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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-571-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 5 de Julio de 2023

Referencia: EX-2023-66053031- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA DESIGNACIÓN
TRANSITORIA DEL LICENCIADO ROBERTO OLIVIERI PINTO COMO COORDINADOR GENERAL DE
COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL

VISTO el Expediente Nº EX-2023-66053031- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2022-845-APN-JGM del 25 de agosto de
2022 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-845-APN-JGM del 25 de agosto de 2022 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de abril de 2022 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Licenciado D. Roberto Luis OLIVIERI PINTO (D.N.I.
Nº 26.186.846) en el cargo de Coordinador General de Comunicación Institucional del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.

�Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE

�SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 20 de mayo de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Licenciado D. Roberto
Luis OLIVIERI PINTO (M.I. Nº 26.186.846) como Coordinador General de Comunicación Institucional del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión
Administrativa N° DECAD-2022-845-APN-JGM del 25 de agosto de 2022, quien revista en el Agrupamiento
Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus
modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.07.05 12:03:35 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.07.05 12:03:43 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 20 de mayo de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Licenciado D. Roberto Luis OLIVIERI PINTO (M.I. N 26.186.846) como Coordinador General de Comunicación Institucional del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD/2022/845/APN/JGM del 25 de agosto de 2022, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-561-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 30 de Junio de 2023

Referencia: EX-2019-02929956- -APN-DGTYA#SENASA - DESIGNACIÓN EN PLANTA PERMANENTE
(CARGOS SIMPLES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LABORATORIOS Y CONTROL TÉCNICO

VISTO el Expediente N° EX-2019-02929956- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios, y DCTO-2022-426-APN-PTE del 21 de julio de 2022; el Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. 878 del 16 de octubre de 2014, DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023 y DECAD-2023-291APN-JGM del 10 de abril de 2023; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18
de enero de 2010 del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente; las Resoluciones Nros. 149 del 30 de abril de
2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y RESOL-2023-206-APNPRES#SENASA del 9 de marzo de 2023 del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado actuante en la
órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
y

CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto se tramita el proceso de selección para la cobertura de cargos simples
correspondientes a la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE

�SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que mediante el Artículo 1° del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se establece
que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA actuará como organismo
descentralizado, con autarquía económico-financiera y técnico-administrativa y dotado de personería jurídica
propia, en el ámbito del derecho público y privado, en jurisdicción de la entonces SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, actual SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, y en su Artículo 2° se estatuye que tendrá la responsabilidad de ejecutar las políticas
nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, para prevenir, controlar y erradicar las enfermedades
de los animales y las plagas vegetales, en salvaguarda del patrimonio sanitario animal y vegetal de la
REPÚBLICA ARGENTINA.
Que por la Decisión Administrativa Nº 878 del 16 de octubre de 2014 se exceptúa al referido Servicio Nacional,
organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA, de lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 26.895, a efectos de cubrir diversos cargos vacantes de la
Planta Permanente de esa jurisdicción, mediante los sistemas de selección previstos en el Título VI del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios.
Que por la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la exSECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010
del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, se aprueba el Reglamento del Procedimiento de
Selección para la Cobertura de Vacantes del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del aludido
Servicio Nacional.
Que mediante la Resolución N° 149 del 30 de abril de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, se convoca al proceso de selección para la cobertura de cargos
simples vacantes, en los términos del Artículo 61 del Anexo del mencionado Decreto Nº 40/07.
Que, a fin de garantizar el normal desarrollo de las tareas y de las responsabilidades asignadas al aludido Servicio
Nacional, resulta necesario y prioritario regularizar el proceso concursal oportunamente sustanciado.
Que, en ese sentido, por la Decisión Administrativa N° DECAD-2023-291-APN-JGM del 10 de abril de 2023 se
exceptúa al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, de lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de
la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes
y financiados de la Planta de Personal Permanente, atento a los procesos de selección oportunamente
sustanciados.

�Que, en consecuencia, hallándose cumplidas las etapas de los procesos de selección conforme lo determinan las
normas legales vigentes en la materia, procede efectuar la correspondiente designación en la Planta Permanente
del referido Servicio Nacional, de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° RESOL-2023-206-APNPRES#SENASA del 9 de marzo de 2023 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en concordancia con lo
establecido en el Artículo 2°, inciso g) del Decreto N° DCTO-2022-426-APN-PTE del 21 de julio de 2022.
Que, del mismo modo, y conforme lo expuesto por la Dirección de Recursos Humanos, procede declarar desiertos
los Registros de Oferta de Empleo (ROE) Nros. 705, 806, 812 y 813.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Artículos 5° del Decreto N° DECTO2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y de conformidad con lo establecido
en el Artículo 3° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2023-291-APN-JGM del 10 de abril de 2023.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 1 de julio de 2023, en la Planta Permanente del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al personal
que se detalla en el Anexo (IF-2023-75205328-APN-DRRHH#SENASA) que forma parte integrante de la
presente medida, en el Agrupamiento, Categoría, Grado y Tramo, y en el cargo que en cada caso se indica.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado con cargo a las
partidas específicas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 3°.- Declárense desiertos los Registros de Oferta de Empleo (ROE) Nros. 705, 806, 812 y 813.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.06.30 19:14:52 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.06.30 19:14:56 -03:00

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                <text>Desígnase, a partir del 1 de julio de 2023, en la Planta Permanente del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, al personal que se detalla en el Anexo (IF/2023/75205328/APN/DRRHH#SENASA) que forma parte integrante de la presente medida, en el Agrupamiento, Categoría, Grado y Tramo, y en el cargo que en cada caso se indica.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-559-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 30 de Junio de 2023

Referencia: EX-2022-135360526- -APN-DGTYA#SENASA - MODIFICA EL CAPÍTULO XXIII DEL
REGLAMENTO DE INSPECCIÓN DE PRODUCTOS, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS DE ORIGEN
ANIMAL EN LO QUE RESPECTA A LA SARDINA FUEGUINA

VISTO el Expediente N° EX-2022-135360526- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; los Decretos Nros.
4.238 del 19 de julio de 1968 y DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019, y

CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1º de la Ley Nº 27.233 se declara de interés nacional la sanidad de los animales y los
vegetales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y las plagas que afecten la
producción silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad de las materias primas producto de las
actividades silvo-agrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y calidad de los
agroalimentos, los insumos agropecuarios específicos, el control de los residuos y contaminantes químicos y
microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y subproductos.
Que, asimismo, dicha declaración de interés abarca todas las etapas de la producción primaria, elaboración,
transformación, transporte, comercialización y consumo de agroalimentos y el control de los insumos y productos
de origen agropecuario que ingresen al país, así como también las producciones de agricultura familiar o
artesanales con destino a la comercialización, sujetas a la jurisdicción de la autoridad sanitaria nacional.
Que, además, a través del Artículo 2° de la mentada ley se declaran de orden público las normas nacionales por
las cuales se instrumenta y reglamenta el desarrollo de las acciones destinadas a preservar la sanidad animal y la
protección de las especies de origen vegetal y la condición higiénico-sanitaria de los alimentos de origen
agropecuario.
Que por el Artículo 3º de la aludida ley se establece la responsabilidad primaria e ineludible de los actores de la
cadena agroalimentaria, de velar y responder por la sanidad, inocuidad, higiene y calidad de su producción, de
conformidad con la normativa vigente, extendiendo esa responsabilidad a quienes produzcan, elaboren,
fraccionen, conserven, depositen, concentren, transporten, comercialicen, expendan, importen o exporten

�animales, vegetales alimentos, materias primas, aditivos alimentarios, material reproductivo, alimentos para
animales y sus materias primas, productos de la pesca y otros productos de origen animal y/o vegetal, que actúen
en forma individual, conjunta o sucesiva, en la cadena agroalimentaria.
Que, por su parte, mediante el Artículo 4° de la citada ley se dispone que la intervención de las autoridades
sanitarias competentes, en cuanto corresponda a su actividad de control, no exime la responsabilidad directa o
solidaria de los distintos actores de la cadena agroalimentaria respecto de los riesgos, peligros o daños a terceros
que deriven de la actividad desarrollada por estos.
Que a través del Artículo 6º de la mencionada ley se faculta al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) a establecer los procedimientos y sistemas para el control
público y privado de la sanidad y la calidad de los animales y vegetales y del tráfico federal, importaciones y
exportaciones de productos, subproductos y derivados de origen animal y vegetal, estos últimos en las etapas de
producción, transformación y acopio, que correspondan a su jurisdicción, productos agroalimentarios, fármacoveterinarios y fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas, adecuando los sistemas de fiscalización y certificación
higiénico-sanitaria actualmente utilizados.
Que por el Artículo 1° del Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968 se aprueba el Reglamento de Inspección de
Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, que rige en todos los aspectos higiénico-sanitarios de
elaboración e industrialización de las carnes, subproductos y derivados de origen animal, como asimismo se
establecen los requisitos para la construcción e ingeniería sanitaria de los establecimientos donde se sacrifiquen
los animales e industrialicen.
Que, además, prevé la actualización periódica del referido Reglamento, de conformidad con las necesidades de
orden tecnológico, científico e industriales que rijan la materia.
Que en el Numeral 23.1.3 del Capítulo XXIII del citado Reglamento se consigna la nominación correcta para los
productos de la pesca mediante la “NOMENCLATURA BÁSICA DE PECES, MOLUSCOS Y CRUSTÁCEOS
DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL”, en la cual se establece, entre otras, la definición de la Sardina fueguina en
la sección “PECES MARINOS”, como: Familia: Clupeida; Especie: Clupea fuegensis; Nombre común adoptado:
Sardina fueguina.
Que, por su parte, en el Numeral 23.1.5 del Capítulo XXIII del mencionado Reglamento se establecen las
denominaciones bajo las cuales podrán rotularse y expenderse las especies de sardinas que se elaboran en el país.
Que en el Numeral 23.1.6 del Capítulo XXIII del mentado Reglamento se regulan las especificaciones que deben
contener los envases de Sardinas argentinas.
Que en los últimos estudios científicos realizados por el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y
DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), organismo descentralizado en jurisdicción de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, entidad de
referencia en investigación y desarrollo pesquero, se evaluó a la especie Sardina fueguina en cuanto a sus
caracteres externos, datos biológicos, distribución geográfica, coloración, distinción con especies similares,
tamaño del recurso y comportamiento.
Que, a partir de dichos estudios, se concluyó que resulta necesario modificar la definición de la especie Sardina
fueguina, para adaptarla a la nuevas características observadas, proponiendo cambiar la actual denominación de la
especie “Familia: Clupeida; Especie: Clupea fuegensis; Nombre común adoptado: Sardina fueguina” por la de

�“Familia: Clupeidae; Especie: Sprattus fuegensis; Nombre común adoptado: Sardina fueguina”.
Que cabe señalar que la Sardina fueguina es considerada como la única especie pelágica del Mar Argentino, a 45°
del Paralelo Sur, que alcanza una biomasa considerable estimada en TRESCIENTAS VEINTITRÉS MIL
TONELADAS (323.000 t), existiendo DOS (2) stocks de esta, el primero habita la zona costera alrededor de las
ISLAS MALVINAS y el otro, denominado continental, se encuentra en las costas de las Provincias de SANTA
CRUZ y de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR y canales fueguinos, los
que constituyen uno de los potenciales recursos pesqueros pelágicos más importante de la Patagonia Austral.
Que, en consecuencia, resulta necesario modificar el Capítulo XXIII del referido Reglamento, a los efectos de
actualizar la definición de la especie Sardina fueguina, de acuerdo con los últimos estudios científicos realizados.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 8º, inciso f) del
Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitución de la definición Sardina fueguina en el Numeral 23.1.3 del Capítulo XXIII del
Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto
N° 4.238 del 19 de julio de 1968. Anexo I. Se sustituye la definición de la Sardina fueguina (Familia: Clupeida;
Especie: Clupea fuegensis; Nombre común adoptado: Sardina fueguina) establecida en la sección “PECES
MARINOS” de la “NOMENCLATURA BÁSICA DE PECES, MOLUSCOS Y CRUSTÁCEOS DE
EXPLOTACIÓN COMERCIAL” del Numeral 23.1.3 del Capítulo XXIII del citado Reglamento, por la
definición que, como Anexo I (IF-2023-68757352-APN-DNIYCA#SENASA), forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Sustitución del Numeral 23.1.5 del Capítulo XXIII del mencionado Decreto N° 4.238/68. Anexo
II. Se sustituye el Numeral 23.1.5 del Capítulo XXIII del aludido Reglamento, por el que se establece en el Anexo
II (IF-2023-68757102-APN-DNIYCA#SENASA), que forma parte del presente marco normativo.
ARTÍCULO 3°.- Sustitución del Numeral 23.1.6 del Capítulo XXIII del referido Decreto N° 4.238/68. Anexo III.
Se sustituye el Numeral 23.1.6 del Capítulo XXIII del mencionado Reglamento, por el que se establece en el
Anexo III (IF-2023-68756843-APN-DNIYCA#SENASA), que forma parte del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 4°.- Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.06.30 13:26:08 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.06.30 13:26:12 -03:00

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                <text>Sustitución de la definición Sardina fueguina en el Numeral 23.1.3 del Capítulo XXIII del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968. Anexo I. Se sustituye la definición de la Sardina fueguina (Familia: Clupeida; Especie: Clupea fuegensis; Nombre común adoptado: Sardina fueguina) establecida en la sección “PECES MARINOS” de la “NOMENCLATURA BÁSICA DE PECES, MOLUSCOS Y CRUSTÁCEOS DE EXPLOTACIÓN COMERCIAL” del Numeral 23.1.3 del Capítulo XXIII del citado Reglamento, por la definición que, como Anexo I (IF/2023/68757352/APN/DNIYCA#SENASA), forma parte integrante de la presente resolución.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-557-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 30 de Junio de 2023

Referencia: EX-2022-28593892- -APN-DGTYA#SENASA - DA POR ASIGNADAS TRANSITORIAMENTE
LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DE LABORATORIO VEGETAL AL QUÍMICO LEONARDO
BELGORODSKY

VISTO el Expediente Nº EX-2022-28593892- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios, 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de
diciembre de 2018 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio se establece, entre
otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas
jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y las/los
Secretarias/os de Gobierno.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprobó la estructura
organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y su
modificatoria se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado Servicio
Nacional.
Que, en esta instancia, corresponde asignar al Químico D. Leonardo BELGORODSKY (M.I. N° 17.318.962) las
funciones de Director de Laboratorio Vegetal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo
descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del

�MINISTERIO DE ECONOMÍA, con carácter transitorio, con excepción a lo previsto en el Título VI del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el
Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y de conformidad con lo establecido en los apartados
I, II y III del inciso a) del Artículo 15 del Anexo I al Decreto N° 1.421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio,
reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en los Artículos 3° y 5° del Decreto N°
DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas, desde el 26 de enero de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados
a partir de la firma de la presente medida, con carácter transitorio, las funciones de Director de Laboratorio
Vegetal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Función Directiva III, al
Químico D. Leonardo BELGORODSKY (M.I. N° 17.318.962), de la Planta Permanente, Agrupamiento
Operativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Directiva, prevista en el Título IV, Capítulo I, Artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus
modificatorios, y con carácter de excepción a lo establecido en el Título VI de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será imputado a
las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.06.30 13:23:46 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.06.30 13:23:50 -03:00

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                <text>Dénse por asignadas, desde el 26 de enero de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la presente medida, con carácter transitorio, las funciones de Director de Laboratorio Vegetal de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico del SENASA, organismo descentralizado en la órbita de la SAGyP del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Función Directiva III, al Químico D. Leonardo BELGORODSKY (M.I. N° 17.318.962), de la Planta Permanente, Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva, prevista en el Título IV, Capítulo I, Artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo establecido en el Título VI de dicho Convenio</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-555-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 30 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-65849779- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA DESIGNACIÓN
TRANSITORIA DEL MÉDICO VETERINARIO CARLOS JAVIER ALARCÓN COMO COORDINADOR
REGIONAL DE SANIDAD ANIMAL DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CORRIENTESMISIONES

VISTO el Expediente Nº EX-2023-65849779- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021, DECAD-2021-785-APN-JGM del 6 de agosto de 2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; la Resolución Nº RESOL-2022-514-APN-PRES#SENASA del 19 de agosto de
2022 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-785-APN-JGM del 6 de agosto de 2021 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Carlos Javier ALARCÓN
(M.I. N° 27.893.071) en el cargo de Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro
Regional Corrientes-Misiones, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, designación prorrogada mediante la
Resolución Nº RESOL-2022-514-APN-PRES#SENASA del 19 de agosto de 2022 del citado Servicio Nacional.

�Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.

�Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 16 de mayo de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D.
Carlos Javier ALARCÓN (M.I. N° 27.893.071) como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección
de Centro Regional Corrientes-Misiones, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N°
DECAD-2021-785-APN-JGM del 6 de agosto de 2021 y prorrogada mediante la Resolución N° RESOL-2022514-APN-PRES#SENASA del 19 de agosto de 2022, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría
Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose
el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.06.30 13:21:50 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.06.30 13:21:55 -03:00

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                <text>Resolución SENASA Nº 0555/2023</text>
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                <text>Prorrógase la designación transitoria del Méd. Vet. Carlos Javier Alarcón como Coordinador Regional de Sanidad Animal (Corrientes/Misiones)</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 16 de mayo de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D. Carlos Javier ALARCÓN (M.I. N° 27.893.071) como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Corrientes/Misiones, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-553-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 30 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-60969711- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES A LA ABOGADA DANIELA SILVANA LASSAGA COMO COORDINADORA GENERAL
DE GESTIÓN DOCUMENTAL

VISTO el Expediente Nº EX-2023-60969711- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-181-APN-MAGYP del 5 de diciembre de
2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2020-485-APNPRES#SENASA del 24 de julio de 2020, RESOL-2021-71-APN-PRES#SENASA del 11 de febrero de 2021,
RESOL-2021-478-APN-PRES#SENASA del 16 de septiembre de 2021, RESOL-2022-249-APNPRES#SENASA del 3 de mayo de 2022 y RESOL-2022-759-APN-PRES#SENASA del 25 de noviembre de
2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2019-181-APN-MAGYP del 5 de diciembre de 2019 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se asignan transitoriamente, desde el 11 de julio
de 2019 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de titular de la Coordinación General de Gestión Documental, dependiente de la
Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, a la Abogada Da. Daniela Silvana LASSAGA (M.I. N° 22.390.304), asignación

�prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-485-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2020,
RESOL-2021-71-APN-PRES#SENASA del 11 de febrero de 2021, RESOL-2021-478-APN-PRES#SENASA del
16 de septiembre de 2021, RESOL-2022-249-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022 y RESOL-2022-759APN-PRES#SENASA del 25 de noviembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

�Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 26 de mayo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora General de Gestión
Documental, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Abogada Da. Daniela Silvana LASSAGA (M.I. N°
22.390.304), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2019-181-APN-MAGYP del 5 de diciembre de 2019 del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones
Nros. RESOL-2020-485-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2020, RESOL-2021-71-APN-PRES#SENASA
del 11 de febrero de 2021, RESOL-2021-478-APN-PRES#SENASA del 16 de septiembre de 2021, RESOL2022-249-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022 y RESOL-2022-759-APN-PRES#SENASA del 25 de
noviembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo,
Categoría Profesional, Grado 8, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.06.30 13:17:47 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.06.30 13:17:51 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-552-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 30 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-34656159- -APN-DGTYA#SENASA - DA POR ASIGNADAS TRANSITORIAMENTE
LAS FUNCIONES DE DIRECTOR NACIONAL DE OPERACIONES AL INGENIERO AGRÓNOMO PABLO
CORTESE

VISTO el Expediente Nº EX-2023-34656159- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios, 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de
diciembre de 2018 y su modificatoria N° DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, y

CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio se establece, entre
otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas
jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y las/los
Secretarias/os de Gobierno.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprueba la estructura
organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba
la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado Servicio Nacional.
Que, posteriormente, a través de la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 se modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, y
se incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del Organismo, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero
de 2007 y sus modificatorios, en lo que respecta a la Dirección Nacional de Operaciones.

�Que, en esta instancia, corresponde asignar al Ingeniero Agrónomo D. Pablo Luis CORTESE (M.I. N°
14.990.392) las funciones de Director Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con carácter transitorio, con
excepción a lo previsto en el Título VI del precitado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, y de conformidad
con lo establecido en los apartados I, II y III del inciso a) del Artículo 15 del Anexo I al Decreto N° 1.421 del 8
de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional
N° 25.164.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en los Artículos 3° y 5° del Decreto N°
DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas, desde el 2 de enero de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir de la firma de la presente medida, con carácter transitorio, las funciones de Director Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, Función Directiva I, al Ingeniero Agrónomo D. Pablo Luis CORTESE (M.I. N°
14.990.392), de la Planta Permanente, Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e2), Tramo
Superior, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva, prevista en el Título IV, Capítulo I,
Artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo
previsto en el Título VI de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será imputado a
las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.06.30 13:16:14 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.06.30 13:16:18 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-550-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 29 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-67454997- -APN-DGTYA#SENASA - ENCOMIENDA TRANSITORIAMENTE LA
ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE ASUNTOS JUDICIALES A LA
ABOGADA PAULA DANIELA CAÑETE FORNASIER

VISTO el Expediente N° EX-2023-67454997- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1881-APN-JGM del 10
de diciembre de 2018 y su modificatoria; la Resolución Nº RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de
mayo de 2019 del citado Servicio Nacional y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y su
modificatoria se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la
ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del referido
Servicio Nacional y sus modificatorias se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel
operativo del Organismo.
Que el cargo de titular de la Coordinación General de Asuntos Judiciales, dependiente de la Dirección de Asuntos
Jurídicos, se encuentra vacante.
Que a fin de garantizar el normal desarrollo de las tareas y de las responsabilidades de la citada Coordinación
General, resulta procedente encomendar transitoriamente la atención de su despacho a la Abogada Da. Paula
Daniela CAÑETE FORNASIER (M.I. N° 24.004.138).

�Que la agente propuesta reúne las condiciones de capacidad y de experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto N°
1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Encomendar transitoriamente, a partir del 1 de junio de 2023, la atención del despacho de la
Coordinación General de Asuntos Judiciales, dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos, a la Abogada Da.
Paula Daniela CAÑETE FORNASIER (M.I. N° 24.004.138), por los motivos expuestos en los considerandos de
la presente resolución y hasta tanto se proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N°
DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.06.29 14:16:15 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.06.29 14:16:21 -03:00

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1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-541-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Sábado 24 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-63950283- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
ENTRE RÍOS

VISTO el Expediente Nº EX-2023-63950283- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2021-120-APN-MAGYP del 30 de junio de 2021 y RESOL-2021-131-APN-MAGYP del 14 de julio de 2021,
ambas del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2022-35-APNPRES#SENASA del 20 de enero de 2022, RESOL-2022-79-APN-PRES#SENASA del 2 de febrero de 2022 y
RESOL-2022-712-APN-PRES#SENASA del 4 de noviembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2021-120-APN-MAGYP del 30 de junio de 2021 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de febrero
de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinador Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional
Entre Ríos, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D. Damián Alfredo SLONGO (M.I. N° 16.850.471),
asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2022-35-APN-PRES#SENASA del 20 de enero

�de 2022 y RESOL-2022-712-APN-PRES#SENASA del 4 de noviembre de 2022, ambas del citado Servicio
Nacional.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2021-131-APN-MAGYP del 14 de julio de 2021 del referido exMinisterio se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el término de SEIS (6)
meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones correspondientes al cargo de Coordinador
Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de Centro Regional Entre Ríos, dependiente de
la Dirección Nacional de Operaciones del aludido Servicio Nacional, al Médico Veterinario D. Néstor José
MICHELOUD (M.I. N° 24.592.936), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2022-79APN-PRES#SENASA del 2 de febrero de 2022 y RESOL-2022-712-APN-PRES#SENASA del 4 de noviembre
de 2022, ambas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº

�40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a los mencionados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 5 de mayo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de Protección
Vegetal de la Dirección de Centro Regional Entre Ríos, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Ingeniero Agrónomo D.
Damián Alfredo SLONGO (M.I. N° 16.850.471), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2021-120-APNMAGYP del 30 de junio de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y
prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2022-35-APN-PRES#SENASA del 20 de enero de 2022 y
RESOL-2022-712-APN-PRES#SENASA del 4 de noviembre de 2022, ambas del citado Servicio Nacional, quien
revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 5, Tramo Principal del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 5 de mayo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de Inocuidad
y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de Centro Regional Entre Ríos, dependiente de la Dirección Nacional
de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico
Veterinario D. Néstor José MICHELOUD (M.I. N° 24.592.936), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2021131-APN-MAGYP del 14 de julio de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y

�PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2022-79-APN-PRES#SENASA del 2 de febrero
de 2022 y RESOL-2022-712-APN-PRES#SENASA del 4 de noviembre de 2022, ambas del citado Servicio
Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 6, Tramo Principal del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el
Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función
Directiva IV.
ARTÍCULO 3°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.06.24 10:47:23 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.06.24 10:47:26 -03:00

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                <text>Prorrógase la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de Protección Vegetal (Entre Ríos) al Ing. Agr. Damián Alfredo SLONGO</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 5 de mayo de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Entre Ríos, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA, al Ingeniero Agrónomo D. Damián Alfredo SLONGO (M.I. N° 16.850.471), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2021/120/APN/ MAGYP del 30 de junio de 2021 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2022/35/APN/PRES#SENASA del 20 de enero de 2022 y RESOL/2022/712/APN/PRES#SENASA del 4 de noviembre de 2022, ambas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 5, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-540-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Sábado 24 de Junio de 2023

Referencia: EX-2023-68418557- -APN-DGTYA#SENASA - AUSPICIA EL 12° CONGRESO PROVINCIAL
DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE CÓRDOBA

VISTO el Expediente N° EX-2023-68418557- -APN-DGTYA#SENASA, y

CONSIDERANDO:
Que el Presidente del Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de CÓRDOBA, Ingeniero Agrónomo D.
Walter GRUNIG, solicita el auspicio del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA al “12° Congreso Provincial de Ingenieros Agrónomos de Córdoba”, que se llevará a
cabo el 26 de julio de 2023 en el Pabellón Amarillo del Complejo Ferial Córdoba.
Que las actividades a desarrollarse en el marco de dicho evento son de interés para este Servicio Nacional, por lo
que se considera propicio acceder a lo solicitado.
Que el auspicio antes mencionado no implicará erogación alguna para este Organismo.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8°, inciso h) del Decreto
N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Auspiciar el “12° Congreso Provincial de Ingenieros Agrónomos de Córdoba” que se llevará a

�cabo el 26 de julio de 2023 en el Pabellón Amarillo del Complejo Ferial Córdoba.
ARTÍCULO 2°.- El presente auspicio no implicará erogación alguna para el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

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Date: 2023.06.24 10:42:53 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.06.24 10:42:56 -03:00

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            <name>Abstract</name>
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                <text>Auspiciar el “12° Congreso Provincial de Ingenieros Agrónomos de Córdoba” que se llevará acabo el 26 de julio de 2023 en el Pabellón Amarillo del Complejo Ferial Córdoba</text>
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