre
de 1998 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, 637 del 1 de
septiembre de 2011, 594 del 26 de noviembre de 2015 y RESOL-2018-1057-APN-PRES#SENASA del 21 de
diciembre de 2018, todas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA; la
Disposición N° DI-2017-20-APN-DNIYCA#SENASA del 21 de marzo de 2017 de la Dirección Nacional de
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, se establece la organización
institucional del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA),
organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA,
comprendiendo las características del mismo, sus competencias, la estructura de su conducción superior,
atribuciones y funciones.
Que la Ley N° 27.233 dispone que el SENASA es la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y
controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley.
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declara el brote del
nuevo coronavirus (COVID-19) como una pandemia.
Que, ante esta situación, el PODER EJECUTIVO NACIONAL dicta el Decreto N° DECNU-2020-260-APN-PTE

�del 12 de marzo de 2020, por el cual se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N°
27.541.
Que, asimismo, la citada norma establece, entre otras cuestiones trascendentes, el aislamiento obligatorio para
aquellas personas con historial de viaje a zonas afectadas por el COVID-19 y fija los plazos y condiciones del
mismo.
Que, en sentido concordante, mediante la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-371-APN-JGM del 12 de
marzo de 2020 se instruye el otorgamiento de licencia excepcional a todas aquellas personas que presten servicios
en sus respectivos ámbitos y que hayan ingresado al país habiendo permanecido en dichas zonas.
Que, del mismo modo, por la Resolución N° RESOL-2020-3-APN-SGYEP#JGM del 13 de marzo de 2020 de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se
fijan los mecanismos para el otorgamiento de licencias y el trabajo remoto de los trabajadores alcanzados por la
mencionada Decisión Administrativa N° 371/20.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-297-APN-PTE del 19 de marzo de 2020 se
establece el aislamiento social, preventivo y obligatorio, por lo que las personas deberán abstenerse de concurrir a
sus lugares de trabajo y no podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, todo ello con el fin de prevenir la
circulación y el contagio del virus COVID-19 y la consiguiente afectación a la salud pública y los demás derechos
subjetivos derivados, tales como la vida y la integridad física de las personas.
Que, además, por el Decreto Nº DCTO-2020-298-APN-PTE del 19 de marzo de 2020 se suspende el curso de los
plazos, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos
Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Nº
1.759/72 T.O. 2017, y por otros procedimientos especiales, hasta el 31 de marzo de 2020.
Que las medidas mencionadas se adoptan en el marco de la declaración de pandemia emitida por la OMS, la
emergencia sanitaria ampliada por el referido Decreto N° 260/20 y sus modificatorios, y en atención a la evolución
de la situación epidemiológica con relación al COVID-19, con el fin de prevenir la circulación y el contagio del
virus.
Que la restricción ambulatoria establecida por dicho decreto debe ser acompañada con medidas que faciliten la
permanencia de los ciudadanos en sus hogares, la desconcentración de los lugares de trabajo y la reducción en lo
posible de la concurrencia de personas a realizar trámites presenciales, para evitar la circulación y el contagio de la
enfermedad.
Que, en ese sentido, la eximición de trámites y la prórroga de vencimientos de inscripciones y/o habilitaciones de
establecimientos y firmas de alimentos para animales, de establecimientos que procesasen frutas y hortalizas y de
los transportes de productos de origen animal, regulados por el Capítulo XXVIII del Decreto N° 4.238 del 19 de
julio de 1968 y por las Resoluciones Nros. 48 del 30 de septiembre de 1998 de la ex-SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, 637 del 1 de septiembre de 2011, 594 del 26 de
noviembre de 2015 y RESOL-2018-1057-APN-PRES#SENASA del 21 de diciembre de 2018, todas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, eliminan motivos para el traslado y circulación
de los administrados y funcionarios, contribuyendo de esta forma a la implementación de las medidas adoptadas por
el PODER EJECUTIVO NACIONAL para evitar la propagación de la enfermedad.
Que las prórrogas propuestas no afectan las condiciones sanitarias ni de inocuidad de los establecimientos y

�transportes involucrados.
Que en virtud de lo expuesto, y en consonancia con las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional ante la
pandemia COVID-19, resulta necesario dictar el presente acto.
Que la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y sus Direcciones dependientes tomaron la
debida intervención, considerando indispensable las adecuaciones propuestas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de las facultades conferidas por el Artículo
8°, incisos e) y f) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
El PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prórroga de habilitaciones e inscripciones. Se prorroga hasta el 31 de julio de 2020 el vencimiento
de las habilitaciones, inscripciones e identificaciones de:
Inciso a) Establecimientos y firmas de alimentos para animales reguladas por el Artículo 11 y los numerales 3.4.1,
4.2.1, 4.2.2, 4.2.3, 4.2.4. y 4.3 del Anexo I de la Resolución Nº 594 del 26 de noviembre de 2015 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y por la Disposición N° DI-2017-20-APNDNIYCA#SENASA del 21 de marzo de 2017 de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del
citado Servicio Nacional.
Inciso b) Mercados mayoristas, mercados concentradores, depósitos, centros de reexpedición, operadores
comerciales, operadores de playa libre o playas logísticas y acopiadores de frutas y hortalizas regulados por los
Artículos 6º, 8º y 9º de la Resolución N° 637 del 1 de septiembre de 2011 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Inciso c) Establecimientos de empaque y frigoríficos de frutas y hortalizas regulados por los Artículos 1º, 2º y 3º y
por el Anexo I de la Resolución N° 48 del 30 de septiembre de 1998 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.
Inciso d) Establecimientos de lavado y desinfección de envases plásticos reutilizables destinados al embalaje de
frutas y hortalizas frescas regulados por los Artículos 1º, 2º y 6º de la Resolución N° RESOL-2018-1057-APNPRES#SENASAdel 21 de diciembre de 2018 del citado Servicio Nacional.
Inciso e) Habilitación de transportes de productos de origen animal regulada por el Capítulo XXVIII del Decreto N°
4.238 del 19 de julio de 1968.
ARTÍCULO 2°.- Condiciones sanitarias y de inocuidad. La prórroga establecida en el Artículo 1° de la presente

�resolución, no afecta las condiciones sanitarias ni de inocuidad de los establecimientos y transportes referidos en el
mismo.
ARTÍCULO 3°.- Facultades. Se faculta a la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a extender la vigencia de la
prórroga prevista en el Artículo 1° de la presente norma, en función de la evolución de los alcances de las medidas
adoptadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL frente a la pandemia de COVID-19.
ARTÍCULO 4°.- A través de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, dese conocimiento de
la presente medida a las demás dependencias y organismos del ESTADO NACIONAL y/o provinciales, cuando
corresponda.
ARTÍCULO 5°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2020.03.27 13:49:33 ART
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Carlos Alberto Paz
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Date: 2020.03.27 13:49:35 -03:00

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                <text>&lt;span&gt;Prórroga de habilitaciones e inscripciones. Se prorroga hasta el 31 de julio de 2020 el vencimiento de las habilitaciones, inscripciones e identificaciones&lt;/span&gt;</text>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por el Art. 1° de la &lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/4282#?c=0&amp;amp;m=0&amp;amp;s=0&amp;amp;cv=0"&gt;Resolucion N° 450/2024 del SENASA&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-296-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 27 de Marzo de 2020

Referencia: EE 12963958/2020 - PRORROGA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DEL INGENIERO
AGRÓNOMO ESTEBAN RIAL COMO COORDINADOR REGIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL DE LA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA

VISTO el Expediente N° EX-2020-12963958- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y DECRE-2019-36-APN-PTE del 14 de diciembre de 2019; el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2017-80-APN-JGM del 7 de febrero de 2017 y DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018;
la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces
SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y
de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; las Resoluciones Nros. RESOL-2017-818-APN-PRES#SENASA
del 30 de noviembre de 2017, RESOL-2019-379-APN-PRES#SENASA del 9 de abril de 2019 y RESOL-2019-520APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019, todas del mentado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2017-80-APN-JGM del 7 de febrero de 2017 se designa con carácter
transitorio, en el cargo de Coordinador Regional de Protección Vegetal de la entonces Dirección de Centro Regional
Patagonia Norte del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero
Agrónomo D. Esteban Jorge RIAL, M.I. N° 16.335.622.
Que dicho cargo es homologado por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre
de 2018, como Coordinación Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Patagonia.
Que la designación de que se trata es prorrogada por las Resoluciones Nros. RESOL-2017-818-APNPRES#SENASA del 30 de noviembre de 2017 y RESOL-2019-379-APN-PRES#SENASA del 9 de abril de 2019,
ambas del citado Servicio Nacional.

�Que mediante el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018, se faculta a los Ministros,
Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que el Artículo 4° del citado Decreto N° 1.035/18, fue sustituido por el Artículo 3° del Decreto N° DECRE-201936-APN-PTE del 14 de diciembre de 2019, el cual establece que en ningún caso las prórrogas de las designaciones
podrán exceder el 31 de marzo de 2020.
Que por la citada Decisión Administrativa N° 1881/18 se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo
nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del
entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las
Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520 APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en
cuestión, por lo que se solicita la prórroga de la designación transitoria del Ingeniero Agrónomo D. Esteban Jorge
RIAL, M.I. N° 16.335.622, como Coordinador Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional
Patagonia.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida, en virtud de lo dispuesto por los Artículos 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y 3°
del Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada, a partir del 1 de enero y hasta el 31 de marzo de 2020, la designación
transitoria del Ingeniero Agrónomo D. Esteban Jorge RIAL, M.I. N° 16.335.622, como Coordinador Regional de
Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Patagonia, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DA2017-80-APN-JGM del 7 de febrero de 2017 y prorrogada por las Resoluciones Nros. RESOL-2017-818-APN-

�PRES#SENASA del 30 de noviembre de 2017 y RESOL-2019-379-APN-PRES#SENASA del 9 de abril de 2019,
ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el Personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva Nivel IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010
del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas
específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.03.27 18:04:01 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2020.03.27 18:04:59 -03:00

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