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                    <text>Dirección Nacional
de Sanidad Animal

Dirección de Luchas
Sanitarias

Enfermedad hemorrágica
viral del conejo

www.senasa.gov.ar

Programa de aves y granja

�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA MIXOMATOSIS Y PLAN DE

CONTINGENCIA PARA LA

ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL
CONEJO

PROGRAMA DE AVES Y ANIMALES DE GRANJA

Dirección de Luchas Sanitarias
Dirección Nacional de Sanidad Animal
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

2005

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Y PLAN DE C0NTINGENCIA PARA LA
ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO
Introducción
El presente Manual y Plan de Contingencia fue redactado por el Programa de
Enfermedades de los Conejos de la Dirección de Luchas Sanitarias.
Finalidad
El presente manual está dirigido principalmente a los Veterinarios Locales de la
Dirección Nacional de Sanidad Animal y a las autoridades provinciales, municipales
y nacionales encargadas de la aplicación de las normas de policía sanitaria; por
tanto, se centra en los principios de la enfermedad, su descripción, aplicaciones de
las pruebas de laboratorio, evaluación de sus resultados y atención de sospechas y
focos.
Policía Sanitaria
Esta enfermedad es exotica para el país, razón por la que se encuentra
incorporada al grupo de enfermedades a que se refiere el Articulo 4° del
Reglamento General de Policía Sanitaria, por Resolución Senasa N° 422 del 20 de
agosto de 2003, por lo tanto son de aplicación para la misma las regulaciones
previstas en la Ley N° 3959, su Decreto reglamentario y la resolución citada, entre
las que se incluye la Denuncia Obligatoria, Interdicción preventiva ante la presencia
de casos, vacunación, sacrificio, etc.
Debido a la situación regional de la enfermedad, oportunamente se dictó la
Resolución Senasa Nº 941 del 21 del diciembre de 2004, por lo que se establecen
las acciones preventivas y emergenciales que pudiesen corresponder.
La EHVC se encuentra incorporada al Cógigo de los Animales Terrestres de la OIE
Definiciones
Foco de Enfermedad Hemorrágica Viral del Conejo.
Se considera a la aparición de uno o más conejos con sintomatología clínica de
EHVC, corroborado el diagnóstico en el Laboratorio Central del Senasa, en una
explotación agrícola, explotación pecuaria o locales, incluidos los edificios y
dependencias contiguos, donde se encuentren conejos.
Sospecha de Enfermedad Hemorrágica Viral del Conejo.
Se considera a la aparición de uno o más conejos con alguna sintomatología clínica
o con lesiones anatomopatológicas compatibles con la EHVC, que luego no se
confirmen por las pruebas de laboratorio específicas.
Características de la Enfermedad Hemorrágica Viral del Conejo:
La Enfermedad Hemorrágica Viral del Conejo (EHVC), también se denomina
Hepatitis Viral, Hepatitis Viral Hemorrágica, Enfermedad X o Peste China. Es una

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

enfermedad aguda, altamente contagiosa, de elevada mortalidad, que afecta a
conejos domésticos y algunos silvestres. Se caracteriza por muerte súbita y
problemas respiratorios severos en animales mayores de dos meses de edad.
Debido al curso agudo del padecimiento y a la naturaleza viral del agente
etiológico, no existe ningún tratamiento específico para la EHVC.
No existe en la literatura ninguna indicación de que la EHVC pueda ocasionar
infección de ningún tipo al humano.
En razón de su característica de enfermedad exótica, se debe mantener una
permanente actitud de alerta para prevenir el ingreso de la EHVC. El conocimiento
oportuno de la distribución de la enfermedad y la prohibición que rige a las
importaciones de animales vivos y cualquier otro producto de éstos, cuando
proceda de áreas o países afectados por la EHVC, constituyen las medidas más
efectivas para prevenir el ingreso de la enfermedad a las áreas o países libres.
La EHVC presenta un período de incubación sorprendentemente corto, de 16 a 48
horas, morbilidad del 80% al 100% y mortalidad superior al 90%. Los porcentajes
de morbilidad y mortalidad pueden variar según el tipo de explotación, siendo
generalmente menores en granjas tecnificadas que en aquellas de tipo rústico
donde las condiciones sanitarias son precarias, lo que favorece la presentación de
infecciones mixtas por gérmenes, especialmente Pasteurella.
Existe una marcada relación entre la edad de los conejos y la susceptibilidad al
virus de la EHVC. Así, los gazapos menores de dos meses son totalmente
refractarios, pero a partir de esta edad, se incrementa notablemente la
susceptibilidad conforme se convierten en animales adultos, especialmente cuando
se trata de hembras gestantes o en lactación. No ha sido señalada ninguna
predisposición de sexo o raza.
En los paises que padecieron la enfermedad, se ha estimado que más del 80% de
granjas quedaron diezmadas en unos meses. Después de uno o dos años, estas
formas epizoóticas son más raras y más limitadas en el espacio, pero la
enfermedad queda en estado endémico en el país. Sin embargo, cuando la EHVC
llega a un país INDEMNE, su evolución y su gravedad siguen siendo dramáticas,
como ocurrió en Cuba en 1993.
Se sospecha que los forrajes recogidos por los cunicultores son frecuentemente el
vector principal del virus. Se ha demostrado que los perros que consumen carne de
conejo contaminado pueden diseminar el virus a través de sus heces y contaminar
otros conejos por simple contacto.
En condiciones naturales, la transmisión por contacto directo es la más importante
entre animales de una misma explotación. También la transmisión puede darse por
agua de bebida y equipos contaminados con heces, orina y saliva de animales
enfermos.
Además, es de destacar el importante papel que tiene el hombre como vector
mecánico del virus de la EHVC.
Las vías principales de transmisión son:
⇒
⇒

Oral
Conjuntival

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

⇒
⇒

Respiratoria
Fecal/oral

Los conejos que se recuperan de la enfermedad son una fuente importante de
nuevos brotes de EHVC. El virus se excreta en heces de los animales recuperados
durante varias semanas, transformándose en portadores asintomáticos.
Existen reportes sobre el carácter estacional de la enfermedad, la cual se presenta
con mayor frecuencia en primavera y otoño, esto se ha asociado a condiciones
ambientales de temperatura que favorecen la permanencia, en forma activa, del
virus en la naturaleza. Sin embargo, en algunos países como Italia, la EHVC es
considerada como una enfermedad de tipo endémico no estacional.
Distribución geográfica
Esta enfermedad apareció en su forma epizoótica en 1984 en China. Se extendió
luego muy rápidamente en el resto del mundo, afectando a los conejos Europeos,
domésticos y silvestres, del género Orictulagus Cuniculli.
En 1988 la enfermedad había llegado a Europa y a parte del continente americano
(México, Cuba).
El primer brote de EHVC reportado en el Hemisferio Occidental, corresponde al
ocurrido en México a mediados de diciembre de 1988, provocado por la
importación ilegal de canales de conejo originarias de China y procedentes de los
Estados Unidos de América.
Posterior a ésto, la enfermedad se presentó en Cuba, en mayo de 1993 y en los
Estados Unidos de América en abril de 2000, países que han sufrido reapariciones
de la enfermedad en varias ocasiones.
La enfermedad fue detectada en el Uruguay en el año 2004, lo que representó un
grave riesgo para nuestro país.
Etiología
La mayoría de los autores se han puesto de acuerdo para clasificarlo en la familia
de los Calicivirus, se trata de un virus sin envoltura de 20-30 nm de diámetro,
altamente estable, su genoma es de ARN monocatenario de polaridad positiva,
contenido en una cápside con forma de icosaedro.
También es muy resistente a los procesos de congelación y descongelación y al
liofilizado, además mantiene su infecciosidad en canales con avanzado estado de
putrefacción. Es resistente al éter, a un rango de Ph comprendido entre valores de
3 y 8 ó al calentamiento por una hora a 50° C.
El virus se inactiva con hidróxido sódico al 1% y formaldehído al 1%. Además, el
virus puede sobrevivir hasta 225 días a 4° C, y se ha observado su superviviencia
durante 105 días a 20° C en tela seca.
Parece ser muy especie específico, no habiéndose podido reproducir en otras
especies. El gato se ve afectado también por un Calicivirus y no se han podido
reproducir las respectivas enfermedades de forma cruzada. El virus de la EHVC
posee un extrordinario poder aglutinante sobre eritrocitos de múltiples especies y
muy especialmente los de humano de tipo O.

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

La enorme concentración de partículas virales observadas al microscopio
electrónico y los elevados títulos hemoaglutinantes, especialmente en hígado,
hacen difícil entender la dificultad de cultivar el virus fuera de su hospedero natural,
lo cual no ha sido posible hasta el momento.

Signología
Se han descrito tres formas clínicas del padecimiento:

SOBREAGUDA.- Común cuando la enfermedad ingresa por primera vez a
a)
una explotación, en la que produce muertes sin signología dentro de las primeras
doce horas, pudiéndose observar hipertermia (41º C) entre las seis y ocho horas,
ocasionalmente relajamiento de esfínteres, salida de heces con mucosidad
blanquecina, que queda pegada alrededor del ano, así como aborto en algunas
hembras gestantes.
b)
AGUDA- Los animales aparecen apáticos, presentan hipertermia (41° C),
pelo hirsuto y sin brillo, polidipsia, disnea y muerte entre las doce y treinta y seis
horas, los signos más frecuentes son: postración, anorexia, disnea, ortopnea,
respiración abdominal, congestión de los párpados. Durante la fase agónica, los
animales yacen en decúbito lateral, presentando opistótonos. A la muerte se
observa cianosis en labios y ollares, así como salida de un líquido espumoso
sanguinolento de los ollares de algunos animales, pueden observarse abortos y la
presencia de heces con mucosidad blanquecina, pegada alrededor del ano y poco
antes de la muerte, excitación, chillidos y convulsiones, pudiendo observarse en
algunos casos, hemorragia nasal severa, congestión en conjuntiva, belfos y orejas.
c)
SUBAGUDA.- Común en casos experimentales o en explotaciones en las
que se encuentran animales parcialmente inmunes. En el primer caso los signos
son comparables a los de la forma aguda, aunque por lo general más benignos,
presentándose, entre las treinta y cuarenta y ocho horas postinoculación.
En ocasiones los animales únicamente muestran postración y anorexia, seguida de
muerte en dos o tres días, aún cuando algunos animales pueden sobrevivir
eliminarán virus durante varias semanas.
Patogénesis
Los estudios microscópicos, ultramicroscópicos y de inmunofluorescencia permiten
suponer que el virus se replica inicialmente en tejido linfoide y posteriormente se
difunde a otros órganos, especialmente el hígado, causando severa necrosis que
trae como consecuencia alteración de los mecanismos de coagulación, trombosis y
alteraciones vasculares en el resto del organismo.
Patología
Hallazgos a la necropsia

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

Debido al curso rápido del cuadro clínico, las condiciones del cadáver son
usualmente buenas, aún cuando el pelo puede encontrarse hirsuto y sin brillo,
pudiéndose observar en algunos casos, diversos grados de epistaxis o bien la
presencia de un líquido espumoso sanguinolento en los ollares.
Al exponer las cavidades del animal, por lo general las principales lesiones
observables se limitan a una congestión del tracto respiratorio y el hígado,
pudiéndose encontrar escasas cantidades de líquido hemorrágico en las cavidades
pleural y peritoneal. El tracto respiratorio aparece como el más afectado, mostrando
intensa congestión en pulmones y tráquea, pudiendo estar, esta última, llena de
líquido espumoso a veces teñido con sangre. El timo aparece comúnmente
hemorrágico, siendo comunes también la congestión y la hemorragia en el hígado,
los riñones y el bazo. El hígado muestra en la mayoría de los casos áreas bien
definidas de necrosis, que aparecen como zonas decoloradas de tono café
amarillento, pudiendo observarse hepatomegalia y una consistencia friable del
bazo. La vesícula biliar normalmente esta distendida y pletórica.
Es común observar una marcada distensión por gases en las partes bajas del
tracto digestivo, así como un estómago y primera porción del intestino pletórico de
alimento. Otras lesiones observables incluyen hiperplasia del timo, adenomegalia y
esplenomegalia. La congestión meníngea ha sido reportada por algunos autores.
Histopatología
Los cambios más significativos se producen a nivel hepático, consistentes en
necrosis coagulativa de tipo multifocal o difusa con disociación de los hepatocitos y
acumulación de pigmentos hemáticos. En el pulmón se observan hemorragias
localizadas o extensas en los alvéolos, pudiendo existir zonas neumónicas y de
necrosis, así como hiperplasia del tejido linfoide peribronquial. Las lesiones en el
bazo pueden variar desde una simple congestión hasta hemorragia y necrosis,
tanto de la pulpa blanca como roja, así como depleción, cariorrexis y cariolisis
linfocitaria que también es observable en timo y ganglios linfáticos. La presencia de
microtrombos de fibrina en prácticamente todos los órganos, es una observación
frecuente. A nivel nervioso se aprecia encefalitis no supurativa con infiltración
perivascular de tipo mononuclear, desmielinización y proliferación de la glia.
Algunos autores mencionan la presencia de áreas de necrosis multifocal en el
miocardio y hemorragias en las glándulas adrenales.
DIAGNÓSTICO
De campo
La presentación de una enfermedad de curso agudo y elevada mortalidad para
conejos adultos, que no afecta gazapos menores de dos meses de edad, altamente
difusible y con pocos signos clínicos observables, debe ser asociada de inmediato
con la EHVC.
Diagnóstico diferencial

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

Tal y como fue señalado con anterioridad, una de las causas principales que deben
ser descartadas en casos asociados a elevada mortalidad de conejos, cuando se
sospecha la presencia de la EHVC, son las intoxicaciones, especialmente por
organofosforados. Sin embargo, es probable que un cuidadoso análisis
epidemiológico descarte en poco tiempo esta posibilidad, sobre todo cuando la
comúnmente amplia y rápida difusión de la enfermedad, afecte a un buen número
de granjas en una amplia zona, sin que se pueda establecer una relación directa
entre las fuentes de alimentación o agua de bebida utilizados entre ellos,
asociación epidemiológica común en ese tipo de intoxicaciones. Otro aspecto
importante lo representan las infecciones bacterianas, especialmente las
producidas por Pasteurella multocida y P. haemolytica, que comúnmente actúan
como agentes asociados a la EHVC. Sin embargo, la leucopenia observable entre
las cuarenta y dos y setenta y dos horas postinfección con el virus de la EHVC, así
como las pruebas de hemoaglutinación (HA) y de inhibición de la hemoaglutinación
(HI), y Test de ELISA permitirán confirmar o descartar la presencia de la
enfermedad.
En países en los cuales la mixomatosis es enzoótica, se requerirá descartar esta
enfermedad viral como la causa de un brote. En la mixomatosis, en contraste con la
EHVC, el cuadro clínico es más prolongado y la mortalidad progresiva y lenta en su
avance, no resultando de tipo explosivo, como en el caso de la EHVC. Otras
enfermedades que deben ser tomadas en cuenta dentro del diagnóstico diferencial
incluyen salmonelosis, coccidiosis y las enterotoxemias producidas por Clostridium
spp.
De laboratorio
Prueba de hemoaglutinación (HA)
Esta prueba es utilizada para el diagnóstico de la enfermedad, debido a la alta
capacidad hemoaglutinante de algunas cepas del virus de la EHVC y su poca
exigencia en cuanto a ph y tipo de glóbulos rojos. Las muestras de elección en
orden decreciente son: hígado, pulmón, bazo, riñón, corazón, músculo y cerebro.

Prueba de inhibición de la hemoaglutinación (HI)
Los sueros de los animales sobrevivientes o inmunizados con vacunas inactivadas
presentan títulos de anticuerpos detectables por esta prueba a partir de los ocho
días postinfección o postinoculación. Se han reportado títulos positivos desde 1:32
hasta l:8000. Los títulos de anticuerpos se mantienen cuando menos por cinco
meses, considerándose como títulos positivos los observados a partir de la dilución
1:32.
Prueba de inmunofluorescencia directa

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

Se realiza en cortes por congelación o improntas de hígado, bazo o riñón, teñidos
con un conjugado elaborado a base de isotiocianato de fluoresceína. Los órganos
deben ser recolectados en bolsas de plástico estériles y enviados en congelación,
para su trabajo en el laboratorio.
Método de ELISA
Lavazza et al desarrollaron una prueba de ELISA en “sándwich simple”, utilizando
como captador suero hiperinmune de conejo, anti-virus de la EHVC y una mezcla
de anticuerpos monoclonales como marcadores. Estos autores reportan mayor
sensibilidad en esta prueba que en la de hemoaglutinación.
Hematología
Puede resultar de utilidad en el establecimiento del diagnóstico presuntivo. Se basa
en la detección de la leucopenia, que puede ser observada a partir de las 42 horas
postinfección. Esta disminución en el número total de leucocitos circulantes, puede
ir a valores de un 34% hasta un 37% menores que los normales. La leucopenia, sin
embargo, es de corta duración, pues comúnmente entre las setenta y dos y
noventa horas postinoculación se observa leucocitosis con heterofilia, asociada con
la presentación de infecciones bacterianas secundarias, especialmente por
Pasteurella spp.

PROCEDIMIENTOS ANTE LA SOSPECHA O CASOS DE ENFERMEDAD
De acuerdo a las normas vigentes ante la presencia confirmada de la EHVC
corresponde proceder a la erradicación por sacrificio de los animales afectados y
sus contactos.
Denuncia de sospecha o casos de enfermedad
La denuncia de casos de conejos domésticos (mascotas) o de producción con
sintomotología atribuible a EHVC, en todos los casos se efecturá en la Oficinas
Locales de SENASA o en la Dirección Nacional de Sanidad Animal y es obligatoria
para:
a) Los responsables o propietarios de los conejos afectados.
b) Las personas responsables o encargadas de cualquier producción cunícola,
industrial o tenedor de mascota.
c) Los Veterinarios privados.
d) Cualquier autoridad nacional, provincial o municipal.
e) Cualquier persona que tome conocimiento de la existencia de conejos
enfermos o presumiblemente afectados.

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

Acciones y medidas a tomar ante la sospecha
A partir de la notificación de la sospecha, el Veterinario Local de la Dirección
Nacional de Sanidad Animal, colocará la explotación bajo vigilancia oficial e
implementará las acciones sanitarias que se encuentran descripta en el Manual de
Procedimientos de Atención de casos o focos de enfermedad y para el caso
particular de la EHVC:
1.

2.

3.
4.

5.

6.

7.
8.

9.
10.

11.

12.

Se debe concurrir primero al predio que notificó la sospecha. Si en el
trayecto se atraviesa por establecimientos vecinos, se deberá informar a los
mismos sobre la situación sanitaria existente y además obtener información
complementaria. Advertir a las personas contactadas sobre la posibilidad de
que conejos aparentemente sanos pueden estar incubando la enfermedad y
que la aparición de casos clínicos debe ser notificada de inmediato.
Contactar y hacer una primera entrevista a la persona o personas
responsables por el cuidado de los conejos sospechosos; de ser posible no
ingresar con el vehículo.
Cambiarse la ropa, utilizando de preferencia equipos descartables para la
entrada a los lugares con conejos presumiblemente enfermos.
Comenzar la inspección de terreno con la observación de aquellos conejos
situados en locales o potreros donde no se han visto casos sospechosos por el
propietario o encargado y realizar exámenes clínicos ante cualquier duda.
En la salida del lugar o lugares infectados, limpiar y desinfectar el equipo y
materiales utilizados en los exámenes clínicos y en las recolecciones de
muestras, haciendo lo mismo con el medio de transporte y las manos.
Recuento de todas las categorías de conejos y que para cada una de ellas
se precise el número de animales ya muertos, infectados o que puedan estar
infectados o contaminados; el recuento deberá actualizarse para tener en
cuenta los animales nacidos o muertos durante el período de sospecha; los
datos del mismo deberán presentarse si fueren requeridos y podrán controlarse
en cada visita
Inmovilización de todos los conejos de la explotación en sus lugares de
alojamiento o en otros lugares que permitan su aislamiento,
Prohibición de toda entrada o salida de la explotación de animales de las
especies sensibles, o que hubieran estado en contacto con los animales
sospechosos.
Prohibición de toda entrada o salida de la explotación de conejos, salvo
autorización del Veterinario Local de la Dirección Nacional de Sanidad Animal.
Prohibición de toda salida de la explotación de cadáveres de conejos, así
como de alimentos, utensilios u otras materias, capaces de transmitir la
enfermedad, salvo autorización del Veterinario Local de la Dirección Nacional
de Sanidad Animal
Restricción del movimiento de personas a partir de o con destino a la
explotación quede supeditado a la autorización del Veterinario Local de la
Dirección Nacional de Sanidad Animal,
Restricción de la entrada o salida de vehículos en la explotación, quedando
supeditadas a la autorización del Veterinario Local de la Dirección Nacional de

9

�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

Sanidad Animal que determinará las condiciones apropiadas para evitar la
propagación de la enfermedad.
13.
Desinfección en las entradas y en las salidas de los edificios que alberguen
conejos, así como en las de la explotación,
14.
Realización de una encuesta epizootiológica que versará sobre:
14.1 la duración del período durante el que la enfermedad pueda haber existido
en la explotación antes de su notificación o sospecha,
14.2. el origen posible de la enfermedad en la explotación y la determinación del
resto de explotaciones en las que se encuentren conejos que hayan podido ser
infectados o contaminados a partir de ese mismo origen,
14.3. los movimientos de las personas, vehículos y materiales que hubieren
podido transportar el agente de la enfermedad a partir de o en dirección a las
explotaciones de que se trate.
15
Tomar y enviar las muestras para el diagnóstico de laboratorio.
Se vigilarán oficialmente las explotaciones a partir de las cuales el Veterinario Local
comprobare o estimare, según informaciones confirmadas, que se hubiere podido
introducir la enfermedad en la explotación a consecuencia de movimientos de
personas, animales o vehículos o por cualquier otro medio.
Procedimientos ante la confirmación del foco
A partir del momento en que se confirme oficialmente el diagnóstico de
enfermedad, se delimitará alrededor de la explotación infectada, por una parte, una
zona de foco de 5 kms. de diámetro y una zona de vigilancia de 10 kms. de
diámetro.
La delimitación de las zonas deberá tener en cuenta las barreras naturales y las
posibilidades de control
En la zona de foco se aplicarán las siguientes medidas:
1. los conejos no podrán salir de la explotación en la que se encuentren durante el
periodo que determine el Veterinario Local de la Dirección Nacional de Sanidad
Animal salvo para ser llevados directamente, bajo control oficial, a fin de ser
sacrificados urgentemente, a un matadero situado en dicha zona o, si dicha
zona no tuviere matadero bajo control veterinario, a un matadero designado por
la Dirección Nacional de Sanidad Animal,
2. el Veterinario Local de la Dirección Nacional de Sanidad Animal sólo autorizará
dicho desplazamiento tras un examen efectuado por el veterinario oficial de
todos los conejos de la explotación que permita excluir la presencia de animales
sospechosos de estar infectados,
3. se prohibirán las ferias, mercados, exposiciones u otras reuniones de animales
sensibles, incluidas la recogida y la distribución
4. No habiéndose registrados otras novedades, las medidas en la zona de foco se
mantendran durante al menos treinta días después de la eliminación de todos
los conejos de la explotación y la desinfección de los establecimientos, a partir
de ese momento, la zona de foco pasará a formar parte de la zona de vigilancia.

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

En la zona de vigilancia se aplicarán las siguientes medidas:

1. se contabilizarán todas las explotaciones que tengan conejos.
2. se prohibirá la circulación de los conejos en los caminos públicos, salvo casos
de excepción previamente autorizados.
3. se supeditará a la autorización de la autoridad competente el transporte de los
conejos dentro de la zona de vigilancia,
4. los conejos no podrán salir de la zona de vigilancia durante el periodo que
determine el Veterinario Local la Dirección Nacional de Sanidad Animal.,
5. los conejos no podrán salir de dicha zona salvo para ser llevados directamente,
bajo control oficial, a un matadero a fin de ser sacrificados urgentemente. La
autoridad competente sólo podrá autorizar dicho desplazamiento tras un
examen efectuado por el veterinario oficial de todos los animales implicados que
permita excluir la presencia de animales sospechosos de estar infectados
6. se prohibirán las ferias, mercados, exposiciones y demás reuniones de
animales sensibles.
Las medidas en la zona de vigilancia, de no mediar novedades, se mantendrán al
menos durante treinta días.
Además de lo prescrito anteriormente se garantizará que:
1. Que los desinfectantes que se utilicen así como sus concentraciones sean
oficialmente aprobados
2. Que las operaciones de limpieza y desinfección se efectúen bajo control oficial
3. Que los exámenes de laboratorio efectuados los realice un laboratorio oficial del
Senasa o de un laboratorio de red.l
SACRIFICIO SANITARIO, LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN
La detección de casos de enfermedad animal por parte de la Dirección Nacional de
Sanidad Animal del Senasa, la habilita a proceder sobre el objeto, ya sea
disponiendo su intervención, secuestro o decomiso y posterior sacrificio de los
animales involucrados cualquiera fuera la especie animal, debiendo determinar, en
este último caso, el método y el destino más conveniente teniendo en cuenta la
índole de la enfermedad y el estado del animal en cuestión.
Los siguientes principios se aplican una vez se ha tomado la decisión de sacrificar
a los animales.
⇒ Todo personal que participe en el sacrificio de los animales en condiciones
decentes deberá poseer las técnicas y competencias pertinentes.
⇒ En caso necesario, los procedimientos operativos deberán adaptarse a las
circunstancias específicas de funcionamiento en los establecimientos y
deberán abordar, aparte del bienestar animal, la seguridad de los operarios y
la bioseguridad.

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

⇒ Una vez tomada la decisión de matar a los animales, la matanza se llevará a
cabo tan pronto como sea posible,
⇒ Se reducirá la manipulación y desplazamiento de los animales, y cuando se
lleven a cabo, se realizarán de conformidad con los procedimientos
descritos.
⇒ La sujeción de los animales se realizará para facilitar la matanza eficaz y de
conformidad con las exigencias de bienestar animal y de seguridad de los
operarios.
⇒ Cuando la matanza de los animales sea para fines de control sanitario, los
métodos utilizados deberán producir la muerte inmediata o la pérdida
inmediata de conocimiento que dure hasta la muerte; cuando la pérdida de
conocimiento no sea inmediata, la inducción del estado de inconsciencia no
causará reacción de aversión ni ocasionará ansiedad, dolor, angustia o
sufrimiento a los animales.
⇒ Desde el punto de vista del bienestar animal, se sacrificarán primero los
animales jóvenes y después los mayores; desde el punto de vista de la
bioseguridad, se sacrificarán primero los animales infectados, seguidos por
los animales en contacto y después el resto.
⇒ Habrá un control y seguimiento permanente de los procedimientos para
asegurarse de su eficacia con respecto al bienestar animal, la seguridad de
los operarios y la bioseguridad.
⇒ En la medida posible para minimizar el riesgo de angustia pública, el
sacrificio de los animales y la eliminación de las canales no se realizarán a la
vista del público.
Centinelización y repoblación:
Después de un período de ocho semanas, durante las cuales se mantendran
vacías las instalaciones, despobladas y bajo supervisión oficial, se introducirán
conejos susceptibles por un lapso de tres semanas. Los conejos centinelas en
proporción de 1:10 en relación con la población original, se dejan deambular
libremente por todas las instalaciones, de manera que se pudieran poner en
contacto con todos los lugares, jaulas y equipo que estuvieron en contacto con los
conejos durante el brote. A lo largo de estas tres semanas, si algún conejo se
muere, se enviará de inmediato al laboratorio oficial de Senasa para descartar la
presencia de la EHVC y al término del periodo de centinelización, se enviaran
muestras de sangre para realizar el análisis serológico de los animales centinelas.
En caso de que todos los resultados fueran negativos, se procederá a completar la
repoblación, restituyendo el número total de animales al momento del sacrificio.
Eliminación en planta de faena
Para su elección se debe contar con un establecimiento faenador, habilitado para la
especie, con una capacidad operativa, tanto de faena como de digestor, acorde al
número de animales que componen la población motivo de la actuación.
La planta faenadora habilitada de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 22375, será
designada por la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria del Senasa,

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

no pudiendo negarse la misma a realizar esta faena en salvaguarda de la salud
pública y animal.
Para el sacrificio de emergencia, se utilizará cualquiera de los métodos descriptos
en el Decreto Nº 1733 del 14 de octubre de 1970 en cada uno de los puntos que
correspondan a la especie de que se trate. Podrán utilizarse otros métodos,
siempre que cumplan el requisito de producir insensibilización inmediata, previo a
la muerte.
El destino final de la carne o productos de los animales decomisados y destinados
a sacrificio sanitario, será establecido en conjunto por la Dirección Nacional de
Sanidad Animal y la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria del
Senasa, de acuerdo a lo previsto en el Decreto N° 4.238 del 19 de julio de 1968 y
conforme el riesgo para la salud pública y la sanidad animal que resulte emergente
de la enfermedad o trasgresión constatada.
PROCEDIMIENTOS A SEGUIR EN PLANTAS FRIGORÍFICAS DE CONEJOS
ANTE LA SOSPECHA O CONFIRMACIÓN DE EHVC
En el caso que el Inspector Veterinario asignado a la planta de faena reciba una
comunicación del Veterinario Oficial del servicio de campo en la que indica que una
determinado lote de conejos que ha sido enviado a faena a esa planta, proviene de
una zona donde se ha detectado un foco o de una zona que se encuentre bajo
vigilancia por sospecha o confirmación de la ocurrencia de EHVC, se deberá
proceder como a continuación se detalla:
1) Identificación del o los lotes indicados
2) Autorizar la faena de ese o esos lotes al final de la faena del día.
3) Garantizar que se realice una intensa limpieza y desinfección de la línea de
faena al concluir la misma.
4) Garantizar que se realice la limpieza y desinfección en forma intensiva de los
camiones que fueron utilizados para el transporte de esos lotes, antes de que los
mismos se retiren de la planta.
5) Identificar la partida faenada a fin de que la misma se destine a subproductos
coccidos u otros cuyo proceso de elaboración incluya la aplicación de
temperatura suficiente de manera que garantice la destrucción del agente causal
de enfermedad.
En el caso que el inspector Veterinario no hubiera recibido comunicación, pero
observase en la inspección pre-mortem que los conejos presenten síntomas
compatibles con EHVC se deberá proceder como a continuación se detalla:
1) Extraer muestras de los conejos del lote sospechoso y enviar las mismas al
laboratorio del Senasa de la Dirección de Laboratorios y Control Técnico con
carácter de urgente y a fin de que se confirme o nó la sospecha.
2) Avisar al Veterinario de la Oficina Local del Senasa que corresponde a la zona
de donde provienen los conejos.
3) En cuanto a la faena del lote proceder como se indica en los puntos de 1) a 4).

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4) Identificar los conejos una vez faenados y apartarlos de otros conejos en
cámara, a la espera de los resultados del laboratorio.
5) De confirmarse el diagnóstico por pruebas de laboratorio de EHVC, deberá
cumplirse con lo indicado en el punto 5) del párrafo anterior
6) Si el resultado del laboratorio no confirmase el diagnóstico de EHVC, y de
evaluarse que la carne cumple con las condiciones de higiene y sanidad, la
mercadería podrá ser liberada para su comercialización.
Eliminación en el campo.
1) El sacrificio de los conejos se realizará dentro de la misma explotación
infectada o lo más cerca posible, preferentemente en horas de luz matural
adecuada.
2) Se deberá evitar que se escapen animales.
3) Primero se sacrificarán todas aquellos conejos que presentaban signos clínicos
y luego los que no presentaron signos clínicos pero que estuvieron en contacto
riesgoso con los otros
4) La técnica de eutanasia será acordada con el personal técnico del
establecimiento, de acuerdo a las posibilidades prácticas que se presenten.
5) Los restos serán cubiertos por desinfectantes adecuados, protegidos de
animales predadores, para luego poder ser destruidos. Toda la ropa y calzado
de los operarios deberá ser dejada en el lugar del foco hasta su limpieza y
desinfección.
En caso de oposición o resistencia al eficaz cumplimiento de la presente, el
personal interviniente podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública y requerir ante
las autoridades judiciales, las órdenes de allanamiento para entrar en los
establecimientos o locales en los que sea necesario adoptar las medidas
prescriptas precedentemente.
Indemnización
Las indemnizaciones que pudieran corresponder se regularán de acuerdo a lo
previsto en los artículos 24°,25°, 26°,27° y 28° de la Ley N° 3959, y el articulo 14°
de la Ley N° 24305
ELIMINACION DE LOS CADÁVERES, MATERIALES Y RESIDUOS.

Para la eliminación de los cadáveres, vísceras, materia fecal, y alimentos, se podrá
realizar entierro o incineración.
Entierro: Los lugares para el entierro deberán contar con la aprobación de los
reglamentos locales y oficiales encargados de la protección del medio ambiente.
Las fosas de entierro deberán ser calculadas con una profundidad suficiente para
permitir ser recubiertas con un metro de tierra. No se aplicará cal a los cadáveres
salvo que el suelo sea muy húmedo. No se asentará la tierra al recubrir la fosa.

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Incineración: Se recurrirá a la incineración cuando no se pueda realizar el entierro.
Se deberá considerar la topografía del lugar, dirección de los vientos, presencia de
instalaciones u objetos de fácil combustión, disponibilidad de combustible y
materiales que ayuden a la combustión, aprobación de los organismos oficiales
encargados de la protección del medio ambiente, disponibilidad de agua o material
contra incendio.
Procedimiento de Limpieza y Desinfección
Para llevar a cabo esta tarea se debe consultar al Manual de Procedimientos de
Desinfección y para esta enfermedad además:
a) Limpieza previa a la aplicación del desinfectante. La mayoría de los
desinfectantes no actúa bien en presencia de materia orgánica, y es ese el
material encontrado comúnmente en el medio exterior. En consecuencia, para
realizar una buena desinfección es muy importante que los microorganismos
sean expuestos al producto librándolos de las barreras orgánicas que los
protegen, para lo cual se torna necesaria la limpieza mecánica de las superficies
en que puedan encontrarse. Para evitar la propagación de los agentes por el
polvo es necesario hacer la limpieza mecánica de los residuos secos, estiércol,
etc., después de ablandarlos con solución desinfectante.
b) Una vez extraídos los cadáveres y restos de alimento o materia orgánica para su
eliminación, se rociaran todas las superficies con las que hayan estado en
contacto o cercanas a los mismos, con desinfectantes autorizados por el
SENASA
c) Los desinfectantes recomendados son: lechada de cal adicionada con 1% de
formol en paredes, pisos, así como una solución de formol al 1% en jaulas,
techos y equipos.o el carbonato de sodio al 2%.El virus se inactiva con hidróxido
sódico al 1% y formaldehído al 1%.
.
d) Los desagües y conductos de evacuación se llenarán con desinfectantes
concentrados
TOMA DE MUESTRAS Y ENVIO AL LABORATORIO OFICIAL
Normas Generales
Para la adecuada recolección, conservación y envío de las muestras, es
indispensable tener presentes las siguientes normas que se encuentran en al
Manual de Procedimientos de Recolección y envío de muestras:
1) Toda muestra debe ser remitida con su protocolo completo y perfectamente
identificada. La Dirección de Laboratorios y Control Técnico (DILACOT) no
procesará muestras que no cumplan con esta condición.

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2) Las muestras ideales se obtienen de animales vivos en distintos estadios de la
enfermedad. Si es necesaria la necropsia, ésta debe guardar un orden y
metodología adecuada; además, debe realizarse en el menor tiempo posible
después de la muerte del animal (1 hora).
3) Para la recolección de cualquier otro tipo de muestra, utilizar material limpio y
seco.
4) Los envases utilizados para el envío de muestras deben ser en lo posible
irrompibles, herméticos y de dimensiones adecuadas. Las precauciones a
considerar varían con la clase de muestra, temperatura ambiente, transporte y
duración del viaje; en líneas generales, el tiempo entre la obtención de la
muestra y su llegada al laboratorio no debe extenderse más de 24 horas.
Tipo de Muestras
Considerando el alto poder infectante del virus de la EHVC, deben adoptarse
estrictas medidas de bioseguridad en la toma y envío de muestras al laboratorio
para su diagnóstico, evitando con esto favorecer la diseminación del virus. En
aquellos casos en que se realizará la necropsia, las muestras deberán ser
colocadas en frascos estériles o bolsas de plástico, los cuales, una vez
perfectamente cerrados, deben ser desinfectados con una solución de formol al
1%, antes de abandonar la granja. Similares precauciones deberán tenerse con las
cajas refrigerantes en las que se transportan las muestras al laboratorio y con la
vestimenta, botas y equipo, utilizados por el operador. También se deben enviar
muestras de tejido fijado en formalina al diez por ciento (10%) para preparaciones
histopatológicas de un espesor de pocos milímetros. Las muestras de elección para
el diagnóstico de la EHVC son: hígado, bazo, pulmón y riñón, aunque también es
conveniente enviar muestras de sangre coagulada o suero, teniendo cuidado de
realizar todo el muestreo bajo condiciones adecuadas de asepsia.
IDENTIFICACIÓN DE LAS MUESTRAS
Todas las muestras deberán acompañarse por su correspondiente protocolo y
serán entregadas en mano en el Laboratorio por una persona responsable con la
mayor brevedad debiendo entregarse al técnico que lo abrirá en condiciones de
bioseguridad. NO ENVIAR POR CORREO, COMISIONISTA U OTROS.
Otros datos importantes a considerar son los relativos a contactos directos e
indirectos, especialmente a través de humanos con otras granjas, sobre todo si
existen datos sobre la presencia de la enfermedad en ellas, o antecedentes de
padecimientos similares en granjas de la región.
Además de los datos epidemiológicos, es conveniente anexar copia del protocolo
de enfermedad, en los que se incluyan: ubicación, tipo de instalaciones, número de
nacimientos, mortalidad en lactancia, mortalidad post- destete, condiciones
ambientales, tipo de alimento, condiciones de manejo y tasa de reproducción.

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

PREVENCIÓN
Medidas de bioseguridad
A nivel de granja, la aplicación de medidas de bioseguridad, incluidas las de
higiene y desinfección, han sido utilizados con éxito para evitar el ingreso de la
EHVC. Estas, que son aplicables en cualquier tipo de enfermedad
infectocontagiosa, incluyen:
a) No permitir el ingreso de conejos a la granja y si esto es indispensable, tener el
cuidado de que los animales procedan de zonas libres del padecimiento y que
hayan sido probados como serológicamente negativos al virus de la EHVC.
b) La granja cunícola debe contar con una zona cuarentenaria, aislada del resto
de las instalaciones y atendida por personal que trabaje exclusivamente en
ellas. Los animales de nuevo ingreso deberán permanecer en esa zona durante
quince días, en estrecho contacto con dos o tres animales sanos de la misma
granja. Si después de este tiempo ninguno de los animales centinelas enferma,
se permitirá la incorporación de los nuevos animales a la explotación.
c) Evitar la visita a otras granjas o instalaciones por parte del personal o
empleados de la granja, especialmente si en las primeras se han presentado
casos sospechosos de EHVC. Especial cuidado se debe tener para evitar el
contacto a través de perros, gatos, pájaros, roedores o animales silvestres
procedentes de otras granjas. De ser posible, se procurará que los trabajadores
no tengan conejos en sus casas, lo que se puede fomentar proporcionándoles
canales de conejo, producidas en la granja, a precio de costo. Todo el personal
que ingrese a las instalaciones donde se encuentran los conejos debe
despojarse de su ropa y calzado de calle, debiendo tomar un baño para
posteriormente vestirse con ropa y botas de uso exclusivo para las
instalaciones.
d) No se deberá permitir el ingreso a la granja de personas extrañas, ni de
vehículos, debiendo contarse con una zona de recepción de animales y equipo,
con puerta al exterior del predio y con una zona de embarque de conejos o de
entrega de canales y pieles, igualmente comunicada directamente con el
exterior. Las precauciones anteriores evitan que proveedores o compradores,
tengan que entrar a las instalaciones. Igual cuidado deberá tenerse con otro
tipo de personas, como proveedores de alimento, combustibles entre otros o
personal de mantenimiento.
e) No utilizar alimento, jaulas o equipo que hayan estado en contacto con
animales enfermos durante un brote. De ser posible, se deberá evitar la
alimentación de los conejos con forraje, especialmente alfalfa, prefiriéndose el
uso de alimento comercial, teniendo cuidado de recibir tanto el equipo como el
alimento en un local fuera de las instalaciones, donde deberá ser desinfectado.
Especial cuidado debe tenerse con la fuente de agua de bebida.
f) Los animales enfermos deberán separarse de los sanos y, en caso de muertes
repentinas y/o elevada mortalidad, reportar a los Servicios Veterinarios y enviar
animales o muestras al laboratorio para diagnóstico definitivo para poder
descartar la presencia de la EHVC. Especial cuidado deberá darse a la
aplicación de medidas de bioseguridad en el envío de muestras o animales al

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�ENFERMEDAD HEMORRÁGICA VIRAL DEL CONEJO Y MIXOMATOSIS 2005

laboratorio, para evitar la diseminación del problema. Los animales muertos o
sus desechos, deben ser destruidos por incineración o enterramiento.
g) El uso de tapetes sanitarios, utilizando soluciones de formol al 1% o soluciones
de yodo, son aconsejables para que sean colocados a la entrada de las
instalaciones o entre los diferentes locales donde se tengan los conejos.

Zona de vigilancia
10 km.

Zona de foco
5 km.

Acciones en la zona de foco y vigilancia:
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•

Interdicción del/las granjas
Sacrificio en el foco de los conejosa afectados
Limpieza y desinfección en el foco.
Prohibición de ingreso de nuevos conejos en la zona de foco.
Censo de todas los conejos y granjas en las zonas
Inspección de todas las granjas de las zonas e implementación de
medidas de bioseguridad
Control del tránsito de vehículos y personas.
Control del destino de los conejos.
Aviso a las Plantas de Faena de la zona de foco y de vigilancia
Las medidas establecidas, se mantendrán durante 30 días en caso de no
registrarse nuevos focos.

18

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                <text>Manual de procedimientos para la mixomatosis y plan de contingencia para la  enfermedad hemorrágica viral del  conejo</text>
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Dirección de Luchas Sanitarias&#13;
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                <text>El presente manual está dirigido principalmente a los Veterinarios Locales de la &#13;
Dirección Nacional de Sanidad Animal y a las autoridades provinciales, municipales &#13;
y nacionales encargadas de la aplicación de las normas de policía sanitaria; por &#13;
tanto, se centra en los principios de la enfermedad, su descripción, aplicaciones de &#13;
las pruebas de laboratorio, evaluación de sus resultados y atención de sospechas y focos.</text>
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                    <text>Dirección Nacional
de Sanidad Animal

Dirección de Luchas
Sanitarias

Manual de procedimientos
mixomatosis del conejo

www.senasa.gov.ar

Programa de aves y granja

�MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MIXOMATOSIS DEL CONEJO. 2005

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MIXOMATOSIS DEL CONEJO

2005

PROGRAMA DE AVES Y ANIMALES DE GRANJA
Dirección de Luchas Sanitarias
Dirección Nacional de Sanidad Animal
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

1

�MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MIXOMATOSIS DEL CONEJO. 2005

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MIXOMATOSIS DEL CONEJO
Prefacio
El presente manual de procedimientos fue redactado por el Programa Aves y
Animales de Granja de la Dirección de Luchas Sanitarias y revisado en la
Dirección de Epidemiología y la Coordinación General de Campo, todas
dependencias de la Dirección Nacional de Sanidad Animal.
Corresponde mencionar que se han extractado recomendaciones efectuadas
por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria y otras redactadas por el
Dr. Sergio Samus.
Finalidad
Está dirigido principalmente a los Veterinarios Locales de la Dirección Nacional
de Sanidad Animal y a las autoridades provinciales, municipales y nacionales
locales encargadas de la aplicación de las normas de policía sanitaria; por
tanto, se centra en los principios de la enfermedad, su descripción, aplicaciones
de las pruebas de laboratorio, evaluación de sus resultados, atención de
sospechas y focos, etc.
Policía Sanitaria
Esta enfermedad se encuentra incorporada por la Resolución de la Secretaría
de Agricultura y Ganadería nº 802 del 18 de Octubre de 1974, al grupo de
enfermedades a que se refiere el Articulo 6° del Reglamento General de Policía
Sanitaria, reglamentario de la Ley N° 3959 de Policía Sanitaria de los
Animales, por lo tanto son de aplicación para la misma las regulaciones
previstas en la Ley N° 3959 y su Decreto reglamentario, entre las que se
incluye la denuncia obligatoria, interdicción preventiva ante la presencia de
casos, vacunación, sacrificio, etc.
Características
La mixomatosis del conejo es una enfermedad vírica caracterizada por la
presentación de múltiples lesiones tisulares mixomatosas; afecta al conejo
europeo silvestre Oryctolagus cuiiiculi L. y a los conejos domésticos que de él
derivan, así como a conejos americanos del género Sylvilagus, en los que se
presenta con carácter enzoótico y siguiendo un curso benigno. El plazo de
incubación es de 3-6 días en el curso agudo, y de 2-3 semanas o más tiempo
en los cuadros más lentos de la enfermedad.
La mixomatosis cursa en su forma epizoóticamente característica, pudiendo ser
la morbilidad y mortalidad hasta del 100% al principio de la enfermedad. A
medida que progresa el curso epizoótico van disminuyendo las tasas de
morbilidad y mortalidad, a la vez que el cuadro patológico se va haciendo poco
característico. Las pérdidas económicas provocadas por la mixomatosis

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�MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MIXOMATOSIS DEL CONEJO. 2005

pueden ser extraordinariamente elevadas, sobrepasando con frecuencia en el
momento cumbre de un brote epizoótico los daños originados por otras
epizootias.
Esta enfermedad fue descripta en nuestro país en 1919. La transmisión se
produce principalmente a través del mosquito. Debido a la aparición estacional
de estos insectos, la incidencia de la mixomatosis es mayor en los meses
calurosos y húmedos.
Etiología
La Mixomatosis es una enfermedad vírica, altamente contagiosa; causada por
un virus originario del continente americano, distribuida por todo el mundo; que
afecta de forma leve al género Sylvilagus; en el que están incluidos los conejos
salvajes americanos y las liebres, los cuales salvo raras excepciones son
portadores sanos; pero que origina una enfermedad grave en los conejos del
género Oryctolagus cuniculus; al que pertenecen las numerosas razas de
conejos europeos tanto domésticos como silvestres (incluidas las explotaciones
comerciales existentes en nuestro país.)
El agente causal de la mixomatosis es un virus DNA de la familia Poxviridae,
género Leporipoxvirus, de gran semejanza al virus de la viruela y relacionado
antigénicamente con el virus del fibroma de Shope.
La mixomatosis del conejo es la enfermedad epidémica más importante del
conejo, al menos de las enfermedades que afectan la producción cunícola en
nuestro país, y a nivel mundial solo se compara con la Enfermedad
Hemorrágica Vírica del Conejo.
El agente causal es sensible al formol al 1% (el cual se recomienda para
desinfectar el material) y a una temperatura entre los 50 y 60° C.
Transmisión
El conejo domestico puede contraer la mixomatosis a través de dos vías de
contagio:
Indirecta, la enfermedad se trasmite principalmente a través de artrópodos
hematófagos (mosquitos, tábanos, pulgas, piojos y otros) que actúan como
vectores trasmitiendo el virus desde un conejo enfermo a uno sano; también a
través de agujas; instrumental utilizado en la inseminación artificial y otros
fomites (contacto con material infectado como jaulas, comederos y alimentos
contaminados por las secreciones y exudados oculares y nasales de conejos
enfermos).
Debido a la aparición estacional de estos insectos, la incidencia de la
mixomatosis es mayor en los meses calurosos y húmedos (verano y otoño,

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�MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MIXOMATOSIS DEL CONEJO. 2005

sujeta a variaciones regionales), cuando se produce mayor aparición de
mosquitos.
Se han citado como trasmisores varias especies de mosquitos: Culex (C.
Annulirostris; C. Fatigans), Aedes y Anopheles.
En lugares donde no hay mosquitos se atribuye la trasmisión de la enfermedad
a las picaduras de pulgas del conejo, (en EEUU a: Cediopsylla simplex y
Odontopsyllus multispinosus; y en Europa a: Spilopsyllus cuniculi)
Según investigadores (Jacocot y Vallée) los conejos mixomatosos son capaces
de infectar a los mosquitos por espacio de una semana, y que éstos quedan en
condiciones de trasmitir la enfermedad a otros conejos, durante dos semanas.
Otros insectos como pulgas, piojos y otros simúlidos, parece que sólo pueden
trasmitir la enfermedad en forma ocasional.
Directa, a través del contacto entre conejos enfermos y susceptibles.
El virus puede penetrar a través de la piel y, sobre todo, de las mucosas
externas, en especial de la conjuntiva palpebral.
Existe la posibilidad de transmisión por vía aerógena en criaderos con poca
ventilación o en combinación con otras enfermedades, como por ejemplo la
Pasteurellosis.
El virus puede trasmitirse también a través del coito, a expensas del virus
existente en la región ano-genital de la pareja infectada.
También es posible adjudicar la aparición de un brote o foco a la presencia de
conejos silvestres portadores, ya que las dos especies, Orictolagus y
Sylvilagus, se encuentran en la naturaleza y bien pueden ser quienes
mantienen la enfermedad el resto del año.
Signos clínicos
Las manifestaciones clínicas de la mixomatosis varían de acuerdo a la
virulencia de la cepa y la resistencia del animal receptor.
Los gazapos menores de un mes aparentemente son resistentes a la
enfermedad. Los gazapos que tienen más de un mes de vida y se ven
afectados pueden recuperarse pero quedan con deformaciones. Los adultos
que enferman por lo general presentan un 95% o más de mortandad.
No existe tratamiento alguno para esta enfermedad.
El período de incubación promedio es de 3 a 6 días (oscilando entre dos a
quince días.) Desde que comienzan los síntomas hasta que sobreviene la
muerte, el animal representa una fuente de contagio para todo el criadero.
En general se pueden reconocer dos formas clínicas:

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�MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MIXOMATOSIS DEL CONEJO. 2005

⇒ Forma clásica o nodular: luego del período de incubación el conejo presenta
edemas y nódulos o mixomas en cara y genitales, posteriormente en el
resto del cuerpo. La muerte se produce entre los 10 a 12 días posteriores a
la infección.
Los síntomas muestran tres localizaciones patognomónicas de la enfermedad:
la cara, la región ano-genital y el tejido conjuntivo subcutáneo.
La aparición de los síntomas tiene generalmente la siguiente secuencia:
1)
2)
3)
4)
5)

Decaimiento
Anorexia
Secreción nasal serosa.
Intensa blefaroconjuntivitis con congestión, edema y exudación.
Edema / inflamación de párpados. El globo ocular y la comisura
palpebral permanecen cerradas.
6) Conjuntivitis bilateral mucosa conjuntival enrojecida y con
intensa secreción serosa y /o mucopurulenta).
El edema e inflamación se extiende finalmente a la totalidad de la cabeza.
Especialmente se tumefactan los labios, el hocico y la base de las orejas, las
cuales se caen por el peso del edema, por lo que la cara toma un aspecto
macizo y deforme ( “cabeza de león”).
Aparte de los párpados, labios y hocico el edema se desarrolla en zonas de
transición entre la piel y las mucosas como la zona ano-genital (vulva, prepucio,
escroto y zona perianal aparecen inflamados), también puede haber orquitis.
Entre los 5 a 6 días posteriores de detectarse los primeros síntomas, aparecen
en diferentes partes del cuerpo, pero esencialmente en cabeza, orejas, hocico,
mentón, párpados, espalda y en menor medida en las extremidades,
neoformaciones o mixomas – nódulos de consistencia primero dura y luego
blanda – gelatinosa, desde el tamaño de un grano de trigo al de una nuez, que
crecen notablemente en el interior del subcutáneo (son en realidad las zonas
donde se replica el virus y suelen coincidir con el lugar donde el artrópodo picó
al conejo y le inoculó el virus).
Tres o cuatro días antes de la muerte la delgadez es extrema. Puede haber
hipertermia.
La morbilidad y mortalidad es alta.
⇒ Forma atípica o respiratoria: en estos casos se presenta la enfermedad con
síntomas respiratorios y oculares, sin la presencia de los típicos mixomas,
en cuyo caso el diagnóstico clínico es muy difícil.
Lesiones

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Forma clásica o nodular: blefaroconjuntivitis y mixomas (tumoraciones de
aspecto gelatinoso, muy ricas en vasos sanguíneos las cuales desprenden
gran cantidad de líquido, constituidas por células de tipo mixomatoso).
Forma atípica o respiratoria: blefaritis, conjuntivitis, rinitis, hemorragias en
pulmones y neumonía complicada con agentes bacterianos secundarios
(Pasteurella multocida, Bordetella bronchiseptica).
En los órganos internos no se observan modificaciones apreciables, sin
embargo el bazo y los linfonódulos submaxilares e inguinales pueden
presentarse hipertrofiados.
Diagnóstico
Se efectúa por identificación del agente causal por medio de la inoculación en
animal vivo o en cultivo celular, por métodos imunológicos (AGID, IFI) y por
microscopía electrónica. También se utiliza CF y ELISA en suero y la
histopatología.
PROCEDIMIENTOS A ADOPTAR ANTE UN FOCO
Protocolización
La protocolización de un caso de Mixomatosis es el paso inicial y trascendente
por el cual se disparan una serie de procesos, entre los que la epidemiología
descriptiva y analítica resultan de importancia capital, y al mismo tiempo la
información contenida en ellos conformará el curso de la enfermedad,
permitiendo la realización de estudios retrospectivos.
Se aplicarán las pautas contenidas en el Manual de Procedimientos de
Atención de casos y focos de Enfermedad y además:
1. Proceder a la interdicción
2. Inmovilización de todos los conejos de la explotación en sus lugares de
alojamiento.
3. Recuento de todas las categorías de conejos y que para cada una de ellas
se precise el número de animales ya muertos, infectados o que puedan
estar infectados o contaminados.
4. Prohibición de toda entrada o salida de la explotación de cadáveres de
conejos, alimentos de los animales, utensilios u otras materias capaces de
transmitir la enfermedad.
5. Si al concurrir al establecimiento se observa una baja morbilidad se
procederá a :
5.1. Sacrificio de todos los animales con síntomas de mixomatosis, inclusive
aquellos que posean los más leves, como por ejemplo, lagrimeo o
conjuntivitis.

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�MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MIXOMATOSIS DEL CONEJO. 2005

5.2. La eliminación de cadáveres debe realizarse por medio del
enterramiento y posterior cobertura con cal viva o mediante la
cremación de los mismos.
5.3. Tener en cuenta que debido al período de incubación, que varía entre
4 a 6 días, aparecerán nuevos casos durante los próximos 6 días, es
decir, animales que se deben sacrificar, asimismo se debe suspender la
reproducción de los conejos.
5.4. Vacunar a todos los conejos mayores de 40 días que estén en buenas
condiciones de salud.
5.4.1. Entre animal y animal cambiar de aguja para no transmitir la
enfermedad.
6. En el caso de que la morbilidad supere el 70%, es conveniente proceder al
vacío sanitario.
6.1. Para tal caso es factible autorizar por parte del Veterinario Local el
traslado con destino exclusivamente a faena en un transporte cerrado y
con previo aviso al frigorífico receptor, indicando en el DTA la leyenda
“Mixomatosis”.
6.2. Aquellos animales que no serán llevados a faena se sacrificarán de la
manera indicada anteriormente.
Medidas Profilácticas en el foco:
⇒ Combatir el agente trasmisor (mosquitos) y eventualmente las pulgas.
⇒ Control de pastizales y estancamientos de agua.
⇒ Detener la reproducción de los conejos, no mover los animales, no vender
ni ingresar animales de otro lado hasta 15 días después que no aparezcan
más casos clínicos.
⇒ Implementar medidas de bioseguridad (pediluvio, rodoluvio, etc.)
⇒ Vacunación, en el caso que correspondiese, tomando la precaución de
cambiar la aguja en cada aplicación.
Extracción de Muestras
Se aplicarán las indicaciones contenidas en el Manual de Procedimientos de
Extracción y Envío de Muestras.
Se remitirán conejos sospechosos agónicos o muertos de no más de 24 hs.
Los conejos enviados para diagnóstico deben estar rigurosamente envueltos en
triple bolsa de polietileno para evitar derrames, enfriados y en cajas de
telgopor.
Se remitirán en todos los casos, acompañados del protocolo de remisión de
muestras al Laboratorio de Martinez del Senasa.
Desinfección

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�MANUAL DE PROCEDIMIENTOS MIXOMATOSIS DEL CONEJO. 2005

Se aplicarán las pautas contenidas en el Manual de Procedimientos de
Desinfección.
Para las instalaciones y jaulas se indica el flameado de las mismas y la
aplicación de desinfectantes fuertes como formol al 1%, según Manual de
Desinfección.
Se deben esterilizar las jaulas, accesorios, herramientas, galpones y hacer un
descanso del galpón afectado de no menos de 45 días.
Levantamiento de la Interdicción:
Se procederá al levantamiento de la misma transcurridos 15 días sin que
aparezcan más signos clínicos o para el segundo caso, una vez finalizado el
descanso del galpón, es decir 45 días.
Repoblación
La repoblación del criadero debe hacerse solamente con animales vacunados.
Además puede usarse el Método del centinela, es decir, antes de repoblar un
criadero en el que se efectuó un vacío sanitario se puede colocar un lote de
animales testigos o centinelas sin vacunar, y se los observa durante no menos
de 18 días, si en este tiempo no aparecieran casos clínicos de la enfermedad
podemos suponer que el vacío fue efectivo.
Tratamiento:
No existen medicamentos ni tratamientos para curar esta enfermedad.
Prevención:
El procedimiento más eficaz para la prevención de la mixomatosis es la
vacunación sistemática de todos los reproductores y reposición a los 45 días de
vida, en septiembre octubre y una segunda dosis en febrero a los mismos
animales pero sobre todo a los nuevos (reposición de verano).
⇒ Desinsectar el criadero periódicamente, especialmente en primavera,
verano y principios de otoño.
⇒ No ingresar animales de otro criadero sin respetar las normas estrictas de
cuarentena, lo que implica un período de observación no menor de 30 días
durante el cual si apareciese algún o algunos de los síntomas descriptos
con anterioridad, es razón suficiente para la eliminación y el no ingreso de
esos animales al plantel.
Vacunas frente a mixomatosis
Existen dos tipos de vacunas a nivel mundial:

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a) Vacuna heteróloga: no se fabrica en el país.
a) Vacunas homólogas: son vacunas fabricadas a partir del virus de la
mixomatosis.
Ambos tipos de vacunas son a virus vivo, es decir, los virus que las componen
están vivos, por lo que es imprescindible que para que mantenga su eficacia se
deben conservar siempre en refrigeración hasta el momento de su utilización.
Como cronograma de vacunación se recomienda la aplicación de una dosis en
los meses de septiembre-octubre y otra en febrero-marzo.
La vacunación se realiza sobre los animales de reposición y los reproductores.

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                <text>Dirección Nacional de Sanidad Animal&#13;
Dirección de Luchas Sanitarias&#13;
Programa de Aves y Animales de Granja</text>
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                <text>Está dirigido principalmente a los Veterinarios Locales de la Dirección Nacional &#13;
de Sanidad Animal y a las autoridades provinciales, municipales y nacionales  locales encargadas de la aplicación de las normas de policía sanitaria; por  tanto, se describe las características y etiología de la Mixomatosis de la enfermedad, su descripción, transmisión, signos clínicos, aplicaciones  de las pruebas de laboratorio, evaluación de sus resultados, atención de sospechas y focos, etc.</text>
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                    <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

�

Registro Nacional Sanitario de
Productores Agropecuarios
(Renspa)

Manual de Capacitación version 2007

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Manual de Capacitación Renspa

Presidente de la Nación
Dr. Nestor Kirchner
Ministro de Economía y Producción
Dra. Felisa Miceli

Secretario de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos
Dr. Javier De Urquiza

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Presidente
Dr. Jorge Amaya
Vicepresidente
Dr. Carlos Casamiquela
Director Nacional de Sanidad Animal
Dr. Jorge Dillon

Editora
M.V. María Clara Ledesma
Grupo de trabajo
M.V. Marcelo de la Sota
M.V. Gabriel Melendez
M.V. José Luis Ferro
M.V. Sergio Rossi
M.V. Horacio Crovetto
M.V. Enrique Ciancaglini
M.V. Juan Carlos Malamut
M.V. María Cecilia Walsh
M.V. Maria Clara Ledesma
Cdor. Luciano Zarich
A.C. Mario Franzante
A.C.Hector Bilbao

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Índice
Capítulo I
Información general	
Objetivos	
Definiciones	
Criterios de codificación	

5
6
7
9

Capítulo II
Organización	
Procedimientos generales	
Manejo documental	

15
17
19

Capítulo III
Estrategias regionales	
Economías de subsistencia	

23
23

Capítulo IV
Difusión y comunicación social	

29

Capítulo V
Normativa	

31

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Manual de Capacitación Renspa

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Capítulo I
Información general
Qué es el Renspa
El Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios,
Renspa, a través de un código, establece la asociación de
cada productor agropecuario con el campo donde realiza
su actividad. Contiene datos del establecimiento, del productor,
de la actividad que allí realiza y de los animales que posee.
El objetivo del Renspa es fortalecer el control sanitario, a través de
la obtención de información imprescindible para el planeamiento,
epidemiológico y rastreabilidad. Además, facilita la obtención de
datos estadísticos.
El registro fue creado en el año 1997, como mecanismo de
obtención de información sobre productores agropecuarios
existentes.
Las bases de datos del Renspa son aquellas sobre las que se
estructura el control de las acciones sanitarias, vacunaciones,
identificación, muestreos, controles fronterizos, registro de los
movimientos de hacienda y seguimiento epidemiológico.

Inscripción
La inscripción se realiza a través de un formulario Renspa
denominado “Actualización del Registro Nacional Sanitario de
Productores Agropecuarios- Renspa”, los datos declarados son
ingresados al Sistema de Gestión Sanitaria (SGS) de las Oficinas
Locales del Servicio Nacional de Sanidad Animal (Senasa).

Actualización
La actualización de datos y reempadronamiento, pretende el
mejoramiento de la calidad y la higiene del actual registro, y el
funcionar como transición hacia un nuevo sistema de trazabilidad ganadera; corresponde por lo tanto a todos los productores
pecuarios, independientemente de su condición de tenencia de
la tierra y el volumen y sistema de producción.

��

Manual de Capacitación Renspa

Normativa
El presente Registro Nacional de Productores Agropecuarios fue
creado por Resolución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Alimentación Nº 417/97, su modificatoria Nº 777/98,
ambas reemplazadas por Resolución 116/98.
Su reglamentación fue modificada por la Resolución Nº 249 del
23de junio de 2003 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria.

Objetivos
1. Consolidar información de base, imprescindible para el planeamiento sanitario, el control epidemiológico y la rastreabilidad
de hacienda.
2. Mejorar dicho control sanitario, a partir del conocimiento y la
identificación del productor como responsable sanitario de
una explotación ganadera o de los animales que posea, el
conocimiento de los tipos y características de la explotación
y del lugar donde se encuentra.
3. La consolidación de un sistema de información que permita el
mantenimiento y actualización permanente de este registro.

Metas
1. Identificación correcta
Identificar a los productores agropecuarios o tenedores de
ganado doméstico del país. (Asignación de su código único)
Identificar cada establecimiento productor, predio, campo o
lugar en que exista ganado doméstico. (Asignación de su código
único)
Identificar la asociación entre el productor y el predio donde
están sus animales, cada relación de uno a uno, debe ser identificada de modo independiente. (Asignación de su número de
Renspa y Clave Única de Identificación Ganadera CUIG)

��

2. Confección del catastro
Establecer la ubicación geográfica de cada establecimiento,
predio, etc. (Delimitación del área territorial en el catastro e iniciar
un procedimiento de georeferenciación)
3. Mejoramiento de la calidad de los datos asociados al
Renspa
Los datos vinculados al número de Renspa en el sistema de información de Senasa son básicamente, la existencia ganadera,
especies y distribución etárea, los datos epidemiológicos: antecedentes sanitarios, registro de actas de vacunación y registros
de movilización de hacienda.

Definiciones
Establecimiento agropecuario, predio o campo
Definición:
Se la considera para este empadronamiento como la unidad
donde se desarrolla la actividad productiva.
Es la superficie de tierra contigua, aunque fuese atravesado
por algún accidente geográfico como arroyos, ríos, u obras de
infraestructura como caminos, rutas, ferrocarril, etc. donde se
realice cualquier tipo de producción agropecuaria.
Los campos o predios que no sean contiguos serán considerados
como independientes, aun dentro de una misma jurisdicción
de la oficina local correspondiente para los fines de este registro.
Cada una de ellas será inscripta con un número independiente
de registro.
Los campos o predios a declararse en este registro son aquellos
donde están los animales que el productor posee a la fecha de
inscripción, independientemente de la forma de tenencia.
El concepto básico a considerar es que hablemos de un área
territorial, un pedazo de tierra que está delimitado o circunscripto,
que funciona como una unidad, que puede o no coincidir con
la subdivisión parcelaria del catastro provincial y la propiedad de

��

Manual de Capacitación Renspa

la tierra. Es nuestra unidad epidemiológica, en que los animales
de una tropa o lote conviven y contactan y por límites físicos o
alambrados están separados de otros.
Clases:
Se clasificarán los establecimientos agropecuarios en dos grandes clases, que tendrán tratamiento diferencial, cuyas características son:
Con límites definidos. Con alambrados, o cualquier otro límite
real, generalmente, todos los establecimientos de la pampa húmeda y zonas productivas.
Sin límites definidos. Sin límites reales, es espacios abiertos,
comunitarios o en barrios o territorios con pequeños parcelamientos para viviendas o puestos, pero que no se adecuan al
concepto de establecimiento productor agrícola ganadero de
la pampa húmeda. Generalmente pertenecientes a zonas de
subsistencia y territorios fiscales.

Productor agropecuario
Definición:
Es toda persona física o jurídica que posee animales y es el
responsable de los mismos y de los aspectos sanitarios de
su producción agropecuaria, ya sea en calidad de propietario,
arrendatario, aparcero, pastajero u ocupare en alquiler, usufructo
u otras formas un establecimiento, campo o predio.
Por extensión esta denominación alcanza a los tenedores
de hacienda doméstica, aún en condiciones de pobreza en
economías marginales o de subsistencia; esta extensión de los
alcances del término se adopta arbitrariamente, por razones
prácticas, a los fines de la codificación.
Clases:
Se clasificarán los productores agropecuarios en dos grandes
clases, que tendrán tratamiento diferencial, como pertenecientes a:
I. Economía productiva formal. Forman parte de este grupo
aquellos que comercializan ganado, que requieren DTA, que
mueven animales en jaulas. Que viven de la comercialización
del producto pecuario.

��

	 Que pretenden la obtención de márgenes de rentabilidad de
su explotación.
II. Economía de subsistencia. Forman parte de este grupo
tenedores de hacienda, aquellos que poseen animales para la
subsistencia de su familia o comunidad, o que comercializan
en pequeña escala y generalmente en su entorno cercano.
Generalmente no requieren del Senasa y son detectados en
la vacunación aftosa. La escala es variable, según la región del
país y la especie animal de que se trate. Se incluyen en ella:
	 a. Comunidades aborígenes.
	 b. Comunidades dedicadas a explotaciones hortícolas, yerba
mate, tabaco, etc., a escala familiar, generalmente subsidiada.
	 c. Puesteros en tierras fiscales o comunitarias.
	 d. Familias pobres

Criterios de codificación
Significación del número de Renspa
La asignación de un número de Renspa o código o clave única
posee la finalidad de identificación, en este caso, de un productor ubicado en un establecimiento.
El número en sí mismo, nada nos informa o comunica, ni se infiere
de él sobre sus cualidades o atributos, un número de Renspa
identifica, tal como un número de DNI sólo nos dice quién es la
persona en cuestión.
Las habilitaciones para realizar tal o cual explotación, sistema
de producción o comercialización, serán regidas por normativa
específica, con la que el productor deberá cumplir para ser encuadrado en ella. Todas estas cualidades o atributos se cargan
en tablas que se asocian al número de Renspa.

Conceptos generales de codificación
Concepto de registro
Padrón o listado que contiene datos de un universo particular.
Para que nos sea útil debe ser completo y actualizado.

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Manual de Capacitación Renspa

Concepto de “ID”
Es un número que identifica cada una de las unidades de un
registro, sin repetición.
Es un identificador unívoco, exclusivo y excluyente de cada uno
de los elementos de la lista.

Codificación utilizada para el Renspa
	 1. ID territorio, establecimiento, campo o predio
	 2. ID persona física o jurídica
	 3. ID Renspa
	 4. ID CUIG, Clave Única de Identificación Ganadera
Referencia geopolítica y administrativa
La misma se utiliza en Senasa y no se corresponde a la codificación oficial de la República Argentina, pautada por
el INDEC y el IGM. Las tablas con los Códigos de Provincia,
Departamento y Oficina Local utilizados son propios

0.000.0.

Código de
provincia
Código departamento o partido

Código asignado en departamentoscon más de una oficina
local

�11

Y
#

Y
#

Y
#

Y
#

00.000.0.

Tablas de códigos de provincia, departamento o partido
Pueden consultarse las de todo el país en el SGS, en el sector
&lt;Tablas&gt;, &lt;Sistema&gt;, &lt;Ubicaciones Geográficas&gt;, A-Provincias,
B- Partidos (o departamentos)

1. ID territorio, establecimiento, campo o predio
Código de identificación de establecimiento
A la unidad territorial “establecimiento agropecuario”, corresponde la codificación de cinco dígitos, como un identificador único
dentro de cada Oficina Local y por lo tanto no ha de repetirse en
su jurisdicción.

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Manual de Capacitación Renspa

El establecimiento, predio, campo o unidad de la que hablamos tiene su identificador único que es
una parte del número de Renspa: _ _._
00.000.0.00000
_ _._.00000, aunque en la unidad pueda
darse la coexistencia de varios propietarios
del ganado doméstico. El número del establecimiento es único e irrepetible.
En las áreas marginales de la Argentina,
donde no existen establecimientos agropecuarios propiamente dichos, ni delimitaciones físicas de alambrados, Ver Capítulo
III, referido a economías de subsistencia.
2. ID persona física o jurídica
Código de identificación de persona física o jurídica, productor agropecuario:
Es el número que identifica de manera única e irrepetible a una
persona física o jurídica, es el productor agropecuario responsable de sus animales, es nominado como “titular” en el SGS y
su identificador único es el CUIT-CUIL-DNI.
Aún en los casos que convivan en el mismo establecimiento,
animales cuya posesión corresponde a distintos titulares o productores o tenedores de hacienda, cada uno de ellos estará
registrado en forma independiente en el padrón de titulares.

00.000.0.00000/00

3. ID Renspa
Código de identificación del
Renspa:
Hemos hasta aquí establecido la
identificación de las personas o
productores y la del lugar físico o establecimiento agropecuario.

Debemos asignar un código de
identificación a la relación establecida entre un titular y un establecimiento, éste es el número de Renspa.
En este croquis se han esquematizado tres productores que

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coexisten en un establecimiento, por lo tanto deberán generarse
los respectivos registros: 1 de establecimiento, 3 de titulares y
3 Renspa.
La relación entre titular y establecimiento está definida en el
número de código denominado Registro Nacional Sanitario de
Productores Agropecuarios (Renspa), constituido por 17 caracteres, que codifican:

0.000.0.00000.00

Provincia
Departamento o
partido
Subdivisión del departamento
en más de una Oficina Local
Establecimiento
Distintos titulares incluidos en el establecimiento

El término acuñado en el SGS como Unidad Productiva, que
expresa la inclusión de distintos titulares que poseen ganado dentro del mismo establecimiento agropecuario, es el Renspa.
4. ID CUIG, Clave Única de Identificación Ganadera
La citada clave, se incorpora como un doble código, su finalidad es garantizar la asignación de números de clave sin
repetición, el control de gestión y auditoria interna del proceso
de empadronamiento y significa un aporte en la utilización de
caravanas en la totalidad del rodeo nacional, simplificando el
manejo.

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Manual de Capacitación Renspa

Por el momento nada modifica en la estructura interna del SGS,
ni en la emisión del DTA.
La estructura del código propuesto es alfanumérica, de
dos letras y tres números,
Los números de CUIG son asignados por el SGS, y ofrecen
garantías de no repetición en el sistema.
La asignación de la clave CUIG, excluye a los productores pertenecientes a “Economías de subsistencia”, por lo tanto será una
opción que deberá seleccionar el veterinario local de Senasa, y
él la credencial del Renspa se imprimirá el número de Renspa,
pero sin el CUIG.

Ejemplo
En el siguiente cuadro, se representan: el Padrón de Titulares
en la columna izquierda y el de Establecimientos en la columna
derecha.
Las flechas establecen la relación entre ambos, por lo tanto se
conforma el número de Renspa.
En este ejemplo, tenemos cuatro productores, cinco establecimientos y seis Renspa.

TITULAR
García

Pérez
Gómez

Benito

RENSPA
12345/00
00067/03
00888/10
10777/00

ESTABLECIMIENTO
12345
00067
00888

10777/06
10777
90001/03

90001

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Capítulo II
Organización
Coordinación técnica:
La coordinación del Renspa está a cargo de un equipo ad hoc
responsable del diseño metodológico, las tareas de capacitación,
supervisión y control de gestión.
Supervisores y Veterinarios Locales:
La estructura piramidal utilizada para la ejecución de este proyecto
corresponde a la Dirección Nacional de Sanidad Animal, Direcciones Regionales, Supervisiones Regionales y Oficinas Locales.
Unidad Operativa:
El operativo se realizará en forma exclusiva en la Oficina Local del
Senasa, donde se empadronará la totalidad de los productores
de la jurisdicción de la misma. No están habilitados para la inscripción del Renspa ni las delegaciones de Oficina Local, ni los
Entes o Fundaciones.
De acuerdo a la localización o ubicación geográfica del establecimiento, le corresponde sólo una Oficina Local y allí debe registrarse el Renspa. La inscripción deberá realizarse en la Oficina
Local de Senasa que corresponda a la jurisdicción.

Responsabilidades del Senasa
El Veterinario Local del Senasa es responsable en su jurisdicción
de la ejecución e implementación de la reinscripción del Renspa,
tanto la ejecución de las tareas operativas, logísticas y administrativas.
El agente empadronador debe conocer perfectamente los procedimientos a seguir, la normativa vigente y las obligaciones y
responsabilidades que implican poseer animales domésticos, a
fin de asesorar y ayudar al productor.
Los Supervisores Regionales son responsables de auditar y
supervisar la evolución del empadronamiento y evaluar los resultados.

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Manual de Capacitación Renspa

Responsabilidades y obligaciones del productor
La persona física o jurídica titular del Renspa, por si o por medio
de su representante o apoderado esta obligado a:
Registrar sus datos personales y de el o los lugares donde se
hallan los animales que posee, de manera fehaciente.
Presentar documentación original.
Respetar las leyes nacionales, provinciales u ordenanzas municipales
No poseer animales en espacios públicos (calles, rutas, canales, etc.)
Notificar toda sospecha o caso de enfermedad detectada en
los animales.
Suministrar solamente productos aprobados por Senasa y adquiridos en locales habilitados.
No utilizar en el establecimiento sustancias prohibidas o contaminantes.
Respetar y cumplir con las restricciones de uso pre faena indicado
en los rótulos de cualquier producto terapéutico utilizado.
Identificar los animales de acuerdo a la especie y los requisitos
especiales previstos en la legislación vigente.
Declarar la totalidad del ganado que posee, declarar los nacimientos, muertes y existencias en forma periódica y en cada
oportunidad que la Dirección Nacional de Sanidad Animal lo
requiera.
Declarar todos los ingresos de animales, en la Oficina Local correspondiente dentro de las 48 hs. de ocurrido el arribo de los
animales
Respetar las pautas de bienestar animal procurando a los animales alimentación y cuidados apropiados
La credencial identificatoria poseerá una sección donde se describan las obligaciones, responsabilidades y normas generales
sanitarias con que el productor deberá cumplir.

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Procedimientos generales
Dónde se empadrona
En la Oficina Local de Senasa. No en Delegaciones ni Entes o
Fundaciones de Lucha Sanitaria. En situaciones regionales especiales, evaluadas por la supervisión regional y autorizadas en
central, se considerará la posibilidad de involucrar a Fundaciones
u otros organismos.

A quién empadronar
Exclusivamente a productores cuya explotación esté ubicada
geográficamente en la jurisdicción de la Oficina Local.
En los casos en que un productor moviliza hacienda en una
Oficina más cercana y distinta a la que le corresponde por el
departamento de jurisdicción, se deberá informar al veterinario
local que ese Renspa y las correspondientes vacunaciones y los
movimientos se realizarán en otra Oficina.
Debe quedar claro que donde se empadrona y registra el
Renspa se registrarán las actas de vacunación y los movimientos.
Los casos mencionados, en que se presentan problemas de jurisdicción, por ser excepcionales deben ser comunicados entre
las Oficinas pertinentes. Los procedimientos a seguir están descriptos en el Memorando de la Coordinación General de Campo
Nº78/07.
El Renspa puede estar registrado en dos oficinas locales, una
por la jurisdicción geográfica y otra donde gestiona sus datos,
pero el CUIG puede estar registrado solo en una oficina, aquella
donde gestiona sus datos.

Cuántos Renspa por productor
Un Renspa por cada establecimiento donde realice actividad
agropecuaria, es decir que tendrá tantos Renspa y CUIG, como
campos o establecimientos en producción o lugares donde posea ganado.

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Manual de Capacitación Renspa

Fecha del empadronamiento
El operativo en 2006 se realizó en etapas, según las características regionales, coincidente con la campaña antiaftosa en las
áreas del país con vacunación.
Para la asignación de la CUIG, del sistema de identificación
ganadera, es imprescindible el rempadronamiento y actualización de datos en el Renspa.
Todo productor que cese en la actividad, o que incorpore un
nuevo campo o parcela o inicie una nueva actividad productiva
debe informar su situación a fin de actualizar el registro.

La inscripción es obligatoria
Porque es exigida para realizar cualquier actividad pecuaria en
la República Argentina.

Aranceles de inscripción
La inscripción o reinscripción es obligatoria y gratuita para el
productor, en las fechas establecidas.

Los comprendidos en el registro
Ganaderos: Criadores y tenedores de bovinos, caprinos, ovinos,
porcinos, equinos, camélidos sudamericanos (llamas, guanacos,
vicuñas, alpacas), ciervos y búfalos.
Animales de granja: Avicultores: Criadores de ponedoras, parrilleros, planteles reproductores, pavos, patos, faisanes. Criadores
de conejos y pilíferos
Es obligatorio inscribir en este registro a toda institución pública
o privada, con o sin fines de lucro, que realice alguna actividad
productiva, o posea animales en sus predios, como Universidades, Institutos de Investigación, Fundaciones, Centros de
Inseminación, Fuerzas Armadas, Instituto Nacional de Tecnología
Agropecuaria, etc.

Validez del registro
El número de Renspa y la Clave Única de Identificación Ganadera

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CUIG asignados, son fijas, en tanto la relación productor/predio
se mantenga.
La actualización de los datos asociados, de existencias ganaderas, vacunaciones y movimientos es dinámica y debe ser
permanente.

Existencias ganaderas
Los datos de existencias de todas las especies y categorías serán
visualizados en el formulario de actualización del Renspa, para
que el productor las verifique.
Si hubiera diferencias entre lo registrado y lo declarado confeccionar actas de constatación por diferencia de existencias y definir
acciones según la gravedad del caso. Se sugiere que no se modifiquen las existencias sino están amparados los movimientos
por un DTA que quede registrado.

Manejo documental
Documentación exigida al productor
Toda documentación deberá ser presentada en original para su
verificación.
De exigencia obligatoria es el DNI.
El resto de la documentación, CUIT o CUIL, se solicitarán, para
verificar los datos, el título de propiedad de la tierra o contrato de
locación, arrendamiento o cualquiera sea la forma de convenio
en que está utilizando tierra de propiedad ajena. Si el acuerdo
entre partes fuera verbal, solicitar algún documento firmado por
el propietario donde declara a quién autoriza a usufructuar su
propiedad. Solicitar y verificar la inscripción de la Marca de la
Hacienda.
Cuanto más documentación se requiera, mayor será la fiabilidad
de los datos y la seguridad de no cometer errores de registro.

�20

Manual de Capacitación Renspa

Elementos y documentación para el empadronamiento
Formulario de inscripción
El productor debe firmar, dado que tiene carácter de declaración
jurada, un formulario por cada establecimiento donde realice actividad agropecuaria, es decir un formulario por cada Renspa.
El formulario de carga del SGS deberá ser completado, impreso
y firmado una vez realizado el registro.
El formulario podría ser levantado de la página de Internet institucional www.senasa.gov.ar para conocimiento del productor,
o para ser entregado por un apoderado, con la firma del titular.
No obstante los datos deberán ser ingresados en el formulario
de carga del SGS.
Archivo documental:
Se conformará un archivo documental del Renspa en cada Oficina Local, en los biblioratos identificados como Número 8, que
serán ordenados correlativos por número de Renspa, a partir del
bibliorato 8A, 8B, 8C, etc.
Los formularios de inscripción completos con todos los datos
requeridos y firmados, se archivarán en ellos.

Credencial del Renspa
Se otorgará al productor una credencial como acreditación de
la inscripción, con su nombre y del establecimiento, y el número
de Renspa y CUIG que le corresponda.

�21

Por cada Renspa registrado, sea un nuevo inscripto o una reinscripción, se otorga una credencial identificatoria. Se entregará
una credencial Renspa por cada campo o establecimiento en
que posea animales.
La presentación de la credencial será exigida para efectuar cualquier trámite o traslado de productos en carácter de productor
agropecuario. Su uso es intransferible.
En los casos de economías de subsistencia, en los que el productor se registra pero no se otorga número de CUIG, en la credencial
sólo constará el número de Renspa.
En casos excepcionales, evaluados por Senasa, podrá realizarse
el registro del productor sin otorgar la correspondiente credencial.
Tal el caso de economías de subsistencia que se inscriban en
forma comunitaria.

Mapas catastrales
Cada Oficina Local debe disponer de los mapas catastrales correspondientes a su área de influencia.
En la misma se ubicarán cada uno de los establecimientos,
predios o campos que cada productor declare y se asignará un
número de cinco cifras para su identificación. Este número será
parte constitutiva del número de Renspa.

Procedimientos de control de gestión
La Oficina Local de Senasa deberá, una vez finalizado el período
de inscripción, realizar la evaluación en relación a los registros
anteriores, en términos de:
Registros nuevos: Cantidad de altas
Registros preexistentes: Verificar la cantidad de casos que sufrieron modificaciones de codificación por poseer datos erróneos y
la cantidad de casos validados como correctos.
Cantidad de bajas: Estos casos deben ser analizados, para
detectar si son bajas reales o han sido productores que no se
acercaron a la Oficina Local a reinscribirse o no fueron visitados
para efectuar la reinscripción. En ese caso se deberá realizarán

�22

Manual de Capacitación Renspa

las acciones correspondientes.

Resumen de pasos a seguir
Verificaciones Previas:
Verificar que el campo o predio o establecimiento se encuentre
dentro de la jurisdicción de la Oficina Local.
Si el productor hubiera enviado el formulario en manos de una
tercera persona, verificar el correcto llenado, sin tachaduras, ni
enmiendas, dado su carácter de declaración jurada y que esté
debidamente autorizada al pié del formulario, consignando firma,
aclaración y su nº de documento.
De no cumplir con estos requisitos no debe recibirse el formulario.
Documentación exigida:
Solicitar la presentación de la documentación respaldatoria exigida, a fin de verificar que los datos sean correctos y los nombres
registrados tal como figuran en ella.
Ingreso de datos al SGS:
	 Ingreso al Padrón de titulares
	 Ingreso al Padrón de establecimientos
	 Ingreso al Padrón de unidades productivas
	 Ingreso al formulario de inscripción Renspa
Impresión del formulario de actualización del Renspa:
Imprimir el formulario del Renspa desde el SGS, hacerlo firmar por
el productor y veterinario local y colocar el sello aclaratorio.
Entrega de la Credencial:
Una vez realizado el proceso completo, imprimir y entregar al
productor la Credencial del Renspa.
Ubicación geográfica:
Con la ayuda del productor, ubicar el campo en el mapa catastral,
a fin de completar la cartografía de la jurisdicción.
Confección del legajo:
Archivar el formulario firmado y la documentación presentada en
el bibliorato Nº8 correspondiente.

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Capítulo III
Estrategias regionales
Economía de subsistencia
Clases establecidas
Se han clasificado los productores agropecuarios, como pertenecientes a dos grandes grupos que difieren según la escala y
especialización de su producción:
	 I. Economía productiva formal
	 II. Economía de subsistencia

I. Economía productiva formal
Los productores pertenecientes a clase tipificada como I, se
definen como aquellos que comercializan ganado, que requieren
DTA, que mueven animales en jaulas. Que viven de la comercialización del producto pecuario, a una escala estimada mayor a 50
animales, depende de la región y la especie de que se trate, es
claro entonces que la totalidad de exigencias y requisitos deben
ser cumplidos.

II. Economía de subsistencia
Forman parte de la clase II de subsistencia, tenedores de hacienda, aquellos que poseen animales para la subsistencia de
su familia o comunidad, o que comercializan en pequeña escala
y generalmente en su entorno cercano. No requieren del Senasa
y son detectados en la vacunación aftosa. La escala es variable,
según la región del país y la especie animal de que se trate. Se
incluyen en ella:
	 Comunidades aborígenes.
	 Comunidades dedicadas a explotaciones hortícolas, yerba
mate, tabaco, etc., a escala familiar, generalmente subsidiada.
	 Puesteros en tierras fiscales o comunitarias.
	 Familias pobres

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Manual de Capacitación Renspa

Este sector es el que no tiene condiciones sanitarias aptas, no
sólo del ganado doméstico, sino generalmente asociadas a condiciones de escasa salubridad humana, niveles de marginalidad
en términos de comercialización de sus productos y debajo de
los niveles de pobreza.
Este grupo no puede ser relevado con los procedimientos generales pautados y debe ser evaluado regionalmente.

Estrategias especiales de codificación
Se han clasificado los establecimientos agropecuarios, como
pertenecientes a dos grandes clases:
I. Con límites definidos
II. Sin límites definidos
Estos atributos deberán ingresarse al SGS, al padrón de
establecimientos.
Codificación del “establecimiento”
En las regiones del país en que no existen delimitaciones físicas
de los establecimientos agropecuarios con alambrados, o son
precarios cercados de pircas o cercos, o aún siquiera estos
últimos y los animales transitan libremente, a veces caminando
grandes distancias en busca de alimento o aguadas, es necesario
establecer con precisión cómo codificar.
La metodología a aplicar consiste en homologar el concepto de
“establecimiento” al de territorio, al área conocida, aunque mas
no sea aproximada, donde sabemos que existe un asentamiento
de animales, mas o menos agrupados o pertenecientes a una
comunidad. Es decir utilizar este concepto por extensión, de
manera arbitraria por razones prácticas.
Es decir que si el “límite” no es real y físico, como un alambrado,
es posible establecer y marcar en un mapa una “unidad territorial” a la que yo pueda asignar un código, que será el código de
establecimiento de cinco dígitos. - -. - - - . - . 00000
Casos específicos
Caso 1: Donde exista algún elemento o accidente geográfico
que permita definir un área (ríos, cerros, pircas, etc) donde po-

�25

demos afirmar que los animales conviven en un mismo hábitat o
comparten aguadas. Ejemplos de este caso podrían ser tierras
fiscales, parques nacionales o campos comuneros. Asignar a esa
área el código de “establecimiento” e incorporarlo al padrón de
establecimientos del SGS.
Caso 2: Donde exista una pequeña comunidad o barrio, como
por ejemplo en un cordón periurbano hortícola o villas de emergencia, que puedan ser delimitadas en un mapa.
También asignar el código de “establecimiento”.
Caso 3: En el caso específico de algunos municipios, por ejemplo el la ciudad de Córdoba, que poseen su propia “marca” de
hacienda para resolver problemas tales como los caballos de
cirujas o cartoneros, que además son mantenidos en predios
periurbanos.
Asignar a los predios municipales un código de “establecimiento”.
Caso 4: Donde no es posible establecer ninguna delimitación territorial para enmarcar un lugar donde existen animales, por ejemplo
en regiones donde se practica la trashumancia, es posible utilizar
como delimitación las letras de los cuadrantes sanitarios.
Ejemplo de Caso 1:

Área delimitado por ríos y
cerros, donde habita una
comunidad aborigen,
asignar código de
“establecimiento”
_ _. _ _ _ . _ . 00000

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Manual de Capacitación Renspa

Ejemplo caso 2

Área de un barrio o
asentamiento del cordón
periurbano, asignar código
de “establecimiento”
_ _. _ _ _ . _ . 00000

Ejemplo caso 3

Predio municipal donde
reúnen animales por
distintos motivos, que son
“marcados” como del
municipio, asignar código
de “establecimiento”

Ejemplo caso 4

No es posible la
delimitación física, por
trahumancia, por ejemplo,
donde habita una
comunidad, asignar
código de
“establecimiento” a la

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Caracterización regional
La República Argentina posee una diversidad de regiones biogeográficas, a las que se han adaptado de modos diferentes las
actividades agropecuarias familiares o comunitarias, dándose
situaciones específicas.
En el noroeste existen áreas de trashumancia, que es el desplazamiento natural de animales de un lugar a otro según sus posibilidades de acceder al pastoreo o abrevado, y a las condiciones
climáticas.
Del mismo modo en la precordillera patagónica se denomina veranada al desplazamiento de animales hacia zonas mas aptas.

Estrategia operativa
Debe ser planteada en términos de accesibilidad o contacto con
el productor, estar precedida por campañas de difusión en los
medios locales y considerar a otros organismos o programas de
asistencia a las pequeñas economías familiares, que sirvan como
vinculación con los productores de subsistencia y economías no
formales.
Se recomienda la planificación de reuniones en localidades
distantes de algunos días de trabajo para acceder a una buena
parte de la población o acercarse al lugar del productor junto al
vacunador, para hacer el relevamiento in situ.

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Manual de Capacitación Renspa

�29

Capítulo IV
Difusión y comunicación social
El Senasa, lleva adelante las campañas de difusión a nivel nacional, en medios gráficos y radiotelevisivos de mayor alcance
y confecciona material gráfico para ser distribuido en el interior
del país.
La distribución local de afiches u otro material de difusión estará a
cargo de los responsables de la Oficina Local, quienes deberán
utilizar las modalidades y vías más convenientes para asegurar
su divulgación entre los productores agropecuarios (exhibición
en Municipios, Remates feria, Veterinarias, Fundaciones, Cooperativas, Sociedades Rurales, Consignatarios, Acopiadores,
Semillerías, Bancos, Agencias de Extensión, Grupos de cambio
Rural, etc.) dentro del área de influencia.
Debe considerarse también la difusión en diarios, radio o televisión locales, según los modelos diseñados y provistos por la
Coordinación de Prensa del Senasa.
La página webb institucional www.senasa.gov.ar posee información detallada sobre el Renspa.

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Manual de Capacitación Renspa

�31

Capítulo V
Normativa
Antecedentes: rs 249/03
Renspa - modificacion re 116/98 - formularios - inscripcion - codificacion - requisitos
Sustitúyese la reglamentación establecida en la Resolución N°
116/98 de la ex-Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Alimentación.
Resolucion n° 249/2003 Senasa
Buenos Aires, 23de junio de 2003
VISTO el Expediente N° 9035/2001, del registro del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, las
Resoluciones Nros. 417 del 25 de junio de 1997, 777 del 13 de
octubre de 1997, 116 del 16 de octubre de 1998, 334 del 5 de
julio de 2000 de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION; 880 del 10 de octubre
de 1997, 22 del 9 de enero de 1998, 5 del 6 de abril de 2001,
353 del 9 de marzo de 2001, 465 del 18 de octubre de 2001,
del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución ex-SAGPyA N° 116/98, se incorporó al Registro Sanitario Nacional, denominado a partir del
dictado de la misma REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE
PRODUCTORES AGROPECUARIOS (Renspa), del sector agrícola, sólo a los productores frutihortícolas y de plantas ornamentales.
Que por Resolución Senasa Nº 465/2001 se da por prorrogada
la reinscripción en el REGISTRO NACIONAL SANITARIO DE
PRODUCTORES AGROPECUARIOS (Renspa) correspondiente
al año 2000 hasta el 1° de julio de 2002.

�32

Manual de Capacitación Renspa

Que resulta necesario y oportuno incorporar a todos los productores agrícolas al empadronamiento del citado Registro,
cualquiera sea el sistema de producción utilizado e independientemente del título por el cual detenten la tierra en la que
desarrollan su actividad.
Que en las zonas donde se practica la vacunación antiaftosa,
de acuerdo a la campaña establecida en el Plan de Erradicación de la Fiebre Aftosa, aprobado por Resolución Senasa N°
5/2001, se posibilita la identificación de productores, establecimientos y la actualización de los datos de existencia ganadera, por lo que correspondería establecer la caducidad de los
períodos de reinscripción anual obligatoria en el Renspa, para
esos productores.
Que en las zonas donde no se practica la vacunación y en
virtud de las diferencias regionales, productivas y de manejo inherentes a las mismas, se hace dificultoso realizar el empadronamiento en el Renspa en una fecha única, por lo que correspondería establecer que la actualización de datos de existencia
ganadera se realice en forma continua.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente en virtud de lo establecido
por el artículo 8°, inciso i) del Decreto N° 1585 de fecha 19 de
diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 394 de fecha
1° de abril de 2001.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1° - Sustitúyese la reglamentación del REGISTRO
NACIONAL SANITARIO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS (Renspa), establecida en la Resolución Nº 116 del 16 de
octubre de 1998, del registro de la ex-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN, por la
que se establece en la presente resolución.
ARTICULO 2° - La inscripción en el Renspa de este Servicio

�33

Nacional, es obligatoria y gratuita para todos los productores
pecuarios del país con independencia de la cantidad de animales que posean, del título por el cual detentan la tierra en que
desarrollan su actividad, cualquiera sea el sistema de producción utilizados y para todos los productores agrícolas cuyos
rubros serán determinados por disposición de la Dirección
Nacional de Protección Vegetal, la Dirección Nacional de Fiscalización Agroalimentaria y la Coordinación de Cuarentenas,
Fronteras y Certificaciones, conforme a sus respectivas incumbencias.
ARTICULO 3° - Todos los programas de control sanitario y de
calidad que ejecute el Senasa deben exigir a los productores
primarios, tanto pecuarios como agrícolas, la inscripción en el
Renspa. Toda documentación que se tramite en este Servicio
Nacional y que involucre a los mismos deberá consignar el
número de Renspa.
ARTICULO 4° - El Renspa es un número de registro que identifica a cada productor en cada establecimiento agropecuario,
predio o lugar físico donde la explotación agropecuaria está
asentada, y posee un subcódigo para identificar los distintos
productores que coexisten en un mismo predio; consta de 17
caracteres (00.000.0.00000/00).
ARTICULO 5° - Los formularios de inscripción, que como
Anexo forman parte de la presente resolución, deberán ser
firmados con carácter de declaración jurada por el productor o
por su representante o apoderado, en este último caso, conforme lo establecido por los artículos 31 a 33 y con los alcances
previstos en el artículo 35 del Decreto N° 1759 de fecha 3 de
abril de 1972 (T.O. 1991), reglamentario de la Ley N° 19.549.
ARTICULO 6° - Se considerará efectuada la inscripción cuando se hayan presentado los formularios citados en el artículo
precedente, en la oficina del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, con jurisdicción sobre
el predio donde está asentada la explotación, o donde dicho
Organismo determine en cada localidad, debiendo completarse un formulario por cada establecimiento donde se desarrolle

�34

Manual de Capacitación Renspa

una producción.
ARTICULO 7° - Los productores que desarrollen actividades
pecuarias y agrícolas en un mismo establecimiento, serán
registrados con un único número de Renspa y deberán llenar
ambos formularios de inscripción.
ARTICULO 8° - Establécese la caducidad de los períodos de
reinscripción anual obligatoria, en las zonas en que se practica
la vacunación antiaftosa, conforme el Plan de Erradicación de
la Fiebre Aftosa, aprobado por Resolución N° 5 de fecha 6 de
abril de 2001 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTICULO 9° - La actualización de los datos de productores
y existencia ganadera en las áreas establecidas por la Resolución citada en el artículo precedente, se realizará mediante el
Acta de Vacunación, que se registra en las Oficinas Locales del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA en todo el país.
ARTICULO 10. - Establécese que en las áreas libres de Fiebre
Aftosa en las que no se practica la vacunación conforme el
Plan de Erradicación de la Fiebre Aftosa, la inscripción en el
Renspa, también será obligatoria y gratuita, y la actualización
de datos de la existencia ganadera se realizará en forma continua durante el período noviembre-junio.
ARTICULO 11. - A partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la presente resolución, la credencial del Renspa
que se entregaba como comprobante de inscripción en ese
Registro Nacional, será reemplazada por una certificación del
Veterinario Local del Senasa de la jurisdicción que corresponda
al establecimiento agropecuario.
ARTICULO 12. - Limítense los efectos de las Resoluciones
Nros. 417 del 25 de junio de 1997, 777 del 13 de octubre de
1997, 116 del 16 de octubre de 1998, 334 del 5 de julio de
2000 de la ex- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN y deróguense las Resolucio-

�35

nes Nros. 880 del 10 de octubre de 1997, 22 del 9 de enero
de 1998, 353 del 9 de marzo de 2001, 465 del 18 de octubre
de 2001 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
ARTICULO 13. - Comuníquese, publíquese dése a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese.- Bernardo G. Cané.

�36

Manual de Capacitación Renspa

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Tel.: 4121-5266
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                <text>El presente manual ofrece una guía detallada sobre el empadronamiento en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios. Detalla conceptos, procedimientos, criterios de codificación, manejo de la documentación requerida. etc. </text>
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                <text>Capítulo I&#13;
 Información general &#13;
 Objetivos &#13;
 Definiciones &#13;
 Criterios de codificación &#13;
 Capítulo II&#13;
 Organización &#13;
 Procedimientos generales 1&#13;
Manejo documental &#13;
 Capítulo III&#13;
 Estrategias regionales &#13;
 Economías de subsistencia &#13;
 Capítulo IV&#13;
 Difusión y comunicación social &#13;
 Capítulo V&#13;
 Normativa&#13;
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                    <text>Manual de
Procedimientos

Inﬂuenza Aviar
www.senasa.gov.ar

��Servicio Nacional de Sanidad
y Calidad Agroalimentaria

Manual de Procedimientos

Influenza Aviar

�4

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Indice
Introducción

7

Características de la enfermedad

8

Distribución geográfica

8

Etiología

9

Resistencia

9

Patogenicidad

10

Cuadro clínico

10

Reservorios

12

Transmisión

12

Potencialidad zoonótica

12

Población hospedadora

13

Diagnóstico

14

Diagnóstico diferencial

14

Prevención y profilaxis

14

Capítulo 1
Acciones y procedimientos ante la
sospecha o confirmación de enfermedad

16

Capítulo 2
Vigilancia epidemiológica

21

Capítulo 3
Investigación epidemiológica

23

Capítulo 4
Sacrificio sanitario y eliminación

26

Capítulo 5
Limpieza y desinfección

35

Capítulo 6
Medidas de protección para los trabajadores 37

5

�Capítulo 7
Procedimientos en plantas de faena

42

Capítulo 8
Repoblación y centinelización

44

Capítulo 9
Toma de muestras, conservación
y acondicionamiento

46

Capítulo 10
Diagnóstico de laboratorio

52

Capítulo 11
Investigación epizootiológica
Protocolos

6

54

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Introducción
Debido a su patogenicidad, virulencia y a su capacidad de mutar desde formas levemente patógenas a formas altamente patógenas, algunos virus de influenza aviar
(IA) son de declaración obligatoria y otros no.
De acuerdo a lo establecido por la Organización Mundial de la Sanidad Animal (OIE),
los virus de influenza aviar se dividen en los de declaración obligatoria altamente
patógena (IAAP) y los de declaración obligatoria levemente patógena (IALP).
La OIE define a la influenza aviar de declaración obligatoria como una infección de
las aves de corral, causada por cualquier virus de influenza tipo A pertenecientes a
los subtipos H5 o H7 o por cualquier virus de influenza aviar con un índice de patogenicidad intravenosa (IPIV) superior a 1,2 en pollos de 6 semanas de edad o que
cause una mortalidad del 75% por lo menos, en pollos de 4 a 8 semanas de edad
infectados por vía intravenosa.
Los virus de IALP son todos los de influenza tipo A, pertenecientes a los subtipos H5 y
H7, que no tienen un IPIV superior a 1,2 o que causan una mortalidad inferior al 75%
en la prueba de capacidad letal intravenosa o aquellos cuya secuenciación del sitio
de división de la molécula de hemoaglutinina no presentan múltiples aminoácidos
básicos.
Caso de IA o «ave infectada con IA». Toda ave doméstica o silvestre en la que se
haya comprobado oficialmente la presencia de signos clínicos o lesiones post mortem de IA y se haya confirmado su presencia como resultado de un examen de laboratorio realizado conforme al manual de diagnóstico; o en la que se haya comprobado oficialmente la presencia de la enfermedad como resultado de un examen
de laboratorio realizado conforme al manual de diagnóstico, aun sin presencia de
signos clínicos compatibles con IA.
Foco de influenza aviar. Se considera a la aparición de una o más aves con signos
clínicos de IA y corroborado el diagnóstico en el Laboratorio del Senasa.
Sospecha de influenza aviar. Se considera a la aparición de una o más aves con
algún signo clínico o con lesiones anatomopatológicas compatibles con IA o aves en
las que se hubiere detectado aumento repentino de la mortandad, sin la confirmación del diagnóstico realizado en el Laboratorio del Senasa.
Explotación infectada de influenza aviar. Se considera a una explotación de aves
comerciales, caseras o de otra índole con aves domésticas, ornamentales o silves-

7

�tres, en la que haya sido confirmada la presencia de la infección por el virus de IA,
por exámenes de laboratorio.

Características de la enfermedad
Existen infinidad de subtipos de virus de influenza. Las diferencias antigénicas entre
ellos se basan en el subtipo de la hemoaglutinina (H) y de la neuraminidasa (N) presentes. Los subtipos que afectan a las aves son específicos de estas y las infecciones
en las aves domésticas, incluidos pavos, pollos, gallinas, perdices, gallinas de guinea,
codornices, faisanes, gansos y patos varían desde infecciones respiratorias leves o
subclínicas, hasta la presentación aguda y generalizada con severa mortalidad.
Históricamente, los problemas más severos de influenza aviar han sido causados
por virus de los subtipos H5 y H7, los que inicialmente pueden presentarse como de
baja patogenicidad y después por mutación en su hemoaglutinina, se transforman
en virus de alta patogenicidad.
Durante el siglo XX los brotes más importantes de IA han sido producidos por virus de
los subtipos de H5N1, H5N2, H5N3, H5N8, H5N9, H7N1, H7N3, H7N4 y H7N7. Los
virus pertenecientes al subtipo H9, se han presentado en ocasiones con mediana
patogenicidad.
La IA es una enfermedad altamente contagiosa, que tiene como principales huéspedes a gallinas, pollos y pavos, aunque es probable que todas las especies aviares
sean susceptibles a la infección. En algunos casos la enfermedad se presenta con
pocos signos clínicos o bien en forma fulminante, matando a las aves, sin que se
observen signos previos. Las tasas de morbilidad y mortalidad son muy variables.
Lo que más frecuentemente se observa, es una alta morbilidad y baja mortalidad,
sin embargo, en el caso de virus altamente patógenos la morbilidad y la mortalidad
pueden alcanzar al 100 %.

Distribución geográfica
Los virus de influenza tipo A no patógenos o ligeramente patógenos están presentes
en todo el mundo y las aves silvestres acuáticas suelen ser sus reservorios naturales. Los virus de influenza tipo A altamente patógena se han aislado ocasionalmente
en aves en libertad en Europa y otras regiones. En los últimos 6 años la IAAP, se ha
presentado con mucho más frecuencia que en los años anteriores y se ha extendido
a más de 60 nuevos países. El virus H5N1 altamente patógeno (cepa asiática) ha estado afectando a explotaciones avícolas del Sudeste asiático en países como Corea,
Vietnam, Japón, Tailandia, Camboya, Laos, Indonesia, China y Malasia, para luego

8

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

difundirse al Este de Europa, presentándose en aves silvestres y en algunas explotaciones de aves de corral de Rusia, Kazajtán, Turquía, Grecia, Macedonia, Rumania,
Hungría y Mongolia. El mismo virus, también se presentó posteriormente en Francia,
Alemania y en aves silvestres de España. Actualmente el virus ha sido detectado en
algunos países del Norte y centro del continente africano. Si bien esta situación ha
despertado la alarma de todos los organismos internacionales relacionados con la
salud humana y animal, algunas publicaciones realizadas en prestigiosos centros
de investigación han permitido llevar cierta tranquilidad a los demás países ya que
se han detectado algunos cambios en el virus, que permiten estimar que ha perdido
algunas características de su agresividad.
Los virus de IA de los subtipos H5 y H7 de baja patogenicidad, luego de establecerse
y circular por un período variable de tiempo en aves de corral, pueden mutar y convertirse en virus altamente patógenos.
En la Argentina la influenza aviar es una enfermedad exótica.

Etiología
1) El virus de la influenza pertenece a la familia Orthomyxoviridae, es un virus RNA
segmentado y envuelto. De acuerdo a sus nucleoproteínas y proteínas matrices
se clasifican en tres tipos: A, B y C. A su vez, atendiendo a sus dos antígenos de
superficie, hemoaglutinina (H) y neuraminidasa (N), se clasifican en subtipos.
2) Los virus de la influenza aislados de aves pertenecen sin excepción al tipo A y
contienen todos los subtipos hasta ahora conocidos (16 H y 9 N) en las más
variadas combinaciones. Entre los virus de la influenza de las aves y de los mamíferos existen relaciones de parentesco antigénico.
3) Estos virus exhiben una gran variabilidad antigénica y capacidad de mutación,
así como un amplio espectro de virulencia. No hay correlación entre la virulencia
y el subtipo antigénico, porque las formas virulentas y avirulentas pueden pertenecer a un mismo subtipo.
4) Las variaciones de los antígenos principales H y N son las causas de los cambios
en la epizootiología de la influenza tipo A.

Resistencia
La resistencia de los virus aviares de la influenza en el medio ambiente es escasa.
Los rayos ultravioletas los inactivan rápidamente. Son sensibles a pH ácidos, y relativamente estables sólo con valores de pH comprendidos entre 6 y 8. Las temperatu-

9

�ras de 60°C anulan con gran rapidez su contagiosidad; para su inactivación pueden
aplicarse 56°C/3 horas o 60°C/30 min. Los virus de la influenza son sensibles a
los desinfectantes viricidas tales como agentes oxidantes y disolventes de lipídicos,
también se inactivan por la acción de la formalina y compuestos de yodo.
La mayoría de los estudios sobre persistencia ambiental del virus de IA han sido
llevados a cabo en América del Norte bajo condiciones climáticas frías, con los siguientes hallazgos:
Los virus de IA pueden sobrevivir en las heces por al menos 35 días a 4 ºC. El
virus de IA puede sobrevivir en el medio ambiente del galpón por más de 5 semanas (Webster et al., 1978).
Los virus de IA pueden permanecer infectivos en el agua de los lagos por más de
4 días a 22 ºC y más de 30 días a 0 ºC (Webster et al., 1978).
El virus de patos salvajes naturalmente infectados se conserva infectante en las
heces a 4°C durante 30 días y a 20°C durante 7 días
Los virus de influenza aviar pueden ser aislados de aguas de lagos donde las
aves acuáticas están presentes (Hinshaw et al., 1979). La acidificación del agua
de bebida potencialmente contaminada hasta un pH de 2.5 o clorinación, puede
ayudar a minimizar la difusión de la enfermedad.

Patogenicidad
La patogenicidad de los virus de IA es extremadamente variable y se basa en las características del subtipo del virus. A menudo se ha observado que un virus patógeno
para una especie avícola no necesariamente lo es para otra. La característica de los
virus de IA es su capacidad de mutación, de manera que subtipos no patógenos pueden convertirse en patógenos, de aquí surge la recomendación de la Organización
Mundial para la Sanidad Animal de incluir en la influenza aviar de los subtipos H5 y
H7 en la lista de enfermedades de declaración obligatoria y no a todos los casos en
los que se detecte virus de otros subtipos.

Cuadro clínico
El período de incubación de la IAAP es en promedio de tres días (con un rango de 24
horas a siete días). Según el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OIE,
el período de incubación de la influenza aviar altamente patógena es de 21 días.
Los signos y síntomas son muy variables. Las aves enfermas pueden reflejar altera-

10

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

ciones en los sistemas respiratorios, digestivo, reproductor y nervioso.
Los signos más frecuentes son: disminución de la actividad locomotriz, reducción
del consumo de alimentos, emaciación, problemas respiratorios incluyendo tos, estornudo, estertores, plumaje erizado, edema de la cabeza y cara, cresta y barbillas
cianóticas y en ocasiones necróticas, desórdenes nerviosos, diarrea y en gallinas
disminución de la postura.
Las lesiones pueden ser muy variadas, desde la enfermedad hiperaguda con ausencia casi total de signos o lesiones, pero altamente mortal, hasta las epizootias
caracterizadas por una enfermedad leve con baja mortalidad.

En gallinas
Congestión grave de la musculatura
Deshidratación
Edema subcutáneo de la cabeza y del cuello
Secreciones nasal y oral
Congestión grave de la conjuntiva, a veces con petequias
Exudación mucosa excesiva en el lumen de la tráquea o traqueitis hemorrágica
grave.
Petequias en el interior del esternón, en la grasa serosa y abdominal, en las superficies serosas y en la cavidad corporal.
Congestión renal severa, a veces con depósitos de urato en los túbulos.
Hemorragias y degeneración de los ovarios y exudación en el oviducto.
Hemorragias en la superficie de la mucosa del proventrículo, particularmente en
la unión con la molleja.
Hemorragias y erosiones de la mucosa de la molleja.
Focos hemorrágicos en los tejidos linfoides de la mucosa intestinal.
En los pavos, las lesiones son similares a las de las gallinas, pero pueden ser menos
marcadas. Los patos infectados por IAAP y que excretan el virus pueden no presentar
ningún signo clínico o lesiones.

11

�Reservorios
Los virus de la influenza aviar están difundidos en el ámbito mundial en muchas especies de aves silvestres sin provocar en ellos enfermedades.
Corresponde dar particular importancia a las aves acuáticas silvestres y, especialmente a las aves del orden anseriforme (patos, gansos y cisnes), en cuyo tracto
digestivo se multiplican estos virus, para ser expulsados con las heces y difundirse
ampliamente en el medio ambiente acuático. También los patos domésticos pueden
estar infectados en forma inaparente con virus de la influenza, y contagiar a otras
especies de aves domésticas.

Transmisión
La principal fuente de contagio es el animal infectado que elimina el virus con las
heces, pero también con otras excreciones y secreciones. Estas secreciones pueden
contaminar las jaulas, los implementos, la ropa y el calzado de las personas, los vehículos, los equipos mecánicos de recolección de huevos, etc. que se transforman en
los principales elementos diseminadores de la enfermedad. Apenas tiene importancia el contagio vertical. En los primeros brotes es difícil descubrir cuál fue la fuente
de contagio; es frecuente responsabilizar entonces de ello a aves silvestres.

Potencialidad zoonótica
Normalmente, las cepas de influenza aviar infectan sólo a las aves. Sin embargo,
desde el año 1997 se han registrado infecciones en personas a partir de virus de
las aves de alta patogenicidad de los subtipos H5N1, H7N7 y H9N2, que han producido enfermedad de gravedad variable incluida la muerte de algunas personas.
Para llegar a infectarse una persona debe tener contacto directo y estrecho con aves
enfermas o sus secreciones, por lo que generalmente se considera una enfermedad
ocupacional que afecta a personal vinculado con la industria avícola: veterinarios,
granjeros, operarios de plantas, etc. En la mayoría de los casos la infección en personas con los virus de influenza aviar de alta patogenicidad provoca una conjuntivitis
sin afectación general.
Resultados de la vigilancia en humanos han identificado a los subtipos H2, H5, H6,
H7 y H9 de la influenza tipo A como muy probables de transmitirse a los seres humanos. La influenza tipo A que actualmente está circulando en los humanos corresponde a los subtipos H1 y H3, los cuales siguen experimentando cambios antigénicos
(OMS, 2005).

12

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Solo grandes epizootias de influenza aviar de alta patogenicidad como las que están ocurriendo en el Sudeste Asiático, con diseminación masiva de virus al medio
y deficientes medidas de higiene, aumentan la posibilidad de exposición a las personas y consiguientemente la infección. Esto a su vez aumenta las posibilidades de
intercambio génico entre virus de influenza humanos y animales. Esto puede ocurrir
cuando las personas están coinfectadas simultáneamente con ambos virus de influenza. Cuanto más frecuentes sean las coinfecciones mayor será la probabilidad
de que surjan nuevos subtipos virales con características genéticas que permitan la
transmisión eficiente de persona a persona. El virus de influenza humana (H1N1),
que ha causado recientemente numerosos casos de gripe humana y ha sido motivo de la declaración de Pandemia y alerta mundial por la Organización Mundial de
la Salud (OMS), contiene en su genoma fracciones de ARN de virus aviar, de virus
porcino y de virus humano. Después de complejas investigaciones, hoy se conoce
el genoma del virus que causó la gripe española en 1918-1919, revelándose que el
mismo contenía también ácido nucleico proveniente de los porcinos, de las aves y
del humano. Las técnicas de diagnóstico molecular que hoy se emplean, permiten
identificar el origen de los virus, comprobándose que cada especie que ha sido infectada ha dejado un rastro en el genoma viral.

Población hospedadora
Gallinas, pollos y pavos son las especies de aves más susceptibles, por lo que
en ellas provocan los virus de la influenza muy virulentos cifras de morbilidad y
mortalidad muy elevadas. Con menor frecuencia e intensidad enferman los patos.
También son susceptibles otras especies de aves domésticas, como codornices,
faisanes y pintadas; menos susceptibles parecen ser los gansos y las palomas.
El mismo virus puede transmitirse desde una especie de ave a otra, pero sólo rara
vez provoca en ambas enfermedad de la misma gravedad. Los conocimientos sobre
la inmunidad en la influenza aviar clásica son escasos, puesto que los animales suelen morir o son sacrificados. Las cepas de virus poco virulentas y los virus vacunales
inactivados generan una inmunidad que, sin embargo, protege sólo contra el mismo
subtipo.
Las aves inmunizadas pueden enfermarse, sin embargo los signos y lesiones que
desarrollan son menos graves así como también es menor la cantidad de virus que
excretan y diseminan en el medio ambiente.
Hay indicios de que ciertos animales excretan el virus todavía algunas semanas después de superar la enfermedad.

13

�Los frecuentes brotes de influenza registrados en los pavos de Estados Unidos no
permiten deducir la existencia de una situación enzoótica, puesto que con frecuencia son identificados otros subtipos de virus.
Si las aves se crían en alojamientos abiertos y la zona es rica en humedales, resulta
posible el contacto con patos salvajes, y con ello la infección de las aves de corral.

Diagnóstico
Debido a la variabilidad de los signos clínicos, el diagnóstico clínico solo puede ser
considerado presuntivo. El diagnóstico definitivo debe ser realizado en el laboratorio
con métodos virológicos y serológicos, siendo positivo cuando se realiza el aislamiento e identificación viral
Los siguientes signos clínicos ayudan al diagnóstico:
Depresión severa, inapetencia
Marcada disminución de la producción de huevos
Edema facial con crestas y barbillas tumefactas y cianóticas
Hemorragias petequiales en las superficies de las membranas internas
Muerte súbita (la mortalidad puede alcanzar 100%)

Diagnóstico diferencial
Enfermedades respiratorias, especialmente cólera aviar agudo.
Enfermedad de Newcastle, patógena.
Laringotraqueítis infecciosa aguda.

Prevención y profilaxis
Las medidas de prevención se centran en las prácticas de manejo y las medidas de
bioseguridad tendientes a evitar la introducción de la enfermedad y su diseminación. Las aves silvestres son causa potencial de posibles infecciones para las aves
domésticas.
Cuando la infección es producida por virus de baja patogenicidad, los esfuerzos
deben estar orientados a contener el problema en su forma original, para evitar la
conversión a formas más patógenas del virus. En este sentido, las granjas o zonas

14

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

en cuarentena, son esenciales para
evitar la diseminación del virus y así
evitar dar lugar a la conversión. En
los países en los cuales la IA nunca
ha sido detectada, la aparición de
formas no patógenas debe ser evaluada, en cuanto la misma es potencialmente una posibilidad de aparición de las formas muy patógenas.
Si el problema es causado por virus
de alta patogenicidad, el enfoque
debe ser hacia la erradicación, por
medio del sacrificio, la despoblación,
desinfección y limpieza de las instalaciones y el control epidemiológico
con personal calificado de la zona
afectada.
Las vacunas monovalentes y polivalentes tienen la capacidad de
proteger contra la mortalidad y la
morbilidad. Estas vacunas reducen
la severidad de la enfermedad y la
diseminación del virus, pero éste no
se eliminará de la población avícola.

Código Sanitario para los
Animales Terrestres
“Artículo 10.4.3
País, zona o compartimiento libre de influenza aviar de declaración obligatoria
Se puede considerar que un país, una zona
o un compartimiento está libre de influenza
aviar de declaración obligatoria cuando una
vigilancia de la enfermedad acorde con lo estipulado en los artículos 10.4.27 a 10.4.33. ha
demostrado la ausencia de infección por virus
de influenza aviar de declaración obligatoria altamente patógenos y levemente patógenos en
el país, la zona o el compartimiento durante los
12 últimos meses.
Si se detecta la presencia de infección, el país,
la zona o el compartimiento libre hasta entonces de la enfermedad podrá recuperar su estatus sanitario:
1.

en el caso de infección por virus de influenza aviar de declaración obligatoria
altamente patógenos, 3 meses después
de haber aplicado medidas de sacrificio
sanitario (que incluyan la desinfección
de todas las explotaciones afectadas),
siempre y cuando se haya ejercido una
vigilancia acorde con lo estipulado en los
Artículos 10.4.27, a 10.4.33, durante ese
período de 3 meses;

2.

en el caso de infección por virus de influenza aviar de declaración obligatoria
levemente patógenos, podrán sacrificarse
las aves de corral para consumo humano
a condición que reúnan las condciones
descritas en el Artículo 10.4.20 o el Artículo 10.4.21, o podrán apllicarse medidas de sacrificio sanitario, pero en ambos
casos: 3 meses después de la desinfección de todas las explotaciones afectadas, siempre y cuando se haya ejercido
una vigilancia acorde con lo estipulado en
los Artículos 10.4.27 a 10.4.33, durante
ese período de 3 meses.”

Policía sanitaria
Esta enfermedad se encuentra incorporada al grupo de enfermedades a que se refiere el Artículo 4°
de la Ley N° 3959 de Policía sanitaria de los animales, y por lo tanto son de aplicación para ella las
regulaciones previstas en esa Ley,
entre las que se incluye la denuncia
obligatoria, interdicción preventiva
ante la presencia de sospechas o
casos de IA y otros.

15

�Capítulo 1
Acciones y procedimientos ante la sospecha o
confirmación de enfermedad
Denuncia de casos de enfermedad
La denuncia de casos de aves domésticas o silvestres con sintomatología atribuible
a IA, en todos los casos se efectuará en las oficinas del Senasa o en la Dirección
Nacional de Sanidad Animal y es obligatoria para:
a) Los responsables o propietarios de las aves afectadas.
b) Las personas responsables o encargadas de cualquier explotación avícola, industrial o doméstica.
c) Los veterinarios privados.
d) Cualquier autoridad nacional, provincial o municipal.
e) Los responsables de los laboratorios de diagnóstico o investigación, que se encuentren o no incluidos en la Red de laboratorios del Senasa, pertenecientes a
organismos nacionales o provinciales, privados o públicos.
f) Cualquier persona que tome conocimiento de la existencia de aves enfermas o
presumiblemente afectadas.

Acciones y medidas a tomar ante la sospecha
Ante la denuncia de un foco de influenza aviar o sospecha de la misma, el veterinario
local debe adoptar las siguientes acciones:
1. Protocolización.
2. Interdicción del establecimiento o local y de los establecimientos o locales vecinos que por razones geográficas o de contacto se justificare y comunicación
al propietario y/o responsable mediante acta.
3. Censo de todas las aves del establecimiento o local por categoría (identificando
el número de aves halladas vivas, muertas y enfermas) e identificación y censo
de otras especies animales presentes en la explotación.
4. Toma de muestras y envío al Laboratorio Oficial de acuerdo a las normas técnicas
que se detallan en el Capítulo 9 del presente Manual.

16

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

5. Aislamiento de todas las aves de manera de garantizar que no tomen contacto
con otras aves.
6. Prohibición de la salida de aves que se encuentran en el establecimiento y del
ingreso de otras aves al mismo.
7. Los movimientos o traslados de personas, otras especies animales, vehículos,
alimentos, residuos o cualquier elemento capaz de transmitir la enfermedad, estarán subordinados a la autorización de la Dirección Nacional de Sanidad Animal
o a las personas que el Senasa designe.
8. En caso de detectarse el tránsito de aves susceptibles a IA, productos o subproductos de aves, sin la autorización correspondiente, serán considerados de tránsito ilegal y de alto riesgo sanitario; realizándose en forma inmediata su decomiso y posterior sacrificio sanitario o destrucción, sin tener derecho el titular de los
mismos a indemnización alguna.
9. Desinfección de las entradas y salidas del establecimiento o local y de las instalaciones que se encuentren en el mismo con los desinfectantes autorizados
oficialmente para tal fin.
10. La Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa, a través del Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, comunicará el alerta al Sistema de Emergencias Sanitarias a fin de que se extremen las medidas de vigilancia en todo
el país.

Procedimientos ante la confirmación del foco
Si se confirmara por las pruebas de laboratorio, el diagnóstico de influenza aviar
altamente patógena o levemente patógena de los subtipos H5 y H7, se procederá a
tomar las siguientes medidas:
1. Inmediata comunicación en el nivel local y nacional a las autoridades sanitarias
del Ministerio de Salud de la Nación, a fin de que se tomen las medidas de prevención que correspondan con las personas que en forma directa o indirecta
hayan estado expuestas o en contacto con las aves enfermas.
El veterinario local debe adoptar las siguientes medidas:
2. Confección del protocolo (ver Manual de Procedimientos de Atención de Focos o
Casos de Enfermedad).
3. Delimitación de una «zona de foco» de un radio mínimo de CINCO (5) kilómetros rodeada de una «zona de vigilancia» de un mínimo de DIEZ (10) kilómetros de radio.

17

�4. Conformación de un equipo de trabajo encargado de realizar las tareas de la vigilancia epidemiológica en la zona del foco y en la zona de vigilancia, de acuerdo
a las pautas técnicas que se indican en el Capítulo 2 del presente Manual.
5. Sacrificio «in situ» de todas las aves afectadas en el establecimiento o local y
destrucción de los cadáveres, huevos y residuos (guano, cama de galpón, etc.)
de acuerdo con las normas técnicas que se detallan en el Capítulo 4 del presente
Manual.
6. Limpieza y desinfección de las instalaciones y sus alrededores, implementos, vehículos de transporte y de todo material que pueda estar contaminado utilizando
para tal fin técnicas y desinfectantes autorizados oficialmente y los procedimientos que se detallan en el Capítulo 5 del presente Manual.
7. Establecimiento de un período de espera o vacío sanitario de 21 a 30 días por lo
menos, período después del cual, se instalarán en los galpones o predios lavados
y desinfectados, aves centinelas, para lo cual se deberá proceder de la forma que
se describe en el Capítulo 8 del presente Manual.
8. Seguimiento y destrucción de las carnes de aves y huevos para consumo o para
incubación que provengan del establecimiento afectado y que hubieran salido
del mismo en el supuesto período de incubación de la enfermedad.
9. En la zona de foco se deben aplicar las siguientes medidas:

18

9.1

Localización de todas las explotaciones avícolas o locales en los que se
encuentren aves.

9.2

Visitas y examen clínico y/o de laboratorio, si fuera necesario, a todos los
establecimientos.

9.3

Desinfección adecuada de todas las entradas y salidas de esos lugares e
indicaciones de extremar las medidas de bioseguridad en los establecimientos.

9.4

Control de tránsito dentro de la zona, de aves, de las personas que trabajen con las mismas, de vehículos, cadáveres y huevos.

9.5

Los movimientos de aves para faena, los huevos para incubar o para consumo y las aves de un día, se realizarán únicamente bajo la autorización
de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa, que evaluará de
acuerdo a la identificación del virus circulante y al grado de exposición
que pudieran tener las aves que dan origen a estos productos, cuál es el
destino que les corresponde.

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

9.6

En caso de transporte para faena, el veterinario oficial del establecimiento
faenador deberá estar advertido de la llegada de esas aves para proceder
a un sacrificio apartado de otras aves y para la identificación de la carne
procedente de las mismas.

9.7

Las aves de UN (1) día o huevos para incubación podrán ser transportadas de preferencia a establecimientos dentro de la zona del foco o de
vigilancia o a un establecimiento con control oficial.

9.8

Los huevos para consumo podrán ser transportados preferiblemente a un
establecimiento elaborador de ovoproductos, o deberán ser identificados
para su comercialización dentro de la zona de foco o de vigilancia, o en
otra zona previa desinfección de los mismos.

9.9

No habiéndose registrado otras novedades, las medidas de la «zona de
foco» se mantendrán durante 21 días como mínimo a partir del día en que
se realizó la desinfección del establecimiento. A partir de ese momento, la
zona de foco pasará a formar parte de la “zona de vigilancia” y se procederá
a la “centinelización” de los predios que han estado infectados, que han
sido lavados y desinfectados y que han cumplido con el período de vacío
sanitario.

10. En la «zona de vigilancia» se dispondrán las siguientes medidas:
10.1 Localización de todas las explotaciones avícolas o locales en los que se
encuentren aves y establecimiento de indicaciones para que se extremen las medidas de bioseguridad en estos predios.
10.2 Control de los desplazamientos y traslados dentro de la zona.
10.3 En lo referente a las aves que se trasladen a faena, y a los huevos para
incubación, podrán ser trasladados con autorización del Senasa, y habiéndose avisado previamente al veterinario oficial del establecimiento
de destino que deberá realizar en el caso de las carnes la identificación
correspondiente. Los huevos para incubación deberán ser desinfectados
antes de su traslado.
10.4 Los huevos para consumo podrán ser transportados preferiblemente a un
establecimiento elaborador de ovoproductos, o deberán ser identificados
para su comercialización dentro de la zona del foco o de vigilancia, o en
otra zona previa autorización y desinfección de los mismos.
10.5 De no haberse registrado novedades, las medidas adoptadas en la «zona de
vigilancia», se mantendrán durante un período de 30 días como mínimo.

19

�11. Tanto en la zona de foco como en la zona de vigilancia, y en los períodos durante los cuales se mantengan las medidas antes descriptas, estará prohibido la
realización de ferias, exposiciones o mercados en los cuales se concentren aves
de corral u otras.
12. Investigación epidemiológica: El Senasa garantizará que se realice la investigación epidemiológica correspondiente a fin de establecer el origen de la infección inicial, el tiempo transcurrido desde el ingreso del agente etiológico hasta
la aparición de los signos, los posibles contactos establecidos entre las aves
afectadas y otras y /o personas, a fin de extremar las medidas de control y
evitar la difusión de la enfermedad. La investigación epidemiológica se deberá
realizar siguiendo los principios técnicos que se detallan en el Capítulo 3 del
presente Manual.
13. Vacunación: El Senasa evaluará la necesidad de implementar un plan de vacunación de las aves de corral u otras, en explotaciones o locales que se encuentren o no en las zonas afectadas. De adoptarse como medida de control, la
vacunación contra influenza aviar, la misma se realizará con las vacunas autorizadas por el Senasa y exclusivamente bajo la supervisión del mismo, utilizando
registros de vacunación y documentación mediante actas.
14. Comunicación a la OIE y a los países de la región: La Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa efectuará las comunicaciones correspondientes dentro de los plazos determinados a la Organización Mundial para la Salud Animal,
a todos los países y particularmente a los estados miembros del MERCOSUR,
y a la República de Chile, las novedades registradas en la República Argentina
referentes a la influenza aviar de declaración obligatoria y a la evolución de las
mismas mediante un informe técnico completo y detallado sobre los hechos
registrados y las medidas implementadas.

20

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Capítulo 2
Vigilancia epidemiológica
Introducción
Tanto en la zona del foco como en la zona de vigilancia, se deberá organizar en forma
inmediata y simultáneamente con las tareas tendientes a la erradicación, las actividades de la vigilancia epidemiológica.
La vigilancia epidemiológica tiene como objetivos principales:
a) Determinar e identificar los establecimientos o predios o locales que se encuentran involucrados en el foco.
b) Determinar el grado de compromiso con la enfermedad en cada uno de estos
establecimientos o locales de acuerdo a la existencia en los mismos de aves
que han estado expuestas, aves con signos de enfermedad o aves que resultan
positivas a las pruebas diagnósticas.
c) Evaluar de acuerdo a la información que proceda de esta vigilancia el grado de
dispersión de la enfermedad.
El veterinario local, deberá prever de acuerdo a la cantidad de establecimientos o
locales poseedores de aves, existentes en la zona, la conformación de un equipo de
profesionales y técnicos, que deberán organizarse en grupos que puedan operar respetando extremas medidas de bioseguridad y la mejor eficiencia en cuanto a evitar el
ingreso innecesario de personas en lugares contaminados.
La vigilancia epidemiológica comprende las tareas de encuesta epidemiológica y
muestreo de aves.

Encuesta epidemiológica
La encuesta deberá considerar en cada caso obtener la información anamnésica de
cada establecimiento, que deberá realizarse bajo conceptos generales y teniendo en
cuenta los aspectos propios de la actividad avícola que se detallan en el Capítulo 3
del presente Manual.

Muestreo de aves
Para realizar el muestreo de las aves se deberá optar por un diseño estadístico que
podrá variar según sea aplicado para el muestreo en la zona del foco o para el mues-

21

�treo en la zona de vigilancia. Necesariamente este diseño deberá considerar la magnitud de la población avícola en la zona (cantidad de establecimientos y cantidad de
aves); las subpoblaciones susceptibles (aves industriales, aves de traspatio, aves
ornamentales, otras especies de aves de corral, otras especies animales susceptibles, etc.) y los tipos de explotaciones avícolas existentes (parrilleros, ponedoras,
reproductoras, recrías u otras). Se deberá establecer de acuerdo a esta información,
cuál es la unidad epidemiológica para el muestreo, para lo cual también se considerará la existencia de sistemas productivos con una sola edad o múltiples edades, la
posible existencia de núcleos de reproducción o de barreras sanitarias naturales o
artificiales existentes y los niveles de bioseguridad que se aplican en la zona y que
puedan influir en el criterio de la unidad epidemiológica asignada para el muestreo.
De esta información surgirá el criterio de tomar como unidad epidemiológica el galpón, la granja, el gallinero o predio.
A efectos del muestreo en establecimientos industriales podrá considerarse como
unidad epidemiológica para el muestreo la granja, constituida por uno o más galpones, que alojen aves de una misma especie, con un manejo sanitario-productivo
y medidas de bioseguridad comunes. O bien se podrá considerar, de acuerdo a lo
señalado anteriormente como unidad epidemiológica al o los galpones (ej. en núcleos de reproducción) siendo aquellos que alojen un número variable de aves de la
misma edad y una misma condición productiva.
El tipo de pruebas de laboratorio que serán empleadas para el procesamiento de
las muestras y la sensibilidad y especificidad de las mismas, también deberá ser
contemplado para establecer el tipo y el tamaño de la muestra a extraer. El muestreo
serológico deberá tener una frecuencia no menor a 7 días y no mayor a 15 días. En
todos los casos el diseño empleado deberá considerar trabajar con un nivel de confianza del 95 % como mínimo y con una prevalencia estimada no mayor al 5%.

22

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Capítulo 3
Investigación epidemiológica
En todos los casos en que en una explotacion avícola se sospeche, notifique o
compruebe la existencia de influenza aviar de declaración obligatoria, se realizará
una investigación epizootiológica exhaustiva para determinar, en la medida de lo
posible, el origen y la dispersión del agente y prevenir brotes adicionales.
El veterinario local de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa será el
responsable de realizar una encuesta epizootiológica inicial con la confección del
Protocolo de Enfermedad Denunciable que se anexa en el presente Manual, el que
enviará en el menor tiempo posible a la Dirección Nacional de Sanidad Animal.
Los objetivos principales de la encuesta epizootiológica son:
1) Confirmar la sospecha de IA de declaración obligatoria.
2) Detectar las fuentes de contaminación o exposición y el posible origen de la enfermedad.
3) Estimar el período de tiempo en el cual pudo estar presente la enfermedad.
4) Establecer las posibles contaminaciones y nuevos lugares de riesgo considerando los movimientos de animales, personas y vehículos.
5) Localizar estos nuevos lugares de riesgo y proceder a su investigación.
6) Evaluar de acuerdo a la situación, las posibilidades de implementación de vacunación.
A modo de guía se establecen las pautas generales para la realización de una encuesta epizootiologica detallada:
1) Datos generales de la explotación, a consignar:
- Los datos del establecimiento.
- El tipo de explotación y tipo de producción.
- Los datos particulares del titular, encargado o propietario de las aves.
- La especie de ave, edad, categoría existente y origen de las mismas.
- Las características de la explotación avícola.
2) Anamnesis y datos clínicos, a consignar:

23

�- El número total de aves, el número de aves enfermas y muertas según especie y categoría.
- Los días transcurridos desde inicio de primeros signos clínicos.
- Los signos clínicos.
- Los porcentajes de mortalidad previos a la ocurrencia de la enfermedad.
- Los tratamientos efectuados (detallar motivos, los productos utilizados, la vía
de administración, la dosificación, los resultados, el o los administradores,
etc.)
- Las vacunaciones aplicadas (detallar la vacuna utilizada, la vía de administración, el o los administradores, etc.)
3) Datos de las explotaciones avícolas o tenedores de aves en proximidad a la explotación investigada, consignar:
- La existencia de otras explotaciones avícolas y la distancia aproximada.
- La presencia de aves enfermas o muertas.
- La existencia de lagunas, humedales, cotos de caza u otros lugares de concentración de aves silvestres, especialmente aves acuáticas migratorias y
eventos relacionados con mortandad en dichas aves.
4) Determinar movimientos de animales, personas, vehículos y maquinarias.
a) Movimiento de animales, investigar:
-

La entrada y salida de aves dentro de los 30 días previos al inicio de
signos clínicos (detallar la fecha, la cantidad, el origen o destino).

-

La entrada y salida de otras especies animales dentro de los 30 días
previos al inicio de los signos clínicos (detallar la fecha, la cantidad, el
origen o destino).

b) Movimientos de personas, investigar:

24

-

Las visitas a la explotación durante los 30 días previo al inicio de signos
clínicos.

-

Si hubieron personas trabajando en la explotación relacionadas o no,
en forma directa con las aves (veterinarios, supervisores o recorredores,
albañiles, personal de empresas de desinfección, vacunadores, repartidores de gas, repartidores de alimentos, etc).

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

- Las visitas del personal de la explotación a otras explotaciones avícolas durante los 30 días previo al inico de signos clínicos.
c) Movimientos de vehículos y maquinarias, investigar:
- Los vehículos que han ingresado en la explotación durante los últimos
30 días, detallando fecha de ingreso, origen, motivo de ingreso, etc.
(tener en cuenta vehículos de entrega/retiro de alimento, de cama de
galpón, guano, gas, etc.)
- Si se compartió maquinaria o alimentos con otras explotaciones.
Se podrá considerar como una guía las preguntas que se adjuntan en el Informe de
investigación del Capítulo 11 “Investigación Epizootiológica” del presente Manual.

25

�Capítulo 4
Sacrificio sanitario y eliminación
Sacrificio sanitario
Consideraciones generales
La legislación del Senasa establece que la erradicación de la influenza aviar de declaración obligatoria debe realizarse mediante el sacrificio sanitario obligatorio de
las aves enfermas o sospechosas y sus contactos, y su posterior eliminación, con el
fin de detener la replicación del virus y evitar la difusión de la enfermedad.
Dado que no siempre la enfermedad cursa con alta mortalidad, esta medida deberá
aceptarse como imprescindible para controlar la diseminación del virus en el caso
de presentación de un brote de influenza aviar de baja patogenicidad de declaración
obligatoria (H5/H7).
Los criterios principales, para el sacrificio, en términos de bienestar animal, son que
el método sea indoloro, consiga una rápida inconciencia y muerte, requiera una mínima inmovilización, evite la excitación, sea apropiado para la especie, sea irreversible y minimice el estrés animal.
El método de sacrificio debe garantizar la seguridad de los operarios, así como de
otras especies animales que se encuentren en la explotación y no debe tener consecuencias adversas sobre el medio ambiente.
Se deberá fijar una zona buffer externa y comenzar allí con el sacrificio, de afuera
hacia adentro para evitar diseminaciones de la epizootia durante el proceso. Primero se sacrificará a los animales infectados, luego a los contactos y por último otras
especies susceptibles, si esto resultara necesario de acuerdo al riesgo y a las investigaciones epidemiológicas y de laboratorio.
El sacrificio sanitario se realizará lo más rápido posible (24 – 48 hs.) luego de la
confirmación de la enfermedad y dentro de la misma explotación infectada o lo más
cerca posible, preferentemente durante las horas de luz.
Los propietarios de animales, objetos y construcciones que el Senasa mande a sacrificar o destruir en virtud de la autorización que la Ley Básica de Policía Sanitaria
de los Animales Nº 3.959 le confiere, tendrán derecho a exigir una indemnización
según lo establecido por esta Ley en sus artículos 24 a 28.

26

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Consideraciones previas al sacrificio
Para la correcta ejecución del sacrificio es esencial planear previamente las actividades teniendo en cuenta el método más adecuado, según las características del
establecimiento y de las aves a ser sacrificadas.
La planificación de las actividades deberá realizarse teniendo en cuenta:
-

La ubicación de la explotación o predio.

-

La distancia desde el galpón a otros edificios (viviendas, otras granjas).

-

El acceso a las instalaciones que permitan la entrada de maquinaria.

-

Las especies, el tamaño y el número de animales presentes en la explotación.

-

El sistema de producción existente (a piso, a jaula, semi intensivo, u otro).

-

Los detalles estructurales del galpón (cerrado, abierto, presencia de subdivisiones o separaciones del galpón, sistema de ventilación, tipo y características de las
aberturas, volumen total del galpón ).

-

El acopio del material necesario (abastecimiento de CO2 u otro, material para
el sellado de aberturas, disponibilidad de contenedores aptos para la inundación con gases, maquinaria, ropa protectora, equipos de limpieza y desinfección,
etc.).

-

La determinación de personal suficiente y operarios especializados.

Métodos para el sacrificio de aves
El Senasa determinará para cada caso los procedimientos de sacrificio que correspondan aplicar, pudiéndose implementar también la matanza por faena sanitaria,
según las condiciones prácticas que se detecten, el número y especies de animales
afectados y la patogenicidad del subtipo viral encontrado. Por lo tanto no se considera definitiva la lista de los procedimientos posibles enumerados a continuación.
Los siguientes métodos químicos (por agentes inhalatorios o inyectables) y físicos
para sacrificio de aves, son factibles:
1) Gasificación con dióxido de carbono (CO2).
2) Gasificación con monóxido de carbono (CO).
3) Gasificación con ácido cianhídrico (HCN).
4) Gasificación con nitrógeno o argón.

27

�5) Gasificación con mezclas de gases.
6) Agentes inyectables.
7) Dislocación cervical.
8) Electrocución.

1) Gasificación con dióxido de carbono (CO2)
Siempre que sea posible se utilizará, preferentemente, el sacrificio de las aves mediante gasificación con CO2. Este método de eutanasia para aves es muy rápido y
eficaz, fácil de utilizar y con riesgos mínimos para los operarios.
El CO2 es un gas incoloro, no inflamable, no explosivo y que no genera efectos adversos al medio ambiente. A concentraciones superiores al 60% actúa como agente
anestésico y produce depresión del sistema nervioso central con rápida pérdida de
la conciencia y muerte.
El CO2 es envasado en cilindros como gas comprimido a alta presión de diversa
capacidad (se debe utilizar un regulador o válvula para reducir la presión cuando
se conecte a un sistema de tuberías de baja presión). Si no se dispone de CO2 en
cilindros podrá usarse en estado sólido como hielo seco. El uso de cada uno de estos
sistemas va ha requerir mayor o menor cantidad de personal especializado en su
manejo.
La bibliografía recomienda situar las aves en una atmósfera de CO2 mayor al 70%, ya
que pierden la conciencia muy rápido debido al efecto narcótico del gas. Sin embargo en condiciones prácticas parece ser suficiente la exposición a una concentración
mínima del 55 al 60% del volumen del compartimiento. La concentración incidirá en
la velocidad de muerte de las aves.
En animales conscientes el CO2 al 100% puede causar grave disnea y angustia. Solo
se recomienda su uso (CO2 al 100%) en pollitos de hasta 72 horas de vida, debido a
que son más tolerantes al mismo.
Si es posible se debe disponer de mecanismos por los cuales la concentración de
CO2 se pueda medir rápidamente y con exactitud. Hay que tener la precaución de
mantener su concentración constante por al menos 3 minutos, luego de 20 minutos
de exposición al gas hay que asegurarse que los animales estén muertos.
Se debe conocer con anterioridad cuáles son las empresas abastecedoras del gas
y un volumen de gas estimado para solicitar el suministro necesario. En este último

28

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

sentido es preciso que se calcule previamente el volumen (m3) del compartimiento
donde se sacrificarán las aves, siendo el volumen a gasificar igual a (largo x ancho x
altura) x 0,55, ó bien, largo x ancho x (altura de la cabeza del ave + aprox. 50 cm). La
cantidad necesaria de CO2 en kg a solicitar es igual al volumen efectivo a gasificar x
2 (1 m3 ~ 1,9 kg CO2).
Las gasificaciones con CO2 pueden realizarse en el galpón donde se encuentran las
aves o bien en contenedores externos; la elección depende en parte del sistema
de producción de las aves (a piso, a jaula) y las características estructurales del
galpón.
●

Gasificación con dióxido de carbono en el galpón

Se puede utilizar este método en el caso de sacrificio de aves que son criadas a piso
(por ejemplo pollos de engorde, reproductores, recría de gallinas de alta postura,
etc.).
En este caso se proponen dos métodos:
a) Formando previamente corrales dentro del galpón o bien en galpones equipados
con paredes ajustables, se deben forzar las aves hacia un lugar más restringido;
luego deben encerrarse las aves bajo una tela plástica formado una cápsula lo
más hermética posible, en donde se introduce el gas por medio de mangueras
desde la parte inferior de la cápsula (el CO2 es un gas más pesado que el aire y
tiende a acumularse en la parte inferior).
b) Cerrar con telas plásticas las ventanas, puertas y otras eventuales salidas de
aire, lo más herméticamente posible para minimizar la fuga del gas; y posteriormente introducir el gas mediante mangueras.
Consecutivamente al sacrificio el personal especializado determinará la concentración de gas en el interior, para que comience la extracción segura de las aves. Los
animales muertos deben ser humidificados mediante una fina neblina de agua y
la recolección y eliminación posterior realizarse con la menor producción de polvo
posible.
Únicamente ingresará el personal necesario para el retiro de las aves y el número del
mismo deberá ser reducido al mínimo.
●

Gasificación con dióxido de carbono en contenedores o
receptáculos

En el caso de aves criadas a jaula, se deben extraer de las mismas y colocarlas en
contenedores. Antes de manipular a las aves se aconseja pulverizar agua sobre las

29

�jaulas para disminuir la producción de polvo y reducir el riesgo de dispersión del
agente.
Para este procedimiento se deberán utilizar contenedores provistos de tapas, los
cuales se puedan cerrar en forma lo más hermética posible (pueden también usarse
los acoplados de camiones para este fin).
El dióxido de carbono es más pesado que el aire, por ello un llenado incompleto del
contenedor puede evitar la exposición a los animales más altos o que se encuentran
en la parte superior.
La cámara debe ser llenada previamente con CO2 hasta el 55 - 60% de su volumen
antes de introducir los animales en ella. Sin embargo otros opinan que puede ser
mejor llenar la cámara una vez que los animales han sido colocados en ellas.
Los contenedores pueden así colocarse en un camión y ser transportados hasta el
lugar escogido para su eliminación. Los camiones que contengan aves sacrificadas
en caso de brote deberán vigilarse hasta el final de su recorrido.

2) Gasificación con monóxido de carbono (CO)
El monóxido de carbono produce rápidamente la muerte ya que se combina con los
eritrocitos con preferencia al oxígeno, produciendo de este modo hipoxia, causando
la muerte a concentraciones del 4% al 6%.
Sin embargo es extremadamente peligroso para el personal, debido a que es un
gas incoloro, inodoro y por lo tanto difícil de detectar. A su vez debido al peligro de
explosión la gasificación con CO solo podrá efectuarse por empresas y personal que
tengan los conocimientos técnicos y bajo supervisión de los bomberos locales. Por la
misma razón no se podrá usar este procedimiento en contenedores.
En ocasiones y ante la falta de un método más adecuado se ha utilizado el gas
proveniente de la combustión de un vehículo. Sin embargo, el monóxido de carbono
proveniente del escape de gas de combustión de motores contiene impurezas y, en
consecuencia, puede producir irritación y malestar.

3) Gasificación con ácido cianhídrico (HCN)
El acido cianhídrico produce muerte rápida e irreversible por hipoxia citotóxica, pero
también excitabilidad y angustia antes de la muerte.
Debido a la extrema toxicidad de este gas, este procedimiento deberá ser realizado
por personal técnico capacitado y únicamente si se reconoce que es imposible terminar con el sacrificio de las aves por otros métodos.

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4) Gasificación con nitrógeno o argón
El nitrógeno y el argón son gases inertes, ambos incoloros e inodoros, no combustibles y no explosivos. Se considera que tienen un impacto mínimo sobre el medio
ambiente. Ambos se pueden usar en una cámara cerrada siguiendo el proceso de
«flushing», durante el cual el pasaje de estos gases reduce los niveles de oxígeno al
máximo de 1,5%. A tales niveles de oxígeno, el animal se derrumba, y la muerte se
produce por hipoxemia.
El argón es más denso que el aire y así tiende a permanecer en las capas de aire
más bajas.

5) Gasificación con mezclas de gases
La bibliografía recomienda también la mezcla de gases para proceder al sacrificio de
aves de corral, así se podrán utilizar mezclas de: 40% CO2, 30% O2, 30% N2 o bien
30% CO2, 20% O2, 50% aire.

6) Agentes inyectables
Se utiliza para el sacrificio de aves en casos aislados como, por ejemplo, aves de
raza u ornamentales.
La inyección de barbitúricos es un método aceptable de eutanasia para aves de todas las edades y produce una muerte rápida y relativamente libre de estrés.

7) Dislocación cervical
Para la eutanasia de un número reducido de aves puede realizarse el sacrificio mediante la dislocación del cuello (utilizando pinzas burdizzo, tijeras o las manos). Los
burdizzos tienen particular utilidad para el sacrificio de aves de corral con cuello
fuerte (patos, gansos, etc.)
La técnica consiste en separar el cráneo y el cerebro de la médula espinal aplicando
una presión a la base posterior del cráneo.

8) Electrocución
El sacrificio por electricidad por medio de agua se ha utilizado en países de la
Comunidad Europea, algunos de los cuales disponen de una o más unidades de
matanza móviles. En el caso de nuestro país existen limitaciones en cuanto a su
disponibilidad.

31

�Eliminación de cadáveres
Existen varios métodos para eliminar las aves muertas, desechos y otros desperdicios. Preferentemente se debe proceder al enterramiento en el mismo establecimiento u otro lugar adecuado para este fin. Cuando nos es posible o conveniente el
enterramiento, la mejor opción es elaborar compostas o bien la incineración.
Los huevos u otro material orgánico contaminante (guano, cama de galpón, restos
de alimentos, etc.) deberán recogerse con cuidado a fin de que se elimine junto con
las canales.

1) Enterramiento
Los lugares para el entierro deberán contar con la aprobación de los reglamentos locales y oficiales encargados de la protección del medio ambiente.
Debido a que se debe reducir al mínimo la distancia a través de la cual se transporta el material infectado, es apropiado que el enterramiento se realice en la misma
granja.
Otra opción que podría resultar adecuada es optar por un lugar de enterramiento
común para varias granjas en una zona determinada.
El equipo recomendado para realizar la fosa es una excavadora o retroexcavadora (para tareas pequeñas). El tamaño de la fosa va a depender del equipo
que se utilice, así como del lugar disponible y el volumen del material que vaya
a enterrarse. Lo recomendado es que la fosa sea lo más profunda posible y de
paredes verticales (las limitaciones son la maquinaria disponible, el tipo de suelo
y el nivel de la capa freática).
Para el cálculo del tamaño de fosa se deberá previamente calcular el peso del lote
de aves que será preciso enterrar, el que a su vez depende del tipo de producción
(pollos de engorde, reproductores pesados o livianos, gallinas de alta postura de
huevos blancos o de color, u otras especies); y de la edad de las aves o semanas de
cría, estos datos pueden ser provistos por el propietario, por técnicos especializados
en avicultura o bien obtenerse de tablas.
A modo de guía tener en cuenta que un kilo de peso tiene un volumen promedio de
0.06242 m3. El volumen de la fosa se deberá calcular multiplicando el valor anterior
por el peso medio y la cantidad promedio de aves alojadas.
En la realización de la fosa, al volumen calculado se tendrá que añadir un metro
entre la superficie y los cadáveres.

32

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Debido a la producción de gases por descomposición de los cadáveres se puede producir una considerable expansión del material enterrado por lo cual no se asentará
la tierra al recubrir la fosa.
Se recomienda cubrir los cadáveres con 40 centímetros de tierra, y colocar sobre
la misma una capa uniforme de hidróxido de calcio [Ca (OH2)] antes de terminar
de llenar la fosa. También es conveniente evitar poner la cal directamente sobre los
cadáveres porque retrasa y puede evitar su descomposición.

2) Incineración
Se recurrirá a la incineración cuando no se pueda realizar el entierro. Se deberá
considerar la topografía del lugar, dirección de los vientos, presencia de instalaciones u objetos de fácil combustión, disponibilidad de combustible y materiales
que ayuden a la combustión, aprobación de los organismos oficiales encargados
de la protección del medio ambiente y la disponibilidad de agua o material contra
incendio. En general no resulta un procedimiento práctico cuando la cantidad de
aves sacrificadas es alta.

3) Compostaje
El compostaje es un proceso de descomposición controlada de la materia orgánica. La descomposición ocurre en un ambiente aerobio en presencia de determinadas condiciones de pH, temperatura y humedad, en la cual microorganismos
mesófilos y termófilos elevan la temperatura por un tiempo determinado permitiendo así la inactivación viral.
Este método puede ser alternativo al enterramiento en sitios en que, por razones
de legislación o alto nivel de las napas freáticas, no se permita el enterramiento.
Para su planeamiento se deben considerar la disponibilidad de materiales necesarios para su realización (ej.: fuente de carbono como paja), su ubicación y el tiempo
requerido para la inactivación viral a temperaturas adecuadas (15 días a temperaturas mayores a 62ºC).
Se puede realizar luego una eliminación definitiva quemando o enterrando el compost.

Eliminación de la cama, deyecciones de aves o productos
avícolas
La cama, las deyecciones, los huevos u otros deberán tratarse mediante un método
idóneo para eliminar el virus.

33

�Dicho método deberá incluir una de las siguientes manipulaciones:
1. Se enterrarán con los cadáveres a una profundidad que impida el acceso a parásitos, aves silvestres u otros animales.
2. Se incinerarán o tratarán con vapor de agua a temperatura de 70 °C o mayor.
3. Se amontonarán y humidificarán (si resultara necesario para facilitar la fermentación), se cubrirán para mantener el calor de forma que se alcance una temperatura de fermentación mínima de 20°C y se mantendrán cubiertos durante 42 días.

Medidas higiénico sanitarias que deben contemplarse en el
sacrificio y eliminación
La realización del sacrificio y la eliminación de los lotes afectados se realizarán bajo
la supervisión del Senasa.
Teniendo en cuenta que el hombre es el principal vehiculizador del virus entre granjas
y sobre todo a grandes distancias, estas actuaciones exigen contemplar una serie de
medidas higiénico-sanitarias destinadas a la eliminación efectiva del virus y a evitar su
propagación, por ello es necesario que:
En el sacrificio y eliminación participen exclusivamente el número de personas
necesarias para el mismo. Estando personal afectado únicamente a estas tareas, sin tener contacto con otras granjas avícolas.
Se disponga de un lugar de desinfección a la entrada y/o salida de la explotación
para vehículos y calzados.
Todo el personal deberá utilizar ropa adecuada para tal fin, y todo el material
descartable deberá ser eliminado en la misma explotación.
El material no desechable deberá desinfectarse en forma adecuada previo a ser
retirado de la explotación.
Se mantenga una adecuada y estricta higiene de las manos y desinfección de
botas, después del contacto con aves de corral o con superficies contaminadas.

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�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Capítulo 5
Limpieza y desinfección
Procedimiento de limpieza y desinfección
Las operaciones de limpieza y desinfección se llevarán a cabo bajo la supervisión del
inspector veterinario.
Previo a la desinfección se informará al avicultor/propietario de las medidas de bioseguridad y protocolo de limpieza que se ha de efectuar.
El personal que conforma el equipo de limpieza y desinfección deberá estar provisto
de ropa protectora adecuada, en lo posible descartable y toda la ropa y calzado deberá
ser limpiada y desinfectada al terminar el operativo y ser provisto de ropa y calzado
limpio para salir del establecimiento.
1. Desinfección
1.1

Una vez extraídos los cadáveres, restos de alimentos o cualquier materia
orgánica para su eliminación, se rociarán todas las superficies en las que
hayan estado en contacto con las aves infectadas y las cercanas a los
mismos, con desinfectantes autorizados por el Senasa.

1.2

El desinfectante deberá permanecer durante VEINTICUATRO (24) horas
como mínimo.

2. Primera limpieza profunda y desinfección
2.1

Se realizará una limpieza profunda de las instalaciones con un producto
desengrasante (detergentes u otros surfactante autorizados) y agua. Deberán preferentemente emplearse sistemas de limpieza a presión a fin de
favorecer la eliminación de la suciedad adherida y agua caliente.

2.2

Se rociará nuevamente con desinfectante indicado, todas las superficies
tratadas, y se dejarán transcurrir SIETE (7) días.

2.3

Los implementos, bebederos, comederos, jaulas, nidos, incluyendo las
dependencias ajenas como cuarto de baños, almacenes de alimentos u
utensillos, depósitos de pienso, depósitos de agua de bebida, etc. deberán tratarse en forma similar con especial atención al uso de agua caliente
o vapor a temperatura de 70°C o mayor. Aquellos implementos que se

35

�pudieran remover del galpón, se ubicarán en un lugar apartado y cubierto
al amparo de otros animales o aves durante por lo menos 21 días.
2.4

Los desagües y conductos de evacuación, se llenarán con desinfectantes
concentrados.

3. Segunda limpieza profunda y desinfección
3.1

Una vez transcurridos siete días, se realizará nuevamente otra limpieza
profunda con un producto desengrasante y abundante agua y se rociará
nuevamente con un desinfectante.

3.2

Luego de realizada la limpieza y desinfección se procederá a realizar un
programa integrado de control de plagas (artrópodos y roedores), ya que
los mismos pueden actuar como vectores mecánicos, mediante productos
insecticidas y rodenticidas autorizados por el Senasa.

Desinfectantes y productos químicos recomendados
Los desinfectantes que pueden emplearse en el proceso de desinfección en brotes
de IAAP recomendados para el virus de la influenza aviar son los agentes tensoactivos catiónicos (sales de amonio cuaternario 4%), agentes oxidantes (hipoclorito de
sodio 2%, hipoclorito de calcio 2% y Virkon®), aldehídos (glutaraldehido 2%; formalina y gas formaldehído), ácidos (ácido cítrico 2%) y álcalis (hidróxido de sodio 2%, hidróxido de calcio 3%; carbonato de sodio 4%); fenoles sintéticos 2% y ácido cresílico
2%. Este listado no es definitivo y se podrán utilizar otros compuestos que determine
oportunamente el Senasa (ver Manual de Desinfección).

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�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Capítulo 6
Medidas de protección para los trabajadores
Introducción
Estas medidas son validas para las actividades en las cuales los trabajadores entran
en contacto directo con el virus de la influenza aviar altamente patógena. El contacto
directo puede ocurrir en el manipuleo de aves enfermas o sospechosas o durante
el desarrollo de actividades que impliquen el contacto con fluidos o excreciones de
animales.
Los animales infectados eliminan el virus con todas sus excreciones, particularmente la materia fecal es altamente infecciosa. El contagio en el hombre
se puede producir tanto por vía aerógena como por contacto a través de las
mucosas.
Las actividades que implican un contacto directo con el virus de la influenza aviar
altamente patógena son:
●

El manipuleo de aves enfermas o sospechosas en granjas avícolas.

●

La práctica de la medicina veterinaria, incluyendo el examen postmortem.

●

El sacrificio de aves.

●

La eliminación de carcazas.

●

Los trabajos de limpieza y desinfección de las granjas contaminadas.

Por lo general se puede considerar a la influenza aviar de alta patogenicidad como
una zoonosis de baja transmisibilidad. Hasta el momento se ha producido el contagio con los subtipos H7N7, H9N2 y H5N1. El contacto directo con los animales infectados y sus productos y materiales contaminados representa entonces un riesgo
potencial.

Medidas de protección para el contacto directo con aves
enfermas o sospechosas
Se han desarrollado una serie de recomendaciones debido a la detección de casos humanos asociados a la epizootia en aves de corral en los países del Sudeste
asiático por el subtipo H5N1. Estas recomendaciones serán actualizadas conforme se vaya disponiendo de información adicional.

37

�Antes de ingresar a áreas avícolas y proceder a la manipulación de aves enfermas y
sospechosas o materiales contaminados, así como en el sacrificio de los animales
enfermos y en los trabajos de limpieza y desinfección, se deberá disponer de equipos de protección personal que serán utilizados durante toda la jornada de trabajo,
mientras dure la exposición al riesgo y se quitarán al salir de las explotaciones y se
desecharán en las mismas o guardarán en contenedores herméticamente cerrados
de tal manera de permitir su posterior limpieza y desinfección en un lugar designado
por el Senasa a tal fin.
Se debe asegurar que todos los trabajadores tengan acceso a los equipos de protección individual (EPIs) y a la información y capacitación para el uso de los mismos. Los
componentes de un equipo de protección individual necesarios para una correcta
protección son:
1. Protección corporal: ropas protectoras, preferiblemente mamelucos desechables con manga larga y ajustables en los extremos más un delantal impermeable.
2. Protección de cabeza: gorro desechable que cubra completamente a los cabellos.
3. Protección de pies: botas de goma o poliuretano que puedan ser desinfectadas,
y preferentemente cubre botas desechables. En el caso de visitas múltiples es
obligatorio el uso de cubrebotas desechables.
4. Protección de manos: guantes protectores desechables (de nitrilo o vinilo) 1 o
guantes de trabajo de goma resistente que puedan desinfectarse; para evitar
dermatitis pueden usarse guantes de algodón por debajo de los guantes protectores.
5. Protección respiratoria: mediante respiradores que cubran boca y nariz. En casos
particulares se podrán requerir equipos de respiración autónoma.
6. Protección ocular: por medio de anteojos protectores, que deben lavarse y desinfectarse después de su uso.
El procedimiento de colocación y retirada del EPI descripto a continuación se basa
en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS) con el fin de
reducir al mínimo la posibilidad de auto-contaminación y auto-inoculación. Se han
1

38

Muchos estudios han demostrado que los guantes de nitrilo desechables se sostienen mucho mejor
“en uso” que los guantes de vinilo, que podrían fracturarse y permitir a los virus penetrarlos. Se ha
demostrado que el nitrilo es ligeramente superior a los guantes de goma de látex natural en estudios
similares.

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

sugerido también otras alternativas válidas como la que propone el Centro de Control de Enfermedades de Atlanta (CDC) u otras recomendadas por los fabricantes.
La secuencia de colocación del equipo es la siguiente:
Colocarse el mameluco descartable.
Colocarse los cubrebotas, sellar con cinta los extremos al mameluco, si es necesario.
Colocarse el protector respiratorio y verificar su ajuste.
Colocarse el gorro desechable.
Colocarse los anteojos protectores.
Por último, colocarse los guantes, por encima de las mangas de la bata.
La secuencia de retirada del equipo es la siguiente:
Retirar los anteojos protectores.
Retirar el gorro.
Retirar la bata y cubrebotas.
Retirar los guantes protectores, y evitar el contacto de las superficies contaminadas con piel o mucosas.
Realizar un lavado higiénico de manos.
Retirar la mascarilla, tomándola desde las bandas elásticas, sin tocar la parte
frontal.
Realizar otro lavado higiénico de manos.

●

La higiene de las manos debe consistir en el lavado con agua y jabón por 15 a
20 segundos o el uso de otros procedimientos estándares de desinfección de
las manos.

●

Los EPIs desechables deben ser eliminados adecuadamente, disponiéndolos en
bolsas plásticas y dentro de un recipiente con tapa y cuidando que no contaminen otros lugares. El dispositivo de plástico debe ser cerrado cuidadosamente
antes de su eliminación.

●

Los EPIs no desechables deben almacenarse en bolsas plásticas hasta su posterior limpieza y desinfección.

39

�●

Usar una muda limpia de ropa protectora en cada instalación visitada.

●

Después de visitar una instalación afectada las personas no deben acudir a lugares de reunión pública (bares, restaurantes, etc.) sin haberse duchado, incluyendo lavado del pelo y cambiado de ropa.

Protectores respiratorios
Los protectores respiratorios son los únicos que han sido diseñados para proporcionar protección de las vías respiratorias a los trabajadores dado que poseen un filtro
que impide la penetración de aerosoles del tamaño inferior a una micra y permiten
un ajuste facial necesario para evitar la entrada de aire por los bordes laterales.
Los protectores respiratorios de partículas N-95 2, N-99 y N-100, ofrecen un mínimo
de eficiencia para filtrar el 95%, 99% y 99,97% de las partículas aéreas de una micra o inferiores (libres de aceite) respectivamente y con un ajuste facial adecuado
(menos del 10% de fuga) 3. El uso de los niveles de protección más altos deberá ser
considerado en el caso de gran producción de aerosoles.
Los protectores respiratorios pueden tener o no una válvula. Los protectores respiratorios con válvula, dejan pasar libremente el aire exhalado.

Recomendaciones para el uso de protectores respiratorios
Normas generales
●

Uso individual.

●

Mantener ajustado al marco facial.

●

Desechar cuando se observe roto, cuarteado, sucio o humedecido.

●

Luego de su uso, evitar manipular la parte exterior sin guantes y evitar el contacto
con la cara.

La mascarilla debe cubrir la boca y la nariz y estar sujeta de manera que prevenga la
salida de aire por los lados.
La colocación y retirada de los respiradores ha de ser cuidadosa: la correcta colo2
3

40

El Instituto Nacional de Salud y Seguridad Laboral (NIOSH) de los EE.UU. clasifica a los respiradores en
función de su eficacia de filtración de partículas y resistencia al aceite.
La norma europea para los equipos de protección respiratoria (EN:149:2001) clasifica a los respiradores dependiendo de su eficacia de filtración de partículas y de la fuga total hacia el interior; siendo en
este último caso recomendables los respiradores designados como FFP2 y FFP3, equivalentes a una
protección del respirador N-95 o mayor.

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

cación del respirador comprende inicialmente el ajuste de las cintas alrededor de la
cabeza, las cuales deben estar apretadas pero cómodas para el operario y se debe
ajustar la varilla metálica alrededor de la nariz, de manera que se amolde al contorno facial y no haya fugas de aire.
Posteriormente se puede realizar una prueba de ajuste perfecto:
1. Cubrir la mascarilla en su totalidad con las manos. Realizar una inspiración forzada con lo que la mascarilla debe deprimirse ligeramente (la tela del respirador se
arrugara, en respiradores sin válvula).
2. Realizar una la expiración forzada, lo que provocará el efecto contrario. El aire no
debe salir a través de la cara, sino de la mascarilla.
Al retirar la mascarilla debe evitarse el contacto con su parte externa y se deben
lavar las manos luego de quitarla y desecharla. NUNCA deben ser llevadas colgadas
alrededor del cuello.
Los protectores respiratorios (N-95, FFP2 y FFP3), aun tratándose de dispositivos
de un solo uso, pueden ser reutilizados por la misma persona siempre que el respirador esté estructuralmente intacto y no esté dañado, manchado, sucio o humedecido. No existen recomendaciones claras respecto al tiempo de duración de los
respiradores, por lo que debemos realizar una utilización racional de ellos según
el tiempo de uso. Si se utiliza de manera continua, un turno de ocho horas sería lo
recomendable.
Se deberá sustituir cuando la respiración sea dificultosa (lo que indica que está obstruido), si está húmedo, sucio o arrugado, ya que disminuye su eficacia.

Prevención médica laboral
Si se tiene una fuerte sospecha o se confirman uno o más brotes de gripe aviar por
subtipo H5N1 u otra cepa de virus de IAAP, los servicios de Salud Pública realizarán
un análisis del riesgo de exposición y determinarán la necesidad de vacunación y/o
terapia antiviral profiláctica y/o vigilancia estrecha para todas las personas y trabajadores con riesgos de exposición.
Los sectores de salud animal y humana colaborarán en la mejor ejecución de las
medidas recomendadas.

41

�Capítulo 7
Procedimientos en plantas de faena
Procedimientos a seguir en plantas frigoríficas de aves ante
la sospecha o confirmación de presencia de influenza aviar
En el caso de que el inspector veterinario asignado a la planta de faena reciba una
comunicación del veterinario oficial del servicio de campo en la que se indica que
un determinado lote de aves que ha sido enviado a faena a esa planta con su autorización, proviene de una zona donde se ha detectado un foco o de una zona que
se encuentra bajo vigilancia por sospecha o confirmación de la ocurrencia de una
enfermedad exótica tal como la influenza aviar, se deberá proceder como a continuación se detalla:
1) Identificación del o los lotes indicados.
2) Autorizar la faena de ese o esos lotes al final de la faena del día.
3) Garantizar que se realice una intensa limpieza y desinfección de la línea de faena
al concluir la misma.
4) Garantizar que se realice la limpieza y desinfección en forma intensiva de los
camiones que fueron utilizados para el transporte de esos lotes, antes de que los
mismos se retiren de la planta.
5) Identificar la partida faenada a fin de que la misma se destine a subproductos
cocidos, harinas, u otros cuyo proceso de elaboración incluya la aplicación de
temperatura suficiente de manera que garantice la destrucción de los agentes
causales de enfermedad.
En el caso de que el inspector veterinario no hubiera recibido comunicación, pero observase en la inspección pre-mortem que las aves presentan síntomas compatibles
con la influenza aviar (síntomas respiratorios, nerviosos, plumaje erizado, presencia
de aves muertas, etc.), deberá proceder como a continuación se detalla:
a) Extraer muestras de las aves del lote sospechoso tal como se indica en el
Capítulo 9 del presente Manual y enviar las mismas al laboratorio del Senasa,
con carácter de urgente y a fin de que se confirme o no la sospecha.
b) Avisar al veterinario de la oficina del Senasa que corresponde a la zona de de
origen de las aves.

42

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

c) En cuanto a la faena del lote, proceder como se indica en los puntos 1) a 4) del
párrafo anterior.
d) Identificar las carcazas una vez faenadas apartadas de otras aves en cámara, a
la espera de los resultados del laboratorio.
e) De confirmarse el diagnóstico por pruebas de laboratorio (de influenza aviar o de
otra enfermedad tal como la enfermedad de Newcastle), deberá cumplirse con lo
indicado en el punto 5) del párrafo anterior.
f) Si el resultado del laboratorio no confirmase el diagnóstico de influenza aviar u
otra enfermedad tal como la enfermedad de Newcastle, y de evaluarse que la carne o carcazas cumplen con las condiciones de higiene y sanidad, la mercadería
podrá ser liberada para su comercialización.

43

�Capítulo 8
Repoblación y centinelización
La introducción de aves de corral en explotaciones que hallan sido despobladas
como consecuencia de las medidas de control y erradicación implementadas, sólo
podrá realizarse una vez que hayan sido levantadas las medidas de restricción a los
movimientos en la zona de foco y vigilancia y se haya demostrado la ausencia de
actividad viral en las explotaciones previamente infectadas.
El procedimiento a seguir para demostrar la ausencia de actividad viral en las explotaciones afectadas podrá realizarse mediante la centinelización.
El procedimiento de centinelización comprende la introducción de aves centinelas o
testigos a las explotaciones previamente infectadas y la demostración de ausencia
de actividad viral en dichas aves.
El procedimiento se realizará con las siguientes pautas generales:
1. Las aves centinelas serán introducidas en la explotación o establecimiento por
decisión del Senasa y con autorización, bajo supervisión del personal del Senasa. Se deberá:
- Introducir preferentemente aves libres de patógenos específicos (SPF) y/o
que hayan dado resultados serológicos negativos respecto de influenza aviar,
dentro de los 14 días anteriores a su introducción.
- Tener como mínimo 3 semanas de edad.
- Estar identificadas o marcadas.
2. Se introducirá un número de aves centinelas equivalente a un rango del 1% al 5%
de la capacidad instalada de cada galpón.
3. En cualquier caso el número de aves centinelas a introducir no podrá ser menor
a DIEZ (10).
4. Deberán haber pasado como mínimo 21 días posteriores a la finalización de las
tareas de limpieza y desinfección.
5. Las aves deberán tener acceso y contacto con toda la superficie del galpón o
gallinero, para lo cual se forzará a su contacto mediante el uso de corrales o
desplazamiento por paredes ajustables.
6. Las aves centinelas permanecerán en la explotación por un mínimo de 21 días.

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�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

7. Se realizará un examen clínico supervisado por el personal del Senasa al menos
una vez por semana y se someterán a exámenes de laboratorio serológicos y
virológicos a la totalidad de las aves centinelas a los 15 y/o 21 días, y en forma
periódica mientras permanezcan en la explotación.
8. Todas las aves que mueran durante dicho período serán sometidas a exámenes
de laboratorio (patológicos y virológicos) para descartar IA.
9. Una vez transcurrido el período estimado las aves no deberán presentar signos
clínicos ni diagnóstico de laboratorio compatible con influenza aviar para considerar que la enfermedad ha sido erradicada.

45

�Capítulo 9
Toma de muestras, conservación y
acondicionamiento
Consideraciones generales
1. Los tipos de muestras para proceder al diagnóstico de influenza aviar son, para
la identificación del agente: hisopados de orofaringe, de tráquea y / o de cloaca
(o heces) de aves vivas; distintos órganos (cerebro, bazo, pulmones, hígado, intestino) y/o contenido intestinal de aves muertas. Para las pruebas serológicas
se utilizan muestras de sangre coagulada o suero.
2. Se debe obtener y enviar los antecedentes del establecimiento o predio avícola y
remitirla en el formulario que se adjunta por vía fax a la Coordinación de Laboratorio Animal de la Dirección de Laboratorios y Control Técnico del Senasa.
3. Asegurarse de disponer del material necesario previo a la toma de muestras.
Tener frascos y tubos disponibles individualmente para cada ave muestreada.
4. De proceder a realizar necropsias se debe seleccionar el lugar adecuado para
las mismas, y garantizar la bioseguridad de las maniobras en cuanto a vestimenta, eliminación de desechos (por incineración o entierro) y desinfección total del
área de trabajo.
5. Las muestras deberán ser entregadas en mano en el Laboratorio por una persona responsable a la mayor brevedad posible, en condiciones de bioseguridad. NO
enviar por correo, comisionista u otros.

Materiales para la toma de muestras
Tubos de sangrado con tapón de goma o viales tipo eppendorf de 1,5 ml, preferentemente siliconados.
Hisopos estériles de mango plástico.
Jeringas de plástico estériles de 1 ml (para aves de tamaño pequeño) y 2,5 o 3
ml (para aves de tamaño mediano y grande).
Agujas hipodérmicas estériles de calibre 25G (15/5) o 27G (15/3) para aves de
pequeño tamaño y de calibre 21G (25/8) para aves de mayor tamaño.

46

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

Solución tampón salino isotónico (PBS), pH 7, 2-7,4 ó solución isotónica de cloruro de sodio (solución fisiológica estéril)
Tijera.
Etiquetas, tela adhesiva o cinta de papel.
Bolsas de nylon de 10 x 20 cm.
Marcador indeleble.
Alcohol etílico 96°.
Algodón y toallas de papel.
Conservadora con refrigerantes.
Solución desinfectante (Solución de iodopovidona, clorhexidina, etc.)
Gradillas.
Equipo de protección personal.
Material para necropsia: material impermeable y desechable para apoyar las
aves, tijera para necropsia de aves, pinzas de mano izquierda, pinzas hemostáticas, nylon para sutura.

Métodos para la extracción de muestras
a. Hisopado cloacal, orofaríngeo o traqueal:
1. Rotular los tubos o viales.
2. Colocar unas gotas de solución fisiológica o solución PBS en cada tubo
(aproximadamente 0,5 ml), para asegurar la humedad de la muestra.
3. Humedecer el hisopo en la solución fisiológica o solución PBS.
4. Para obtener el hisopado cloacal: levantar las plumas de la cola, despejando la zona cloacal e introducir el hisopo en la cloaca, rotar suavemente el
hisopo dos o tres veces hasta obtener una muestra abundante. Obtener un
hisopo por ave.
5. Para obtener un hisopo orofaríngeo o traqueal: levantar la cabeza del ave,
abrir el pico e introducir el hisopo en la orofaringe o bien extraer suavemente la lengua para visualizar el orificio traqueal e introducir el hisopo en la
traquea. Rotar suavemente el hisopo dos o tres veces y obtener un hisopo
por ave.

47

�6. Colocar el hisopo conteniendo la muestra en el tubo o vial previamente identificado, sumergido en la solución fisiológica o solución PBS.
7. NO colocar en el mismo tubo hisopos cloacales y traqueales.
8. Según el tipo de tubo utilizado, podrán remitirse muestras individuales de
UN hisopo por cada tubo o bien pooles de hasta CINCO hisopos por tubo,
siempre que se correspondan a un mismo predio.
9. Refrigerar inmediatamente a temperatura de heladera (4° a 8° C) y remitir
refrigerado en el mismo día de la toma de muestras (NO CONGELAR).
10.

Los tubos deberán estar identificados individualmente y en paquetes por
lote y deberán estar acompañados por el protocolo correspondiente de
acuerdo al modelo adjunto.

b. Sangre o suero:
Extracción de sangre en pollos, gallinas domésticas u otras aves domésticas o silvestres de tamaño mediano y grande: “Extracción de sangre por la vena alar”.
1. Para facilitar la obtención de suero, se recomienda el uso de viales tipo eppendorf siliconados.
2. Se requiere una muestra de sangre de cada ave por tubo, el cual debe estar
previamente identificado.
3. Colocar el ave en posición de decúbito lateral o ventral, extendiendo el ala,
humedecer con algodón embebido en alcohol la cara ventral del ala y/o remover las plumas sobre la base ósea del eje humeral para permitir la identificación de la vena alar.
4. Insertar suavemente la aguja calibre 21G acoplada a una jeringa de 2,5 o
5 ml y aspirar levemente para evitar el colapso de la vena alar. Obtener un
volumen de al menos 1 ml de sangre.
5. Las muestras de sangre preferentemente deben centrifugarse y enviarse
suero libre de hemólisis. En caso de no disponer de centrifuga, las muestras
de sangre obtenidas deben dejarse a temperatura ambiente por dos o tres
horas para favorecer la formación del coágulo y liberación del suero.
6. Una vez obtenido el suero refrigerar a temperatura de heladera y remitir refrigerado (sangre o suero) o congelado (suero) a la mayor brevedad.
7. Deberán tomarse muestras de sangre de todas las aves cuando el lote esté

48

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

compuesto de menos de 20 animales y muestras de 20 aves cuando el lote
sea mayor (de este modo, la posibilidad de detectar al menos un suero positivo será de 99 % sí el 25 % o más de la manada es positivo independientemente del tamaño de ésta).
Extracción de sangre en aves domésticas o silvestres de tamaño pequeño: “Extracción de sangre por la vena yugular”.
1. Tomar el ave con la mano izquierda, colocando su cabeza entre el dedo índice y mayor (flexionando ligeramente el cuello hacia la izquierda del ave) y
ambas patas entre el dedo anular y meñique, las alas deben quedar comprimidas en la palma de la mano.
2. Con unas gotas de alcohol humedecer la zona lateral del cuello y con el
pulgar izquierdo ingurgitar suavemente la vena yugular derecha (realizar presión en forma paralela a la misma).
3. Con la mano derecha insertar la aguja calibre 25G o 27G acoplada a una
jeringa de 1 ml, extraer un volumen del 1% del peso corporal.
4. Al retirar la aguja, comprimir ligeramente hasta lograr la hemostasia.

c. Órganos:
1. No se describirá en este apartado la técnica de necropsia en aves y extracción de muestras de órganos, debiendo ser realizada por técnicos con experiencia.
2. En caso de proceder a realizar la necropsia, examinar y obtener muestras
en forma aséptica de aves recientemente sacrificadas con distintas etapas
de enfermedad clínica, en una cantidad que sea muestra representativa de
la población afectada, asignándoles números correlativos a fin de identificar
frascos y protocolos de necropsia.
3. Los tejidos frescos para el aislamiento viral tales como hígado, bazo, tráquea,
pulmón o cerebro, deben ser obtenidos de aves recientemente sacrificadas
o muertas por la enfermedad con no más de 8 hs. post mortem (tiempo que
deberá ser menor si la temperatura ambiental es elevada).
4. Se deberán colocar distintos órganos de una misma ave en un frasco. De
enviar intestino o contenido intestinal, hacerlo en un frasco aparte.
5. Las muestras deben estar bien cerradas en recipientes herméticos con tapa
a rosca y sellados. Se debe asegurar que las superficies externas se decon-

49

�taminen adecuadamente. Enviar refrigerado.
6. En caso de no proceder a la necropsia, se podrá remitir muestras de hisopados y suero de aves enfermas o agónicas y aves con sintomatología recientemente sacrificadas, sin abrir, envueltas individualmente en triple bolsa
plástica y enviadas refrigeradas.

Conservación de las muestras
a. Hisopados.
Los puntos críticos para la conservación de los hisopados cloacales o traqueales
para el aislamiento viral son: la temperatura de conservación y la demora en su
envío. Las muestras obtenidas a campo deben conservarse a temperatura de
heladera, entre 4° y 8° C. El tiempo máximo desde la toma de muestras hasta
su recepción en la Mesa de Entrada del Laboratorio no debe superar las 72 hs.,
idealmente debe ser menor a 24 hs.
Como consecuencia de una incorrecta conservación de las muestras, ya sea por
demora en su envío o temperatura inadecuada, existe el riesgo de obtener falsos
negativos.

b. Sueros.
Deben remitirse en lo posible, sólo sueros límpidos, no hemolisados (de color rojo
o marrón verdoso) ni contaminados (de aspecto turbio).
La centrifugación, no es un procedimiento excluyente para que las muestras
sean viables. En caso de no disponer de centrífuga, mantener los tubos con la
sangre a temperatura ambiente por 2 ó 3 horas hasta la liberación del suero.
Se recomienda despegar el coágulo de las paredes del tubo o vial de no disponer
de tubos siliconados.
Los sueros pueden ser mantenidos a temperatura de heladera (entre 4° y 8 °C)
durante 7 días como máximo o bien congelarse a menos 20 °C, manteniéndose
en temperatura sin sufrir cambios. La sangre entera NO debe congelarse.

Acondicionamiento de las muestras para su envío
Las muestras deben ser acondicionadas bajo normas de bioseguridad. El embalaje
debe evitar la fuga de material infeccioso por rotura o mal empaque del envío.
Las muestras deben ser enviadas en un sistema de triple embalaje. El sistema de
tres envases consta de:

50

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

1. Un recipiente primario a prueba de agua, bien cerrado (tubo, vial o frasco con
tapa a rosca), en el cual se colocará la muestra.
2. Un recipiente secundario resistente y a prueba de agua.
3. Un recipiente terciario o envoltorio externo.
El espacio entre el recipiente primario y secundario debe llenarse con material absorbente (algodón o toallas de papel), para contener el material del recipiente primario, en caso de que ocurra una pérdida durante el transporte.
Los protocolos y otro tipo de información, deben ser pegados con cinta adhesiva en
el exterior del recipiente secundario. El hielo común o hielo seco debe colocarse en el
exterior del recipiente secundario en un envase a prueba de fuga de líquido.
Como recipiente terciario pueden usarse cajas conservadoras de telgopor de un espesor adecuado (2,5 cm o mayor), esta caja térmica podrá ser colocada en otra caja
de cartón (cuatro envases).
El empaque externo debe sellarse e identificarse debidamente indicando el remitente, destinatario, fecha y hora de envío. Es recomendable también, colocar en la caja
de transporte una leyenda externa, bien visible: “IMPORTANTE: CONTIENE MATERIAL
BIOLOGICO PARA DIAGNOSTICO AVIAR. TIEMPO DE ENVIO Y TEMPERATURA CRITICOS.
ENTREGAR URGENTE AL DEPARTAMENTO DE AVES DE LA DILAB SENASA”.
La parte externa de los recipientes debe ser cuidadosamente examinada y debe
limpiarse y desinfectarse previo a su envío.
Por otra parte, es aconsejable una buena coordinación entre quien envía y quien
recibe el material biológico, de manera que la muestra llegue a tiempo y en buenas
condiciones. Es conveniente realizar arreglos con el destinatario, previo al envío,
para asegurarse de que las muestras sean adecuadamente conservadas.

51

�Capítulo 10
Diagnóstico de laboratorio
En este apartado no se describirá el tratamiento de las muestras ni el procedimiento detallado de las técnicas analíticas para el diagnostico de la influenza aviar, las
cuales se encuentran contenidas en los manuales del laboratorio de la Dirección de
Laboratorio y Control Técnico del Senasa. Estos últimos siguen los lineamentos de
los laboratorios de referencia internacional para diagnóstico de influenza aviar.
Se describen a continuación las pruebas de laboratorio que se realizan en la DILAB
para el diagnóstico virológico y serológico de Influenza aviar.

Diagnóstico virológico
Aislamiento en embriones de gallina libres de patógenos específicos
Las muestras de hisopados cloacales y/o traqueales, materia fecal y/o el pool de
órganos (bazo, hígado, plumón, cerebro, etc.) son procesadas e inoculadas en la cavidad alantoidea de, al menos, 4 huevos embrionados de gallina libres de patógenos
específicos (SPF) de 9 a 11 días de edad.
Luego de su incubación y pasajes ciegos, los fluidos alantoideos amnióticos se someten a la prueba de hemoaglutinación (HA).

Si la prueba de HA resulta positiva:
1. Se verifica la esterilidad de los líquidos embrionados que han reaccionado a la
prueba de HA.
2. Los fluidos hemoaglutinantes se someten a las pruebas de inhibición de hemoaglutinación con un antisuero policlonal específico para el virus de la enfermedad
de Newcastle para descartar la citada enfermedad.
3. Como rutina en el procedimiento diagnóstico de la totalidad de las muestras,
se realiza la prueba de ELISA de captura de antígeno para influenza aviar, utilizando kits comerciales, con el fin de tener una confirmación rápida y segura a
partir de los fluidos alantoideos.
Diagnóstico molecular, se realiza por la prueba de Transcripción Reversa - Reacción en Cadena de la Polimerasa (RRT-PCR), para su caracterización en influenza
tipo A, y subtipos H5 y H7.

52

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

La caracterización de la patogenicidad se realiza mediante la inoculación del
líquido alantoideo estéril de los embriones inoculados, por vía intravenosa (IPIV)
a aves SPF de 4 a 6 semanas de edad. Se considerará una cepa de alta patogenicidad aquella con índice IPIV igual o superior a 1,2.

Pruebas serológicas
Como la enfermedad es exótica y se desconoce el suptipo que puede aparecer se
utiliza la prueba de inmunodifusión doble en agar (AGID) y/o ELISA indirecto, para
detectar, si se presentan, anticuerpos dirigidos a antígenos específicos de grupo.
Para la realización del test de ELISA indirecto se utiliza un kit comercial para diagnóstico de IA en pollos y pavos. Los resultados se informan como positivos o negativos.
Las muestras positivas son reconfirmadas por la técnica de AGID.
La inmunodifusión en agar gel es una determinación cuantitativa de anticuerpos
contra influenza aviar. Se debe tener en cuenta que no todas las especies aviares
pueden producir anticuerpos precipitantes seguidos a la infección de influenza aviar.
Los resultados de sueros sometidos a la prueba de AGID se informan como positivo,
negativo, débil positivo o inespecífico.
La prueba de inhibición de la hemoaglutinación (HI), se utiliza para determinar los
niveles de anticuerpos específicos para los subtipos H5 y H7 en aves silvestres o en
gallináceas que hayan resultado positivas a la prueba de AGID y/o Elisa indirecto. Los
títulos iguales o superiores a 16 son considerados positivos.

Confirmación
La Dirección de Laboratorios y Control Técnico del Senasa podrá recurrir, de evaluarlo necesario, a la remisión de muestras a los laboratorios de referencia internacional
para la influenza aviar a fin de obtener la colaboración correspondiente en el diagnóstico de la enfermedad.
Las muestras que resultaran positivas se derivarán a estos laboratorios internacionales de referencia para su confirmación, caracterización definitiva y secuenciación.

53

�Capítulo 11
Investigación epizootiológica
A. Información general
1. Datos de la explotación avícola:
Consignar especie y tipo de actividad.
Consignar nombre del establecimiento, domicilio y teléfono, número de
Renspa y coordenadas geográficas.
Propietario del establecimiento: consignar nombre, domicilio y teléfono.
Veterinario responsable: consignar nombre, domicilio y teléfono.
Propietario de las aves en sistemas de producción integrados: consignar
nombre de la integración, dirección comercial y teléfono.
Supervisor de zona o recorredor: consignar nombre, domicilio y teléfono.
2. Información de las aves en la explotación industrial:
Fecha de ingreso.
Número de crianza o número de lote.
Plantel de origen de las aves.
Planta de incubación de origen.
Número total de aves.
Cantidad de galpones.
Superficie (m² cubiertos).
3. Edad y número de aves en cada galpón:
Consignar por galpón, la edad de las aves, el número total de aves, el
número de aves enfermas (%) y el número de aves muertas (%).
4. Presencia de otros animales en el establecimiento:
Incluir otras especies de aves, animales de compañía, cerdos, bovinos,

54

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

ovinos, equinos, etc. Consignar especie, raza, número total en la explotación, sexo y edad.
5. Realizar un croquis del lugar, indicando:
Las distancias en metros, el norte, los edificios, los galpones, las rutas, los
caminos, las vías ferroviarias, los riachuelos, los lagos y lagunas, los senderos, las tierras cultivadas y otros caracteres topográficos relevantes.

B. Signos clínicos, tratamientos y vacunaciones
1. Fecha en la cual se observan los primeros signos o lesiones por la persona
encargada de cuidar las aves.
2. La mortandad o enfermedad es reportada por (indicar granjero, veterinario,
supervisor, etc., e indicar nombre, dirección, teléfono y fecha de reporte).
3. ¿Murieron o fueron destruidos animales por causas de signos clínicos severos desde la aparición de la enfermedad?
4. Describir los signos clínicos y las lesiones que observe así como las descriptas por el propietario y por los otros veterinarios que visitaron el establecimiento antes que usted. Resumen de tratamientos durante los últimos
30 días. Consignar producto utilizado, fecha de inicio y finalización del tratamiento, cantidad de animales tratados, dosificación y vía de aplicación.
Indicar motivo por el cual se suministró y nombre del veterinario que lo indicó
y de la persona que lo administró.
5. ¿Se ha realizado vacunación? ( ) Sí ( ) No.
-

Resumen de vacunaciones durante los últimos 30 días.

-

Consignar fecha de vacunación, tipo de vacuna, nombre comercial, número de serie, vía de administración, cantidad de animales vacunados.

C. Posible fuente de infección
1. Movimientos de animales vivos hacia el establecimiento:
a) Movimiento de aves hacia el establecimiento durante los últimos 30 días
(incluir las estadías temporarias). Consignar fecha, especie, número de
animales, edad, sexo, lugar de origen o de compra.
b) Movimiento de otras especies de animales hacia el establecimiento en
los últimos 30 días. Consignar fecha, especie, número de animales movilizados, edad, sexo, lugar de origen.

55

�2. ¿Los lugares se encuentran cerca de un zoológico, laguna, cotos de caza o
de otra fuente posible de contaminación? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, indicar esta fuente, el lugar y la distancia
además de los detalles sobre las visitas y contactos recientes.
3. ¿Miembros de la familia, o empleados y sus familias visitaron un país extranjero en el último año? Sí ( ) No ( ).
Consignar lugar de residencia.
4. ¿Visitaron residentes de países extranjeros a la familia o empleados y sus
familias en el último año? Sí ( ) No ( ).
Consignar lugar de residencia. En caso de respuesta afirmativa, dar el nombre de las personas, el país de origen, las fechas de su estadía e indicar si
ellos volvieron con carne o con productos derivados de la carne (precisar
cuáles son).
5. ¿Miembros de la familia, empleados o su familia recibieron del extranjero productos alimenticios en el transcurso de los últimos doce meses? Si ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, dar el nombre de las personas, fechas, tipo
de alimento, país de origen e indicar el uso de dicho producto alimenticio.
6. ¿Se importaron y utilizaron maquinarias y equipo agrícola en el establecimiento? Sí ( ) No ( )
En caso de respuesta afirmativa, indicar el país de origen y la fecha de adquisición, indicar como se dispuso de las cajas y materiales de embalaje.
7. Describir la fuente y calidad de agua para las aves.
8. Indicar el nombre, dirección y teléfono del molino proveedor de alimentos
para el establecimiento.
9. ¿Se introdujeron alimentos para las aves o para otros animales presentes
en el establecimiento de otro origen diferente al habitual durante los últimos
doce meses? Si ( ) No ( )
En caso de respuesta afirmativa, indicar los productos, proveedores, nombres y lugares de origen y fecha de compra.

56

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

10.

¿Los alimentos para las aves estuvieron expuestos a animales o aves silvestres durante su almacenamiento o su utilización? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, explicar (por ej.: ¿Dónde? ¿Qué animales?, etc.)

11.

¿Se cambió y/o repuso parte de la cama en el transcurso de los últimos
dos meses? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, indicar nombre y dirección del proveedor,
el origen, tipo de cama, cantidad de la misma, fecha de cambio y de compra y forma de entrega.

12.

¿Los animales de compañía u otras especies animales presentes en el
establecimiento están alimentados con carne de pollo o huevos u otro
alimento no comercial que provenga del exterior? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, indicar el origen, nombre y dirección del
proveedor, tipo y cantidad de alimento.

13.

¿Se introdujo estiércol del exterior en el transcurso de los últimos dos meses? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, indicar nombre y dirección del proveedor
u origen del mismo, lugar de abono, forma y fecha.

14.

Según el granjero, ¿cómo se introdujo la enfermedad?

D. Dispersión de la enfermedad
1. Salida de aves vivas durante los últimos 30 días (incluir las salidas temporales, tales como exposiciones). Consignar fecha, cantidad, persona que
realizó el transporte, destino y razón del movimiento.
2. Salida de huevos fértiles o de consumo durante los últimos 30 días. Consignar fecha, cantidad, persona que realizó el transporte, destino y razón del
movimiento.
3. ¿Se sacaron otros productos animales del establecimiento durante los últimos 30 días? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, describir los productos, la cantidad aproximada, indicar las fechas, por quién fueron sacadas e indicar dónde se encuentran dichos productos actualmente (si se sabe).

57

�4. ¿Salieron y tuvieron acceso a otros establecimientos camiones, maquinarias
u otros equipos, durante los últimos 30 días? (Incluir el material adquirido
temporariamente o prestado). Sí ( ) No ( )
5. ¿Los propietarios del establecimiento o empleados han vivido o trabajado en otros establecimientos durante los últimos 30 días?
Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, indicar los nombres de las personas, las
direcciones y ubicación de los establecimientos, las especies de animales
que se cuidan y las compras o ventas efectuadas durante dicho período, si
se conocen.
6. ¿Los miembros de la familia o la familia de los empleados tienen un empleo
fuera del establecimiento? Sí ( ) No ( )
En caso de respuesta afirmativa, indicar los nombres de las personas, lugares y naturaleza del empleo. Por ejemplo matadero, otra explotación avícola,
planta de incubación, etc.
7. Enumerar los visitantes, su dirección y número de teléfono además de las
fechas y motivo de las visitas durante los dos últimos períodos críticos; mencionar en especial los proveedores de alimentos, comerciantes de animales,
supervisor de zona o recorredor de la empresa integradora (si posee), equipo de vacunación y toda persona que haya estado en la explotación.
8. ¿Se llamó a médicos veterinarios durante los últimos 30 días? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, indicar los nombres y direcciones, número
de teléfono, fechas y motivos de visita y los resultados (en los animales que
estuvieron tratados, si hubo mejoría, etc.)
9. ¿Se transportó guano o cama de pollo o mortandad fuera del establecimiento durante los últimos 30 días? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, indicar las fechas, la forma de transporte, el
lugar donde fue enviado o abonado, el nombre y el tipo de animales existentes en el establecimiento al que fue enviado (si posee).
10.

58

¿Hay guano, cama de pollo, aves muertas o sus plumas por las rutas o

�Manual de Procedimientos / Influenza Aviar

caminos, afluentes o lagos comunes o sobre el terreno de los establecimientos vecinos que provienen de otros establecimientos de la región
incluyendo el establecimiento afectado? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, describir.
11.

¿De qué manera se sacan los desechos o basura de los establecimientos
(incluyendo la basura doméstica)?
- ¿Retirado por los servicios municipales? Sí ( ) No ( )
- ¿Enviado al basurero local? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, indicar el lugar y la distancia del establecimiento.
- ¿Consumido por los animales? Sí ( ) No ( ).
En caso de respuesta afirmativa, precisar qué animales, etc.

12.

¿Los animales muertos durante los últimos 30 días fueron destruidos?
Sí ( ) No ( )
En caso de respuesta afirmativa, quién se encargó de las carcazas.

59

��PROTOCOLO DE ENFERMEDAD DENUNCIABLE
SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA
NOTIFICACION

SOSPECHA

FOCO

PROTOCOLO N°

1-Provincia ............................................... Partido o Depto. .................................................Of. Local .......................
2-RENSPA N° ..................................... RazónSocial y/o Propietario..............................................................................
Establecimiento................................................................. Coord. geograf.: Lat. S ................. Long. O ...................
3-FECHA DE

Notificación: ............./............./..........
Atención:............./............./.............Inicio:......../............./...........

4-ORIGEN DE INTER VENCION

Denuncia Espontánea

Denuncia Terceros

De Oficio

5-POBLACIÓN

Especie

Total
Sanos
Población
Total (A) Examin.
(A)+(B)

Total (B)

Examin.

Muertos

*

Indique con una “X”

Bovinos

H.1año
............................................................................................................................
...............
1a2años
...............................................................................................................................
................
+2 años
SUBTOTAL
Ovinos
........................................................................................................................................
Madres
....................................................................................................................................
Padrillos
....................................................................................................................................
Capones
....................................................................................................................................
Cachorros/as
.....................................................................................................................................
Lechones
........................................................................................................................................
Caprinos
........................................................................................................................................
Aves
........................................................................................................................................
Equinos
TOTAL
Porcinos

ORIGINAL

6-CATEGORIA DONDE SE
INICIO LA ENFERMEDAD

Enfermos

7-SINTOMAS Y LESIONES

(*): marcar con una “X” la categoría donde se extrajo la muestra

Lechones
Capones
Cachorros/as
Madres
Padrillos
Ternero
Novillos
Vaquillonas
Vacas
Toros
Bueyes
Ovinos
Porcinos
Caprinos
Gallina de postura
Gallina reproduct.
Pollos

8-MUESTRAS REMITIDAS
CANTIDAD

...............................................................................................................................
.............
...............................................................................................................................
.............
...............................................................................................................................
.............
...............................................................................................................................
.............
...............................................................................................................................
.............

9-DIAGNOSTICO PRESUNTIVO

10-VACUNACIONES

Fecha

...............................................................................

Enfermedad

Marca

Serie

Material en Formol
.............................................
Organosy/o Fluidos
.............................................
Líq. Esof. Faríngeo
.............................................
Hisopados
.............................................
Sueros
.............................................
Sangre
.............................................
Epitelio
.............................................
Amigdalas
.............................................
Ileon
.............................................
Otro
Menores

To tales

Ultima
...............................................................................................................................
...............................................................
Anteúltima
11-OBSERVACIONES .........................................................................................................
..........................................................................................................................................
..........................................................................................................................................
..........................................................................................................................................
..........................................................................................................................................
.......................................................................................................................................... ...........................................
Firma y Aclaración

��DATOS EPIDEMIOLOGICOS
12-TIPO DE EXPLOTACION
a- Cabaña

(indique con una “X” la opción elegida)

b- Cria
f- Mixto

c- Invernada
Acopio

13-CANTIDAD DE POTREROS DEL
ESTABLECIMIENT O CON ANIMALES

e- Engorde a Corral

d- Tambo

Tenencia Familiar

Otros...................................

CANTIDAD DE POTREROS AFECTADOS

14-CONSIGNE LOS DATOS DE INGRESODE ANIMALES DE LOS ULTIMOS 30 (Treinta) DIAS
DTA

Fecha

Provincia

Partido
Departamento

Establecimiento
Feria u Otros

Espe. Cant.

Novedad enOrigen
Si
No

......................................................................................................................................................................................
......................................................................................................................................................................................
......................................................................................................................................................................................
......................................................................................................................................................................................
En aquellos casos en que se manifieste la enfermedad en tropas ingresadas consigne con (*) el ingreso correspondiente e indique
la fecha en que se manifestó la enfermedad ................../................./..................

15-CONSIGNE LOS DATOS DE EGRESO DE ANIMALES DE LOS ULTIMOS 30 (Treinta) DIAS
DTA

Fecha

Provincia

Partido
Departamento

Establecimiento
Feria u Otros

Espe. Cant.

Aviso a Destino
(*)
Fecha

.....................................................................................................................................................................................
.....................................................................................................................................................................................
.....................................................................................................................................................................................
.....................................................................................................................................................................................
(*) Consignar SI ó NO, cuando alguna novedad sanitaria en destino, según corresponda.

16-INDIQUE LA/S PROBABLES FUENTES DE CONTAGIO
a) Hay o hubo focos (hasta 30 días antes) en establecimientos linderos.
b) Hay o hubo focos (hasta 30 días antes) en establecimiento en un radio de ... km, de donde desaparecieron los primeros enfermos.
c) Hay una feria, embarcadero de hacienda, playa de frigorífico u otro sitio de concentración de hacienda en el área focal, perifocal
o de vigilancia.
d) Se realizaron movimientos o trabajos en el establecimiento dentro de los 30 días previos a la aparición de la enfermedad.
En caso afirmativo, indicar si fueron: Arreos, Transporte en camión, Balneaciones, Castraciones, Veterinario, Marcaciones,
Movimiento de maquinaria agrícola, Otros .......................................................(tachar lo que no corresponda).

17-HIPOTESIS PRELIMINAR DE INGRESO DE LA ENFERMEDAD
...............................................................................................................................
.................................................................
...............................................................................................................................
.................................................................
...............................................................................................................................
.................................................................

N° Predios Area Perifocal
18-DEL AREA PERIFOCAL

N° Susceptibles Area Perifocal
TOTAL GENERAL

��RENSPA
Nº

Especie

Fecha

Entrada Nº

Edad

Sexo
H M

Raza

Propietario............................................................................................................... Dirección: ..................................................................
........................................................................................................... Localidad........................................................................................
Partido/Depto.: ......................................................................................................................... Telefax: ....................................................
Remitente:............................................................................................................... Dirección: ..................................................................
........................................................................................................... Localidad........................................................................................
Partido/Depto.: ......................................................................................................................... Telefax: ....................................................
Animal

Vivo

Historia Clínica:

Muerto

Fecha y Hora de la Muerte..................................................................................

(Signos, tratamientos, morbilidad, mortalidad, etc.)

Diagnóstico Clínico Presuntivo..................................................................................................................................................................
Veterinario Clínico: ........................................................................Veterinario Necropsista:........................................................................
DESCRIPCION DE ALTERACIONES MACROSCOPICAS
(Describir indicando forma, tamaño en cm o mm, color, consistencia, cantidad y localización)
Exterior

(Piel, ojos, orejas, tejido subcutáneo, etc.)

Sistema Respiratorio (Nariz, seños, laringe, tráquea, pulmones, pleura)
Sistema Circulatorio
Sistema Digestivo

(Corazón, arterias, venas y vasos linfáticos)

(Boca, faringe, esófago, intestino, recto, páncreas y peritoneo)

Sistema Hemopoyético
Sistema Urinario

(Ganglios, bazo, amígdalas, médula ósea, timo; indicar localización de linfonódulos afectados)

(Riñones, uréteres, vejiga, uretra)

Sistema Genital: Masculino (Testículos, epidídimo, vesículas seminales, próstata, pene, prepucio) Femenino (ovarios, útero, vagina, vulva, glándulas mamarias)
Sistema Endocrino
Sistema Locomotor

(Hipófisis, adrenales, tiroides, paratiroides)

(Músculos, huesos y articulaciones)

Sistema Nervioso (Cerebro, cerebelo, médula espinal, meninges, nervios)
Diagnóstico Presuntivo:
Análisis Complementarios

Bacteriología
Parasitológicos

Hematología
Serológicos

Virología
Otros

Estudio Histopatológico (Indicar tejidos muestreados)

C.120

Diagnóstico Final:

Lugar y Fecha:..............................................................................
Aclaración Firma..........................................................................

.............................................................................................
Firma

��ESTUDIO DE ENFERMEDAD DENUNCIABLE - INFORME FINAL
SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA
Notificación

Sospecha

PROTOCOLO N°

Foco

UBICACION
1-Provincia ............................................... Partido o Depto. .................................................Of. Local .......................

PRODUCTOR
2-RENSPA N° ..................................... RazónSocial y/o Propietario..............................................................................
Establecimiento................................................................. Coord. geograf.: Lat. S ................. Long. O ...................
FECHA DE ULTIMO
ANIMAL ENFERMO

FECHA LEVANTAMIENTO
............./............./..........
DE LA INTERDICCION

............./............./..........

FECHA DE LAS VISIT AS

CANTIDAD DE VISITAS
AL ESTABLECIMIENTO

Enfermos

Bovinos

H.1año
.........................................................................
1a2años
.........................................................................
+2 años
SUBTOTAL

Porcinos

Ovinos
................................................................................
Madres
...........................................................................
Padrillos
...........................................................................
Capones
............................................................................
Cachorros/as
............................................................................
Lechones
...............................................................................
Caprinos
................................................................................
Aves
................................................................................
Equinos
................................................................................
OTROS
TOTAL
CANTIDAD DE ESTABLECIMIENTOS
VISITADOS DURANTE EL
RASTREO EPIDEMIOLOGICO

Especie

Muertos

Total

H.1año
................................
1a2años
................................ CANTIDAD DE POTREROS
AFECTADOS
+2 años
SUBTOTAL
Ovinos
.......................................
Madres
..................................
Padrillos
..................................
Capones
...................................
CANTIDAD DE ESTABLECICachorros/as
...................................
Bovinos

Total

............./............./..........
............./............./..........
............./............./..........
............./............./..........
............./............./..........
............./............./..........

CANTIDAD DE SUSCEPTIBLES
VACUNADOS EN AREA PERIFOCAL

DETALLE DE ANIMALES SANOS Y
MUERTOS AL FINAL DEL PROCESO

Porcinos

ORIGINAL

EVOLUCION DE LA
ENFERMEDAD EN DIAS

Especie

1
2
3
4
5
6

Lechones
.......................................
Caprinos
.......................................
Aves
.......................................
Equinos
.......................................
OTROS
TOTAL

CANTIDAD DE ESTABLECIMIENTOS INTERDICTOS
EN LA ACTUACION

MIENTOS VACUNADOS EN
AREA PERIFOCAL

CANTIDAD DE ESTABLECIMIENTOS CON
FIEBRE AFTOSA DETECTADOS
EN EL RASTREO EPIDEMIOLOGICO

OBSERVACIONES...................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................
................................................................................................................................................................................

Fecha:............./ ............../ ....................

...........................................................................................
Firma y SelloVeterinario Responsable

��ENVIO DE MUESTRAS DE ENFERMEDAD DENUNCIABLE AL LABORATORIO
SISTEMA NACIONAL DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA
ANEXO IV

Notificación

Sospecha

Foco

PROTOCOLO N°

1-Provincia ............................................... Partido o Depto. .................................................Of. Local .......................
2-RENSPA N° ..................................... RazónSocial y/o Propietario..............................................................................
Establecimiento................................................................. Coord. geograf.: Lat. S ................. Long. O ...................
3-VETERINARIO ACTUANTE
Nombre: .............................................................................................................. Firma
Tel/Fax: ...............................................................................................................

4-Fecha de toma de muestra
: ........../........ / ..........
Fecha de remisión:............/................................
/

5-POBLACION
Especie

6-CATEGORIA DONDE SE INICIO LA ENFERMEDAD

8-MUESTRAS REMITIDAS

Total

Enfermos

Sanos

7-SINTOMAS Y LESIONES

9-DIAGNOSTICO PRESUNTIVO DE L A SOSPECHA

CANTIDAD

Material Formol 10%
............................................
Organos:Hígado
............................................
Riñón
............................................
Bazo
............................................
Vejiga
............................................
Amígdalas
............................................
Ileón
............................................
Hisopados
............................................
Suero
............................................
Sangre
............................................
Otro

Fecha

10-VACUNACIONES

Enfermedad

Marca

Serie

Ultima
...................................................................................................................................
Anteúltima
FECHA DE INGRESO MUESTRA: ....../ .... / ........

11- SOLICITUD DE PRUEBAS
Virológicas
Parasitólogica

Bacteriológicas
Toxonomia

Serológicas
Otros:.....................................
ESPECIFICAR

12-RESULTADO LABORATORIO
Agente Actuante

Serología

Resultado..........................................................................................................
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................
.....................................................................................................................

FECHA DEL INFORME: ........./....... / ...........

................................................................................................
Firma y Aclaración

��EDICIONES SENASA
Dr. Carlos Amaya
Presidente
Carlos Casamiquela
Vicepresidente
Diana Guillén
Gerente General
Dr. Jorge Dillon
Director Nacional de Sanidad Animal
Dr. Mariano Ramos
Director de Luchas Sanitarias
Dra. Cora Espinoza
Jefa del Programa de Aves y Granjas
Dra. Cora Espinoza y Dra. Patricia Borgna
Responsables de contenidos
Gabriel Rizzo y Damián Atencio
Diseño y tapa de publicación .

Unidad de Información y
Comunicación Institucional
Av. Paseo Colón 367, Piso 7°frente, C1063ACD
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Tel. (054 11) 4121-5369
E-mail: prensa@senasa.gov.ar
República Argentina, agosto de 2009

�Manual de Procedimientos

Influenza Aviar
La influenza aviar es una enfermedad exótica para la
República Argentina. Por la gravedad de las
características que reviste, se ha elaborado el
presente Manual de Procedimientos, basado en la
Resolución Nº 1078/99, a fin de que ante la posible
detección de un foco o sospecha se tomen las
medidas emergenciales correspondientes.
El presente Manual fue redactado por el personal del
Programa de Enfermedades de Animales de Granja,
de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del
Senasa.
Está dirigido principalmente a los veterinarios locales
de la Dirección Nacional de Sanidad Animal del
Servicio y a las autoridades provinciales, municipales
y nacionales encargadas de la aplicación de las
normas de policía sanitaria; por tanto, se centra en
los principios de la enfermedad, su descripción,
aplicaciones de las pruebas de laboratorio,
evaluación de sus resultados, atención de sospechas
y focos, etc.

4FSWJDJP�/BDJPOBM�EF�4BOJEBE�Z�
$BMJEBE�"HSPBMJNFOUBSJB

Dirección Nacional
de Sanidad Animal
Dirección de
Luchas Sanitarias

Av. Paseo Colón 367 C1063ACD
Tel.: 54 11 4121 5000
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
República Argentina

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          <name>Dublin Core</name>
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                <text>Dirección Nacional de Sanidad Animal &#13;
Programa de Enfermedades de Animales de Granja</text>
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                <text>Resolución Senasa Nº 1078/99</text>
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                <text> La influenza aviar es una enfermedad exótica para la República Argentina. Por la gravedad de las características que reviste, se ha elaborado el presente Manual de Procedimientos, basado en la Resolución Nº 1078/99, a fin de que ante la posible detección de un foco o sospecha se tomen las  medidas emergenciales correspondientes.</text>
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                <text>Introducción &#13;
 Características de la enfermedad &#13;
 Distribución geográfica &#13;
 Etiología&#13;
 Resistencia &#13;
 Patogenicidad &#13;
 Cuadro clínico &#13;
 Reservorios &#13;
 Transmisión &#13;
 Potencialidad zoonótica &#13;
 Población hospedadora &#13;
 Diagnóstico &#13;
 Diagnóstico diferencial &#13;
 Prevención y profilaxis &#13;
Capítulo 1&#13;
 Acciones y procedimientos ante la sospecha o confirmación de enfermedad &#13;
Capítulo 2&#13;
 Vigilancia epidemiológica &#13;
Capítulo 3&#13;
 Investigación epidemiológica &#13;
Capítulo 4&#13;
 Sacrificio sanitario y eliminación &#13;
Capítulo 5&#13;
 Limpieza y desinfección &#13;
Capítulo 6&#13;
Medidas de protección para los trabajadores &#13;
Capítulo 7&#13;
 Procedimientos en plantas de faena &#13;
Capítulo 8&#13;
 Repoblación y centinelización &#13;
Capítulo 9&#13;
 Toma de muestras, conservación y acondicionamiento &#13;
Capítulo 10&#13;
 Diagnóstico de laboratorio &#13;
Capítulo 11&#13;
 Investigación epizootiológica &#13;
Protocolos</text>
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                    <text>SENASA
DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL
Programa Nacional de Sanidad de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal

MANUAL DE TRÁMITE A DISTANCIA PARA LA
INSCRIPCIÓN/REINSCRIPCIÓN/MODIFICACIÓN/BAJA AL
REGISTRO DE VIVERISTAS (RENFO)

Año 2019
V. 1.1

�Índice de contenidos
1.

Introducción .............................................................................................................................................................. 3

2.

Criterios para la inscripción de operadores de material de propagación en el RENFO ............................................ 3

3.

4.

2.1.

¿Quiénes deben inscribirse? ............................................................................................................................. 3

2.2.

¿Qué se debe inscribir? ..................................................................................................................................... 3

2.3.

Vigencia de la inscripción. ................................................................................................................................. 3

Ingreso a la plataforma TAD...................................................................................................................................... 3
3.1.

Link de ingreso .................................................................................................................................................. 3

3.2.

Pantalla principal de la plataforma TAD ........................................................................................................... 4

Tramites de RENFO disponibles en la plataforma TAD ............................................................................................. 4
4.1.

Inscripcion en el RENFO. ................................................................................................................................... 5

4.2.

Reinscripción en el RENFO. ............................................................................................................................... 5

4.3.

Modificación de datos de viveros, .................................................................................................................... 5

4.4.

Baja de viveros - ................................................................................................................................................ 5

5.

DELEGACION DEL SISTEMA TAD – RESPONSABLES TECNICOS DE VIVERO ............................................................... 5

6.

PASO A PASO USO DE LA PLATAFORMA TAD PARA RENFO. ..................................................................................... 5
6.1.

Búsqueda de trámites. ...................................................................................................................................... 5

6.2.

Trámites disponibles. ........................................................................................................................................ 6

6.3.

Inicio de trámite ................................................................................................................................................ 6

6.4.

TRAMITE DE INSCRIPCION / REINSCRIPCIÓN / MODIFICACIÓN de operadores en el RENFO. ........................ 6

6.4.1.

Carga del formulario: Datos de tramite. ................................................................................................... 8

6.4.2.

Carga de datos generales .......................................................................................................................... 8

6.4.3.

Carga de datos de Responsable tecnico. .................................................................................................. 9

6.4.4.

Documentación complementaria obligatoria. ........................................................................................ 11

6.4.5.

Formulario de especies Ornamentales. .................................................................................................. 11

6.4.6.

Formulario de especies Citricas/Carozo/Pepita/Palmeras/Forestales ................................................... 13

6.4.7.

Confirmar el trámite. .............................................................................................................................. 13

6.5.
7.

FORMULARIO DE BAJA DEL RENFO ................................................................................................................. 13

Contacto .................................................................................................................................................................. 14

2

�Manual de inscripción al Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de. Material de Propagación,
Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal (RENFO) a través de la plataforma de trámites a distancia
(TAD)

1. Introducción
El término material de propagación se asimila familiarmente al de viveros, estos pueden
considerarse el primer eslabón de toda la cadena productiva. La sanidad de los mismos debe privilegiarse
de modo de evitar problemas fitosanitarios en el origen y el posterior compromiso en la producción tanto
para consumo interno como para la exportación. Por tal motivo, el SENASA lleva adelante el Registro
Nacional Fitosanitario de Operadores de. Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación
Vegetal (RENFO), cuya tramitación se ha ayornado y en la actualidad se realiza de forma online a través de
la plataforma de Tramites a Distancia (TAD) del estado nacional.
2. Criterios para la inscripción de operadores de material de propagación en el RENFO
2.1. ¿Quiénes deben inscribirse?
Los operadores que en cualquier carácter resulten responsables de la propagación, micropropagación y/o
multiplicación, de plantas y/o sus partes. Que entreguen o envíen plantas y/o sus partes (con excepción de la
semilla botánica) a cualquier título, incluso para uso propio y para su posterior implantación, multiplicación,
propagación y/o venta. Todo importador de material vegetativo de propagación, micropropagación y/o
multiplicación, cuyo destino sea la multiplicación de los mismos.

2.2. ¿Qué se debe inscribir?
Las inscripciones de viveros o lotes de producción se hace por unidad productiva . Es decir, que cada predio
se inscribe por separado. Por ejemplo: si un viverista tiene dos unidades productivas y una unidad comercial, debera
completar el tramite tres veces y cursara tres expedientes distintos.

2.3. Vigencia de la inscripción.
La inscripción en el RENFO tiene una validez de un año, la cual finalizada debe renovarse.

3. Ingreso a la plataforma TAD
3.1. Link de ingreso
Se ingresa al sistema a través del siguiente link: https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/iniciopublico. Una vez dentro el usuario debe seleccionar alguna de las opciones de autenticaciòn de identidad para
ingresar: CLAVE FISCAL, DNI, y ANSES.

Trámites a Distancia (TAD): es una plataforma que permite al ciudadano
realizar trámites ante la Administración Pública de manera virtual desde
una PC, pudiendo gestionar y llevar el seguimiento de los mismos sin tener
que acercarse a una mesa de entrada.

Para todo lo referido al uso de la plataforma,
(https://tramitesadistancia.gob.ar/ManualUsuario.pdf)

consultar

el

Manual

Usuario

TAD
3

�3.2. Pantalla principal de la plataforma TAD
Una vez dentro tenemos acceso a más de 1000 tramites autogestionados del estado nacional. El tramite de
RENFO se detalla paso a paso a partir del punto 5.

4. Tramites de RENFO disponibles en la plataforma TAD

4

�4.1. Inscripcion en el RENFO. Este tramite se realiza por primera y unica vez al inscribir un nuevo vivero o
unidad productiva en el registro. Las renovaciones siguientes del mismo vivero o unidad productiva deben
hacerse con el tramite de “Reinscripción de viveros”.
4.2. Reinscripción en el RENFO. este trámite revalida la inscripción inicial de los operadores y prorroga por un
año más la vigencia de la inscripción.
4.3. Modificación de datos de viveros, se utiliza cuando se debe agregar o cambiar algún dato del registro
como puede ser: Cambio de Responsable Técnico, agregar o quitar especies declaradas, etc. De requerir
realizar un cambio de Titular del vivero, el ciudadano deberá dar de baja el registro existente y solicitarle al
nuevo titular que inscriba nuevamente la unidad productiva.
4.4. Baja de viveros - Este trámite se debe realizar al momento de dar de baja el vivero. Una vez presentada la
baja un inspector de SENASA va a constatar el cese de actividades del vivero.

5. DELEGACION DEL SISTEMA TAD – RESPONSABLES TECNICOS DE VIVERO
Para que un RESPONSABLE TECNICO de vivero pueda operar en nombre del vivero, el titular del
Vivero le debe delegar el uso del TAD a su nombre.
Los tutoriales para apoderar una persona humana o juridica estan en el siguiente enlace:
https://tramitesadistancia.gob.ar/ayuda.html

6. PASO A PASO USO DE LA PLATAFORMA TAD PARA RENFO.
6.1. Búsqueda de trámites. Una vez dentro de la plataforma nos podemos encontrar con númerosos tramites
a distancia disponibles para realizar de todas las orbitas del estado. Para encontrar con facilidad aquellos
relacionados al SENASA y en particular al RENFO , se puede colocar en el buscador de TAD la palabra
“RENFO “.

5

�6.2. Trámites disponibles. Seleccionar el trámite de la lista, de los cuatro tramites posibles.

6.3. Inicio de trámite. Para iniciar un tramite se debe apretar el boton inciar tramite. Asimismo haciendo click
en el boton DETALLES de cada tramite tendremos una ampliación de los requisitos o particularidades que
tiene el tramite en cuestion.

6.4. TRAMITE DE INSCRIPCION / REINSCRIPCIÓN / MODIFICACIÓN de operadores en el RENFO.
Luego de INICIAR el tramite, en la siguiente pantalla nos encontraremos con los campos o archivos para
completar que aparecen en la siguiente figura. Cuando el campo dice
significa que se abrira otra
6

�pantalla y habra que completar un formulario. En el caso de que diga
nos va a pedir de subir un
documento. Cabe aclarar que cuando se sube un documento nuevo, este se guarda en la nube de la plataforma TAD
y puede ser seleccionado para otros tramites futuros.

7

�6.4.1. Carga del formulario: Datos de tramite.
Se deberan completar los formularios de Datos de trámite, y luego los formularios de los grupos de especies
frutales que se comercialicen o manipulen.
6.4.2. Carga de datos generales

Consignar los datos de latitud y longidud de ubicación de la unidad productiva y/o comercial en cuestión.

Luego tildar las casillas de los grupos de especies manipulados, comercializados o producidos en la unidad
productiva o comercial que estemos registrando

8

�6.4.3. Carga de datos de Responsable tecnico.
En caso de corresponder, completar los datos del Responsable tecnico del Vivero. Corresponde RT cuando el
vivero es productor.

9

�10

�Al finalizar la carga de datos generales y del responsable tecnico se debera apretar el botón guardar. El
sistema vuelve a la pantalla inicial de trámite de RENFO.
6.4.4. Documentación complementaria obligatoria.
Ya de vuelta en la pantalla anterior, debemos seguir completando el registro. Ahora procederemos a subir
los archivos que corresponden a:
-Matricula profesional del RT , solo si el vivero es productor y requiere de un Responsable técnico para
operar.
-Autorización de publicación de datos del Responsable tecnico (de corresponder) se autoriza al SENASA a
publicar en la página web los datos de los responsables tecnicos de vivero.
-Copia del DNI del Titular.
-Copia del DNI del Responsable tecnico (de corresponder) .

Luego de cargar los archivos requeridos, se debe proceder a la carga de los formularios de los grupos de
especies seleccionadas. En general, la carga de estos formularios involucra dos partes: la primera seleccionar las
especies manipuladas, luego colocar el origen de la producción, y la declaración de cantidad de material y plantas
madre disponibles.
RECORDAR QUE TODOS AQUELLOS PRODUCTOS QUE NO SE DECLAREN EN ESTE FORMULARIO, NO
ESTARAN DISPONIBLES EN EL SISTEMA SIG-DTV
6.4.5. Formulario de especies Ornamentales. A diferencia de los otros formularios, el de ornamentales no
tiene declaración de STOCK, al finalizar la seleccion de especies, se debera indicar si el vivero posee
plantas madre.

11

�12

�6.4.6. Formulario de especies Citricas/Carozo/Pepita/Palmeras/Forestales. A diferencia del formulario de
especies ornamentales, para estas categorías de material de propagación se requiere más información
en cuanto a las cantidades de material.
A modo de ejemplo se visualizan capturas del formulario de carga de frutales de pepita. La Imagen
izquierda muestra la sección de la pantalla donde se seleccionan las especies y la imagen derecha
muestra la declaraci{on de stock que se debe hacer por cada material seleccionado.

6.4.7. Confirmar el trámite. Una vez finalizada la carga de todos los formularios, se deberá apretar el botón
azul
al pie de la página. Una vez realizados los pasos del punto 5.4 hasta el punto
5.4.15 ya habrá terminado los tramites de Insripción, Reinscripción o modificación de viveros en el
RENFO, todos los formularios de estos tres tramites son iguales.

6.5. FORMULARIO DE BAJA DEL RENFO
Este trámite es más sencillo que los anteriores, simplemente se deben completar los datos que veremos a
continuación:
13

�-N° RENFO: es el número otorgado al vivero por SENASA-Completar los datos de ubicación del vivero.
Una vez finalizada la carga del formulario apretar el boton Guardar.

7. Contacto
Por cualquier inconveniente o duda al cargar el formulario TAD de RENFO, Usted podrá comunicarse vía
correo electrónico a viveros@senasa.gob.ar , o bien por teléfono consultando la agenda de oficinas según el centro
regional de su competencia:
-CENTRO REGIONAL PAMPEANO
https://www.argentina.gob.ar/senasa/que-es/centros-regionales/bsaslapampa
-CENTRO REGIONAL METROPOLITANO
https://www.argentina.gob.ar/senasa/que-es/centros-regionales/metropolitano
-CENTRO REGIONAL CUYO
https://www.argentina.gob.ar/senasa/que-es/centros-regionales/cuyo
-CENTRO REGIONAL NOA
https://www.argentina.gob.ar/senasa/que-es/centros-regionales/noa/
-CENTRO REGIONAL NEA
https://www.argentina.gob.ar/senasa/que-es/centros-regionales/nea
-CENTRO REGIONAL PATAGONIA
https://www.argentina.gob.ar/senasa/que-es/centros-regionales/patagonia
14

�-CENTRO REGIONAL CENTRO
https://www.argentina.gob.ar/senasa/que-es/centros-regionales/centro
-PROGRAMA NAC. DE SANIDAD DE MATERIAL DE PROPAGACIÓN
011-4121-5000 – INT. 5191 O 5095

15

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Manual de trámite a distancia para la Inscripción/Reinscripción/Modificación/Baja al registro de viveristas (RENFO). V 1.1</text>
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                <text>Dirección Nacional de Protección Vegetal&#13;
Programa Nacional de Sanidad de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal</text>
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            <description>A summary of the resource.</description>
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                <text>El presente manual ofrece una guía para realizar los trámites vinculados al Registro de Viveros (RENFO). Se explica en detalle la carga del formulario a través de la plataforma TAD (Trámites a Distancia)</text>
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            <description>A list of subunits of the resource.</description>
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                <text>1. Introducción &#13;
2. Criterios para la inscripción de operadores de material de propagación en el RENFO &#13;
2.1. ¿Quiénes deben inscribirse? &#13;
2.2. ¿Qué se debe inscribir? &#13;
2.3. Vigencia de la inscripción. &#13;
3. Ingreso a la plataforma TAD&#13;
3.1. Link de ingreso &#13;
3.2. Pantalla principal de la plataforma TAD &#13;
4. Tramites de RENFO disponibles en la plataforma TAD &#13;
4.1. Inscripción en el RENFO. &#13;
4.2. Reinscripción en el RENFO. &#13;
4.3. Modificación de datos de viveros, &#13;
4.4. Baja de viveros - &#13;
5. DELEGACION DEL SISTEMA TAD – RESPONSABLES TECNICOS DE VIVERO &#13;
6. PASO A PASO USO DE LA PLATAFORMA TAD PARA RENFO. &#13;
6.1. Búsqueda de trámites. &#13;
6.2. Trámites disponibles. &#13;
6.3. Inicio de trámite &#13;
6.4. TRAMITE DE INSCRIPCION / REINSCRIPCIÓN / MODIFICACIÓN de operadores en el RENFO. &#13;
6.4.1. Carga del formulario: Datos de trámite. &#13;
6.4.2. Carga de datos generales &#13;
6.4.3. Carga de datos de Responsable técnico. &#13;
6.4.4. Documentación complementaria obligatoria. &#13;
6.4.5. Formulario de especies Ornamentales. &#13;
6.4.6. Formulario de especies Cítricas/Carozo/Pepita/Palmeras/Forestales &#13;
6.4.7. Confirmar el trámite. &#13;
6.5. FORMULARIO DE BAJA DEL RENFO &#13;
7. Contacto </text>
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        <name>SISTEMAS INFORMATICOS</name>
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        <name>Viveros</name>
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                    <text>MANUAL DEL USUARIO

SISTEMA INTEGRADO DE
GESTIÓN DE LAVADEROS

�SENASA - SIGLava

Manual del Usuario v.3

ÍNDICE

Introducción .................................................................................. 3

1. Ingreso al Sistema de Lavaderos .............................................. 4

2. Gestión de Arancel .................................................................... 5
2.1 Alta de Arancel...................................................................... 5
2.2 Consulta de Arancel ............................................................... 6

3. Gestión de Caución ................................................................... 7
3.1 Alta de Caución ..................................................................... 7
3.2 Consulta de Caución .............................................................. 8

4. Gestión de Certificado Único de Lavado .................................... 8
4.1 Generar Lote ALAVETA ........................................................... 9
4.2 Generar Lote Lavadero ......................................................... 10
4.3 Consultar Lote .................................................................... 10
4.4 Consulta y Carga de Certificados ........................................... 11

5. Listados de Lavaderos............................................................. 13

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Introducción

El Sistema tiene como objetivo registrar y sistematizar toda la información
relacionada a la gestión técnica-administrativa necesaria para la emisión y uso
del Certificado Único de Lavado y Desinfección de Vehículos para el Transporte
de Animales Vivos. La información suministrada por el Sistema permitirá la
integración con otros sistemas del organismo y agilizará la gestión de carga y
control de la información.
El Sistema de Gestión de Lavaderos (SIGLava) contempla la generación del
Certificado Único de Lavado y Desinfección de Vehículos para el Transporte de
Animales Vivos en forma lote para un determinado Lavadero, que se encuentre
habilitado por SENASA.
El Sistema generará para cada Certificado un CUVE (Código Único de
Verificación Electrónica).
El arancel correspondiente al Certificado deberá ser ingresado y mantenido por
la Dirección de Servicio Administrativo-Financiero.
El pago del Certificado Único de Lavado por medio de CBU a los usuarios
externos o por medio de la caución acreditada por ALAVETA.
Tanto ALAVETA como los Lavaderos habilitados, deberán cargar en el SIGLava
los datos completos de los CULyD, emitidos con anterioridad, a fin de que los
mismos permitan cerrar el DTE que acompaña, en el momento de la entrega
de los animales.
La Coordinación General de Control de Información y Control de Gestión
dispondrá de un menú privado para realizar consultas específicas sobre la
información del Sistema mediante el uso del Sistema de Reportes Generales.

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Ingreso al Sistema de Lavaderos
El acceso al Sistema Integrado de Gestión de Lavaderos se realiza por medio
de un navegador web (Mozilla Firefox recomendado).
Para el caso de personal de SENASA, el ingreso al Sistema Integrado de
Gestión de Lavaderos se realiza a través de la Intranet de SENASA, para lo
cual deberá contar con un usuario habilitado para tal fin.

Una vez que haya ingresado su usuario, ingresará al Menú Principal del
Sistema Integrado de Gestión de Lavaderos.



Cerrar Sesión: permite cerrar la sesión y salir del Sistema de
Certificación. Se encuentra en el encabezado de la pantalla, en el
sector derecho.

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

Cambiar Contraseña: permite modificar la clave de su cuenta de
usuario. Se encuentra en el encabezado de la pantalla, en el sector
derecho.



Home: permite regresar al Portal de aplicaciones habilitadas para el
usuario.
Para el caso de ALAVETA o Lavaderos con Autogestión autorizada, el
ingreso al SIG-Lava se realiza a través de la pagina de AFIP con la clave
fiscal.

Gestión de Arancel
El arancel correspondiente al Certificado deberá ser ingresado y mantenido por
la Dirección de Servicio Administrativo-Financiero, pudiendo tener un solo
Arancel vigente.

Alta de Arancel
Agrega un arancel vigente a partir de la fecha actual, a través del cual se
cobrarán los certificados.



Monto ALAVETA: arancel correspondiente a cobrar a ALAVETA.



Monto SENASA: arancel correspondiente a SENASA.

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

Monto Total: es la suma del Monto ALAVETa y Monto SENASA.



Aceptar: guarda el nuevo arancel registrando como Fecha de Inicio de
Vigencia la fecha actual; y si hubiera un arancel anterior, el Sistema
coloca Fecha Vencimiento de Vigencia igual a la fecha actual.



Cancelar: sale de la pantalla sin guardar.

Consulta de Arancel
Podrá consultar los aranceles de los certificados en un determinado período.



Período de vigencia: perído en que se desea indicar la consulta.
o Desde: fecha desde donde se quiere realizar la consulta de aranceles.
o Hasta: fecha límite donde se quiere realizar la consulta de aranceles.



Consultar: Muestra una tabla con el detalle de los aranceles
comprendedidos en el período solicitado, juntamente con el arancel
actual.

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Gestión de Caución
La caución correspondiente a un determinado beneficiario deberá ser ingresada
y mantenida por la Dirección de Servicio Administrativo-Financiero.

Alta de Caución
Agrega un monto de caución, del que se descontarán los certificados impresos,
para un determinado beneficiario.



CUIT del Beneficiario: es la clave Única de Identificación Tributaria al
cuál se referirá la caución. Este CUIT será validado con AFIP, a fin de
obtener su veracidad.



Si el CUIT es válido, el Sistema mostrará los datos registrados en AFIP.





Monto a cargar: es el importe que se asignará a la caución.



Aceptar: guarda la nueva caución registrando la Fecha de actual en que
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se produce la misma.


Cancelar: sale de la pantalla sin guardar.

Consulta de Caución
Podrá consultar los aranceles de los certificados en un determinado período.



Fecha de Registro: perído en que se desea indicar la consulta.
o Desde: fecha desde donde se quiere realizar la consulta de cauciones.
o Hasta: fecha límite donde se quiere realizar la consulta de cauciones.



Consultar: Muestra una tabla con
comprendidos en el período solicitado.

el

detalle

de

las

cauciones

Gestión de Certificado Único de Lavado
Los certificados podrán ser generados en lotes para un único Lavadero. Estos
lotes podrán ser impresos por ALAVETA y/o Lavaderos habilitados que hayan
cumplido los requisitos para acceder por autogestión. Una vez generado el lote
de certificados para un determinado Lavadero, se descontará el arancel
correspondiente, descontándose de la caución en caso de ALAVETA o a través
del CBU del Lavadero solicitante.
El sistema permite la consulta de Lavaderos habilitados por SENASA y de los
CULyD emitidos.

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Generar Lote ALAVETA
Genera un lote de certificados (mínimo de 10) para un lavadero habilitado
específico, pudiendo imprimir el mismo a posteriori. El Sistema calcula
automáticamente el Monto total del arancel, el que será descontado de la
caución si es que tiene saldo.



Lavadero: lista de lavaderos habiltiados por SENASA.



Cantidad de Certificados: cantidad de certificados a imprimir para el
lote.



Precio Unitario Certificado: valor de cada uno de los certificados.



Monto: importe a descontar de la caución.



Generar Lote: genera un archivo .pdf con el lote de certificados
solicitados, si es que hay saldo de la caución, informa el número de lote
que corresponde y habilita el botón Imprimir.

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Generar Lote Lavadero
Genera un lote de certificados (mínimo de 10) para el lavadero solicitante,
pudiendo imprimir el mismo a posteriori. El Sistema calcula automáticamente
el Monto total del arancel, el que será descontado a través del CBU de la
cuenta bancaria declarada en SENASA.



Lavadero: nombre del lavadero solicitante.



Cantidad de Certificados: cantidad de certificados a imprimir para el
lote.



Precio Unitario Certificado: valor de cada uno de los certificados.



Monto: importe a descontar de la caución.



Generar Lote: genera un archivo .pdf con el lote de certificados
solicitados, debita de la cuenta bancaria del lavadero solicitante a través
del CBU previamente informado a SENASA, informa el número de lote
que corresponde y habilita el botón Imprimir.

Consultar Lote
El Sistema permite consultar por lote, por lavadero y/o por un determinado
período en que se generó el lote.

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

Número de Lote: número único de lote.



Lavadero: lavaderos habiltados por SENASA.



Fecha de Registro: perído en que se desea indicar la consulta.
o Desde: fecha desde donde se quiere realizar la consulta de lotes.
o Hasta: fecha límite donde se quiere realizar la consulta de lotes.



Consultar: Muestra una tabla con el detalle de los Lotes
comprendedidos en los criterios de búsqueda. La columna Lote, muestra
un ícono que contiene el archivo .pdf del lote.

Consulta y Carga de Certificados
El sistema permite consultar un certificado
información de la emisión del mismo.

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generado

y

actualizar

la

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

Número de Certificado: número único otorgado a cada CUL.



Consultar: Muestra una tabla con el detalle del certificado solicitado. La
columna Operaciones Disponibles, muestra un ícono que permite
completar los datos faltantes en el certificado emitido.



Certificado Nº: número único otorgado a cada CUL.



Lavadero: nombre del lavadero emisor del CUL.



Propietario: nombre del propietario del lavadero emisor.



Habilitación SENASA Nº: número de habilitación de SENASA para el
lavadero emisor.



Dirección: domicilio del lavadero emisor.



Localidad: localidad del lavadero emisor.



Fecha de lavado: fecha de lavado del camión.



Camión (dominio): patente identificatoria del camión.



Habilitación SENASA Nº: número de habilitación de SENASA para el
camión.



Acoplado (dominio): patente identificatoria del acoplado.



Habilitación SENASA Nº: número de habilitación de SENASA para el
acoplado.



Semi-remolque (dominio): patente identificatoria del semi-remolque.



Habilitación SENASA Nº: número de habilitación de SENASA para el
semi-remolque.

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

Fecha de vencimiento: fecha de vencimiento del Certificado.



Aceptar: guarda el certificado completo.



Cancelar: sale de la pantalla sin guardar.

Listados de Lavaderos
Muestra la lista de lavaderos habilitados por SENASA, para ser utilizada por
ALAVETA a los fines de constatar los datos de los solicitantes.

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            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
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            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
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                <text>El presente manual ofrece una guía para la carga de datos en el Sistema de Gestión de Lavaderos (SIGLava). Se detalla el ingreso al sistema, gestión del arancel, gestión de caución, gestión de Certificado Unico de Lavado, generación de Lote Lavadero y consulta y carga de certificados. El sistema tiene el objetivo de registrar y sistematizar toda la información relacionada a la gestión técnica-administrativa necesaria para la emisión y uso del Certificado Único de Lavado y Desinfección de Vehículos para el Transporte de Animales Vivos.</text>
              </elementText>
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            <name>Table Of Contents</name>
            <description>A list of subunits of the resource.</description>
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              <elementText elementTextId="32831">
                <text>Introducción &#13;
1. Ingreso al Sistema de Lavaderos &#13;
2. Gestión de Arancel &#13;
2.1 Alta de Arancel&#13;
2.2 Consulta de Arancel &#13;
3. Gestión de Caución &#13;
3.1 Alta de Caución &#13;
3.2 Consulta de Caución &#13;
4. Gestión de Certificado Único de Lavado &#13;
4.1 Generar Lote ALAVETA &#13;
4.2 Generar Lote Lavadero &#13;
4.3 Consultar Lote &#13;
4.4 Consulta y Carga de Certificados &#13;
5. Listados de Lavaderos&#13;
</text>
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        <name>SISTEMAS INFORMATICOS</name>
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                    <text>Sistema de Gestión
de Certificación
Fitosanitaria

Manual de Usuario

EXTERNO

1

�INDICE

Persona ............................................................................................................................ 3
¿Cómo cargar un Nuevo Exportados/Importador Extranjero? ..................................... 3
Depósitos: ........................................................................................................................ 4
¿Cómo autogestionar una boleta?................................................................................. 4
¿Cómo autogestionar un Recibo Oficial?..................................................................... 5
Expedientes: .................................................................................................................... 7
¿Cómo hacer una Solicitud de Exportación?................................................................ 7
Solicitud de Exportación: ........................................................................................... 12
Solicitud de Exportación: ........................................................................................... 12
¿Cómo consultar una solicitud de Expediente?.......................................................... 13
¿Cómo consultar un Expediente? ............................................................................... 14
¿Como consultar Turnos de Solicitudes de Inspección? ............................................ 15
¿Como solicitar un Certificado de Exportación?........................................................ 16
¿Como solicitar un Certificado de Exportación?........................................................ 16
¿Cómo solicitar una nota anexa desde una Solicitud de Exportación? ...................... 20
¿Cómo solicitar documento autenticado desde una Solicitud de Exportación? ......... 21
INSPECCIÓN A CAMPO ..................................................................................... 23
Solicitar Inspección a Campo .......................................................................... 24
Consulta de Inspecciones a Campo .............................................................. 28
Acciones dentro de la consulta................................................................... 29
Imprimir.................................................................................................................. 29
Modificar ................................................................................................................ 29
Eliminar .................................................................................................................. 29
Visualizar................................................................................................................ 29
Ingresar ................................................................................................................... 29
SOLICITUD DE EXPORTACIÓN ..................................................................... 29
ANEXOS II ................................................................................................................... 30
CONSULTAR ANEXO II ....................................................................................... 31
Como Generar un Anexo II ........................................................................................ 32
Consultas .................................................................................................................. 33
Consultas Delegaciones de AFIP ............................................................................... 34
Calculador de Costos .................................................................................................. 34
Costo de Certificación ............................................................................................ 36

2

�Persona
¿Cómo cargar un Nuevo Exportados/Importador Extranjero?
Con esta operación el usuario (Exportador) se deberá generar su
listado de Destinatario, los cuales van a estar disponibles a
seleccionar en las solicitudes de fitosanitario.

Seleccionar el exportador para el cual quiere agregar a la lista de
nuevo Destinatario.

Seleccionar Exportador

Para la carga del destinatario deberá ingresar los datos que se exigen
en el Certificado Fitosanitario:
Razón social y Dirección del destinatario.

Datos
del
Extranjero

Importador

3

�Depósitos:
Aclaración: Las boletas de depósito se pagan únicamente en Banco
Nación, mientras que los cupones se deben pagar en Cuantas a
Cobrar del Senasa Central o de las cajas habilitadas para tal fin.

¿Cómo autogestionar una boleta?
Para autogestionar una boleta de depósito, primero deberá
seleccionar el centro regional y la oficina local, en la cual iniciara el
trámite de exportación. Luego deberá indicar el exportador
responsable de la mercadería y finalmente deberá indicar el monto a
pagar con relación a las tazas y aranceles de exportación.

Seleccionar tipo de depósito
que se va a autogestionar

Seleccionar la oficina a la
cual se realizara el depósito

Ingresar los
depositante

datos

del

Monto del depósito

4

�¿Cómo autogestionar un Recibo Oficial?
Para autogestionar un cupón de pago, primero deberá seleccionar el
centro regional y la oficina local, en la cual iniciara el trámite de
exportación. Luego deberá indicar el exportador responsable de la
mercadería y finalmente deberá indicar el monto a pagar con relación
a las tazas y aranceles de exportación.

Seleccionar “ Cupón de Pago”

Seleccionar la oficina a la
cual se realizara el depósito

Ingresar los
depositante

datos

del

Monto del depósito

5

�Tanto para las boletas como para los cupones de pago, los
montos pagados podrán ser utilizados para uno o varios
tramites de exportación que se realicen en el año.

6

�Expedientes:
¿Cómo hacer una Solicitud de Exportación?

Para generar una “solicitud de exportación” deberá ingresar el
centro regional y la oficina local, en la cual se quiere iniciar el trámite
de exportación.
Importante: deberá completar las seis (6) “solapas”, que se
detallan a continuación. Deberá pasar, obligatoriamente, por
cada una de ellas, para finalizar la solicitud de exportación.

1- Solicitud de Inspección: Deberá indicar la ubicación de la
mercadería, donde se realizará la inspección, detallar la terminal y
asignar el turno de la inspección detallando, desde y hasta, la fecha y
hora en la cual estará disponible la carga para ser inspeccionada.
Una completado estos campos, deberá aplicar “Agregar”.

1º Seleccionar la oficina e ingresar la
solicitud de inspeccion de la mercaderia

7

�2- Datos del Exportador: Deberá
responsable de la carga.

seleccionar

el

exportador

Ingresar los datos del Exportador

3- Datos del Responsable: Aparecerá el responsable del pago de la
exportación.

Ingresar datos del Responsable

8

�4- Datos del Solicitante: Aparecerá de forma, los datos del usuario
que ingreso al sistema, los cuales no son modificables.

Datos del Solicitante

5- Datos de Mercadería: Deberá indicar el destino (país) de la
mercadería y seleccionar “Ingresar mercadería”.

Se desplegara una nueva pantalla de búsqueda de productos, donde
allí deberá ingresar el producto a exportar optando por búsqueda
Simple o Avanzada.
Búsqueda simple: se podrá indicar cualquier palabra que haga
referencia al producto a exportar. Una vez aplicada la consulta de

9

�productos, el sistema determinara todos los productos que contienen
esa condición y que se pueden exportar al destino seleccionado.
Búsqueda Avanzada: permite realizar una búsqueda más detallada
indicando la especie, parte vegetal, etc. del producto a exportar.

Datos obligatorios de
mercaderia a exportar.

la

Al seleccionar el producto, deberá cargar los campos requeridos
debajo de la tabla: Uso, Zona, Cantidad y Descripción de bultos,
(ejemplo: 1600 Bolsas) y Marcas distintivas (no es obligatorio).

10

�Mercadería Ingresada

6-Otros datos: en caso del ser necesario, indicar, si requiere:
Certificado Argentino de Calidad, Certificado de Fumigación, Muestra
Adicional y Medio de Trasporte (corresponde al trasporte de la
mercadería que se envía a destino).

Seleccionar e ingresar otros
datos para continuar la
operación.

Una vez realizado todos estos pasos “Aceptar” la operación y el
sistema le emitirá una Solicitud de Exportación descargable en PDf, la
cual deberá ser entregada en la oficina certificarte, para formar parte
del expediente de exportaron.

11

�Solicitud de Exportación:

12

�¿Cómo consultar una solicitud de Expediente?
Para ingresar a una Solicitud de Expediente, deberá tener en cuenta
que el tramite se encuentre en Estado Pendiente, en caso que la
solicitud haya sido abierta, la consulta deberá ser por Consulta de
Expediente (ver página 14).

Para búsqueda de solicitudes de Exportación podrá seleccionar los
distintos tipos de filtros habilitados (por Centro Regional, Oficina
Local, Número, Fecha, Estado, ETC.)
En caso de contar con saldos a favor u operar con pago por Débito en
Cuenta podrá aplicar el pago correspondiente a la Apertura del
Expediente como se detalla a continuación, quedando dicha Solicitud
en estado Abierto Pendiente de Documentación.

Luego de la Apertura del Expediente, automáticamente aparecerá la
Pantalla de COBROS y allí cobrara la apertura de expediente.

13

�Además ingresado a la solicitud de expediente, se podrá generar la/s
Solicitudes de Certificados Fitosanitarios.

¿Cómo consultar un Expediente?

Para búsqueda de Expedientes de Exportación podrá seleccionar los
distintos tipos de filtros habilitados (por Centro Regional, Oficina
Local, Número, Fecha, Estado, ETC.)

Seleccionar la oficina
realizar la consulta

Ingresar datos para agilizar
búsqueda del expediente

donde

la

14

�Una vez seleccionado el expediente, usted podrá ingresar para
realizar la Solicitud de Certificados Fitosanitario.

¿Como consultar Turnos de Solicitudes de Inspección?

Una vez ingresando el numero de Solicitud y la fecha de la
Inspección, hacer clic en Consultar y ahí detalla el Turno con todos
los datos que hacen referencia a dicha Solicitud de Inspección

15

�¿Como solicitar un Certificado de Exportación?
Para generar una solicitud de exportación deberá haber previamente
generado la Solicitud de Exportación. La búsqueda se realizará de
acuerdo al estado de dicha solicitud:
Pendiente: por consulta de solicitudes.
Abierta: por consulta de expedientes.

Para solicitar un certificado de exportación deberá ingresar, como lo
muestra la imagen, y le aparecerá la siguiente pantalla.

Ver alta de Exportador (pag.18)

16

�Datos a completar:
Exportador/Importador Extranjero: sale de la lista
generada por cada usuario.
Medio de Transporte:
1- Indicar el medio de trasporte en el que se realiza el envió de la
mercadería a destino (Marítimo, Aéreo, Terrestre).
2- En el campo libre indicar en caso de ser requerido en el
certificado fitosanitario, nombre del buque, número de
contenedor, ETC.

Indicar manualmente
el punto de ingreso

Datos de la mercadería:
1- País de destino: Aparecerá el destino asignado en la solicitud.
Podrá modificar el destino siempre y cuando este cargado el
circuito de certificación para ese producto al nuevo destino
seleccionado.
2- Punto de Ingreso: En caso que ese destino no cuente con
puntos de ingreso especificados, deberá indicarlo en el campo
libre. De no conocer el punto de ingreso deberá indicar el País
de destino.
3- En transito por: Deberá indicar el país y punto de ingreso de
transito solo en caso que se exijan Certificados Fitosanitarios.
4- Solicitar Productos Declarados: seleccionar el o los productos
solicitados, donde le aparecerán los datos indicados en la
solicitud ya generada, los cuales podrán ser editados.
Aclaración: sobre una solicitud de exportación generada,
se podrán solicitar los desgloses requeridos

17

�5- Indicar el precio FOB de la Mercadería.
6- Seleccionar la Declaración Adicional exigida para ese producto
/ destino.
7- Seleccionar en caso de responder el tratamiento establecido
para ese producto.
Una vez completado los campos correspondientes “Aceptar” la
operación, quedando dicha solicitud finalizada.
Esta solicitud podrá ser impresa por el usuario a fin de corroborar los
datos del certificado fitosanitario.

18

�19

�¿Cómo solicitar una nota anexa desde una Solicitud de
Exportación?

Al pie de la pantalla del lado izquierdo, como se visualiza en la
pantalla, usted podrá en este paso, Solicitud de Certificado,
seleccionar si desea los documentos autenticados, notas anexas y si
requiere reemplazo, desestimación o anulación.
20

�Aceptar
Imprimir

y

luego

¿Cómo solicitar documento autenticado desde una Solicitud de
Exportación?

21

�Consular
los
documentos
autenticados y solicitar nuevos

Ingresar datos del solicitante
de documentos y cantidad.

Estado de los documentos
solicitados por el exportador.

22

�INSPECCIÓN A CAMPO
La inspección a campo tiene como finalidad realizar la
determinación de plagas que puede presentar un cultivo en su ciclo
de crecimiento. El listado de las plagas a inspeccionar es determinado
por la ONPF del país destinatario de la mercadería. Siendo de carácter
obligatoria la ausencia de las mismas para la generación del
Certificado Fitosanitario de exportación.
Los cultivos a inspeccionar serán aquellos que sus usos sean de
propagación y siembra.
La aplicación en el sistema permite lograr el seguimiento de plagas,
presentes y ausentes en la mercadería, a través del proceso de
gestión del Certificado Fitosanitario. Pudiendo de esta manera
ingresar las inspecciones a campo realizadas en la solicitud de
exportación.

23

�Solicitar Inspección a Campo

Para generar la solicitud la inspección a campo debemos ingresar los
datos correspondientes en el menú que se desplegó.

1° Ingresar Datos del solicitante,
Exportador/Importador

2° Ingresar Datos
Exportador/Importador

3° Ingresar Datos
Exportador/Importador

4° Ingresar centro regional y oficina local donde se
realiza la solicitud.
5° Ingresar el año de exportación de la mercadería
6° Ingresar Nro de Renspa donde se encuentra en
producción el cultivo.
7º Guardar inspección a campo y agregar cultivo a
inspeccionar.

Guardada la información del solicitante se agrega la mercadería a
inspeccionar. Recordar que si no agregamos la mercadería a
inspeccionar y cerramos el menú, el sistema guarda la información
generada hasta el momento, para luego ingresar el cultivo a
inspeccionar.

24

�Los cultivos a inspeccionar son elegidos según la disposición de los
mismos en los lotes del establecimiento productivo. Pudiendo tener
en todos los lotes diferentes o iguales cultivos, los cuales pueden
exportase a diferentes o iguales destinos. Lo que involucra diferentes
expedientes de exportación en el último caso.
Por ejemplo:
La inspección a campo Nº 214 contiene los cultivos Plantín de frutilla
en los lotes 1 y2, con destino a Alemania y en el lote 4 Estaca de Vid
con destino a Perú.

Seleccionar país destino de la
mercadería.

Ingresar los datos del cultivo a inspeccionar.

El uso de la mercadería a inspeccionar debe ser de propagación y
semilla.
También se puede elegir plagas adicionales a los requerimientos, para
futuras reexportaciones de la mercadería.

25

�Adicionar plagas
reexportaciones

para

futuras

Listado de plagas obligatorias a
certificar

Seleccionadas las plagas a certificar aparecerá el listado de plagas.

Se puede eliminar la plaga seleccionada
para reexportación

26

�Una vez agregado el cultivo y con el listado de plagas a certificar
debemos localizar geográficamente el lote donde se encuentra el
cultivo a certificar.

Borrar polígono dibujado
Dibujar polígono en el lote

Agregado el cultivo a inspeccionar

27

�Igual destino, producto pero
diferente lote.

Agregar otro cultivo a inspeccionar para diferente destino dentro de la
misma inspección a campo

Diferente
cultivo

destino,

lote

y

Lisa de cultivos a inspeccionar dentro de la misma inspección a
campo

Aceptar para generar
inspección a campo.

la

Consulta de Inspecciones a Campo

28

�La consulta de inspecciones a campo permite desplegar el listado de
solicitudes de inspección a campo de acuerdo a los filtros
seleccionados.

Filtrar de acuerdo a centro regional y
oficina local, Nro Renspa.

Acciones dentro de la consulta
Imprimir:

Permite imprimir la solicitud de inspección a campo.

Modificar:

Permite al usuario modificar los datos ingresados al
sistema. Recordar, que la modificación implica, luego de aceptarla, el
cambio en el Nº de inspección a campo.

Eliminar:

Elimina la solicitud de inspección.

Visualizar:

Permite la visualización del cultivo a inspeccionar y el
lugar donde se encuentra.

Ingresar:

Permite al usuario ingresar en la solicitud de inspección
para y en esta realizar la determinación del cultivo.

SOLICITUD DE EXPORTACIÓN
En la solicitud de exportación aparecerá dentro de datos de
mercadería la opción para verificar si se realizó inspección a campo.

29

�Si la mercadería a exportar tiene uso; semilla o materia de
propagación. De lo contrario no se utilizará.

Ingresar la inspección a campo que contiene el cultivo a
exportar

Ingresar el número de inspección a campo y “buscar”, de esta
manera el sistema asocia la inspección a campo con la solicitud de
exportación. Trayendo los diferentes lotes que tengan la misma
mercadería con que se solicita la exportación.

Se seleccionan los lotes que tienen la mercaderia deseada
a exportar.

Por otro lado, si se desea exportar más mercadería pero que esta en
otra unidad productiva (Renspa), se busca la inspección a campo de
la misma y se selecciona los lotes a exportar (el sistema traerá los
lotes que coincidan con la mercadería a exportar).

ANEXOS II

30

�Los Anexos II son documentos con carácter de declaración
jurada en los que el exportador indica cuales fueron los productos
químicos utilizados tanto en producción como en postcosecha. Estos
anexos y el Certificado Fitosanitario de exportación son requeridos
por la Federación Rusa, Indonesia, Filipinas y Viet Nam para frutas y
hortalizas frescas.

CONSULTAR ANEXO II

Seleccione los parámetros a completar para que el sistema filtre y así
agilizar la búsqueda.

Ingresar Centro Regional

Seleccionar país

Numero de Anexo II y
Certificado al que pertenece

Visualizar
Una vez encontrado el AnexoII, movemos la barra de desplazamiento
horizontal hasta “Visualizar”.

31

�Como Generar un Anexo II

32

�Completar los parámetros para la Creación del Anexo II

Ingresar datos de Exp/Imp
Nacional y Exp/Imp Extrangero

Código utilizado por la aduana para
determinar el producto a exporta.

Ingresar detalle de pesticida aplicado
durante el crecimiento del cultvo

Ingresar detalle de
aplicado post-cosecha

pesticida

Consultas

33

�Consultas Delegaciones de AFIP
LA consulta de delegaciones de AFIP nos brinda información sobre las
personas que delegan un servicio a un representante.

Ingresar CUIT
Delegante

de

Delegado

o

Lista de personas física so jurídicas, con
su representante en la AFIP

Calculador de Costos

34

�El cálculo del costo de la mercadería a Certificar es una herramienta
útil que tiene el usuario para saber cual va a ser el costo final de la
mercadería que desea certificar.

Elegimos el tipo de tramite

Ingresamos el producto a consultar

Elegimos El uso del producto y la
cantidad neta con su unidad de medida

35

�Costo de Certificación

36

�</text>
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          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Publicaciones SENASA</text>
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                <text>Sistema de gestión de Certificación Fitosanitaria. Manual de usuario externo</text>
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                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
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            <description>The nature or genre of the resource</description>
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                <text>El presente manual explica en detalle la carga de datos en el Sistema de Gestión de Certificación Fitosanitaria (SIGPV). </text>
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¿Cómo autogestionar una boleta?&#13;
¿Cómo autogestionar un Recibo Oficial?&#13;
 Expedientes: &#13;
¿Cómo hacer una Solicitud de Exportación?&#13;
Solicitud de Exportación: &#13;
Solicitud de Exportación:&#13;
¿Cómo consultar una solicitud de Expediente?&#13;
¿Cómo consultar un Expediente? &#13;
¿Cómo consultar Turnos de Solicitudes de Inspección? &#13;
¿Cómo solicitar un Certificado de Exportación?&#13;
¿Cómo solicitar un Certificado de Exportación?&#13;
¿Cómo solicitar una nota anexa desde una Solicitud de Exportación? &#13;
¿Cómo solicitar documento autenticado desde una Solicitud de Exportación? &#13;
INSPECCIÓN A CAMPO &#13;
Solicitar Inspección a Campo&#13;
Consulta de Inspecciones a Campo &#13;
Acciones dentro de la consulta&#13;
Imprimir&#13;
Modificar &#13;
Eliminar &#13;
Visualizar&#13;
Ingresar &#13;
SOLICITUD DE EXPORTACIÓN &#13;
ANEXOS II &#13;
CONSULTAR ANEXO II &#13;
Como Generar un Anexo II &#13;
Consultas &#13;
Consultas Delegaciones de AFIP &#13;
Calculador de Costos &#13;
Costo de Certificación </text>
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                    <text>Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios

REGISTRO NACIONAL
SANITARIO DE
PRODUCTORES
AGROPECUARIOS
Manual de procedimientos
Versión modificada I
19/10/2015

Senasa
Objetivos generales del Renspa. Alcances jurídicos y legales. Procedimientos operativos,
definiciones, codificación, uso de sistemas. Glosario. Resolución 423/2014.

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NOMINA DE AUTORIDADES

Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación
Ing. Agr. Carlos Casamiquela
Presidenta del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Ing. Agr. Diana Guillén
Vicepresidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
M.V. Luis Carné

Comisión Renspa:
M.V. María Clara Ledesma
Ing. Zoot. Florencia Meclazcke
Cdor. Marcela López
Ing. Agr. Cecilia Catenaccio
Ing. Agr. Lucas Gonzales Messina
Ing. Agr. Juan Ibañez
Ing. Agr. Pablo Sceglio
Lic. Informática. Guillermo Capelli
Abogado. Andrés Sauri
Edición:
M.V. María Clara Ledesma

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Contenido
CAPÍTULO I ................................................................................................................................................ 5

INFORMACIÓN GENERAL .......................................................................................................... 5
QUÉ ES EL RENSPA................................................................................................................. 5
INSCRIPCIÓN.......................................................................................................................... 5
LOS COMPRENDIDOS EN EL REGISTRO ................................................................................. 5
NORMATIVA .......................................................................................................................... 6
CORRESPONSABILIDAD SANITARIA ....................................................................................... 6
OBJETIVOS ................................................................................................................................. 6
OBJETIVOS ............................................................................................................................. 6
METAS ................................................................................................................................... 6
DEFINICIONES BÁSICAS ............................................................................................................. 6
ESTABLECIMIENTO AGROPECUARIO, PREDIO O CAMPO ...................................................... 6
PRODUCTOR AGROPECUARIO ............................................................................................... 7
CRITERIOS DE CODIFICACIÓN .................................................................................................... 8
SIGNIFICACIÓN DEL NÚMERO DE RENSPA ............................................................................ 8
ASIGNACIÓN DEL NÚMERO DE RENSPA ............................................................................... 8
CONCEPTOS GENERALES DE CODIFICACIÓN ......................................................................... 8
CAPÍTULO II............................................................................................................................................. 12

ORGANIZACIÓN ....................................................................................................................... 12
COMISIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS ..................... 12
UNIDAD OPERATIVA ............................................................................................................ 12
RESPONSABILIDADES DEL SENASA ..................................................................................... 12
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PRODUCTOR .................................................. 12
PROCEDIMIENTOS GENERALES ............................................................................................... 13
DÓNDE SE REALIZA LA INSCRIPCIÓN ................................................................................... 13
LA INSCRIPCIÓN ES OBLIGATORIA ....................................................................................... 13
A QUIÉN INSCRIBIR .............................................................................................................. 13
CANTIDAD DE RENSPA POR PRODUCTOR ........................................................................... 14
ACTUALIZACIÓN DE DATOS DEL RENSPA ............................................................................ 14
VIGENCIA DEL REGISTRO ..................................................................................................... 14
MANEJO DOCUMENTAL .......................................................................................................... 14
DOCUMENTACIÓN EXIGIDA AL PRODUCTOR ...................................................................... 14
FIRMA DE LA DECLARACIÓN JURADA .................................................................................. 14
DOCUMENTACIÓN DE PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS...................................................... 15
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DOCUMENTACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO ........................................................................ 15
CREDENCIAL DEL RENSPA.................................................................................................... 16
ARCHIVO DOCUMENTAL ..................................................................................................... 16
DATOS CARTOGRÁFICOS ..................................................................................................... 16
CAPÍTULO III ........................................................................................................................................... 17

INGRESOS DE DATOS AL SISTEMA RENSPA ............................................................................. 17
ALTA COMO USUARIO DEL SISTEMA RENSPA ..................................................................... 17
INGRESO AL SISTEMA RENSPA ........................................................................................... 17
INSCRIPCIÓN DE UN NUEVO RENSPA.................................................................................. 17
ACTUALIZACIÓN DE DATOS ................................................................................................. 25
HERRAMIENTAS COMPLEMENTARIAS ................................................................................ 27
CAPÍTULO IV ........................................................................................................................................... 29

ESTRATEGIAS REGIONALES ..................................................................................................... 29
CAPÍTULO V ............................................................................................................................................ 32

INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................... 32
CONTROL DE GESTIÓN.................................................................................................. 32
EVALUACIÓN ................................................................................................................... 32
CONTROL DE GESTIÓN ............................................................................................................ 32
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN .......................................................................... 32
METODOLOGÍA Resolución Nº 748/2010 ....................................................................... 33
ETAPAS DE DESARROLLO ............................................................................................ 34
INDICADORES .................................................................................................................. 34
CAPÍTULO VI ........................................................................................................................................... 36

GLOSARIO ................................................................................................................................ 36
CONDICIÓN FRENTE A LA TIERRA ........................................................................................ 36
GLOSARIO DE DATOS AGRÍCOLAS ....................................................................................... 37
CLASIFICACIÓN DE PRODUCTOS COMERCIALES: ................................................................ 37
SUPERFICIE CULTIVADA ....................................................................................................... 38
GLOSARIO DE DATOS GANADEROS ..................................................................................... 40
CAPÍTULO VII .......................................................................................................................................... 43

NORMATIVA ............................................................................................................................ 43
Resolución Nº 423 del 22 de septiembre de 2014 .............................................................. 43
Resolución Nº 748/2010 ..................................................................................................... 46
Resolución 170/2014.- ........................................................................................................ 53

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CAPÍTULO I
INFORMACIÓN GENERAL
OBJETIVOS
DEFINICIONES BÁSICAS
CRITERIOS DE CODIFICACIÓN
INFORMACIÓN GENERAL
QUÉ ES EL RENSPA
El Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios, RENSPA, a través de un
código, establece la asociación de cada productor agropecuario con el campo donde
realiza su actividad. Contiene datos del establecimiento, del productor y de la actividad
que allí realiza.
Es potestad y responsabilidad del Senasa verificar la veracidad de la información,
solicitando el mayor aporte documental que el interesado posea, o en su caso
realizando una inspección al lugar.
El objetivo del RENSPA es fortalecer el control sanitario, a través de la obtención
de información imprescindible para desarrollo de programas y rastreabilidad de
animales y productos agrícolas.
El registro fue creado en el año 1997, como mecanismo de obtención de información
básica sobre productores agropecuarios y actualmente constituye el pilar sobre el que se
estructuran los sistemas de gestión de información fitozoosanitaria y provee
información estadística.
La identificación de los productores agropecuarios y la ubicación territorial de los
establecimientos productivos es el soporte de las tareas de vigilancia y monitoreo, del
diseño de estrategias de control, de la implementación de medidas higiénico-sanitarias y
fitosanitarias y planes de contingencia, teniendo en cuenta los sistemas productivos y las
características agroecológicas de diferentes regiones y el control de las existencias
ganaderas, las acciones sanitarias, vacunaciones, identificación animal, muestreos,
registro de los movimientos y posibilitan el seguimiento epidemiológico y la atención
de emergencias zoosanitarias.
INSCRIPCIÓN
La inscripción se realiza a través de un sistema informático de SENASA denominado
Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios- RENSPA. El otorgamiento
del número de RENSPA, confirma la inscripción al registro.
LOS COMPRENDIDOS EN EL REGISTRO
La inscripción en el RENSPA es obligatoria para todos los productores pecuarios y
agrícolas del país, independientemente de la forma de uso de la tierra, el sistema de
producción utilizado y la escala de la misma.
Se incluye, por lo tanto, a tenedores de animales o a la producción de subsistencia.
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Es obligatorio inscribir también a toda institución pública o privada, con o sin fines de
lucro, que realice alguna actividad agrícola o posea animales en sus predios, como
Universidades, Institutos de Investigación, Fundaciones, Centros de Inseminación,
Fuerzas Armadas, Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, etc., aunque puedan
no ser considerados “productores” en el sentido estricto.
NORMATIVA
El presente Registro Nacional de Productores Agropecuarios se rige por la Resolución
Nº 423/2014 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.
CORRESPONSABILIDAD SANITARIA
Los integrantes de la cadena de producción y comercialización de origen animal o
vegetal son corresponsables sanitarios y deben verificar la inscripción en el RENSPA.
Todos los intermediarios de la cadena agroalimentaria son responsables de cumplir con
las normas sanitarias.

OBJETIVOS
OBJETIVOS
1. Obtener datos de alta calidad sobre la producción primaria, sobre el productor
responsable sanitario, las características de la explotación y el lugar donde se
encuentra.
2. Obtener información necesaria para el planeamiento fito y zoo sanitario, las
tareas de vigilancia y monitoreo, el diseño de estrategias de control y
erradicación de plagas y enfermedades y la rastreabilidad de los productos.
METAS
1. Identificación correcta
Establecer la asociación entre el productor y el predio, cada relación de uno a uno, debe
ser identificada de modo independiente con su número de RENSPA
Esto implica:
 la identificación correcta de la persona física o jurídica
 la identificación correcta del lugar físico
 la asignación del código correcto a la relación entre ambos
2. Mejoramiento de la calidad de los datos asociados al RENSPA
Los datos registrados en el RENSPA:
 Se integran con el resto de los Sistemas de Gestión de Información de Senasa, el
Sigsa, Sigica, Sigaf, etc.
 Son el soporte sobre el que se estructura la planificación y el control sanitario
Por estas razones se hace imprescindible velar por la actualización permanente de los
datos y el mejoramiento de la calidad de la información.

DEFINICIONES BÁSICAS
ESTABLECIMIENTO AGROPECUARIO, PREDIO O CAMPO
Definición:

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Se considera para este registro como la unidad territorial donde se desarrolla la
actividad productiva.
Es la superficie de tierra contigua, aunque fuese atravesado por algún accidente
geográfico como arroyos, ríos, u obras de infraestructura como caminos, rutas,
ferrocarril, etc. donde se realice cualquier tipo de producción agropecuaria.
Los campos o predios que no sean contiguos serán considerados como independientes,
aun dentro de una misma jurisdicción de la oficina local correspondiente para los fines
de este registro. Cada una de ellas será inscripta con un número independiente de
registro.
Los campos o predios a declararse en este registro son aquellos donde desarrolla su
actividad el productor a la fecha de inscripción, independientemente de la forma de
uso de la tierra.
El concepto básico a considerar es que hablemos de un área territorial, un área de tierra
que está delimitado o circunscripto, que funciona como una unidad, que puede o no
coincidir con la subdivisión parcelaria del catastro provincial y la propiedad de la tierra.
Tipos:
Se considerarán los establecimientos agropecuarios en dos grandes tipos, que tendrán
que ser analizadas al momento de codificarlos:
 Con límites definidos. Con alambrados, o cualquier otro límite real,
generalmente, todos los establecimientos de la pampa húmeda y zonas
productivas.
 Sin límites definidos: Sin límites físicos o materiales, en espacios abiertos,
comunitarios o en barrios o territorios con pequeños parcelamientos para
viviendas o puestos, pero que no se adecuan al concepto de establecimiento
productor agrícola ganadero de la pampa húmeda. Generalmente pertenecientes
a zonas marginales, territorios fiscales o campos comuneros.
PRODUCTOR AGROPECUARIO
Definición:
Es toda persona física o jurídica que desarrolla una actividad agrícola o ganadera,
responsable de la misma y de los aspectos sanitarios de su producción
agropecuaria, ya sea en calidad de propietario, arrendatario, aparcero, pastajero u
ocupare en alquiler, usufructo u otras formas un establecimiento, campo o predio.
Por extensión, esta denominación alcanza a los tenedores de hacienda doméstica, aún
en economías de subsistencia.
Agricultura familiar:
Se incluyen en ella las definidas en la normativa del Ministerio de Agricultura,
Ganadería y Pesca de la Nación y son los que están inscriptos en el Registro Nacional
para la Agricultura Familiar (RENAF) y Registro Nacional de Organizaciones de la
Agricultura Familiar (RENOAF).
Subsistencia o autoconsumo o manutención. Se incluyen en ella a quien produce
básicamente para el autoconsumo en condiciones mínimas de subsistencia. El sistema
no les asignará CUIG.

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CRITERIOS DE CODIFICACIÓN
SIGNIFICACIÓN DEL NÚMERO DE RENSPA
La asignación de un número de RENSPA o código o clave única posee la finalidad de
identificación, en este caso, de un productor ubicado en un establecimiento.
El número en sí mismo, nada nos informa o comunica, ni se infiere de él sobre sus
cualidades o atributos. Un número de RENSPA identifica, tal como un número de DNI
sólo nos dice quién es la persona en cuestión.
Es importante aclarar que el RENSPA se limita a la identificación del responsable
sanitario de la producción.
Las habilitaciones para realizar tal o cual explotación especializada, sistema de
producción o comercialización, serán regidas por normativa específica, con la que el
productor deberá cumplir para ser encuadrado en ella. Todas estas cualidades o
atributos se cargan en otros sistemas integrados de gestión y se asocian al número
de RENSPA.
ASIGNACIÓN DEL NÚMERO DE RENSPA
Se asignará al productor un RENSPA por cada campo o establecimiento donde se
realice una actividad agrícola, ganadera o mixta. Es decir que un productor tendrá
tantos RENSPA, como campos o establecimientos posea.
El RENSPA se le otorgará al productor responsable de la actividad, sin que ello
implique crear, transmitir, modificar o extinguir derechos sobre la propiedad en las
que éstas se desarrollan.
En el caso en que un mismo productor o empresa cuente con campos o establecimientos
contiguos, con diferentes números de catastro, se inscribirá al establecimiento con un
solo nº RENSPA tomando como nº catastral el correspondiente al de la cabecera del
campo.
En los casos en que varios productores trabajen en un mismo establecimiento, se le
otorgará un número de RENSPA a cada productor.
CONCEPTOS GENERALES DE CODIFICACIÓN
CONCEPTO DE REGISTRO
Padrón o listado que contiene datos de un universo particular.
Para que nos sea útil debe ser completo y actualizado.
CONCEPTO DE ID
Es un número que identifica cada una de las unidades de un registro, sin repetición.
Es un identificador unívoco, exclusivo y excluyente de cada uno de los elementos de la
lista.
CODIFICACIÓN UTILIZADA PARA EL RENSPA
ID territorio, establecimiento, campo o predio
ID persona física o jurídica
ID RENSPA corresponde a la entidad “Unidad Productiva”

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REFERENCIA GEOPOLÍTICA Y ADMINISTRATIVA
La misma se utiliza en SENASA y no se corresponde a la codificación oficial de la
República Argentina, pautada por el INDEC y el IGN. Las tablas con los Códigos de
Provincia, Departamento y Oficina Local, están determinados en el Sistema Único de
Registros de Senasa (SUR)

00.000.0.

Código de
Provincia

Código de
Departamento
o Partido

Código de región asignado en
departamentos con más de una
oficina local

Y
#

Y
#

Y
#

Y
#

00.000.0.

Las tablas de códigos de provincia, departamento o partido pueden consultarse en el
Sistema Único de Registros (SUR).
ID territorio, establecimiento, campo o predio
Código de identificación de establecimiento
A la unidad territorial establecimiento agropecuario, corresponde la codificación de
cinco dígitos que, unido a los códigos de provincia, partido y región, no ha de repetirse
en su jurisdicción.

00.000.0.00000

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El establecimiento, predio, campo o unidad de la que hablamos tiene su identificador
único que es una parte del número de RENSPA: 00.000.0.00000, aunque en la unidad
pueda darse la coexistencia de varios propietarios. El número del establecimiento es
único e irrepetible.
Corresponde al padrón de establecimientos del Registro Único.
En las áreas marginales de la Argentina, donde no existen establecimientos
agropecuarios propiamente dichos, ni delimitaciones físicas de alambrados, Ver
Capítulo IV, referido a Estrategias Regionales.
ID persona física o jurídica
Código de identificación de persona física o jurídica, productor agropecuario:
Es el número que identifica de manera única e irrepetible a una persona física o jurídica,
es el productor agropecuario responsable de la actividad, es nominado como titular y
su identificador único es el CUIT-CUIL
Corresponde al padrón de personas de Registro Único.
Aún en los casos que convivan en el mismo establecimiento, animales o cultivos cuya
posesión corresponde a distintos titulares o productores o tenedores, cada uno de ellos
estará registrado en forma independiente en el padrón de personas.
ID RENSPA
Código de identificación del RENSPA
Hemos hasta aquí establecido la identificación de las personas o productores y la del
lugar físico o establecimiento agropecuario.
Debemos asignar un código de identificación a la relación establecida entre un titular y
un establecimiento, éste es el número de RENSPA.

00.000.0.00000/00

En este croquis se han esquematizado tres productores que coexisten en un
establecimiento, por lo tanto deberán generarse los respectivos registros: 1 de
establecimiento, 3 de titulares y 3 RENSPA.
La relación entre titular y establecimiento está definida en el número de código
denominado Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA),
constituido por 17 caracteres, que codifican:

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00. 000. 0. 00000/ 00

Provincia

Departamento o
partido

Código de región en
departamento con más de
una Oficina Local

Establecimiento

Distintos titulares
incluidos en el
establecimiento

La entidad “Unidad Productiva” del Sistema Único de Registros (SUR) que significa
la inclusión de distintos titulares que poseen diferentes actividades agrícola-ganaderas
dentro del mismo establecimiento agropecuario, se identifica por el número del
RENSPA.
ID CUIG, Clave Única de Identificación Ganadera
Los números de CUIG son asignados por sistema automáticamente a aquellos
productores que poseen bovinos, bubalinos o cérvidos, a fin de la identificación
individual del ganado. No se asigna si son de subsistencia, ya que no comercializan
ganado.
EJEMPLO DE CODIFICACIÓN
En este ejemplo, tenemos cuatro productores, cinco establecimientos y seis RENSPA.

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CAPÍTULO II
ORGANIZACIÓN
PROCEDIMIENTOS GENERALES
MANEJO DOCUMENTAL
ORGANIZACIÓN
COMISIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE PRODUCTORES
AGROPECUARIOS
La coordinación de las actividades del RENSPA está a cargo de un equipo ad hoc
responsable del diseño metodológico, las tareas de capacitación, supervisión y control
de gestión.
La resolución de Senasa Nº 170/14 establece que …“el Registro Sanitario de
Productores Agropecuarios (RENSPA) funcionará bajo la jurisdicción y responsabilidad
de la Unidad Presidencia”… y crea la Comisión del Registro Sanitario de Productores
Agropecuarios.
UNIDAD OPERATIVA
La inscripción se realizará en forma exclusiva en la Oficina Local del SENASA, donde
se empadronará la totalidad de los productores de la jurisdicción de la misma. No están
habilitados para la inscripción del RENSPA ni las delegaciones de Oficina Local, ni los
Entes o Fundaciones. De acuerdo a la localización o ubicación geográfica del
establecimiento, le corresponde sólo una Oficina Local y allí debe registrarse el
RENSPA.
RESPONSABILIDADES DEL SENASA
El personal de la Oficina SENASA es responsable en la jurisdicción de la ejecución e
implementación del RENSPA y su actualización.
El agente de Senasa debe conocer perfectamente los procedimientos a seguir y la
normativa vigente, a fin de asesorar y ayudar al productor.
Es potestad y responsabilidad del Senasa verificar la veracidad de la información,
solicitando el mayor aporte documental que el interesado posea, o en su caso realizando
una inspección al lugar.
RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PRODUCTOR
La persona física o jurídica titular del RENSPA, por si o por medio de su representante
o apoderado está obligado a:
Registrar sus datos personales y del o los lugares donde se hallan sus explotaciones
agropecuarias, de manera fehaciente.
Presentar documentación original.
Respetar las leyes nacionales, provinciales u ordenanzas municipales
No poseer animales en espacios públicos (calles, rutas, canales, etc.)

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Notificar toda sospecha o caso de enfermedad detectada. Notificar a Senasa en caso de
muertes dudosas y requerir información sobre eliminación de cadáveres.
Suministrar solamente productos aprobados por SENASA y adquiridos en locales
habilitados.
No utilizar en el establecimiento sustancias prohibidas o contaminantes.
Respetar y cumplir con las restricciones de uso pre faena indicado en los rótulos de
cualquier producto terapéutico utilizado.
Identificar los animales de acuerdo a la especie y los requisitos especiales previstos en
la legislación vigente.
Declarar la totalidad del ganado que posee, declarar los nacimientos, muertes y
existencias en forma periódica y en cada oportunidad que Senasa lo requiera.
Declarar todos los ingresos de animales, en la Oficina Local correspondiente dentro de
las 48 hs. de ocurrido el arribo de los animales
Respetar las pautas de bienestar animal procurando a los animales alimentación y
cuidados apropiados
Utilizar agroquímicos según sus indicaciones, dosis, pautas para el uso, precauciones de
seguridad, intervalo entre la aplicación del producto agroquímico y la cosecha y respetar
las condiciones exigidas por la legislación nacional.
Se deberá incorporar el número de Renspa a la etiqueta o rótulo del alimento vegetal
(frutas y hortalizas) para su transporte y comercialización.
Declarar cultivos presentes cambio de cultivos o cambio de actividad.
Notificar la aparición de plagas bajo control oficial o plagas sospechosas de ser
cuarentenarias.
Cuando el productor decida realizar el control de plagas, enfermedades y malezas
dentro de su establecimiento utilizando productos fitosanitarios, éstos deberán estar
registrados y utilizados con manejos adecuados.
La credencial identificadora posee una sección donde se describen las responsabilidades
y obligaciones con que el productor debe cumplir.

PROCEDIMIENTOS GENERALES
DÓNDE SE REALIZA LA INSCRIPCIÓN
En la Oficina de SENASA correspondiente de acuerdo a la jurisdicción del
establecimiento. No en Delegaciones ni Entes o Fundaciones de Lucha Sanitaria.
LA INSCRIPCIÓN ES OBLIGATORIA
Porque es exigida para realizar cualquier actividad agropecuaria en la República
Argentina.
A QUIÉN INSCRIBIR
Exclusivamente a productores cuya explotación esté ubicada geográficamente en la
jurisdicción de la Oficina SENASA.
En los casos en que un productor moviliza hacienda o tiene cultivos en una Oficina más
cercana y distinta a la que le corresponde por el departamento de jurisdicción, se deberá
informar al Jefe local que ese RENSPA y las correspondientes vacunaciones,
actualizaciones de cultivos y los movimientos se realizarán en otra Oficina. Los casos

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mencionados, en que se presentan problemas de jurisdicción, por ser excepcionales
deben ser comunicados entre las Oficinas pertinentes y registrado en Sigsa.
CANTIDAD DE RENSPA POR PRODUCTOR
Un RENSPA por cada establecimiento donde realice actividad agropecuaria, es decir
que tendrá tantos RENSPA, como campos o establecimientos en producción o lugares
donde posea ganado o cultivos.
ACTUALIZACIÓN DE DATOS DEL RENSPA
Las actividades agrícolas, pecuarias o mixtas, requieren actualización anual a partir de
la fecha de inscripción o toda vez que realice un cambio de actividad o de cultivo.
Se excluye de la actualización anual obligatoria a los productores pecuarios de la zona
libre de aftosa con vacunación.
La actualización de datos podrá realizarse por autogestión o en la Oficina de
Senasa. Por autogestión no podrán actualizarse todos los datos sino algunos, no podrá
ser modificado el domicilio registrado en AFIP ni las existencias ganaderas.
Todo productor que cese en la actividad, o que incorpore un nuevo campo o parcela o
inicie una nueva actividad productiva debe informar su situación a fin de actualizar el
registro.
VIGENCIA DEL REGISTRO
El RENSPA tendrá vigencia anual, existiendo, por parte del productor la obligatoriedad
de actualizar datos en forma anual o cuando haya cambiado de actividad o de cultivo.
El número de RENSPA no se modificará ante estos cambios. En caso que el productor
no realice la actualización anual, el RENSPA quedará “inactivo” para realizar
actividades o movimientos. Esto es válido para la producción agrícola.
Para volver a “activarlo” se deberá actualizar (Ver ACTUALIZACIÓN DE DATOS)

MANEJO DOCUMENTAL
DOCUMENTACIÓN EXIGIDA AL PRODUCTOR
Toda documentación deberá ser presentada en original para su verificación.
Es de exigencia obligatoria el DNI, CUIT o CUIL según corresponda.
Cuanta más documentación presente el productor, mayor será la fiabilidad de los datos y
la seguridad de no cometer errores de registro.
FIRMA DE LA DECLARACIÓN JURADA
Los datos declarados en la inscripción al RENSPA revisten carácter de declaración
jurada y deben ser aportados por el productor o por su representante o apoderado. El
formulario del Renspa impreso debe ser firmado por el productor en todas sus hojas.
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Esta declaración jurada firmada debe ser archivada en la Oficina de Senasa.
DOCUMENTACIÓN DE PERSONAS FÍSICAS Y JURÍDICAS
EL RENSPA identifica al responsable sanitario de una producción agropecuaria
ubicada en un lugar determinado y por ello es importante identificar correctamente a la
persona que, con o sin fines de lucro, reviste el carácter de productor agropecuario.
El término persona aplicable para el “responsable sanitario” es el previsto por el artículo
30 del Código Civil, esto es, cualquier ente susceptible de adquirir derechos y contraer
obligaciones.
En tal sentido las personas pueden ser de existencia visible (física) o de existencia ideal
(jurídicas)
En función de esta calificación, al momento de inscribirse en el RENSPA se deberá
exigir determinada documentación específica que acredita la calidad del tipo de persona
de que se trate (física o jurídica)
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA
Persona física: DNI y CUIT o CUIL
Persona jurídica:
Sociedades regularmente constituidas (por ejemplo: Sociedad Anónima, Sociedad de
Responsabilidad Limitada, Asociaciones Civil, Cooperativas, Fundaciones) se le debe
requerir a fin de constatar la capacidad de la persona y la de su representante legal, los
Estatutos Sociales o Contrato Social, debidamente inscripto en los pertinentes Registros
(Inspección General de Justicia, Dirección de Persona Jurídicas, etc.) y el acta de
Designación de Autoridades o documento donde surja el Representante Legal de la
misma y CUIT
Sociedades no constituidas regularmente: Contrato social, si lo tuviere y CUIT, tanto de
la sociedad como de su componentes.
En el caso de tratarse de una sucesión el testimonio de la designación de Administrador
provisorio de la misma y la aceptación del cargo y el CUIT de la sucesión.
DOCUMENTACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
La documentación relacionada a la forma de uso de la tierra se podrá solicitar, para
verificar la veracidad de los datos, tal como el título de propiedad de la tierra o
contrato de locación, arrendamiento o cualquiera sea la forma de convenio en que está
utilizando tierra de propiedad ajena.
Se solicitará la mayor información relacionada al establecimiento, que permita
determinar su correcta localización geográfica y no generar datos espurios de
superposición de campos, ya sea información catastral, cartográfica o
georreferenciación del mismo.
Si el productor declara que su actividad es en un predio donde coexisten otros
productores también, solicitar el número de Renspa de los mismos, a fin de lograr
identificar el código del establecimiento preexistente.

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CREDENCIAL DEL RENSPA
Se otorgará al productor una credencial como acreditación de la inscripción, con su
nombre y del establecimiento, y el número de RENSPA y CUIG que le corresponda.
Por cada RENSPA registrado, se otorga una credencial identificatoria.
La presentación de la credencial será exigida para efectuar cualquier trámite o traslado
de productos en carácter de productor agropecuario. Su uso es intransferible.
La credencial podrá ser impresa toda vez que se requiera y también al actualizar los
datos por autogestión.
ARCHIVO DOCUMENTAL
Se conformará un archivo documental del RENSPA en cada Oficina Local, con los
formularios de inscripción completos con todos los datos requeridos y firmados, el DNI
y la documentación respaldatoria que se hubiera presentado.
DATOS CARTOGRÁFICOS
Cada Oficina Local deberá disponer de los mapas catastrales correspondientes a su área
de influencia.
En ellos se podrán ubicar cada uno de los establecimientos, predios o campos que cada
productor declare y se asignará un número de cinco cifras para su identificación. Este
número será parte constitutiva del número de RENSPA.
Una herramienta disponible para visualizar los datos ya georreferenciados de las
Unidades Productivas es el Visualizador de Información Georreferenciada (VIG). Ver
Capitulo III. Herramientas complementarias.

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CAPÍTULO III
INGRESOS DE DATOS AL SISTEMA RENSPA
ALTA COMO USUARIO DEL SISTEMA RENSPA
Para la carga de datos existen dos tipos de usuarios para el Sistema Renspa:
 El “usuario común o interno”, personal del organismo, cuyo nombre de usuario
es el del correo electrónico de Senasa, que estará habilitado para dar Renspa
(inscribir o actualizar Unidades Productivas) en la o las Oficinas que se le
asignen.
 El “usuario autogestor”, que es el propio productor o delegado por él, ya
inscripto en el Renspa, que podrá realizar actualizaciones de datos ingresando
(“logueandose”) a través de la página de Afip.
El personal del organismo que deba utilizar el “Sistema RENSPA”, tendrá que estar
habilitado para ingresar al mismo. En caso de no estarlo, debe solicitar a su jefe
inmediato el Alta en el Sistema como Usuario Interno. Los formularios para realizar el
trámite ante la DTI se hallan en la Intranet del Organismo, sección Formularios DTI
“Solicitud de ABM de Usuarios Internos”, donde debe consignarse “Código de
sistema”: 43_RENSPA y “Código perfil usuario” 01_Sistema Renspa Común. En caso
que el usuario sea nuevo, su jefe inmediato deberá solicitar previamente el alta de un
correo electrónico institucional, que utilizará para el ingreso al sistema.
INGRESO AL SISTEMA RENSPA
Debe ingresar a la Intranet de Senasa, con su usuario y contraseña de correo electrónico.
Luego Ingresa a “Aplicaciones on line” → “Mi portal de aplicaciones” → “Sistema
Renspa”.
Verá el listado de oficinas para las que usted está habilitado a cargar Renspa. Seleccione
la oficina que corresponda con el signo +:

INSCRIPCIÓN DE UN NUEVO RENSPA
VERIFICACIONES PREVIAS
Hallara dos opciones de menú, “Consulta” y “Carga de Datos”:

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Primero deberá averiguar si la persona tiene un Renspa anteriormente registrado, para
saberlo, acceder por “Carga de datos”:
Por “Carga de datos” → “Alta de Renspa” : se despliega la pantalla:

Una vez ingresado el CUIT/CUIL 1, automáticamente el sistema realiza la validación
del número a través de la Afip y se visualizan los datos personales registrados en ese
organismo. Se despliega al pié, la o las personas coincidentes con el criterio de
búsqueda.

Se selecciona la persona, y se navega por otra pantalla donde se muestra la lista de
Renspa registrados para esa persona:

De existir registros, consulte al productor si todos están activos a la fecha para poder
corregir la base de datos. En caso de que alguno no estuviese activo, se deberá proceder
a registrar la fecha de baja en el SUR a la unidad productiva correspondiente.
Nota aclaratoria:
Si la persona presento sólo DNI, a través de la página del ANSES se puede obtener el
número de CUIT o CUIL que posee.
1

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INSCRIPCIÓN DE LA UNIDAD PRODUCTIVA
Datos del campo: Complete todos los datos requeridos. Cuando el establecimiento es
nuevo (la opción 1) hay que cargar todos los datos del campo, para poder pasar a la
pantalla siguiente.
Los datos de georreferenciación son Latitud y Longitud, y se deben ingresar con número
negativo.
Podemos ingresar los datos de dos formas:
1: Escribiendo los datos, se localizará en el mapa el marcador de la unidad
productiva
2: Moviendo el marcador de posición en el mapa, los datos se autocompletan.
El botón “Centrar marcador” sirve cuando se pierde de vista el marcador, al realizar
acercamientos en el mapa.

Georreferenciación del establecimiento como un punto:
El procedimiento es sencillo, lo que se visualiza en primera instancia es un “marcador”,
esto es, un punto rojo cuya posición puede moverse arrastrándolo con el mouse.
Este “marcador”, al moverse de posición, se leen los datos de Latitud y Longitud que
corresponden a ese punto en el sector superior al mapa.

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Georreferenciación del área del establecimiento:
El área territorial que abarca el establecimiento debe ser delimitada en el mapa,
dibujando en él un polígono, de tantos puntos como se requiera marcar, para lograr la
mejor aproximación a la forma real del campo.
Este procedimiento también es sencillo, posicione el mouse en cada punto a marcar y
presione shift+clik, y se va dibujando así el establecimiento.
A medida que se agregan puntos, se van leyendo en el cuadro inferior al mapa los datos
de Latitud y Longitud de cada punto que constituye ese polígono que representa el área
del establecimiento.

Si es necesario desplazar un punto para mejorar el dibujo, se “arrastra” con el mouse.
Si es necesario borrar un punto presione ctrl+clik sobre él.

Verificar con el productor el correcto posicionamiento en el mapa.

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Nota aclaratoria: Una herramienta de ayuda es el VIG (ver Cap. III. Herramientas
complementarias), donde puede visualizar en un área determinada todos los
establecimientos registrados con el número de código de establecimiento del SUR. Si la
oficina cuenta con el mapa catastral, solicitamos verificar previamente la visualización
de la zona.
Autorizado: Por último, si la inscripción la realiza un tercero, hay que cargar el nombre
y documento del autorizado a realizar el registro.
Observaciones: Ingrese datos de interés, por ejemplo la documentación respaldatoria
presentada (poderes, estatutos, contratos, títulos, etc).
Una vez finalizada la carga de datos de la unidad productiva, se debe continuar con las
solapas ganadera y/o agrícola.
1. Solapa “Datos agrícolas”
Las definiciones de cada uno de estos datos está descripta en el Capítulo V: Glosario.
El formulario de “Datos Agrícolas” se divide en dos partes, la parte superior se refiere a
datos del establecimiento e instalaciones, y la segunda se refiere al cultivo, es
importante que ambas cuenten con la mayor cantidad de información completa

“Alambrados”: Debe tildar si los posee y seleccionar su estado, bueno, regular o malo.
“Cortina forestal”: Los posibles valores son: Caduca, Perenne o Nula (no posee).
“Galpón de maquinarias”, “Sitio de proceso de empaque”, “Depósito de agroquímicos”,
“Conoce normas de comercialización?”, “Proceso de post cosecha?”: Tildar si la
respuesta es positiva, si no, dejar vacío.

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Datos sobre los cultivos agrícolas:
Aquellos cultivos cuyo producto se comercializa en el mercado interno y externo,
siendo su destino el consumo directo, industrial y/o propagación de especies vegetales
(viveros).
En la sección “Cultivos agrícolas” deberá seleccionar todos y cada uno de los cultivos
agrícolas y el destino final del producto comercial.

Especie:
Debe cargar la cantidad de especies vegetales que declare el productor, una por vez. De
cada especie vegetal aparecen varias opciones. A su vez por cada opción aparecen dos
datos entre paréntesis que corresponden, el primero al producto comercial y el segundo
al grupo productivo. El concepto de producto comercial tiene que ver con el tipo de
producto final que se obtiene del cultivo. Por ejemplo en el caso que el productor se
dedique a cultivar manzana, en la plantilla aparecerán dos opciones, siempre y cuando
utilice el filtro como se ve en la imagen previa:
Manzana – Fruto- Frutales
Manzana- Material de propagación (no semilla) – Frutales.
En el caso de que el productor realice un cultivo hortícola / florícola con la finalidad de
obtener plantines se deberá seleccionar material de propagación no semilla
Los datos sobre Producto Comercial y Grupo Productivo se encuentran predeterminados
en el sistema, por lo tanto el agente solo deberá seleccionar la alternativa
correspondiente en función a lo que declara el productor, en el caso que no contar con la
especie declarada, el agente debe informar a la Comisión Renspa para que sea
incorporada posteriormente.
Superficie cultivada:
Respecto a la superficie cultivada se debe indicar la superficie cultivada para cada
especie, expresada en hectáreas (Has), la cual se puede realizar bajo dos modalidades:

1. “Superficie Cubierta” significa que se produce utilizando invernaderos o
algún otro tipo de cobertura como ser bajo dosel

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2. “Superficie no cubierta”, el cultivo se realiza a campo abierto sin ningún tipo
de cobertura.
Si el producto comercial obtenido se produjo bajo condiciones de Cultivo Orgánico,
informar que la acreditación se realiza con un Certificado de Producción Orgánica,
emitido por Certificadoras reconocidas ante SENASA.

Seleccionar el tipo de riego que declara el productor por especie cultivada:
Tipo de destino:
Para los distintos destinos de la producción seleccionar en la tabla “Destinos” lo que el
productor declare (se puede realizar selección múltiple) y cliquear en el símbolo (+). En
el cuadro “Destinos seleccionados” visualizará lo que quede registrado.

Por último se agrega el cultivo seleccionado con el botón “Agregar cultivo agrícola”.
En caso que deba seleccionar más de un cultivo, los pasos anteriores deben repetirse
para cada cultivo y volver a utilizar el botón “Agregar cultivo agrícola”.
Una vez finalizada la incorporación de todos los cultivos declarados por el productor,
clickear el botón “Inscribir”. Si el Renspa fuera mixto deberá antes completar los datos
ganaderos.

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2. Solapa “datos ganaderos”
Las definiciones de cada uno de estos datos está descripta en el Capítulo V: Glosario.
En esta pantalla verá los siguientes datos:
Vacunación y CUIG: Si corresponde vacunación por la zona, el sistema lo asignará en
forma automática, del mismo modo que el número de (CUIG) para la mayoría de los
departamentos/partidos, excepto aquellos que tengan productores en ambas zonas (con y
sin vacunación) en cuyo caso el operador debe seleccionar a mano si está en una u otra
zona.
Explotaciones:
Las actividades se definen de acuerdo al manejo que se realiza en el establecimiento.
Para los distintos tipos de explotación seleccionar en la tabla “Destinos” lo que el
productor declare (se puede realizar selección múltiple) y cliquear en el símbolo (+). En
el cuadro “Explotaciones seleccionadas” visualizará lo que quede registrado.

A continuación deberá ingresar las existencias ganaderas por especie y categoría etaria.

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FINALIZACIÓN DE LA INSCRIPCIÓN
Luego de confirmar los datos verá la siguiente pantalla:

En ella verá tres botones:
1. “Imprimir planilla”: Obtendrá en formato .pdf el formulario de inscripción en
el Renspa, con los datos declarados. Debe ser firmado al pie, pues es la
declaración jurada del productor y archivar como constancia de inscripción.
2. “Imprimir tarjeta”: Se entrega al productor como constancia de inscripción.
Podrá imprimirse toda vez que se requiera.
3. “Imprimir modelo rótulo”: Para aquellos productores que tienen actividad
agrícola y lo requieran.
ACTUALIZACIÓN DE DATOS
La actualización de datos es obligatoria al año calendario de la inscripción para todos
los productores agrícolas, mixtos y para los pecuarios de la zona de no vacunación.
Actualización por autogestión
El productor agropecuario puede realizar la actualización anual por autogestión a través
de la página de la AFIP (www.afip.gob.ar) ingresando con CUIT/CUIL y Clave Fiscal.

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Manual
para
actualización:
http://www.senasa.gov.ar/Archivos/File/File7778Instructivo_RENSPA.pdf
1. Los productores pecuarios o mixtos no podrán actualizar datos de existencias
ganaderas, sólo podrán actualizar datos personales y algunos del establecimiento
y datos agrícolas en el caso de mixtos.
2. Los productores agrícolas podrán actualizar datos de su producción agrícola toda
vez que requieran registrar un cambio de actividad o cultivo.
Si la actualización del productor agrícola o mixto no se realiza, el Renspa pasará a
“inactivo” y no podrá realizar movimientos hasta volver a activarlo con el
procedimiento descripto.
Actualización por sistema Renspa
Acceder por la opción de menú “Consulta”:

“Consulta” → “Consulta de Renspa” → : se despliega la pantalla:

Se debe ingresar el número de RENSPA que corresponde a la “Unidad Productiva” y
utilizar el botón “Actualizar”.
Al hacerlo, se visualiza la pantalla “Actualización de unidad productiva” con los
datos del productor que ya han sido ingresados, en las tres solapas:
Datos de UP, titular y campo
Datos agrícolas
Datos ganaderos (no puede ser modificado por autogestión)
Corregir o modificar los datos que correspondiere.

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Luego utilizar el botón “Actualizar”, que le permitirá guardar la actualización de datos.
HERRAMIENTAS COMPLEMENTARIAS
Visualizador de Información Georreferenciada (VIG):
El VIG, es una herramienta informática que permite volcar en mapas todas las
transacciones realizadas en el Sistema Único de Registros (SUR) y en el Sistema
Integrado de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA).
El funcionamiento de ésta herramienta es posible gracias a un arduo proceso de
georreferenciación de todos los tipos de establecimientos que se registran en SENASA
(establecimientos agropecuarios, predios de remate feria, lavaderos, frigoríficos, etc.).
Entre la información que se puede mapear podemos destacar:
1. Productores agropecuarios, asociados a sus actividades, existencias y
movimientos.
2. Diferentes tipos de oficinas de SENASA (Centros Regionales y Oficinas
locales), las cuales se encuentran asociadas a sus datos relevantes (domicilio,
personal asignado en la misma, teléfono, correo electrónico). Asimismo,
puede visualizarse la ubicación y el área jurisdiccional de organismos que
ejecutan funciones para SENASA (Entes sanitarios, fundaciones y
delegaciones).
3. Movimientos de animales: se pueden armar redes de movimientos de
animales entre distintos puntos georreferenciados.
4. Zonas epidemiológicas relevantes: se pueden graficar aquellas zonas de
importancia epidemiológica (zonificación de aftosa, garrapatas, sarna,
melofagosis, etc.).
5. Se pueden visualizar todo tipo de establecimientos faenadores,
industrializadores de alimentos, radios de DNICA, etc.
6. Existen herramientas que permiten detectar inconsistencias en la
georreferenciación, existencias negativas y realizar el seguimiento del
avance de las campañas de vacunación contra Fiebre Aftosa.
7. Visualizador de áreas puntuales: es una herramienta que permite realizar la
simulación de focos de enfermedades. Ésta herramienta grafica el área de
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foco, perifoco y vigilancia. Asimismo, muestra todos los productores con
animales de las especies susceptibles a la enfermedad simulada, sus
existencias y la distancia de los mismos al foco. Estos datos pueden ser
exportados para su migración a dispositivos de GPS.
8. El sistema cuenta con una herramienta de importación de datos para la
confección de mapas personalizados con información que el mismo no
cuenta de forma predeterminada (por ejemplo, muestreos).
9. Finalmente cuenta con una herramienta para realizar medida de distancia
entre diferentes puntos.

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CAPÍTULO IV
ESTRATEGIAS REGIONALES
ESTRATEGIA OPERATIVA EN FUNCIÓN DE LA CARACTERIZACIÓN
REGIONAL
La República Argentina posee una diversidad de regiones biogeográficas, a las que se
han adaptado de modos diferentes las actividades agropecuarias familiares o
comunitarias, dándose situaciones específicas.
En el noroeste existen áreas de trashumancia, que es el desplazamiento natural de
animales de un lugar a otro según sus posibilidades de acceder al pastoreo o abrevado, y
a mejores condiciones climáticas. Del mismo modo en la precordillera patagónica se
denomina veranada al desplazamiento de animales hacia zonas más aptas.
Por lo tanto debe ser planteada en términos de accesibilidad o contacto con el productor,
estar precedida por campañas de difusión en los medios locales y considerar a otros
organismos o programas vinculados a la agricultura familiar, que sirvan como
vinculación con los productores de subsistencia y agricultura familiar.
Deben ser considerados los casos de tenedores de hacienda o cultivos para el
mantenimiento de su familia o comunidad, tales como comunidades aborígenes, que se
localizan en tierras fiscales o comunitarias, que tienen igual importancia desde el punto
de vista sanitario y por lo tanto es menester que sean relevados.
En general no pueden serlo con los procedimientos generales pautados y debe ser
considerado regionalmente.
ESTRATEGIAS ESPECIALES DE CODIFICACIÓN DE ESTABLECIMIENTO
En algunas situaciones de las antes mencionadas, es posible que los establecimientos no
posean límites definidos (ver definiciones, pág. 7), razón por la cual se presentan
como ejemplo cuatro situaciones, y se proponen criterios para la codificación del
“establecimiento”.
Codificación del establecimiento
En las regiones del país en que no existen delimitaciones físicas de los establecimientos
agropecuarios con alambrados, o son precarios cercados de pircas o cercos, o aún
siquiera estos últimos y los animales transitan libremente, a veces caminando grandes
distancias en busca de alimento o aguadas, es necesario establecer con precisión cómo
codificar.
La metodología a aplicar consiste en homologar el concepto de establecimiento al de
territorio, al área conocida, aunque sea aproximada, donde sabemos que existe un
asentamiento de animales, agrupados o pertenecientes a una comunidad. Es decir
utilizar este concepto por extensión, de manera arbitraria por razones prácticas.
Es decir que si el límite no es material y físico, como un alambrado, es posible
establecer y marcar en un mapa una unidad territorial a la que yo pueda asignar un
código, que será el código de establecimiento: - -. - - - . - . 00000

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Casos específicos
Caso 1: Donde exista algún elemento o accidente geográfico que permita definir un área
(ríos, cerros, pircas, etc.) donde podemos afirmar que los animales conviven en un
mismo hábitat o comparten aguadas. Ejemplos de este caso podrían ser tierras fiscales,
parques nacionales o campos comuneros. Asignar a esa área el código de
establecimiento.
Caso 2: Donde exista una pequeña comunidad o barrio, un sector periurbano o villa, que
pueda ser delimitada en un mapa.
También asignar el código de establecimiento.
Caso 3: En el caso específico de algunos municipios, por ejemplo en la ciudad de
Córdoba, que poseen su propia marca de hacienda para resolver problemas tales como
los caballos de cartoneros, que además son mantenidos en predios periurbanos.
Asignar a los predios municipales un código de establecimiento.
Caso 4: Donde no es posible establecer ninguna delimitación territorial para enmarcar
un lugar donde existen animales, por ejemplo en regiones donde se practica la
trashumancia, es posible utilizar como delimitación las letras de los cuadrantes
sanitarios.
Ejemplo de Caso 1:
Área delimitada por ríos y
cerros, donde habita una
comunidad aborigen, asignar
código de establecimiento
_ _. _ _ _ . _ . 00000

Ejemplo caso 2
Área de un barrio o
asentamiento del cordón
periurbano, asignar código de
establecimiento
_ _. _ _ _ . _ . 00000

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Ejemplo caso 3

Predio municipal donde reúnen
animales por distintos motivos,
asignar código de
establecimiento
_ _. _ _ _ . _ . 00000

Ejemplo caso 4
No es posible la delimitación
física, por trashumancia, por
ejemplo, donde habita una
comunidad, asignar código de
establecimiento a la letra del
cuadrante sanitario
_ _. _ _ _ . _ . 00000

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CAPÍTULO V
CONTROL DE GESTIÓN
EVALUACIÓN
INTRODUCCIÓN
Conforme a los alcances de la Resolución 748 del 20 de octubre de 2010, la Comisión
del Renspa creada por Resolución 170 de 2014, deberá establecer los mecanismos para
el control de gestión.
En cumplimiento de las responsabilidades de la Comisión, la “definición de los
procedimientos e instrumentos administrativos y técnicos” están descriptos en el
Manual de Procedimientos y, a fin de velar por la “adecuada instrumentación del
registro y su actualización eficiente”, están descriptos en este documento los
mecanismos de control de gestión.
La Comisión Renspa está conformada por representantes de todas las Direcciones
Nacionales y la Unidad Presidencia, de quien depende.
CONTROL DE GESTIÓN
Revela la capacidad de cumplir con la normativa vigente.
Consiste en determinar si los procedimientos y actividades ejecutadas a nivel regional
cumplen con los lineamientos y requisitos descriptos en el Manual de Procedimientos, y
por lo tanto se establece el grado de desvío de su ejecución.
Esta detección permite modificar o corregir dichos desvíos.
EVALUACIÓN
Revela la capacidad de cumplir con los objetivos propuestos y valorar el impacto del
programa.
Consiste en establecer un monitoreo y seguimiento regular a fin de medir el avance y el
impacto del programa.
Esta evaluación permite rediseñar las actividades programadas.

CONTROL DE GESTIÓN
OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El objeto de estudio son los procedimientos operativos, a nivel de las oficinas locales,
dispuestos por muestreos planificados. Serán comunicados por la comisión Renspa y
ejecutados por las Direcciones de Centros Regionales anualmente.

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El ámbito de aplicación comprende a todas las oficinas locales de Senasa, a los actores
involucrados en el registro, personal de las oficinas, supervisores y coordinadores
regionales temáticos.
METODOLOGÍA Resolución Nº 748/2010
Requerimientos:


Programación de actividades: Las actividades están descriptas en el Manual de
Procedimientos.



Definición de indicadores de ejecución y seguimiento: Ver “Indicadores”.



Contenidos a verificar: Ver “Indicadores”.

Mecanismos a utilizar:


Análisis de datos

Para realizar el monitoreo, seguimiento y evaluación de los procedimientos operativos
se utilizarán los indicadores definidos por la comisión y se realizarán muestreos.
Los datos recopilados para la cuantificación de los indicadores previstos provienen de
una única base de datos centralizada, originada a partir Sistema RENSPA y SUR.
Para algunos cálculos, se prevé la utilización de datos de otras áreas sobre personal
afectado, área de influencia de la oficina, escala de trabajo, etc.


Evaluación diagnóstica. Visitas


Tipo Programada general


Destinatario: Todos los Centros Regionales



Objetivo: Verificar manejo documental, capacidades de los
operadores del sistema informático y funcionamiento general.
Verificar la calidad de la información.



Alcance: Totalidad de los procesos del Renspa



Marco Normativo:
Procedimientos.



Equipo de evaluación diagnóstica: Comisión Renspa, en ella
están representadas la Unidad de Presidencia y todas las
Direcciones Nacionales.



Desarrollo: Visita al Centro Regional y a Oficinas Locales por
muestreo.

Resolución

423/14

y

Manual

de

Producción de informes:
Comunicación al Centro Regional evaluado, a la Coordinación General de
Gerenciamiento Regional y a la Gerencia General, a los 30 días.
De las observaciones:

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Presentación de un plan de revisión por parte de los Centros Regionales observados, a
los 45 días.
Monitoreo del cumplimiento del plan de revisión según el cronograma propuesto.
ETAPAS DE DESARROLLO
Planificación


Diseño de los indicadores base del monitoreo y seguimiento programado para el
año bajo estudio. (Análisis de datos)



Diseño de los puntos o lista de actividades a relevar en el control de gestión,
tanto del propio centro a sí mismo, como en la visita de la comisión. (Evaluación
diagnóstica. Visitas)



Selección por muestreo de las oficinas que serán objeto de control de gestión,
por parte de cada Centro Regional y visitadas por la Comisión Renspa.



Cronograma de ejecución.

Ejecución


Según cronograma de ejecución.

Evaluación analítica


Según un esquema de valoración asignado a cada uno de los indicadores y las
actividades relevadas.



Esta tarea se realizará en el ámbito de la Comisión Renspa.

INDICADORES
Indicadores definidos por la Comisión Renspa el control de gestión. Podrán ser
utilizados para cada nivel de organización, Oficina Local, Centro Regional y total país.
Denominación
Análisis
datos I

de

Tipo
de Contenidos
Indicador
verificar
Cuantitativo
Inscripción

Análisis
datos II

de

Cuantitativo

Análisis
datos III

de

Cuantitativo

Análisis
datos IV

de

Cuantitativo

Análisis
datos V

de

Cuantitativo

a Fórmula

Valor
asignado
Cantidad de inscriptos 0 a 100
nuevos
en
x
período/total*100
Actualizaciones
Cantidad
de 0 a 100
actualizaciones
en
x
período/total*100
Bajas en el registro Cantidad de bajas en x 0 a 100
período/total*100
Inactivos en el Cantidad de inactivos en x 0 a 100
registro
período/total*100
Recursos humanos Cantidad
usuarios 0 a 100
disponibles
sistema Renspa/Cantidad
de
productores
inscriptos*100

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Denominación
Evaluación
diagnostica I

Tipo
de Contenidos
Indicador
verificar
Cuantitativo
Archivo
documental

Evaluación
diagnostica II

Cuantitativo

Evaluación
diagnostica III

Cualicuantitativo

Evaluación
diagnostica IV

Cualitativo

Evaluación
diagnostica V

Cualitativo

Evaluación
diagnostica VI

Cualitativo

Evaluación
diagnostica VII

Cualitativo

a Fórmula

Valor
asignado
Cantidad
declaraciones 0 a 100
juradas archivadas /Total
de Renspa registrados en
el sistema*100
Archivo
Cantidad de estatutos 0 a 100
documental
sociales
archivados/
Cantidad de Renspa de
personas jurídicas*100
Georreferenciación Estimación sobre las 0 a 100
de establecimientos repeticiones en el padrón
de establecimientos.
Cantidad
de
establecimientos
georreferenciados/total
establecimientos*100
Acciones
de Consideración de todas Suficientesdifusión
y las actividades realizadas insuficientes
comunicación
y el efecto producido
relacionadas a la
temática
Respuesta
a Consideración de los Alto- mediorequerimientos de requerimientos
del bajo
productores
usuario y la respuesta
agrícolas
dada por Senasa
Recursos humanos Consideración sobre la Suficientesdisponibles
disponibilidad de recursos insuficientes
para cumplir con las
tareas
Capacitación
en Consideración sobre la Alto- mediouso del sistema
capacidad para hacer buen bajo
uso del sistema y la
generación de consultas al
mismo

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CAPÍTULO VI
GLOSARIO
CONDICIÓN FRENTE A LA TIERRA
PROPIETARIO: Cuando posee un título de dominio sobre la tierra o se ejerce la plena
posesión, aun cuando no se hayan obtenido los instrumentos legales definitivos.
Dentro de esta categoría se consideran tanto los casos de propiedad personal, que
poseen el título de propiedad a su nombre (sea una o más personas físicas o jurídicas),
como los casos de propiedad en sucesión indivisa, en que la propiedad de la tierra
corresponde a una o más personas que opera como Sucesión de.
ARRENDATARIO: Es aquel que posee un contrato verbal o escrito por el cual se
acuerda el uso de una porción de tierra predeterminada mediante el pago de una
cantidad de dinero, siempre que su duración no sea menor de tres años.
CAPITALIZADOR: Es aquel que posee contrato verbal o escrito por el cual se acuerda
el uso de la tierra mediante el pago de una proporción o porcentaje de la producción.
APARCERO: Es aquel que posee contrato verbal o escrito por el cual se acuerda el uso
de la tierra mediante el pago de una proporción o porcentaje de la producción, siempre
que su duración no sea menor de tres años.
PASTAJERO: Es aquel que posee una relación contractual mediante la cual el dueño de
un campo cede en alquiler a un tercero una determinada superficie, por un determinado
período, para introducir ganado con el objeto de alimentarlo. La retribución es en dinero
y el pago se establece generalmente en $/mes/cabeza.
EN USUFRUCTO: Es la ocupación de tierra con carácter precario, es decir, cuando no
existe contrato (escrito o verbal) que avale la tenencia. La precariedad puede tener dos
grados: con permiso del propietario (lo cual supone algún tipo de pago o
compensación), o la ocupación de hecho sin permiso del propietario.
OCUPANTE: Es una ocupación de hecho, transitoria, sin documentación que avale el
uso de la tierra.
FISCALEROS: Para los casos de campos o predios o establecimientos que no tienen
límites definidos que involucran los siguientes casos:
CAMPO COMUNERO: Esta forma de tenencia se origina en la época colonial, consiste
en el otorgamiento de tierras en concesión, sin límites definidos, en que varios
productores utilizan espacios comunes para pastoreo y otros en forma individual.
Los campos comuneros son también llamados comunidades, mercedes, estancias,
estancias indivisas, o por el nombre de algún administrador de la época. Los
productores que explotan estas tierras se denominan Comuneros, Derechosos, pudiendo
existir también arrendatarios, aparceros, ocupantes con permiso y ocupantes de hecho.
PARQUE NACIONAL: Se incluyen los Parques y Reservas Nacionales y Provinciales,
dentro de los mismos hay lugares explotados bajo diversos regímenes de tenencia.
TIERRAS FISCALES: Las Tierras Fiscales pueden estar ocupadas total o parcialmente
por explotaciones sin límites definidos.
ENCARGADO: Es una persona que trabaja en el establecimiento, suele vivir en él y
poseer allí animales de su propiedad.
ADMINISTRADOR DE ENGORDE A CORRAL: Aquel que administra el
establecimiento de engorde a corral en confinamiento, responsable de la alimentación de
los animales.

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Se incluyen en esta categoría tantos los que poseen sus propios animales, como los que
prestan el servicio de hotelería a terceros.
USUARIO DE ENGORDE A CORRAL: El cliente, cualquier productor o inversionista
propietario de la hacienda, que lleva sus animales a una hotelería para engorde a corral
en confinamiento. (Pensionado)
GLOSARIO DE DATOS AGRÍCOLAS
ALAMBRADOS:
Cerco perimetral construido con postes y tendido de alambre galvanizado, con el
objetivo de cercar el establecimiento, marcando su límite o limitar la presencia
de animales.
CORTINA FORESTAL:
Barrera vegetal constituida por arbustos y/o árboles cuyas hojas pueden caerse
en época otoñal (Caducas) o quedar persistentes a lo largo del año (Perennes), su
importancia radica en ser una protección contra el viento y limitar posibles
contaminaciones y/o ocurrencias de plagas.
GALPÓN DE MAQUINARIAS:
Sitio que cumple la función de albergar el parque de maquinarias con el
objetivo de asegurar el correcto estado del mismo.
DEPÓSITO DE AGROQUÍMICOS y BIOLÓGICOS:
Aquel sitio o lugar físico aislado, separado de la vivienda y en el cual se
depositan de manera correcta todos aquellos productos químicos y biológicos.
Por ejemplo: fertilizantes, insecticidas, herbicidas, etc., los cuales son utilizados
en la producción agrícola.
CULTIVOS AGRÍCOLAS:
Aquellos cultivos cuyo producto se comercializa en el mercado interno, externo,
siendo su destino el consumo directo, industrial y/o propagación de especies
vegetales.
ESPECIE VEGETAL:
Se debe cargar la cantidad de especies vegetales que declare el productor, una
por vez. De cada especie vegetal aparecen varias opciones. A su vez por cada
opción aparecen dos datos entre paréntesis que corresponden, el primero al
producto comercial y el segundo al grupo productivo.
CLASIFICACIÓN DE PRODUCTOS COMERCIALES:
HOJA: cuando la parte de la especie vegetal que se comercializa o consume son
las hojas. (Lechuga, acelga, radicheta).
TALLO Y HOJA: cuando la parte de la especie vegetal que se consume es el
tallo. Ej.: apio
RAÍZ GEMÍFERA: el producto comercial de la planta es la parte que se
encuentra debajo del suelo y que es comestible. (Batata, mandioca, etc.).
Inflorescencia: Cuando la parte de la planta que se comercializa son las flores
(brócoli; coliflor)
BULBO: estructura vegetal engrosada, que suele situarse en la parte subterránea
de la planta (cebolla, ajo).
TALLO: este concepto es utilizado en el caso de la caña de azúcar cuando se
destina a la extracción de azúcares y en el caso de la producción de cebolla de
verdeo.

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TUBÉRCULO: tallo engrosado que se encuentra debajo del suelo y es
comestible. ej.: papa
LEGUMBRE: fruto alargado tipo chaucha.
Legumbre/grano: cuando se utiliza para consumo los granos de las legumbres
(arvejas, lentejas, garbanzos, porotos).
BROTES: parte tierna comestible. (Espárragos).
YEMAS: en el cultivo de repollitos de Bruselas, la parte que se consume son las
yemas.
SEMILLA: cuando el fin de la producción es la semilla para la comercialización
o propagación.
GRANO: cuando el cultivo tiene como destino la producción de granos, tanto
para el mercado interno como para exportación (trigo, maíz, girasol o soja).
PISINGALLO: grano de maíz que se utiliza principalmente para pochoclo.
CERVECERA/GRANO: este concepto tiene que ver con el cultivo de cebada
que se utiliza para la industria cervecera.
FRUTO: cuando el producto son los frutos de las plantas (peras, manzanas o
cítricos).
FRUTO SECO: este concepto se utiliza para aquellos frutos que se consumen
secos. (Nueces, almendras, avellanas, etc.).
FORRAJE: material vegetal destinado a la alimentación de ganado.
FORRAJE ANUAL: aquellos cultivos que se utilizan para alimentación directa
del ganado o elaboración de fardos, silos o rollos para suplementar la dieta.
Estos cultivos son instalados todos los años, son los denominados verdeos de
verano y de inverno (avena, cebada, maíz, sorgo, moha, centeno, etc.).
AZUCARERA: este término se utiliza para un tipo de remolacha destinada a la
extracción de azúcares. (Remolacha azucarera).
RIZOMA: cuando el fin de la producción es el tallo subterráneo con varias
yemas que puede ser usado para consumo o para propagar la especie. (Caña de
azúcar, jengibre, cúrcuma).
PAPA SEMILLA: son las papas que se utilizan para propagación
HOJA/INFLORESCENCIA: cuando la parte de la planta comercializada, se
consume o se utilizan en la industria son hojas y flores (Aromáticas:
manzanilla).
MADERA Y OTROS: cuando las especies vegetales estén destinadas a la
producción de madera y/o derivados.
FIBRA: cuando el cultivo tiene como destino la industria textil.
FLOR: Cuando se utiliza como producto final del cultivo la flor (flor de corte)
(crisantemo, clavel, rosa, gerbera, etc.)
HONGOS: incluye aquellos hongos comestibles. (Champignones, gírgolas,
setas).
DE GUINEA: este concepto se utiliza para un tipo de sorgo, denominado Sorgo
de guinea, destinado a la elaboración de escobas.
SUPERFICIE CULTIVADA
Respecto a la superficie cultivada se debe indicar la superficie cultivada para
cada especie, expresada en hectáreas (Has), la cual se puede realizar bajo dos
modalidades:
Superficie Cubierta, significa que se produce utilizando invernaderos o algún
otro tipo de cobertura como ser bajo dosel.

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Superficie Descubierta, el cultivo se realiza a campo abierto sin ningún tipo de
cobertura.
CULTIVO ORGÁNICO
Producto vegetal comercial obtenido bajo condiciones de producción sin el
empleo/uso de agroquímicos, entre otras características, para lo cual deberá
acreditarse tal situación con la presentación del Certificado de Producción
Orgánica, emitido por Certificadoras reconocidas ante SENASA.
TIPOS DE RIEGO
EN SECANO: producción agrícola sin riego ej.: algunos cultivos extensivos.
POR ASPERSIÓN: Producción agrícola con riego aplicado mediante aspersores.
POR GOTEO: producción agrícola con riego aplicado mediante el uso de
mangueras, caños y el empleo de picos dosificadores dirigidos.
POR MANTO: producción agrícola con riego aplicado en la modalidad de
inundación transitoria.
POR SURCO: producción agrícola con riego aplicado por manejo de camellones
y surcos.
TIPOS DE DESTINO
Se puede seleccionar distintos destinos de la producción:
CONSUMO ANIMAL: se selecciona si el destino de la producción es para
consumo animal.
EXPORTACIÓN: se selecciona cuando el destino de la producción es para el
mercado externo.
INDUSTRIA: se selecciona cuando el destino de la producción es la
industrialización de la producción primaria.
MERCADO INTERNO: se selecciona cuando la producción se destina a la
comercialización dentro del país.
PROPAGACIÓN: se selecciona en caso que el productor realice material de
propagación y multiplicación, NO SEMILLAS.
USO PROPIO: se selección cuando el productor haga uso, en su
establecimiento, de la producción.
GRUPOS PRODUCTIVOS:
HORTÍCOLAS: especies vegetales producidas a campo o invernáculo las cuales
pueden ser consumidas crudas o cocidas y/o destinadas a algún proceso
industrial. Ej. lechuga, papa, tomate, zanahoria, remolacha, cebolla, ajo, acelga,
frutilla, etc.
FRUTALES: especies vegetales cuyo destino es la producción de frutas,
pudiéndose consumir en fresco o destinarse a un proceso industrial. Ej.
Manzana, pera, kiwi, mango, granada, palta, uva, cítricos, frutas secas (nueces,
almendras, avellanas, etc.), cerezas, durazno, ciruela, damasco, etc.
FLORÍCOLAS: especies vegetales cultivadas a campo o invernáculos con el fin
de ser comercializadas como flores de corte (florería). Ej.: Crisantemos,
claveles, rosas, gerberas, etc.
FORRAJERAS: especies vegetales destinadas a la producción de material
vegetal destinado a la alimentación animal. Ej.: alfalfa, agropiro, trébol blanco,
raygrass, avena, festuca, sorgo, etc.

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TEXTILES: especies vegetales destinadas a la industrial textil. Ej. cáñamo,
formio, lino, algodón (tener en cuenta que las dos últimas especies también se
las clasifica como cultivo industrial cuando su destino es la producción de
aceites).
Aromáticas: especies vegetales cultivadas con el fin de obtener sus esencias para
ser utilizadas en las industrias cosmética, gastronómicas, medicinales, etc. Tener
en cuenta que algunas de ellas son utilizadas como ornamentales. Ej. Lavanda,
romero, citronella, menta, pasto limón, orégano, pimienta, tomillo, etc.
FORESTALES: Especies vegetales destinadas a la producción de madera y
papel. Ej. pinos, sauces, álamos, robles, algarrobo, haya, kiri, etc.
CULTIVOS INDUSTRIALES: especies vegetales que requieren de un proceso
industrial para su aprovechamiento. Ej. Té, yerba mate, caña de azúcar, girasol
(aceite), soja (harina y aceite), ricino (aceite), tung (aceite), colza, etc.
HONGOS COMESTIBLES: especies de hongos destinados al consumo
humano. Ej. setas, champignones, gírgolas, etc.
ORNAMENTALES: especies vegetales cuyo destino es la ornamentación de
parques,
JARDINES E INTERIORES: Ej. palmeras, rosa china, jazmines, hortensias,
azaleas helechos, potus, etc.
CEREALES: especies vegetales destinadas a la producción de granos y semillas.
Ej. Maíz, trigo, arroz, cebada, avena, centeno, etc.
OLEAGINOSAS: especies vegetales destinadas a la producción de aceites,
grano, semillas, etc. Ej. Soja, girasol, colza, etc.
GLOSARIO DE DATOS GANADEROS
EXPLOTACIONES: TIPO DE ACTIVIDAD
CRÍA: La actividad cuyo principal objetivo es la producción de terneros para la
venta.
RECRÍA: El principal objetivo es el aumento de peso de los terneros recién
destetados para luego ser incorporados a la invernada. Se excluyen los animales
de reposición.
INVERNADA: El principal objetivo es el engorde de animales para su envío al
mercado como animales de faena. Involucra a todas las categorías de animales,
incluso los terneros bolitas, engorde de vacas, vaquillonas y toros de descarte.
ENGORDE A CORRAL: Engorde de animales en sistemas confinados y/o
estabulados con raciones especiales para una alta ganancia de peso.
TAMBO: El principal objetivo es la producción de leche, utilizando para ello
razas especializadas. No se incluyen en esta actividad los terneros que no sean
de reposición.
CABAÑA: La producción de vacas, vaquillonas, toros y toritos puros o puros
por cruza para ser vendidos como reproductores.
NO ESPECIALIZADA: Ganadería extensiva, generalmente de zona árida o
semiárido donde conviven todas las categorías de animales. Se reúnen los
animales una vez al año para su castración y aparte para la venta.
ESPECIES Y CATEGORÍAS
BOVINOS
Vacas: Hembras que han tenido al menos una parición.
Vaquillonas: Hembras jóvenes que no han tenido parición alguna.

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Novillos y novillitos: Machos castrados.
Terneros menores de 1 año: Machos menores de 1 año, sin considerar si están
o no al pié de la madre.
Terneras menores de 1 año: Hembras menores de 1 año, sin considerar si están
o no al pié de la madre.
Toros: Machos destinados a la reproducción.
Bueyes y torunos: Machos adultos castrados para trabajo, o infértiles. El toruno
es un buey mal castrado que aún conserva un testículo.
Toritos: Toros jóvenes mayores de un año que aún no han entrado a servicio.
PORCINOS
Cerdas: Hembras adultas en edad reproductiva.
Padrillos: Machos enteros adultos en edad reproductiva.
Capones y Hembras sin servicio: Machos castrados por métodos físicos y
hembras enteras destinadas a engorde para faena.
Cachorros/as: Machos y hembras jóvenes en desarrollo
MEI: Machos enteros inmunológicamente castrados o por métodos químicos
OVINOS
Carneros: Machos enteros adultos en edad reproductiva
Ovejas: Hembras adultas en edad reproductiva
Borregos o borregas: Machos y hembras jóvenes de reposición
Capones: Machos castrados
Corderos/as: Crías machos y hembras
EQUINOS
Caballos: Machos adultos castrados para trabajo
Yeguas: Hembras adultas para reproducción
Padrillos: Machos enteros adultos para reproducción
Potrillos/as: Crías machos y hembras
Mulas y burdéganos: Cruza de asno y yegua o de caballo y burra
respectivamente
Burros o asnos: animales de la familia de los équidos pertenecientes a la
especie Equus africanus subespecie asinus
AVICULTURA
Reproductores: Los planteles destinados a la producción de huevos para
incubación.
Parrilleros: Categorías destinadas al engorde para consumo.
Ponedoras: Destinadas a la producción de huevos para consumo.
Otras aves de corral: Otras producciones avícolas tales como pavos, patos,
faisanes, gansos, codornices, palomas y ornamentales.
APICULTURA
Colmenas: (RAE) Habitación natural de las abejas. En apicultura este término
se refiere a la unidad manejada por el apicultor constituido por una parte inerte y
otra viva. La parte inerte (o inanimada) compuesta por: piso, cuerpos de colmena
(“cajones”) entretapa, techo y los marcos de madera que contienen los panales
de cera de las abejas. La parte viva es la colonia de abejas compuesta por miles
de abejas conformando un único organismo funcional, hermafrodita y en el que
se distinguen tres castas de abejas: zánganos, obreras y reina.
Reinas: Una de las tres castas de abejas de la colonia de abeja melífera; única
abeja hembra fértil de la colonia encargada de la puesta de huevos fecundados
que originarán abejas obreras (hembras infértiles) y huevos no fecundados que
darán origen a zánganos (machos fértiles).

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Núcleos: Colonia reducida en cantidad de abejas adultas (las tres castas están
presentes) y crías contenidas en los panales. El cajón o envase en el cual se aloja
el núcleo de abejas se denomina “nuclero”.
Tipo de producción: Miel, Polen, Propóleos.
CAPRINOS (Incluye tanto producción de carne como de leche)
Chivos: Machos enteros en edad reproductiva
Capones: Machos castrados
Cabras: Hembras enteras en edad reproductiva
Cabrillas: Hembras jóvenes de reposición
Chivitos: Crías machos y hembras
BUBALINOS2
Vacas: Hembras que han tenido al menos una parición.
Vaquillonas: Hembras jóvenes que no han tenido parición alguna.
Novillitos y novillitos: Machos castrados.
Terneros menores de 1 año: Machos menores de 1 año, sin considerar si están
o no al pié de la madre.
Terneras menores de 1 año: Hembras menores de 1 año, sin considerar si están
o no al pié de la madre.
Toros: Machos destinados a la reproducción.
Bueyes y torunos: Machos adultos castrados para trabajo, o infértiles. El toruno
es un buey mal castrado que aún conserva un testículo.
Toritos: Toros jóvenes mayores de un año que aún no han entrado a servicio.
CAMÉLIDOS
Llama macho: macho adulto
Maltón hembra (maltona): hembra juvenil comprendida desde el año hasta la
primera parición.
Maltón macho: macho juvenil comprendido entre el año y los (2) dos años.
Guanaco Hembra/macho
Llama hembra: hembra adulta después de la primera parición.
Teke hembra: alpaca hembra de edad comprendida entre el nacimiento y el
destete
Teke macho: alpaca macho de edad comprendida entre el nacimiento y el
destete
CONEJOS Y PILÍFEROS
Incluye todas las especies
OTROS
Para otras especies animales, registrar el total de animales y la especie

2

Las categorías enunciadas corresponden a aquellas del Sistema Integrado de Gestión de Sanidad
Animal, SIGSA, que no se ajustan exactamente a las definidas en la Resolución MAGyP Nº 470/12
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CAPÍTULO VII
NORMATIVA
Resolución Nº 423 del 22 de septiembre de 2014
VISTO el Expediente Nº S05:0043775/2014 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, la Resolución Nº 249 del 23 de junio de
2003
del
SERVICIO
NACIONAL
DE
SANIDAD
Y
CALIDAD
AGROALIMENTARIA, la Disposición Conjunta Nº 41 de la ex-Dirección Nacional de
Fiscalización Agroalimentaria y Nº 1 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal
del 28 de marzo de 2008, y CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 249 del 23 de junio de 2003 del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA establece la obligatoriedad y
gratuidad de la inscripción de los productores agropecuarios en el Registro Nacional
Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA).
Que el RENSPA, ya sea éste agrícola, ganadero o mixto, debe mantenerse actualizado
con el fin de verificar el estricto cumplimiento de las normas Fito zoosanitarias y
administrativas vigentes.
Que resulta necesario determinar los alcances jurídicos y legales del mencionado
Registro.
Que, asimismo, es procedente determinar la corresponsabilidad sanitaria de todos los
integrantes de la cadena de producción y comercialización en la verificación de la
documentación exigida por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA), tanto en la inscripción en el RENSPA como en la
habilitación de los intermediarios de la cadena, tal como lo establece el Código
Alimentario Argentino.
Que la Disposición Conjunta Nº 41 de la ex-Dirección Nacional de Fiscalización
Agroalimentaria y Nº 1 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del 28 de marzo
de 2008 estableció la inscripción gradual de los productores agrícolas en el RENSPA,
fijando como fecha límite para todos los productores el 1° de enero del año 2010.
Que los procedimientos de inscripción y actualización de datos de los productores
agrícolas en el RENSPA deben ser mejorados y debe determinarse la periodicidad de la
reinscripción para distintas explotaciones agrícolas.
Que la identificación de los productores agrícolas y la ubicación territorial de los
establecimientos productivos es el soporte de las tareas de vigilancia y monitoreo, del
diseño de estrategias de control, de la implementación de medidas higiénico-sanitarias y
fitosanitarias y planes de contingencia, teniendo en cuenta los sistemas productivos y las
características agroecológicas de diferentes regiones.
Que resulta estratégico identificar el lugar/sitio de producción, tipo de producción, etc.,
como herramienta de trazabilidad y/o rastreo de los productos de origen vegetal con
destino a industria y/o consumo en mercado interno o exportación, a fin de proteger a
los consumidores contra los riesgos derivados de la eventual ingesta de productos de

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origen vegetal, que pudieran contener residuos de plaguicidas y/o contaminantes
microbiológicos que las hagan no aptas para el consumo humano.
Que ante la detección de no conformidades, peligros y consecuentes riesgos de
contaminantes es necesario realizar la trazabilidad de origen del producto.
Que, del mismo modo, la incorporación de la totalidad de los productores al Registro
Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios, teniendo en cuenta las diversas
situaciones en que la producción agropecuaria se desarrolla y la actualización de datos
de existencias ganaderas, debe realizarse tanto en zonas libres de Fiebre Aftosa con
vacunación, como sin vacunación.
Que el RENSPA resulta útil como elemento para el diseño de indicadores de gestión
que permitan al Organismo elaborar los informes que sustenten acciones preventivas o
correctivas, de corresponder.
Que, además, contribuye a obtener un diagnóstico situacional de las actividades
productivas cuyo destino es el abastecimiento nacional e internacional. Que el avance
alcanzado en el desarrollo de los procesos informáticos permite habilitar un servicio con
"clave fiscal" a través del sitio web institucional, a efectos de suministrar la información
requerida para la inscripción en el RENSPA.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, no
encontrando reparos de orden legal que formular.
Que la suscripta es competente para dictar el presente acto en virtud de lo dispuesto en
los Artículos 4° y 8°, inciso f) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996,
sustituido por su similar Nº 825 del 10 de junio de 2010. Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA RESUELVE:
Artículo 1° — Reglamentación del Registro Nacional Sanitario de Productores
Agropecuarios (RENSPA) del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA. Sustitución: se sustituye la reglamentación del Registro
Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), establecida en la
Resolución Nº 249 del 23 de junio de 2003 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por la que se establece en la presente resolución.
Art. 2° — Obligatoriedad. La inscripción en el RENSPA es obligatoria y gratuita para
todos los productores pecuarios del país con independencia de la cantidad de animales
que posean, y para todos los productores agrícolas de frutas, hortalizas y material de
propagación; de plantas ornamentales, aromáticas, florales, industriales y forestales;
productores de oleaginosas, cereales y otras no especificadas anteriormente,
independientemente del título por el cual detentan la tierra en que desarrollan su
actividad y cualquiera sea el sistema de producción utilizado.
Art. 3° — Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA). El
RENSPA es un número de registro que identifica a cada productor en cada
establecimiento agropecuario, predio o lugar físico donde la explotación agropecuaria
está asentada, y posee un subcódigo que puede ser numérico, alfabético o alfanumérico,

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que identifica a los distintos productores que coexisten en un mismo predio. El número
de RENSPA consta de DIECISIETE (17) caracteres (00.000.0.00000/00).
Art. 4° — Alcance jurídico. La titularidad de un RENSPA se limita a la identificación
del responsable sanitario de la explotación, tanto del predio como de los animales y/o
vegetales, sin que ello implique crear, transmitir, modificar o extinguir derechos sobre
la propiedad de los mismos.
Art. 5° — Corresponsabilidad sanitaria. Toda persona física o jurídica que integre la
cadena de producción y comercialización de origen animal o vegetal producidas en
Territorio Nacional, es corresponsable sanitario y debe verificar el cumplimiento de la
documentación exigida por el SENASA, tanto la inscripción en el RENSPA como la
habilitación de los intermediarios de la cadena agroalimentaria.
Art. 6° — Programas. Todos los programas que ejecute el SENASA, sean de control
fitozoosanitario, de higiene, inocuidad o calidad, deben exigir a los productores
primarios, tanto pecuarios como agrícolas, la inscripción en el RENSPA. Toda
documentación que se tramite en este Servicio Nacional y que involucre a los mismos,
debe consignar el número de RENSPA.
Art. 7° — Inscripción. El productor agropecuario responsable sanitario de la
producción, debe concurrir a la oficina del SENASA correspondiente a la jurisdicción
del campo o establecimiento agropecuario, o a aquellos sitios que el SENASA
determine para realizar la inscripción con la pertinente documentación respaldatoria,
Documento Nacional de Identidad (DNI), Clave Única de Identificación Laboral
(CUIL) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).
Art. 8° — Sistema informático. Los datos deben ser ingresados en el aplicativo
informático denominado "RENSPA" al que se accede a través de la página web del
SENASA, en sustitución del formulario Declaración Jurada de la citada Resolución Nº
249/03.
Art. 9° — Declaración Jurada de datos. Los datos declarados en la inscripción al
RENSPA revisten carácter de Declaración Jurada y deben ser aportados por el productor
o por su representante o apoderado, en este último caso conforme lo establecido por los
Artículos 31 a 33 y a los alcances previstos en el Artículo 35 del Decreto Nº 1759 del 3
de abril de 1972 (T.O. 1991), reglamentario de la Ley Nº 19.549.
Art. 10. — Constancia de inscripción. Se considera efectuada la inscripción únicamente
cuando se hayan ingresado los datos en el aplicativo denominado "RENSPA", y se haya
asignado por sistema informático el correspondiente número de RENSPA. Como
constancia de la inscripción se entregará al productor agropecuario una credencial
RENSPA, personal e intransferible, emitida por el sistema informático.
Art. 11. — Actualización de datos por autogestión. La actualización de datos puede ser
realizada por autogestión con clave fiscal en la página web del SENASA, toda vez que
el productor inscripto lo requiera.
Art. 12. — Actividad mixta. Los productores que desarrollen actividades pecuarias y
agrícolas en un mismo establecimiento, serán registrados con un único número de
RENSPA.

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�Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios

Art. 13. — Producción vegetal a declarar. Al realizar la inscripción o actualización
anual, el productor debe declarar la producción comprendida en el año de producción,
se entiende el período comprendido desde el 30 de junio del año en que realiza la
inscripción hasta el 30 de junio del año siguiente.
Art. 14. — Actualización anual obligatoria. Las actividades agrícolas, pecuarias o
mixtas, requieren actualización anual a partir de la fecha de inscripción o toda vez que
realice un cambio de actividad o de cultivo. Se excluye a los productores pecuarios de la
zona libre de Fiebre Aftosa con vacunación.
Art. 15. — Incumplimientos. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en la
presente resolución es pasible de percibir las sanciones que pudieran corresponder de
conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996 y por
la Resolución Nº 38 del 3 de febrero de 2012 del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA.
Art. 16. — Abrogación. Se abroga la Resolución Nº 249 del 23 de junio de 2003 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y la
Disposición Conjunta Nº 41 de la ex Dirección Nacional de Fiscalización
Agroalimentaria y Nº 1 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del 28 de marzo
de 2008.
Art. 17. — Incorporación. Se debe incorporar la presente resolución al Libro Tercero,
Parte Segunda, Título III, Capítulo II del Índice Temático del Digesto Normativo del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
aprobado por la Resolución Nº 401 del 14 de junio de 2010 y su complementaria Nº 31
del 28 de diciembre de 2011; y al Libro Tercero, Parte Tercera, Título I, Capítulo III,
Sección 1a y al Apéndice, Numeral 01 Registro Nacional Sanitario de Productores
Agropecuarios (RENSPA), ambos del Índice Temático del Digesto Normativo del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
aprobado por la citada Resolución Nº 401/10 y su complementaria Nº 738 del 12 de
octubre de 2011.
Art. 18. — Vigencia. La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente
al de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 19. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial
y archívese. — Diana M. Guillen.
Resolución Nº 748/2010
BUENOS AIRES, 20 de octubre de 2010
VISTO el Expediente Nº S01:0352354/2010 del Registro del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, el Decreto Nº 1.585 de fecha 19 de
diciembre de 1996, modificado por su similar Nº 825 de fecha 10 de junio de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, modificado por su similar Nº
825 de fecha 10 de junio de 2010, se estableció la organización institucional del
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SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, comprendiendo las características del mismo, el marco de
competencias, la estructura de su conducción superior, sus atribuciones y funciones y su
estructura organizativa.
Que por el Artículo 15 del Decreto Nº 825 de fecha 10 de junio de 2010, se aprobó la
estructura organizativa de primer nivel operativo del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a fin de optimizar el desarrollo de su
gestión a través de una estructura operativamente descentralizada a nivel regional.
Que en este sentido resulta necesario establecer un conjunto de medidas que permitan
mantener y mejorar un funcionamiento eficaz y eficiente procurando el cumplimiento
de las normas establecidas.
Que por lo expuesto es menester aprobar los lineamientos para el control de gestión del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia, conforme las
atribuciones conferidas por los Artículos 8º, inciso h) y 9°, inciso a) del Decreto Nº
1.585 de fecha 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 825 de fecha 10 de
junio de 2010.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Apruébase el documento para los Lineamientos para el Control de
Gestión del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA que, como Anexo I, forman parte integrante de la presente
resolución.
ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese y archívese.
RESOLUCIÓN Nº 748
Ing. Agr. Carlos Alberto Paz
Vicepresidente Senasa
ANEXO
LINEAMIENTOS PARA EL CONTROL DE GESTIÓN
1. INTRODUCCIÓN.
El SENASA cumple sus objetivos institucionales mediante la realización de una serie de
programas y actividades que procuran el cumplimiento de las normas dictadas por el
Organismo, para tal fin se le asignan recursos que deben ser administrados y se debe
responder por su utilización.

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En el año 2006 se inició un proceso de transformación que consiste en descentralizar las
actividades que le son propias, creando a tal fin CATORCE (14) Centros Regionales
distribuidos en el Territorio Nacional.
La estructura aprobada por el Decreto Nº 1.585 de fecha 19 de diciembre de 1996,
modificada por su similar Nº 825 de fecha 10 de junio de 2010, define el nivel de
conducción del Organismo, constituido por un Presidente y un Vicepresidente,
incorpora la figura de Gerente General (extraescalafonario), dispone las facultades y
obligaciones de cada uno de los cargos y los objetivos institucionales. En el Anexo II
incluye el primer nivel organizativo distribuido en Unidad de Auditoría Interna,
Dirección Nacional de Operaciones Regionales, Dirección Nacional de Sanidad Animal,
Dirección Nacional de Protección Vegetal, Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad
Agroalimentaria, Dirección Nacional de Agroquímicos, Productos Veterinarios y
Alimentos, Dirección Nacional Técnica y Administrativa, Dirección General de
Laboratorios y Control Técnico y Dirección de Asuntos Jurídicos.
Esta modificación demuestra un paso importante en la formalización de la
regionalización, por cuanto se creó la Dirección Nacional de Operaciones Regionales,
que deberá coordinar y controlar las actividades y la ejecución de los programas y
planes que realicen los Centros Regionales, encargados de distintas actividades como
ser: inspección, control, fiscalización, habilitación, certificación, supervisión y
tipificación de los animales, vegetales y de productos, subproductos y derivados de
ellos, y los establecimientos vinculados a la producción de éstos y sus insumos, todo en
el marco de la normativa vigente y en el ámbito de cada una de las regiones, y participar
en la elaboración de programas y planes de acción que sean necesarios según las
propuestas regionales.
La regionalización determina una nueva forma de accionar que impacta en la Institución
y por lo tanto, resulta necesario definir un conjunto de medidas que permitan mantener
y mejorar el funcionamiento eficaz y eficiente, debido a que la ejecución de programas,
planes y procedimientos, según sea el caso, se encuentran descentralizados en el ámbito
de los CATORCE (14) Centros Regionales constituidos.
En este orden de ideas, resulta imprescindible la adopción de procedimientos que
permitan realizar un seguimiento de las actividades de cada una de las regiones, para
asegurar la unificación de criterios y el cumplimiento efectivo, para lo cual se deberán
observar, analizar y evaluar los distintos puntos de la cadena, los actores de la
organización y también los integrantes externos.
La gestión debe orientarse hacia el logro de los objetivos planificados, para asegurar
este desempeño, el control de gestión que se instrumente evaluará, conforme lo previsto,
si lo que debía ocurrir, ha sucedido y si se han establecido las relaciones
interinstitucionales pertinentes, si correspondiese. En el caso de constatar desvíos, se
determinarán los cambios o acciones correctivas que deban realizarse.
El Control de Gestión debe diferenciarse de la Evaluación de los Programas (que
mantendrán el modo de seguimiento), que es un proceso de medición y caracterización
del impacto de los mismos a efectos de reelaborar la estrategia delineada al momento de
la formulación y se dirige principalmente a incidir en la reelaboración del programa.
II. DEL CONTROL DE GESTIÓN. DEFINICIÓN.

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Entendemos al control de gestión, como el conjunto de acciones, funciones e
instrumentos utilizados a efectos de conocer la situación de los procesos de la
organización en un momento determinado y de la toma de decisiones preventivas o
correctivas, que garanticen el cumplimiento de los objetivos definidos por la política
pública para el Organismo.
III. OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El Control de Gestión:
- Pretende asegurar el correcto desarrollo de las actividades encomendadas a los
distintos sectores y niveles del Organismo.
- Conocer el conjunto de condiciones en que se realizan los “procesos” u obtienen los
productos, procurando identificar las causas o condiciones que pudieran afectar el
correcto desarrollo u obtención de los mismos, sean éstos de tipo normativo,
tecnológico, organizacionales, humanos, etc.
- Procura el fortalecimiento de este Servicio Nacional, por lo tanto el objeto de análisis
es cualquier sector o equipo de personas involucrados en un proceso organizacional.
- Se puede dirigir a tareas institucionales, programáticas o de obtención de productos.
- El ámbito a desarrollar la gestión es todo el Territorio Nacional conforme la
distribución regional del Organismo.
DE LA METODOLOGÍA.
Para implementar el Control de Gestión se requiere:
- Contar con una programación previa desagregada de actividades producida en las
áreas centrales, Direcciones Nacionales y Direcciones, según sea su inherencia, para ser
ejecutadas en las regiones.
- Definir indicadores de ejecución y seguimiento para los distintos programas y
actividades que se realicen en todos los ámbitos, según las normas en vigencia.
- Diseñar guías o listas de contenidos mínimos a verificar, controlar o bien auditar
(manuales de procedimientos, guías de actividades).
Mecanismos a utilizar:
A efectos de lograr el adecuado nivel de conocimiento de los procesos que se
desarrollan en esta organización, se deberán utilizar las siguientes metodologías con
frecuencia y periodicidad acorde a cada caso:


Análisis de Datos, consistente en el relevamiento de fuentes secundarias
(sistemas informáticos, documentación, estadísticas, material gráfico, etc.) que
permitan el seguimiento de procesos a distancia.

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

Visitas, consistente en la observación directa realizada en campo,
establecimiento, planta, laboratorio, o el lugar donde sea necesario efectuar un
análisis objetivo del punto crítico o desvío.

Si del seguimiento u observación de los procesos surgiera la evidencia de que la salud
del consumidor se encuentra en compromiso, el funcionario responsable de la
operación, tomará las medidas adecuadas al caso, en cumplimiento de las funciones de
policía sanitaria.
Análisis de Datos:
Es la recopilación sistemática de información, sistemas de gestión de información,
seguimiento de indicadores de gestión en puntos críticos, sistemas de alerta, etc.
Las áreas, según el caso, han generado sistemas de información complejos, o cuentan
con fuentes de información de diversa índole integrada o no a un sistema general de
información gerencial.
Se deben relevar los sistemas de información ya existentes, evaluar sus productos y
definir las acciones necesarias para su adecuación al seguimiento de los indicadores
relevantes de ejecución de los distintos planes, programas y procedimientos.
Los sistemas de información que se apliquen deben tener una frecuencia adecuada a la
relevancia y criticidad de la temática.
Cuando los sistemas generen automáticamente una evaluación o resultado, o cuando se
definan reportes de información agregada y relevante para otras áreas de la
organización, la misma se integrará al Circuito de Resultados que se define más
adelante.
Visitas:
Es la comprobación de la ejecución en el lugar de su realización y requiere de una
actividad presencial que a estos efectos denominamos evaluación diagnóstica.
Las mismas tienen una doble finalidad,


Validar la información obtenida a través de los sistemas que se implementan.



Evaluar la forma en que la tarea es realizada.

Programa Anual de Evaluaciones Diagnósticas:
Cada Dirección Nacional y/o General propondrá a la Gerencia General la periodicidad y
frecuencia de seguimiento de cada programa y/o procedimiento de su ámbito de
incumbencia y elaborará un programa anual de visitas. El mismo debe contener los
programas o actividades a evaluar, los Centros Regionales involucrados y el
cronograma propuesto, acordado con la Dirección Nacional de Operaciones Regionales.
Se contemplan TRES (3) tipos de evaluaciones diagnósticas:
1. Programada general.

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2. Programada específica.
3. No programada.
Evaluación Diagnóstica Programada General:
Abarca la gestión general regional y/o general temática, según el caso. Puede ser:


Horizontal y abarcar todos los programas del eje temático en el Centro Regional.



Vertical, un programa en todas sus instancias de ejecución.

Las Direcciones Nacionales y/o Generales deberían realizar una de estas visitas a cada
Centro Regional dentro de los primeros DIECIOCHO (18) meses desde la entrada en
vigencia de la presente resolución.
La Dirección/Coordinación se contactará formalmente con el responsable del Centro
Regional a evaluar para coordinar el lugar, fecha y período de la evaluación
informándole sobre el objetivo y alcance de la misma.
El Plan de Evaluación Diagnóstica incluye:


Destinatario: Centro Regional/Coordinador Regional Temático/Referente



Objetivo



Alcance



Marco normativo



Equipo Evaluación Diagnóstica.



Desarrollo de la Evaluación Diagnóstica.

Evaluación Diagnóstica Programada Específica:
Su objetivo es analizar un programa, plan o proceso en particular.
La Dirección/Coordinación se contactará formalmente con el responsable del Centro
Regional a evaluar para coordinar el lugar, fecha y período de la evaluación
informándole sobre el objetivo y alcance de la misma.
El Plan de Evaluación Diagnóstica incluye:


Destinatario: Centro Regional/Coordinador Regional Temático/Referente



Objetivo



Alcance



Marco normativo

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

Equipo Evaluación Diagnóstica



Desarrollo de la Evaluación Diagnóstica.



Evaluación Diagnóstica No Programada:

Se origina en la necesidad de dar respuesta a situaciones puntuales, de emergencia,
denuncia, etc. La planificación, preparación y ejecución seguirá las pautas previstas para
las Programadas, de ser pertinente.
La Dirección Nacional o General propondrá a la Gerencia General su realización,
pudiendo abarcar temas inherentes al eje temático o programa específico, aspectos
coyunturales y/o emergentes en función del riesgo, o responder a objetivos de política
Fito-zoosanitaria, técnico/administrativo, etc.
V. DE LOS INFORMES.
El informe final producido por quien efectúa el control, se comunicará como máximo a
los TREINTA (30) días de realizada la visita, a los sujetos definidos en el párrafo
Circuito de Resultados.
Los informes de evaluación diagnóstica deben contener:


Destinatario



Descripción de las tareas desarrolladas



Resultado:
o Sin objeciones
o Observado:


Observaciones que retroalimentan la formulación del programa.



Observaciones que requieren una acción correctiva.

Circuito de Resultados:
La comunicación de los resultados de las evaluaciones debe seguir, al menos, el
siguiente esquema, son producidos por la Dirección que realiza el control y comunicado
a la Dirección Nacional de Operaciones Regionales y al Centro Regional.
La Gerencia General puede requerir información acerca del seguimiento de UNO (1) o
más programas o actividades.
VI. DE LAS OBSERVACIONES.
Las observaciones pueden ser de diferentes tipos:
1) Los que pongan en riesgo el estatus sanitario zoo-fitosanitario nacional y/o la salud
de la población.

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2) Los que impliquen una necesidad de redireccionamiento de acciones, mejora de las
mismas o armonización de interpretaciones.
3) Otros:
Los tratamientos serán diferentes según se trate de uno u otro tipo. En el caso de
aquellas observaciones de tipo 1) la corrección de acciones deberá ser inmediata. Para
ello el equipo de control de gestión se comunicará rápidamente con la Dirección
Nacional o General que corresponda y procederá a reunirse con el Coordinador del
Centro Regional y el temático correspondiente para, en conjunto, proceder a fijar las
medidas emergenciales de tipo preventivo. Posteriormente, se proseguirá con el
tratamiento de observaciones según se fija en el apartado siguiente.
Tratamiento de Observaciones:
Los actores intervinientes en esta etapa son: la Dirección que produce la observación, el
Centro Regional analizado y la Dirección Nacional de Operaciones Regionales.
Las observaciones generarán la propuesta de un plan o compromiso formal de revisión
que deberá ser enviado al área que efectuó el Control de Gestión en un plazo máximo de
CUARENTA Y CINCO (45) días. Si existiesen medidas emergenciales de tipo
preventivo implementadas por observaciones del tipo citado en el punto 1), las mismas
serán tratadas en forma urgente con el fin de ratificarlas o rectificarlas y proceder a fijar
las responsabilidades que correspondan.
El cumplimiento del compromiso y plazo será monitoreado por las partes.

Resolución 170/2014.Art. 2º.- Créase la Comisión del Registro Nacional Sanitario de Productores Pecuarios,
cuyas responsabilidades serán:
a. Formular y liderar el proyecto de actualización del Renspa.
b. Coordinar y articular las actividades entre distintas áreas funcionales
involucradas en el Renspa agrícola y pecuario.
Definir los procedimientos e instrumentos administrativos y técnicos necesarios para la
adecuada instrumentación del registro y su actualización eficiente

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Indice alfabético

A

D

H

ACTUALIZACIÓN DE DATOS · 25
ACTUALIZACION DE DATOS DEL
RENSPA · 14
Actualización por autogestión ·
25
Actualización por sistema
Renspa · 25
ALTA COMO USUARIO DEL
SISTEMA RENSPA · 17
Análisis de datos · 32
ARCHIVO DOCUMENTAL · 16
ASIGNACION DEL NÚMERO DE
RENSPA · 8

DATOS CARTOGRÁFICOS · 16
De las observaciones · 32
DEFINICIONES · 6
DOCUMENTACION DE
PERSONAS FÍSICAS Y
JURÍDICAS · 15
DOCUMENTACION DEL
ESTABLECIMIENTO · 15
DOCUMENTACIÓN EXIGIDA AL
PRODUCTOR · 14
DÓNDE SE REALIZA LA
INSCRIPCIÓN · 13

HERRAMIENTAS
COMPLEMENTARIAS · 27

C
CAPÍTULO I · 5
CAPÍTULO II · 12
CAPÍTULO III · 17
CAPÍTULO IV · 28
CAPÍTULO V · 31
CAPÍTULO VI · 35
CAPÍTULO VII · 42
CLASIFICACION DE PRODUCTOS
COMERCIALES: · 36
CODIFICACIÓN UTILIZADA PARA
EL RENSPA · 8
Código de identificación de
establecimiento · 9
Código de identificación de
persona física o jurídica,
productor agropecuario: · 10
Código de identificación del
RENSPA · 10
COMPRENDIDOS EN EL
REGISTRO · 5
CONCEPTO DE REGISTRO · 8
CONCEPTOS GENERALES DE
CODIFICACIÓN · 8
CONDICIÓN FRENTE A LA
TIERRA · 35
CONTROL DE GESTIÓN · 31
CORRESPONSABILIDAD
SANITARIA · 6
CREDENCIAL DEL RENSPA · 16
CRITERIOS DE CODIFICACIÓN · 8
CUÁNTOS RENSPA POR
PRODUCTOR · 14
CULTIVO ORGÁNICO · 38

E
Ejecución · 33
EJEMPLO DE CODIFICACIÓN · 11
ESPECIES Y CATEGORIAS · 39
ESTABLECIMIENTO
AGROPECUARIO, PREDIO O
CAMPO · 6
ESTRATEGIA OPERATIVA EN
FUNCIÓN DE LA
CARACTERIZACIÓN
REGIONAL · 28
ESTRATEGIAS ESPECIALES DE
CODIFICACIÓN DE
ESTABLECIMIENTO · 28
ESTRATEGIAS REGIONALES · 28
ETAPAS DE DESARROLLO ·
33
EVALUACIÓN · 31
Evaluación analítica · 33
Evaluación diagnóstica. Visitas ·
32

F
FIRMA DE LA DECLARACION
JURADA · 14

I
ID CUIG, Clave Única de
Identificación Ganadera · 11
INDICADORES · 33
INFORMACIÓN GENERAL · 5
INGRESO AL SISTEMA RENSPA ·
17
INGRESOS DE DATOS AL
SISTEMA RENSPA · 17
INSCRIPCIÓN · 5
INSCRIPCIÓN DE LA UNIDAD
PRODUCTIVA · 19
INSCRIPCIÓN DE UN NUEVO
RENSPA · 17
INTRODUCCIÓN · 31

M
MANEJO DOCUMENTAL · 14
Mecanismos a utilizar: · 32
METAS · 6
METODOLOGÍA · 32

N
NORMATIVA · 6, 42

O
OBJETIVOS · 6
OBJETO Y ÁMBITO DE
APLICACIÓN · 31
ORGANIZACIÓN · 12

P

G
GLOSARIO · 35
GLOSARIO DE DATOS
AGRÍCOLAS · 36
GLOSARIO DE DATOS
GANADEROS · 39
GRUPOS PRODUCTIVOS: · 38

Página 54 de 54

Planificación · 33
PROCEDIMIENTOS GENERALES ·
13
Producción de informes: · 32
PRODUCTOR AGROPECUARIO ·
7

�Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios

Q
QUÉ ES EL RENSPA · 5

R
REFERENCIA GEOPOLÍTICA Y
ADMINISTRATIVA · 9
Requerimientos: · 32
Resolución 170/2014.- · 52
Resolución Nº 423 del 22 de
septiembre de 2014 · 42
Resolución Nº 748/2010 · 45
RESPONSABILIDADES DEL
SENASA · 12

RESPONSABILIDADES Y
OBLIGACIONES DEL
PRODUCTOR · 12

S
SIGNIFICACIÓN DEL NÚMERO
DE RENSPA · 8
Solapa “Datos agrícolas” · 21
Solapa “Datos de up, titular y
campo” · 19
Solapa “datos ganaderos” · 24
SUPERFICIE CULTIVADA · 37

Página 55 de 54

T
TIPO DE ACTIVIDAD · 39
TIPOS DE DESTINO · 38
TIPOS DE RIEGO · 38

V
VERIFICACIONES PREVIAS · 17
VIGENCIA DEL REGISTRO · 14
Visualizador de Información
Georreferenciada (VIG): · 27

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          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios. Manual de procedimientos. Versión modificada I</text>
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                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
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                <text>Resolución Senasa N° 423/2014</text>
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            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
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                <text>El presente manual brinda información detallada concerniente al Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios. Incluye los Objetivos generales del Renspa. Alcances jurídicos y legales. Procedimientos operativos, definiciones, codificación, uso de sistemas y Glosario. </text>
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                    <text>DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
PROGRAMA DE SANIDAD AVIAR

PROGRAMA
VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
PARA LA INFLUENZA AVIAR Y LA ENFERMEDAD
DE NEWCASTLE EN AVES

Año 2020

1

�DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
PROGRAMA DE SANIDAD AVIAR

CONTENIDO

1. INTRODUCCIÓN .................................................................................................................................... 3
2. OBJETIVOS ............................................................................................................................................ 3
3. ESTRATEGIAS DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA ACTIVA ..................................................................... 4
3.1. EN PREDIOS DE AVES DE TRASPATIO ................................................................................................ 4
3.2. EN EXPOSICIONES DE AVES DE RAZA Y ORNAMENTALES ................................................................. 6
3.3. EN NÚCLEOS DE REPRODUCCIÓN ..................................................................................................... 7
3.4 EN GRANJAS DE GALLINA DE POSTURA.............................................................................................. 7
3.5 MUESTREO COMPLEMENTARIO ......................................................................................................... 9
4. DIAGNÓSTICO DE IA Y NC A PARTIR DE LAS MUESTRAS OBTENIDAS EN LA VIGILANCIA
EPIDEMILÓGICA ACTIVA ......................................................................................................................... 10
DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO Y VIROLÓGICO DE LA INFLUENZA
AVIAR ...................................................................................................................................................... 12
DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO Y VIROLÓGICO DE LA ENFERMEDAD
DE NEWCASTLE....................................................................................................................................... 13

2

�DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
PROGRAMA DE SANIDAD AVIAR

1. INTRODUCCIÓN
El presente documento fue elaborado en forma conjunta entre la Coordinación
General de Epidemiología y el Programa de Sanidad Aviar de la Dirección de
Planificación y Estrategia de Sanidad Animal dependiente de la Dirección Nacional
de Sanidad Animal y tiene como objetivo establecer los criterios y metodologías
generales empleadas durante el año 2020 en el programa de vigilancia activa para
la influenza aviar de notificación obligatoria (IA) y la enfermedad de Newcastle
(NC) dirigido a las subpoblaciones de aves de corral y la vigilancia epidemiológica
pasiva en las poblaciones de aves de corral y silvestres.

2. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Demostrar la ausencia de infección y circulación del virus de influenza aviar de
notificación obligatoria (VIA) y de las cepas virulentas o patógenas del Virus de la
enfermedad de Newcastle (VEN) en las aves domésticas de todo el territorio
nacional.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
 Demostrar la ausencia de infección por VIA y VEN en aves domésticas
consideradas de mayor riesgo por su sistema de cría (aves de traspatio o de
crianza familiar).
 Detectar infecciones subclínicas con cepas de IA de los subtipos H5 y H7 de baja
patogenicidad en aves domésticas.
 Detectar precozmente la circulación de los VIA y VEN en casos de observación de
signos clínicos compatibles o aumentos de mortalidad en aves domésticas y
silvestres.

3

�DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL
DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN Y ESTRATEGIA DE SANIDAD ANIMAL
PROGRAMA DE SANIDAD AVIAR

3. ESTRATEGIAS DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA ACTIVA
3.1. EN PREDIOS DE AVES DE TRASPATIO
El modelo de riesgo de la Influenza aviar y enfermedad de Newcastle, se realizó
en base al sistema AVE de información Geográfica para Asistencia en la Vigilancia
Epidemiológica.
Los factores de riesgo que se consideran asociados a la aparición de estas
enfermedades son:


Frontera con Chile



Frontera Norte



Frontera Marítima



Frontera Este



Aeropuertos



Principales Rutas



Zona de migración de aves: contempla humedales, ríos y cuerpos de
agua, más sitios RAMSAR* y lugares identificados como de asiento de
aves migratorias.



Aves de Traspatio: información proporcionada por el Sistema Integrado
de Gestión y Sanidad Animal (SIGSA) y análisis de densidad
poblacional.



Distribución de aves comerciales: datos obtenidos del SIGSA.

Se utilizó el método de comparación de a pares, donde la importancia relativa de
cada factor de riesgo fue ponderada comparando con el resto de los factores de
riesgo.
Habiendo analizado las muestras de los últimos seis años, se propuso
seleccionar las oficinas que realizarán vigilancia de traspatio en base a la
actualización del modelo mencionado.
* Argentina tiene actualmente 23 sitios designados como Humedales de Importancia
Internacional (sitios RASMAR).

4

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PROGRAMA DE SANIDAD AVIAR

A continuación se presenta el mapa de riesgo (Mapa 1) y las oficinas que poseen
una zona significativa de su territorio con un riesgo superior a mediano (Mapa 2).

Supuestos: partiendo de una población desconocida (o tendiente a
infinito) se presentan los siguientes supuestos:


Nivel de confianza: 95%



Mínima prevalencia esperada de predios positivos: 1%



Mínima prevalencia esperada de aves positivas
intrapredio: 20%

De



Cantidad promedio de aves por predio: 20



Número de aves a muestrear por establecimiento: 10

acuerdo

a

estos

supuestos

se

deberán

muestrear

306

establecimientos. El diseño asegurará una confianza del 95% de

5

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detectar uno o más predios de traspatio infectados en las zonas
seleccionadas como de mayor riesgo, si la prevalencia de la IA o NC en
la población de aves de traspatio de esas zonas, es de por lo menos el
1% y la prevalencia de las aves infectadas es por lo menos el 20%.
Se adicionó un 15% más de establecimientos, con el fin de que se
cumpla con el mínimo calculado, obteniendo un número de 351 predios
a muestrear.
Se tomará muestras de sueros de la totalidad de las aves, si el número
de aves es menor de 10 ó de 10 aves si el número de aves es mayor o
igual a 10.

3.2. EN EXPOSICIONES DE AVES DE RAZA Y ORNAMENTALES
En la Argentina la cría de aves de raza pura y ornamental está muy
extendida y por lo general se realiza en condiciones de libertad o en
semicautiverio en casas de familia en medio urbano, semiurbano o rural.
Muchos de estos productores forman parte de las asociaciones de criadores
de distintos puntos del país. Los ejemplares reproductores de diferentes
tipos (gallinas, patos, pavos, faisanes, etc.) pueden movilizarse de un
predio a otro (en número por lo general reducido) o bien pueden asistir a
ferias y exposiciones rurales que se hallan bajo control del Senasa (ej.
Exposición Rural de Palermo, Chivilcoy, Rauch, Ayacucho, Río Cuarto,
Concepción del Uruguay, etc.). Dependiendo de la importancia de la
exposición (nacional, provincial o local) asisten aves de algunos o muchos
productores y de algunas o varias localidades del país, y una vez culminada
la misma los ejemplares pueden volver a su lugar de origen o se trasladan a
otro destino.
Se deberá tomar muestras de sueros. El número de muestras a tomar será
de 10, si el expositor ingresara más de 10 aves, o de la totalidad de las
aves si el expositor ingresara menos de 10 aves.

6

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3.3. EN NÚCLEOS DE REPRODUCCIÓN
Las aves reproductoras son monitoreadas en el marco del muestreo para el Plan
Nacional de Sanidad Avícola (PNSA), que contiene el “Programa de control de
las micoplasmosis y salmonelosis de las aves y prevención y vigilancia de
enfermedades exóticas y de alto riesgo en planteles de reproducción”, como
parte de la Resolución SENASA N°882 del 5 de diciembre de 2002. Los
laboratorios adheridos al PNSA, deben enviar al laboratorio del SENSA una vez
por año, 20 (VEINTE) muestras de suero, correspondientes a cada núcleo/lote
de aves reproductoras. Las granjas de aves reproductoras padres o abuelas, se
encuentran organizadas en “núcleos”, cada granja puede disponer de uno o
varios núcleos. Cada núcleo dispone en general de 2 a 5 galpones. Se considera
como unidad epidemiológica al núcleo, ya que las aves dentro del núcleo tienen
la misma edad, el mismo origen, reciben el mismo manejo y tratamiento
sanitario y están bajo el control de la misma persona (por lo general exclusiva
para cada núcleo).

3.4 EN GRANJAS DE GALLINA DE POSTURA
Para optimizar las visitas a estos establecimientos, esta tarea se programó para
trabajar de manera conjunta con la Coordinación General de Vigilancia y Alerta
de Residuos y Contaminantes (COVARC), dependiente de la DIRECCION
NACIONAL DE INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Este estudio está dirigido a los establecimientos de explotación comercial, de
todo el territorio nacional. Dentro de las diferentes explotaciones comerciales,
se focaliza en la subpoblación de gallinas de postura, por ser consideradas la de
mayor riego debido a la presencia de aves de diferentes edades dentro de la
granja y a su largo ciclo productivo, lo que resulta en una mayor probabilidad
de que una cepa del virus de baja patogenicidad de la influenza aviar pueda
circular en una granja sin manifestación clínica de enfermedad.

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Diseño: “aleatorio en dos etapas” para la detección del VIA.
Supuestos: partiendo de una población de 43,1 millones de gallinas de postura
en producción distribuidas en 973 establecimientos con un promedio de 30.000
aves por predio, se definió el tamaño de la muestra considerando los siguientes
parámetros y supuestos:
Nivel de confianza: 95%
Mínima prevalencia esperada de predios positivos: 1%
Mínima prevalencia esperada de aves positivas: 15%
Cantidad promedio de aves por predio: 30.000
N° de animales a muestrear por lote: 20
De acuerdo a estos parámetros y supuestos se deben muestrear 312
establecimientos.
Asignación de predios:
Para

aumentar

la

sensibilidad

del

muestreo

se

seleccionaron

los

establecimientos a muestrear en base a ciertos factores de riesgo asociados a la
epidemiología de la enfermedad, identificándose las siguientes características:


Proximidad a posibles asentamientos de aves silvestres y migratorias:
Establecimientos

que

se

encuentren

cercanos

a

humedales

de

importancia en la zona por la densidad de aves silvestres o por las
especies de aves existentes (patos, gansos y cisnes). Se tomó como
referencia un área de 10 km. Se incluyeron cuerpos de agua permanente
(lagos, lagunas embalse) e hidrografía permanente (ríos).


Categoría

de

bioseguridad:

Se

tuvieron

en

cuenta

aquellos

establecimientos que estuvieran registrados en el Sistema Integrado de
Sistema de Gestión de Sanidad Animal (SIGSA)

en una categoría de

bioseguridad baja.


Linderos a establecimientos avícolas de traspatio: Establecimientos
ubicados dentro de un radio de 5 km. de distancia a establecimientos de
traspatio registrados en el SIGSA.

8

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

Zona de fronteras: Establecimientos que se encuentren dentro de
aproximadamente 100 km de la frontera norte, en las cuales puede
existir grupos de aves más expuestos al riesgo por encontrarse en zonas
limítrofes con un importante tráfico vecinal fronterizo de aves vivas o
productos avícolas.



Establecimientos que se encuentren de aproximadamente 100 km de la
frontera

con

Chile,

focalizándolos

en

los

pasos

fronterizos

que

comuniquen con el país vecino.
A partir de estas, se realizó la caracterización de la totalidad de los
establecimientos productivos del país (registrados en el SIGSA) agrupados
por Centro Regional del Senasa.
Se realizó la identificación de las diferentes características para cada uno de
ellos, asignando un valor de 1 punto a cada factor. La sumatoria de los
puntajes otorgados por la presencia de alguno o varios factores en cada
establecimiento, permitió clasificarlos de acuerdo al nivel de riesgo,
obteniendo un rango de diferente amplitud en cada regional.
La selección de los predios se realizó sobre esta subpoblación caracterizada
como de mayor riesgo, de manera aleatoria proporcional al número de
establecimientos registrados por centro regional.
Se deberá tomar muestras de suero de 20 aves por predio.

3.5 MUESTREO COMPLEMENTARIO
Durante la Vigilancia Epidemiológica 2019 se encontraron en diferentes
explotaciones sueros positivos a Influenza Aviar diferente a H5 y H7. Por lo
cual, resulta necesario que los mismos continúen en vigilancia.
La cantidad de aves a muestrear dependerá del establecimiento. En esta
oportunidad se procederá a tomar sueros e hisopos cloacales u orofaríngeos
o traqueales.

9

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Si el establecimiento corresponde a aves-traspatio se operará de según
punto 3.1 y se deberá incorporar

al muestreo la misma cantidad de

hisopos.
Si el establecimiento corresponde a gallinas de postura, se operará según
punto 3.4 y se deberá incorporar al muestreo la misma cantidad de hisopos.

4. DIAGNÓSTICO DE IA Y NC A PARTIR DE LAS MUESTRAS
OBTENIDAS EN LA VIGILANCIA EPIDEMILÓGICA ACTIVA
Las

muestras

de

sueros

deberán

ser

enviadas

desde

la

MEM

al

Departamento de Enfermedades Exóticas para la realización del diagnóstico
serológico para la IA por las técnicas de Elisa multiespecie y/o IDAG, y en
caso de serología positiva para influenza aviar tipo A, deberá realizarse Elisa
para H5 y H7. Los mismos se deben remitir al Departamento de Aves
informando que se debe realizar las pruebas serológicas de HI específico
para H5 y H7. En caso de resultados negativos a HI (5 ó 7), deberán
procesarse para el resto de los subtipos.
Los sueros provenientes de aves de traspatio serán procesados por
Departamento de Aves para el diagnóstico serológico por la técnica de Elisa
o HI para NC.
En caso que los resultados serológicos arrojen un título promedio superior a
5.000 GMT por la prueba de Elisa para NC, ó resulte positiva una serología
para IA, se deberá comunicar de manera inmediata a la Dirección de
Planificación y Estrategia de Sanidad Animal a: MARCELO.BALLERIO
(DPYESA#SENASA) con copia a MARIANO.BACCI (DPYESA#SENASA) y a
MARIA.FERRER

(DPYESA#SENASA),

adjuntando

el

protocolo

con

el

resultado.

10

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PROGRAMA DE SANIDAD AVIAR

Según el resultado, se procederá a re muestrear el establecimiento para
demostrar la ausencia y/o presencia de infección y circulación del virus de
influenza aviar de notificación obligatoria (VIA) y de las cepas virulentas o
patógenas del Virus de la enfermedad de Newcastle (VEN).
Para el muestreo complementario se procederá enviar los sueros según lo
anterior, y las muestras de hisopos deberán ser enviadas al Departamento
de Biología Molecular para el diagnóstico de IA por la técnica de rt-RT-PCR.

11

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DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO Y
VIROLÓGICO DE LA INFLUENZA AVIAR
Vigilancia Serológica

Vigilancia Virológica

Suero

Hisopados

Informar a la
DPYESA

Elisa multiespecie y/o
IDAG

NEGATIVO

Ausencia de
anticuerpos

NEGATIVO

HI para el resto de
los subtipos de IA

POSITIVO

NEGATIVO

POSITIVO

Elisa
H5 y H7

RT-PCR Real Time para
IA tipo A

HI
H5 y H7

POSITIVO

Investigación
virológica y
epidemiológica

Ausencia
de
antígeno

Inoculación de
huevos
embrionados

rt- PCR Real
Time
para H5-H7
NEGATIVO

HA y
mortandad

POSITIVO

NEGATIVO

Secuenciación
HA

POSITIVO

Referencias:
HI: inhibición de la hemoaglutinación
rt- PCR Real Time: Reacción en cadena de
polimerasa en tiempo real
IA: influenza Aviar
IPIV: Índice de patogenicidad intravenosa
HA: hemoaglutinación
IAAP: Influenza aviar de alta patogenicidad
IABP: Influenza Aviar de baja patogenicidad

IAAP

IABP

Caracterización
viral:
*Secuenciación
*IPIV en pollos
IAAP
IABP

12

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PROGRAMA DE SANIDAD AVIAR

DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL DIAGNÓSTICO SEROLÓGICO Y
VIROLÓGICO DE LA ENFERMEDAD DE NEWCASTLE
Vigilancia Serológica
r

Vigilancia Virológica

Elisa o HI

Hisopados

Título mayor a 5000
GMT

Informar a la
DPYESA

rt- PCR Real Time

POSITIVO
Secuenciación

Identificación de cepa
de cepa

NEGATIVO

Inoculación
de huevos
embrionado
s
HA y mortandad

NEGATIVO

POSITIVOS
rt- PCR Real Time

POSITIVO

Referencias:
rt- PCR Real time: Reacción en
Cadena de Polimerasa en tiempo
real
HA: hemoaglutinación
HI: inhibición de la
hemoaglutinación
IPIC: índice de patogenicidad
Intracerebral

NEGATIVO

Caracterización
viral
*Secuenciación
*IPIC en pollos
Cepas
velogénicas

Cepas
lentogénicas

13

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          <name>Dublin Core</name>
          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                  <text>Publicaciones SENASA</text>
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                <text>Programa. Vigilancia epidemiológica para la influenza aviar y la enfermedad de newcastle en aves. </text>
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                <text>Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria</text>
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                <text>2020</text>
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            <name>Contributor</name>
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                <text>Dirección Nacional de Sanidad Animal&#13;
Dirección de Planificación y Estrategia de Sanidad Animal&#13;
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            <description>The nature or genre of the resource</description>
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                <text>Monografía</text>
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            <name>Identifier</name>
            <description>An unambiguous reference to the resource within a given context</description>
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                <text>B.S.0168</text>
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            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
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              <elementText elementTextId="32869">
                <text>El presente documento tiene como objetivo stablecer los criterios y metodologías generales empleadas durante el año 2020 en el programa de vigilancia activa para la influenza aviar de notificación obligatoria (IA) y la enfermedad de Newcastle (NC) dirigido a las subpoblaciones de aves de corral y la vigilancia epidemiológica pasiva en las poblaciones de aves de corral y silvestres.</text>
              </elementText>
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            <name>Table Of Contents</name>
            <description>A list of subunits of the resource.</description>
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              <elementText elementTextId="32870">
                <text>1. Introducción &#13;
2. Objetivos &#13;
3. Estrategias de vigilancia epidemiológica activa &#13;
3.1. En predios de aves de traspatio &#13;
3.2. En exposiciones de aves de raza y ornamentales &#13;
3.3. En núcleos de reproducción &#13;
3.4 En granjas de gallina de postura&#13;
3.5 Muestreo complementario &#13;
4. Diagnóstico de IA y NC a partir de las muestras obtenidas en la vigilancia epidemiológica activa &#13;
Diagrama de flujo para el diagnóstico serológico y virológico de la influenza aviar &#13;
Diagrama de flujo para el diagnóstico serológico y virológico de la enfermedad de newcastle</text>
              </elementText>
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        <name>Enfermedad de Newcastle</name>
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        <name>Influenza Aviar</name>
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                    <text>Instructivo para la
toma de muestras de
interés en garrapata
del bovino
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa)

�El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria es un organismo descentralizado,
responsable de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal, vegetal
y de la inocuidad de los alimentos de su competencia, así como de verificar el cumplimiento
de la normativa vigente en la materia.
Equipos de trabajo
Programa de Garrapata del Bovino
Dirección Nacional de Sanidad Animal
Coordinación General de Comunicación Institucional

Edición 2024

�Introducción
El presente instructivo detalla cuáles son las muestras con mayor relevancia
y de interés sanitario en garrapata del bovino.
La toma de muestras para la clasificación taxonómica es fundamental en los
procedimientos de inspección sanitaria donde interviene el Senasa. A partir
de estas, es posible efectuar la determinación del género y la especie de las
diferentes garrapatas que pueden parasitar a los animales.

Toma de muestras
Consideraciones generales sobre el procedimiento
Con el objetivo de lograr un correcto manejo de los productos garrapaticidas,
es posible realizar dos tomas de muestras importantes en un establecimiento:
una es del bañadero de inmersión, a los fines de determinar la concentración
del principio activo; la otra es la recolección de muestras de garrapatas para
determinación del análisis de sensibilidad a productos veterinarios garrapaticidas (bioensayo).
Por lo general, se sugiere que ambos procedimientos se realicen en simultáneo, para así obtener un panorama más amplio de la situación del establecimiento y lograr un diagnóstico certero.

Para clasificación taxonómica
a. Proceder al desprendimiento manual de la garrapata, en lo posible de
al menos diez (10) ejemplares, poniendo especial cuidado en no dañar el
órgano de fijación (hipostoma). En caso de hallar diferentes estadios sobre
el animal, se procederá a recolectar uno (1) de cada uno de ellos.
b. Los elementos recogidos deberán colocarse en un envase limpio, seco y
bien cerrado para remitirlo antes de las veinticuatro (24) horas al laboratorio. En caso de no poder remitirse en forma inmediata, será conveniente
agregar alcohol al setenta por ciento (70 %) para una mejor conservación
de la muestra.
c. La muestra deberá estar correctamente rotulada y acompañada por el
ANEXO II (b) de la Resolución Senasa 382/2017, formulario Toma de muestras
para la clasificación taxonómica, para ser remitida a un laboratorio autorizado, según el listado provisto por el Programa y dispuesto en el sitio web oficial
del Senasa.

INSTRUCTIVO PARA LA TOMA DE MUESTRAS DE INTERÉS EN GARRAPATA DEL BOVINO

3

�Del baño para análisis de la concentración del principio activo
Es muy importante realizar esta medición, ya que permite monitorear el estado de la concentración del líquido garrapaticida del bañadero y mantener
habilitado el bañadero.

Este monitoreo es clave, ya que los factores externos a los cuales
está expuesto el líquido garrapaticida (como el sol, barro, lluvia,
restos de pelos, secreciones y excreciones de los animales) afectan el pH
y por ende la concentración del principio activo.

Procedimiento para toma de muestra en baños activos
a. En primer lugar, se debe homogeneizar el contenido líquido, es decir,
remover el baño con el agitador o removedor durante 10 minutos y luego
hacer pasar por el bañadero 30 a 50 animales grandes, con el mismo
objetivo. La cantidad de bovinos para remover el baño dependerá del tamaño y volumen de la pileta principal.
b. Para realizar esta tarea, se requiere una botella limpia y sin residuos,
con una capacidad de 500 ml. Es importante utilizar guantes cuando se
realice el procedimiento.

INSTRUCTIVO PARA LA TOMA DE MUESTRAS DE INTERÉS EN GARRAPATA DEL BOVINO

4

�c. Luego, se debe atar la botella destapada a la regla y sujetarla bien, a la
mitad del nivel de uso de la misma.

d. Introducir la regla con la botella. La acción debe ser rápida para que el
80% de su contenido sea del lugar elegido. Al sacar la regla con la muestra, se necesita volcar un tercio del contenido para dejar una cámara de
aire. No llenar hasta el tope, sino solo un 75% del volumen.

e. Finalmente, se debe cerrar la botella de forma hermética y utilizando
la misma tapa de rosca. No usar un corcho, ya que existe la presencia de
materia orgánica en el interior de la muestra y el líquido fermenta con
facilidad, lo cual ocasiona la expulsión del mismo por su presión.

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�Acondicionamiento de la muestra para el envío al laboratorio
a. Para el transporte: la botella debe ser colocada dentro de una caja contenedora con el pico hacia arriba, indicando con una flecha cómo debe
mantenerse la posición de la misma. El envío debe realizarse dentro de
los 5 días de obtenida la muestra.
b. Adjuntar el protocolo de toma de muestra, ANEXO VII de la Resolución
Senasa 382/2017, formulario Análisis solución de baño garrapaticida. Es importante
avisar telefónicamente al destinatario de la muestra e informar los datos
del transporte de envío.
c. Si la muestra no se envía inmediatamente deberá conservarse en heladera, dentro de una bolsa bien cerrada y fuera del alcance de los niños.
Listado de laboratorios de Red habilitados
Se sugiere consultar los laboratorios de Red habilitados por el Senasa para
análisis de la concentración de productos garrapaticidas de baños de inmersión (Resolución Senasa 736/06), disponibles en el sitio web oficial del Servicio.

Bioensayo
Toma y remisión de muestra de garrapatas para análisis de la sensibilidad a los diferentes
principios activos
Procedimiento de muestreo en establecimiento
Para realizar correctamente la toma de muestra se deberá coordinar previamente con el titular de los animales para que reserve un lote de estos
sin tratamiento (en donde sí se aplicó algún tratamiento, verificar que haya
finalizado el poder residual del producto y esperar los días correspondientes,
para que vuelva a levantar larvas y generar teleoginas). Para que la muestra
sea representativa, lo ideal es elegir varios animales de los distintos potreros
más afectados.
Recolección de teleoginas
Para realizar el bioensayo se necesita seleccionar garrapatas en estadio de
teleogina, es decir, garrapatas que estén bien ingurgitadas. Estas se caracterizan por tener un color grisáceo con tinte verde oliva.

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�Al momento de recolectarlas se deben desprender manualmente, con pequeños movimientos vibratorios y rotatorios, cuidando no dañarlas –particularmente al órgano de fijación (hipostoma)–. Se recomienda recoger entre 80
y 100 teleoginas para poder realizar el perfil completo.
Acondicionamiento de la muestra
Colocar las teleoginas en un envase limpio y seco (plástico, vidrio o cartón
resistente), con pequeñas perforaciones en la tapa para su aireación. Es importante considerar que el envase sea de un tamaño adecuado para que no
se encimen unas con otras. Además, se recuerda no colocar algún otro elemento dentro del envase.

Envió de la muestra
La muestra debe llegar refrigerada y enviada lo más pronto posible al laboratorio. Si no puede enviarse de inmediato, deberá mantenerse refrigerada para evitar la oviposición de las teleoginas. Es importante considerar
los tiempos y las distancias al momento de remitir la muestra, ya que debe
llegar al laboratorio en un plazo máximo de 72 horas desde su recolección.

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�En caso de enviarse más de un recipiente, cada uno deberá estar numerado
junto con su protocolo correspondiente. De no ser posible enviar la muestra
de inmediato al laboratorio, la misma deberá almacenarse en un lugar fresco y protegido de la luz del sol (por ejemplo, en la heladera, con un máximo
de 4 días). Esto permitirá asegurar la conservación de la muestra y que las
garrapatas permanezcan vivas.
Si se envían varios recipientes, cada uno debe estar claramente numerado
junto con los protocolos correspondientes.
Protocolo
Cada una de las muestras enviadas deberá estar claramente numerada, junto con su protocolo correspondiente, según el ANEXO IX de la Resolución Senasa 382/2017 Protocolo remisión de muestra de garrapatas para determinación de sensibilidad
a garrapaticidas. El formulario deberá confeccionarse por duplicado, ya que uno
acompañará a la muestra de envío y el otro quedará como copia de archivo.
Cabe aclarar que en el apartado Otros datos de interés se deberán especificar
cuántos potreros fueron muestreados.
Destino de las muestras
Existen diferentes laboratorios que realizan bioensayos, por lo cual se recomienda consultar el más cercano a su jurisdicción en la página web oficial
del Senasa.

Contacto
Programa de Garrapata del Bovino
Correo electrónico: garrapatas@senasa.gob.ar
Teléfono: (11) 3144-1973

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          <description>The Dublin Core metadata element set is common to all Omeka records, including items, files, and collections. For more information see, http://dublincore.org/documents/dces/.</description>
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                <text>Instructivo para la toma de muestras de interés en garrapata del bovino</text>
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                <text>Programa de Garrapata del Bovino&#13;
Dirección Nacional de Sanidad Animal&#13;
Coordinación General de Comunicación Institucional</text>
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                <text>Resolución Senasa N° 382/2017</text>
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                <text>Manual</text>
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            <name>Abstract</name>
            <description>A summary of the resource.</description>
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                <text>La presente guía detalla cuáles son las muestras con mayor relevancia y de interés sanitario en garrapata del bovino. La toma de muestras para la clasificación taxonómica es fundamental en los procedimientos de inspección sanitaria donde interviene el Senasa. A partir de estas, es posible efectuar la determinación del género y la especie de las diferentes garrapatas que pueden parasitar a los animales.</text>
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            <name>Table Of Contents</name>
            <description>A list of subunits of the resource.</description>
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              <elementText elementTextId="33978">
                <text>Introducción&#13;
Toma de muestras&#13;
Consideraciones generales sobre el procedimiento&#13;
Para clasificación taxonómica&#13;
Del baño para análisis de la concentración del principio activo&#13;
Procedimiento para toma de muestra en baños activos&#13;
Acondicionamiento de la muestra para el envío al laboratorio&#13;
Listado de laboratorios de Red habilitados&#13;
Bioensayo Toma y remisión de muestra de garrapatas para análisis de la sensibilidad a los diferentes principios activos Procedimiento de muestreo en establecimiento&#13;
Recolección de teleoginas&#13;
Acondicionamiento de la muestra&#13;
Envió de la muestra&#13;
Protocolo&#13;
Destino de las muestras&#13;
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        <name>Enfermedades de los Bovinos</name>
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