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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-500-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Sábado 3 de Junio de 2023

Referencia: EX-2022-139480283- -APN-DGTYA#SENASA - OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCIÓN EN EL
REGISTRO DE INTEGRIDAD Y TRANSPARENCIA PARA EMPRESAS Y ENTIDADES (RITE)

VISTO el Expediente N° EX-2022-139480283- -APN-DGTYA#SENASA; la Convención Interamericana contra
la Corrupción aprobada por la Ley N° 24.759; la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción
aprobada por la Ley N° 26.097; la Ley de Responsabilidad Penal N° 27.401; la Ley N° 27.233; las Resoluciones
Nros. 27 del 1 de octubre de 2018 de la ex-SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA, TRANSPARENCIA Y
LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, 146 del 29 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y 3 del 16 de abril de 2021 de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN; el
Convenio de Colaboración del 7 de diciembre de 2022 suscripto entre la OFICINA ANTICORRUPCIÓN y el
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 27.233 declara de interés nacional la sanidad de los animales y los vegetales, así como la
prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la producción
silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad de las materias primas producto de las actividades silvoagrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y calidad de los agroalimentos, los
insumos agropecuarios específicos y el control de los residuos químicos y contaminantes químicos y
microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y subproductos.
Que, a tal fin, dicha norma establece que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA) será su autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y
controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley.
Que por la Ley N° 24.759 se aprueba la Convención Interamericana contra la Corrupción, que tiene como
propósito promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Partes, de los mecanismos necesarios
para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción.
Que mediante la Ley N° 26.097 se aprueba la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que tiene

�por finalidad promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la
corrupción, así como también promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en
la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos, al igual que promover la
integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.
Que, a su vez, el objetivo de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal de personas jurídicas es dotar de mayor
eficacia a las políticas de prevención y lucha contra la corrupción a través de la generación de incentivos para que
las personas jurídicas prevengan la comisión de delitos contra la Administración Pública, por medio de la
implementación de programas de integridad, y cooperen con las autoridades, de manera de coadyuvar a una
mayor eficacia en la aplicación de la ley penal.
Que el Artículo 22 de la referida Ley N° 27.401 define al Programa de Integridad como el conjunto de acciones,
mecanismos y procedimientos internos de promoción de la integridad, supervisión y control, orientados a
prevenir, detectar y corregir irregularidades y actos ilícitos alcanzados por dicha ley, y establece que deberá
guardar relación con los riesgos propios de la actividad que la persona jurídica realiza, su dimensión y capacidad
económica, de conformidad con lo que disponga la reglamentación.
Que la Resolución N° 146 del 29 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA promueve normas éticas y de integridad y cumplimiento en todas sus relaciones
contractuales e institucionales, con la finalidad de desplegar acciones públicas íntegras, transparentes, inclusivas y
solidarias, logrando de esta manera que prevalezca la decisión pública por encima de los intereses particulares.
Que por la Resolución Nº 27 del 1 de octubre de 2018 de la ex-SECRETARÍA DE ÉTICA PÚBLICA,
TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN se aprueban los “Lineamientos de Integridad para
el Mejor Cumplimiento de lo establecido en los artículos 22 y 23 de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal
de Personas Jurídicas”.
Que mediante la Resolución N° 3 del 16 de abril de 2021 de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN se encomienda a
la Dirección de Planificación de Políticas de Transparencia el diseño de un Registro de Integridad y
Transparencia para empresas y entidades, para contribuir al desarrollo, mejora y madurez de sus programas de
integridad, al intercambio de buenas prácticas y a la generación de interacciones entre privados y entre estos y el
sector público con mayor transparencia.
Que las empresas y entidades que actúan en nombre del Estado disponen de una plataforma impulsada por la
OFICINA ANTICORRUPCIÓN, denominada “Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y
Entidades” (RITE), cuya finalidad es contribuir al desarrollo y mejora de los programas de integridad, el
intercambio de buenas prácticas y la promoción de ambientes transparentes en negocios y mercados.
Que el 7 de diciembre de 2022 se suscribe un Convenio de Colaboración entre la OFICINA ANTICORRUPCIÓN
y el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), con el objeto de
fortalecer la sinergia y el intercambio de experiencias, como así también mejorar las capacidades estatales para la
promoción de Políticas de Integridad y Transparencia.
Que el RITE es un insumo básico para mejorar las interacciones del sector privado y del público-privado,
mediante la identificación y análisis de los programas de integridad, posibilitando extender nuestros estándares en
la cadena de valor de la interacción público-privada.
Que la inscripción en el RITE es valorada positivamente por este Servicio Nacional para la interacción con el

�sector privado, en tanto demuestra un compromiso con la agenda de transparencia e integridad.
Que, en este marco, el SENASA exigirá la inscripción en el RITE de todas las empresas y entidades que
concurran con este Organismo, en tareas de control, demostrando comprometerse con la agenda de transparencia
e integridad, que lleva adelante el ESTADO NACIONAL.
Que la OFICINA ANTICORRUPCIÓN (OA) tiene a disposición de toda la comunidad una sección denominada
“Caja de Herramientas”, en la que se ofrece material de apoyo y capacitaciones para la implementación de buenas
prácticas y políticas de integridad en empresas y entidades.
Que las Direcciones Nacionales y Generales de este Organismo han tomado conocimiento de la medida
propiciada.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de las facultades conferidas por el
Artículo 8°, inciso h) del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Obligatoriedad de inscripción en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y
Entidades (RITE). Se establece la obligatoriedad de la inscripción en el Registro de Integridad y Transparencia
para Empresas y Entidades (RITE) de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, de todas las empresas y entidades que
concurran con el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) en
las tareas de control, certificación y/o asistencia sanitaria.
ARTÍCULO 2°.- Implementación progresiva. La presente norma será de implementación progresiva,
estableciéndose aquí las actividades alcanzadas en esta primera etapa y, posteriormente, este Servicio Nacional
determinará un cronograma que incluya las restantes actividades de su incumbencia a ser incorporadas en la
presente.
ARTÍCULO 3°.- Actividades comprendidas en la primera etapa. En esta primera etapa de implementación quedan
expresamente comprendidas dentro de los alcances del Artículo 1° de la presente medida, las empresas y
entidades que concurran con el SENASA en tareas de control, certificación y/o asistencia sanitaria, y que
específicamente desarrollen actividades en:
Inciso a) Centros de Tratamientos Cuarentenarios de Fumigación con Bromuro de Metilo;
Inciso b) Centros de Tratamientos Cuarentenarios de Frío;
Inciso c) Centros Combinados: Fumigación con Bromuro de Metilo-Frío;

�Inciso d) Empresas aplicadoras de Fumigantes en el ámbito del comercio internacional;
Inciso e) Centros de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera, Madera de Soporte y/o Acomodación
(CATEM);
Inciso f) Hornos Secaderos Tradicionales de Madera (HOSETRAM);
Inciso g) Registro de Entidades Certificadoras de Calidad en Alimentos;
Inciso h) Registro de Entidades Funcionales oficialmente reconocidas;
Inciso i) Registro Nacional de Entidades Certificadoras de Productos Orgánicos;
Inciso j) Registro de Laboratorios de Ensayo y Diagnóstico de la Red Nacional de Laboratorios;
Inciso k) Registro de Prestadores de Servicios del Programa de Residuos;
Inciso l) Registro de Controladores y Certificadores de Granos y subproductos con destino a la exportación.
ARTÍCULO 4°.- Inscripción. Los sujetos que desempeñen las actividades comprendidas en esta primera etapa
deberán estar inscriptos en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE) con
anterioridad al 31 de julio de 2023, con excepción de los comprendidos en la Resolución N° RESOL-2022-708APN-PRES#SENASA del 3 de noviembre de 2022 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA. La constancia de inscripción en el RITE deberá presentarse ante el SENASA, y será de
exigencia obligatoria a partir del 31 de julio de 2023. Los sujetos alcanzados por la presente medida, que a partir
de la fecha señalada no cuenten con la respectiva inscripción, no podrán seguir operando con este Servicio
Nacional en los términos actuales.
ARTÍCULO 5°.- Creación. Se crea la Mesa de Trabajo de Articulación Público-Privada para el seguimiento de la
implementación de la presente medida, la que funcionará en el ámbito de la Unidad de Integridad Pública, creada
por la Resolución N° RESOL-2022-190-APN-PRES#SENASA del 13 de abril de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 6°.- Vigencia. La presente norma entra en vigencia el 31 de julio de 2023.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.06.03 19:46:46 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.06.03 19:46:50 -03:00

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                <text>Obligatoriedad de inscripción en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE). Se establece la obligatoriedad de la inscripción en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE) de la OFICINA ANTICORRUPCIÓN, de todas las empresas y entidades que concurran con el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) en las tareas de control, certificación y/o asistencia sanitaria.</text>
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                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por Art. 1° de la &lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/4426#?c=0&amp;amp;m=0&amp;amp;s=0&amp;amp;cv=0"&gt;Resolucion N° 0120/2025 del SENASA&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-492-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 1 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-51865878- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA DESIGNACIÓN
TRANSITORIA DEL LICENCIADO MARIANO COLOMBO COMO COORDINADOR DE HIGIENE Y
SEGURIDAD EN EL TRABAJO

VISTO el Expediente Nº EX-2023-51865878- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2022-660-APN-JGM del 7 de julio de
2022 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; la Resolución Nº RESOL-2019-520APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-660-APN-JGM del 7 de julio de 2022 se da por designado
con carácter transitorio, a partir del 1 de abril de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir del dictado de la medida, al Licenciado en Seguridad e Higiene en el Trabajo D. Mariano
Nicolás COLOMBO (M.I. Nº 29.233.450) en el cargo de Coordinador de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la
Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente

�de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del referido Organismo.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su

�modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 30 de marzo de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinador de
Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General
Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
del Licenciado en Seguridad e Higiene en el Trabajo D. Mariano Nicolás COLOMBO (M.I. Nº 29.233.450),
dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-660-APN-JGM del 7 de julio de 2022, quien revista
en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.06.01 13:50:33 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 30 de marzo de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinador de Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SENASA, del Licenciado en Seguridad e Higiene en el Trabajo D. Mariano Nicolás COLOMBO (M.I. Nº 29.233.450), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD/2022/660/APN/JGM del 7 de julio de 2022, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-491-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 1 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-51869005- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES AL INGENIERO AGRÓNOMO ALEJANDRO GABRIEL FERNÁNDEZ COMO
DIRECTOR NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

VISTO el Expediente Nº EX-2023-51869005- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2020-50-APN-MAGYP del 17 de abril de 2020
del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2020-817-APNPRES#SENASA del 23 de octubre de 2020, RESOL-2021-300-APN-PRES#SENASA del 3 de junio de 2021,
RESOL-2021-640-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-629-APNPRES#SENASA del 29 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-50-APN-MAGYP del 17 de abril de 2020 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 27 de
diciembre de 2019 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Director Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Alejandro
Gabriel FERNÁNDEZ (M.I. N° 13.808.079), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL2020-817-APN-PRES#SENASA del 23 de octubre de 2020, RESOL-2021-300-APN-PRES#SENASA del 3 de

�junio de 2021, RESOL-2021-640-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-629-APNPRES#SENASA del 29 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso

�h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 30 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director Nacional de
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Alejandro Gabriel FERNÁNDEZ (M.I. N° 13.808.079),
dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-50-APN-MAGYP del 17 de abril de 2020 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros.
RESOL-2020-817-APN-PRES#SENASA del 23 de octubre de 2020, RESOL-2021-300-APN-PRES#SENASA
del 3 de junio de 2021, RESOL-2021-640-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022629-APN-PRES#SENASA del 29 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e3), Tramo Superior del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.06.01 13:49:08 ART
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DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.06.01 13:50:11 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 30 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del SENASA, al Ingeniero Agrónomo D. Alejandro Gabriel FERNÁNDEZ (M.I. N° 13.808.079), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/50/APN/MAGYP del 17 de abril de 2020 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2020/817/APN/PRES#SENASA del 23 de octubre de 2020, RESOL/2021/300/APN/PRES#SENASA del 3 de junio de 2021, RESOL/2021/640/APN/PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL/2022/ 629/APN/PRES#SENASA del 29 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e3), Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva I</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-490-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 31 de Mayo de 2023

Referencia: EX-2023-51865776- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES AL INGENIERO AGRÓNOMO RICARDO ANTONIO SÁNCHEZ COMO DIRECTOR DE
CENTRO REGIONAL PATAGONIA NORTE

VISTO el Expediente Nº EX-2023-51865776- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2021-80-APN-MAGYP del 20 de mayo de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2021-628-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021 y RESOL2022-602-APN-PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, ambas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2021-80-APN-MAGYP del 20 de mayo de 2021 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de febrero
de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Director de Centro Regional Patagonia Norte de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero
Agrónomo D. Ricardo Antonio SÁNCHEZ (M.I. N° 12.190.428), asignación prorrogada mediante las
Resoluciones Nros. RESOL-2021-628-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-602APN-PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, ambas del citado Servicio Nacional.

�Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.

�Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 27 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director de Centro Regional
Patagonia Norte de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Ricardo Antonio SÁNCHEZ (M.I. N°
12.190.428), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2021-80-APN-MAGYP del 20 de mayo de 2021 del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones
Nros. RESOL-2021-628-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-602-APNPRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, ambas del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 5, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.05.31 12:00:09 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.05.31 12:00:14 -03:00

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                <text>Prorrógase la asignación transitoria de funciones al Ing. Agr. Ricardo Antonio Sánchez como Director de Centro Regional Patagonia Norte</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 27 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Director de Centro Regional Patagonia Norte de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA, al Ingeniero Agrónomo D. Ricardo Antonio SÁNCHEZ (M.I. N° 12.190.428), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2021/80/APN/MAGYP del 20 de mayo de 2021 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2021/628/APN/PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021 y RESOL/2022/602/APN/ PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, ambas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 5, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III</text>
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1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-487-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 30 de Mayo de 2023

Referencia: EX-2023-56203056- -APN-DGTYA#SENASA - MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA
ORGANIZATIVA

VISTO el Expediente N° EX-2023-56203056- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 40 del 25 de enero
de 2007 y sus modificatorios y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa
Nº 1881 del 10 de diciembre de 2018 y sus modificatorias; las Resoluciones Nros. 520 del 13 de mayo de 2019 y
342 del 7 de junio de 2022, ambas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios se aprobaron el Organigrama de Aplicación y los Objetivos de
la Administración Pública Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, y se establecieron los ámbitos
jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados, entre ellos el SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) como organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA.
Que mediante el Decreto N° 40/07 y sus modificatorios se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA).
Que a través de la Decisión Administrativa N° 1881/18 y sus modificatorias se aprobó la estructura organizativa
de primer y segundo nivel operativo de este Servicio Nacional.
Que por el Artículo 7° de la mentada decisión administrativa se estableció que el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA debía aprobar las aperturas inferiores a las autorizadas por el
Artículo 2° de dicha decisión administrativa, correspondiente al segundo nivel operativo, previa intervención de
la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL, dependiente de la SECRETARÍA DE
GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

�Que mediante la Resolución SENASA N° 520/19 y su modificatoria N° 342/22 se aprobó la estructura
organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo.
Que razones de gestión tornan necesaria la modificación de la estructura organizativa de nivel departamental del
Organismo.
Que la medida propuesta no implica erogación presupuestaria alguna para el ESTADO NACIONAL.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO
ORGANIZACIONAL, dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 7° de la Decisión
Administrativa Nº 1881/18.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyense los Anexos Id, Ie, If y Ig del Artículo 1° de la Resolución N° 520 del 13 de mayo
de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, por los que, con igual denominación, obran en la Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2023-57992076-APN-PRES#SENASA), que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Suprímense del Anexo II del Artículo 1° de la Resolución N° 520 del 13 de mayo de 2019 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, las Acciones de la Coordinación
de Arquitectura y Mantenimiento, dependiente de la Coordinación General Administrativa de la Dirección de
Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección General Técnica y Administrativa del referido Servicio
Nacional.
ARTÍCULO 3°.- Incorpóranse al Anexo II del Artículo 1° de la Resolución N° 520 del 13 de mayo de 2019 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, las Acciones de la Coordinación
de Gestión de Proyectos Informáticos y de la Coordinación de Desarrollo de Proyectos de Software, ambas con
dependencia de la Dirección de Tecnología de la Información; de la Coordinación de Arquitectura y de la
Coordinación de Servicios Generales y Mantenimiento, ambas con dependencia de la Dirección de Servicios
Administrativos y Financieros; y de la Coordinación de Articulación Administrativa, todas ellas de la Dirección
General Técnica y Administrativa del mencionado Servicio Nacional, de conformidad con el detalle obrante en la
Planilla Anexa al presente artículo (IF-2023-57992062-APN-PRES#SENASA), que forma parte integrante de la
presente resolución.

�ARTÍCULO 4°.- Incorpóranse al Anexo II del Artículo 1° de la Resolución N° 520 del 13 de mayo de 2019 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, las Acciones de la Coordinación
de Bioinsumos, dependiente de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos de la Dirección Nacional de
Protección Vegetal del aludido Servicio Nacional, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al
presente artículo (IF-2023-57992045-APN-PRES#SENASA), que forma parte integrante de la presente
resolución.
ARTÍCULO 5°.- El cumplimiento de la presente medida será asignado a los créditos de la Entidad 623 –
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.05.30 15:02:39 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.05.30 15:02:43 -03:00

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                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
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                <text>Sustitúyense los Anexos Id, Ie, If y Ig del Artículo 1° de la Resolución N° 520 del 13 de mayo de 2019 del SENASA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SAGyP del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por los que, con igual denominación, obran en la Planilla Anexa al presente artículo (IF-2023-57992076-APN-PRES#SENASA), que forma parte integrante de la presente resolución</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-486-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 25 de Mayo de 2023

Referencia: EX-2023-51868808- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES COMO COORDINADOR REGIONAL DE SANIDAD ANIMAL DE LA DIRECCIÓN DE
CENTRO REGIONAL BUENOS AIRES SUR AL MÉDICO VETERINARIO JAVIER PABLO VIANA

VISTO el Expediente N° EX-2023-51868808- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2020-198-APN-MAGYP del 23 de septiembre de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2021-226-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2021, RESOL-2021-638APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-606-APN-PRES#SENASA del 26 de
septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-198-APN-MAGYP del 23 de septiembre de 2020 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del
2 de enero de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinador Regional de Sanidad Animal de la entonces Dirección de Centro
Regional Pampeano, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Javier Pablo VIANA (M.I. N°
14.588.093), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-226-APN-PRES#SENASA

�del 3 de mayo de 2021, RESOL-2021-638-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022606-APN-PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que la Dirección de Centro Regional Pampeano es homologada como Dirección de Centro Regional Buenos
Aires Sur por la mentada Decisión Administrativa Nº 47/21.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.

�Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 27 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de
Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Buenos Aires Sur, dependiente de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico
Veterinario D. Javier Pablo VIANA (M.I. N° 14.588.093), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-198APN-MAGYP del 23 de septiembre de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-226-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo
de 2021, RESOL-2021-638-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-606-APNPRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

�archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.05.25 12:36:43 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.05.25 12:36:48 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 27 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Buenos Aires Sur, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA, al Médico Veterinario D. Javier Pablo VIANA (M.I. N° 14.588.093), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/198/ APN/MAGYP del 23 de septiembre de 2020 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2021/226/APN/PRES#SENASA del 3 de mayo de 2021, RESOL/2021/638/APN/PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL/2022/606/APN/ PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-484-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 25 de Mayo de 2023

Referencia: EX-2023-60162932- -APN-DGTYA#SENASA - DESTACA EN COMISIÓN DE SERVICIOS A
LA MÉDICA VETERINARIA MARÍA NATALIA AZNAR

VISTO el Expediente N° EX-2023-60162932- -APN-DGTYA#SENASA, el Decreto N° 997 del 7 de septiembre
de 2016; la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 997 del 7 de septiembre de 2016 se aprueba el Régimen de Viáticos, Alojamiento y
Pasajes del Personal de la Administración Pública Nacional en cumplimiento de misiones y comisiones al exterior
de carácter oficial.
Que el Artículo 3° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022
establece que los traslados por misiones o comisiones al exterior, cualquiera fuera la fuente de financiamiento del
gasto, deberán contar con la conformidad previa y expresa del titular de la jurisdicción de la cual dependan.
Que mediante la Nota N° NO-2023-55197501-APN-PRES#SENASA se elevó al señor Secretario de Agricultura,
Ganadería y Pesca la autorización del desplazamiento de la Médica Veterinaria Da. María Natalia AZNAR,
(C.U.I.L. N° 23-25131607-4), quien se encuentra en comisión por Resolución N° RESOL-2023-56-APNCD#INTA del 7 de marzo de 2023 del Consejo Directivo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA
AGROPECUARIA, prestando servicios en la Dirección de Planificación y Estrategia de Sanidad Animal,
dependiente de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que por la Nota N° IF-2023-59064644-APN-MEC el señor Ministro de Economía solicitó a la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS la autorización para el desplazamiento de que se trata.
Que a través de la Nota N° NO-2023-60032296-APN-JGM el señor Jefe de Gabinete de Ministros prestó
conformidad a dicho desplazamiento.

�Que, en consecuencia, procede destacar en comisión de servicios en representación del mentado Servicio
Nacional a la citada profesional que se detalla en el Artículo 1° de la presente resolución.
Que, asimismo, corresponde que las Direcciones de Servicios Administrativos y Financieros y de Recursos
Humanos, ambas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa, tomen la intervención en el
ámbito de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 997 del 7 de
septiembre de 2016, por la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-836-APN-JGM del 24 de agosto de 2022 y
por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825
del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Destácase en comisión de servicios en representación del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica Veterinaria Da. María Natalia AZNAR, (C.U.I.L.
N° 23-25131607-4), conforme al siguiente detalle:

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Nombre y Apellido
del Agente y/o
Dependencia
Funcionario

Destino

Desde

Hasta

Días

C.C.

A cargo de:

PARTICIPAR EN EL TALLER “EL USO DE MODELOS DE TRANSMISIÓN PARA SIMULAR
EPIDEMIAS DE FIEBRE AFTOSA Y LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES DE CONTROL”

María
AZNAR

Dirección
Natalia Nacional de
Sanidad
Animal

Duque de Caxias,
Estado de Río de
Janeiro,
28/05/2023 02/06/2023 5 y 1/2
REPÚBLICA
FEDERATIVA
DEL BRASIL

-

Pasaje: OPS
Viáticos: OPS
Alojamiento:
OPS

ARTÍCULO 2°.- Remítase copia del presente acto a las Direcciones de Servicios Administrativos y Financieros y
de Recursos Humanos, ambas dependientes de la Dirección General Técnica y Administrativa, a fin de que tomen

�la intervención en el ámbito de su competencia.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.05.25 12:35:19 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.05.25 12:35:23 -03:00

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Resolución SENASA Nº 0484/2023</text>
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                <text>Se destaca en comisión de servicios a la Méd. Vet. María Natalia Aznar</text>
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                <text>Destácase en comisión de servicios en representación del SENASA, a la Médica Veterinaria Da. María Natalia AZNAR, (C.U.I.L. N° 23/25131607/4), conforme al siguiente detalle: PARTICIPAR EN EL TALLER “EL USO DE MODELOS DE TRANSMISIÓN PARA SIMULAR EPIDEMIAS DE FIEBRE AFTOSA Y LA IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES DE CONTROL” - Duque de Caxias, Río de Janeiro, REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-479-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 23 de Mayo de 2023

Referencia: EX-2023-50764483- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES COMO COORDINADOR DE TESORERÍA AL LICENCIADO LEONARDO JOSÉ
FIDALGO

VISTO el Expediente Nº EX-2023-50764483- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-148-APN-MAGYP del 27 de noviembre de
2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2019-520-APNPRES#SENASA del 13 de mayo de 2019, RESOL-2020-524-APN-PRES#SENASA del 31 de julio de 2020,
RESOL-2021-82-APN-PRES#SENASA del 22 de febrero de 2021, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA del
1 de septiembre de 2021, RESOL-2022-250-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022 y RESOL-2022-765APN-PRES#SENASA del 25 de noviembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2019-148-APN-MAGYP del 27 de noviembre de 2019 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del
14 de mayo de 2019 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinador de Tesorería de la Coordinación General Financiera de la Dirección de
Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Licenciado en Finanzas de

�Empresas D. Leonardo José FIDALGO (M.I. N° 20.200.715), asignación prorrogada mediante las Resoluciones
Nros. RESOL-2020-524-APN-PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL-2021-82-APN-PRES#SENASA
del 22 de febrero de 2021, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA del 1 de septiembre de 2021, RESOL-2022250-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022 y RESOL-2022-765-APN-PRES#SENASA del 25 de
noviembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado Servicio
Nacional se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo del referido
Organismo.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.

�Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 26 de mayo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador de Tesorería de la
Coordinación General Financiera de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la
Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Licenciado en Finanzas de Empresas D. Leonardo José FIDALGO (M.I. N°
20.200.715), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2019-148-APN-MAGYP del 27 de noviembre de 2019 del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones
Nros. RESOL-2020-524-APN-PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL-2021-82-APN-PRES#SENASA
del 22 de febrero de 2021, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA del 1 de septiembre de 2021, RESOL-2022250-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022 y RESOL-2022-765-APN-PRES#SENASA del 25 de
noviembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo,
Categoría Profesional, Grado 5, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios,
autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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                <text>Prorróguese, a partir del 26 de mayo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador de Tesorería de la Coordinación General Financiera de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SENASA, al Licenciado en Finanzas de Empresas D. Leonardo José FIDALGO (M.I. N° 20.200.715), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2019/148/APN/MAGYP del 27 de noviembre de 2019 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2020/524/APN/PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL/2021/82/APN/PRES#SENASA del 22 de febrero de 2021, RESOL/2021/456/APN/PRES#SENASA del 1 de septiembre de 2021, RESOL/2022/ 250/APN/PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022 y RESOL/2022/765/APN/PRES#SENASA del 25 de noviembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 5, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-470-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 22 de Mayo de 2023

Referencia: EX-2023-48341947- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES COMO COORDINADORA DE AGROQUÍMICOS, FERTILIZANTES Y
CONTAMINANTES A LA LICENCIADA MARISA LILIANA BUMAGUIN

VISTO el Expediente Nº EX-2023-48341947- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo
de 2019, RESOL-2020-209-APN-MAGYP del 30 de septiembre de 2020 del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2021-230-APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021,
RESOL-2021-632-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-604-APNPRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-209-APN-MAGYP del 30 de septiembre de 2020 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del
2 de enero de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinadora de Agroquímicos, Fertilizantes y Contaminantes de la Dirección de
Laboratorio Vegetal, dependiente de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Licenciada en Química Da. Marisa
Liliana BUMAGUIN (M.I. N° 13.515.798), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-

�2021-230-APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021, RESOL-2021-632-APN-PRES#SENASA del 15 de
diciembre de 2021 y RESOL-2022-604-APN-PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, todas del citado
Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado Servicio
Nacional se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo del referido
Organismo.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se

�propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 27 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora de
Agroquímicos, Fertilizantes y Contaminantes de la Dirección de Laboratorio Vegetal, dependiente de la
Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, a la Licenciada en Química Da. Marisa Liliana BUMAGUIN (M.I. N° 13.515.798),
dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-209-APN-MAGYP del 30 de septiembre de 2020 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros.
RESOL-2021-230-APN-PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021, RESOL-2021-632-APN-PRES#SENASA del
15 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-604-APN-PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, todas del
citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 2, Tramo
Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente
pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.05.22 13:47:45 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.05.22 13:47:49 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 27 de marzo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora de Agroquímicos, Fertilizantes y Contaminantes de la Dirección de Laboratorio Vegetal, dependiente de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SENASA, a la Licenciada en Química Da. Marisa Liliana BUMAGUIN (M.I. N° 13.515.798), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2020/209/APN/MAGYP del 30 de septiembre de 2020 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2021/230/APN/PRES#SENASA del 6 de mayo de 2021, RESOL/2021/632/APN/PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021 y RESOL/2022/604/APN/PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 2, Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-468-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 19 de Mayo de 2023

Referencia: EX-2023-46823231- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES COMO COORDINADOR REGIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL SANTA FE AL MÉDICO
VETERINARIO LUIS PABLO RACCA

VISTO el Expediente Nº EX-2023-46823231- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2021-206-APN-MAGYP del 29 de septiembre de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA y RESOL-2022-516-APN-PRES#SENASA del 19 de agosto de 2022 del citado
Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2021-206-APN-MAGYP del 29 de septiembre de 2021 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del
1 de marzo de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de
Centro Regional Santa Fe, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Luis Pablo RACCA (M.I. N°
20.244.844), asignación prorrogada mediante la Resolución N° RESOL-2022-516-APN-PRES#SENASA del 19

�de agosto de 2022 del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la máxima autoridad del Organismo competente para su dictado.

�Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por los Artículos 8°,
inciso h) y 9°, inciso a) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10
de junio de 2010, y conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre
de 2018 y su modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de
2020.

Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 20 de febrero de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de Centro Regional Santa Fe, dependiente de la Dirección
Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al
Médico Veterinario D. Luis Pablo RACCA (M.I. N° 20.244.844), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2021206-APN-MAGYP del 29 de septiembre de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante la Resolución N° RESOL-2022-516-APN-PRES#SENASA del
19 de agosto de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría
Profesional, Grado 5, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose
el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by ACERBI Rodolfo Cesar
Date: 2023.05.19 11:19:37 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

E/E Rodolfo César Acerbi
Vicepresidente
Vicepresidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.05.19 11:19:44 -03:00

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