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Título
Resolución Conjunta ex-SENASA N° 1015/1992
Descripción
Establecimientos faenadores. Inscripción obligatoria
Autor
Servicio Nacional de Sanidad Animal
Fecha
Lunes 16 de Noviembre de 1992
Colaborador
Resolución Conjunta SAGyP N° 1105/1992
Idioma
Es
Tipo
Resolución
Resumen
Se modifican los artículos 4° y 5° de la Resolucíon Conjunta 755/1992 y 700/1992 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y del Servicio Nacional de Sanidad Animal. Los responsables de los establecimientos faenadores que no acrediten debidamente ser propietarios del establecimiento explotado, deberán depositar en carácter de garantía por el ingreso de los anticipos del impuesto al Valor Agregado y a la orden de la Dirección General Impositiva, el equivalente a pesos cincuenta y cinco por cabeza y por cantidad de animales faenados en la decena mas alta del semestre enero-junio 1992.
Es reemplazado por
Abrogada por Resolución SENASA N° 823/2024
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