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Título
Decreto N° 0697/2026
Descripción
Modifica al Decreto N° 815/99 sobre las competencias distribuidas entre SENASA y ANMAT
Fuente
Fecha
Viernes 31 de Julio de 2026
Idioma
Es
Tipo
Decreto
Resumen
Sustitúyese el artículo 2° del Anexo I del Decreto N° 2126 del 30 de junio de 1971 y sus modificaciones por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- Todos los alimentos, condimentos, bebidas o sus materias primas y los aditivos alimentarios que se elaboren, fraccionen, conserven, transporten, expendan o expongan deben satisfacer las exigencias del Código Alimentario Argentino. Los requerimientos del Código Alimentario Argentino también son de aplicación a los productos importados.
“ARTÍCULO 2°.- Todos los alimentos, condimentos, bebidas o sus materias primas y los aditivos alimentarios que se elaboren, fraccionen, conserven, transporten, expendan o expongan deben satisfacer las exigencias del Código Alimentario Argentino. Los requerimientos del Código Alimentario Argentino también son de aplicación a los productos importados.
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