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Título
Resolución ex- SENASA N° 0917/1981
Descripción
Se propicia establecer normas para la correcta higienización y desinfección, luego de la descarga de animales de los vehiculos automotores concurrentes al Mercado Nacional de Hacienda (Liniers) de acuerdo con los prescripto en la normativa.
Autor
Servicio Nacional de Sanidad Animal
Fecha
30 de Octubre de 1981
Idioma
Es
Tipo
Resolución
Resumen
Los conductores de vehículos de transporte de hacienda en pie concurrentes al Mercado Nacional de Hacienda, deberán luego de efectuada la carga de animales, proceder al lavado y desinfección de la unidad automotor, en los lavaderos habilitados que se hallen en un radio de 100 kilometros y dentro de las 12 horas subsiguiente, de acuerdo con las condiciones establecidas. Los conductores deberan expresar en declaración jurada el lavadero a través del conductor del vehículo para su archivo. El propietario otorgará al conductor un certificado que acredite el tratamiento de higienización.
Política de acumulación
Abrogada por Art. 16 de la Resolución 134/2021 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
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