Resolución ex-SENASA N° 1206/1992

Dublin Core

Título

Resolución ex-SENASA N° 1206/1992

Descripción

Se modifica el artículo 1° de la Resolución N° 304/92

Autor

Servicio Nacional de Sanidad Animal

Fecha

Lunes 30 de Diciembre de 1992

Idioma

Es

Tipo

Resolución

Resumen

Ante la constatación de casos positivos de anabólicos, tirostáticos u hormonales en bovinos que contravengan lo estatuido por resolución N° 28 del 3 de enero de 1992, este Servicio procederá a:
a) en el caso de que muestras recepcionadas en playas de faena y analizadas por la Gerencia de Diagnósticos, Control y Métodos o el laboratorio habilitado a tal efecto dieran resultado negativo, la muestra será archivada como testimonio de monitoreo.
b) Si el resultado es positivo, se informará a la novedad, y a través de éstas a los respectivos Servicios.
c) Al establecimiento cuyo análisis diera positivo, se lo inhabilitará para comercializar hacienda con destino a faena para exportación a Comunidad Económica Europea, por el término de un (1) año, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan.
d) Todo lo actuado será elevado a la Subgerencia de Asuntos Jurídicos a fin de iniciar las acciones legales pertinentes.
e) Vencido el plazo de inhabilitación los establecimientos agropecuarios podrán solicitar su rehabilitación, la cual será concedida por la Gerencia de Diagnósticos, Control y Métodos previo muestreo a campo de Dos(2) pruebas negativas consecutivas como mínimo.

Política de acumulación

Abrogada por Art. 12 de la Resolución 218/1995 del Servicio Nacional de Sanidad Animal

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