Dublin Core
Título
Disposición ex- SENASA Nº 0165/1986
Descripción
Fiscalización de sanidad de la importación de cueros y pieles.
Autor
Servicio Nacional de Sanidad Animal
Fecha
Miércoles 20 de Marzo de 1986
Idioma
Es
Tipo
Disposición
Resumen
Las personas y/o firmas interesadas en importar cueros y pieles, con excepción de las prendas de vestir confeccionadas con los mismos y los cueros curtidos, deberán solicitar con quince (15) días de anticipación como mínimo a la fecha de embarque en el país de su procedencia, la correspondiente autorización del Servicio Nacional de Sanidad Animal (SENASA) – Servicio de Inspección de Productos Animales (SIPA).
Documentos relacionados
Este objeto no tiene relaciones.