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Título
Resolución ex-SENASA N° 0697/1991
Descripción
Normas para autorizar la exportación de aves de la fauna silvestre autóctona perjudiciales, dañinas y/o plagas o no.
Autor
Servicio Nacional de Sanidad Animal
Fecha
Jueves 19 de Septiembre de 1991
Idioma
Es
Tipo
Resolución
Resumen
Todo pedido de autorización de exportación de aves de la fauna silvestre autóctona, perjudiciales, dañinas y/o plagas o no, obtenidas de criaderos o del medio natural, deberá ser presentado con la debida anticipación ante la Gerencia de Exportación e Importación dependiente de este Servicio Nacional, la que señalará a los interesados en cada caso, los requisitos sanitarios establecidos en forma general para las exportaciones de estas especias animales.
Política de acumulación
Abrogada por Art. 1 de la Resolución 554/2018 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
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