<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?>
<itemContainer xmlns="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5" xmlns:xsi="http://www.w3.org/2001/XMLSchema-instance" xsi:schemaLocation="http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5 http://omeka.org/schemas/omeka-xml/v5/omeka-xml-5-0.xsd" uri="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/browse?output=omeka-xml&amp;page=541&amp;sort_field=Dublin+Core%2CTitle" accessDate="2026-07-14T15:15:20+00:00">
  <miscellaneousContainer>
    <pagination>
      <pageNumber>541</pageNumber>
      <perPage>10</perPage>
      <totalResults>5453</totalResults>
    </pagination>
  </miscellaneousContainer>
  <item itemId="5284" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6507">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/cac6135317a0c4d48815c79b5fd853b7.pdf</src>
        <authentication>5aa8dfb363843c74bb367eb92c338f9e</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53523">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1164-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 22 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2023-29163867- -APN-DGTYA#SENASA - SUSTITUYE LOS INCISOS DE LAS
ASIGNACIONES QUE CORRESPONDE APLICAR AL ESTABLECIMIENTO N° OFICIAL 5190 HONETICA S.A. PARA EL AÑO 2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-29163867- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 4.238 del 19 de
julio de 1968 y 2.431 del 15 de julio de 1971; las Resoluciones Nros. RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC del 26
de agosto de 2022 y RESOL-2023-339-APN-SAGYP#MEC del 21 de septiembre de 2023, ambas de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, 204 del 19
de abril de 2011 y RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA del 22 de diciembre de 2022, ambas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA del 22 de diciembre de 2022 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se establecen los incisos de las
asignaciones que corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por este Organismo, en concepto de
retribución de Servicios de Inspección Sanitaria, para el año 2023.
Que el Establecimiento N° Oficial 5190 - HONETICA S.A. ha solicitado revisar la recategorización estipulada
por resolución argumentando diferencias en su producción real.
Que el Servicio de Inspección Veterinaria correspondiente ha rectificado la carga estadística en el Sistema de
Rubros en Frigoríficos, por detectar errores en el registro del período contemplado.
Que la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, la Dirección de Inocuidad y Calidad de
Productos de Origen Animal y la Coordinación Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección
de Centro Regional Metropolitano se han expedido al respecto, ratificando lo suministrado por el Servicio de
Inspección Veterinaria.
Que mediante el Artículo 1º de la Resolución N° 204 del 19 de abril de 2011 del aludido Servicio Nacional se

�determina que la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General
Técnica y Administrativa, debe actualizar la valuación arancelaria en el Sistema de Rubros en Frigoríficos y
liquidar los aranceles en función de los datos colectados y actualizados en dicho Sistema.
Que de los resultados de la determinación realizada surge la necesidad de modificar lo dispuesto por la citada
Resolución Nº RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA.
Que el Artículo 1º de la Resolución N° RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC del 26 de agosto de 2022 de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se aprueban
los montos arancelarios que por retribución percibe el mentado Servicio Nacional, correspondientes a los
servicios prestados a terceros por las distintas unidades organizativas del referido Organismo.
Que la mencionada Resolución Nº RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC es abrogada por la Resolución Nº
RESOL-2023-339-APN-SAGYP#MEC del 21 de septiembre de 2023 de la mentada Secretaría, actualizándose, a
partir de octubre de 2023, los citados montos arancelarios que por retribución percibe el mentado Servicio
Nacional.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8°, inciso h), del Decreto Nº 1.585
del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyanse los incisos de las asignaciones que corresponden aplicar al Establecimiento N°
Oficial 5190 - HONETICA S.A. en concepto de retribución de Servicios de Inspección Sanitaria para el año
2023, el E por el D del Código IC 071 (Rubro II, XII) y el D por el A del Código IC 072 (Rubro IX).
ARTÍCULO 2º.- Las nuevas asignaciones serán aplicadas a partir del 1 de enero de 2023. En el caso de existir
diferencias respecto de lo efectivamente pagado o de los depósitos en garantía, deberán abonarse o reintegrarse a
la empresa los montos correspondientes, de acuerdo con el signo y la cuantía de dicha diferencia.
ARTÍCULO 3º.- La Dirección General Técnica y Administrativa adoptará las medidas necesarias a los efectos de
la aplicación de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.22 07:52:36 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.22 07:53:19 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="28">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35160">
                  <text>Resoluciones SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41349">
                <text>Resolución SENASA Nº 1164/2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41350">
                <text>Sustituye los incisos de las asignaciones que corresponde aplicar al establecimiento N° oficial 5190</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41351">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41352">
                <text>Miércoles 22 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41353">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41354">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41355">
                <text>Sustitúyanse los incisos de las asignaciones que corresponden aplicar al Establecimiento N° Oficial 5190 / HONETICA S.A. en concepto de retribución de Servicios de Inspección Sanitaria para el año 2023, el E por el D del Código IC 071 (Rubro II, XII) y el D por el A del Código IC 072 (Rubro IX).</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="72">
            <name>Is Replaced By</name>
            <description>A related resource that supplants, displaces, or supersedes the described resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41356">
                <text>ABROGADA POR ARTICULO 1Â° DE LA RESOLUCION NÂ° 823/2024 DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA B.O. 19/07/2024 PAGINA 57. VIGENCIA: A PARTIR DEL DIA DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL.</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
  <item itemId="5285" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6506">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/4dd09a90c2201f6ad471fc8c55ec27d5.pdf</src>
        <authentication>40077a773419b9e1e87fc4d2fe623ff4</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53522">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1165-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 22 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2023-10226609- -APN-DGTYA#SENASA - SUSTITUYE EL INCISO DE LA ASIGNACIÓN
QUE CORRESPONDE APLICAR AL ESTABLECIMIENTO N° OFICIAL 4760 - FRANCISCO DURAN
S.R.L. PARA EL AÑO 2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-10226609- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 4.238 del 19 de
julio de 1968 y 2.431 del 15 de julio de 1971; las Resoluciones Nros. RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC del 26
de agosto de 2022 y RESOL-2023-339-APN-SAGYP#MEC del 21 de septiembre de 2023, ambas de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, 204 del 19
de abril de 2011 y RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA del 22 de diciembre de 2022, ambas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA del 22 de diciembre de 2022 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se establecen los incisos de las
asignaciones que corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por este Organismo, en concepto de
retribución de Servicios de Inspección Sanitaria, para el año 2023.
Que el Establecimiento N° Oficial 4760 - FRANCISCO DURAN S.R.L. ha solicitado revisar la recategorización
estipulada por resolución argumentando diferencias en su producción real.
Que el Servicio de Inspección Veterinaria correspondiente ha rectificado la carga estadística en el Sistema de
Rubros en Frigoríficos, por detectar errores en el registro del período contemplado.
Que la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, la Dirección de Inocuidad y Calidad de
Productos de Origen Animal y la Coordinación Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección
de Centro Regional Metropolitano se han expedido al respecto, ratificando lo suministrado por el Servicio de
Inspección Veterinaria.
Que mediante el Artículo 1º de la Resolución N° 204 del 19 de abril de 2011 del aludido Servicio Nacional se

�determina que la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General
Técnica y Administrativa, debe actualizar la valuación arancelaria en el Sistema de Rubros en Frigoríficos y
liquidar los aranceles en función de los datos colectados y actualizados en dicho Sistema.
Que de los resultados de la determinación realizada surge la necesidad de modificar lo dispuesto por la citada
Resolución Nº RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA.
Que el Artículo 1º de la Resolución N° RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC del 26 de agosto de 2022 de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se aprueban
los montos arancelarios que por retribución percibe el mentado Servicio Nacional, correspondientes a los
servicios prestados a terceros por las distintas unidades organizativas del referido Organismo.
Que la mencionada Resolución Nº RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC es abrogada por la Resolución Nº
RESOL-2023-339-APN-SAGYP#MEC del 21 de septiembre de 2023 de la mentada Secretaría, actualizándose, a
partir de octubre de 2023, los citados montos arancelarios que por retribución percibe el mentado Servicio
Nacional.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8°, inciso h), del Decreto Nº 1.585
del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el inciso de la asignación que corresponde aplicar al Establecimiento N° Oficial
4760 - FRANCISCO DURAN S.R.L., en concepto de retribución de Servicios de Inspección Sanitaria para el año
2023, el H por el A del Código IC 071 (Rubro XII).
ARTÍCULO 2º.- La nueva asignación será aplicada a partir del 1 de enero de 2023. En el caso de existir
diferencias respecto de lo efectivamente pagado o de los depósitos en garantía, deberán abonarse o reintegrarse a
la empresa los montos correspondientes, de acuerdo con el signo y la cuantía de dicha diferencia.
ARTÍCULO 3º.- La Dirección General Técnica y Administrativa adoptará las medidas necesarias a los efectos de
la aplicación de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.22 07:54:05 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.22 07:54:07 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="28">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35160">
                  <text>Resoluciones SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41357">
                <text>Resolución SENASA Nº 1165/2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41358">
                <text>Sustituye el inciso de la asignación que corresponde aplicar al establecimiento n° oficial 4760 / francisco duran</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41359">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41360">
                <text>Miércoles 22 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41361">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41362">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41363">
                <text>Sustitúyase el inciso de la asignación que corresponde aplicar al Establecimiento N° Oficial 4760 / FRANCISCO DURAN S.R.L., en concepto de retribución de Servicios de Inspección Sanitaria para el año 2023, el H por el A del Código IC 071 (Rubro XII).</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
  <item itemId="5286" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6505">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/fedc86046310151cd9ac013af6ac194f.pdf</src>
        <authentication>5763562f8e0dcddc1385cc022378ae13</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53521">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1166-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 22 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2023-10711572- -APN-DGTYA#SENASA - SUSTITUYE LOS INCISOS DE LAS
ASIGNACIONES QUE CORRESPONDE APLICAR AL ESTABLECIMIENTO N° OFICIAL 955 - FRIPASA
S.R.L. PARA EL AÑO 2023

VISTO el Expediente Nº EX-2023-10711572- -APN-DGTYA#SENASA; los Decretos Nros. 4.238 del 19 de
julio de 1968 y 2.431 del 15 de julio de 1971; las Resoluciones Nros. RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC del 26
de agosto de 2022 y RESOL-2023-339-APN-SAGYP#MEC del 21 de septiembre de 2023, ambas de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, 204 del 19
de abril de 2011 y RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA del 22 de diciembre de 2022, ambas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA del 22 de diciembre de 2022 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se establecen los incisos de las
asignaciones que corresponde aplicar a los establecimientos habilitados por este Organismo, en concepto de
retribución de Servicios de Inspección Sanitaria, para el año 2023.
Que el Establecimiento N° Oficial 955 - FRIPASA S.R.L. ha solicitado revisar la recategorización estipulada por
resolución argumentando diferencias en su producción real.
Que el Servicio de Inspección Veterinaria correspondiente ha rectificado la carga estadística en el Sistema de
Rubros en Frigoríficos, por detectar errores en el registro del período contemplado.
Que la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria, la Dirección de Inocuidad y Calidad de
Productos de Origen Animal y la Coordinación Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección
de Centro Regional Metropolitano se han expedido al respecto, ratificando lo suministrado por el Servicio de
Inspección Veterinaria.
Que mediante el Artículo 1º de la Resolución N° 204 del 19 de abril de 2011 del aludido Servicio Nacional se

�determina que la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General
Técnica y Administrativa, debe actualizar la valuación arancelaria en el Sistema de Rubros en Frigoríficos y
liquidar los aranceles en función de los datos colectados y actualizados en dicho Sistema.
Que de los resultados de la determinación realizada surge la necesidad de modificar lo dispuesto por la citada
Resolución Nº RESOL-2022-821-APN-PRES#SENASA.
Que el Artículo 1º de la Resolución N° RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC del 26 de agosto de 2022 de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se aprueban
los montos arancelarios que por retribución percibe el mentado Servicio Nacional, correspondientes a los
servicios prestados a terceros por las distintas unidades organizativas del referido Organismo.
Que la mencionada Resolución Nº RESOL-2022-1-APN-SAGYP#MEC es abrogada por la Resolución Nº
RESOL-2023-339-APN-SAGYP#MEC del 21 de septiembre de 2023 de la mentada Secretaría, actualizándose, a
partir de octubre de 2023, los citados montos arancelarios que por retribución percibe el mentado Servicio
Nacional.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8°, inciso h), del Decreto Nº 1.585
del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyanse los incisos de las asignaciones que corresponden aplicar al Establecimiento N°
Oficial 955 - FRIPASA S.R.L. en concepto de retribución de Servicios de Inspección Sanitaria para el año 2023,
el H por el D del Código IC 071 (Rubro IX) y el J por el D del Código IC 072 (Rubro II y XII).
ARTÍCULO 2º.- Las nuevas asignaciones serán aplicadas a partir del 1 de enero de 2023. En el caso de existir
diferencias respecto de lo efectivamente pagado o de los depósitos en garantía, deberán abonarse o reintegrarse a
la empresa los montos correspondientes, de acuerdo con el signo y la cuantía de dicha diferencia.
ARTÍCULO 3º.- La Dirección General Técnica y Administrativa adoptará las medidas necesarias a los efectos de
la aplicación de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.22 07:55:35 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.22 07:55:37 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="28">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35160">
                  <text>Resoluciones SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41364">
                <text>Resolución SENASA Nº 1166/2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41365">
                <text>Sustituye los incisos de las asignaciones que corresponde aplicar al establecimiento n° oficial 955 / fripasa</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41366">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41367">
                <text>Miércoles 22 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41368">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41369">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41370">
                <text>Sustitúyanse los incisos de las asignaciones que corresponden aplicar al Establecimiento N° Oficial 955 / FRIPASA S.R.L. en concepto de retribución de Servicios de Inspección Sanitaria para el año 2023, el H por el D del Código IC 071 (Rubro IX) y el J por el D del Código IC 072 (Rubro II y XII).</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="72">
            <name>Is Replaced By</name>
            <description>A related resource that supplants, displaces, or supersedes the described resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41371">
                <text>&lt;strong&gt;Abrogada por Art. 1° de la &lt;a href="https://biblioteca.senasa.gob.ar/items/show/4573#?c=0&amp;amp;m=0&amp;amp;s=0&amp;amp;cv=0"&gt;Resolucion N° 823/2024 del SENASA&amp;nbsp;&lt;/a&gt;&lt;/strong&gt;</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
  <item itemId="5287" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6504">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/0597328f342e804fb7711462441c4396.pdf</src>
        <authentication>72689c3982585d4ede99ebb0d5448c13</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53520">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1176-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 22 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2023-94139616- -APN-DGTYA#SENASA - APRUEBA CONTRATACIONES EN EL
MARCO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 9° DEL ANEXO A LA LEY N° 25.164 (PERÍODO
2022)

VISTO el Expediente N° EX-2023-94139616- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Marco de Regulación de
Empleo Público Nacional N° 25.164; la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2021, distribuido por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-4-APN-JGM del 15 de enero
de 2021, prorrogado por el Decreto N° DCTO-2021-882-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y distribuido por
la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-4-APN-JGM del 5 de enero de 2022; la Ley N° 27.701 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, distribuido por la Decisión
Administrativa N° DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de
diciembre de 1996 y sus modificatorios, 1.421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, DECTO-2017-355APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, DECTO-2018-38-APN-PTE del 12 de enero de 2018 y
DCTO-2020-132-APN-PTE del 10 de febrero de 2020 y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; la Decisión Administrativa N°
DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y su modificatoria; las Resoluciones Nros. RESOL-202023-APN-SGYEP#JGM del 27 de mayo de 2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de
2019 del citado Servicio Nacional y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramitan las contrataciones bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a
la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y del Decreto N° 1.421 del 8 de agosto de
2002 y su modificatorio, como personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, de los agentes detallados en los Anexos I (IF-2023-131322577-APNDRRHH#SENASA) y II (IF-2023-131379134-APN-DRRHH#SENASA), respectivamente, forman parte
integrante de la presente medida, por el período que en cada caso se indica.

�Que mediante el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprueba la estructura
organizativa del citado Servicio Nacional.
Que a través del Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios se homologa el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional.
Que, posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018 se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Organismo.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del referido Servicio
Nacional y sus modificatorias se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo
del mentado Organismo.
Que el Artículo 4° del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio
faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y Secretarios de Gobierno, a aprobar
las contrataciones, renovaciones o prórrogas de sus respectivas jurisdicciones, bajo cualquier modalidad,
incluidas las previstas en el Artículo 9° del Anexo de la citada Ley N° 25.164 y sus normas complementarias.
Que, a su vez, en el Artículo 5° del aludido Decreto N° 355/17 se dispone que en el caso de los organismos
descentralizados con facultades relacionadas con la administración de su personal establecidas en sus normas de
creación o en normas especiales, estas se mantienen en los términos de los Artículos 3°, 4° y 8° del aludido
decreto.
Que, por su parte, mediante el Artículo 2° del Decreto N° DECTO-2018-38-APN-PTE del 12 de enero de 2018 se
le asigna al cargo de Presidente del referido Servicio Nacional, el rango y la jerarquía de Secretario.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo normado con el Artículo 2°, inciso h), del Decreto N°
DCTO-2020-132-APN-PTE del 10 de febrero de 2020 y su modificatorio.
Que dichas contrataciones se deben al incremento extraordinario de las tareas a cargo del mentado Servicio
Nacional y a la imposibilidad de atender los servicios y actividades con el personal de la Planta Permanente.
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia se ha dispuesto la vinculación laboral, bajo el régimen del
Artículo 9° del Anexo a la mencionada Ley N° 25.164 y sus normas reglamentarias, de los agentes de que se
trata, de acuerdo con los requisitos establecidos por el aludido Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
Que la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa, ha
tomado la debida intervención.
Que la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO
PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida de conformidad con lo establecido en los Artículos
8°, inciso h), del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio
de 2010, 4° y 5° del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017, sustituido por su similar
N° DECTO-2018-859-APN-PTE del 26 de septiembre de 2018, y 2° del Decreto N° DECTO-2018-38-APN-PTE

�del 12 de enero de 2018.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébense las contrataciones en el marco de lo establecido en el Artículo 9° del Anexo a la
Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, de los agentes pertenecientes al SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA que se detallan en el Anexo I (IF-2023131322577-APN-DRRHH#SENASA), que forma parte integrante de la presente resolución, por los períodos allí
indicados.
ARTÍCULO 2°.- Apruébense las contrataciones en el marco de lo establecido en el Artículo 9° del Anexo a la
Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, de los agentes pertenecientes al SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA que se detallan en el Anexo II (IF-2023131379134-APN-DRRHH#SENASA), que forma parte integrante de la presente resolución, por los períodos allí
indicados.
ARTÍCULO 3°.- Téngase por autorizado al señor Director General Técnico y Administrativo del mencionado
Servicio Nacional a suscribir los contratos individuales aprobados en la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida resulta imputado con cargo a las
partidas presupuestarias específicas del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese la presente medida, dentro del QUINTO (5°) día de aprobadas las contrataciones
a que se refieren los Artículos 1° y 2°, a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, conforme lo previsto en los Artículos 8°
del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 3° del Decreto N°
DCTO-2020-132-APN-PTE del 10 de febrero de 2020.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.22 08:03:11 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.22 08:03:14 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="24">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35156">
                  <text>Normativa - Recursos Humanos SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41372">
                <text>Resolución SENASA Nº 1176/2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41373">
                <text>Se aprueban contrataciones en el marco de lo establecido en el Art. 9° del Anexo a la Ley N° 25.164 </text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41374">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41375">
                <text>Miércoles 22 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41376">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41377">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41378">
                <text>Apruébense las contrataciones en el marco de lo establecido en el Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, de los agentes pertenecientes al SENASA que se detallan en el Anexo I (IF-2023- 131322577-APN-DRRHH#SENASA), que forma parte integrante de la presente resolución, por los períodos allí indicados</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
  <item itemId="5676" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6474">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/dda803df944256b7ff80011043f8a6b0.pdf</src>
        <authentication>bcb579d6fb8b19611bda444c40cb10e9</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53490">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1177-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 22 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2023-131984958- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN
TRANSITORIA DE FUNCIONES COMO DIRECTORA DE CENTRO REGIONAL PATAGONIA SUR A LA
MÉDICA VETERINARIA MARINA ANDREU

VISTO el Expediente Nº EX-2023-131984958- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2021-73-APN-MAGYP del 13 de mayo de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2021-631-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021, RESOL-2022579-APN-PRES#SENASA del 17 de septiembre de 2022 y RESOL-2023-438-APN-PRES#SENASA del 11 de
mayo de 2023, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2021-73-APN-MAGYP del 13 de mayo de 2021 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de marzo de
2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Directora de Centro Regional Patagonia Sur de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica
Veterinaria Da. Marina ANDREU (M.I. N° 24.529.231), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros.
RESOL-2021-631-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021, RESOL-2022-579-APN-PRES#SENASA

�del 17 de septiembre de 2022 y RESOL-2023-438-APN-PRES#SENASA del 11 de mayo de 2023, todas del
citado Servicio Nacional.
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.

�Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 12 de noviembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Directora de Centro Regional
Patagonia Sur de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica Veterinaria Da. Marina ANDREU (M.I. N° 24.529.231),
dispuesta por la Resolución N° RESOL-2021-73-APN-MAGYP del 13 de mayo de 2021 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros.
RESOL-2021-631-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021, RESOL-2022-579-APN-PRES#SENASA
del 17 de septiembre de 2022 y RESOL-2023-438-APN-PRES#SENASA del 11 de mayo de 2023, todas del
citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo
General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado
por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la
Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.22 08:03:44 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.22 08:03:46 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="24">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35156">
                  <text>Normativa - Recursos Humanos SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44169">
                <text>Resolución SENASA Nº 1177/2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44170">
                <text>Prorrógase la asignación transitoria de funciones como Directora de Centro Regional Patagonia Sur a la Méd. Vet. Marina ANDREU</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44171">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44172">
                <text>Miércoles 22 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44173">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44174">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44175">
                <text>Prorróguese, a partir del 12 de noviembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Directora de Centro Regional Patagonia Sur de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA, a la Médica Veterinaria Da. Marina ANDREU (M.I. N° 24.529.231), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2021/73/APN/MAGYP del 13 de mayo de 2021 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2021/631/APN/PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021, RESOL/2022/579/APN/PRES#SENASA del 17 de septiembre de 2022 y RESOL/2023/438/APN/PRES#SENASA del 11 de mayo de 2023, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
  <item itemId="5677" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6473">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/1d82f817ffa45e2021f333b9f60231c9.pdf</src>
        <authentication>a9043d2af23b02e188cf37fea0c3a071</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53489">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1200-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 24 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2023-134053817- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN
TRANSITORIA DE FUNCIONES COMO COORDINADOR REGIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL SANTA FE AL MÉDICO
VETERINARIO LUIS PABLO RACCA

VISTO el Expediente N° EX-2023-134053817- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2021-206-APN-MAGYP del 29 de septiembre de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2022-516-APN-PRES#SENASA del 19 de agosto de 2022 y RESOL-2023468-APN-PRES#SENASA del 19 de mayo de 2023, ambas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2021-206-APN-MAGYP del 29 de septiembre de 2021 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del
1 de marzo de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de
Centro Regional Santa Fe, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Luis Pablo RACCA (M.I. N°
20.244.844), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2022-516-APN-PRES#SENASA

�del 19 de agosto de 2022 y RESOL-2023-468-APN-PRES#SENASA del 19 de mayo de 2023, ambas del citado
Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.

�Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 21 de noviembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de Centro Regional Santa Fe, dependiente de la Dirección
Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al
Médico Veterinario D. Luis Pablo RACCA (M.I. N° 20.244.844), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2021206-APN-MAGYP del 29 de septiembre de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2022-516-APNPRES#SENASA del 19 de agosto de 2022 y RESOL-2023-468-APN-PRES#SENASA del 19 de mayo de 2023,
ambas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 5,
Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.24 18:13:06 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.24 18:13:08 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="24">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35156">
                  <text>Normativa - Recursos Humanos SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44176">
                <text>Resolución SENASA Nº 1200/2023 </text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44177">
                <text>Prorrógase la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Santa Fe) al Méd. Vet. Luis Pablo RACCA</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44178">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44179">
                <text>Viernes 24 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44180">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44181">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44182">
                <text>Prorróguese, a partir del 21 de noviembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de Centro Regional Santa Fe, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA, al Médico Veterinario D. Luis Pablo RACCA (M.I. N° 20.244.844), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2021/ 206/APN/MAGYP del 29 de septiembre de 2021 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2022/516/APN/ PRES#SENASA del 19 de agosto de 2022 y RESOL/2023/468/APN/PRES#SENASA del 19 de mayo de 2023, ambas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 5, Tramo Principal del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
  <item itemId="5678" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6472">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/dcc16f0d557487beea438197ba4bd44d.pdf</src>
        <authentication>ef3cad3c7294ce2db4da57d02f4f6257</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53488">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1201-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 24 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2023-131985118- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN
TRANSITORIA DE FUNCIONES COMO COORDINADOR REGIONAL DE SANIDAD ANIMAL DE LA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL CÓRDOBA AL MÉDICO VETERINARIO ALEJANDRO GASTÓN
BOATTI

VISTO el Expediente Nº EX-2023-131985118- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2021-81-APN-MAGYP del 20 de mayo de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2021-629-APN-PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021, RESOL-2022583-APN-PRES#SENASA del 17 de septiembre de 2022 y RESOL-2023-432-APN-PRES#SENASA del 11 de
mayo de 2023, todas del citado Servicio Nacional.

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2021-81-APN-MAGYP del 20 de mayo de 2021 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de febrero
de 2021 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional
Córdoba, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Alejandro Gastón BOATTI (M.I. N° 24.105.542),

�asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-629-APN-PRES#SENASA del 15 de
diciembre de 2021, RESOL-2022-583-APN-PRES#SENASA del 17 de septiembre de 2022 y RESOL-2023-432APN-PRES#SENASA del 11 de mayo de 2023, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°

�1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 12 de noviembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de
Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Córdoba, dependiente de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico
Veterinario D. Alejandro Gastón BOATTI (M.I. N° 24.105.542), dispuesta por la Resolución N° RESOL-202181-APN-MAGYP del 20 de mayo de 2021 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-629-APN-PRES#SENASA del 15 de
diciembre de 2021, RESOL-2022-583-APN-PRES#SENASA del 17 de septiembre de 2022 y RESOL-2023-432APN-PRES#SENASA del 11 de mayo de 2023, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 7, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del aludido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.24 18:13:22 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.24 18:13:23 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="24">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35156">
                  <text>Normativa - Recursos Humanos SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44183">
                <text>Resolución SENASA Nº 1201/2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44184">
                <text>Prorrógase la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de Sanidad Animal (Córdoba) al Méd. Vet. Alejandro Gastón BOATTI</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44185">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44186">
                <text>Viernes 24 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44187">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44188">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44189">
                <text>Prorróguese, a partir del 12 de noviembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro Regional Córdoba, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA, al Médico Veterinario D. Alejandro Gastón BOATTI (M.I. N° 24.105.542), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2021/ 81/APN/MAGYP del 20 de mayo de 2021 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2021/629/APN/PRES#SENASA del 15 de diciembre de 2021, RESOL/2022/583/APN/PRES#SENASA del 17 de septiembre de 2022 y RESOL/2023/432/ APN/PRES#SENASA del 11 de mayo de 2023, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 7, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del aludido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
  <item itemId="5679" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6471">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/6b06548edda22e1a6c48d31560fcf72d.pdf</src>
        <authentication>3229856dc4d3d4abf1c8586fd154e65c</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53487">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1212-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 27 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2023-137393608- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN
TRANSITORIA DE FUNCIONES COMO COORDINADOR DE TESORERÍA AL LICENCIADO EN
FINANZAS DE EMPRESAS LEONARDO JOSÉ FIDALGO

VISTO el Expediente N° EX-2023-137393608- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-148-APN-MAGYP del 27 de noviembre de
2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2019-520-APNPRES#SENASA del 13 de mayo de 2019, RESOL-2020-524-APN-PRES#SENASA del 31 de julio de 2020,
RESOL-2021-82-APN-PRES#SENASA del 22 de febrero de 2021, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA del
1 de septiembre de 2021, RESOL-2022-250-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022, RESOL-2022-765APN-PRES#SENASA del 25 de noviembre de 2022 y RESOL-2023-479-APN-PRES#SENASA del 23 de mayo
de 2023, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2019-148-APN-MAGYP del 27 de noviembre de 2019 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del
14 de mayo de 2019 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinador de Tesorería de la Coordinación General Financiera de la Dirección de
Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del

�SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Licenciado en Finanzas de
Empresas D. Leonardo José FIDALGO (M.I. N° 20.200.715), asignación prorrogada mediante las Resoluciones
Nros. RESOL-2020-524-APN-PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL-2021-82-APN-PRES#SENASA
del 22 de febrero de 2021, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA del 1 de septiembre de 2021, RESOL-2022250-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022, RESOL-2022-765-APN-PRES#SENASA del 25 de
noviembre de 2022 y RESOL-2023-479-APN-PRES#SENASA del 23 de mayo de 2023, todas del citado Servicio
Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del citado Servicio
Nacional se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo del referido
Organismo.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-2020-

�33433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 24 de noviembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador de Tesorería de
la Coordinación General Financiera de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la
Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Licenciado en Finanzas de Empresas D. Leonardo José FIDALGO (M.I. N°
20.200.715), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2019-148-APN-MAGYP del 27 de noviembre de 2019 del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones
Nros. RESOL-2020-524-APN-PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL-2021-82-APN-PRES#SENASA
del 22 de febrero de 2021, RESOL-2021-456-APN-PRES#SENASA del 1 de septiembre de 2021, RESOL-2022250-APN-PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022, RESOL-2022-765-APN-PRES#SENASA del 25 de
noviembre de 2022 y RESOL-2023-479-APN-PRES#SENASA del 23 de mayo de 2023, todas del citado Servicio
Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 5, Tramo Principal del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el
Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función
de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.

�ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.27 17:10:00 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.27 17:10:03 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="24">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35156">
                  <text>Normativa - Recursos Humanos SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44190">
                <text>Resolución SENASA Nº 1212/2023 </text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44191">
                <text>Prorrógase la asignación transitoria de funciones como Coordinador de Tesorería al Lic. Leonardo José FIDALGO</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44192">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44193">
                <text>Lunes 27 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44194">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44195">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="44196">
                <text>Prorróguese, a partir del 24 de noviembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador de Tesorería de la Coordinación General Financiera de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SENASA, al Licenciado en Finanzas de Empresas D. Leonardo José FIDALGO (M.I. N° 20.200.715), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2019/148/APN/MAGYP del 27 de noviembre de 2019 del entonces MAGyP y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2020/524/APN/PRES#SENASA del 31 de julio de 2020, RESOL/2021/82/APN/PRES#SENASA del 22 de febrero de 2021, RESOL/2021/456/APN/PRES#SENASA del 1 de septiembre de 2021, RESOL/2022/ 250/APN/PRES#SENASA del 3 de mayo de 2022, RESOL/2022/765/APN/PRES#SENASA del 25 de noviembre de 2022 y RESOL/2023/479/APN/PRES#SENASA del 23 de mayo de 2023, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 5, Tramo Principal del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
  <item itemId="5288" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6503">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/9ee1ac7ce3f3af67f51f7dfb625a04b6.pdf</src>
        <authentication>2a8ede08071ef2ec2670996dc41753dc</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53519">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1217-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 28 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2023-137337679- -APN-DGTYA#SENASA - AUSPICIA EL CONGRESO DEL DÍA
MUNDIAL DEL SUELO

VISTO el Expediente N° EX-2023-137337679- -APN-DGTYA#SENASA, y

CONSIDERANDO:
Que el Director de Argentina Regenerativa, Proyecto Educativo de Agricultura Regenerativa Cannábica de la
UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES, D. Anuar PECHE, solicita el auspicio del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA al “Congreso del Día Mundial del Suelo”,
que se llevará a cabo el 5 de diciembre de 2023 en dicha Universidad, sita en la localidad de Bernal, Provincia de
BUENOS AIRES.
Que las actividades a desarrollarse en el marco de dicho evento son de interés para este Servicio Nacional, por lo
que se considera propicio acceder a lo solicitado.
Que el auspicio antes mencionado no implicará erogación alguna para este Organismo.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 8°, inciso h), del Decreto
N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:

�ARTÍCULO 1°.- Auspiciar el “Congreso del Día Mundial del Suelo”, que se llevará a cabo el 5 de diciembre de
2023 en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES, sita en la localidad de Bernal, Provincia de BUENOS
AIRES.
ARTÍCULO 2°.- El presente auspicio no implicará erogación alguna para el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.28 14:38:14 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.28 14:38:18 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="28">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35160">
                  <text>Resoluciones SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41379">
                <text>Resolución SENASA Nº 1217/2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41380">
                <text>Auspicia del “Congreso del Día Mundial del Suelo”</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41381">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41382">
                <text>Martes 28 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41383">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41384">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41385">
                <text>Auspiciar el “Congreso del Día Mundial del Suelo”, que se llevará a cabo el 5 de diciembre de 2023 en la UNIVERSIDAD NACIONAL DE QUILMES, sita en la localidad de Bernal, Provincia de BUENOS AIRES</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
  <item itemId="5289" public="1" featured="0">
    <fileContainer>
      <file fileId="6502">
        <src>https://biblioteca.senasa.gob.ar/files/original/002575be7fd580c0caedaf1716d80e27.pdf</src>
        <authentication>2c3d7de0e8d0f434ee509496d67b8358</authentication>
        <elementSetContainer>
          <elementSet elementSetId="4">
            <name>PDF Text</name>
            <description/>
            <elementContainer>
              <element elementId="92">
                <name>Text</name>
                <description/>
                <elementTextContainer>
                  <elementText elementTextId="53518">
                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-1218-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 28 de Noviembre de 2023

Referencia: EX-2020-44862676- -APN-DGTYA#SENASA - DECLARA LA NO INDIVIDUALIZACIÓN DE
RESPONSABLE ALGUNO POR PRESUNTAS IRREGULARIDADES CON RELACIÓN AL DEPÓSITO DE
DESPERDICIOS DE ORIGEN ANIMAL EN PALPALÁ (JUJUY)

VISTO el Expediente N° EX-2020-44862676- -APN-DGTYA#SENASA, la Resolución N° RESOL-2020-461APN-PRES#SENASA del 14 de julio de 2020 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° RESOL-2020-461-APN-PRES#SENASA del 14 de julio de 2020 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se ordena la instrucción de sumario
administrativo, con el objeto de deslindar las responsabilidades administrativas, disciplinarias y/o patrimoniales
en las que pudiera haber incurrido agente alguno de este Organismo, con motivo de lo expuesto en la denuncia
registrada en el Formulario de Denuncia ID N° 1022, respecto a presuntas irregularidades con relación al depósito
de desperdicios de origen animal, descargados desde un camión, en el barrio La Florida de la Localidad de
Palpalá, Provincia de JUJUY.
Que en las irregularidades constatadas se encontraría involucrado el Frigorífico LA PUNA S.R.L.,
Establecimiento N° Oficial 4177, lo que podría dar lugar también a responsabilidades por parte del entonces Jefe
del Servicio de Inspección Veterinaria (SIV) en dicho establecimiento, Médico Veterinario D. Martín Alejandro
GALÁN SAVIO (D.N.I. N° 22.777.436), pasibles de ser sancionadas disciplinariamente.
Que, en cumplimiento del Artículo 3° del Reglamento de Investigaciones Administrativas, aprobado por el
Decreto N° 467 del 5 de mayo de 1999, la Coordinación General de Sumarios de este Organismo comunica la
apertura de las presentes actuaciones a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, la cual manifiesta que
ha decidido no intervenir como parte acusadora en las actuaciones propias relacionadas con este sumario.
Que se incorporan a los actuados las Actas de Constatación labradas y los diversos informes requeridos a fin de
esclarecer la situación denunciada.

�Que, mediante declaración jurada, la agente Da. María Paula RIVAS (D.N.I. N° 17.402.483) ratifica los hechos
informados en las actuaciones y comunica que no tiene conocimiento de que el MINISTERIO DE AMBIENTE Y
CAMBIO CLIMÁTICO de la Provincia de JUJUY haya tomado alguna medida sobre el asunto.
Que, asimismo, la agente Da. María Florencia SANTAPAOLA (D.N.I. N° 25.861.492) en su declaración jurada
ratifica lo informado oportunamente y señala no tener conocimiento de la aplicación de sanciones o infracciones
al Establecimiento LA PUNA S.R.L. por los hechos investigados, ni de medidas adoptadas por el citado
Ministerio respecto de los hechos denunciados.
Que, por su parte, el agente D. Rodrigo LENCINA (D.N.I. N° 23.519.935) ratifica los hechos informados en los
actuados y manifiesta desconocer el estado actual del Frigorífico LA PUNA S.R.L., aunque señala que
oportunamente se tomó la medida de disminuir su ritmo de faena diaria. Agrega que no recuerda que los agentes
allí apostados, D. Martín Alejandro GALÁN SAVIO y D. Jerónimo HEREDIA (D.N.I. N° 25.609.383), brindaran
algún tipo de explicaciones luego de labrada el Acta de Constatación obrante como IF-2019-22118916-APNDCRNOA#SENSA sobre el asunto sub examine.
Que se incorpora a los actuados constancia de comparecencia del agente D. Martín Alejandro GALÁN SAVIO, a
fin de serle recibida declaración informativa en los términos del Artículo 62 del citado Reglamento de
Investigaciones Administrativas, quien, previa entrega que se le hace de una copia digital de los presentes
actuados, decide hacer uso de su derecho a negarse a declarar.
Que el agente D. GALÁN SAVIO presenta un escrito, junto con prueba documental, con el patrocinio letrado del
abogado D. Víctor Rubén COLINA, en el que señala que de las DOCE (12) muestras de caravanas que se
encontraron en el sitio en que se hallaban los despojos, solo UNA (1) pertenecía a una Unidad Productiva con el
número de Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) que envió animales al
Frigorífico LA PUNA S.R.L.
Que el precitado agente agrega que los residuos del mencionado frigorífico fueron depuestos según la normativa
vigente, enviándose todos los restos pertenecientes a la faena de animales que llegaron al establecimiento en
cuestión, en el cual el declarante realizaba sus tareas, al establecimiento EL TUYU S.R.L., entre el 2 de enero y el
24 de septiembre de 2018, los viernes, y desde el 25 de septiembre al 6 de diciembre de 2018, los miércoles y
viernes, y que desde el 7 de diciembre de 2018 se contrató el servicio de recolección de residuos patógenos de la
firma LIMSA S.A. para el retiro de desperdicios de faena.
Que el aludido agente refiere que el sobrante cocido de faena -desperdicios con destino a Palpalá- era retirado por
el titular del RENSPA N° 09.016000044/00, D. Martín GÓMEZ, productor porcino, con su correspondiente
Permiso de Tránsito Restringido (PTR).
Que el Médico Veterinario D. GALÁN SAVIO afirma que se encuentra sobradamente acreditado, en su informe
del 5 de febrero de 2019 y en la documentación presentada, que el modus operandi del Frigorífico LA PUNA
S.R.L. respecto de la deposición de residuos de faena consiste en despacharlos en horas del día, al finalizar la
faena, cuando él está en su horario de trabajo; por lo que si hubiese llegado a salir algún vehículo del referido
frigorífico en la hora en que se hizo la denuncia, alrededor de las VEINTIDÓS (22) horas del 15 de noviembre de
2018, él no se encontraba en su lugar de trabajo, por lo que le hubiese resultado imposible controlar la salida de
un vehículo en ese horario.
Que el citado agente manifiesta que su responsabilidad como funcionario en cuanto a la deposición de residuos
cesa una vez que el transportista tiene la carga debidamente certificada y precintada en su vehículo, por lo que no

�puede responsabilizarse del eventual caso de que un transportista de residuos peligrosos no hubiese seguido la
ruta previamente establecida.
Que, en ese orden de ideas, detalla la operatoria propia de sus funciones acerca del transporte de deposiciones de
desechos de faena catalogados como “residuos peligrosos”, y acompaña Nota N° 267/19-SCA del 29 de marzo de
2019, donde el Secretario de Calidad Ambiental del mencionado Ministerio aprueba la Propuesta de Gestión de
residuos incomestibles cárnicos de faena del Frigorífico LA PUNA S.R.L.
Que, habiendo sido practicadas todas las tramitaciones y averiguaciones conducentes al esclarecimiento de los
hechos investigados, y no existiendo nuevas medidas de prueba que producir ni hechos que investigar, el
instructor sumariante da por concluida la investigación sumarial y emite el informe previsto en el Artículo 108 del
Reglamento de Investigaciones Administrativas, aprobado por el Decreto N° DCTO-2022-456-APN-PTE del 3 de
agosto de 2022, en el que señala que se encuentra debidamente acreditada la existencia de cúmulos de
desperdicios de faena en el barrio La Florida de la localidad de Palpalá, Provincia de JUJUY, y que de la prueba
producida no se desprenden elementos que permitan válidamente atribuir responsabilidad por tal irregularidad a
agente alguno de este Servicio Nacional.
Que el instructor considera que: “al analizar los antecedentes documentales, el descargo del agente Galán Savio y
los elementos probatorios obrantes en autos, se pueden detectar diversas falencias que no permiten considerar
fehacientemente acreditado lo manifestado por el Ing. Lencina, como tampoco lo denunciado anónimamente por
vecinos de la zona”.
Que, al respecto, declara que: “no se ha logrado identificar al chofer Urzagasti, quien supuestamente habría
reconocido arrojar desechos en el lugar por orden del Frigorífico La Puna. Sólo surge mencionado por su apellido
en la nota de la agente Rivas, sin haberle requerido al denunciante en ese acto ningún dato al respecto para
identificarlo”.
Que, en el citado informe, la Instrucción señala que de la documentación obrante en los actuados surge que: “el
S.I.V. del frigorífico La Puna S.R.L. certificaba despachos de restos de faena al establecimiento El Tuyu S.R.L. y
Limsa S.A. y que también retiraba el sobrante cocido de faena el productor porcino Martín Gómez; acreditado
conforme Permisos de Tránsito Restringido”.
Que, coincidentemente con lo manifestado por el agente D. GALÁN SAVIO en su descargo, el sumariante
considera que: “la responsabilidad del Servicio de Inspección cesa luego del despacho de los transportes
debidamente autorizados, por lo que en caso que algún tercero ajeno al Organismo incumpla con la ruta
establecida de dicha carga, no resulta posible endilgarle responsabilidad al Servicio de Inspección por dicho
desvío”.
Que, asimismo, el instructor sumariante expresa que: “si bien está acreditada la existencia de despojos de faena en
el lugar de los hechos, ante la orfandad del material probatorio antecedente y sus falencias, y atento al tiempo
transcurrido, no puede determinarse con el grado de certeza que exige el ordenamiento jurídico que haya existido
irregularidad administrativa alguna comprobable de parte de agentes de este Servicio en los hechos investigados;
toda vez que no se ha logrado determinar de dónde provenían efectivamente los desechos, quién los habría
arrojado, ni desde hace cuánto estaban allí”.
Que, por lo expuesto, concluye que: “evaluados que fueran debidamente los elementos de prueba, corresponde se
declare la no individualización de responsable alguno entre los agentes de este Servicio por los hechos
investigados, conforme lo prescripto por el art. 122 inc. c) del Reglamento de Investigaciones Administrativas

�aprobado por Decreto N ° 456/22, así como la inexistencia de perjuicio fiscal, art. 122 inc. e) del precitado texto
legal”.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos toma la intervención que le compete, manifestando que: “Habiendo sido
analizadas las actuaciones producidas, esta Asesoría Letrada no encuentra observaciones que formular desde el
punto de vista legal respecto del procedimiento implementado, en razón de haberse hecho estricta aplicación en el
caso del Reglamento de Investigaciones Administrativas aprobado por los Decretos N° 467/99 y 456/22”.
Que la suscripta se encuentra facultada para dictar el presente acto de acuerdo con lo determinado en el Artículo
121 del Reglamento de Investigaciones Administrativas, aprobado por el Decreto N° DCTO-2022-456-APN-PTE
del 3 de agosto de 2022, en concordancia con el Artículo 8°, inciso h), del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre
de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declarar la no individualización de responsable alguno dentro del personal del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, conforme lo preceptuado por el Artículo
122, inciso c), del Reglamento de Investigaciones Administrativas, aprobado por el Decreto N° DCTO-2022-456APN-PTE del 3 de agosto de 2022.
ARTÍCULO 2°.- Declarar la inexistencia de perjuicio fiscal, de acuerdo con lo prescripto en el Artículo 122,
inciso e), del citado Reglamento de Investigaciones Administrativas.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la Procuraduría de Investigaciones Administrativas, de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 123 del mencionado Decreto N° 456/22.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.11.28 14:39:15 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by GESTION DOCUMENTAL
ELECTRONICA - GDE
Date: 2023.11.28 14:39:18 -03:00

�</text>
                  </elementText>
                </elementTextContainer>
              </element>
            </elementContainer>
          </elementSet>
        </elementSetContainer>
      </file>
    </fileContainer>
    <collection collectionId="28">
      <elementSetContainer>
        <elementSet elementSetId="1">
          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
          <elementContainer>
            <element elementId="50">
              <name>Title</name>
              <description>A name given to the resource</description>
              <elementTextContainer>
                <elementText elementTextId="35160">
                  <text>Resoluciones SENASA</text>
                </elementText>
              </elementTextContainer>
            </element>
          </elementContainer>
        </elementSet>
      </elementSetContainer>
    </collection>
    <elementSetContainer>
      <elementSet elementSetId="1">
        <name>Dublin Core</name>
        <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
        <elementContainer>
          <element elementId="50">
            <name>Title</name>
            <description>A name given to the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41386">
                <text>Resolución SENASA Nº 1218/2023 </text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="41">
            <name>Description</name>
            <description>An account of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41387">
                <text>Declarar la no individualización de responsable alguno dentro del personal del SENASA  del Reglamento de Investigaciones Administrativas</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="39">
            <name>Creator</name>
            <description>An entity primarily responsible for making the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41388">
                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="40">
            <name>Date</name>
            <description>A point or period of time associated with an event in the lifecycle of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41389">
                <text>Martes 28 de Noviembre de 2023</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="44">
            <name>Language</name>
            <description>A language of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41390">
                <text>Es</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="51">
            <name>Type</name>
            <description>The nature or genre of the resource</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41391">
                <text>Resolución</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
          <element elementId="53">
            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
            <elementTextContainer>
              <elementText elementTextId="41392">
                <text>Declarar la no individualización de responsable alguno dentro del personal del SENASA, conforme lo preceptuado por el Artículo 122, inciso c), del Reglamento de Investigaciones Administrativas, aprobado por el Decreto N° DCTO/2022/456/ APN/PTE del 3 de agosto de 2022</text>
              </elementText>
            </elementTextContainer>
          </element>
        </elementContainer>
      </elementSet>
    </elementSetContainer>
  </item>
</itemContainer>
