Las empresas que tengan registradas medicamentos veterinarios ante el SENASA y cuyos principios activos coincidan con drogas listadas en el Anexo I, deben entregar a la DILACOT las drogas mencionadas.
El empleo de productos fitosanitarios para otros usos que no sean los expresamente previstos en su inscripción ante el Registro Nacional de Terapéutica Vegetal