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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-718-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 8 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-82415024- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES COMO COORDINADORA REGIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL DE LA
DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL METROPOLITANO A LA INGENIERA FORESTAL LAURA
ELIZABETH MALY

VISTO el Expediente N° EX-2023-82415024- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2020-131-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA, RESOL-2020-925-APN-PRES#SENASA del 28 de diciembre de 2020, RESOL-2021420-APN-PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021, RESOL-2022-242-APN-PRES#SENASA del 29 de abril de
2022 y RESOL-2022-819-APN-PRES#SENASA del 21 de diciembre de 2022, todas del citado Servicio
Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° RESOL-2020-131-APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se dan por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de febrero
de 2020 y por el término de SEIS (6) meses contados a partir de la firma de la medida, las funciones
correspondientes al cargo de Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional
Metropolitano, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE

�SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Ingeniera Forestal Da. Laura Elizabeth MALY (M.I. N°
21.997.544), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-925-APN-PRES#SENASA
del 28 de diciembre de 2020, RESOL-2021-420-APN-PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021, RESOL-2022242-APN-PRES#SENASA del 29 de abril de 2022 y RESOL-2022-819-APN-PRES#SENASA del 21 de
diciembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto N°
40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones a la mencionada profesional.

�Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota N° NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 22 de junio de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde
el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora Regional de
Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Metropolitano, dependiente de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Ingeniera
Forestal Da. Laura Elizabeth MALY (M.I. N° 21.997.544), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2020-131APN-MAGYP del 12 de junio de 2020 del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-925-APN-PRES#SENASA del 28 de
diciembre de 2020, RESOL-2021-420-APN-PRES#SENASA del 9 de agosto de 2021, RESOL-2022-242-APNPRES#SENASA del 29 de abril de 2022 y RESOL-2022-819-APN-PRES#SENASA del 21 de diciembre de
2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional,
Grado 9, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio
Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.

�ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.08 20:46:38 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.08.08 20:46:42 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 22 de junio de 2023 y por el término de SEIS (6) meses contados desde el dictado de la presente medida, la asignación transitoria de funciones como Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Metropolitano, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA, a la Ingeniera Forestal Da. Laura Elizabeth MALY (M.I. N° 21.997.544)</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-716-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Martes 8 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-69834104- -APN-DGTYA#SENASA - CREA LA UNIDAD DE GESTIÓN TÉCNICA
EN CANNABIS Y CÁÑAMO INDUSTRIAL

VISTO el Expediente N° EX-2023-69834104- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.233 y 27.669; el
Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, homologado
por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; la Resolución N° RESOL-2022-454-APNPRES#SENASA del 24 de julio de 2022 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 27.233 dispone que el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA) es la autoridad de aplicación y el encargado de planificar, ejecutar y
controlar el desarrollo de las acciones previstas en la referida ley.
Que mediante el Artículo 1° de la citada norma se declara de interés nacional la sanidad de los animales y los
vegetales, así como la prevención, el control y la erradicación de las enfermedades y de las plagas que afecten la
producción silvo-agropecuaria nacional, la flora y la fauna, la calidad de las materias primas producto de las
actividades silvo-agrícolas, ganaderas y de la pesca, así como también la producción, inocuidad y calidad de los
agroalimentos, los insumos agropecuarios específicos y el control de los residuos químicos y contaminantes
químicos y microbiológicos en los alimentos y el comercio nacional e internacional de dichos productos y
subproductos.
Que, además, por el Artículo 2° de dicha ley se declaran de orden público las normas nacionales por las cuales se
instrumenta o reglamenta el desarrollo de las acciones destinadas a preservar la sanidad animal, la protección de
las especies de origen vegetal y la condición higiénico-sanitaria de los alimentos de origen agropecuario con los
alcances establecidos en su Artículo 1°.
Que, por su parte, el Artículo 3° de la citada ley establece la responsabilidad primaria e ineludible de toda persona
física o jurídica vinculada a la cadena agroalimentaria cuya actividad se encuentre sujeta al contralor de la

�autoridad de aplicación de la mencionada ley, de velar y responder por la sanidad, inocuidad, higiene y calidad de
su producción, de conformidad a la normativa vigente y a la que en el futuro se establezca.
Que, a su vez, el Artículo 4° de la precitada norma determina que la intervención de las autoridades sanitarias
competentes, en cuanto corresponda a su actividad de control, no exime la responsabilidad directa o solidaria de
los distintos actores de la cadena agroalimentaria respecto de los riesgos, peligros o daños a terceros que deriven
de la actividad desarrollada por estos.
Que por la Ley N° 27.669 se establece el marco regulatorio de la cadena de producción y comercialización
nacional y/o con fines de exportación de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados afectados al
uso medicinal, incluyendo la investigación científica, y al uso industrial; promoviendo así el desarrollo nacional
de la cadena productiva sectorial.
Que mediante el Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se asigna al citado Servicio
Nacional, con autarquía económico-financiera y técnico-administrativa y dotado de personería jurídica propia, la
responsabilidad de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal y vegetal, verificando
el cumplimiento de la normativa vigente en la materia, para prevenir, controlar y erradicar las enfermedades de
los animales y las plagas vegetales, en salvaguarda del patrimonio sanitario animal y vegetal de la REPÚBLICA
ARGENTINA.
Que uno de los ejes de trabajo identificados para el año en curso y asignado a la Unidad Presidencia es el
tratamiento del universo del cannabis de uso medicinal y del cáñamo industrial, atento a las potencialidades que
giran en torno a su desarrollo como una nueva cadena de valor.
Que, en vista de lo expuesto, se dicta la Resolución N° RESOL-2022-454-APN-PRES#SENASA del 24 de julio
de 2022 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, por la que se crea la
Mesa Estratégica de Cannabis y Cáñamo Industrial del Organismo.
Que resulta pertinente continuar avanzando hacia la asignación de tareas y, al mismo tiempo, hacia la mejora de
la coordinación en la gestión con las unidades organizativas que intervienen en las políticas de la materia, a los
fines de conducir el desarrollo de acciones en el marco de los programas y de los lineamientos establecidos en las
Direcciones Nacionales de Operaciones, de Sanidad Animal, de Protección Vegetal y de Inocuidad y Calidad
Agroalimentaria, en la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico y en las Direcciones de Centro
Regional, en torno al cannabis de uso medicinal y al cáñamo industrial, así como también para impulsar nuevas
medidas que respondan a la legislación vigente y a toda aquella que en el futuro la modifique.
Que en virtud de la vasta demanda de trabajo que demostró deparar la materia y la complejidad que la caracteriza,
y a los efectos de optimizar la asignación de los recursos afectados para el cumplimiento de los objetivos
propuestos de una manera eficiente, deviene necesario abrogar la citada Resolución N° 454/22, y que las tareas y
responsabilidades del equipo de trabajo que aborda la temática se canalicen a través de una Unidad de Gestión
Técnica en Cannabis y Cáñamo Industrial, actuante en la órbita de la Unidad Presidencia de este Organismo.
Que, a tal efecto, y en pos de fortalecer las instancias de gestión de dicha unidad, corresponde designar su
Responsable, quien tendrá a su cargo la consolidación de acciones a partir de lineamientos estratégicos que
permitan colaborar con las referidas unidades organizativas en los temas que requieran opiniones
interdisciplinarias relacionadas con la industria del cannabis, al mismo tiempo que coordinar las tareas del equipo
de trabajo a fin de participar en la elaboración de políticas que promuevan el desarrollo de esta nueva cadena
productiva sectorial.

�Que por la citada Resolución N° 454/22 se le encomendó al agente D. Diego Ezequiel PEÑA, D.N.I. N°
28.080.706, la articulación con todas las áreas del Organismo y la supervisión de las tareas del equipo de trabajo
de la aludida Mesa Estratégica de Cannabis y Cáñamo Industrial creada por el Artículo 1° de dicha resolución; así
como también la coordinación de las acciones con otros organismos, consejos y universidades competentes en la
materia, y con todas aquellas instituciones que pudieran ser relevantes en el desarrollo del sector, especialmente
con el INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE), para la elaboración de marcos y programas comunes
de colaboración que permitan la fiscalización y control en esta industria.
Que dicho agente acreditó reunir las condiciones necesarias de capacidad, idoneidad y experiencia para cumplir
dicho cometido.
Que, por lo expuesto, el citado agente reúne las condiciones necesarias para ser designado como Responsable de
la Unidad de Gestión Técnica en Cannabis y Cáñamo Industrial.
Que la presente medida no implica la creación de nuevas aperturas estructurales ni erogación presupuestaria
adicional alguna para el ESTADO NACIONAL, ni importa la creación de cargos o modificación de situación de
revista del agente en cuestión.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase, en el ámbito de la Unidad Presidencia del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, la Unidad de Gestión Técnica en Cannabis y Cáñamo Industrial, por los
motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Establézcanse como responsabilidades de la Unidad de Gestión Técnica en Cannabis y Cáñamo
Industrial, las descriptas en el Anexo (IF-2023-69940916-APN-PRES#SENASA) que forma parte integrante de la
presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Desígnase como Responsable de la Unidad de Gestión Técnica en Cannabis y Cáñamo
Industrial al agente D. Diego Ezequiel PEÑA, D.N.I. N° 28.080.706, quien actuará con dependencia directa de la
Unidad Presidencia del referido Servicio Nacional.
ARTÍCULO 4°.- El agente involucrado percibirá sus remuneraciones de conformidad con su situación de revista
y en los términos del Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, sin que la responsabilidad
encomendada implique el cobro de suplementos por cargo de mayor jerarquía.

�ARTÍCULO 5°.- Lo dispuesto en la presente medida no implicará la creación de nuevas aperturas estructurales ni
erogación presupuestaria adicional alguna para el ESTADO NACIONAL.
ARTÍCULO 6°.- Abrógase la Resolución N° RESOL-2022-454-APN-PRES#SENASA del 24 de julio de 2022
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.08 20:43:20 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.08.08 20:43:39 -03:00

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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-714-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 4 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2022-67574954- -APN-DGTYA#SENASA - DA POR ASIGNADAS, CON CARÁCTER
TRANSITORIO, LAS FUNCIONES DE COORDINADORA DE INFRACCIONES A LA ABOGADA SILVIA
MÓNICA BRUZZONE

VISTO el Expediente N° EX-2022-67574954- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios, 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y DECTO-2017-355-APN-PTE del
22 de mayo de 2017 y su modificatorio; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de
diciembre de 2018 y su modificatoria; la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de
mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y sus
modificatorias, y

CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio se establece, entre
otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas
jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y las/los
Secretarias/os de Gobierno.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprueba la estructura
organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que, posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018 y su modificatoria se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado
Servicio Nacional.
Que a través de la Resolución Nº RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del referido
Servicio Nacional se modifica la estructura organizativa de segundo nivel operativo y la estructura de nivel

�departamental del citado Organismo.
Que, en esta instancia, corresponde asignar a la Abogada Da. Silvia Mónica BRUZZONE (M.I. Nº 12.464.730)
las funciones de Coordinadora de Infracciones de la Coordinación General de Asuntos Sanitarios, dependiente de
la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con carácter transitorio, con
excepción a lo previsto en el Título VI del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado
Servicio Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y de
conformidad con lo establecido en los apartados I, II y III del inciso a) del Artículo 15 del Anexo I al Decreto N°
1.421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo
Público Nacional N° 25.164.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que la PROCURACIÓN DEL TESORO DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en los Artículos 3° y 5° del Decreto N°
DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.
Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 1 de junio de 2022 y por el término de SEIS
(6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Coordinadora de Infracciones de la
Coordinación General de Asuntos Sanitarios, dependiente de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la
órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA,
Función de Jefatura I, a la Abogada Da. Silvia Mónica BRUZZONE (M.I. Nº 12.464.730), de la Planta
Permanente, Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 3, Tramo Superior, autorizándose el
correspondiente pago de la Función de Jefatura, prevista en el Título IV, Capítulo II, Artículo 46 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40
del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el Título VI de dicho
Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será imputado a
las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

�archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.04 16:33:45 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.08.04 16:33:49 -03:00

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Carga del acta
de toma de muestras
en SIGATM

�El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) es un organismo descentralizado,
responsable de ejecutar las políticas nacionales en materia de sanidad y calidad animal, vegetal y de la
inocuidad de los alimentos de su competencia, así como de verificar el cumplimiento de la normativa
vigente en la materia.
Equipos de trabajo
Dirección Nacional de Sanidad Animal
Coordinación General de Comunicación Institucional

Edición 2025

�Índice

Introducción	

4

Objetivo

4

Carga en el sistema

4

Consideraciones previas

4

Ingreso

5

Carga de múltiples muestras

11

Ensayos

15

Laboratorio de destino

16

Visualización de actas
Creación de remitos

17
19

Preparación de remitos

19

Despacho de remitos

21

Contacto

22

�Introducción
El Sistema Integral de Gestión de Acta de Toma de Muestra (SIGATM) permite
vincular de manera automática las actas con el sistema de Gestión de Resultados y Certificados de laboratorios de red (GRECERT), de forma tal que agiliza
el procesamiento de las muestras y el flujo de información. Como resultado, el
SIGATM optimiza los procesos de certificación, mejorando la eficiencia en los
diagnósticos y la comunicación de resultados en tiempo real.

Objetivo
El presente instructivo tiene como objetivo proporcionar información a los veterinarios y técnicos acreditados en los respectivos programas sanitarios de la
Dirección Nacional de Sanidad Animal del Senasa sobre el procedimiento para
cargar digitalmente el acta de toma de muestras en el SIGATM. Se trata de un
instructivo genérico destinado al uso correcto del SIGATM, para la confección
y carga del acta digital.

Carga en el sistema
Consideraciones previas
Para ingresar al SIGATM, el usuario debe dirigirse al sitio web de la Agencia de
Recaudación y Control Aduanero (ARCA)1 y acceder con clave fiscal.

ex-AFIP

1

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

4

�Allí deberá contar con el servicio del Senasa “SIGATM” vinculado. De lo contrario, se deberá buscar en la página principal el servicio y luego hacer clic en
“Agregar”.

Una vez vinculado el servicio, el acreditado podrá acceder al Sistema a través
del botón visualizado en la siguiente pantalla.

Se recuerda que, al momento de ingresar al SIGATM, el veterinario y/o técnico debe contar con alguna acreditación vigente. De lo contario, el sistema no permitirá el ingreso.

Ingreso
Un vez que haya ingresado, el usuario deberá dirigirse al apartado “Actas
DNSA” y generar “Nueva Acta”.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

5

�Posteriormente, se deberá seleccionar en la sección “Área” –a través del botón desplegable– el programa para el cual quiera cargar el acta. Allí se podrán
visualizar los programas con los que el usuario cuenta con la acreditación
vigente (ver imagen 3).

En la siguiente pantalla, el sistema mostrará una serie de campos que el
acreditado deberá completar, de acuerdo a lo requerido.

Consideraciones de los campos para completar
a. En “Motivo de Muestreo” y “Submotivo de Muestreo”, seleccionar el
que corresponda.
b. El “Número de Acta” será asignado automáticamente, luego de generar el acta.
c. La “Fecha de Alta” se genera automáticamente (es el día en que se dio
de alta el Acta).
d. El “Responsable de Toma de Muestras” se genera de forma automática
(es el usuario que ingresó con su C.U.I.T. y clave fiscal).
e. La “Fecha de Toma de Muestra” corresponde al día en que se tomó la
muestra.
f. En Usuario GDE/Documento GDE, no se debe completar es de uso para
agentes oficiales.
g. “Observaciones”: Campo libre de escritura. Si las muestras son remitidas a laboratorios del Senasa, el usuario deberá indicar su nombre,
apellido, teléfono y correo electrónico para poder recibir el informe de
resultados.
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6

�Posteriormente, se deberán seleccionar los siguientes ítems:
• En el menú desplegable “Lugar de Toma de Muestras” se deberá elegir
una opción, según corresponda (ver imagen 5).
En la mayoría de los casos deberá elegir la opción “Unidad productiva”, ya que
es el Renspa (Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios) que
posee la barra (/) identificatoria del titular.

Si posee número de Renspa, se deberá agregarlo en el espacio indicado y hacer
clic en la lupa . Luego, se desplegarán automáticamente los datos asociados
al registro.

Si se desconoce el número de Renspa o existen dudas sobre el mismo, hacer
clic en el ícono del cuadro
. El sistema abrirá un buscador que permite indicar el nombre del campo, del titular, o parte del número de Renspa.

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

7

�Al finalizar, se desplegarán los datos del Renspa.

Es posible detallar el responsable privado y cargo, aunque no es un dato obligatorio.

Si el origen de los animales es distinto al lugar de la toma de muestra, se deberá
hacer clic en “Otro lugar”. Esta situación suele presentarse en cuestiones de
comercio exterior.
Luego, se deberán completar los datos del: “Origen del Lote/Tipo De Establecimiento/Expediente (Comercio Exterior).”

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8

�A continuación, completar la Naturaleza del lote o muestra, indicando la especie y la
matriz, correspondiente al tipo de muestra.

a. Hacer clic en “Seleccionar Especie” e indicar con la
ponda.

la opción que corres-

b. En las opciones desplegables de “Matriz”, seleccionar el tipo de material que
será utilizado para el diagnóstico. El menú solo permite la carga de muestras
a partir de un único tipo de matriz. Si se trata de más de una, se deben realizar
actas por separado.
Ejemplo: suero para brucelosis y leche para PAL deben ir en actas separadas. La selección
de la matriz condicionará el tipo de técnicas diagnósticas que se desplegarán
luego.

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�Luego, se deberán cargar los datos de las muestras. Seleccionar “Muestras
y submuestras” y hacer clic en el botón azul “Agregar Muestra”. Esta opción
permite la carga de muestras de manera individual (una a la vez).

Para detallar los datos solicitados de cada muestra, se abrirá un cuadro denominado “Ítem de muestra”. El usuario deberá completar todos los campos y, al
finalizar, hacer clic en “Grabar”.

* Los campos marcados con asteriscos son obligatorios.

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10

�Si alguno de los ítems no corresponde con la naturaleza de la muestra, se deberá
seleccionar “No aplica” o “N/A”.

Carga de múltiples muestras
Esta opción permite la carga de las muestras a través de una plantilla de Excel,
lo cual resulta útil para simplificar el trabajo cuando se trata de muchos animales. Para iniciar el proceso, se deberán descargar las siguientes dos plantillas
que se visualizan en pantalla:
• “Descargar plantilla para incorporar muestras (xls)”.
• “Códigos para completar la plantilla de muestras (xls)” (esta última es necesaria para elaborar la planilla anterior).

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�Una vez descargado el archivo, el usuario deberá guardarlo, habilitar su edición y
completar los datos solicitados, sin alterar ni modificar los encabezados.

Consideraciones:

Las columnas “Número de tubo/muestra”, “Animal muestreado”, “Tipo identificación”, “Identificador”,
“Categoría” y “Edad” son campos obligatorios. Si por la naturaleza de la muestra no corresponde,
se deberá completar con el código correspondiente a “No Aplica” o “N/A”.
Las columnas no obligatorias como “Fecha de Vacunación” y “Observaciones” podrán dejarse en blanco
si no corresponde a la naturaleza de la muestra.

La plantilla de Excel solicita los datos que se visualizan en la siguiente imagen:

Completar la plantilla con los siguientes datos:
a. Número de tubo/muestra. Indicar el número del tubo/muestra. Se recuerda que el acreditado que tome la muestra deberá rotular con un número el
tubo o la muestra que remitirá. Ejemplo: tubo 1, tubo 2, tubo 3, etc.
b. Animal muestreado. Allí debe completarse el estado del animal (animal
sano/enfermo/hallado muerto/no aplica), según la tabla códigos.
c. Tipo identificación. Indicar el código numérico, según la tabla códigos.
d. Identificador. Agregar número del lote, caravana, nombre, etc., que forma
parte de la identificación del animal.
e. Categoría. Completar con el código numérico, según la tabla códigos.
f. Edad. Agregar el código numérico, según la tabla de códigos.
g. Fecha vacunación. Completar este campo si corresponde. De lo contrario,
dejar en blanco sin borrar la columna.
h. Observaciones. Si corresponde, agregar observaciones o comentarios que
tengan que ver con la muestra. De lo contrario, dejar en blanco sin borrar la
columna.
La tabla de códigos contiene cuatro solapas.

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�Para visualizar los códigos, en la solapa “Tipos de Identificación Animal” se encuentra el cuadro con los números correspondientes a este tipo de identificación.
Por ejemplo, el N.° 1 deberá utilizarse para indicar que la identificación del animal es una caravana.

En la solapa “Categorías por especie” deberán aplicarse los filtros preestablecidos, indicando especie o área para identificar el código correspondiente a la
categoría. Por ejemplo: el N.° 7 es el código para la categoría vaca de la especie
bovina.

En la solapa “Edades” deberán aplicarse los filtros de especie o área, necesarios para identificar el código correspondiente a la edad. Por ejemplo, el N.° 10
es el código de No Aplica (N/A) para la especie bovina, en situaciones donde no
se cuenta con el dato.

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�En la solapa “Animal Muestreado” se encuentran las opciones para indicar el
código, según el estado del animal. Por ejemplo, el código N.° 2 corresponde a
Animal sano.

Una vez completada la plantilla del Excel, se deberá guardar el archivo y subirlo
al sistema, haciendo clic en “Subir archivo de muestras”. De esta manera, se
cargarán todas las filas de los ítems de muestras.

Una vez cargadas las muestras de forma individual o por medio de la plantilla de
Excel, la pantalla deberá visualizarse de la siguiente manera:

Si el usuario requiere modificar o eliminar algún dato de la/s muestra/s, podrá
hacerlo antes de finalizar el acta, utilizando los ítems de edición o borrar .

El sistema indicará error si no se cargan correctamente los códigos, se incorporan
letras en lugar de números o se eliminan columnas.
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14

�Ensayos
Dentro del apartado “Ensayos”, en el menú desplegable “Grupo de análisis”, el acreditado deberá seleccionar las pruebas diagnósticas requeridas
para la matriz elegida.

Para el caso de brucelosis, seleccionar siempre la opción “Diagnostico de brucelosis
en suero y leche”, ya que corresponde únicamente a laboratorios privados. La opción
“Diagnóstico de Brucelosis” es exclusiva para laboratorios del Senasa.
Una vez seleccionado el grupo de análisis, se desplegarán las técnicas diagnósticas asociadas a la matriz, donde podrá indicarse más de una. Luego,
hacer clic en el botón “Asignar” para confirmar el ensayo.

Una vez asignadas, aparecerán listados los ensayos seleccionados. De ser
necesario, el usuario podrá modificar el listado, seleccionando y eliminándolo individualmente con el ícono .

Al indicar los ensayos, se deberá considerar que luego, en la selección del Laboratorio de
Red de destino, solo se visualizará en el listado aquellos laboratorios que tengan habilitada
y disponible dicha técnica. Si no se encuentra el laboratorio deseado, se deberán borrar las
técnicas diagnósticas seleccionadas y asignar solo una. Por ejemplo, BPAT.

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�Laboratorio de destino
En el apartado “Laboratorio”, el usuario deberá seleccionar el laboratorio al
cual se enviarán las muestras. Si el laboratorio seleccionado es del Senasa,
el veterinario deberá generar un remito para que el laboratorio oficial pueda
recibir el acta a través del sistema (ver apartado de Creación de remitos).

Consideraciones para la finalización de la carga
a. Si hace clic en el botón “Cancelar” borrará todo lo efectuado.
b. El botón “Grabar borrador” permite guardar el acta como borrador
y continuar luego con la confección del acta, pudiendo modificar los datos previamente guardados. Esta opción de guardado puede realizarse en
cualquier momento durante la confección del acta.
c. La opción “Finalizar” completa el Acta de Toma de Muestra, permitiendo que el
número de acta asignado suba al sistema. Solo al poner finalizar el laboratorio de destino podrá recuperar el acta en su propio sistema.

Al volver atrás con el navegador o por desconexión de internet se perderán los
datos cargados. Solo si se grabó como borrador se podrá recuperar la información desde el menú principal. Se recomienda grabar frecuentemente a medida
que se avanza en el proceso de confección.

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�Visualización de actas
En el menú principal se podrán consultar las actas finalizadas o aquellas
grabadas que se encuentran en estado de preparación (borrador).

Las actas que figuren en preparación podrán editarse haciendo clic en el
ícono , copiarse o imprimirse en formato PDF.
Las actas que figuren como finalizadas no podrán editarse. Únicamente podrán visualizarse, copiarse o imprimirse en formato PDF; o bien imprimir el
talón. Este último se utiliza para agregarlo a las muestras que corresponden
al acta.

Aunque la posibilidad esté disponible, no es necesario imprimir el
acta completa para acompañar las muestras.
Cuando sean despachadas o entregadas al Laboratorio de Red, las muestras
físicas deberán ir acompañadas del número de acta entregado al finalizar el
proceso de carga en el sistema.

Contar con este número es fundamental, ya que será el que utilice el laboratorio para incorporar la información del acta digital en sus sistemas (ver
diagrama).
Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

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�MÓDULO ACTAS DNSA

Imprimir Acta borrador
para llevar al establecimiento
en caso de ser necesario

INICIO

Grabar borrador
Completar los datos
del acta

Generar el acta

LLEGADA AL LABORATORIO

REMISIÓN DE MUESTRAS

Finalizar

Enviar las muestras
al laboratorio de red

Laboratorio

Imprimir el Talón y adjuntar
a la caja donde se envían
las muestras, correspondientes
a ese Nº de Acta.

Recepción de muestras y talón
con su Nº de Acta de SIGATM

FIN

Se recomienda consultar los manuales de los programas sanitarios, a fin de verificar
los motivos, submotivos y otros datos particulares de cada programa.

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18

�Creación de remitos
Envíos al laboratorio oficial de Martínez
Una vez que el acta figure con el estado “Pendiente de despacho” (color
naranja), el usuario deberá gestionar el remito. Para ello, deberá ingresar en
la opción “Laboratorio” .

Posteriormente, deberá seleccionar el botón “Remitos”, donde se desplegarán las opciones “Preparación de remitos” y “Despacho de remitos”.

Preparación de remitos
Al ingresar en esta opción, el usuario deberá hacer clic en el botón “+Agregar Remito” en el margen superior de la pantalla.

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�En la pantalla emergente se deberá indicar el laboratorio de destino “Senasa
– Dirección General de Laboratorios y Control Técnico” (Laboratorio oficial de
Senasa de Martínez) y seleccionar el botón “Guardar”.

Posteriormente, aparecerá un cartel en rojo con la leyenda “No existen actas vinculadas”. Para asociar un acta al remito, el usuario deberá tildarla en
el cuadro de selección
e ingresa la opción “Agregar actas al Remito” (se
pueden incluir más de una al remito).

El o las acta/s seleccionada/s pasarán a estar ubicada en el apartado de “Actas incluidas en el remito”.

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20

�Finalizada esta acción se podrá seleccionar “Preparar despacho” para continuar directamente con el Despacho de Remitos. Con la opción “Guardar” se
podrán mantener los registros sin enviar.

Despacho de remitos
En esta última instancia, se deberá completar el remito e indicar los datos del
transporte, una vez que la empresa haya despachado las muestras. Para ello,
el agente deberá ingresar a “Remitos” y luego en “Despacho de remitos”.
Allí podrá visualizar que el estado del remito se encuentra en “Preparado”.

El usuario deberá seleccionar el botón del lápiz
rrespondientes a la “Información de Despacho”.

y completar los datos co-

Es importante indicar si la entrega de la muestra se realiza en el laboratorio
o en la empresa transportista

Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

21

�Posteriormente, el usuario deberá ingresar la opción “Despachar”.

Luego, en el apartado de “Actas”, se visualizará el listado de las despachadas. En este caso, el acta deberá identificarse con el estado de “Remitida”
para confirmar que fue enviada correctamente.

Finalmente, se deberá imprimir el remito con el código QR haciendo clic en el
ícono de PDF para acompañar las muestras al Laboratorio.

Contacto
Para consultas, comunicarse con Mesa de Ayuda a través del correo electrónico sigatmayuda@senasa.gob.ar
Carga del acta de toma de muestras en SIGATM

22

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1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-712-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 4 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2022-69270210- -APN-DGTYA#SENASA - DA POR ASIGNADAS, CON CARÁCTER
TRANSITORIO, LAS FUNCIONES DE DIRECTOR DE INOCUIDAD DE PESCA Y ACUICULTURA AL
MÉDICO VETERINARIO OMAR FABIÁN BALLESTEROS

VISTO el Expediente N° EX-2022-69270210- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios, 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, DECTO-2017-355-APN-PTE del 22
de mayo de 2017 y su modificatorio; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de
diciembre de 2018, la Resolución N° RESOL-2022-342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio se establece, entre
otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas
jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y las/los
Secretarias/os de Gobierno.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprueba la estructura
organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que, posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018 y su modificatoria se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado
Servicio Nacional.
Que a través de la Resolución N° RESOL-2022-342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022 del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se modifica la estructura
organizativa de segundo nivel operativo y de la estructura de nivel departamental del Organismo.

�Que, en esta instancia, corresponde asignar al Médico Veterinario D. Omar Fabián BALLESTEROS (M.I. Nº
16.973.263) las funciones de Director de Inocuidad de Pesca y Acuicultura de la Dirección Nacional de Inocuidad
y Calidad Agroalimentaria del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, con carácter transitorio, con excepción a lo previsto en el Título VI del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio Nacional, homologado por el
Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y de conformidad con lo establecido en los apartados
I, II y III del inciso a) del Artículo 15 del Anexo I al Decreto N° 1.421 del 8 de agosto de 2002 y su modificatorio,
reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en los Artículos 3° y 5° del Decreto N°
DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022 y por el término de SEIS
(6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Director de Inocuidad de Pesca y
Acuicultura de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA
DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Función Directiva III, al
Médico Veterinario D. Omar Fabián BALLESTEROS (M.I. Nº 16.973.263), de la Planta Permanente,
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 8, Tramo Principal, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Directiva, prevista en el Título IV, Capítulo I, Artículo 42 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero
de 2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el Título VI de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será imputado a
las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.04 16:32:56 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.08.04 16:33:01 -03:00

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                <text>Dense por asignadas transitoriamente las funciones de Director de Inocuidad de Pesca y Acuicultura al Méd. Vet. Omar Fabián BALLESTEROS</text>
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                <text>Dense por asignadas transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022 y por el término de SEIS (6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Director de Inocuidad de Pesca y Acuicultura de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria del SENASA, organismo descentralizado en la órbita de la SAGyP del MECON, Función Directiva III, al Médico Veterinario D. Omar Fabián BALLESTEROS (M.I. N 16.973.263)</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-711-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 4 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-78453629- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA DESIGNACIONES
TRANSITORIAS EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
ENTRE RÍOS

VISTO el Expediente Nº EX-2023-78453629- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021, DECAD-2021-687-APN-JGM del 12 de julio de 2021, DECAD-2022-972-APN-JGM del 29 de septiembre
de 2022 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; la Resolución Nº RESOL-2022-552APN-PRES#SENASA del 5 de septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-687-APN-JGM del 12 de julio de 2021 se da por designado
con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Ingeniero Agrónomo D. Maximiliano Santiago VILLONE
(D.N.I. N° 29.462.561) en el cargo de Director de Centro Regional Entre Ríos de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, designación
prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-552-APN-PRES#SENASA del 5 de septiembre de 2022 del
citado Servicio Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-972-APN-JGM del 29 de septiembre de 2022 se da

�por designado con carácter transitorio, a partir del 1 de julio de 2022 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Raúl Ignacio CAROPRESI
(D.N.I. N° 30.739.611) en el cargo de Coordinador Regional de Sanidad Animal de la Dirección de Centro
Regional Entre Ríos, dependiente de la referida Dirección Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria de los mencionados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-2020-

�33433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 2 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Ingeniero Agrónomo D.
Maximiliano Santiago VILLONE (D.N.I. N° 29.462.561) como Director de Centro Regional Entre Ríos de la
Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-687-APN-JGM del 12 de
julio de 2021 y prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-552-APN-PRES#SENASA del 5 de
septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría
Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose
el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 30 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D.
Raúl Ignacio CAROPRESI (D.N.I. N° 30.739.611) como Coordinador Regional de Sanidad Animal de la
Dirección de Centro Regional Entre Ríos, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N°
DECAD-2022-972-APN-JGM del 29 de septiembre de 2022, quien revista en el Agrupamiento Operativo,
Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del
referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios,
autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 3°.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO

�OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.04 16:32:06 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Electronica
Date: 2023.08.04 16:32:10 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 2 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Ingeniero Agrónomo D. Maximiliano Santiago VILLONE (D.N.I. N° 29.462.561) como Director de Centro Regional Entre Ríos de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-710-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 4 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-82190603- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA DESIGNACIONES
TRANSITORIAS EN UNIDADES ORGANIZATIVAS DE LA DIRECCIÓN DE CENTRO REGIONAL
CHACO-FORMOSA

VISTO el Expediente Nº EX-2023-82190603- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2020-182-APN-JGM del 19 de febrero
de 2020, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, DECAD-2021-801-APN-JGM del 10 de agosto
de 2021, DECAD-2021-827-APN-JGM del 19 de agosto de 2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL-2020-867-APN-PRES#SENASA del 20 de
noviembre de 2020, RESOL-2021-471-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021, RESOL-2022-589APN-PRES#SENASA del 19 de septiembre de 2022, RESOL-2022-603-APN-PRES#SENASA del 26 de
septiembre de 2022 y RESOL-2022-617-APN-PRES#SENASA del 27 de septiembre de 2022, todas del citado
Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-182-APN-JGM del 19 de febrero de 2020 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 2 de enero de 2020 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Facundo Javier GALVANI
(D.N.I. N° 27.576.890) en el cargo de Director de Centro Regional NEA de la Dirección Nacional de Operaciones
del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, designación prorrogada

�mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-867-APN-PRES#SENASA del 20 de noviembre de 2020,
RESOL-2021-471-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021 y RESOL-2022-617-APNPRES#SENASA del 27 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-801-APN-JGM del 10 de agosto de 2021 se da por
designada con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, a la Ingeniera Agrónoma Da. Laura Mercedes
RADOSAVAC (D.N.I. Nº 29.783.213) en el cargo de Coordinadora Regional de Protección Vegetal de la
Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del
mentado Servicio Nacional, designación prorrogada mediante la Resolución N° RESOL-2022-589-APNPRES#SENASA del 19 de septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional.
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-827-APN-JGM del 19 de agosto de 2021 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Bernardo Fabián MEDINA
(D.N.I. N° 23.443.442) en el cargo de Coordinador Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la
mencionada Dirección de Centro Regional, designación prorrogada mediante la Resolución N° RESOL-2022603-APN-PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022 del referido Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE

�PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, asimismo, mediante la precitada decisión administrativa se homologa la entonces Dirección de Centro
Regional NEA, modificando su denominación por Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria de los mencionados profesionales.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 28 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Director de Centro
Regional Chaco-Formosa de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD
Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Facundo Javier GALVANI (D.N.I. N°
27.576.890), dispuesta por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-182-APN-JGM del 19 de febrero de
2020 y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-867-APN-PRES#SENASA del 20 de
noviembre de 2020, RESOL-2021-471-APN-PRES#SENASA del 14 de septiembre de 2021 y RESOL-2022-617APN-PRES#SENASA del 27 de septiembre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo

�Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- Prorróguese, a partir del 16 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinadora Regional de
Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa, dependiente de la Dirección Nacional de
Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, a la Ingeniera
Agrónoma Da. Laura Mercedes RADOSAVAC (D.N.I. N° 29.783.213), dispuesta por la Decisión Administrativa
N° DECAD-2021-801-APN-JGM del 10 de agosto de 2021 y prorrogada mediante la Resolución N° RESOL2022-589-APN-PRES#SENASA del 19 de septiembre de 2022 del mentado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de
2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 3°.- Prorróguese, a partir del 27 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinador
Regional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria de la Dirección de Centro Regional Chaco-Formosa,
dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, al Médico Veterinario D. Bernardo Fabián MEDINA (D.N.I. N° 23.443.442), dispuesta
por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-827-APN-JGM del 19 de agosto de 2021 y prorrogada
mediante la Resolución N° RESOL-2022-603-APN-PRES#SENASA del 26 de septiembre de 2022 del
mencionado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 13,
Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional,
homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente
pago de la Función Directiva IV.
ARTÍCULO 4º.- Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.04 16:29:55 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.08.04 16:30:00 -03:00

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Resolución
Número: RESOL-2023-701-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 2 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-59435267- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA ASIGNACIÓN TRANSITORIA
DE FUNCIONES AL ABOGADO JAVIER ALEJANDRO BENSO COMO COORDINADOR JURÍDICO DE
DELEGACIÓN REGIONAL III

VISTO el Expediente Nº EX-2023-59435267- -APN-DGTYA#SENASA; las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de 2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APNPRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; las Resoluciones Nros. RESOL2019-60-APN-SGA#MPYT del 13 de febrero de 2019 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, RESOL-2019-520-APNPRES#SENASA del 13 de mayo de 2019, RESOL-2020-476-APN-PRES#SENASA del 20 de julio de 2020,
RESOL-2021-269-APN-PRES#SENASA del 21 de mayo de 2021, RESOL-2021-639-APN-PRES#SENASA del
16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-686-APN-PRES#SENASA del 26 de octubre de 2022, todas del citado
Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº RESOL-2019-60-APN-SGA#MPYT del 13 de febrero de 2019 de la ex-SECRETARÍA
DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se
asignan transitoriamente, y por el término de SEIS (6) meses contados a partir del dictado de la medida, las
funciones de Coordinador Jurídico de Delegación Regional III de la Dirección de Asuntos Jurídicos del
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Abogado D. Javier Alejandro

�BENSO (M.I. N° 20.667.653), asignación prorrogada mediante las Resoluciones Nros. RESOL-2020-476-APNPRES#SENASA del 20 de julio de 2020, RESOL-2021-269-APN-PRES#SENASA del 21 de mayo de 2021,
RESOL-2021-639-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-686-APNPRES#SENASA del 26 de octubre de 2022, todas del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios
de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que por la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del mencionado
Servicio Nacional se aprueba la estructura organizativa de nivel inferior al segundo nivel operativo del referido
Organismo.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la asignación transitoria de funciones al mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.

�Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 27 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses, la asignación
transitoria de funciones como Coordinador Jurídico de Delegación Regional III de la Dirección de Asuntos
Jurídicos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, al Abogado D.
Javier Alejandro BENSO (M.I. N° 20.667.653), dispuesta por la Resolución N° RESOL-2019-60-APNSGA#MPYT del 13 de febrero de 2019 de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del
entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO y prorrogada mediante las Resoluciones Nros.
RESOL-2020-476-APN-PRES#SENASA del 20 de julio de 2020, RESOL-2021-269-APN-PRES#SENASA del
21 de mayo de 2021, RESOL-2021-639-APN-PRES#SENASA del 16 de diciembre de 2021 y RESOL-2022-686APN-PRES#SENASA del 26 de octubre de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el
Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 2, Tramo Superior del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de
enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función de Jefatura I.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

�Digitally signed by GUILLEN Diana Maria
Date: 2023.08.02 18:57:31 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

Digitally signed by Gestion Documental
Electronica
Date: 2023.08.02 18:57:34 -03:00

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                <text>Prorróguese, a partir del 27 de abril de 2023 y por el término de SEIS (6) meses, la asignación transitoria de funciones como Coordinador Jurídico de Delegación Regional III de la Dirección de Asuntos Jurídicos del SENASA, al Abogado D. Javier Alejandro BENSO (M.I. N° 20.667.653)</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-700-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 2 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2023-80997504- -APN-DGTYA#SENASA - PRORROGA LA DESIGNACIÓN
TRANSITORIA DEL MÉDICO VETERINARIO EMILIO PABLO IGLESIAS BERRONDO COMO
DIRECTOR DE CENTRO REGIONAL BUENOS AIRES NORTE

VISTO el Expediente Nº EX-2023-80997504- -APN-DGTYA#SENASA las Leyes Nros. 27.541 y 27.701; los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020, DECNU-2021167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 y DECNU2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022; los Decretos Nros. DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de
noviembre de 2018 y DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020; el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial para el personal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA,
homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios; las Decisiones Administrativas
Nros. DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018, DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de
2021, DECAD-2021-776-APN-JGM del 4 de agosto de 2021 y DECAD-2023-4-APN-JGM del 9 de enero de
2023; la Resolución Conjunta N° RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 diciembre de 2022 del referido
Servicio Nacional y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS; la Resolución Nº RESOL-2022-576-APN-PRES#SENASA del 15 de septiembre
de 2022 del citado Servicio Nacional, y

CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-776-APN-JGM del 4 de agosto de 2021 se da por
designado con carácter transitorio, a partir del 1 de febrero de 2021 y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados a partir de la fecha de la medida, al Médico Veterinario D. Emilio Pablo IGLESIAS
BERRONDO (D.N.I. N° 25.023.340) en el cargo de Director de Centro Regional Buenos Aires Norte de la
Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, designación prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-576-APNPRES#SENASA del 15 de septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional.
Que el Decreto Nº DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 faculta a los Ministros, Secretarios

�de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno y autoridades máximas de organismos
descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente
de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas
prórrogas.
Que mediante el Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020 se autoriza a los Ministros y a
las Ministras, a los Secretarios y a las Secretarias de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a las autoridades
máximas de organismos descentralizados, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el
Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2020-260-APN-PTE del 12 de marzo de 2020 y sus
modificatorios, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas en las mismas
condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.
Que a través del citado Decreto N° 260/20 se amplía la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la
Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, habiendo sido
prorrogado dicho decreto hasta el 31 de diciembre de 2021 por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU2021-167-APN-PTE del 11 de marzo de 2021, en sus mismos términos.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2021-867-APN-PTE del 23 de diciembre de 2021 se
prorroga hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria establecida por la mencionada Ley N° 27.541 y
prorrogada por los citados Decretos Nros. 260/20 y 167/21.
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° DECNU-2022-863-APN-PTE del 29 de diciembre de 2022
se amplía hasta el 31 de diciembre de 2023 la emergencia pública en materia sanitaria declarada por la Ley N°
27.541 y regulada en su Título X, extendida por el citado Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
Que la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de 2018 aprueba la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del mentado Servicio Nacional, organismo descentralizado en la
órbita de la ex-SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del entonces MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, de conformidad con el Organigrama, las Responsabilidades Primarias y Acciones.
Que, posteriormente, por la Decisión Administrativa Nº DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021 se
modifica la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del referido Servicio Nacional, organismo
descentralizado en la órbita del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y se
incorporan, homologan y derogan diversos cargos en el Nomenclador de Funciones Directivas del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del mencionado Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº
40 del 25 de enero de 2007, correspondientes a la Dirección Nacional de Operaciones.
Que, en este contexto de emergencia sanitaria y con el objeto de asegurar el cumplimiento de los objetivos
asignados a este Organismo y de no resentir sus actividades propias, resulta pertinente el dictado de la presente
medida, por la cual se prorroga la designación transitoria del mencionado profesional.
Que conforme lo expuesto por la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO en su Nota Nº NO-202033433122-APN-ONEP#JGM, son de aplicación en el presente caso las disposiciones del referido Decreto N°
1.035/18 y su modificatorio, resultando la señora Presidenta del Organismo competente para su dictado.
Que se cuenta con el crédito presupuestario necesario para atender el gasto resultante de la medida que se
propicia.

�Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Artículo 8°, inciso
h) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010, y
conforme lo establecido en el Decreto N° DECTO-2018-1035-APN-PTE del 8 de noviembre de 2018 y su
modificatorio, y en el Artículo 1° del Decreto N° DCTO-2020-328-APN-PTE del 31 de marzo de 2020.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 14 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180)
días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D.
Emilio Pablo IGLESIAS BERRONDO (M.I. N° 25.023.340) como Director de Centro Regional Buenos Aires
Norte, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y
CALIDAD AGROALIMENTARIA, dispuesta por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-776-APN-JGM
del 4 de agosto de 2021 y prorrogada mediante la Resolución Nº RESOL-2022-576-APN-PRES#SENASA del 15
de septiembre de 2022 del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría
Profesional, Grado 13, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido
Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose
el correspondiente pago de la Función Directiva III.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la
Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y
EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las
partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.08.02 18:56:34 -03:00

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                <text>Prorrógase la designación transitoria del Méd. Vet. Emilio Pablo Iglesias Berrondo como Director de Centro Regional Buenos Aires Norte</text>
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                <text>Prorróguese, a partir del 14 de junio de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria del Médico Veterinario D. Emilio Pablo IGLESIAS BERRONDO (M.I. N° 25.023.340) como Director de Centro Regional Buenos Aires Norte, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SENASA</text>
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                    <text>República Argentina - Poder Ejecutivo Nacional
1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Resolución
Número: RESOL-2023-699-APN-PRES#SENASA
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Miércoles 2 de Agosto de 2023

Referencia: EX-2022-128072912- -APN-DGTYA#SENASA - DA POR ASIGNADAS, CON CARÁCTER
TRANSITORIO, LAS FUNCIONES DE COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE DELEGACIÓN
REGIONAL CORRIENTES-MISIONES AL LICENCIADO JUAN MANUEL CIANCAGLINI

VISTO el Expediente N° EX-2022-128072912- -APN-DGTYA#SENASA; la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023; los Decretos Nros. 1.585 del 19 de diciembre de
1996 y sus modificatorios, 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, DECTO-2017-355-APN-PTE del 22
de mayo de 2017 y su modificatorio; la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de
diciembre de 2018 y su modificatoria; la Resolución N° RESOL-2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de
mayo de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y sus
modificatorias, y

CONSIDERANDO:
Que en el Decreto N° DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio se establece, entre
otros aspectos, que serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas
jurisdicciones, las/los Ministras/os, las/los Secretarias/os de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y las/los
Secretarias/os de Gobierno.
Que por el Decreto Nº 1.585 del 19 de diciembre de 1996 y sus modificatorios se aprueba la estructura
organizativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo
descentralizado en la órbita de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y
ALIMENTACIÓN del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
Que, posteriormente, mediante la Decisión Administrativa N° DA-2018-1881-APN-JGM del 10 de diciembre de
2018 y su modificatoria se aprueba la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del mencionado
Servicio Nacional.
Que a través de la Resolución Nº RESOL-2022-342-APN-PRES#SENASA del 7 de junio de 2022 del referido
Servicio Nacional se modifica la estructura organizativa de segundo nivel operativo y la estructura de nivel

�departamental y, entre otras medidas, se incorporan al Anexo II del Artículo 1º de la Resolución Nº RESOL2019-520-APN-PRES#SENASA del 13 de mayo de 2019 del mencionado Servicio Nacional, las Acciones (Tipo)
de CATORCE (14) Coordinaciones Administrativas de Delegación Regional (Tipo I-XIV), de la Dirección
General Técnica y Administrativa del aludido Organismo.
Que, en esta instancia, corresponde asignar al Licenciado en Administración D. Juan Manuel CIANCAGLINI
(M.I. Nº 31.759.099) las funciones de Coordinador Administrativo de Delegación Regional Corrientes-Misiones
de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA,
GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con carácter transitorio, con excepción a lo
previsto en el Título VI del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del citado Servicio
Nacional, homologado por el Decreto N° 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y de conformidad con
lo establecido en los apartados I, II y III del inciso a) del Artículo 15 del Anexo I al Decreto N° 1.421 del 8 de
agosto de 2002 y su modificatorio, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°
25.164.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en los Artículos 3° y 5° del Decreto N°
DECTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, y 8°, inciso h) del Decreto N° 1.585 del
19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Danse por asignadas transitoriamente, a partir del 7 de junio de 2022 y por el término de SEIS
(6) meses contados desde la firma de la presente medida, las funciones de Coordinador Administrativo de
Delegación Regional Corrientes-Misiones de la Dirección General Técnica y Administrativa del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Función de
Jefatura I, al Licenciado en Administración D. Juan Manuel CIANCAGLINI (M.I. Nº 31.759.099), de la Planta
Permanente, Agrupamiento Administrativo, Categoría Profesional, Grado 10, Tramo General, autorizándose el
correspondiente pago de la Función de Jefatura, prevista en el Título IV, Capítulo II, Artículo 46 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40
del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el Título VI de dicho
Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución será imputado a
las partidas presupuestarias correspondientes al SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD

�AGROALIMENTARIA para el Ejercicio 2023.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y
archívese.

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Date: 2023.08.02 18:55:56 ART
Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires

DIANA GUILLEN
Presidenta
Presidencia
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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Date: 2023.08.02 18:55:59 -03:00

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