Establece un mecanismo para evaluar los impactos en la producción y comercialización que podrían derivarse de la autorización comercial de los Organismos Vegetales Genéticamente Modificados (OVGM).
Prohibe el ingreso a la región de NOA de bananas originarias de países con Micosphaerella fijiensis, Pseudomonas solanacearum y Stachylidium theobromae.