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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-861-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 15 de Septiembre de 2023

Referencia: EX-2023-94511299- -APN-DGTYA#SENASA - CREA LA UNIDAD SUBEJECUTORA DEL
“PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LOS SERVICIOS DE SANIDAD AGROPECUARIA Y DEL
MANEJO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS MARÍTIMOS DE ARGENTINA (PROSAMA)”

VISTO el Expediente N° EX-2023-94511299- -APN-DGTYA#SENASA, la Ley N° 27.233, los Decretos Nros.
1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, y DCTO-2023-140-APN-PTE del 13 de marzo de 2023,
y

CONSIDERANDO:
Que mediante el Artículo 1° de la Ley N° 27.233 se declara de interés nacional la sanidad de los animales y los
vegetales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la
producción silvo-agropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad de las materias primas producto de las
actividades silvo-agrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y calidad de los
agroalimentos, los insumos agropecuarios específicos y el control de los residuos químicos y contaminantes
químicos y microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y
subproductos.
Que, por su parte, el Artículo 5° de la mencionada ley establece que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), en su carácter de organismo descentralizado con autarquía
económica-financiera y técnico-administrativa y dotado de personería jurídica propia en la jurisdicción del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, es la autoridad de aplicación y el
encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones allí previstas.
Que por el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, se asigna al actual SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) la responsabilidad de ejecutar las
políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, prevenir, controlar y erradicar las
enfermedades de los animales y las plagas vegetales, en salvaguarda del patrimonio sanitario animal y vegetal de
la REPÚBLICA ARGENTINA.

�Que, en ese sentido, este Organismo ha suscripto y suscribirá convenios de cooperación y asistencia técnica y de
administración de programas, celebrados con organismos nacionales e internacionales, bloques de naciones,
gobiernos provinciales y municipales, organizaciones internacionales de crédito, y otros organismos, para el
cumplimiento de los objetivos propuestos.
Que, a través del Decreto N° DCTO-2023-140-APN-PTE del 13 de marzo de 2023 se aprueba el Modelo de
Contrato de Préstamo BID N° 5660/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
CIENTO VEINTICINCO MILLONES (USD 125.000.000.-), destinado a financiar parcialmente el “Programa de
Fortalecimiento de los Servicios de Sanidad Agropecuaria y del Manejo Sustentable de los Recursos Marítimos
de Argentina (PROSAMA)”.
Que el 17 de marzo de 2023 se celebró el Contrato de Préstamo N° 5660/OC-AR entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).
Que el objetivo general del citado programa es promover la productividad, sostenibilidad y resiliencia climática
de los sistemas agroalimentarios y marinos, con un enfoque en innovación tecnológica.
Que, a los fines estratégicos, se busca fortalecer las capacidades técnicas, operativas y de investigación de las
DOS (2) instituciones, para poder enfrentar las crecientes exigencias sanitarias, comerciales y estratégicas del
país, teniendo en cuenta el cambio climático y la sostenibilidad ambiental del sector agropecuario y pesquero.
Que el referido programa se desarrollará a través de DOS (2) componentes: (1) Fortalecimiento de capacidades
institucionales e infraestructura del SENASA para el manejo sostenible de los recursos zoo-fitosanitarios y (2)
Fortalecimiento de capacidades institucionales e infraestructura del INIDEP para el manejo sostenible de los
recursos oceanográficos, marinos y pesqueros.
Que la ejecución de dicho programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por
el MINISTERIO DE ECONOMÍA, a través de la SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO Y
LA COMPETITIVIDAD FEDERAL (SECPLAN), por intermedio de la Dirección General de Programas y
Proyectos Sectoriales y Especiales (DIPROSE), del SENASA y del INSTITUTO NACIONAL DE
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP), ambos organismos descentralizados actuantes en
el ámbito del citado Ministerio, los que serán los Organismos Subejecutores de los Componentes I y II,
respectivamente, como así también de los recursos de gestión y evaluación, según corresponda.
Que en la actualidad este Servicio Nacional, en conjunto con la Dirección General de Programas y Proyectos
Sectoriales y Especiales, se encuentra abocado a las acciones de planificación, diseño y gestión establecidas en las
políticas del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) para el desarrollo del mentado programa.
Que de acuerdo con lo estipulado en el contrato de préstamo, el SENASA será el Organismo Subejecutor del
Componente I y de los recursos de gestión y evaluación, el que actuará a través de una Unidad Subejecutora con
dependencia directa de la Dirección General Técnica y Administrativa de este Organismo.
Que resulta procedente establecer la conformación organizacional de dicha Unidad Subejecutora, en pos de los
objetivos propuestos.
Que la presente medida no implica la creación de nuevas aperturas estructurales ni erogación presupuestaria
adicional alguna para el ESTADO NACIONAL, ni la creación de cargos o modificación de situación de revista

�de los agentes que conformarán la citada unidad.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 24.156 de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y por el Artículo 8º, inciso h)
del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase, en el ámbito de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Unidad Subejecutora del “Programa de
Fortalecimiento de los Servicios de Sanidad Agropecuaria y del Manejo Sustentable de los Recursos Marítimos
de Argentina (PROSAMA)”, de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato de Préstamo N° 5660/OC-AR suscripto
entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) el 17 de
marzo de 2023, cuyas responsabilidades se detallan en el Anexo que, registrado como IF-2023-105185160-APNDGTYA#SENASA, forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La Unidad Subejecutora creada en el Artículo 1° del presente acto estará conformada por UN
(1) Coordinador General de la unidad, UN (1) responsable de Gestión de Proyectos y UN (1) responsable de
Operaciones de Proyecto.
ARTÍCULO 3°.- Lo dispuesto en la presente medida no implica la creación de nuevas aperturas estructurales ni
erogación presupuestaria adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.09.15 11:43:51 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.09.15 11:44:03 -03:00

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                <text>Créase la Unidad Subejecutora del “Programa de Fortalecimiento de los Servicios de Sanidad Agropecuaria y del Manejo Sustentable de los Recursos Marítimos de Argentina (PROSAMA)"</text>
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                <text>Créase, en el ámbito de la Dirección General Técnica y Administrativa del SENASA, la Unidad Subejecutora del “Programa de Fortalecimiento de los Servicios de Sanidad Agropecuaria y del Manejo Sustentable de los Recursos Marítimos de Argentina (PROSAMA)”, de acuerdo con lo dispuesto en el Contrato de Préstamo N° 5660/OC/AR suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) el 17 de marzo de 2023, cuyas responsabilidades se detallan en el Anexo que, registrado como IF/2023/105185160/APN/ DGTYA#SENASA, forma parte integrante de la presente resolución</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-862-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 20 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 68825212/2020 - CREA EN EL ÁMBITO DE LA UNIDAD PRESIDENCIA EL ÁREA DE
RELACIONES INSTITUCIONALES Y PROTOCOLO, Y DESIGNA COMO RESPONSABLE AL AGENTE
JUAN PABLO ARRUTI

VISTO el Expediente N° EX-2020-68825212- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley N° 27.233; el Decreto Nº 1.585
del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007; la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 y RESOL-2020266-APN-PRES#SENASA del 13 de marzo de 2020, ambas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 27.233 se definen las bases de un nuevo Sistema de Sanidad, Calidad y Control
Alimentario.
Que el Artículo 1° de la citada ley declara de interés nacional la sanidad de los animales y los vegetales, así como
la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la producción
silvoagropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad de las materias primas producto de las actividades silvoagrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y calidad de los agroalimentos, los
insumos agropecuarios específicos y el control de los residuos químicos y contaminantes químicos y
microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y subproductos.
Que, a su vez, el Artículo 5° del mencionado cuerpo normativo establece que el SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en su carácter de organismo descentralizado con autarquía
económica-financiera y técnico-administrativa y dotado de personería jurídica propia en la órbita de la entonces
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del ex-MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO, es la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las
acciones previstas en la mencionada ley.

�Que a través del Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, se aprueba la organización
institucional del citado Servicio Nacional, determinándose las características del mismo, el marco de
competencias, la estructura organizativa, su conducción superior, atribuciones y funciones, y sus recursos.
Que mediante el Artículo 5º del citado decreto se dispone que la estructura de conducción superior jerárquica del
Organismo estará constituida por un Presidente y un Vicepresidente.
Que el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el
personal del citado Servicio Nacional.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018
se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional,
adecuando la estructura dictada por el mentado Decreto Nº 1.585/96.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura
organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo de este Organismo.
Que las misiones y funciones asignadas al Organismo conllevan una necesaria interacción y relación institucional
formal con diferentes sectores e instituciones de orden público y privado, nacionales e internacionales.
Que los funcionarios que representan a este Servicio Nacional en actos, celebraciones, recepciones, ceremonias,
viajes y todo evento oficial de índole nacional o internacional, necesitan de un adecuado asesoramiento sobre el
comportamiento de estilo que es menester adoptar en cada caso.
Que resulta pertinente fortalecer las instancias de gestión en la Unidad Presidencia, adoptar medidas tendientes a
perfeccionar el accionar del Organismo y optimizar la asignación y adecuación de los recursos humanos afectados
para el cumplimiento de los objetivos propuestos.
Que, en virtud de ello y de la especificidad de la materia, deviene necesaria la creación de una Área de Relaciones
Institucionales y Ceremonial en el ámbito de la Unidad Presidencia, con el objetivo de llevar a cabo el
asesoramiento y la coordinación de eventos protocolares e institucionales y visitas internacionales, lo cual incluye
la organización de estadías, traslados, recepción y asistencia de funcionarios y personalidades extranjeras.
Que dicha función de asesoramiento implica también la organización y coordinación de eventos en los que es
partícipe el Organismo.
Que dicha Área actuará con dependencia directa de las instrucciones impartidas por las autoridades superiores de
este Servicio Nacional.
Que por la Resolución N° RESOL-2020-266-APN-PRES#SENASA del 13 de marzo de 2020 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se le encomienda al agente D. Juan Pablo
ARRUTI, M.I. Nº 24.603.590, realizar instrucciones de servicio identificadas con acciones de ceremonial y
protocolo del Organismo, bajo la coordinación de la Unidad Presidencia.
Que el mencionado agente acreditó reunir las condiciones de capacidad, idoneidad y experiencia para cumplir
dicho cometido.
Que, por lo expuesto, el citado agente reúne las condiciones necesarias para asumir como Responsable del Área

�de Relaciones Institucionales y Ceremonial.
Que la presente medida no implicará erogación presupuestaria ni importa la creación de cargos o modificación de
situación de revista.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 8º, inciso h) del
Decreto N° 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito de la Unidad Presidencia del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Área de Relaciones Institucionales y Ceremonial, por los motivos
expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- El área creada por la presente resolución actuará con dependencia directa de la Unidad
Presidencia.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyanse como acciones del Área de Relaciones Institucionales y Ceremonial las descriptas
en el Anexo (IF-2020-72851614-APN-DRRHH#SENASA), que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4º.- Desígnase como Responsable del Área de Relaciones Institucionales y Ceremonial al agente D.
Juan Pablo ARRUTI, M.I. Nº 24.603.590, el que actuará bajo la coordinación de la Unidad Presidencia del
referido Servicio Nacional.
ARTÍCULO 5°.- El agente involucrado percibirá sus remuneraciones de conformidad con su situación de revista
y en los términos del Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007, sin que la responsabilidad encomendada implique el
cobro de suplementos por cargo de mayor jerarquía.
ARTÍCULO 6°.- La presente medida no implicará gasto presupuestario alguno para este Organismo.
ARTÍCULO 7°.- Abrógase la Resolución N° RESOL-2020-266-APN-PRES#SENASA del 13 de marzo de 2020
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 8°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

�Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.11.20 11:39:57 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.11.20 11:40:11 -03:00

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                <text>Crea en el ámbito de la unidad presidencia el área de relaciones institucionales y protocolo, y designa como responsable al agente</text>
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                <text>Créase en el ámbito de la Unidad Presidencia del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, el Área de Relaciones Institucionales y Ceremonial, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-864-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 15 de Septiembre de 2023

Referencia: EX-2023-85672657- -APN-DGTYA#SENASA - DA POR ASIGNADAS TRANSITORIAMENTE
LAS FUNCIONES DE COORDINADORA DE FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA A LA AGENTE LIDIA
SILVINA SRACNJEK

VISTO el Expediente N° EX-2023-85672657- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios, 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, DECTO-2017-355-APN-PTE del 22
de mayo de 2017 y su modificatorio; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de
diciembre de 2018 y su modificatoria; la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de
mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y sus
modificatorias, y

CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio se establece, entre
otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas
jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y las/los
Secretarias/os de Gobierno.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprueba la estructura
organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que, posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018 y su modificatoria se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado
Servicio Nacional.
Que a través de la Resolución Nº RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del referido
Servicio Nacional se modifica la estructura organizativa de segundo nivel operativo y la estructura de nivel

�departamental del citado Organismo.
Que, en esta instancia, corresponde asignar a la agente Da. Lidia Silvina SRACNJEK (M.I. Nº 18.004.802) las
funciones de Coordinadora de Formulación Presupuestaria de la Coordinación General Presupuestaria de la
Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General Técnica y
Administrativa del referido Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con carácter transitorio, con
excepción a lo previsto en el Título VI del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado
Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y de
conformidad con lo establecido en los apartados I, II y III del inciso a) del Artículo 15 del Anexo I al Decreto N°
1.421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional N° 25.164.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en los Artículos 3° y 5° del Decreto N°
DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de julio de 2023 y por el término de SEIS
(6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Coordinadora de Formulación
Presupuestaria de la Coordinación General Presupuestaria de la Dirección de Servicios Administrativos y
Financieros, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Función de Jefatura I, a la
agente Da. Lidia Silvina SRACNJEK (M.I. Nº 18.004.802), de la Planta Permanente, Agrupamiento
Administrativo, Categoría Técnico, Grado 4, Tramo Superior, autorizándose el correspondiente pago de la
Función de Jefatura, prevista en el Título IV, Capítulo II, Artículo 46 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el Título VI de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será imputado a
las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

�archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.09.15 11:47:34 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.09.15 11:47:37 -03:00

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                <text>Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de julio de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Coordinadora de Formulación Presupuestaria de la Coordinación General Presupuestaria de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros, dependiente de la Dirección General Técnica y Administrativa del SENASA, organismo descentralizado en la órbita de la SAGyP del MECON, Función de Jefatura I, a la agente Da. Lidia Silvina SRACNJEK (M.I. N 18.004.802), de la Planta Permanente, Agrupamiento Administrativo, Categoría Técnico, Grado 4, Tramo Superior, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura, prevista en el Título IV, Capítulo II, Artículo 46 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para N 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el Título VI de dicho Convenio</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-865-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 15 de Septiembre de 2023

Referencia: EX-2023-85698756- -APN-DGTYA#SENASA - DA POR ASIGNADAS TRANSITORIAMENTE
LAS FUNCIONES DE COORDINADORA DE BIOINSUMOS A LA INGENIERA AGRÓNOMA KARINA
ASCIUTTO

VISTO el Expediente N° EX-2023-85698756- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios, 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, DECTO-2017-355-APN-PTE del 22
de mayo de 2017 y su modificatorio; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de
diciembre de 2018 y su modificatoria; las Resoluciones Nros. RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de
mayo de 2019 y RESOL-2023-487-APN-PRES#SENASA del 30 de mayo de 2023, ambas del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio se establece, entre
otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas
jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y las/los
Secretarias/os de Gobierno.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprueba la estructura
organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que, posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018 y su modificatoria se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado
Servicio Nacional.
Que a través de la Resolución Nº RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del referido
Servicio Nacional se modifica la estructura organizativa de segundo nivel operativo y la estructura de nivel

�departamental del citado Organismo.
Que por la Resolución N° RESOL-2023-487-APN-PRES#SENASA del 30 de mayo de 2023 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se incorporan al Anexo II del Artículo 1° de
la mencionada Resolución N° 520/19 las Acciones de la Coordinación de Bioinsumos de la Dirección de
Agroquímicos y Biológicos, dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del referido Servicio
Nacional.
Que, en esta instancia, corresponde asignar a la Ingeniera Agrónoma Da. Karina ASCIUTTO (M.I. N°
26.116.743), las funciones de Coordinadora de Bioinsumos de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos,
dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del mencionado Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, con carácter transitorio, con excepción a lo previsto en el Título VI del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el
Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y de conformidad con lo establecido en los apartados
I, II y III del inciso a) del Artículo 15 del Anexo I al Decreto N° 1.421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio,
reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en los Artículos 3° y 5° del Decreto N°
DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de junio de 2023 y por el término de SEIS
(6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Coordinadora de Bioinsumos de la
Dirección de Agroquímicos y Biológicos, dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la
órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
Función de Jefatura I, a la Ingeniera Agrónoma Da. Karina ASCIUTTO (M.I. N° 26.116.743), de la Planta
Permanente, Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General, autorizándose el
correspondiente pago de la Función de Jefatura, prevista en el Título IV, Capítulo II, Artículo 46 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40
del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el Título VI de dicho
Convenio.

�ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será imputado a
las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.09.15 11:48:00 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.09.15 11:48:03 -03:00

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                <text>Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de junio de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Coordinadora de Bioinsumos de la Dirección de Agroquímicos y Biológicos, dependiente de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Función de Jefatura I, a la Ingeniera Agrónoma Da. Karina ASCIUTTO (M.I. N° 26.116.743), de la Planta Permanente, Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 9, Tramo General, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura, prevista en el Título IV, Capítulo II, Artículo 46 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para N 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el Título VI de dicho Convenio.</text>
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2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-866-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 20 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 63209816/2018 - EXCLUYE DEL REGISTRO DE PROFESIONALES RESPONSABLES
TÉCNICOS DE CATEM AL SEÑOR D. RAÚL ARTURO ESCALADA

VISTO el Expediente Nº EX-2018-63209816- -APN-DNTYA#SENASA; la Ley Nº 27.233; el Decreto
Reglamentario Nº DECTO-2019-776-APN-PTE del 19 de noviembre de 2019; las Resoluciones Nros. 38 del 3 de
febrero de 2012 del ex-MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA y 199 del 8 de mayo de
2013 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se instruye sumario al señor D. Raúl Arturo ESCALADA, C.U.I.T. Nº 2010710691-0, con domicilio fiscal en San Lorenzo Nº 545, Apóstoles, Código Postal Nº 3350, Provincia de
MISIONES, por transgresión a la Resolución Nº 199 del 8 de mayo de 2013 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA).
Que se sanciona al sumariado, profesional en ciencias agrarias, Matrícula Profesional N° 7460, en su carácter de
Responsable Técnico del Centro de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera (CATEM) “DON
BLADIMIRO S.R.L.”, Habilitación N° 12.005, con fecha 14 de junio de 2018, en virtud de haberse constatado
mediante Acta de Constatación N° 02/2018, que los Certificados de Tratamiento de Madera (CTM) Nros.
00004499 y 00005000 no estaban firmados ni sellados por el Responsable Técnico. Asimismo, se advierte que en
los reportes de los Tratamientos Térmicos (TT) Nros. 440 y 441 se señalaba “lectura dudosa de temperatura
ambiente del centro de la madera”, incumpliendo con lo establecido en el Artículo 27, inciso a) de la mentada
Resolución N° 199/13.
Que el interesado formula descargo en el que reconoce haber omitido la firma en los duplicados y triplicados de
los certificados en cuestión pero que el original del mismo se emitió con la firma correspondiente. En dicho
descargo no hace mención alguna a los TT Nros. 440, 441 y 442 con comportamiento dudoso que se mencionan
en el Acta de Constatación N° 02/2018.
Que el Ingeniero Agrónomo D. Leonardo Emilio SIMÓN emite el Informe Técnico N° IF-2019-04508153-APN-

�DCRNEA#SENASA, en el que concluye que: “La falta de firma por parte del responsable técnico de los
Certificados de Tratamiento a Embalajes de Madera N° 4999 y 5000, a pesar del antecedente del año 2017,
producto de un descuido según lo declarado, quedaría como una falta de menor importancia en relación a lo
acontecido con los Tratamientos Térmicos N° 440 y 441, los que deberían de haber sido anulados por no cumplir
con los requisitos de la norma, puesto que la temperatura de los sensores en la madera supero a la temperatura
ambiente,(…). Pero aún es que el responsable técnico no reconocería que las rajaduras a las que el mismo hace
mención, una vez detectadas, deberían de haber sido motivo suficiente para que el tratamiento térmico sea
anulado, y además, le otorgase una importancia fuera de proporción al informe de tratamiento aprobado que
otorga el software de la cámara de tratamiento pasando por alto el análisis de las curvas que le compete realizar
antes de aprobar el tratamiento. Respecto al TT N° 442 no cuento con los elementos suficientes como para
refutar o convalidar lo declarado por el responsable técnico.”.
Que, en virtud de lo expuesto, teniendo presente lo expresado en los informes técnicos y que el sumariado no
registra antecedentes como infractor en la Coordinación General de Asuntos Sanitarios de la Dirección de
Asuntos Jurídicos, correspondería imponerle una sanción de exclusión definitiva del Registro de Profesionales
Responsables Técnicos de CATEM.
Que en mérito a las informaciones producidas por diversas áreas técnicas del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se ha emitido el dictamen legal en el expediente, con el
asesoramiento técnico-jurídico correspondiente.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 16
de la Ley Nº 27.233.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Excluir de manera definitiva del Registro de Profesionales Responsables Técnicos de Centros de
Tratamientos a Embalajes de Madera (CATEM), al señor D. Raúl Arturo ESCALADA, C.U.I.T. Nº 2010710691-0, Matrícula Profesional N° 7.460, con domicilio fiscal en San Lorenzo Nº 545, Apóstoles, Código
Postal Nº 3350, Provincia de MISIONES.
ARTÍCULO 2°.- Se establece en cuanto a la sanción aplicada en el artículo precedente, que la misma debe
hacerse efectiva a partir de la notificación de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese la presente resolución a la Dirección Nacional de Protección Vegetal para que
proceda a quitar de manera definitiva del referido Registro al señor D. ESCALADA.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese la presente resolución a la Coordinación Jurídica de Delegación Regional III de la
Dirección de Asuntos Jurídicos y a la Dirección de Centro Regional NEA.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese la presente resolución con el informe jurídico

�circunstanciado aludido en los considerandos de la misma y archívese.

Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.11.20 11:43:06 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2020.11.20 11:43:07 -03:00

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2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-867-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 20 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 75294330/2020 - PRORROGA LA DESIGNACIÓN TRANSITORIA DEL MÉDICO
VETERINARIO FACUNDO JAVIER GALVANI COMO DIRECTOR DE CENTRO REGIONAL NEA

VISTO el Expediente N° EX-2020-75294330- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8
de noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; las Decisiones Administrativas Nros. DA-2018-1881APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2020-182-APN-JGM del 19 de febrero de 2020; la Resolución
Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio Nacional y de la entonces SECRETARÍA
DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada
por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido Servicio Nacional y de la mencionada exSecretaría, respectivamente, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-182-APN-JGM del 19 de febrero de 2020 se da por
designado con carácter transitorio, en el cargo de Director de Centro Regional NEA de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico
Veterinario D. Facundo Javier GALVANI (M.I. N° 27.576.890).
Que a través del Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 se faculta a los
Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas
de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas
por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones
y/o últimas prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades

�máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo
en cuestión, por lo que procede la prórroga de la designación transitoria del mentado funcionario.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 18 de noviembre de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA
(180) días contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario
D. Facundo Javier GALVANI (M.I. N° 27.576.890), dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020182-APN-JGM del 19 de febrero de 2020, en el cargo de Director de Centro Regional NEA de la Dirección
Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de
2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la

�Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de
2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2020.11.20 11:44:24 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2020.11.20 11:44:26 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-873-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Jueves 26 de Noviembre de 2020

Referencia: EE 75294455/2020 - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA DE FUNCIONES DE LA
MÉDICA VETERINARIA XIMENA MELÓN COMO DIRECTORA NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL

VISTO el Expediente Nº EX-2020-75294455- -APN-DGTYA#SENASA; el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº
DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8
de noviembre de 2018 y DECTO-2020-328-APN-PTE del 31 marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007; la Resolución Conjunta N° 89 y N° 16 del 13 de febrero de 2008 del citado Servicio
Nacional y de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de 2010 del referido
Servicio Nacional y de la mencionada ex-Secretaría, respectivamente; la Resolución N° RESOL-2020-114-APNMAGYP del 20 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-114-APN-MAGYP del 20 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 27 de diciembre
de 2019 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Directora Nacional de Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica Veterinaria Da. Ximena MELON (M.I. Nº 24.867.177).
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.

�Que mediante el Decreto N° DECTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y
a las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, a prorrogar las
designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o
de sus últimas prórrogas.
Que en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso, las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando el señor Presidente del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DECTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase, a partir del 21 de noviembre de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a
partir del dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Directora Nacional de
Sanidad Animal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Médica
Veterinaria Da. Ximena MELON (M.I. Nº 24.867.177), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-114-APNMAGYP del 20 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, quien
revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº 89 y Nº 16 del 13 de febrero de 2008 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, respectivamente, modificada por su similar N° 21 y N° 2 del 18 de enero de

�2010 del citado Servicio Nacional y de la referida ex-Secretaría, respectivamente, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2020.11.26 09:54:37 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2020.11.26 09:54:39 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-881-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 1 de Diciembre de 2020

Referencia: EE 67074818/2020 - RATIFICA CONVENIOS DE COMODATO SUSCRIPTOS POR
DIRECTORES DE CENTRO REGIONAL

VISTO el Expediente Nº EX-2020-67074818- -APN-DGTYA#SENASA, los Convenios Nros. CONVE-202079182486-APN-DCRP#SENASA, CONVE-2020-63459433-APN-DCRC#SENASA y CONVE-2020-72497309APN-DSAYF#SENASA, y

CONSIDERANDO:
Que con el objeto de mejorar la coordinación, economía y eficiencia en la gestión de inmuebles del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA) y eliminar los altos costos de
locación en las distintas provincias, se resolvió que las dependencias del Organismo que estén ocupando
inmuebles alquilados sean reubicadas en los predios de entes provinciales, municipales y/o comunales de la zona.
Que en ese marco, y atento la necesidad de agilizar los trámites administrativos y llevar a cabo la reubicación a
corto plazo de las dependencias mencionadas, los Directores de Centro Regional suscribieron, ad referéndum del
señor Presidente del Organismo, Convenios de Comodato con los citados entes donde funcionarán las oficinas del
SENASA.
Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario proceder a la ratificación por parte de la máxima autoridad de este
Servicio Nacional, de los Convenios de Comodato detallados en el Artículo 1° de la presente resolución.
Que la evaluación de la procedencia de los objetivos de la medida propiciada, se enmarca en la potestad decisoria
del funcionario, dentro de los límites del mérito, la oportunidad y conveniencia, que han sido ponderados por las
áreas técnicas pertinentes.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº
1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios.

�Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ratifíquense los Convenios de Comodatos suscriptos por los Directores de Centro Regional, que
a continuación se detallan:

N° DE CONVENIO

FECHA

EXPEDIENTE N°

CONTRAPARTE

LOCALIDAD

CONVE-202079182486-APNDCRP#SENASA

29/12/2017

EX-2018-44004914- APN-DNTYA#SENASA

Sociedad Rural de
General Lamadrid

General Lamadrid,
Provincia de
BUENOS AIRES

EX-2020-55685390- APN-DGTYA#SENASA

Centro Ganadero
Calamuchita

Santa Rosa de
Calamuchita,
Provincia de
CÓRDOBA

EX-2018-44097700- APN-DNTYA#SENASA

Municipalidad de
Adolfo González
Chaves

Adolfo González
Chaves, Provincia
de BUENOS
AIRES

CONVE-202063459433-APNDCRC#SENASA

CONVE-202072497309-APNDSAYF#SENASA

16/09/2020

02/01/2018

ARTÍCULO 2º.- Dese intervención a la Coordinación de Administración de Bienes de la Coordinación General
Administrativa dependiente de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección General
Técnica y Administrativa.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a las Direcciones de Centro Regional que correspondan, conforme el Artículo 1°
de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

�Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.12.01 14:45:45 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.12.01 14:45:48 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
2020 - Año del General Manuel Belgrano
Resolución
Número: RESOL-2020-887-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 4 de Diciembre de 2020

Referencia: EE 82461735/2020 - ENCOMIENDA LA ATENCIÓN DEL DESPACHO DE LA DIRECCIÓN DE
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y FINANCIEROS

VISTO el Expediente N° EX-2020-82461735- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.233; los Decretos Nros.
1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios, y DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017
y su modificatorio; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007; la
Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018; la Resolución Nº RESOL2019-34-APN-PRES#SENASA del 17 de enero de 2019 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 27.233 establece que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, es la autoridad de aplicación
y el encargado de planificar, ejecutar y controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley.
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 se aprueba la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Servicio Nacional.
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2019-34-APN-PRES#SENASA del 17 de enero de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se encomienda la atención del despacho de
la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección General Técnica y Administrativa, en
caso de ausencia o impedimento de su titular, al Licenciado D. José Ángel FOLGUEIRA, M.I. Nº 16.171.810.
Que dadas las responsabilidades que atañen al titular de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros,
tales como la suscripción de actos para autorizar llamados a procedimientos de selección en el marco del Decreto
Delegado N° 1.023 del 13 de agosto de 2001 y su reglamentario N° 1.030 del 15 de septiembre de 2016, resulta
necesario encomendar la atención del despacho de la referida Dirección con mayor alcance, hasta tanto se
proceda a la cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de

�mayo de 2017 y su modificatorio.
Que el cargo de titular de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros se encuentra vacante.
Que a fin de continuar con el normal desarrollo de las tareas y las responsabilidades de la citada unidad
organizativa, resulta procedente encomendar transitoriamente la atención del despacho de la misma, al Licenciado
en Administración D. José Ángel FOLGUEIRA, M.I. N° 16.171.810.
Que el agente propuesto reúne las condiciones de capacidad y experiencia para cumplir dicho cometido.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 8º, inciso h) del Decreto Nº
1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Abrogar la Resolución Nº RESOL-2019-34-APN-PRES#SENASA del 17 de enero de 2019 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por los motivos expuestos en los
considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º.- Encomendar, transitoriamente, a partir del 1 de diciembre de 2020, la atención del despacho de
la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros de la Dirección General Técnica y Administrativa del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Licenciado en
Administración D. José Ángel FOLGUEIRA, M.I. N° 16.171.810, quien revista en el Agrupamiento
Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e1), Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de
2007, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución y hasta tanto se proceda a la
cobertura de dicho cargo en los términos del Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y
su modificatorio.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, notifíquese y archívese.

�Digitally signed by PAZ Carlos Alberto
Date: 2020.12.04 09:01:21 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Carlos Alberto Paz
Presidente
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2020.12.04 09:01:23 -03:00

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1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-888-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 18 de Septiembre de 2023

Referencia: EX-2023-102161055- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA ASIGNACIONES
TRANSITORIAS DE FUNCIONES EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DE LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS
JURÍDICOS

VISTO el Expediente Nº EX-2023-102161055- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2017-373-APN-MA del 16 de noviembre de 2017
y RESOL-2018-288-APN-MA del 30 de agosto de 2018, ambas del entonces MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, RESOL-2019-153-APN-MAGYP del 28 de noviembre de 2019, RESOL-2019-174-APNMAGYP del 3 de diciembre de 2019 y RESOL-2020-178-APN-MAGYP del 2 de septiembre de 2020, todas del
entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2019-520-APNPRES#SENASA del 13 de mayo de 2019, RESOL-2020-486-APN-PRES#SENASA y RESOL-2020-494-APNPRES#SENASA, ambas del 24 de julio de 2020, RESOL-2021-73-APN-PRES#SENASA y RESOL-2021-76APN-PRES#SENASA, ambas del 11 de febrero de 2021, RESOL-2021-210-APN-PRES#SENASA del 28 de
abril de 2021, RESOL-2021-476-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021, RESOL-2021-548-APNPRES#SENASA del 2 de noviembre de 2021, RESOL-2022-396-APN-PRES#SENASA del 1 de julio de 2022,
RESOL-2022-442-APN-PRES#SENASA del 19 de julio de 2022, RESOL-2023-180-APN-PRES#SENASA y
RESOL-2023-181-APN-PRES#SENASA, ambas del 2 de marzo de 2023, todas del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:

�Que por la Resolución N° RESOL-2017-373-APN-MA del 16 de noviembre de 2017 del entonces MINISTERIO
DE AGROINDUSTRIA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de septiembre de 2016 y por el
término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la medida, las funciones correspondientes al cargo de
Coordinadora General de Dictámenes y Legislación Sanitaria de la Dirección de Asuntos Jurídicos del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Abogada Da. María
Fernanda PANAYOTIDES (M.I. N° 18.633.242), asignación prorrogada desde el 16 de mayo hasta el 9 de
diciembre de 2018 por el Artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2019-153-APN-MAGYP del 28 de noviembre
de 2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.
Que el cargo de Coordinadora General de Dictámenes y Legislación Sanitaria cambia de denominación, habiendo
sido homologado por la Decisión Administrativa Nº DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018
como Coordinadora General de Dictámenes.
Que por el Artículo 2° de la citada Resolución N° 153/19 se prorroga, a partir del 10 de diciembre de 2018 y por
el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la medida, la asignación transitoria de funciones
como Coordinadora General de Dictámenes de la Dirección de Asuntos Jurídicos del aludido Servicio Nacional a
la mencionada agente.
Que dicha asignación transitoria de funciones es prorrogada sucesivamente por las Resoluciones Nros. RESOL2020-486-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2020, RESOL-2021-73-APN-PRES#SENASA del 11 de
febrero de 2021, RESOL-2021-476-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021, RESOL-2022-396APN-PRES#SENASA del 1 de julio de 2022 y RESOL-2023-181-APN-PRES#SENASA del 2 de marzo de 2023,
todas del citado Servicio Nacional.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2018-288-APN-MA del 30 de agosto de 2018 del entonces
MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 17 de septiembre de
2015 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la medida, a la Abogada Da. Edna
Mabel FERRER (M.I. N° 18.422.253) las funciones de Coordinadora de Asuntos Administrativos de la Dirección
de Asuntos Jurídicos del referido Servicio Nacional, asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros.
RESOL-2019-174-APN-MAGYP del 3 de diciembre de 2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2020-494-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2020, RESOL-2021-76APN-PRES#SENASA del 11 de febrero de 2021, RESOL-2021-476-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre
de 2021, RESOL-2022-396-APN-PRES#SENASA del 1 de julio de 2022 y RESOL-2023-181-APNPRES#SENASA del 2 de marzo de 2023, todas del citado Servicio Nacional.
Que por la Resolución N° RESOL-2020-178-APN-MAGYP del 2 de septiembre de 2020 del entonces
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del
2 de enero de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinador de Gestión Operativa, Articulación Regional y Denuncias de la
Dirección de Asuntos Jurídicos del aludido Servicio Nacional, al Procurador D. Carlos Alberto José LIO (M.I. Nº
10.398.650), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2021-210-APN-PRES#SENASA
del 28 de abril de 2021, RESOL-2021-548-APN-PRES#SENASA del 2 de noviembre de 2021, RESOL-2022442-APN-PRES#SENASA del 19 de julio de 2022 y RESOL-2023-180-APN-PRES#SENASA del 2 de marzo de
2023, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos

�descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la mencionada Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM aprueba la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la órbita de la exSECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprueba la estructura organizativa de nivel
inferior al segundo nivel operativo del Organismo.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a los mencionados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y

�conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 3 de septiembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora General de
Dictámenes de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, a la Abogada Da. María Fernanda PANAYOTIDES (M.I. N° 18.633.242), dispuesta por
la Resolución N° RESOL-2017-373-APN-MA del 16 de noviembre de 2017 del entonces MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2019-153-APN-MAGYP del 28 de
noviembre de 2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2020486-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2020, RESOL-2021-73-APN-PRES#SENASA del 11 de febrero de
2021, RESOL-2021-476-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021, RESOL-2022-396-APNPRES#SENASA del 1 de julio de 2022 y RESOL-2023-181-APN-PRES#SENASA del 2 de marzo de 2023, todas
del mencionado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional,
Grado 1 (e1), Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio
Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 3 de septiembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora de Asuntos
Administrativos de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, a la Abogada Da. Edna Mabel FERRER (M.I. N° 18.422.253), dispuesta por la
Resolución N° RESOL-2018-288-APN-MA del 30 de agosto de 2018 del entonces MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2019-174-APN-MAGYP del 3 de
diciembre de 2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2020494-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2020, RESOL-2021-76-APN-PRES#SENASA del 11 de febrero de
2021, RESOL-2021-476-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021, RESOL-2022-396-APNPRES#SENASA del 1 de julio de 2022 y RESOL-2023-181-APN-PRES#SENASA del 2 de marzo de 2023, todas
del mencionado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional,
Grado 1, Tramo Superior del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio
Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el
correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 3°.- Prorróguese, a partir del 3 de septiembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados
desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinador de Gestión
Operativa, Articulación Regional y Denuncias de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Procurador D. Carlos Alberto José LIO (M.I. Nº
10.398.650), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-178-APN-MAGYP del 2 de septiembre de 2020 del

�entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, asignación prorrogada mediante las
Resoluciones Nros. RESOL-2021-210-APN-PRES#SENASA del 28 de abril de 2021, RESOL-2021-548-APNPRES#SENASA del 2 de noviembre de 2021, RESOL-2022-442-APN-PRES#SENASA del 19 de julio de 2022 y
RESOL-2023-180-APN-PRES#SENASA del 2 de marzo de 2023, todas del citado Servicio Nacional, quien
revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e4), Tramo Superior del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40
del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 4°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.09.18 17:41:48 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.09.18 17:41:50 -03:00

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Resolución SENASA Nº 0888/2023</text>
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                <text>Prorroga asignaciones transitorias de funciones en unidades organizativas de la dirección de asuntos</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 3 de septiembre de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora General de Dictámenes de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Abogada Da. María Fernanda PANAYOTIDES (M.I. N° 18.633.242), dispuesta por la Resolución N° RESOL/2017/373/APN/MA del 16 de noviembre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL/2019/153/APN/MAGYP del 28 de noviembre de 2019 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, RESOL/2020/ 486/APN/PRES#SENASA del 24 de julio de 2020, RESOL/2021/73/APN/PRES#SENASA del 11 de febrero de 2021, RESOL/2021/476/APN/PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021, RESOL/2022/396/APN/ PRES#SENASA del 1 de julio de 2022 y RESOL/2023/181/APN/PRES#SENASA del 2 de marzo de 2023, todas del mencionado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 1 (e1), Tramo Superior del para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto N 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.</text>
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