Resolución ex- SENASA N° 0046/1971

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Título

Resolución ex- SENASA N° 0046/1971

Descripción

Cantidad de dosis protectoras bovinos en vacunas antiaftosas.

Autor

Servicio Nacional de Sanidad Animal

Fecha

29/12/1971

Idioma

Es

Tipo

Resolución

Resumen

Contenido mínimo en dosis de vacuna antiaftosa trivalente por cada tipo de virus aftoso que la integre debe ser de cuatro (4) dosis protectora bovino 50% (DPB50). En los controles de eficacia se fijaron los siguientes valores:
a) Indice de protección K en bovinos = 1,20
b) Indice de protección C en cobayos = 2
Las vacunas aprobadas por medición de su contenido de dosis protectoras cincuenta por ciento, son identificadas únicamente con la sigla DPB50, que irá impresa en la estampilla oficial emitida por SENASA.

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