Disposición ex- SENASA Nº 0165/1986

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Título

Disposición ex- SENASA Nº 0165/1986

Descripción

Fiscalización de sanidad de la importación de cueros y pieles.

Autor

Servicio Nacional de Sanidad Animal

Fecha

Miércoles 20 de Marzo de 1986

Idioma

Es

Tipo

Disposición

Resumen

Las personas y/o firmas interesadas en importar cueros y pieles, con excepción de las prendas de vestir confeccionadas con los mismos y los cueros curtidos, deberán solicitar con quince (15) días de anticipación como mínimo a la fecha de embarque en el país de su procedencia, la correspondiente autorización del Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA) – Servicio de Inspección de Productos Animales (SIPA).

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